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Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: YWGH6JQK Ministerio de la Producción Calle Uno Oeste N° 060 – Urbanización Córpac – San Isidro – Lima T. (511) 616 2222 produce.gob.pe RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00207-2020-PRODUCE/DGAAMI 26/05/2020 Vistos, el Registro Nº 0083170-2019 (22.04.19) y sus Adjuntos respectivos, a través de los cuales la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A. solicitó la evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, previsto de ejecutarse al interior de su “Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno (en adelante, Reglamento Ambiental Sectorial) con el objetivo de promover y regular la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas; Que, el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento Ambiental Sectorial, señala que cuando el titular de un proyecto en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con un Instrumento de Gestión Ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá de un procedimiento de modificación del referido instrumento de gestión ambiental, bastando la presentación de un Informe Técnico Sustentatorio (en adelante, ITS). Asimismo, la autoridad competente emitirá la respectiva Resolución para resolver el procedimiento administrativo de evaluación de ITS; Que, el ITS propuesto por la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A., se enmarca dentro de los supuestos de modificación de componentes auxiliares y mejora tecnológica, ambos con impacto no significativo, estando previsto de ser ejecutado al interior de la Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, la misma que cuenta con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) actualizado mediante la Resolución Directoral N° 0458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI (28.05.19);

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 00207-2020-PRODUCE/DGAAMI

26/05/2020

Vistos, el Registro Nº 0083170-2019 (22.04.19) y sus Adjuntos respectivos, a través de los cuales la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A. solicitó la evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, previsto de ejecutarse al interior de su “Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE se aprobó el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno (en adelante, Reglamento Ambiental Sectorial) con el objetivo de promover y regular la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas;

Que, el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento Ambiental Sectorial, señala que

cuando el titular de un proyecto en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con un Instrumento de Gestión Ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá de un procedimiento de modificación del referido instrumento de gestión ambiental, bastando la presentación de un Informe Técnico Sustentatorio (en adelante, ITS). Asimismo, la autoridad competente emitirá la respectiva Resolución para resolver el procedimiento administrativo de evaluación de ITS;

Que, el ITS propuesto por la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS

BACKUS & JOHNSTON S.A.A., se enmarca dentro de los supuestos de modificación de componentes auxiliares y mejora tecnológica, ambos con impacto no significativo, estando previsto de ser ejecutado al interior de la “Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, la misma que cuenta con un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) actualizado mediante la Resolución Directoral N° 0458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI (28.05.19);

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Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: YWGH6JQK

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Que, el literal e) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción (en adelante, ROF del PRODUCE) aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establece como una de las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (DGAAMI) emitir actos administrativos sobre la evaluación de los instrumentos de gestión ambiental, para las actividades industriales manufactureras y de comercio interno;

Que, analizada la solicitud de evaluación del ITS del proyecto propuesto por la empresa

UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A. la Dirección de Evaluación Ambiental, en el marco de sus funciones asignadas en el literal a) del artículo 118 del ROF del PRODUCE, elaboró el Informe N° 00000042-PRODUCE/DEAM-keche (25.05.20), en el cual se recomienda aprobar el ITS del proyecto “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, al haberse acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Reglamento Ambiental Sectorial, para la tramitación del ITS;

Que, de acuerdo al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N°

27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la presente Resolución Directoral se sustenta en los fundamentos y conclusiones del Informe N° 00000042-2020-PRODUCE/DEAM-keche (25.05.20), por lo que este último forma parte integrante del presente acto administrativo;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047, que aprobó la Ley de Organización

y Funciones del Ministerio de la Producción; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, que aprobó el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y demás normas reglamentarias y complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) presentado por la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A. para el proyecto “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, previsto de ejecutarse al interior de su “Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, de conformidad con el Informe N° 00000042-PRODUCE/DEAM-keche y sus Anexos, el mismo que forma parte integrante del presente acto administrativo y, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2°.- La empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS &

JOHNSTON S.A.A. se encuentra obligada a cumplir con lo establecido en el ITS antes referido, y con las obligaciones y compromisos que se indican en las Conclusiones, Recomendaciones y en los Anexos N° 2A, 2B y N° 3 del Informe N° 00000042-2020-PRODUCE/DEAM-keche; así como, en la presente Resolución Directoral.

Artículo 3°.- La aprobación del ITS del proyecto “Componente auxiliar Almacén de

Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, no constituye el otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y otros, que pudiera requerir la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A.

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para la ejecución del mismo. Asimismo, no convalida ni regulariza los incumplimientos a la normatividad ambiental general y sectorial aplicable, ni a los compromisos ambientales asumidos en los instrumentos de gestión ambiental aprobados, actualizados y/o modificados para la “Planta Motupe”, en los que haya podido incurrir la empresa, en el desarrollo de sus actividades industriales, salvo pronunciamiento en contrario del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de sus competencias.

Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral y del Informe Técnico

Legal que la sustenta a la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A. y al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en calidad de entidad de fiscalización ambiental de la actividad que desarrolla la empresa, para los fines correspondientes.

Regístrese y comuníquese

VLADEMIR A. LOZANO COTERA DIRECTOR GENERAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA Viceministerio de MYPE e Industria

Firmado digitalmente por: LOZANO COTERAVlademir Alcides FAU 20504794637 hardEmpresa: MINISTERIO DE LA PRODUCCIONLugar: PerúMotivo: Soy autor del documentoFecha/Hora: 28/05/2020 21:45:50

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” “Año de la Universalización de la Salud”

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I DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

INFORME Nº 00000042-2020-PRODUCE/DEAM-keche Para : LUIS ALBERTO GUILLÉN VIDAL DIRECTOR DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL De : ECHE GUERRA, KARINA MARGOT DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Asunto : Evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto

“Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, previsto de ejecutarse en la “Planta Motupe” de titularidad de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A., ubicada en el distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque.

Referencia : 0083170-2019 (26.08.19) Fecha : 25/05/2020

Nos dirigimos a usted, a fin de informar lo siguiente:

1. ANTECEDENTES:

1.1. La “Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque, de titularidad de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A. (en adelante BACKUS & JOHNSTON), cuenta con los siguientes actos administrativos emitidos:

Tabla N° 1 – Actos administrativos emitidos para la Planta Motupe - BACKUS & JOHNSTON

N° Tipo Documento de aprobación Fecha de

aprobación Proyecto o actividad

01 Plan de Manejo y Adecuación Ambiental (PAMA)

Oficio N° 541-2000-PRODUCE/ 07.07.00 Elaboración y envasado

de cerveza

02 Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

R.D. N° 0137-2014-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM

30.06.14 Elaboración y envasado

de cerveza

03 Estudio de Impacto Ambiental (EIA)

R.D. N° 0227-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM

02.07.15 Elaboración y envasado

de cerveza

04

Diagnóstico Ambiental Preliminar (DAP)

R.D. N° 0624-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM

30.12.15 Elaboración y envasado

de cerveza

05 Actualización de EIA

R.D. N° 0458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI

28.05.19 Actualización

06 Informe Técnico Sustentatorio (ITS)

R.D. N° 0701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI

14.08.19 Mejora Tecnológica en el proceso de envasado y componentes auxiliares

1.2. A continuación, se presentan los actuados en el marco de la atención del registro de la

referencia:

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Tabla N° 2 – Actuaciones administrativas en el marco del presente procedimiento N° Documento Numero Fecha Emitente Asunto

01 Registro 0083170-2019 26.08.19 Administrado

Se presenta el Informe Técnico Sustentatorio correspondiente al componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR de la Planta Motupe, de titularidad de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A., ubicado en el distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque

02 Oficio

5756-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI

28.08.19 DGAAMI

Se identificó observaciones a los requisitos TUPA de la solicitud de evaluación de ITS, presentado por la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A.

03 Adjunto 00083170-2019-1

18.09.19 Administrado Presentó el levantamiento de observaciones correspondiente.

04 Oficio

6815-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI

01.10.19 DGAAMI

Se traslada observaciones formuladas mediante el Informe Nֻº 2634-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI-DEAM (01.10.19)

05 Adjunto 00083170-2019-2

25.10.19 Administrado

Solicita la ampliación de plazo, para la presentación del Informe de Levantamiento de Observaciones al ITS presentado. La cual fue concedida mediante el Oficio N°07514-2019-PRODUCE/DGAAMI (29.10.19).

06 Adjunto 00083170-2019-3

11.11.19 Administrado Presenta el Informe de Levantamiento de Observaciones del ITS, para evaluación.

07 Adjunto 00083170-2019-4

31.12.19 Administrado Presenta información complementaria para la tramitación del expediente.

2. BASE LEGAL

2.1 Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción.

2.2 Ley N° 23407, Ley General de Industrias. 2.3 Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. 2.4 Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. 2.5 Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.6 Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones

del Ministerio de la Producción. 2.7 Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del

Sistema Nacional de Gestión Ambiental. 2.8 Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del

Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.9 Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, Reglamento de Gestión Ambiental para la

Industria Manufacturera y Comercio Interno (en adelante RGA). 2.10 Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la

Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales.

2.11 Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE y por Resolución Ministerial N° 010-2018-PRODUCE.

2.12 Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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3. ANÁLISIS 3.1. Aspectos normativos

Tal como fuera indicado en los antecedentes del presente informe, la empresa BACKUS & JOHNSTON, cuenta con una Actualización de EIA, aprobada con Resolución Directoral N° 0458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI (28.05.19) de su “Planta Motupe”, ubicada en Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque; para lo cual, mediante el Registro de la referencia ha presentado a evaluación el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto denominado “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”. En ese sentido, se tiene que el numeral 48.1 del artículo 48 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE (en adelante, Reglamento Ambiental Sectorial), ha previsto que cuando un titular de un proyecto de inversión en ejecución o de una actividad en curso, que cuenta con instrumento de gestión ambiental aprobado, decide modificar componentes auxiliares o hacer ampliaciones que tienen impacto ambiental no significativo o se pretendan hacer mejoras tecnológicas en las operaciones, no se requerirá un procedimiento de modificación del instrumento de gestión ambiental; sino que el titular se encuentra obligado a hacer un Informe Técnico Sustentatorio (ITS) justificando estar en dichos supuestos.

De lo mencionado, se tiene que el ITS para el proyecto denominado “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, previsto de ser desarrollado por la empresa BACKUS & JOHNSTON, al interior de su “Planta Motupe”, ha sido propuesto dentro de los supuestos de modificación de componentes auxiliares y mejora tecnológica; por lo que corresponde realizar la evaluación del estudio presentado, al estar, contemplado como un ITS, conforme en la norma previamente citada. En cuanto a las formalidades procedimentales, se aprecia que la solicitud de la empresa cumplió con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 166 del TUPA de PRODUCE aprobado por Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE: Evaluación del informe Técnico Sustentatorio en caso de Modificación de Proyectos de Inversión o Actividades en Ejecución de la Industria Manufacturera o Comercio Interno, verificados por la Oficina General de Atención al Ciudadano (OGACI) del PRODUCE, al momento del ingreso del expediente por mesa de partes. Sin perjuicio de lo indicado, debe precisarse que el ITS no regulariza los incumplimientos en los que pudiera haber incurrido el titular, con respecto a los compromisos asumidos en sus instrumentos de gestión ambiental o a la normativa ambiental aplicable, salvo disposición en contrario por parte del ente fiscalizador ambiental en el marco de sus competencias; siendo que su objeto es introducir cambios y/o modificaciones en la planta industrial, en actual funcionamiento, realizando previamente la evaluación ambiental de los mismos.

De conformidad, con el numeral 19.1 del artículo 19° del Reglamento Ambiental Sectorial, se tiene que las declaraciones vertidas en todo instrumento de gestión ambiental presentado al PRODUCE tiene el carácter de declaración jurada1. En ese

1 En la misma línea, tenemos al numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (TUO de la Ley N° 27444) el cual establece que, en la tramitación del procedimiento

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sentido, toda la información vertida en el ITS por parte de la empresa BACKUS & JOHNSTON tiene carácter de declaración jurada; por lo que, de acuerdo a la información presentada en el referido instrumento de gestión ambiental, se tiene la siguiente información:

3.2. ASPECTOS TÉCNICOS DEL ITS2:

DATOS GENERALES:

Tabla N° 3 – Datos del administrado

Razón Social Datos Registrales

RUC Partida Registral Zona Registral Sede

UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS &

JOHNSTON S.A.A. 11013167 IX Lima 20100113610

Representante Legal Carlos Andrés Chávez Melgar – DNI N° 40034872

Domicilio procedimental declarado

Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica N° 1101, distrito de Motupe, provincia y departamento de Lambayeque.

Tabla N° 4 – Datos de la actividad con IGA aprobado

Datos de la actividad

Actividad económica que desarrolla La actividad desarrollada por la empresa se encuentra clasificada en la Clase 1103: “Elaboración de bebidas malteadas y de malta”, de la categoría C, CIIU - Revisión 4, Industrias Manufactureras.

Dirección de la planta Distrito Provincia Departamento

Av. Industrial Ricardo Bentín Mujica 1101 Motupe Lambayeque Lambayeque

Área del terreno De acuerdo con lo declarado en el presente ITS, la instalación cuenta con 108 442.5 m2

Tabla N° 5 – Datos del proyecto planteado como ITS

Objetivo Realizar el mejoramiento del almacén de residuos sólidos y del sistema de tratamiento biológico de la PTAR.

Monto de inversión

Justificación

La empresa señala que requiere para la continuidad del funcionamiento de los equipos y el mejoramiento en sus actividades: mejorar la situación actual del almacén de residuos sólidos y asegurar el correcto funcionamiento de la PTAR. De acuerdo a ello, indica que su proyecto se encuentra dentro del supuesto de mejora tecnológica del numeral 48.1 del Reglamento Ambiental Sectorial

S/. 690 000.00

Plazo de ejecución

Cuatro (04) meses.

Vida útil

Quince (15) años: Almacén de Residuos

Treinta y tres (33) años: Upgrade BTS PTAR

Ubicación del proyecto

El área será la misma que viene operando en la “Planta Industrial” de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS & JOHNSTON S.A.A.

Nombre de la consultora autorizada

INERCO CONSULTORÍA PERÚ S.A.C. Autorizada con Registro N° 167-B en el Registro de Consultoras Ambientales de Industria del PRODUCE.

Tabla 6: Descripción de actividades industriales de la empresa declaradas en IGAs aprobados.

administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario. 2 La información que se presenta a continuación ha sido declarada por el administrado en el ITS.

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Etapas Actividades

Operación y mantenimiento

Recepción, Almacenamiento de granos (Molienda)

Maceración de la malta y filtración del mosto Después de un tiempo en las pailas respectivas se realiza una mezcla de los cereales molidos, el maíz desgerminado, agua y algunos aditivos como enzimas. La maceración genera residuos de mezcla, toda esta masa húmeda pasa por un filtro donde se realiza la separación del denominado mosto de afrecho (cascaras). Este afrecho es posteriormente comercializado. El mosto líquido es llevado a un tanque de reserva para posteriormente cargarlos a las pailas de ebullición.

Ebullición del Mosto (cocción) El mosto es cargado a las pailas de ebullición donde se eleva la temperatura hasta 101°C, manteniéndola constante durante 70 min. En esta etapa de ebullición de mosto se agrega el lúpulo. Nuevamente este mosto, ahora lupulado es enviado a una centrifuga para separar los sobrantes (afrecho) que también posteriormente son comercializados. Clarificación del Mosto y enfriamiento El mosto centrifugado se recibe en un tanque vertical, es en este tanque donde el mosto es enfriado hasta llegar a una temperatura entre 8 -9 °C por medio de intercambiadores de calores de placas que utiliza agua refrigerante. El agua que ingresa en contra corriente se calienta hasta una temperatura de 85°C, posteriormente es utilizada en otras etapas de proceso de fermentación. Fermentación: Una vez que el mosto producido haya sido enfriado, se llenan los tanques cilíndricos cónicos conocidos también como fermentadores, donde se realiza la etapa de fermentación y maduración de la cerveza. Separación de Levaduras: Una vez finalizada la fermentación primaria se deja que sedimenten las levaduras en el fondo, recogiéndolas para futuras utilizaciones. Maduración: EL producto de la primera fermentación llamada también “cerveza verde”

ingresa a la etapa de maduración en donde la función principal es la obtención del sabor y aroma característico de la bebida alcohólica (cerveza). Este proceso se lleva a cabo en tanques herméticos por un tiempo de tres semanas controlando en todo momento la temperatura que tiene que ser 2°C, lográndose la sedimentación de la levadura. Filtración y centrifugación: La cerveza madurada se encuentra aún con partículas de levaduras y afrecho, motivo por el cual pasa a ser filtrada. Después que el mosto haya sido madurado se procede a una filtración utilizando un filtro de placas y marcos, donde se le agrega tierra de infusorios y agua carbonatada. Este filtro atrapa la levadura. Estabilización y carbonatación de cerveza: Una vez filtrada la cerveza es necesario estabilizarla microbiológicamente para asegurar que el producto conserve sus características y propiedades fisicoquímicas y organolépticas propias de la cerveza y también mantenerla en condiciones aptas de estándares de calidad de exportación. Envasado de la cerveza, esterilizado y almacenamiento: La cerveza filtrada es almacenada en tanques de acero inoxidable esterilizados. Despaletizado: los pallets vacías contenidas en las cajas son retirados de estas mediante la desencajadora. Lavado de envases: los envases vacíos que retoman del mercado son sometidos a un

proceso de lavado con soluciones de soda cáustica a diferentes concentraciones.

Tabla 7: Etapas del proyecto

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Etapas Actividades

Construcción

Actividades Previas: - Diseño e ingeniería de los equipos nuevos. - Preparar alcance de los trabajos. - Adquisición de los equipos. - Contratación de personal.

Obras Civiles:

Mejoramiento de Almacén de Residuos Sólidos

- Aplicación de pintura epóxica. - Excavación para cimentación de columnas de techo metálico. - Reparación de paredes internas. - Montaje mecánico. - Montaje de techo metálico con cobertura. - Montaje de portón metálico. - Montaje eléctrico. - Mejora de iluminación interna y externa de almacén.

Upgrade BTS (mejora tecnológica de la PTAR):

- Construcción de cimentación y loza para ubicación de nuevo tanque filtro multimedia. - Cambio y Montaje de lamellas en Reactor BTS. - Conexión de tanque clarificador a cancha de secado de lodos: - Excavación (profundidad 1.5.- 2m) para colocar tubería. - Encofrado y vaciado de concreto para caja de ubicación de bomba. - Reparación de todas las instalaciones excavadas y demolidas (pistas, sardineles, paredes). Montaje Mecánico: - Cambio de accesorios a los filtros multimedia existentes, para lo cual se debe cortar y soldar

tuberías. - Cambio y Montaje de lamellas en Reactor BTS - Conexión de Tanque clarificador a cancha de secado de lodos. Montaje eléctrico: - Montaje de equipos eléctricos y de control en tanques existentes y nuevo tanque. - Montaje eléctrico y de control de bomba de lodos.

Operación y mantenimiento

Uso de Almacén de Residuos Sólidos.

Tratamiento biológico de aguas residuales en la PTAR.

El administrado indica mediante el folio 38 (Tabla 12) del Registro N” 00083170-2019) que la capacidad instalada actual para la PTAR, es de 96 m3/h, la misma que no se verá alterada por la implementación de las mejoras y cambio de lamellas por desgaste, que se realizará a la misma. El proyecto busca mejorar la eficiencia en

la retención de Sólidos (etapa de filtración), y asegurar el correcto funcionamiento de la PTAR reemplazando componentes deteriorados (lamellas).

Mantenimiento de las instalaciones.

Tabla N° 8 – Recursos para las etapas del Proyecto

Etapas Personal requerido

Servicios Materiales Maquinaria y

equipos

Construcción

Se requerirá 27 personas para las actividades de mejoramiento del Almacén central, y 67 personas en labores de Upgrade de BTS de la PTAR. Los trabajadores son personal que labora actualmente en

Agua: Requerirá de agua para

satisfacer el consumo doméstico y consumo industrial para esta etapa, se estima 17,9 m3/mes para el consumo humano y 6 m3/mes, para consumo industrial. La empresa se abastece por medio de 3 pozos de agua, para lo cual cuenta con la autorización correspondiente. Energía: Requerirá de energía

cuyo consumo será 15kW-H para los 4 meses de la etapa de construcción. La energía será

- Cemento Portland tipo Ms (150 Bls).

- Acero corrugado. - Arena gruesa. - Arena fina. - Piedra chancada. - Over. - Afirmado. - Yeso. - Alambre de

construcción.

Vehículos de transporte de los materiales de construcción

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Etapas Personal requerido

Servicios Materiales Maquinaria y

equipos

la planta industrial.

provista por la empresa KALLPA y ELECTRONORTE S.A. Combustible: No se prevé

consumo de combustible en esta etapa del proyecto.

Operación y mantenimiento

Se mantendrá respecto a lo señalado en el EIA actualizado.

Agua: Señala que, como parte

del funcionamiento de la PTAR, no se variará la cantidad de agua requerida para el proceso productivo.

Energía: Como parte de la

implementación del almacén central y mejora en la PTAR, no se estima un incremento significativo al respecto a lo declarado en el EIA actualizado. Combustible: No se requerirá

de combustible en esta etapa.

No varía respecto de la información anteriormente declarada ante la Autoridad (Actualización del EIA)

No varía respecto de la información anteriormente declarada ante la Autoridad

Producción: La empresa señala que como parte de la implementación del componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR, no habrá variación en el volumen de producción declarado en el EIA actualizado, debido a que no involucra procesos productivos.

Tabla 9. Descargas al ambiente

Emisiones atmosféricas

Etapa de Construcción: Emisiones de material particulado, y gases de combustión debido al tránsito de vehículos generado por el tránsito de vehículos, gases de combustión.

Etapa de Operación y Mantenimiento: Las fuentes de emisiones en planta provienen del caldero, montacargas y camiones que transportan productos terminados, por lo que la implementación del proyecto presenta fuentes de emisiones atmosféricas y no sería significativo en el aporte de emisiones de la planta industrial.

Ruido

Etapa de Construcción: Debido a las actividades de la etapa de construcción se dará principalmente por el uso de maquinarias para las actividades de perforación y traslado de vehículos de transporte de material.

Etapa de Operación y Mantenimiento: Indican que el ruido es generado por las actividades de envasado, planta fuerza, cocimiento, recepción almacenamiento de granos, que se desarrollan actualmente en la planta industrial. Indica que los componentes del proyecto no representan fuentes sonoras.

Efluentes líquidos

Etapa de construcción: Se generarán efluentes domésticos, para lo cual el personal hará usos de los servicios higiénicos dentro de la planta industrial, y posteriormente tratados en la PTAR de la empresa.

Etapa de Operación y Mantenimiento: No se generará efluentes por la implementación del proyecto, los efluentes tratados son generados por actividades de elaboración de cerveza que se desarrollan actualmente.

Residuos Sólidos

Etapa de Construcción: Se generará material excedente de obras envases de metal, plástico y/o vidrio de sustancias, residuos generales, trapos con grasas. Los materiales generados como residuos peligrosos serán dispuestos de manera definitiva por una EO-RS autorizada.

Etapa de Operación y Mantenimiento: El titular señala que los residuos a generar serán los mismos que los declarados en el Plan de Minimización adjunto al presente ITS, entre los cuales se tiene: madera, cartón, chatarra.

Tabla 10. Generación de residuos sólidos:

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Tipo de residuo Cantidad (ton)3 Disposición

Residuos no peligrosos – etapa de construcción

Residuos metálicos de soldadura y de obras metal mecánicas

0.8 De acuerdo a lo declarado por el titular los residuos sólidos generados en esta etapa serán dispuestos mediante una EO -RS (FOLIO 100 del Registro N°00083170 -2019.

Material excedente de obra civil 1.5.

Residuos Peligrosos – etapa construcción

Envases de metal, plástico y/o vidrio de sustancias químicas

0.2 De acuerdo a lo declarado por el titular los residuos sólidos generados en esta etapa serán dispuestos mediante una EO-RS autorizada (FOLIO 100 del Registro N°00083170 -2019.

Trapos con grasa 0.001

Residuos no peligrosos – etapa de Operación y mantenimiento

Madera, chatarra, plásticos, papel y cartón, vidrios, etc.

48 819.6 Tm/año

El titular señala de acuerdo al Plan de Minimización adjunto mediante el Anexo N° 07, que se comercializan plásticos maderas, metales (chatarra), papel y cartón, mediante EO-RS autorizada.

Residuos Peligrosos – Etapa de Operación y mantenimiento

Fluorescentes en desuso , residuos contaminados con hidroacrburos, tecnopor, aceites y lubricante, latas de pinturas vacías, RAEE, Lodos de ultrafiltración deshidratados, etc.

16.59 Tm/año EO-RS autorizada

Material de descarte Como resultado de la implementación del proyecto en evaluación no se generará material de descarte, ya que no se modifica el proceso productivo.

Aspectos del Medio Físico, Biológico y Social: La empresa señala que para el presente ITS, el área de influencia ambiental ha sido definida tal y como fue delimitada en la Actualización del EIA aprobada mediante Resolución Directoral N° 458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAMI, debido a que las características del proyecto a implementar referido a componentes auxiliares, no generarán cambios en el entorno, por lo que se ha considerado de la revisión técnica efectuada que la información establecida en la línea base desarrollada en la EIA resulta aplicable para la evaluación del ITS.

Tabla 11. Delimitación área de influencia ambiental

Monitoreo Ambiental: La empresa presentó los resultados de monitoreos realizados semestralmente del año 2019:

Tabla 12. Resultado De Monitoreos Ambientales

Componente ambiental

Puntos de control

Parámetros evaluados

Norma de comparación

¿Los resultados se encuentran dentro de los valores de comparación?

SI NO

Calidad de aire

E-1 (Barlovento)

E-2 (Sotavento)

PM10, SO2, NO2, CO, HTC

Decreto Supremo N° 003-2017-MINAM

X

Área de influencia

Radio/Extensión Grupos de interés que abarca (empresas,

población u otros)

Directa Perímetro de la planta industrial Involucra el área dentro de sus instalaciones, así como Av. Ricardo Bentín.

Indirecta 200m desde el perímetro de la planta Av. Ricardo Bentín, Asentamiento humano Palo Blanco.

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Componente ambiental

Puntos de control

Parámetros evaluados

Norma de comparación

¿Los resultados se encuentran dentro de los valores de comparación?

SI NO

Emisiones gaseosas

E-01 (Chimenea de

Caldero Shellmax)

Partículas, SO2, CO, NOx

IFC/BM Corporación de Finanzas Internacional del Banco Mundial. General Environmental Guidelines (01-07-98) Decreto Presidencial 638: Norma de Calidad de Aire y Control de la Contaminación Atmosférica 26/09/ 1995- Venezuela para el parámetro CO.

X

Ruido

R-01 R-02 R-03 R-04 R-05 R-06 R-07 R-08 R-09* R-10* R-11 R-12 R-13 R-14 R-15 R-16 R-17 R-19

LAeqt Decreto Supremo N° 085-2003-PCM (zona Industrial)

X

Efluente líquido

PTAR – INGRESO

PTAR - SALIDA

DBO5, DQO, pH,Tº, SST

,AyG, Al, As, B, Cd, Cu, CN, Cr, Mn, Hg, Ni, Pb, sulfatos, sulfuros, Zn,

Nitrógeno amoniacal,

SS, Fecales, C. Totales, huevos de helmintos.

D.S.003- 2002- PRODUCE LMP D.S. 003-2010-MINAM

X

* Estaciones representativas, por la proximidad al proyecto.

Tabla 13. Flora y Fauna

Especies identificadas En estado de amenaza o

vulnerabilidad* (si/no)

Flora: indican que en el distrito de Motupe se encuentra flora de tipo desértico, siendo la especie más numerosa el algarrobo, zapote y espino. Fauna: Ardilla nuca blanca, venado gris, zorro costeño*

Si *

* Aplica para especies en estado silvestre, de acuerdo a los Decretos Supremos N° 043-2006-AG y N° 014-2014-MINAGRI Nota: El titular señala que la planta cuenta con cerco perimétrico, para evitar el contacto con especies identificadas.

Tabla 14. Medio socioeconómico Caracterización

La empresa caracteriza al medio social del distrito de Motupe, lo cual se realizó empleando información del Censo 2017-INEI, en el cual se informa que la población es de 29836 habitantes, cuyo 55.73% es población urbana y 44.27% población rural. En cuanto a educación, existen un total de 97 instituciones educativas del sector privado y nacional, y el 34.43% ha culminado sus estudios a nivel secundario, y un 13.02% corresponde a la población

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que no sabe leer y escribir. Por último, del total de viviendas censadas en el 2017 fue de 9689, donde el 97.62% son casas independientes y el 0-76% son chozas o cabañas. La PEA en el distrito de Motupe agrupa a un total de 12 960 pobladores, las cuatro actividades económicas que concentra al 61.52% de la población activa son: agricultura y ganadería, el comercio por menor, la industria manufacturera y el transporte.

Tabla 15. Áreas de interés Detalle SI NO

En el área de influencia zonas arqueológicas X

La actividad se realiza dentro de un ANP o zona de amortiguamiento. X

La actividad se realiza a una distancia menor o igual de 250 m de ecosistemas frágiles. X

La actividad se realiza dentro de comunidades campesinas, nativas o pueblos indígenas.

x

Evaluación de impactos ambientales y medidas de manejo:

Tabla 16. Metodologías empleadas Metodología empleada para la identificación

de impactos ambientales Metodología empleada para la evaluación de impactos

ambientales

Matriz de causa-efecto Matriz de V. Conesa – Vitora

Tabla 17. Impactos ambientales

Impacto ambiental

Descripción del impacto* * De acuerdo a la Tabla 88. Del folio 94 del Registro N° 00083170-2019, la evaluación se ha realizado en función de la totalidad de Actividades potenciales a generar impactos en etapa de Construcción y en Etapa de Operación, la misma que de acuerdo a la metodología aplicada abarca el sinergismo, acumulación, temporalidad entre otros aspectos.

Calificación propuesta

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

Afectación a la Calidad de

Aire

- Respecto al factor ambiental calidad del aire se ve afectado por las actividades: La empresa señala que dará un incremento de material particulado, debido al movimiento de tierras, en excavación, construcción y cimentación de los componentes, mediantes excavadoras, retroexcavadoras, camión, volquetes.

se considera como impacto negativo

(Compatible : - 24).

Afectación a la Calidad de

suelo

- La empresa indica que los residuos serán segregados y almacenados adecuadamente dentro del área del proyecto y/o en el almacén temporal de la planta para ser posteriormente manejos de acuerdo a su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos

se considera como impacto negativo

(Compatible : -17).

Generación de Ruido ambiental

- Generación de ruidos se deberá al uso de maquinaria para limpieza del terreno, demoliciones de concreto existente, montaje y desmontaje de instalaciones será durante un periodo temporal que sólo será durante la etapa de construcción

Se considera como impacto negativo

Compatible (-20)

ETAPA DE OPERACIÓN

Generación de Residuos

Sólidos - Indica que se incrementará la generación de residuos sólidos.

se considera como impacto negativo

(Compatible, irrelevante:

-15).

Generación de Ruido

- Incremento leve en los niveles de ruido debido al mantenimiento de instalaciones, por eso uso de equipos, además indican que los trabajos solo se realizará en horario diurno y con baja frecuencia por mantenimientos.

Se considera como impacto negativo

Compatible, irrelevante (-20)

Tabla 18. Medidas de Manejo Ambiental propuestas por la empresa en el ITS Medida ambiental propuesta en el ITS

ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

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Medida ambiental propuesta en el ITS

Humectación de superficies de trabajo

Vehículos contarán con controles como lonas para evitar la dispersión de partículas, así como con revisiones técnicas.

Control de velocidad de vehículos al ingreso y salida.

Prohibición cualquier quema de residuos sólidos en áreas del proyecto.

Se prohibirá cualquier uso de sirena u otra fuente de ruido innecesaria.

Se realizará el mantenimiento de máquinas y equipos utilizados en todas las etapas del proyecto.

Se llevará el control de uso de recurso mediante los medidores de caudal y realizar capacitaciones de concientización al personal.

ETAPA DE OPERACIÓN

Por las características del proyecto no incrementará la producción, por lo que la empresa propone continuar con las medidas ya establecidas en el EIA actualizado, adicionando las siguientes medidas:

Plan de Minimización y manejo de residuos sólidos.

Cumplimiento de programa de mantenimiento según lo establecido en el manual de operación de la PTAR.

Se prohibirá el uso de sirenas u otro tipo de fuentes de ruido innecesario, mediante señalética

Prohibición de cualquier tipo de quema de residuos sólidos mediante un área del Proyecto y predio en general, mediante señalética.

De la evaluación técnica realizada, se tiene que, respecto al desarrollo metodológico empleado por la empresa para identificar y evaluar los impactos ambientales de la actividad industrial, que con base a lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE3, la propuesta metodológica de evaluación de impactos ambientales realizada por la empresa está técnicamente sustentada, dado que ha utilizado una metodología propuesta por la bibliografía especializada como La Guía Metodológica para la Evaluación del Impacto Ambiental – V. CONESA 4ta edición o Evaluación de Impacto Ambiental. En ese sentido, se menciona que las actividades consideradas para la etapa de construcción, generarán gases de combustión como parte del funcionamiento y tránsito de vehículos, generación de material particulado por movimiento de tierras, excavaciones, estas actividades son temporales. De acuerdo a ello, según la metodología de evaluación de impactos, la calificación del impacto corresponde a “irrelevante o compatible”, siendo esta la más baja; por lo que, de acuerdo a la terminología del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, sería equivalente a no significativos. En cuanto a la etapa de operación, se tiene que la implementación de componente auxiliar del almacén central y mejora tecnológica del sistema de tratamiento biológico de la PTAR, no incrementará el nivel de producción señalado los IGAs aprobados, ya que tal como se ha referido en el presente informe, no involucra la operatividad del proceso productivo, siendo que, las descargas al ambiente generadas por el proyecto (material particulado, residuos sólidos y ruidos) son de la misma naturaleza que las descargas al ambiente generadas en la actualidad, por lo que no existirá sinergismo ni acumulación. Asimismo, incrementará la generación de residuos sólidos de manera leve, los mismos que serán manejados de acuerdo a lo establecido en el Plan de Manejo de Residuos Sólidos con el que cuenta la planta, por lo cual no habrá efecto acumulativo. De la evaluación técnica realizada, si bien la empresa propone medidas para la etapa de construcción, se tiene que las actividades que se realizarán son temporales,

3 Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE: “En tanto se apruebe las metodologías a que se refiere la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, los titulares de proyectos de inversión y actividades en curso podrán emplear metodologías de evaluación aceptadas internacionalmente u otras técnicamente sustentadas”.

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evaluadas como poco significativas, por lo cual las medidas establecidas en el Plan de Manejo Ambiental, se dan por conformes, las cuales se encuentran contempladas en el Plan de Manejo resultante del presente procedimiento. Por otro lado, para la etapa de operación, se tiene que el proyecto a implementar considera medidas adicionales a las establecidas mediante la Resolución Directoral Nº 458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, y modificada posteriormente mediante la Resolución Directoral N° 0701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI (a través de la aprobación del ITS del proyecto Mejora Tecnológica en el proceso de envasado y componentes auxiliares), las cuales se estiman conformes en tanto complementan a las medidas de manejo ambiental que ya han sido establecidas anteriormente para la operación de la “Planta Motupe”, y que la empresa se encuentra obligada a implementar en la forma y frecuencia que ha sido establecida por la Autoridad Ambiental. Es importante precisar que, en la Actualización del EIA de la “Planta Motupe” se aprobó como parte de sus medidas ambientales, el mantenimiento de la PTAR de la planta, para garantizar su funcionamiento, empero no se le dispuso realizar mejoras tecnológicas a la misma, por lo que la mejora tecnológica propuesta en el presente ITS es conforme. En ese sentido, se precisa que, a efectos de integrar las medidas de manejo ambiental resultantes del presente ITS, con las medidas establecidas en la Actualización del EIA de la “Planta Motupe”, se presenta en el Anexo 2B del presente Informe, un Plan de Manejo Ambiental consolidado, el cual deberá ser cumplido por la empresa BACKUS & JOHNSTON. Corresponde precisar que, en el Plan de Manejo Ambiental no se considerarán aquellas medidas que estén relacionadas al manejo de residuos sólidos, pues tales exigencias ya se encuentran establecidas en el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, siendo de obligatorio cumplimiento al constituirse en fuente de obligaciones ambientales4; así como aquellas medidas relacionadas a la Seguridad y Salud de los trabajadores, los cuales no son materia de evaluación de este sector, ni las medidas de referidas a la realización de monitoreos ambientales, para las cuales el titular cuenta con un Programa de Monitoreo Ambiental , el cual ha sido aprobado en la actualización de su EIA. El cumplimiento de las medidas de manejo ambiental en la forma y oportunidad establecidas por la Autoridad evaluadora es pasible de ser objeto de supervisión por parte de la Autoridad Fiscalizadora5. El Plan de Manejo Ambiental se encuentra descrito en los Anexos Nº 2A y 2 B del presente Informe.

4 Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM

Artículo 2.- Ámbito de Aplicación (...) 2.3. Las obligaciones ambientales fiscalizables se encuentran establecidas en la legislación ambiental emanada de los órganos competentes de las autoridades de los tres niveles de gobierno, en los instrumentos de gestión ambiental; y, asimismo, en los mandatos y disposiciones emitidos por las EFA y el OEFA, entre otras fuentes de obligaciones. Pueden comprender obligaciones de hacer u obligaciones de no hacer relacionadas a la protección del ambiente, así como al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, incluyendo los aspectos socioambientales. (...)

5 Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE Artículo 73.- Supervisión y fiscalización de los instrumentos de gestión ambiental de la industria manufacturera o de comercio interno

73.1 El ente fiscalizador supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las normas ambientales y de los instrumentos de gestión ambiental aprobados. La periodicidad, exigencias y demás aspectos relativos a la supervisión y fiscalización serán establecidos por el ente fiscalizador a través de disposiciones y normas complementarias. (…)

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Plan de seguimiento y control El titular propone mantener el Programa de Monitoreo Ambiental resultante de la actualización de EIA de la “Planta Motupe”, que fuera aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, y modificada posteriormente mediante la Resolución Directoral N° 0701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI (a través de la aprobación del ITS del proyecto Mejora Tecnológica en el proceso de envasado y componentes auxiliares), en la medida que no se variarán aspectos vinculados al proceso productivo, ni se generarán nuevos impactos ambientales, ni se crearán nuevas fuentes de descarga ambiental. Al respecto, se precisa que el proyecto objeto de la presente evaluación, no genera variaciones representativas en la actividad de la empresa, que ameriten la modificación del Programa de Monitoreo Ambiental que ésta actualmente viene implementado. En ese sentido, se menciona que, si bien la empresa no ha propuesto realizar monitoreos ambientales durante la etapa constructiva, en tanto dichas actividades se realizarán al interior de su planta industrial, y siendo que se implementarán medidas de manejo ambiental para atender a los impactos ambientales que han sido identificados y caracterizados como no significativos, así como, considerando que el plazo de ejecución de las obras será de cuatro (04) meses, se estima conforme no incluir monitoreos ambientales durante la etapa de construcción e implementación del proyecto “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”. De otro lado, se indica que cuando se inicie la operación de los componentes objeto del proyecto en evaluación, se ha estimado conforme que la empresa prosiga con la implementación del vigente Programa de Monitoreo Ambiental, al no haberse advertido la necesidad de variar el mismo, al no generarse nuevas fuentes impactantes ni nuevos aspectos ambientales ni parámetros que requieran ser muestreados. Cabe precisar que, en lo referido a la mejora tecnológica de la PTAR, ésta no implica crear nuevos puntos de descarga de efluentes, pues el proceso tiene por objeto mejorar la eficiencia del funcionamiento de dicho componente, por lo que no se requiere variar los aspectos asociados al monitoreo de efluentes. En tal sentido, la empresa BACKUS & JOHNSTON deberá cumplir con el Programa de Monitoreo establecido en el Anexo N° 3 del Informe Técnico Legal N° 2182-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, que sustentó la Resolución Directoral N° 0701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, en la forma y frecuencia que han sido establecidas por la Autoridad Ambiental.

Tabla 19. Planes y programas específicos

Planes / Programas específicos

Contenido

Contenido conforme

SI NO

Plan de manejo de residuos sólidos

En el Anexo 07 del Registro No 00083170 (26.08.19) remite el documento que describe el manejo de los residuos sólidos, que comprende desde la caracterización, segregación, almacenamiento, recolección y transporte, comercialización, disposición final a través de EO-RS autorizadas y el recolector municipal, según corresponda. Adicionalmente, adjunta, el procedimiento para el manejo de los residuos y un plan de contingencia.

Si

Plan de contingencia

En el Capítulo XI del Registro No 00083170-2019 (26.08.19) adjunta el documento que describe el alcance de aplicación del plan, así también ha realizado un estudio de riesgos, además describe las

Si

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Planes / Programas específicos

Contenido

Contenido conforme

SI NO

funciones de los responsables y la descripción de las acciones antes, durante y después de eventos como: incendio, fuga de gases, derrames, movimientos sísmicos. Por otro lado, ha identificado los grupos de apoyo externo.

Plan de cierre

La empresa señala en los folios 122 y 123 del Registro No 00083170-2019 (28.08.19) las acciones que realizará ante el cierre de sus actividades, entre los que se encuentran: el desarrollo de un plan de cierre, realizar el desmantelamiento, desmontaje y demolición, traslado y segregación de residuos, y limpieza, entre otros.

Si

Nota: La empresa hace extensivo sus planes y programas aprobados en sus IGAs previos, los cuales serán de aplicación transversal para todos los componentes nuevos.

4. OPINIONES TÉCNICAS A OTRAS AUTORIDADES: Tomando en cuenta la naturaleza

del proyecto del ITS a implementarse en la planta industrial de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍA BACKUS Y JOHNSTON S.A.A., los componentes de la instalación industrial, el área de influencia de la empresa y la evaluación de los impactos ambientales que se podrían generar como resultado de la ejecución del proyecto “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR” ,ubicada en el distrito de Motupe , provincia y departamento de Lambayeque, no se han identificado aspectos y/o componentes que por sus características generan impactos ambientales cuya evaluación esté atribuida o relacionada a otro Sector; por tal motivo, no se han solicitado opiniones técnicas a otros sectores, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 24 del RGA.

5. OBSERVACIONES FORMULADAS AL ITS: Luego del análisis de la información

presentada por el Titular mediante el Registro Nº 00083170-2019 (26.08.19) y adjuntos, se concluye que las observaciones formuladas mediante Informe N° 2634-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI-DEAM (01.10.19), han sido subsanadas en su totalidad, tal como se detalla en el Anexo N° 01 del presente informe.

6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

6.1. El proyecto denominado “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, presentado como Informe Técnico Sustentatorio (ITS) por de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON S.A.A., se encuentra dentro de los supuestos de modificación de componente auxiliar con impacto ambiental no significativo y mejora tecnológica, regulado en el numeral 48.1 del artículo 48° del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y de Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, conforme a la evaluación realizada en el presente Informe.

6.2. Luego de evaluado los potenciales impactos ambientales descritos en el ITS del proyecto materia de evaluación y habiéndose concluido que el mismo ha cumplido con presentar la información necesaria para sustentar que su ejecución generará impactos ambientales no significativos, por lo que se recomienda su aprobación, con base en lo expuesto en el presente Informe.

6.1 La empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS BACKUS Y JONHSTON S.A.A., deberá

cumplir con las obligaciones ambientales establecidas en los Anexos N° 2A, 2B y 3 del presente informe.

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6.3. La aprobación del ITS no constituye el otorgamiento de permisos, licencias, autorizaciones y otros que requiera la empresa; asimismo, no convalida ni regulariza los incumplimientos a los compromisos ambientales asumidos en los instrumentos de gestión ambiental aprobados, actualizados y/o modificados para la “Planta Motupe”, ni a la normatividad ambiental general y sectorial aplicable, en los que haya podido incurrir la empresa, en el desarrollo de sus actividades industriales, salvo pronunciamiento en contrario del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de sus competencias.

6.4. Se recomienda emitir la Resolución Directoral que apruebe el ITS del proyecto “Componente auxiliar Almacén de Residuos Sólidos y la mejora tecnológica del Sistema de Tratamiento Biológico de la PTAR”, de titularidad de la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS BACKUS Y JONHSTON S.A.A.

6.5. Se recomienda remitir copia de los actuados a la empresa UNIÓN DE CERVECERÍAS

BACKUS Y JONHSTON S.A.A., para su conocimiento y fines correspondiente.

6.6. Se recomienda remitir copia de los actuados del expediente administrativo al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para las acciones de supervisión y fiscalización correspondientes, de acuerdo a sus competencias.

Es cuanto tenemos que informar a usted, salvo mejor parecer.

ECHE GUERRA, KARINA MARGOT DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESPINOZA MELÉNDEZ, EDSON RANULFO HUMBERTO DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL La Dirección hace suyo el presente Informe. LUIS ALBERTO GUILLÉN VIDAL DIRECTOR DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

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Anexo N° 1 Subsanación de observaciones a la solicitud de clasificación del proyecto

N° Observación Evaluación de la observación Estado

DESCRIPCIÓN TÉCNICA

1

Respecto a la etapa de construcción, la empresa deberá precisar el requerimiento de materiales a fin de completar la evaluación del estudio.

En el folio 03 DEL Adjunto Nº00083170-2019-3 (11.11.19), la empresa remite la información solicitada, la cual forma parte del desarrollo del presente informe.

Absuelta

2

La empresa deberá aclarar cuál será el manejo y disposición del material excedente que se generará como parte de las excavaciones para la implementación de la tubería.

En los folios 03 y 04 del Adjunto N° 00076247-2018-1 (18.01.19) la empresa señala que el supuesto en el que se encuentra el presente ITS es de mejora tecnológica.

Absuelta

3

La empresa deberá remitir mayor información sobre la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales respecto a los componentes y características técnicas (capacidades, entre otros) actuales que incluyan las áreas de secado de lodos y de su operación; así también precisar, el incremento de componentes como parte del ITS.

Mediante el Anexo 2 del CD contenido en el Adjunto Nº 00083170-2019-3 (11.11.19), se remite la información solicitada, donde se encuentra la descripción detallada de los componentes de la PTAR y las capacidades de tratamiento de la PTAR , técnicas para el manejo de los lodos , como bombeo de lodo excedente a pozas de secado, llenado de pozas, secado de lodo, ensacado y colocación el almacén para disposición .Al respecto del incremento de componentes se prevé la instalación de 1 filtro multimedia, cambio y montaje de lamellas de rector BTS, conexión de tanque clarificador a canchas de secado, mediante instalación de tuberías.

Absuelta.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN O CORRECCIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES

4

Respecto al cronograma de construcción, la empresa deberá precisar la frecuencia en qué realizarán las capacitaciones sobre uso del recurso y del control de medidores de caudal.

En el folio 05 del Adjunto Nº 00083170-2019-3 (11.11.19), se indica que las capacitaciones sobre uso de recurso y de control de medidores de caudal, se realizará anualmente.

Absuelta

5

La empresa propone implementar medidas para la etapa de operación; al respecto deberá precisar la frecuencia de ejecución (semestral, anual, entre otros), así como indicar si son puntuales o permanentes; adicionalmente, deberá aclarar si son las mismas medidas establecidas

En los folios del 6 al 9 del Adjunto Nº 00083170-2019-3 (11.11.19), la empresa adjunta las Medidas a implementar como parte del presente ITS, con respecto a los otros IGAS aprobados

Absuelta

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N° Observación Evaluación de la observación Estado

mediante Resolución Directoral N° 458-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI y Resolución Directoral N° 701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI. De acuerdo a ello, según corresponda deberá remitir el nuevo plan de manejo propuesto identificando las nuevas medidas que pretende implementar como parte del ITS, en un solo plan de manejo integrado, para lo cual podrá considerar el siguiente formato sugerido:

Actividad

Componente

Impacto Ambiental

Medida de

manejo

ambiental

Tipo de medida

(puntual o permanente)

EIA

ACT

DE

EIA

ITS Frecue

ncia

Fecha de

inicio**

Fecha de conclusió

n***

Costo aprox.

Puntual: Medida que fue ejecutada y ha sido implementada 100% Permanente: Medida que viene ejecutándose durante toda la etapa operativa del proyecto, y seguirá ejecutándose todas las veces que se requiera. * Marcar con aspa donde corresponde * Aplica a medidas nuevas

***No aplica para las medidas de carácter permanente

PLAN DE SEGUIMIENTO Y CONTROL

6

La empresa remite en el Anexo 12 del Registro No 0083170-2019 (26.08.19), el programa de monitoreo actualizado; no obstante, deberá aclarar su propuesta considerando que mediante Resolución Directoral N° 701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI se aprobó un nuevo programa de monitoreo ambiental. De acuerdo a ello, según corresponde precisar las nuevas modificaciones o sustentar porque mantendrá el último programa de monitoreo aprobado.

Mediante el Adjunto Nº 00083170-2019-3 (11.11.19), la empresa presenta su propuesta de monitoreo según lo aprobado en la R.D. Nº 701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI. El cual se da por conforme.

Absuelta

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Anexo N° 2A

CRONOGRAMA DE IMPLEMEMENTACIÓN - ETAPA DE CONSTRUCCIÓN Fuente Impactante Impactos Ambientales Alternativas especificas Cronograma

mensual Fecha de Inicio

Fecha de Conclusión

Costo Aproximado

Frecuencia*

1 2 3 4 Actividades de movimiento de tierra, obras civiles , montaje de quipos y puesta en marcha

Emisión de gases y material particulado

Humectación de superficies de trabajo X X X X Mes1 Mes 4

La empresa indica la totalidad

de los costos, el

cual asciende a 4 000 soles.**

Durante etapa de construcción

Vehículos contarán con controles como lonas para evitar la dispersión de partículas, así como con revisiones técnicas.

X X X X Mes1 Mes 4 Durante etapa de construcción

Control de velocidad de vehículos al ingreso y salida.

X X X X Mes1 Mes 4 Durante etapa de construcción

Prohibición cualquier quema de residuos sólidos en áreas del proyecto.

X X X X Mes1 Mes 4 Durante etapa de construcción

Se prohibirá cualquier uso de sirena u otra fuente de ruido innecesaria.

X X X X Mes1 Mes 4 Durante etapa de construcción

Se realizará el mantenimiento de máquinas y equipos utilizados en todas las etapas del proyecto.*

X X X X Mes1 Mes 4 Durante etapa de construcción

Alteración de calidad de agua

Se llevará el control de uso de recurso mediante los medidores de caudal y realizar capacitaciones de concientización al personal.

X X X X Mes1 Mes 4 Durante etapa de construcción

Nota: La implementación de las medidas se realizarán en tanto dure la etapa de construcción. * Sujeta a Programa de mantenimiento de maquinaria y equipos. ** Adjunto N° 00083170-2019-3 (11.11.19)

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ANEXO 2B: CRONOGRAMA CONSOLIDIDADO DE MEDIDAS DE IMPLEMENTACIÓN – ETAPA DE OPERACIÓN

Actividades

Impacto Potencial

Medidas Propuestas DAP 2006

EIA 2014

DAP 2015

EIA 2015

ITS 2018

ITS 2019*

Cronograma de Implementación Tipo de Medida

(M, P o C)

Duración de la medida

Costo 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Seguridad y Salud

Ocupacional

Afectación a la

Seguridad y Salud

Ocupacional de los

trabajadores

Charlas de capacitación a los trabajadores sobre Gestión Ambiental, la implementación del Plan de Manejo de Residuos y el Programa de seguridad e higiene industrial (incluyendo respuestas a emergencias).

X X

- - X - - X - - X - - X P Trimestral -

Sensibilización y concientización a los trabajadores sobre el uso del recurso energético

X X - - X - - X - - X - - X P Trimestral -

Calidad de ruido

Emisiones sonoras

Programa de Mantenimiento preventivo y correctivo de las partes mecánicas de las maquinarias.

X

- - - - - X - - - - - X C Semestral -

Realizar la implementación progresiva de cerco vico a los alrededores de la planta a fin de atenuar el ruido. - (Mantenimiento de cerco vivo a los alrededores de la planta a fin de atenuar el ruido).

X X X - - - - - X - - - - - X C Semestral -

Realizar mantenimiento periódico a los vehículos y maquinarias pesada e implementar de manera progresiva el uso de silenciadores. - Mantenimiento periódico a los vehículos (montacargas y transporte de distribución del producto final) y maquinaria.

X X X - - - - - X - - - - - X C Semestral -

Realizar mantenimiento periódico a los componentes del caldero.

X X

X X X X X X X X X X X X P Permanente -

Se prohibirá el uso de sirenas u otro tipo de fuentes de ruido innecesario, mediante señalética

x X X X X X X X X X X X X

P Permanente

CALIDAD DE

SUELO

Generación residuos solidos

Sensibilización al personal en los temas de RRSS. - Sensibilización y concientización a los trabajadores sobre el manejo de residuos sólidos.

X X x - - X - - X - - X - - X P Trimestral -

Prohibición de cualquier tipo de quema de residuos sólidos mediante un área del Proyecto y predio en general, mediante señalética.

x

X X X X X X X X X X X X

P Permanente

Todos los insumos químicos tendrán sus hojas de MSDS.

X X X X X X X X X X X X X C Permanente -

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Actividades

Impacto Potencial

Medidas Propuestas DAP 2006

EIA 2014

DAP 2015

EIA 2015

ITS 2018

ITS 2019*

Cronograma de Implementación Tipo de Medida

(M, P o C)

Duración de la medida

Costo 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Afectación a la calidad del suelo

Inspección, verificación y mantenimiento del área de almacenamiento de estas sustancias. Almacenamiento en áreas sin riesgo de infiltración.

X X X X X X X X X X X X X C Permanente -

Calidad de agua

Agotamiento del recurso

hídrico

Sensibilización a los trabajadores por el uso de este recurso.

X X x - - X - - X - - X - - X P Trimestral -

Se llevará el control del uso de recurso mediante los medidores de caudal (en caso de no contar con medidores se calcula en base al consumo y experiencia) y realizar capacitaciones de concientización al personal.

X X X X X X X X X X X X X X C Permanente -

Mantenimiento de todas las instalaciones sanitarias.

X - - X - - X - - X - - X P Trimestral -

- Generación de Efluentes líquidos de

proceso

Verificar el óptimo funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales. Cumplir con el programa de mantenimiento según lo establecido en el Manual de Operación de la PTAR.

X x X X X X X X X X X X X X C Permanente -

Como parte del plan de manejo ambiental se ejecutará un sistema de Implementación de retención de sólidos, lo cual logrará retener los sólidos al ingreso de la PTAR, aumentando confiabilidad del sistema.

X - - - - - - - - - - - X C Puntual -

Minimizar la reducción de malos olores debido al tratamiento de aguas en la PTAR. - Se verificará continuamente el reactor de la PTAR para evitar las emisiones de los gases generados por el tratamiento de la carga orgánica de los efluentes.

X X x X X X X X X X X X X X X C Permanente -

Los efluentes líquidos son utilizados para el riego de áreas verdes y áreas áridas colindantes a la Planta.

X x X X X X X X X X X X X X C Permanente -

* ITS presentado mediante el Registro N° 0083170-2019, objeto de la presente evaluación. Nota: El titular mediante el Adjunto N° 00083170 -2019 -3 (11.11.19), señala que la inversión total de las medidas de implementación será de 20 500 soles, adicionalmente 25 400 soles por implementación de medidas del Plan de contingencia ambiental.

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ANEXO Nº 3

FRECUENCIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL REPORTE AMBIENTAL

Etapa Fecha de presentación del reporte ambiental*

Construcción Al mes siguiente del término de la etapa de construcción del proyecto del presente Informe Técnico Sustentatorio (ITS)

Operación Conjuntamente con el Reporte Ambiental de la Actualización del ITS , aprobada mediante Resolución Directoral N.º 701-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGGAMI (14.08.19).

(*) La presentación del Reporte Ambiental debe incluir los resultados de monitoreo ambiental de acuerdo con el Anexo N.º 3 del presente ITS y la evidencia de la implementación de las obligaciones ambientales referidas a las medidas de prevención, mitigación o corrección de los impactos ambientales señaladas en el Anexos N.OS 2A y 2B del presente ITS. El Reporte Ambiental deberá contener documentos de sustento de las acciones de implementación y podrán ser presentados de acuerdo con el formato sugerido de seguimiento indicado en el Anexo N.º 5.

ANEXO N° 04 Formato Sugerido para el Reporte Ambiental1

Nota: La ejecución de las actividades deben estar validadas adjuntando fotos, recibos, contratos, entre otra información de sustento.

1 Corresponde al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) determinarlo, pero en tanto ello no suceda, el administrado puede utilizar el

formato mencionado para la presentación del reporte ambiental.

N° Actividad General

Actividad Específica

Fecha Inicio

Fecha Conclusión

Inversión Total (S/)

Acciones Implementadas

Inversión a la fecha (S/)