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CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA FUNDACIÓN PÚBLICA FORO PERMANENTE GALEGO- IBEROAMERICANO DA SAÚDE EJERCICIO 2004

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CONSELLO DE CONTAS DE GALICIA

FUNDACIÓN PÚBLICA FORO

PERMANENTE GALEGO-IBEROAMERICANO DA SAÚDE

EJERCICIO 2004

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Índice

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Índice -1

ÍNDICE

I. INTRODUCCIÓN ...........................................................................................................1

I.1. ANTECEDENTES Y CARACTERÍSTICAS DE LA ENTIDAD FISCALIZADA..........................................................................................................1

I.2. OBJETO Y FINES DE LA FUNDACIÓN ................................................................1

I.3. ÓRGANOS DE LA FUNDACIÓN............................................................................2

I.4. RÉGIMEN PATRIMONIAL Y RECURSOS ECONÓMICOS ................................3

I.5. NORMATIVA APLICABLE.....................................................................................3

II. OBJETIVOS Y ALCANCE........................................................................................4

III. DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES .............................................................5

IV. ANALISIS DE LAS CUENTAS ANUALES.............................................................6

IV.1. ESTRUCTURA DEL BALANCE A 31.12.2004 ......................................................6

IV.1.1. ANÁLISIS COMPARATIVO RESPECTO AL EJERCICIO ANTERIOR......................... 6 IV.1.2. EPÍGRAFES MÁS SIGNIFICATIVOS ...................................................................... 7

IV.2. CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS.............................................................7

IV.3. INVENTARIO ...........................................................................................................8

IV.4. CUADRO DE FINANCIACIÓN ...............................................................................9

IV.5. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO ..................................................................10

V. ANÁLISIS DE LA ACTIVIDAD .............................................................................10

V.1. ÁREA DE RECURSOS HUMANOS ......................................................................11

V.1.1. ESTRUCTURA DEL CUADRO DE PERSONAL...........................................................11 V.1.2. PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL .........................................11 V.1.3. SISTEMA RETRIBUTIVO.........................................................................................13 V.1.4. OTROS GASTOS DE PERSONAL DE NATURALEZA NO SALARIAL...........................15

V.2. CONVENIOS DE COLABORACIÓN....................................................................15

V.2.1. CONVENIOS DE ASISTENCIA SANITARIA...............................................................16

V.2.3. OTROS CONVENIOS ...............................................................................................19

V.3. PROYECTO DE TELEMEDICINA........................................................................19

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Índice

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Índice -2

V.3.1. ASPECTOS GENERALES .........................................................................................19 V.3.2. REVISIÓN EFECTUADA..........................................................................................20

V.4. AREA DE CONTRATACIÓN ................................................................................21

V.4.1. ASPECTOS GENERALES .........................................................................................21 V.4.2. RESULTADO DE LA REVISIÓN EFECTUADA...........................................................22

V.5. SALON INTERNACIONAL DE LA SALUD 2005 ...............................................28

V.5.1. ASPECTOS GENERALES .........................................................................................28 V.5.2. ANÁLISIS DE LA REVISIÓN PRACTICADA..............................................................29 V.5.3. RESULTADO DE LA ACTIVIDAD ............................................................................31

VI. CONCLUSIONES .....................................................................................................33

VII. RECOMENDACIONES ...........................................................................................36

TRÁMITE DE ALEGACIONES ........................................................................................ 39

RÉPLICA A LAS ALEGACIONES ................................................................................... 49

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I. INTRODUCCIÓN Dentro del Plan de actuaciones de este Consello de Contas, y de conformidad con las competencias que al mismo confiere la Ley 6/1985, de 24 de junio, se ha procedido a la fiscalización de la Fundación Foro Permanente Galego-Iberoamericano da Saúde (en adelante FFPGIS), siendo el resultado de la misma el plasmado en el presente informe.

I.1. ANTECEDENTES Y CARACTERÍSTICAS DE LA ENTIDAD FISCALIZADA La creación de la FFPGIS, a instancias de la Consellería de Sanidad, fue aprobada por el Consello de la Xunta de Galicia el 17 de diciembre de 1997, siendo declarada de interés sanitario y gallego mediante sendas órdenes de la Consellería de Presidencia y Administración Pública y de Sanidad y Servicios Sociales de fechas 01.04.1998 y 12.07.1998, respectivamente.

Por Acuerdo del Patronato de fecha 22.12.2003 se aprobó la modificación de sus estatutos a fin de adaptarlos a lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y en el Real decreto 1270/2003, de 10 de octubre, normas éstas relativas al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y a los incentivos fiscales al mecenazgo. No obstante la denominación de la fundación, se procedió a ampliar su ámbito de actuación a los países miembros de la Unión Europea.

I.2. OBJETO Y FINES DE LA FUNDACIÓN La FFPGIS se constituye, según sus estatutos, como una entidad sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que tiene afectado de modo permanente su patrimonio a la realización de fines de interés general. El objeto fundacional es el fomento de la cooperación entre las distintas asociaciones, corporaciones, instituciones, colegios, empresas y cualesquiera otras entidades públicas o privadas de los países del mismo entorno cultural, a fin de contribuir a la mejora de la salud mundial bajo el principio de solidaridad.

Los estatutos citados enumeran, de forma exhaustiva, los fines a los que deberá encaminarse la actuación del Foro, siendo éstos los siguientes:

- Cooperación entre entidades de los países incluidos dentro de su ámbito de actuación.

- Desarrollo de mecanismos específicos para la transmisión inmediata de información, e intercambio y promoción de contactos entre sus miembros, mediante la implantación de redes y bases específicas.

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- Formación y difusión del conocimiento y de las políticas sanitarias, fomentando la investigación.

- Búsqueda y obtención de recursos para el desarrollo de sus actividades.

- Formulación de propuestas y de recomendaciones generales ante las administraciones nacionales de los países a los que las entidades pertenezcan.

- Apoyo a las políticas que impulsen las autoridades sanitarias.

- Colaboración con instituciones públicas o privadas sobre cualquier materia relacionada con la salud, en los términos que se establezcan en los correspondientes acuerdos o convenios de cooperación.

- Organización, dentro del ámbito de la salud, de reuniones científicas y empresariales, así como de exposiciones comerciales o de cualquier otro tipo de eventos que fomenten la imagen de la Sanidad de Galicia y de España.

- Publicación de estudios e investigaciones cuya difusión se considere de interés.

- Creación y gestión de fondos bibliográficos y de documentación especializada.

- Desarrollo, difusión y distribución de aplicaciones y soluciones informáticas aplicadas a la salud que mejoren y agilicen la gestión asistencial dentro del ámbito de la Sanidad.

- Establecimiento, con cargo a sus presupuestos y de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, mérito y capacidad, de becas, así como su tramitación, todo ello en beneficio a la promoción y desarrollo de las actividades que le son propias.

- Cualquier otra relacionada con las finalidades citadas que se acuerde con el Patronato.

I.3. ÓRGANOS DE LA FUNDACIÓN Protectorado: Lo ostenta la Xunta de Galicia, siendo ejercidas sus facultades por la Consellería de Sanidad en los términos establecidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, así como en el Decreto 248/1992, de 18 de junio, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego.

Patronato: Es el máximo órgano colegiado de gobierno, representación y administración cuyas funciones han de ser ejercidas conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico en vigor y en los estatutos fundacionales.

Director Gerente: Es el superior órgano unipersonal de gestión, siendo nombrado por el Patronato a propuesta del Presidente. Le corresponde el desarrollo de las distintas competencias en materia de gestión ordinaria, así como aquéllas que le sean delegadas.

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I.4. RÉGIMEN PATRIMONIAL Y RECURSOS ECONÓMICOS Los recursos económicos de la FFPGIS proceden fundamentalmente de las siguientes fuentes:

- La dotación inicial.

- Los ingresos que obtenga por la facturación de los servicios que preste.

- Los derivados de contratos, conciertos y convenios firmados con personas, físicas o jurídicas, o entidades, públicas o privadas, de cualquier tipo.

- Los ingresos procedentes de las sociedades filiales o empresas en que participe.

- Los rendimientos de su patrimonio.

- Las subvenciones, ayudas, donativos, legados y herencias aceptados.

- Los créditos y préstamos que le sean concedidos.

- Cualquier otro, en el marco legal de aplicación.

Su patrimonio ha de quedar reflejado en el inventario, cuya revisión y aprobación anual compete al Patronato. Los bienes se hallan vinculados exclusivamente al cumplimiento, directo o indirecto, de los fines fundacionales.

I.5. NORMATIVA APLICABLE Legislación estatal:

- Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de fundaciones y de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general, derogada parcialmente por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre.

- Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

- Real decreto 776/1998, de 30 de abril, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades.

- Real decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Legislación autonómica:

- Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

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- Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, en materia de personal y contratación.

- Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo.

- Decreto legislativo 1/1999, de 7 octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.

- Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego.

- Decreto 276/2001, de 27 de septiembre, de adaptación de las fundaciones sanitarias a la disposición adicional séptima de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo.

- Orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 1 de abril de 1998, por la que se clasifica a la fundación como de interés sanitario.

- Orden de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, de 12 de julio de 1998, que ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

- Resolución de la Consellería de Economía, de 31 de marzo de 1999, sobre control financiero de las fundaciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

- Resolución de la Consellería de Economía, de 24 de mayo de 1999, por la que se aprueban los modelos de información trimestral y comunicación previa del gasto, previstos en la Resolución de 31 de marzo de 1999.

II. OBJETIVOS Y ALCANCE La fiscalización de la FFPGIS ha tenido por finalidad analizar los siguientes aspectos:

- Las Cuentas anuales que incluyen el Balance, la Cuenta de Resultados, la Memoria y la información presupuestaria correspondiente al período fiscalizado.

- El cumplimiento de sus objetivos y del objeto fundacional, así como los resultados obtenidos.

- Su actividad y adecuación a los fines previstos.

- Las funciones y competencias ejercidas por los órganos de gestión. - Los convenios formalizados y su ejecución - Las distintas áreas de gestión de la institución.

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El ámbito temporal del análisis practicado ha estado referido fundamentalmente al ejercicio 2004, al precedente como perspectiva evolutiva y al año en curso en lo relativo a determinadas verificaciones materiales. El resultado de las actuaciones ha permitido formular una opinión acerca de la adecuación de la actividad desarrollada por la FFPGIS a sus fines fundacionales, de la gestión a los principios de economía, eficiencia y eficacia y de su funcionamiento a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico que le es de aplicación, poniendo de manifiesto cuanto procede con relación al reflejo contable de todos los aspectos significativos y a la representación de la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de sus operaciones, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. Asimismo, la fiscalización ha incluido la revisión y evaluación de determinados aspectos del sistema de gestión y del control interno establecido en orden a la salvaguarda de los activos, efectuando las oportunas conclusiones sobre el grado de cumplimiento de los principios y normas vigentes. Como consecuencia de todo ello se han puesto de relieve aquellas situaciones que deberán ser objeto de atención y mejora por parte de los órganos responsables.

III. DESARROLLO DE LAS ACTUACIONES De acuerdo con los objetivos de la fiscalización se han efectuado las pruebas de auditoría que se han estimado pertinentes, de conformidad con los Principios y Normas de Auditoría del Sector Público elaborados por la Comisión de Coordinación de los OCEX; estos procedimientos se han concretado en la realización de comprobaciones selectivas, examen de la evidencia justificativa de la información contabilizada, revisión del control interno y demás técnicas de auditoría aplicables, cuyos aspectos más importantes se señalan en los distintos apartados de este informe. A tal efecto, los procedimientos empleados se han encaminado a analizar los siguientes aspectos: - La estructura organizativa, administrativa y de control interno de la FFPGIS, con objeto de evaluar su corrección. - La ordenación de la situación fiscal y laboral y su adecuación al marco jurídico en vigor. - La titularidad, existencia física, valoración y clasificación del inmovilizado de la entidad. - La racionabilidad de los activos circulantes, su grado de liquidez y su correcta contabilización y clasificación.

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- La adecuación, en el ámbito de la contratación de bienes y servicios, a los principios que la rigen en el sector público. - El cumplimiento de los requisitos exigidos en el Plan General de Contabilidad adaptado a las entidades sin fines lucrativos en cuanto a la estructura y contenido de la Memoria anual y de la Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Gastos, y la adecuación de los resultados del periodo analizado a la realidad de los hechos económicos acaecidos en el mismo. - El análisis de la actividad desarrollada y su conformidad con los fines fundacionales, así como el grado de consecución de los objetivos previstos.

IV. ANALISIS DE LAS CUENTAS ANUALES

IV.1. ESTRUCTURA DEL BALANCE A 31.12.2004

IV.1.1. ANÁLISIS COMPARATIVO RESPECTO AL EJERCICIO ANTERIOR

(En euros) Variación

ACTIVO 2004 2003 Absoluta %

Inmovilizado 137.942 266.428 -128.487 -48,2

Inmovilizaciones inmateriales 1.588 4.827 -3.239 -67,1

Inmovilizaciones materiales 134.645 259.893 -125.248 -48,2

Inmovilizaciones financieras 1.708 1.708 0 0,0

Activo circulante 743.209 307.847 435.363 141,4

Usuarios y otros deudores de la actividad 88.322 266.268 -177.946 -66,8

Otros deudores 6.444 2.833 3.611 127,5

Tesorería 626.724 37.963 588.761 1.550,9

Ajustes por periodificación 21.719 783 20.937 2.673,8

Total 881.151 574.275 306.876 53,4

Variación

PASIVO 2004 2003 Absoluta %

Fondos propios 151.012 159.269 -8.257 -5,2

Dotación fundacional 14.217 14.217 0 0,0

Reservas 145.052 83.366 61.686 74,0

Excedentes de ejercicios anteriores 0 -27.064 27.064 100,0

Excedente del ejercicio (positivo o negativo) -8.257 88.750 -97.007 -109,3

Ingresos a distribuir en varios ejercicios 89.252 211.596 -122.344 -57,8

Acreedores a corto plazo 640.888 203.411 437.477 215,1

Total 881.151 574.275 306.876 53,4

En el análisis horizontal de las partidas integrantes del balance destaca que:

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- Su incremento interanual asciende globalmente a un 53%.

- Los aumentos más reseñables son los producidos en “Tesorería” (1.551%) y en “Acreedores a corto plazo” (215%). Asimismo cabe hacer mención al decremento que se produce en “Inmovilizado material” y en “Ingresos a distribuir en varios ejercicios” en relación con un equipo de telemedicina financiado con una subvención que se imputa al ejercicio en función de su amortización, minorando el valor neto contable del equipo y la subvención obtenida, extremo que es objeto de análisis en un apartado específico de este informe.

En lo referente a su estructura:

- El Activo circulante constituye el 84% del activo en 2004, incrementándose 30 puntos respecto al ejercicio precedente.

- El Inmovilizado material supone en ambos periodos el 98% del activo fijo.

- La Tesorería incrementa su peso específico en 64 puntos.

IV.1.2. EPÍGRAFES MÁS SIGNIFICATIVOS Inmovilizado

El inmovilizado material se encuentra amortizado en un 81% debido fundamentalmente al equipo de telemedicina, que constituye el 90% del mismo y que lo está en un 83%.

En cuanto al inmovilizado inmaterial su amortización es de un 95%. Usuarios y otros deudores de la actividad

Disminuye un 67% respecto al 2003. Esto es atribuible a que dichos ingresos provienen, básicamente, de los derechos de participación en el desarrollo de un “Salón Internacional de la Salud” (SIS), que no se celebró en el año contable de referencia.

Tesorería Su incremento en relación al periodo precedente es consecuencia de lo expuesto en el epígrafe anterior.

Fondos Propios A 31.12.2004 ascienden a 151.012 € disminuyendo un 5% respecto al 2003, lo que viene motivado fundamentalmente por la compensación en 2004 de excedentes negativos de ejercicios anteriores. Ingresos a distribuir en varios ejercicios

Disminuye un 58% debido a lo puesto de relieve en el apartado anterior.

IV.2. CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS

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El análisis comparativo de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias a 31.12.2004 respecto al periodo anterior es el siguiente:

(En euros) Variación

2004 2003 Absoluta %

A) GASTOS 1.204.242 1.238.210 -33.968 -2,7

A1. Ayudas monetarias y otros 3.005 -3.005 -100,0

A2. Consumos de explotación 690.435 780.196 -89.761 -11,5

A3. Gastos de personal 197.023 165.104 31.920 19,3

A4. Dotaciones para amortizaciones 138.421 140.684 -2.263 -1,6

A5. Otros gastos 133.255 148.753 -15.497 -10,4

A6. Variación de las provisiones 5.625 5.625

A.I. Resultados positivos de explotación 29.697 56.009 -26.312 -47,0

A7. Gastos financieros y asimilados 644 447 196 43,9

A.II. Resultados financieros positivos 576 -576 -100,0

A.III. Resultados positivos de las actividades ordinarias 29.496 56.585 -27.090 -47,9

A13. Gastos extraordinarios 10 22 -12 -53,9

A14. Gastos y pérdidas de otros ejercicios 38.828 38.828

A.IV. Resultados extraordinarios positivos 32.165 -32.165 -100,0

A.V. Resultados positivos antes de impuestos 88.750 -88.750 -100,0

A.VI. Excedente positivo del ejercicio 88.750 -88.750 -100,0

B) INGRESOS 1.195.985 1.326.960 -130.975 -9,9

B1. Ingresos de la entidad por actividad propia 1.194.457 1.293.750 -99.293 -7,7

B.I. Resultados negativos de explotación 0 0

B4. Ingresos financieros 442 1.023 -581 -56,8

B.II. Resultados financieros negativos 202 202

B9. Ingresos extraordinarios 1.086 32.187 -31.101 -96,6

B.IV. Resultados extraordinarios negativos 37.752 37.752

B.V. Resultados negativos antes de impuestos 8.257 8.257

B.VI. Excedente negativo del ejercicio 8.257 8.257

Cabe destacar que mientras en 2003 se obtuvo un beneficio de 88.750 €, en 2004 la situación se invirtió alcanzando un resultado negativo de 8.257 €. Durante el ejercicio se ha procedido a una regularización derivada del contencioso mantenido con la Fundación Semana Verde y que tenía su origen en la celebración en 2003 de la primera edición del SIS.

Se produce una disminución generalizada en la casi totalidad de sus conceptos, a excepción de los gastos de personal, incrementándose un 19%, y de los gastos financieros cuya incidencia en términos absolutos es mínima.

IV.3. INVENTARIO De los bienes de esta naturaleza se desprende la siguiente estructura:

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Bienes en propiedad 714.519 € Bienes en cesión de uso 21.415 € Total bienes activo 735.933 €

El 88% de los bienes en propiedad corresponde al equipo de telemedicina y al sistema de videoconferencia. El precio del primero, según contrato, asciende a 558.941 €, estando registrado en el inventario por 603.522 €; la diferencia se atribuye a una serie de gastos adicionales que, a tenor de la documentación aportada, no están vinculados a su puesta en funcionamiento.

Atendiendo a la naturaleza de los bienes se desprende la siguiente estructura del inmovilizado:

(En euros)

Inmovilizado Valor inicial Altas Bajas Amortización acumulada

Valor neto contable a 31.12.2004

Material 695.498 9.934 0 570.787 134.645

Inmaterial 30.500 0 0 28.912 1.588

En cuanto a la amortización de los elementos de inmovilizado se aprecia una diferencia de 1.319 € entre la contabilizada y la verificada, con la limitación que se deriva del hecho de que no consta la fecha de adquisición de algunos bienes, siendo su detalle el siguiente:

(En euros) Amortización acumulada a 31.12.2004

Cuenta s/FFPSIG Calculada Diferencia

212 Propiedad industrial 5.422 3.523 1.899 215 Aplicaciones informáticas 2.075 2.094 -19 222 Instalaciones técnicas 512.994 513.572 -579 224 Otras instalaciones y utillaje 2.750 2.011 739 225 Mobiliario 1.670 1.808 -137 226 Equipos proceso información 9.303 9.438 -134 227 Elementos de transporte 11.831 12.281 -450 Total 546.046 544.727 1.319

IV.4. CUADRO DE FINANCIACIÓN A continuación se reflejan los datos relativos a los orígenes y aplicaciones de fondos, según el cuadro de financiación incluido en la Memoria:

(En euros) Ejercicio Orígenes Aplicaciones Exceso

2003 104.228 2.827 101.401 2004 7.820 9.935 -2.114 % variación -92,5 251,4

Se ha producido un aumento en inversiones de inmovilizado de un 251% en 2004, aunque escasamente significativo en términos absolutos. En 2004 los recursos experimentan una disminución respecto al ejercicio precedente del 93%.

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(En euros) 2004 2003

Variación capital circulante Aumentos Disminuciones Aumentos Disminuciones

Deudores 174.335 164.255 Acreedores 437.477 9.416Tesorería 588.761 8.021 Ajustes periodificación 20.937 61.459

Total 609.698 611.812 172.275 70.874

Variación capital circulante 2.114 101.401

Mientras que en 2003 se produce un incremento del capital circulante dicha situación se invierte en 2004.

IV.5. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO En la Memoria de la entidad se utiliza el modelo abreviado de presupuesto recogido en el Real decreto 776/1998, de 30 de abril, poniéndose de relieve la previsión, su realización, así como las desviaciones producidas. En función de la naturaleza de las operaciones, el presupuesto está compuesto por uno de explotación, en el que se recogen operaciones de funcionamiento, y otro de capital, comprensivo de las operaciones de fondos. El desarrollo del presupuesto de ingresos y gastos es el siguiente:

(En euros) Gastos Ingresos

Operaciones de funcionamiento Previsión Realización Desviación

Operaciones de funcionamiento Previsión Realización Desviación

Consumos de explotación 239.546 690.435 450.889 Cuotas usuarios 12 12

Gastos de personal 229.000 197.023 -31.977 Ingr. promoción y patrocinadores 15.600 101.414 85.814

Amortizac., prov. y otros gastos 208.670 277.301 68.631 Subvenciones, donaciones 661.815 1.093.031 431.216

Gastos financieros y asimilados 599 644 45 Ingresos financieros 400 442 42

Gastos extraordinarios 38.838 38.838 Ingresos extraordinarios 1.086 1.086

Total gastos 677.815 1.204.242 526.427 Total ingresos 677.815 1.195.985 518.170

(En euros)

Operaciones de fondos Presupuesto Realización Desviación

Aumentos (disminuciones) de subvenc., donaciones -122.344 -122.344 0

Disminuciones (aumentos) de bienes reales 122.900 128.487 5.587

Disminuciones (aumentos) de inversiones financieras, tesorería y capital en funcionamiento -556 2.114 2.670

La desviación de los gastos respecto a lo presupuestado es del 78%, mientras que la de ingresos se sitúa en un 76%, siendo el resultado de -8.257 €.

V. ANÁLISIS DE LA ACTIVIDAD

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V.1. ÁREA DE RECURSOS HUMANOS

V.1.1. ESTRUCTURA DEL CUADRO DE PERSONAL Es objeto del presente análisis poner de manifiesto la estructura organizativa del personal con el que cuenta la FFPGIS para el cumplimiento de sus fines, así como su evolución a lo largo del periodo fiscalizado.

Las plazas previstas en los respectivos presupuestos en el periodo 2003-2005, con la indicación del número de efectivos de cada categoría, son las que se reflejan a continuación:

Puesto 2003 2004 2005

Director Gerente 1 1 1 Director de Programas 1 1 1 Grupo de Gestión/Coordinador de Gestión 1 1 1 Personal Servicios Generales/Administrativos 1 2 2 Jefe de Servicio de Área Médica 1 Jefe de Servicio Área Jurídica 1 Técnico Médico 1

Total 4 5 8

En el ejercicio 2003, las plazas previstas estuvieron cubiertas, si bien debe precisarse que la de personal de servicios generales-administrativos estuvo vacante hasta el mes de agosto.

En cuanto al año 2004 el total de efectivos reales ascendió a 6 en lugar de los 5 previstos, al haberse incorporado, a los ya existentes en el ejercicio anterior, dos operarias contratadas al amparo de una subvención recibida de la Consellería de Familia y Asuntos Sociales.

Al momento de realizarse las actuaciones fiscalizadoras, el número de personas contratadas por la FFPGIS permanecía inalterable, no habiéndose cubierto aún las plazas vacantes, previstas y dotadas en los presupuestos de la institución.

V.1.2. PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL Se analiza a continuación la situación jurídica del personal existente durante la fiscalización. Debe precisarse que todas las plazas se encuentran cubiertas mediante contratos laborales de duración determinada, siendo su detalle el siguiente:

Director Gerente y Director de Programas: En ambos casos los contratos, en la modalidad de “alta dirección”, datan del ejercicio 2002 y tienen una duración establecida de 4 años. En el ámbito retributivo se prevé la percepción de unas cantidades fijas y de un complemento de productividad variable, estableciendo su

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cuantía máxima y regulándose su cálculo en función del cumplimiento de objetivos y del incremento de ingresos que se obtengan para la fundación en relación con el ejercicio precedente.

Grupo de Gestión: La plaza prevista en el cuadro de personal fue objeto, en julio del 2001, de un contrato de interinidad hasta su cobertura definitiva mediante el oportuno proceso selectivo, situación que, pese al amplio periodo de tiempo transcurrido, permanecía injustificadamente inalterada.

Dicha contratación de carácter interino se realizó mediante convocatoria pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, norma que exige el cumplimiento de los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

Las bases de la convocatoria presentan deficiencias significativas ya que, según su tenor literal, se establecen, como requisitos específicos: el desempeño de puestos en la Administración de la Xunta de Galicia durante al menos tres años y la experiencia en la gestión de fundaciones sanitarias públicas, extremos susceptibles de valoración como mérito, pero que, considerados como requisitos de acceso, vulnerarían el citado principio de igualdad en la contratación pública.

Personal de servicios generales: La previsión presupuestaria para el ejercicio 2004 es de dos plazas de personal de servicios generales, con funciones netamente de apoyo administrativo, procediéndose, en el segundo semestre del año 2003, a la contratación, bajo la modalidad de “obra o servicio determinado”, de una persona con la categoría indicada y cuya relación se mantenía en el momento de la fiscalización, no habiéndose cubierto la segunda de las plazas.

Constituye el motivo de esta contratación el incremento de tareas que origina la preparación y celebración del “II Salón Internacional de la Salud”, cuya organización recae en la FFPGIS. Sin embargo, la plaza está dotada en los presupuestos y prevista en el cuadro de personal de la fundación para la atención de tareas administrativas básicas, lo que evidencia más un carácter de permanencia que la mera eventualidad que se desprende del citado Salón.

Examinada la documentación facilitada, se aprecia que en el proceso de selección se han respetado los criterios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad, adecuándose a lo previsto en la Ley 10/1996.

Otro personal: Si bien el cuadro de personal aprobado por el Patronato de la FFPGIS no contemplaba inicialmente más efectivos que los anteriormente analizados, durante el

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ejercicio 2004 y a raíz de la concesión de una subvención de la Consellería de Familia y Asuntos Sociales para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación con órganos y organismos de las administraciones públicas y entidades sin ánimo de lucro, se celebraron sendos contratos de trabajo de naturaleza temporal, bajo la modalidad de “inserción” para desempeñar respectivamente las funciones de “secretaría administrativa” e “informática”. La duración de ambos contratos tiene un carácter anual, continuando la prestación del servicio en el momento de la confección del presente informe.

V.1.3. SISTEMA RETRIBUTIVO Se ha procedido a un examen, tanto de la estructura retributiva existente en el periodo fiscalizado como del gasto contabilizado, debiéndose destacar las siguientes cuestiones:

- Al carecer la entidad de convenio colectivo propio, las cuantías retributivas vienen determinadas por los contratos de trabajo y por los acuerdos adoptados por el Patronato de la fundación, que introdujeron variaciones al respecto.

- La estructura retributiva existente en el ejercicio 2004 se corresponde con la aprobada por el Patronato de la fundación en fecha 22 de diciembre de 2003, incrementando su importe para el ejercicio 2004 en el mismo porcentaje fijado, para su personal, en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año de referencia.

- Los conceptos retributivos del personal con contrato de alta dirección comprenden el “salario base” y un “complemento de productividad variable por objetivos”, según lo previsto en sus respectivos contratos.

- La retribución del grupo de gestión se distribuye entre los siguientes conceptos: “salario base”, “complemento convenio”, “complemento coordinación”, “complemento de dirección” y “complemento de productividad variable por objetivos”, en tanto que la plaza de personal de servicios generales contempla los dos primeros y el complemento de productividad. Dichos conceptos no se corresponden con lo establecido en los respectivos contratos, que sólo prevén el “salario base” y las “pagas extras”, prorrateadas por mensualidades.

- En cuanto a su importe se aprecia que, con la excepción de los complemento de “dirección” y ”productividad variable por objetivos”, coincide con lo estipulado en los contratos individuales de trabajo. El “complemento de dirección” para la plaza de grupo de gestión se introdujo por Acuerdo del Patronato de fecha 27 de junio de 2003, para retribuir “su labor de dedicación al Salón Internacional de la Salud”, justificándose por la asunción de funciones directivas con la previsión de su desaparición una vez

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finalizados los trabajos de dicho evento. La redacción contenida en el acta de la sesión mencionada no es lo suficientemente clara y explícita en relación a la edición del SIS a qué se refiere y a cuándo debería cesar su percepción.

- Con respecto al “complemento de productividad variable por objetivos” deben realizarse las siguientes precisiones:

• Este complemento figura de forma expresa en los contratos de alta dirección, observándose que se ha hecho extensivo al restante personal, lo que ha supuesto un incremento de costes laborales, desconociéndose en este caso, al carecer de soporte documental alguno, los criterios seguidos para la fijación de su cuantía máxima.

• Su cuantificación se basa en el procedimiento previsto en los contratos de alta dirección, que de forma somera es el siguiente: el 50% del máximo establecido se percibe distribuido en 12 mensualidades; el 50% restante, se liquidará, al ejercicio siguiente, devengándose un 25% tras certificación emitida por la Consellería de Sanidad sobre el cumplimiento de los objetivos anuales pactados en el documento de colaboración suscrito con la misma y otro 25% condicionado al incremento del 4% de ingresos financieros sobre la cantidad obtenida anualmente de entidades distintas de la Consellería de Sanidad o del SERGAS. En el supuesto de que lo percibido a cuenta fuese superior a la liquidación final se procedería a su regularización.

• Durante el ejercicio 2004 se liquidó la productividad variable correspondiente al año anterior por el 100% de las cuantías máximas, sin que se hayan cumplido en esa medida los objetivos fijados en el convenio de colaboración con la Consellería de Sanidad, ya que la actividad de la FFPGIS se ha desarrollado en exclusiva en el SIS sin que los restantes objetivos fijados se hubieran alcanzado. Asimismo, en la liquidación del 25% que se efectúa en función del incremento de ingresos financieros distintos de los obtenidos del SERGAS o de la Consellería se observa que ha sido erróneamente calculada, al realizarse en base a los ingresos brutos alcanzados y no sobre el incremento obtenido, si bien esta circunstancia no ha influido en las cantidades a percibir.

• Examinados los antecedentes relativos a la liquidación del concepto correspondiente al ejercicio 2004 (liquidado en 2005), se observa que fue incluida en la sesión del Patronato de fecha 29.06.2005 cuya acta se encontraba pendiente de redacción y aprobación al momento del cierre de la presente fiscalización, por lo que no se ha podido contar con el acuerdo adoptado.

- Con respecto a la contabilización de los gastos derivados de retribuciones y cotizaciones a la Seguridad Social no se han apreciado incidencias.

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V.1.4. OTROS GASTOS DE PERSONAL DE NATURALEZA NO SALARIAL Son objeto de análisis y verificación en este apartado los gastos de naturaleza no salarial (dietas, asistencias a cursos de formación, etc.) satisfechos al personal de la fundación.

En el ejercicio 2004 figuran contabilizados, en la cuenta 640.0300 “Dietas”, los gastos generados por este concepto, por un importe total de 1.493 €, cuyo análisis se refleja a continuación:

- La FFPGIS no contaba con acuerdos o normativa interna propia para regular la percepción de indemnizaciones por razón de servicio, aplicando a estos efectos, lo estipulado en el Decreto 144/2001, de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de la Xunta de Galicia, que regula las citadas indemnizaciones.

Del detalle de los movimientos contables, se desprende que los desplazamientos del personal devengaron dietas hasta el mes de septiembre de 2004, dejándose de percibir desde entonces y que hasta esa fecha en la práctica totalidad de los supuestos se abonaron simultánea y acumuladamente gastos de manutención, e incluso de otra índole, originados por el mismo motivo, imputándose a otras partidas. En consecuencia, procedería la regularización de las cantidades satisfechas por idéntica causa.

- No consta, en ninguno de los casos examinados, orden previa de servicio no especificándose, ni de forma somera, las causas que originan y justifican el desplazamiento.

- La FFPGIS realiza las liquidaciones en un impreso tipo, en el que figura la declaración del trabajador y la certificación, por parte del Director Gerente, del cumplimiento del servicio encomendado. En el mismo se recogen, además, los restantes gastos que pudieran originarse.

- En la liquidación de ciertos desplazamientos se ha detectado que el kilometraje del trayecto especificado por la utilización de vehículo propio no corresponden con el real, sin que se haga constar aclaración de lo que lo motiva. Sobre este particular debe expresarse que sería conveniente optimizar la utilización del vehículo propiedad de la institución.

- Si bien en general la percepción de dietas se ajusta a las cantidades estipuladas en el decreto antes citado, se ha observado, en una liquidación practicada al grupo de gestión, que se abona, de forma incorrecta, la dieta correspondiente al grupo 1 (altos cargos), no acorde con su categoría profesional, ni concordante con otras anteriormente liquidadas.

V.2. CONVENIOS DE COLABORACIÓN Dentro de la enumeración de finalidades de la fundación analizada, se cita expresamente en el apartado g) del artículo 8 de sus estatutos, la colaboración con instituciones

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públicas o privadas sobre cualquier materia relacionada con la salud, en los términos que se establezcan en los correspondientes acuerdos o convenios de cooperación.

En este apartado es objeto de especial seguimiento y evaluación la actividad desarrollada por la FFPGIS en el ámbito descrito. Debe precisarse igualmente, que mediante los convenios suscritos con la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, que serán objeto de análisis particularizado en su correspondiente apartado, ésta subvenciona la actividad de la fundación que, como contrapartida, asume como objetivo expreso el seguimiento y dinamización de los convenios que para la cooperación sanitaria se tengan firmados por el citado departamento con países de Iberoamérica, África y Europa del Este.

A tenor de la información facilitada, a la fecha de confección del presente informe, los convenios a cargo de la FFPGIS eran los siguientes:

Entidad País Año suscripción Objeto

Centro Gallego de Buenos Aires Argentina 1995 Asistencia sanitaria Centro Gallego de Buenos Aires Argentina 1996 Asistencia sanitaria Centro Gallego de Buenos Aires Argentina 1998 Telemedicina Hosp.Español de Buenos Aires Argentina 1998 Asistencia sanitaria Gobierno Ciudad Buenos Aires Argentina 1998 Transferencia Tecnológica Academia de Medicina de BuenosAires Argentina 1998 Intercambio de conocimientos Ministerio de Salud Argentina 1998 Protocolo de cooperación Asoc. Española de Socorros Mutuos Uruguay 1998 Telemedicina Asoc. Española de Socorros Mutuos Uruguay 1998 Asistencia sanitaria Casa Galicia Montevideo Uruguay 1996 Asistencia sanitaria Casa Galicia Montevideo Uruguay 1998 Telemedicina Academia de Medicina Uruguay 1998 Intercambio de conocimientos Ministerio de Salud Uruguay 1998 Protocolo de cooperación Academia de Medicina Bolivia 1998 Protocolo de cooperación Ministerio de Salud Bolivia 1998 Protocolo de cooperación Academia de Medicina Paraguay 1998 Protocolo de cooperación Ministerio de Salud Paraguay 1998 Protocolo de cooperación Ministerio de Salud Cuba 1998 Protocolo de cooperación Hermandad Gallega de Venezuela Venezuela 1997 Asistencia sanitaria Hermandad Gallega de Valencia Venezuela 1999 Asistencia sanitaria Soc. Española de Beneficencia-H. Salvador de Bahía Brasil 1996 Asistencia sanitaria Soc. Española de Beneficencia de Río de Janeiro Brasil 1996 Asistencia sanitaria

A efectos de su análisis diferenciado se distinguen los que tienen por objeto la prestación de asistencia sanitaria de los restantes cuya finalidad es menos específica.

V.2.1. CONVENIOS DE ASISTENCIA SANITARIA La importancia del fenómeno migratorio que tuvo lugar desde Galicia hacia determinados países de Iberoamérica, en particular a lo largo de la primera mitad del siglo pasado, originó la constitución en los mismos de un fuerte asociacionismo; esta

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circunstancia motivó que el propio Estatuto de Autonomía contemplase en su art. 7.1. el derecho de dichas comunidades a solicitar el reconocimiento de galleguidad, entendida ésta como el derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural gallega. En desarrollo del precepto estatutario fue dictada la Ley 4/1983, de 15 de junio.

Para hacer realidad en el ámbito sanitario la citada integración, la Consellería de Sanidad suscribió, con las entidades asistenciales que extendían su atención a asociados gallegos, determinados convenios cuya finalidad primordial es la cobertura sanitaria a los desplazados desde tales países a Galicia o viceversa.

De conformidad con la documentación aportada, y la propia memoria de la FFPGIS, las entidades que tienen convenios firmados al respecto son:

Argentina: Centro Gallego de Buenos Aires y Sociedad Española de Beneficencia-Hospital Español.

Uruguay: Casa Galicia de Montevideo y Asociación Española Primera de Socorros Mutuos.

Venezuela: Hermandad Gallega de Venezuela y Hermandad Gallega de Valencia.

Brasil: Sociedad Española de Beneficencia-Hospital Español de Salvador de Bahía y Sociedad Española de Beneficencia de Río de Janeiro.

El número de potenciales beneficiarios ascendería, según la memoria de la FFPGIS a más de 380.000, concentrados predominantemente en los centros de Uruguay y Argentina.

Los convenios suscritos son similares en todos los casos, pudiéndose resumir sus extremos más significativos en los siguientes apartados:

- Son contingencias protegidas la enfermedad común o accidente no laboral y la maternidad, incluyendo, por lo general las prestaciones de medicina general, especialidades y tratamiento médico, en las modalidades de urgencias e internamiento. Las prestaciones farmacéuticas se circunscriben a las efectuadas en el ámbito hospitalario.

- Los beneficiarios son, por una parte, los socios gallegos de las entidades citadas desplazados a Galicia por tiempo no superior a tres meses y, de forma recíproca, los gallegos residentes en Galicia que se encuentren, de forma temporal, en los países y localidades citados.

- La reglamentación de los procedimientos a seguir y la publicidad de los mismos no se recogen de forma sistemática en los textos, haciendo una remisión expresa a su desarrollo por las partes firmantes.

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Dado que la FFPGIS, de acuerdo con sus propios fines y con lo acordado con la Consellería de Sanidad, tiene encomendado el seguimiento y dinamización de los convenios suscritos, así como la colaboración con los equipos directivos de los centros hospitalarios gallegos en Argentina y Uruguay, le fue solicitada la documentación obrante al respecto a fin de su análisis y evaluación.

Mediante escrito de fecha 8.02.2005 se remite un informe del Director Gerente de la FFPGIS en el que se pone de relieve que no consta antecedente alguno en sus archivos, señalando que tan sólo se realizan gestiones puntuales y atienden consultas verbales, en general, de la población que viaja a Iberoamérica a efectos de conocer la cobertura sanitaria a la que tiene derecho, manifestando que la Consellería de Sanidad, de forma habitual, deriva tales consultas a la fundación.

La mencionada carencia de antecedentes ha imposibilitado una evaluación objetiva de la actividad desarrollada al amparo de los convenios citados, desconociéndose el nivel de actuación y demás extremos relevantes de los mismos. Esta circunstancia supone un claro incumplimiento de los objetivos de la fundación, recogidos de forma expresa en los convenios suscritos con la Consellería de Sanidad en fechas 11.07.2003 y 10.06.2004 en base a los cuales recibe parte de la financiación de su actividad.

De idénticas características es la colaboración con equipos directivos de los centros hospitalarios en Argentina y Uruguay para prestar apoyo técnico en las actividades de gestión sanitaria, extremo sobre el que, igualmente, no se aporta documentación justificativa alguna. A este respecto cabe poner de relieve que de la Comunidad Autónoma dependen otra serie de organismos que inciden en el mismo ámbito funcional (fundaciones Galicia Saúde y Galicia Emigración), no estando delimitadas en ciertos aspectos sus actuaciones, lo que ocasiona un posible solapamiento de las mismas, situación que sería deseable mejorar a efectos de una coordinación de esfuerzos en aras a la obtención de la mayor eficiencia y eficacia.

Como actuación material, se ha procedido a la comprobación de la documentación y circuitos administrativos existentes para garantizar el cumplimiento de los convenios examinados, debiéndose señalar las siguientes incidencias:

- No se ha instrumentalizado un procedimiento reglado, con determinación de la documentación justificativa necesaria, a efectos de que por los beneficiarios se reciban las prestaciones que amparan los acuerdos.

- No se ha obtenido constancia de los mecanismos de publicidad para hacer efectivo el conocimiento general de los beneficios de los convenios.

- Se ha constatado, mediante la verificación realizada en el C.H. Juan Canalejo, que si bien las unidades de Admisión y Facturación tenían conocimiento documentado del

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convenio, en la práctica no se produce una codificación de la asistencia como no facturable, debiéndose requerir con posterioridad a los potenciales beneficiarios para que aporten documentación justificativa.

V.2.3. OTROS CONVENIOS Se ha tenido constancia de la existencia de un total de trece convenios suscritos con entidades y organismos públicos de países de Iberoamérica.

Tres de ellos se instrumentaron con el fin de ofrecer un marco legal a la instalación de un sistema de telemedicina y videoconferencia, analizándolos en otro apartado específico dada su singularidad e importancia.

Los restantes son, con carácter general, protocolos de cooperación y colaboración, siendo objeto de las siguientes consideraciones:

- Constituyen meras declaraciones de intenciones sobre el interés de lograr actuaciones de cooperación y colaboración en el marco de la sanidad, sin que se especifiquen aspectos sustanciales, dejando el posterior desarrollo a los programas que, de forma conjunta, se acuerde llevar a cabo.

- En tal sentido prevén la creación de una Comisión Mixta, de composición paritaria entre los firmantes. Solicitadas, para un mejor conocimiento y análisis de la actividad real, las actas de constitución y demás acuerdos adoptados, no se han obtenido los oportunos antecedentes, manifestando por escrito la Gerencia de la fundación que en sus archivos no existe constancia documental alguna al respecto y que la difícil situación económica de los países implicados, así como los numerosos cambios en los cargos de los órganos de gobierno de las instituciones conveniadas, supusieron un obstáculo al desarrollo de los convenios.

- Pese al conocimiento de las circunstancias antes expresadas, en los convenios entre la fundación y la Consellería de Sanidad se sigue contemplando, como actividad a desarrollar, y por ende, objeto de subvención por parte de ésta, el seguimiento y dinamización de estos convenios, extremo que, por lo expuesto, no se ha cumplido en modo alguno.

V.3. PROYECTO DE TELEMEDICINA

V.3.1. ASPECTOS GENERALES Este proyecto tiene su origen en la firma, en abril de 1988, de un convenio de colaboración entre la Xunta de Galicia y la Fundación “Marcelino Botín” en materias relacionadas con las tecnologías de la información aplicadas a centros que prestan asistencia sanitaria a la población gallega en el exterior, con preferente localización en

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Iberoamérica. El citado convenio especificaba que el organismo encargado de su cumplimiento y ejecución sería la FFPGIS, previendo una aportación de la fundación antes citada de 100 millones de pesetas (60.101 €).

Para su desarrollo se optó por la implantación de un sistema de telemedicina y videoconferencia para comunicar hospitales de la comunidad gallega con otros de países iberoamericanos a fin de permitir el intercambio de experiencias.

La instrumentalización del proceso se realizó mediante la convocatoria de un concurso público que tenía como objeto el suministro y puesta en funcionamiento de los equipos necesarios, habiéndose adjudicado, en fecha 12.11.1998, a Telefónica S.A. por un importe de 93 millones de pesetas (558.941 €).

El detalle de los centros participantes en el proyecto es el siguiente: C.H. Juan Canalejo, A Coruña C.H. Universitario de Santiago C.H. Xeral-Cíes, Vigo H. Meixoeiro, Vigo Real Academia de Medicina y Cirugía de Galicia Asociación Española Primera Mutua de Socorros de Montevideo, Uruguay Casa Galicia de Montevideo,Uruguay Sociedad Española de Beneficencia (Hospital Español), Buenos Aires, Argentina Centro Gallego de Buenos Aires, Argentina.

La ejecución del contrato finalizó a mediados del año 2000 con la recepción definitiva de los equipos.

Con los centros iberoamericanos fueron suscritos, inicialmente, sendos convenios de colaboración, para posteriormente procederse a la firma de contratos de comodato para dar cobertura legal a la cesión de los equipos, cuya titularidad corresponde a la FFPGIS. No obstante, en los centros radicados en la comunidad autónoma, no se ha encontrado soporte documental alguno que respalde la cesión del equipamiento de referencia.

V.3.2. REVISIÓN EFECTUADA La revisión se ha centrado en el análisis de la actividad desarrollada en esta materia en orden a alcanzar los objetivos plasmados en el convenio.

Como consecuencia de las actuaciones se han observado las siguientes incidencias:

- No existe constancia documental alguna de que por parte de la FFPGIS se procediese a la elaboración de un programa permanente de actividades a desarrollar en el periodo analizado.

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- A las carencias de planificación y coordinación antes indicadas, debe añadirse que no existen antecedentes respecto de las actuaciones y usos que los centros implicados hacen de los equipos. Sobre este particular debe resaltarse que en los contratos firmados con los centros iberoamericanos a los que ya se ha hecho referencia, constaba expresamente la obligación de éstos de presentar en cada ejercicio una memoria de las actividades desarrolladas, extremo que se ha incumplido de forma sistemática.

- Pese a estar debidamente contemplado en los contratos de cesión de equipos, y constituir la mayor parte de su inmovilizado material, no se realiza un seguimiento y control de su estado.

- Se ha efectuado una comprobación material, en el C.H. Juan Canelejo respecto de la situación y uso de los equipos existentes, observándose que el equipamiento está instalado y en disposición de ser empleado. No obstante, no se ha obtenido evidencia alguna de su utilización para los fines que motivaron su puesta en funcionamiento.

V.4. AREA DE CONTRATACIÓN

V.4.1. ASPECTOS GENERALES Dentro de este apartado es examinada la relación, plasmada contractualmente, que la FFPGIS mantiene con terceros con el objeto de obtener los bienes y servicios necesarios para el desarrollo de sus fines.

En el análisis de esta área se ha incidido en los cauces formales (publicidad, concurrencia, objetividad y no discriminación) tendentes al cumplimiento de los principios generales que inspiran la contratación pública a que está sujeto el ente fiscalizado por imperativo legal.

Sobre este particular debe precisarse que la fundación no ha confeccionado ni aprobado el pertinente manual de procedimiento que dé sustantividad y garantice la observancia de los principios referidos, por lo que el examen se ha realizado considerando la normativa básica contenida en la legislación sobre contratación de las administraciones públicas.

En general, y en orden al cumplimiento de estos principios, se ha procedido a la comprobación de los siguientes extremos:

- Fundamentación del objeto del contrato en los debidos informes técnicos y económicos en orden a asegurar su correcta delimitación y adjudicación en los términos más favorables.

- Cumplimiento de la obligación de publicar los anuncios que permitan proporcionar la información necesaria a las empresas interesadas a los efectos de una concurrencia igualitaria.

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- Reflejo y regulación, en los correspondientes pliegos de condiciones jurídicas y técnicas, del objeto contractual y requisitos de la prestación, para garantizar la igualdad en el acceso a los contratos, así como la inclusión en los mismos de criterios que permitan la selección objetiva de la oferta más ventajosa.

- Desarrollo adecuado de las fases de preparación, adjudicación y ejecución de los contratos que permita garantizar el interés público.

En relación con lo expuesto se ha realizado un seguimiento sistemático de la actividad contractual en el período fiscalizado, habiendo comprendido su práctica totalidad, con la excepción de las adquisiciones de escasa cuantía y tracto sucesivo que carecen de especial relevancia dentro del contexto del presente informe.

V.4.2. RESULTADO DE LA REVISIÓN EFECTUADA Durante el periodo fiscalizado se tramitaron dos expedientes de contratación, celebrados bajo la modalidad de concurso público, cuyo detalle es el siguiente:

(En euros) Denominación Fecha del contrato Importe

Consultoría y A. técnica para marketing, promoción y publicidad del SIS 2005 12.02.2004 1.003.788 Servicio de Secretaria Técnica y organización del SIS 2005 18.05.2004 1.342.079

Al margen de lo expuesto, se ha apreciado la existencia de una relación contractual cuyo objeto fue el diseño y ejecución de una campaña de prensa en medios audiovisuales gallegos, de la que se carece de antecedentes documentales precisos, habiéndose ejecutado por el adjudicatario del servicio de Secretaría Técnica, y que por tanto será objeto de análisis singularizado dentro del expresado contrato.

A continuación se realiza un análisis del procedimiento de contratación y de la ejecución de los contratos referidos.

A) Consultoría y asistencia técnica para marketing, promoción y publicidad de un congreso de ámbito sanitario.

Procedimiento de contratación

Del examen de la documentación facilitada por la fundación se desprenden las siguientes incidencias:

- Se produce una carencia total de formalidades que respalden la fase de ordenación e instrucción del expediente (orden de inicio, aprobación del expediente, etc.), tan sólo constan los Pliegos de Condiciones Jurídicas y la Hoja de Especificaciones Técnicas, si bien los mismos carecen de fecha y diligencia de aprobación.

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- No se acredita la realización de estudios técnicos y económicos previos para una correcta delimitación del objeto y de las condiciones contractuales.

- Aunque se ha cumplimentado el trámite de publicidad, no existe certificación de las ofertas presentadas en tiempo y forma.

- No se ha dejado constancia expresa en el expediente de la recepción de la notificación realizada a la empresa adjudicataria, extremo que imposibilita un correcto cómputo de los plazos de formalización de garantías y contratos.

- La garantía definitiva fue constituida con posterioridad a la fecha de formalización del contrato.

- Se contempla contractualmente la posibilidad de que el precio fijado se altere con posterioridad, incrementándose o disminuyendo en función de los servicios realmente prestados. En relación a esta circunstancia no se observa el principio clásico en la contratación pública de “precio cierto” que debe ser fijado en la resolución de adjudicación de modo que cualquier alteración que lo incremente sea objeto de tramitación del correspondiente expediente de modificación, con los requisitos y límites establecidos en la normativa en vigor.

Ejecución del contrato

Se ha realizado un seguimiento detallado de los servicios facturados en virtud de este contrato, desde su fecha de formalización hasta la de confección del presente informe. Debe destacarse, a tenor de lo informado por el ente auditado, que ya se ha procedido a la devolución de la garantía constituida, dándose por concluida y liquidada la relación contractual.

El detalle de los pagos efectuados al contratista es el siguiente: (En euros)

Concepto Fecha factura Importe

Trípticos, carpetas y otros 20.02.2004 70.361

Estrategia campaña y otros 07.06.2004 134.498

Campaña publicidad y gráficos 09.11.2004 55.141

Prensa medios nacionales y otros 28.02.2005 101.793

Varios 28.02.2005 75.270

Material promocional y otros 31.03.2005 103.607

Edición cds y paneles 25.04.2005 9.331

Total 550.000

Dado que el precio inicial fijado ascendía a 1.003.788 €, la diferencia entre el mismo y lo realmente facturado ascendió a 453.788 € debido a la no realización o disminución de varias de las prestaciones inicialmente previstas en la oferta, sin que ello esté motivado documentalmente en la forma debida. Asimismo, se observa lo siguiente:

- En la planificación de tareas presentada por el contratista se preveía una campaña de prensa y difusión en medios audiovisuales de Galicia por un importe estimado de

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74.000 € que finalmente no fue llevada a efecto. Sin embargo se implementó una campaña en dichos medios, con una dotación considerablemente superior (406.145 €), pero que no fue considerada como una modificación del contrato analizado sino que, sin causa justificada, fue llevada a cabo por el adjudicatario del servicio de Secretaría Técnica.

- Asimismo, si bien inicialmente se preveía una campaña de difusión en medios informativos nacionales e internacionales, tanto de carácter general como especializados en el ámbito sanitario, para la que se estimaba un importe de 260.000 €, en la práctica ésta quedó reducida a medios de difusión nacional ascendiendo a 87.000 €.

- Dado el carácter internacional del Congreso, y su naturaleza eminentemente técnica, sorprende, en términos comparativos, que se destinara una importante cantidad a la difusión en medios generalistas (con una especial incidencia, el 80%, en la propia comunidad autónoma) y una escasa difusión en medios especializados y, en particular, la nula publicidad en los de reconocido prestigio internacional.

B) Servicio de Secretaría Técnica y organización de un congreso de ámbito sanitario

Procedimiento de contratación

Se reproducen íntegramente en la instrucción y ordenación de este expediente las incidencias ya enumeradas en el contrato anteriormente analizado. Además de lo expuesto deben resaltarse los siguientes extremos:

- La proposición presentada por la única empresa licitadora es sumamente escueta y no desglosa, con el suficiente detalle para su posterior seguimiento, algunas de las partidas ofertadas.

- Al momento de realizarse la formalización del contrato la empresa adjudicataria no había constituido la preceptiva garantía, que ascendía a 53.683 €, no cumplimentándose este trámite hasta bien avanzada la ejecución contractual (31.01.2005).

- A tenor de la redacción del contrato, el precio ofertado es meramente estimativo, ya que se prevé la posibilidad de su incremento o disminución en función de las prestaciones efectivamente realizadas. Al respecto debe volver a subrayarse que, dentro de los principios establecidos para la contratación pública, el precio del contrato en todo caso debe ser cierto constituyendo su límite máximo, que únicamente puede ser superado por las causas y con las limitaciones que la propia legislación prevé.

- Como Anexo IV al contrato formalizado, se detallan una serie de cuestiones relativas a la gestión del espacio comercial del Salón Internacional de la Salud, estableciéndose que éste corresponderá al adjudicatario, Grupo Star-Viajes Atlántico, S.A., mediante una contraprestación del 15% del precio del espacio comprometido. Sin embargo, en la Hoja de Especificaciones Técnicas del contrato no se encuentran precisiones al respecto,

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como tampoco en la proposición económica presentada en su día, por lo que parece introducirse este extremo “ex post”, y por lo tanto, fuera del marco del objeto concursal.

- En 30.12.2004 se suscribe un anexo al contrato por el cual se introduce una modificación a lo pactado, en lo relativo al “proyecto para la ejecución de la Exposición comercial” que figuraba como Anexo III del documento original, como consecuencia de los cual se produce una reducción del precio total en algo más de 8.000 €. No constan antecedentes documentales que justifiquen y delimiten esta modificación contractual.

Ejecución del contrato

Se ha realizado un seguimiento de los servicios facturados desde la fecha de formalización hasta la de confección del presente informe, en la que no se había emitido aún la liquidación definitiva. Debido a las particularidades de la revisión de la facturación y del número de incidencias reseñables como resultado de su análisis, el detalle de las mismas se efectúa dentro de un apartado específico relativo al “SIS 2005”, poniéndose de relieve a continuación las de índole más general.

Teniendo en cuenta la información disponible a finales de agosto de 2005, la ejecución del contrato con indicación de las cantidades inicialmente previstas en los distintos apartados se sintetiza en el siguiente cuadro:

(En euros) Conceptos Oferta económica Facturado % desviación

Exposición comercial (incluido coord y montaje) 335 896 306 017 -8 9Servicio de prensa 12 000 25 462 112 2Coordinación hotelera y viajes 12 000 90 741 656 2Servicio coordinación telecomunicación 12 000 20 000 66 7Servicio coordinación contable 6 600 8 352 26 5Secretaría Técnica 54 000 54 000 0 00Rotulación 12 000 26 963 124 7Página web 9 000 24 000 166 7Servicios de traducción y anexos 95 700 97 180 1 5Intérpretes 34 220 36 793 7 5Alquiler Palacio de Congresos 96 443 57 817 -40 1Hotel Puerta del Camino 24 940 8 517 -65 9Hotel Tryp San Lázaro 8 700 0 -100 0Azafatas 18 500 30 405 64 4Invitados y ponentes (alojamiento y manutención) 60 000 95 628 59 4Atención personalizada ponentes de prestigio 10 440 0 -100 0Servicio Coffee Break 67 410 59 008 -12 5Cena cóctel diario 144 450 0 -100 0Gestión Actos Socio-Culturales (Catedral) 90 632 21 132 -76 7Tarjetas identificación asistentes 18 000 8 500 -52 8Transportes (autocares) 52 430 45 742 -12 8Bolsa/carpeta documentación oficial SIS 73 080 18 917 -74 1Obsequio de bienvenida a los asistentes 85 382 49 469 -42 1Otros gastos no encuadrables en la oferta inicial (*) 0 134 471 --Total 1.333.823 1.219.113 -8,6

(*) se incluyen en este apartado un cóctel en el Hostal de los Reyes Católicos, apoyos a servicios varios, honorarios de ponentes y otros pagos a personal, elaboración bases de datos, presentaciones en Madrid y Barcelona, acto inaugural Sala Santiago, certificados asistencia y otros, rotulaciones y decoración y boletines, programas, etc.

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- Como se aprecia, las desviaciones entre los importes previstos y los realmente abonados son generalizadas y de considerable volumen en muchas ocasiones. Si bien dada la naturaleza de la actividad eran previsibles ciertos desajustes, en la práctica son significativos en muchos de los apartados. Asimismo, se observa que algunos de los gastos que no se detallaban en la oferta inicial eran, en buena lógica, previsibles, lo que supone una cierta indefinición del objeto contractual.

- Las facturas presentadas por la empresa adjudicataria no se encuentran debidamente detalladas y, en ocasiones, lo suficientemente desglosadas, agrupando, sin valorar, varios conceptos que en la oferta inicial se encontraban en apartados distintos. Todo ello ha supuesto un obstáculo al debido control y seguimiento de la ejecución contractual.

- Como consecuencia de las deficiencias y escasa concreción antes reseñadas, se observa que podría existir, en alguno de los conceptos facturados, un solapamiento de prestaciones con las que se detallaban inicialmente en el contrato de marketing y publicidad.

- No se contemplan en la relación anteriormente expuesta una serie de facturas, de los años 2004 y 2005 que, si bien están referidas a la realización de la actividad y fueron presentadas por la empresa adjudicataria, no figuran dentro del objeto contractual (desplazamientos y estancias del comité organizador, etc.) o son anteriores al contrato (viajes, actos de presentación en el año 2004, etc.). Sobre este particular, que será objeto de un análisis más amplio dentro del apartado dedicado a “SIS 2005”, cabe destacar su significativo importe, 125.803 €, existiendo indicios de que la empresa comenzó a ejecutar las funciones encomendadas antes de la tramitación y adjudicación del contrato en cuestión.

Campaña publicitaria en medios informativos de difusión de Galicia

Como se puso de manifiesto en anteriores apartados y a raíz de suscribirse una addenda, en fecha 28.06.2004, al convenio de colaboración existente entre la Consellería de Sanidad, el SERGAS y la FFPGIS de 01.01.2004, ésta última recibió una subvención adicional por importe de 406.145 € destinados a la preparación y puesta en marcha de una campaña publicitaria en medios de información general de difusión autonómica con el objeto de propiciar la presencia y participación de un mayor número de profesionales sanitarios gallegos.

El contrato existente a esa fecha para marketing, promoción y publicidad ya contemplaba dentro de su programa de actuaciones, la inclusión de una campaña de difusión en medios audiovisuales de la comunidad autónoma. No obstante lo expresado, el gasto fue ejecutado por Grupo Star-Viajes Atlántico, S.A. empresa contratista de la Secretaría Técnica del SIS 2005, sin que se haya aportado documentación alguna que justifique y sirva de soporte a la situación descrita.

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Al margen de tal anomalía, del análisis de la documentación obtenida del ente fiscalizado se desprenden las siguientes incidencias:

- La campaña fue llevada a cabo en nueve medios escritos y nueve audiovisuales en el ámbito de la comunidad autónoma. Los primeros concentraron un 52% del gasto y los segundos el 48%.

Fueron suscritos, en el periodo agosto-diciembre de 2004, un total de trece convenios (siete con prensa escrita y seis con medios audiovisuales), a través de los cuales se ejecutó la mayor parte del gasto. El detalle de los importes a satisfacer a los distintos medios es el siguiente:

Campaña en prensa

Periódico Importe % s/total

El Correo Gallego (*) 96.162 45,6

La Voz de Galicia (*) 30.547 14,5

La Región (*) 21.813 10,3

El Ideal Gallego (*) 19.212 9,1

Faro de Vigo (*) 17.538 8,3

Diario de Pontevedra (*) 9.000 4,3

Atlántico Diario 6.000 2,8

España Exterior 6.000 2,8

El Progreso (*) 4.564 2,2

Total 210.836 100,0 (*) existe convenio

Campaña en medios audiovisuales

Medio Importe % s/total

Televisión de Galicia (*) 73.703 37,7

Radio Voz (*) 30.547 15,6

Axencia Galega de Noticias-Temático SIS 30.000 15,4

COPE (*) 19.536 10,0

Radio Pontevedra-Ser (*) 18.000 9,2

Radio Galega (*) 13.523 6,9

Onda Cero 6.000 3,1

Radio Líder 2.500 1,3

Radio Coruña-Ser 1.500 0,8

Total 195.309 100,0 (*) existe convenio

- El 95% del importe total fue ejecutado a través de convenios, apreciándose, en algunos supuestos, una elevada concentración de gastos en determinados medios, no guardando relación con su grado de difusión, sin que, dicha circunstancia obedezca a causas objetivas.

- No se ha aportado documentación alguna respecto del diseño de la campaña ni de los estudios técnicos y económicos que dimensionen la misma y marquen los objetivos a

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alcanzar, constituyendo un marco de referencia de las prestaciones tendentes a lograr la mayor difusión posible del evento.

- Buena parte de los convenios carecen de una definición clara y específica de las prestaciones de las que son objeto, utilizándose conceptos indeterminados como “varias inserciones”, “al menos”, etc., o incluso, en un supuesto, no se especifica detalle alguno de las mismas.

- No se ha aportado por el ente fiscalizado documentación relativa al seguimiento realizado, ni una evaluación del cumplimiento de objetivos en términos de economía, eficiencia y eficacia.

- Dadas las deficiencias reseñadas y que gran parte del gasto se canalizó a través de la suscripción de convenios por la fundación, no se encuentra fundamento acerca de que la facturación hubiese sido realizada por Grupo Star-Viajes Atlántico, S.A. En relación a ésta, se abonaron en 2004 dos facturas por importe total de 406.145 €, sin que inicialmente figurase en las mismas desglose alguno, una vez aportado éste se ha constatado que lo realmente percibido por los distintos medios de comunicación ascendía a 405.982 €.

V.5. SALON INTERNACIONAL DE LA SALUD 2005

V.5.1. ASPECTOS GENERALES Dentro de las finalidades reconocidas en los estatutos de la fundación, los apartados h) e i) contemplan la organización, dentro del ámbito de la salud, de reuniones científicas y empresariales así como de exposiciones comerciales o eventos similares. En base a ello la institución fiscalizada puso en marcha la celebración de un Salón Internacional de la Salud, con objeto de debatir y divulgar los últimos avances en medicina y en tecnología, productos y servicios aplicados a la misma.

La primera edición de este evento se celebró en el año 2003 y, posteriormente, se ha desarrollado una segunda que tuvo lugar del 13 al 15 de abril de 2005.

En síntesis el SIS 2005 ha consistido, por una parte, en la celebración de jornadas de divulgación científica en un considerable número de especialidades médicas y de gestión de servicios sanitarios y, por otra, se ha dedicado un apartado a exposición general, en el que unas 90 empresas, según la información facilitada, han presentado las últimas innovaciones y avances en salud.

Teniendo en cuenta, tal como se ha expuesto en otros apartados de este informe, que la práctica totalidad de la actividad de la fundación en el período objeto de examen se encuentra encaminada a la organización y celebración de la segunda edición del Salón

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Internacional de la Salud, se ha considerado precisa la realización de un seguimiento sistemático y exhaustivo de dicha gestión, analizando los costes de la actividad, la regularidad legal en su ejecución, así como el grado de definición y plasmación práctica de las finalidades y objetivos del mismo.

V.5.2. ANÁLISIS DE LA REVISIÓN PRACTICADA Gestión del gasto

Como se ha puesto de manifiesto, la imputación temporal de gastos a la actividad objeto de análisis comprende los realizados en varios ejercicios, dada la propia definición bianual del SIS, lo que conlleva que tras la finalización y liquidación de un evento, se inicie de inmediato la actividad de preparación de la siguiente edición.

La revisión efectuada ha incidido, básicamente, en los gastos contabilizados en el ejercicio 2004 (último del que se dispone de cuentas rendidas), si bien en algunos aspectos se han considerado los registrados en el ejercicio siguiente.

Durante el año de referencia, los gastos directamente imputables al SIS 2005 ascendieron a 792.258 €, incluido el IVA no deducible. Buena parte de los mismos tuvieron origen en los realizados al amparo del contrato de markenting y publicidad (260.000 €) y en los satisfechos por la campaña de prensa y medios audiovisuales gallegos a Grupo Star-Viajes Atlántico S.A. por importe de 406.145 €. Las peculiaridades y hechos reseñables detectados en ambos casos ya han sido plasmados en los respectivos apartados de contratación administrativa.

Al margen de lo expuesto, se ha procedido a una revisión sistemática de los restantes gastos, habiéndose observado los siguientes extremos:

- El principal adjudicatario de los servicios, al margen de los expedientes de contratación ya reseñados, es Grupo Star-Viajes Atlántico, S.A., destacando los prestados por la presentación del SIS 2005 en Madrid y Barcelona, así como los desplazamientos de miembros de la FFPGIS y del comité organizador.

- En principio, las facturas obrantes en la fundación fiscalizada ofrecían tan sólo una descripción general del periodo al que correspondían, no disponiendo del debido detalle. Requerido éste, tuvo que ser solicitado por el ente fiscalizado al prestatario del servicio, circunstancia que pone de manifiesto una falta de antecedentes en orden al oportuno control de los servicios prestados, lo que ha aconsejado una revisión exhaustiva de la que se desprenden los siguientes extremos:

• Inicialmente, cumplimentando la información requerida, la FFPGIS facilitó una relación de gastos por alojamiento, transporte y otros conceptos, previamente recabada de la mencionada empresa adjudicataria del servicio que, una vez analizada,

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evidenciaba la existencia de alguna duplicidad, así como una falta de correspondencia temporal de las facturas con el mencionado desglose.

• Por tal motivo fue preciso solicitar la pertinente aclaración que, en este caso, se sustanció mediante la aportación, directamente, por el Grupo Star-Viajes Atlántico, S.A. de copia de las facturas relativas al detalle justificativo de las emitidas, detectándose variaciones respecto a la relación inicial al incluirse nuevos servicios y, aunque ya no se desprendían duplicidades, seguían persistiendo ciertas incongruencias entre la fecha de la factura original y la de los servicios justificados.

• Con posterioridad se produjo una nueva remisión de la documentación con la aclaración de que en la confección de la previamente aportada se había incurrido en un error debido a la ausencia del responsable del área.

- El número de desplazamientos ha sido considerable, si bien como justificación documental tan sólo se aportan datos de agenda, sin que exista una clara definición de objetivos y una evaluación de los resultados de las gestiones realizadas.

- Los costes de los desplazamientos son elevados (una media de 330 € en los realizados en territorio nacional) en comparación con los precios ofertados por el mercado. Dicha circunstancia es debida, según se ha explicado verbalmente por responsables del ente, a la variabilidad de los compromisos que exige que los billetes se emitan abiertos, suponiendo por ello un mayor coste. No obstante se considera que una mejor planificación produciría una reducción sensible de costes.

- La gestión de los alojamientos por parte de la empresa de referencia ha supuesto el abono de comisiones de porcentaje variable, extremo que se evitaría con una gestión propia, al margen de los potenciales beneficios que redundarían de una negociación directa.

- Como se indicó en el análisis del contrato de Secretaría Técnica, existen una serie de servicios facturados por la empresa, anteriores a la adjudicación del expresado contrato. Sobre este particular destacan los abonos realizados en concepto de “gabinete de prensa SIS 2005” y los que recibe el Vicepresidente del comité organizador. En este último caso se le satisface un importe fijo mensual de 500 €, sin que exista justificación documentada de la relación, laboral o profesional, que el mismo mantiene con Grupo Star-Viajes Atlántico, S.A., contando únicamente con copia de los cheques librados al interesado.

- Al margen de los gastos por desplazamientos de miembros del comité organizador, dentro del ejercicio 2004 se aprecia la existencia de un número elevado de facturas en establecimientos de restauración, sin que las mismas se encuentren debidamente soportadas por justificación alguna respecto a las circunstancias, causas y objetivos que amparan dicho gasto.

Gestión de ingresos

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Aparte de las subvenciones recibidas para la celebración del evento, los ingresos generados por el mismo se elevaron a 1.341.047 €, encuadrándose en los siguientes conceptos:

Donaciones: Se percibieron dos, procedentes de empresas privadas, por importe de 66.000 €, cantidad que representa el 5% del total.

Patrocinios y Colaboraciones: Por esta vía se obtuvieron 184.904 € (14% del total), de los cuales 91.908 € (50%) corresponden a los recibidos de entes públicos, en tanto que los restantes 92.997 € fueron aportados por empresas privadas, en general, laboratorios farmacéuticos.

Ingresos generados por la exposición comercial: Según el detalle provisional presentado, los ingresos derivados de la adquisición de superficie en la exposición comercial (gestionados por la Secretaría Técnica) alcanzaron un importe de 569.592 € (42% del total).

Ingresos por inscripción en jornadas científicas: Se liquidó por este concepto un total de 508.050 €, cantidad que representó un 38% del total.

Otros Ingresos: Dentro de este apartado se contabilizaron ingresos por “colaboración de libros”, por un importe de 12.500 € (1% del total).

Se observa que las principales fuentes de autofinanciación del SIS 2005 fueron la exposición comercial y las inscripciones en las jornadas científicas (80% del total). En particular destacan los ingresos obtenidos de empresas farmacéuticas y otras relacionadas con tecnología y productos farmacéuticos.

Aunque no se han detectado incidencias en el registro contable de los ingresos, debe resaltarse que buena parte de ellos se derivan de las gestiones realizadas de forma directa con las empresas citadas, si bien la falta de documentación al respecto no permite realizar un estudio de coste/benefio de las mismas.

Asimismo, debe destacarse, tal como se puso de manifiesto en el análisis del contrato respectivo, que la gestión de los ingresos generados por la exposición comercial fue encargada a la empresa prestadora del servicio de Secretaría Técnica, mediante una repercusión del 15% de los importes obtenidos, sin que consten las gestiones realizadas por la misma, desconociéndose en qué medida las actividades desarrolladas por la propia FFPGIS redundaron en el resultado obtenido.

V.5.3. RESULTADO DE LA ACTIVIDAD Al momento de finalizar la actuación, aún no se había realizado por la FFPGIS una liquidación definitiva de los gastos e ingresos generados por la actividad de referencia,

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por lo que el detalle presentado (a fecha 25.08.2005) por la entidad fiscalizada tiene carácter de provisional y por tanto susceptible de ajustes. No obstante, las conclusiones que se derivan de su análisis se consideran lo suficientemente representativas.

Los gastos asociados al evento, en el período 2004-2005 serían los siguientes: (En euros)

Concepto Importe

Ejercicio 2004 792.258Ejercicio 2005 1.399.312Total 2.191.570

Los ingresos, agrupados en sus principales partidas, fueron los que a continuación se relacionan:

(En euros)

Conceptos Importe

Donaciones 66.000

Patrocinios de Entes Públicos 91.908

Patrocinios de empresas privadas 92.997

Subvención Consellería Sanidad y SERGAS 956.145

Ingresos de la explotación comercial 569.592

Ingresos por inscripción en jornadas científicas 508.050

Otros ingresos 12.500

Total 2.297.192

Teniendo en cuenta los costes e ingresos directos reseñados, el balance provisional de la actividad arrojaría un superávit de 105.622 €.

La relación de gastos tan sólo contempla los directamente imputables a la actividad, pero no los indirectos de la misma y que están constituidos por los gastos corrientes del ente fiscalizado en la medida que éstos se encontrasen afectos al evento.

Como se ha reflejado a lo largo del presente informe, la FFPGIS ha volcado toda su actividad, y por tanto, sus medios humanos y materiales en la celebración del Salón Internacional de la Salud, que constituye prácticamente el 100% de su actividad. De haberse tenido en cuenta este extremo, los costes totales, se habrían incrementado para el periodo de gestión y liquidación del SIS.

Dentro de la perspectiva del presente análisis se considera de interés conocer en qué medida los costes del SIS 2005 han sido financiados a través de la actividad de captación de fondos que la propia fundación realiza, es decir, al margen de las ayudas directas, a través de subvenciones, de la administración sanitaria tutelante.

Para el cálculo de la capacidad de autofinanciación del evento, se deberían detraer, de las cantidades antes reseñadas, las subvenciones percibidas de la Consellería de Sanidad y del SERGAS, que ascendieron a 956.145 € con lo cual, los ingresos generados ascenderían a 1.341.047 €, cantidad que representaría un coeficiente del 61,2% de los costes directos y un 47% de los costes totales imputables a la actividad.

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Al margen de lo expuesto, no existe una programación previa de objetivos e indicadores de cumplimiento de los mismos en relación con esta actividad, lo que no permite su seguimiento. Por parte de la FFPGIS se realizó una encuesta entre los distintos participantes, con buenos resultados en cuanto a la aceptación y valoración de la actividad.

VI. CONCLUSIONES Objeto y fines de la fundación

- El ente fiscalizado ha centrado su actividad en los últimos años en la preparación de un Salón Internacional de la Salud, dejando de lado la práctica totalidad de fines que los estatutos fundacionales le atribuyen. Asimismo, y dado que el funcionamiento normal de la FFPGIS es subvencionado por la Consellería de Sanidad/SERGAS, a través de convenios de colaboración en los que se contempla una serie de actividades que en la práctica no se realizan.

Cuentas Anuales

- Las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2004 muestran, en sus aspectos más significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la fundación en el ejercicio fiscalizado.

- Los datos más relevantes con respecto a las mismas son los siguientes:

a) La estructura económica de la FFPGIS está compuesta por un 84% de activo circulante y un 16% de activo fijo, incrementándose el primero un 141% y disminuyendo el segundo un 48% con respecto al año anterior. En cuanto al pasivo se compone de un 17% de financiación propia y un 73% de ajena, correspondiendo el 10% restante a ingresos a distribuir en varios ejercicios.

b) El resultado del ejercicio arrojó pérdidas por importe de 8.257 €, en contraposición con el año 2003 en los que el resultado fue positivo en 88.750 €.

- El valor registrado de los bienes inventariados asciende a 735.933 €, encontrándose amortizado el 81%. El 97% lo son en propiedad (representando el equipamiento de telemedicina el 88%), en tanto que el 3% restante corresponde a bienes en cesión de uso. La información presentada por la entidad no figura debidamente desglosada, careciendo, por lo tanto, de importantes requisitos y características inherentes a su naturaleza.

- El resultado presupuestario arrojó un déficit de 8.257 €. El porcentaje de desviación de los gastos presupuestados en relación con los realizados fue del 78%, destacando el que se aprecia en consumos de explotación, un 188%. La desviación en ingresos se sitúa

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en el 76%, siendo reseñables a nivel de magnitudes las que se aprecian en subvenciones y en promoción y patrocinadores.

Personal

- En 2004 se acuerda una ampliación de la plantilla de personal que no obstante no ha sido objeto de convocatoria. Debe reseñarse que la totalidad de los puestos han sido cubiertos mediante contrataciones temporales, siendo de carácter interino la del Grupo de Gestión, situación ésta que se mantiene injustificadamente en 2005, pese al importante periodo de tiempo transcurrido.

- La plantilla existente no permite una adecuada segregación funcional que garantice la correcta salvaguarda de activos así como el desarrollo eficiente y eficaz de la gestión.

- Se han apreciado deficiencias significativas en el proceso de selección de la plaza de Grupo de Gestión al haberse introducido requisitos que vulneran el principio de igualdad.

- En materia retributiva se han satisfecho simultáneamente a la misma persona dietas y gastos de manutención generados por el mismo concepto, lo que supone una percepción indebida, procediendo la oportuna regularización.

Convenios de colaboración

- Se ha observado una nula actividad en relación al seguimiento y dinamización de los convenios de distinta naturaleza (asistencia sanitaria, cooperación, etc.) en los que la FFPGIS tiene competencias. Al respecto debe señalarse que no se ha instrumentalizado ningún tipo de procedimiento o mecanismo para el desarrollo de lo acordado, en especial en lo relativo a la asistencia sanitaria de gallegos residentes en el ámbito geográfico de tales convenios.

- En materia de colaboración y apoyo técnico a la gestión de entidades sanitarias que prestan servicios a las comunidades gallegas en el exterior se aprecia que confluyen las competencias de la FFPGIS con otra serie de organismos dependientes de la Xunta de Galicia, no estando delimitadas en ciertos aspectos sus actuaciones, circunstancia que ocasiona un potencial solapamiento de las mismas.

- Buena parte de los convenios constituyen meras declaraciones de intenciones, sin que, a pesar del tiempo transcurrido, hayan sido objeto de concreción y desarrollo.

Proyecto de telemedicina

- La fundación carece de documentación justificativa de las actuaciones y utilización por parte de los centros implicados en el proyecto, echándose en falta, asimismo, una

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debida programación. Pese a que los bienes adscritos al mismo representan un considerable porcentaje del inventario, no se constata la existencia de controles respecto a su estado y situación.

Contratación administrativa

- En general se aprecian deficiencias de índole formal en los contratos celebrados, careciendo de soporte documental las fases de ordenación e instrucción, y de estudios técnicos y económicos previos que permitan una correcta delimitación del objeto y condiciones contractuales.

- En los dos contratos analizados se han introducido cláusulas que contradicen el principio de precio cierto de los contratos.

- Las garantías fijadas en los celebrados para la gestión y publicidad del SIS 2005 se constituyeron con posterioridad a su formalización y, a menudo, tras haberse realizado las prestaciones convenidas.

- En la ejecución de los contratos se aprecian sensibles variaciones entre lo ofertado y lo realmente realizado. La facturación presentada por el contratista de la Secretaría Técnica no se encuentra debidamente detallada, lo que ha dificultado el seguimiento de su ejecución.

- Se detecta la adjudicación de una campaña publicitaria en medios informativos de Galicia sin que haya mediado expediente administrativo alguno que la sustente. Asimismo, su ejecución se instrumentalizó, en buena parte, a través de convenios de colaboración que presentan carencias significativas en cuanto a la definición de las prestaciones, no atendiéndose, en el reparto de fondos, al nivel de difusión de los medios.

Salón Internacional de la Salud

- La celebración de este evento constituye prácticamente la totalidad de la activad de la fundación fiscalizada, careciendo de una programación previa de objetivos e indicadores de cumplimiento que permita realizar un adecuado seguimiento y evaluación.

- Según el balance provisional presentado, los gastos directos ascendieron a 2.191.570 €, en tanto que los ingresos generados fueron de 2.297.192 €, lo que representa un superávit de 105.622 €. De tenerse en cuenta los costes indirectos el resultado se invertiría, arrojando en este caso un desfase negativo de 554.375 €.

- La capacidad de autofinanciación del SIS fue del 61% de los costes directos y de un 47% del coste total de la actividad, lo que supone que un elevado porcentaje se cubre vía subvenciones de la Consellería de Sanidad y SERGAS.

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- En general, las facturas obrantes en la FFPGIS como respaldo de los asientos contabilizados no disponen del debido detalle de los servicios prestados, lo que evidencia, en muchos casos, una falta de control documental, precisando la obtención de antecedentes de la empresa adjudicataria.

- Del detalle de gastos se desprende que algunos presentados en concepto de Secretaría Técnica son anteriores a la existencia del contrato.

- Con respecto a los gastos de viajes, se aprecia que no todos los devengados en el periodo son objeto de contabilización, careciendo de respaldo documental justificativo en cuanto a objetivos y resultados obtenidos.

- El coste de los desplazamientos gestionados por el adjudicatario de la Secretaría Técnica, no comprendidos en el objeto contractual, son elevados, en comparación con los ofertados en el mercado. Los correspondientes importes podrían ser objeto de reducción con una adecuada planificación y gestión directa.

- En cuanto a la gestión de alojamientos, concurren idénticas circunstancias que las expresadas en el punto anterior. Se aprecia el pago de comisiones que podrían evitarse mediante su gestión directa o con la pertinente negociación previa.

- Existe un elevado volumen de facturas de establecimientos de restauración sin que se encuentren soportadas por justificación alguna respecto de las circunstancias, causas y objetivos que ampararon dicho gasto.

VII. RECOMENDACIONES En relación con las conclusiones derivadas de la fiscalización efectuada cabe formular las siguientes recomendaciones:

- El hecho de que la actividad de la FFPGIS se haya circunscrito a la celebración del SIS, de carácter bianual, relegando en la práctica sus fines y objetivos fundacionales que actualmente no vienen siendo objeto de tratamiento, y el incumplimiento de los convenios anuales suscritos con la Consellería de Sanidad/SERGAS, los cuales contemplan una serie de actividades (seguimiento e impulso de convenios de cooperación, colaboración en la gestión de entidades sanitarias que atienden a comunidades gallegas en Iberoamérica, etc.) que carecen de aplicación práctica, aconsejan revisar si las funciones desarrolladas por dicha institución responden realmente a las necesidades establecidas.

- Procede, con carácter generalizado, el desarrollo de un mayor control de la gestión, así como la definición de objetivos e indicadores de cumplimiento.

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- Las funciones de las distintas áreas deberán estar adecuadamente delimitadas, segregadas y coordinadas a fin de conseguir un eficaz sistema de control interno.

- La situación y variaciones del inmovilizado deben ser objeto de mayor detalle en las cuentas anuales.

- Los procesos de selección de personal deberán efectuarse observando escrupulosamente los procedimientos tendentes a garantizar la aplicación de los principios legales de igualdad, mérito y capacidad. Asimismo, deberá respetarse siempre la causalidad en los contratos de trabajo celebrados.

- La percepción de indemnizaciones por razón de servicio deberá ajustarse a lo que establezca al respecto el Patronato de la fundación, o en su defecto, a la normativa dictada para los empleados públicos.

- Dados los potenciales solapamientos de funciones con otras entidades dependientes de la Xunta de Galicia en materia de colaboración y cooperación con instituciones sanitarias que prestan servicios de esa índole a residentes gallegos en Iberoamérica, procede revisar su ámbito competencial y coordinación en base a principios de economía, eficiencia y eficacia.

- Las actuaciones en el campo de la telemedicina, cuyos equipos instalados representan una parte considerable de la inversión realizada en activos propios, deberán ser objeto de programación y control.

- Los cauces formales seguidos en los apartados de contratación administrativa, en especial los relativos a la definición del objeto contractual y las fases de preparación e instrucción del expediente, deben estar expresamente documentados a efectos de ajustarse al procedimiento de contratación.

- La celebración del Salón Internacional de la Salud debe contar con una fijación clara de objetivos e indicadores que permitan una evaluación exhaustiva de dicho evento. Sus actividades preparatorias deben estar suficientemente documentadas a efectos de conocer la rentabilidad en términos de coste/beneficio de la gestión realizada.

- Se deberá exigir que las facturas de gastos se encuentren suficientemente detalladas y desglosadas en sus distintos conceptos y la conformidad de los responsables en cada supuesto antes de proceder a su pago.

- Los gastos devengados serán objeto de contabilización en el ejercicio económico al que correspondan.

- La gestión de viajes ha de efectuarse mediante una progamación adecuada, así como con negociaciones que permitan la obtención de mejores precios evitando el abono de comisiones.

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- En general la gestión del SIS debe ser objeto de optimización a efectos de que los gastos realizados se encuentren autofinanciados en la mayor medida posible por los ingresos directamente generados por el evento.

Santiago de Compostela, 25 de septiembre de 2005

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ALEGACIONES FORMULADAS AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA FORO PERMANENTE GALEGO-IBEROAMERICANO DA SAÚDE

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ANÁLISIS DE LA DOCUMENTACIÓN RECIBIDA EN TRÁMITE DE ALEGACIONES RELATIVA AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA FORO PERMANENTE GALEGO-IBEROAMERICANO DA SAÚDE

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CONSIDERACIONES RELATIVAS AL TRÁMITE DE ALEGACIONES CORRESPONDIENTES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN FORO PERMANENTE GALEGO-IBEROAMERICANO DA SAÚDE

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento del Consello de Contas, en fecha 18 de noviembre de 2005, se dio traslado del resultado de las actuaciones practicadas al ente fiscalizado, al objeto de que pudieran ser formuladas las pertinentes alegaciones.

Con fecha 28 de noviembre de 2005 fueron recibidas las oportunas alegaciones al anteproyecto de informe, tras haberse procedido a su examen y valoración, es preciso significar que no desvirtúan, en general, el contenido del anteproyecto de informe, no alterándose en consecuencia su texto inicial en aquellos supuestos en que las consideraciones expuestas plantean criterios u opiniones sin soporte documental o normativo o pretenden aclarar o justificar determinadas cuestiones sin rebatir el contenido, habiéndose modificado o suprimido el texto originario del informe de esta fiscalización en el caso en que, a la vista de lo alegado, se ha estimado procedente, reflejándose, asimismo dicho extremo. En cualquier caso se adjunta al informe las alegaciones formuladas y a continuación se pone de relieve el análisis sistematizado de las mismas significando las oportunas consideraciones:

1 El carácter de la alegación es meramente aclaratorio sin que contradiga el contenido del informe.

La propia alegación es bastante explicita al reconocer, como se indica en el informe que la fundación ha venido centrando su actividad en la preparación del SIS. Asimismo, aunque se alega que también ha realizado más actividades, con respecto a ésto cabe mencionar, por una parte, que tal afirmación no cuenta con ningún sustento documental que la ampare y, por otra, que se refiere a actividades pretéritas, que se habrían realizado en su caso, fuera del ámbito temporal de la fiscalización. Ademas, debe reseñarse que en el cuerpo del informe se hace mención a un escrito, de fecha 08.02.2005, en el que ante el requerimiento documental efectuado, el Director Gerente de la fundación pone de relieve la ausencia de antecedentes acreditativos, lo que viene a confirmar lo expuesto.

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2 A la vista de lo expuesto en la alegación procede aceptar la misma suprimiendo en la página 9 el siguiente texto: “En la memoria abreviada de la entidad no se desglosa la composición del inmovilizado, ni las variaciones experimentadas en el ejercicio (altas, bajas, amortización inicial acumulada y amortización del periodo) ni su valor neto contable al final del mismo, careciendo del debido nivel informativo.”

3 Las incidencias reflejadas en el informe no resultan desvirtuadas por la alegación.

En este apartado el ente fiscalizado, tras mostrar su conformidad a lo expuesto en el informe, formula una serie de cuestiones discrepantes, que en general son meras matizaciones y no menoscaban en forma alguna el contenido, siendo a continuación analizadas de forma sistemática:

- En lo relativo a la ampliación del cuadro de personal la matización de la alegación es meramente aclaratoria de la situación descrita en el informe que no es contemplada como incidencia.

- En relación a las bases que rigieron la convocatoria de la plaza de Grupo de Gestión, el ente fiscalizado alega que en su día se cumplió con los trámites previstos. Sin embargo, ello no altera en modo alguno la deficiencia señalada que se refiere en concreto a la fijación como requisitos de acceso y no como méritos, de determinadas circunstancias personales.

- En lo referido a las retribuciones del grupo de gestión y del personal de servicios generales, lo alegado, respecto a los conceptos retributivos, no se corresponde con la documentación obrante en este Consello, por lo que cabe reafirmarse en lo expresado.

- Con respecto al complemento de dirección, la alegacion, sin contradecir el informe, procede a matizar lo destacado en el mismo acerca de la implantacion de dicho concepto por acuerdo del Patronato de fecha 27 de junio de 2003 para retribuir “su labor de dedicación al Salón Internacional de la Salud” y la fijación de su desaparicion una vez finalizados los trabajos de dicho evento, si bien la redacción del acuerdo no delimita claramente cuando debería cesar su percepción.

- En lo relativo al “complemento de productividad variable por objetivos” lo alegado es incierto y contradictorio con la documentación que la propia Fundación ha aportado,

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ya que del examen de las nóminas, y de la liquidación del mencionado complemento (correspondiente al ejercicio 2003 y liquidado en 2004), todo el personal en activo en ese momento, ha percibido el mismo.

4 Lo puesto de manifiesto en la alegación tiene un sentido explicativo pretendiendo justificar la situación descrita en el informe. La alegación, tras mostrar su conformidad con las apreciaciones del informe, trata en

parte de matizar el calificativo de “nula actividad” con relación al seguimiento y

dinamización de los convenios de distinta naturaleza en los que el Foro tiene

competencias, describiendo una serie de circunstancias subjetivas que han dificultado la

labor, y haciendo referencia, de forma difusa, a una serie de actuaciones realizadas por

la institución. Con respecto a las mismas, por una parte debe mencionarse que los

convenios de colaboración existentes, fueron suscritos entre los ejercicios 1995 a 1998,

por lo que, tras el tiempo transcurrido, y sin entrar a valorar las dificultades que la

institución menciona, queda claro que las mismas no han sido la causa de que en 6 años

no se hubieran desarrollado y protocolizado los mismos. Asimismo, para la

fiscalización, cuyo ámbito temporal es el ejercicio 2004, no se ha aportado documento

alguno por parte de la Fundación, ni en el momento de realizar las actuaciones, ni de

forma adjunta a la alegación presentada, que justifiquen la realización de alguna

actividad en ésta materia, por lo que cabe reafirmarse en el literal contenido en el

informe.

5 La situación descrita en el informe a la que se refiere la alegación no queda desvirtuada por ésta.

Lo manifestado por la fundación no contradice, en modo alguno, ninguna de las consideraciones contenidas en el informe. Relaciona unas actividades aisladas en los ejercicios 2000 y 2001 (y por tanto fuera del ámbito temporal de la fiscalización), y confirma, por otra parte, lo expuesto en el informe al mencionar su falta de control de los equipos que queda albedrío de las instituciones en los que se instalaron (carencia de

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programa permanente de actividad, de planificación y coordinación, incumplimiento de las condiciones establecidas en los contratos firmados y falta de la debida atención al estado del equipamiento, que constitue por otra parte, la mayor parte de su inmovilizado material).

6 La amplia exposición efectuada en la alegación no menoscaba lo efectivamente constatado y reflejado en el informe.

Formula la fundación fiscalizada una extensa alegación relativa al área de contratación, si bien en su mayor parte son consideraciones subjetivas con objeto de tratar de justificar las incidencias reseñadas. No obstante, a continuación se matizan las cuestiones sustantivas que se plantean.

- Que la institución tenga como referencia la “Guia Marco de Contratación” editada por la Consellería (aunque luego en la práctica, este hecho no haya quedado en evidencia), ello no desvirtúa en forma alguna la metodología empleada en la fiscalización habiéndose efectuado el análisis y seguimiento de la materia, ante la falta de normativa propia de la institución, en base a lo estipulado en la legislación vigente.

- Con respecto a la carencia total de formalidades que respalden la fase de ordenación e instrucción, la fundacion no aporta a la alegación, documentación alguna que contradiga en lo más mínimo lo anteriormente expresado. No cabe invocar que los actos de instrucción y ordenación se realizan, en buena parte, de forma verbal y pretender que una fiscalización, cuyo objetivo es la revisión documental de un expediente, de su conformidad a un procedimiento del que no tiene constancia.

- En relación a la constitución de las garantías, lo alegado tan solo confirma lo expresado en el informe. Ambas a las que se hace referencia, fueron constituidas con posterioridad a la formalización del contrato, y por tanto, fuera del momento procedimental pertinente. En cuanto a la garantía concreta de Viajes Atlantico S.A., lo alegado es incierto, dado que existe ejecución material del contrato antes de que la misma se constituya, tal como se desprende de la documentación aportada por la propia fundación.

Por último, en relación a las consideraciones sobre los precios de los contratos suscritos, la descripción que se realiza confirma, en todos sus extremos el literal del informe, en el que se hace referencia a que cualquier alteración, que suponga un incremento, tiene que ser objeto de tramitación del correspondiente expediente de modificación, con los

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requisitos y límites establecidos en la norma en vigor. En cuanto a que algunas de las prestaciones de los servicios contratados no se llegasen a realizar, en ningún momento se considera por este Consello como una incidencia.

7 En relacion a lo esgrimido en esta alegación cabe significar que carece de fundamento suficiente en orden a desvirtuar lo descrito en el informe.

En cuanto a las dos cuestiones formuladas en este apartado, debe expresarse, con carácter general, que ninguna de las “aclaraciones” altera el contenido del informe. Con respecto a los gastos previos realizados con anterioridad a la suscripción del contrato de Secretaría Técnica, se constata con claridad que el adjudicatario de la misma presenta facturas de gastos, anteriores, y lo hace expresamente, con el literal de “Secretaría Técnica del SIS”, tal como se refleja en el informe. Lo manifestado en el segundo apartado de la alegación, al margen de no contradecir expresamente ninguna de las consideraciones vertidas en el informe, es una mera interpretación subjetiva, del objeto contractual, el cual, además de no estar claramente delimitado en los pliegos que lo regulan, al menos en sus aspectos esenciales, no guarda relación con los gastos expresados.