fundamentacion filosofica de los derechos humanos

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CONTENIDO I. Presentación del problema……………………………….. 2 II. Justificación…………………………………………………. 3 III. Objetivos………………………………………………………6 IV. Marco teórico…………………………………………………7 V. Metodología…………………………………………………..10 1. Los Derechos Humanos y su consagración Histórica. Generalidades………………………………………………..11 1.1 Antecedentes históricos de los Derechos Humanos…16 1.2 Qué son los Derechos Humanos……………………….18 1.3 Fundamentación Filosófica de los Derechos Humanos………………………………………………….20 1.4 Los Derechos Humanos en la Constitución Colombiana de 1991……………………………………………………27 2. Situación de los Derechos Humanos en Colombia. Generalidades……………………………………………………….34 2.1 Violación de los Derechos Humanos en Colombia….35 2.2 Posición del Estado frente a los Derechos Humanos....42 1

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Page 1: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

CONTENIDO

I. Presentación del problema……………………………….. 2

II. Justificación…………………………………………………. 3

III. Objetivos………………………………………………………6

IV. Marco teórico…………………………………………………7

V. Metodología…………………………………………………..10

1. Los Derechos Humanos y su consagración Histórica.

Generalidades………………………………………………..11

1.1Antecedentes históricos de los Derechos Humanos…16

1.2Qué son los Derechos Humanos……………………….18

1.3Fundamentación Filosófica de los Derechos Humanos………………………………………………….20

1.4Los Derechos Humanos en la Constitución Colombiana de 1991……………………………………………………27

2. Situación de los Derechos Humanos en Colombia.

Generalidades……………………………………………………….34

2.1Violación de los Derechos Humanos en Colombia….35

2.2Posición del Estado frente a los Derechos Humanos....42

2.3Razones de la violación de los Derechos Humanos en Colombia……………………………………………………43

1

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3. Democracia, Ciudadanía y Derechos Humanos.

Generalidades. …………………………………………………………46

3.1Hacia una Cultura ciudadana de los Derechos Humanos……………………………………………………47

3.2 Formulas políticas para el respeto de los Derechos Humanos……………………………………………………….48

Conclusiones…………………………………………………………………50

Anexo: Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948………..51

Bibliografía.

2

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I. PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA

En la actualidad de nuestro país, vemos diariamente en cualquier medio

de comunicación la presentación de diferentes actos de violencia entre los

colombianos. Estos actos son cometidos por diversos grupos, como por

ejemplo, los grupos guerrilleros con mentalidad de extrema izquierda,

autodefensas de extrema derecha, pandillas urbanas e incluso grupos

que hacen parte del mismo Estado.

En medio de la violencia ya generalizada, vemos cómo muchos

colombianos se encuentran en extrema pobreza. Hay además niños y

jóvenes sin educación, familias completas muriendo de hambre, cabezas

de familia sin un trabajo con el cual poder sostener a los suyos. Todas

estas situaciones que vemos y vivimos a diario nos dejan un gran

interrogante, ¿por qué sus derechos se están violando?, ¿Por qué tanta

violencia en Colombia si ya existe toda una legislación en materia de

defensa de los Derechos Humanos? También se presenta un interrogante

mayor: tanta violación de derechos y de acuerdo con los fundamentos de

los derechos humanos, ¿éstos sí se aplican de forma correcta en

Colombia actualmente?

Si miramos con detenimiento nuestra historia política más reciente,

observamos que la clase dirigente se ufana de la “tradición civilista” del

país. Fundamenta esta afirmación en el hecho de que Colombia no ha

sido gobernada por militares, como consecuencia de golpes de Estado,

como por ejemplo la dictadura de Rojas Pinilla, que fue de apenas cuatro

años durante el siglo XX, mientras que en otros países de América latina,

las dictaduras militares fueron una realidad política bastante común.

En efecto, aquí en Colombia la democracia cumple con sus rasgos más

característicos: las elecciones se realizan en las fechas ordinarias para

3

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ello; en las corporaciones legislativas participan miembros de distintos

partidos, incluyendo los de la oposición; existe la separación de poderes y

hay relativa libertad de expresión y de asociación. Pero dentro de estas

formalidades que evidentemente se cumplen, observamos también que se

asesinan a jueces, magistrados, maestros, sindicalistas, y la vida social

en general transcurre en un mar de violencia adelantada por distintos

actores: guerrilla, narcotráfico, paramilitarismo, delincuencia común y

Estado. Toda esta violencia genera claras transgresiones a los Derechos

Humanos con flagrantes desacatos. También al Derecho Internacional

Humanitario en el marco de la confrontación armada que vive el país, es

violado constantemente.

En estas situaciones de calamidad social y política que vive nuestra

patria, consideramos de suma importancia adelantar una investigación

sobre los Derechos Humanos, su fundamentación teórica y su aplicación

en Colombia.

La cesación de los ataques contra la población civil es un requisito

indispensable para que se pueda afirmar que el país se encuentra en

tránsito hacia la paz y la democracia plena. Sin embargo, comunidades

enteras siguen viviendo bajo la permanente presión de grupos armados,

incluyendo a miembros de las fuerzas del Estado, como acaba de

comprobarse recientemente con los desaparecidos del municipio de

Soacha, Cundinamarca, que fueron posteriormente asesinados,

supuestamente en combate, cuando ya las investigaciones empiezan a

hacer conocer que se trataba de inocentes que fueron tildados de

guerrilleros, para ser presentados ante el país, como resultados positivos

de las fuerzas armadas. Por esta acción contra los Derechos Humanos, el

gobierno tuvo que despedir a 27 militares implicados en este crimen,

incluyendo a tres generales. Por este mismo hecho, presentó renuncia el

comandante del Ejército.

4

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Lo grave es que lo sucedido en Soacha no parece ser un hecho aislado,

ya que se están presentando denuncias sobre casos similares en distintas

partes del país ¿Qué nos está pasando a los colombianos? ¿Por qué

tanta criminalidad y tanto atropello contra los Derechos Humanos?

Millones de personas soportan diariamente los hostigamientos de las

bandas criminales, son amenazadas, asesinadas, desaparecidas,

torturadas, sometidas a violencia sexual, reclutamiento forzado,

desplazamiento forzado, y otras violaciones a sus Derechos Humanos, sin

que el Estado tome las medidas adecuadas para impedirlo.

En estas condiciones de violación de los Derechos Humanos que vive

Colombia, se hace urgente que desde la academia se investigue sobre

este particular, para ver si algún día adquirimos conciencia del valor de la

vida y de lo que significa la paz para el desarrollo del país.

5

Page 6: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

II. JUSTIFICACIÓN

Investigar este tema resulta de gran importancia, pues permite mirar en

qué se está fallando en el país en materia de Derechos Humanos, para

así encontrar posibles soluciones a este grave problema, ya que todos

necesitamos llevar una vida digna para sacar a nuestro país adelante.

Para ello se hace necesario adelantar una investigación sobre los

fundamentos teóricos de los Derechos Humanos, mostrar su importancia

social y su necesaria aplicabilidad, como forma de alcanzar una sociedad

más justa y humana. A continuación los puntos más importantes que

justifican este proyecto.

Existe una Declaración Universal de los Derechos Humanos que

data de 1948.

El cumplimiento de los Derechos Humanos es una norma que está

estipulada en la Constitución colombiana del 91: título I, art.5 “El

estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los

derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como

institución básica de la sociedad.”

A nivel internacional es una responsabilidad de cada país que los

Derechos Humanos se cumplan a cabalidad.

Los Derechos Humanos son estrictamente necesarios para el

desarrollo del ser humano.

El correcto cumplimiento de los Derechos Humanos exige una

obligación legal y una adecuada protección de los organismos

correspondientes, además da una excelente imagen de Colombia a

nivel mundial.

6

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III. OBJETIVOS:

Objetivo general:

Determinar los fundamentos filosóficos de los Derechos Humanos y

analizar la situación actual de su aplicación en Colombia.

Objetivos específicos:

Analizar el contexto histórico de los Derechos Humanos.

Analizar los fundamentos filosóficos de los Derechos Humanos.

Investigar y precisar qué Derechos Humanos se están cumpliendo

y cuáles se están violando en Colombia, con base en informes de

distintas organizaciones a favor de los Derechos Humanos.

7

Page 8: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

IV. MARCO TEÓRICO

Los Derechos Humanos se pueden estudiar y analizar desde varios

puntos de vista, tanto político, militar, ético, etc. Esto nos da varias

herramientas de trabajo para conocer su realidad y fundamentos

filosófico-políticos. Miremos cómo están contemplados los Derechos

Humanos en la Constitución colombiana del 91: “La Constitución

colombiana incorpora el tema de los Derechos Humanos como una

prioridad en el accionar de las instituciones, para hacer frente a la crítica

situación que en este campo vive el país.”1 Esbozar una teoría de los

Derechos Humanos requiere aclarar qué se entiende con esta expresión.

En líneas generales, se entiende por Derechos Humanos aquellos que se

atribuyen a todo hombre por el hecho de serlo.

Por otra parte, Carlos Eduardo Maldonado, en su libro Hacia una

fundamentación filosófica de los derechos humanos. Una puesta en

diálogo, aporta bastante al tema. En este libro él habla de la

fundamentación de los DD.HH como un problema filosófico,

especialmente ontológico, ya que éstos están por la vida del ser, pero no

solamente se cierra a comentar un solo eje de trabajo, sino se va a todos

los ejes posibles: “… un derecho con pretensiones mucho más amplias y

que desbordan inmediatamente los límites de la esfera política, militar o

económica (…) Este segundo aspecto es propiamente de los derechos

humanos.”2 El estudio amplio que plantea Carlos E. Maldonado, da pie a

nuestra monografía para que tome el rumbo que se planteó en los

objetivos: determinar los fundamentos filosóficos de los Derechos

Humanos, es decir, intentar fundarlos racionalmente para que no queden

1http://209.85.165.104/search?q=cache:RGouOZKKOiQJ:www.mininteriorjusticia.gov.co/adminFiles/REVISTA%252017-20.pdf+derechos+humanos+%2B+constitucion+colombiana+91&hl=es&ct=clnk&cd=4&gl=co&client=firefox-a

2 MALDONADO, Carlos. Hacia una fundamentación filosófica de los derechos humanos. ESAP-Centro de publicaciones. Santafé de Bogotá. 1994. Pág.11

8

Page 9: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

allí como meras ficciones, sino que se vean como algo exigible para que

el hombre no pierda su ser. Para un autor como Maldonado, “(…) la

política, el derecho, la religión y la ética constituyen las cuatro esferas que

determinan básicamente el ámbito práctico de la existencia.”3 En estas

cuatro dimensiones tienen que estar anidados los Derechos Humanos y

solo allí encuentran su fundamentación, es decir su razón de ser. Los

Derechos Humanos tienen, entonces, que ser exigidos desde la política,

el derecho, la religión y la ética.

La Constitución Política de Colombia también es un marco de referencia

muy importante ya que en ella están contemplados los derechos que se

deben respetar en nuestro país.

Otro importante autor para conocer la historia de los Derechos Humanos,

es Luis de Sebastián en su libro “De la esclavitud a los Derechos

Humanos”. En este libro nos habla de cómo paso a paso se proclamaron

los Derechos Humanos. Luis de Sebastián, toma las teorías políticas y

ontológicas de algunos de los filósofos mas reconocidos de todos los

tiempos como Platón, Aristóteles, Hobbes, Maquiavelo, Santo Tomás de

Aquino, Hegel, entre otros.

Thomas Pogge, filósofo también reconocido por su obra La pobreza en el

mundo y los Derechos Humanos, nos habla en el capítulo dos – ¿Cómo

se deben concebir los Derechos Humanos? – acerca de la problemática

que existe con estos derechos, y básicamente explica que los Derechos

Humanos y el contenido de estos corresponden a obligaciones y cargas

jurídicas que dependen de los poderes legislativo, judicial y ejecutivo los

cuales sostienen dicha afirmación. También se pueden entender los

Derechos Humanos como una serie de derechos morales que son

diferentes a los derechos legales. Pero por esta misma razón es

importante que no todos creemos que los derechos son lo que dicen los

gobiernos que son.3 Ibíd. Pág.12

9

Page 10: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

“Concebir la ley natural, los derechos naturales, los derechos humanos

como cosas que crean obligaciones morales de peso supone que estas

obligaciones tendrían que desempeñar un papel importante en la reflexión

y el debate acerca de nuestra conducta y de nuestras instituciones

sociales, y que estas últimas, además, deberían reflejarlas y respetarlas.

Normalmente, dichas obligaciones debería prevalecer o imponerse sobre

otros intereses o consideraciones morales o no morales.”4

En otras palabras para Pogge los derechos que nosotros tenemos

generan cierto tipo de obligaciones que deberían sobresalir por encima de

cualquier cosa ante unos intereses ya sean morales o no morales. Por

esta razón se debe decir que nosotros somos responsables de nuestros

propios derechos y somos los únicos que los podemos hacer cumplir y

respetar.

También tendremos como marco de referencia un libro perteneciente a

las Fuerzas Militares de Colombia, Ejercito Nacional: “Curso básico a

distancia. Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario”,

donde hay conceptos importantes sobre Derechos Humanos y su historia.

También hay un trabajo del profesor Enzo Ariza de Ávila, sobre las

distintas teorías filosóficas que hay acerca de la fundamentación racional

de los Derechos Humanos que se han dado a través de la historia.

V. METODOLOGÍA

4 POGGE, Thomas. La pobreza en el mundo y los Derechos Humanos. España: Paidós, 2001. Cap. 2, Pág. 77

10

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La metodología para responder la pregunta problema y alcanzar el

objetivo general es la siguiente:

Indagar el cómo y el porqué se fundamentaron los DD.HH

Analizar el contexto histórico en el momento en el que se fundaron

los DD.HH

Investigar los fundamentos filosóficos de los DD.HH

Analizar la problemática actual de Colombia con respecto a los

Derechos Humanos.

Consultar cómo están consagrados los Derechos Humanos en

Colombia.

Comparar cómo se deben aplicar los DD.HH en la situación actual

de Colombia.

Ver la relación entre Democracia, formación de ciudadanía y

Derechos Humanos.

De acuerdo con lo investigado, concluir cuál es la situación real de

Colombia en materia de Derechos Humanos y plantear algunas

observaciones al respecto.

1. LOS DERECHOS HUMANOS Y SU CONSAGRACIÓN

HISTÓRICA

11

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Generalidades:

Los Derechos Humanos son los valores inalienables que todo ser humano

posee independientemente de su condición social, política y económica.

Son ellos, los que garantizan la seguridad, la libertad y la igualdad entre

todos los ciudadanos del mundo, por lo tanto son considerados por varios

autores como innatos e inmutables. Esta afirmación nos lleva a realizar un

análisis sobre su origen y su contenido filosófico-moral, a través de

diferentes autores que han reflexionado y aún lo hacen sobre los

Derechos Humanos y su aplicabilidad. Entre ellos está el filósofo

Colombiano Carlos Eduardo Maldonado, quien realiza tal análisis desde el

campo de la filosofía del derecho. Por otra parte, analizaremos su origen

a través de la obra de Luis de Sebastián, De la esclavitud a los derechos

humanos, cuyo objetivo es mostrar qué pasos se han dado de la

esclavitud generalizada y aceptada, a la proclamación y respeto de los

Derechos Humanos.

Dentro del campo de los Derechos Humanos, encontramos en la línea de

proteger ciertos principios de carácter humanitario durante los procesos

bélicos. Desde el siglo XVIII, se han dado convenios referentes al

tratamiento de los heridos y de los prisioneros de guerra, por ello está

prohibida la matanza, la mutilación y el maltrato de ellos dentro y fuera de

combates.

En 1864 se reunió en Ginebra un congreso internacional, al que asistieron

representantes de 12 gobiernos, allí se aprobó el Convenio de Ginebra

sobre la condición de los soldados heridos de los ejércitos en campaña.

Empezó así a tomar forma el derecho de guerra.

En 1949 por convocatoria del gobierno Suizo, se reunió una conferencia

internacional en Ginebra, que aprobó cuatro convenios de índole

humanitaria sobre protección de las víctimas de guerra: heridos,

enfermos, inválidos, madres en gestación, prisionero de guerra, muertos

12

Page 13: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

en combate, y población civil; aplicables no solo a los casos de guerra

declarada sino a cualesquiera otros conflictos armados, incluidos los de

carácter interno.

El convenio impone además a las partes contratantes la obligación de

respetar todas las instalaciones, vehículos y personas que lleve la Cruz

Roja y de otorgarles libertad de paso para que puedan cumplir con sus

funciones humanitarias.

En cuanto a los Derechos Humanos, pueden distinguirse tres etapas en el

proceso de nacimiento, afirmación y extensión de estos derechos. La

primera comprende las ya sabidas tablas de derechos civiles y políticos

nacidas de las revoluciones liberales de Inglaterra en 1689 y de los

Estados Unidos y Francia a finales de siglo XVIII. Son los derechos

llamados de la primera generación.

La segunda etapa añade a las anteriores los derechos sociales y

económicos, proclamados por el pensamiento socialista a raíz de la

revolución industrial, que se extendieron por el mundo por obra del

llamado Constitucionalismo Social. Son los derechos de segunda

generación.

La tercera etapa comprende los nuevos derechos, los de la tercera

generación, que son el derecho a la paz, al medio ambiente sano, a la

planificación familiar y a la solidaridad o Injerencia humanitaria.

Los derechos civiles y políticos:

El constitucionalismo clásico formuló las primeras tablas de derechos de

la persona humana. Su sustento fueron dos ideas fundamentales: la de

que el individuo es dueño de una esfera de libertad personal en la que el

poder estatal no debe intervenir y la de que toda la actividad del Estado

debe estar sometida a normas jurídicas precisas, creándose así el

13

Page 14: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

llamado Estado de derecho. De esta manera el poder del Estado es

limitado, como forma de que pueda garantizar los Derechos Humanos.

Los derechos civiles corresponden a la persona humana en sí. Se

conceden a todos los individuos sin distinción de raza, edad, sexo, idioma,

religión, opinión política, origen nacional, posición económica o cualquier

otra condición, por el solo hecho de pertenecer al género humano.

Los derechos políticos, en cambio, pertenecen a las personas en cuanto a

miembros activos del Estado, esto es, en cuanto a ciudadanos. Tienen

esta calidad las personas que han cumplido determinadas exigencias que

la ley exige en cada Estado para la obtención de la ciudadanía, que es

una condición jurídica política especial que habilita a las personas para

participar en las actividades y decisiones del Estado. En Colombia, por

ejemplo, la ley establece la edad de 18 años para tener la condición de

ciudadano.

Tenemos entonces que hay una doble consideración del individuo: como

persona humana y como miembro activo del Estado. En cuanto persona

le corresponden lo derechos civiles y, en cuanto ciudadano, los derechos

políticos. Por eso la declaración francesa de derechos hablaba de los

derechos del hombre y del ciudadano.

Los principales derechos políticos son: participar en el gobierno del

Estado, elegir y ser elegido, desempeñar funciones públicas, militares;

participar en partidos políticos, opinar sobre cuestiones estatales,

asociarse con fines políticos pacíficos y los demás relativos a la vida

pública del país.

Los derechos sociales y económicos:

14

Page 15: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Las primeras declaraciones de derechos se propusieron crear en

beneficio de cada persona, una esfera de libertad jurídicamente protegida

y estuvieron motivadas por el temor hacia el Estado, tenido como el

principal enemigo de las libertades públicas. Los derechos sociales

nacieron para defender a los grupos menos favorecidos y vulnerables de

la población, mediante el establecimiento de normas que impidieran o

atenuaran la opresión de las personas o corporaciones económicamente

fuertes sobre las económicamente débiles. Los derechos sociales

consisten en prestaciones y servicios a cargo del Estado, a favor de los

sectores pobres y postergados de la población. Tienen un carácter

asistencial y están contenidos especialmente en las leyes laborales,

agrarias, de seguridad social, de inquilinato, de protección infantil,

defensa del consumidor y demás estatus parecidos. Estos derechos

requieren la presencia dinámica del Estado para que puedan cumplirse a

cabalidad.

Los nuevos derechos:

Son productos de la dinámica social contemporánea y pertenecen a la

llamada tercera generación y protegen aspectos nuevos de la vida del

hombre en comunidad. Su característica fundamental es que van más

allá de las fronteras nacionales, por lo que su defensa entonces tiene que

hacerse a través de esfuerzos multilaterales, ya que forman parte del

proceso de internacionalización de los Derechos Humanos. Entre estos

últimos derechos están: el derecho a la paz, a tener un ambiente sano y a

la solidaridad o injerencia humanitaria.

Todos estos derechos abarcados con el apelativo de humanos, son

imprescriptibles e inalienables.

El tema de los Derechos Humanos está íntimamente unido a los de

ciudadanía y democracia. El núcleo teórico de la ciudadanía coincide con

el del individuo moderno y reivindicado por la modernidad. Se deja de ser

15

Page 16: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

súbdito, para pasar a ser ciudadano, es decir, sujeto portador y

destinatario de derechos y deberes. La modernidad empezó por debatir

cuáles son los derechos que caracterizan el estatus de ciudadano.

La ciudadanía es otorgada a los miembros de pleno derecho de una

comunidad. Por eso la ciudadanía describe los derechos y las

obligaciones asociadas con la pertenencia a una unidad social y es

particular, con la nacionalidad. En resumen, podemos decir que la

expresión ciudadanía es usada para indicar no solamente una adhesión a

la organización nacional, sino también al estatus que es definido en sus

contenidos por los derechos y deberes del ciudadano.

Los componentes o fases de la ciudadanía son:

a) El componente civil: se identifica con una serie de derechos

individuales.

b) El componente Político: tiene que ver con el derecho de

participación en el ejercicio del poder colectivo;

c) El componente social: postula el derecho a ciertos niveles:

educativo, salud, bienestar y seguridad.

Con la democracia los Derechos Humanos tienen mucho que ver, por

cuanto exigen la participación activa de los ciudadanos en los asuntos

políticos del Estado. La participación ciudadana en los asuntos públicos

es consustancial al régimen democrático y solo una democracia es

auspiciadora de derechos.

1.1 Antecedentes históricos de los Derechos Humanos.

16

Page 17: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Los Derechos Humanos surgen en la sociedad como una necesidad de

algunas personas que se sentían excluidas y marginadas al tener menos

privilegios que las personas que tenían poder o un puesto alto en la

sociedad. Un ejemplo muy claro de esto es el caso de la conquista y la

colonización de nuestro territorio por España, donde sus hombres llegaron

y esclavizaron a los indígenas, luego trajeron africanos, ya que los

consideraban animales por tener un color de piel diferente y porque eran

más fuertes. La solidaridad innata de la sociedad permitió que ésta se

diera cuenta que algo no estaba bien, lo cual hizo sentir que debería

haber ciertas declaraciones que expusieran una igualdad de condiciones

entre los seres humanos. Sin embargo, desde antes de toda la historia de

la conquista y la evangelización de los pueblos nativos del Nuevo Mundo,

la sociedad ya se había dado cuenta que todos teníamos unos derechos

innatos los cuales debían ser cumplidos, pero no había ningún mandato

que hiciera que los gobernantes de la época los cumplieran con sus

súbditos y demás personas de las clases menos favorecidas

económicamente, por esto se empezó a pensar en algún tipo de

documento en el cual se estipularan cuáles eran los derechos que se

debían cumplir sin excepción.

El primer documento conocido sobre Derechos Humanos es la Carta

Magna, escrita el 15 de junio de 1215, por el rey Juan en Londres. Este

documento surgió por el acoso de los problemas sociales y las graves

dificultades en la política exterior. La Carta Magna también se puede

considerar como el antecedente de las democracias modernas en las

cuales el poder del presidente o monarca se ve acotado por un consejo,

senado, congreso o asamblea.

Otros escritos sobre Derechos Humanos son:

17

Page 18: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

La Declaración del Buen Pueblo de Virginia (EE.UU), en el año

1776, el cual reconoce que todos los hombres son por naturaleza

igualmente libres e independientes y tienen derechos innatos, tales

como “el goce de la vida y la libertad y que la libertad de prensa es

uno de los grandes baluartes de la libertad y no puede ser

restringida jamás”5 .

La Declaratoria de Independencia de los Estados Unidos de

Norteamérica, hecha el 4 de Julio de 1776 que establece que los

gobiernos están hechos para garantizar a los hombres los derechos

inalienables.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en

Francia el 26 de Agosto de 1789, donde reconoce los siguientes de

derechos: libertad, derecho a la propiedad, derecho a la seguridad,

derecho de hacer todo aquello que no está prohibido por la ley,

derecho a la libre comunicación de pensamientos y de opiniones.

La Declaración de los Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado

en Rusia, la cual tiene como objetivo principal defender al hombre

cuando sus derechos están siendo violados y crear un

establecimiento de una organización socialista de la sociedad. 6

El último escrito sobre Derechos Humanos es la Declaración

Universal de los Derechos Humanos que fue establecida el 10 de

diciembre de 1948 que anexamos al final del trabajo.

Esta declaración debe ser cumplida por todos los Estados, quienes deben

hacer sus constituciones teniendo en cuenta todos y cada uno de ellos.

5 AYALA, Javier Alberto, Fuerzas Militares de Colombia. Curso básico a distancia, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, Colombia, pag.22.

6 Ibíd. Pag.2218

Page 19: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Por otra parte, Luis de Sebastián expone que: “en efecto el sistema de

derecho natural postula la existencia, previa del conocimiento, de una

naturaleza humana que se realiza repetitivamente en cada ser humano.”7

esta naturaleza humana es la que lleva consigo misma unos derechos a

la vida, a la libertad, al culto religioso, etc., y unas obligaciones tales como

respetar a los padres, adorar a Dios, no hacer daño a nadie, que aunque

son elementales, son la base para una sociedad de derecho bien

organizada.

A partir de esto, podemos decir que los Derechos Humanos surgen en

“(…) el contexto de sociedades divididas en clases en el continente

europeo.”8 En un principio los escritos sobre Derechos Humanos

aparecen para solucionar conflictos entre el pueblo y el Estado, como en

Inglaterra, después en Francia, Estados Unidos y, de ahí en adelante, el

resto de los países del mundo.

1.2 ¿Qué son los Derechos Humanos?

Los Derechos Humanos son valores fundamentales con los cuales

nacemos y permiten que así pertenezcamos a diferentes naciones y

tengamos garantía de la libertad, la igualdad y la justicia,

independientemente de nuestra condición cultural, política, económica o

social. Estos son estrictamente necesarios para respetar la vida y sus

diferentes manifestaciones.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, estos

están divididos en grupos según los derechos que se están protegiendo:

El primer grupo comprende los artículos 1 y 2, dice que “todos los seres

humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos”9, estos

derechos señalan que no debe haber ninguna discriminación por la raza, 7 SEBASTIAN, Luis de. De la esclavitud a los derechos humanos, Barcelona: Ariel, La ed. 2000, Pág. 12.

8 AYALA, Javier Alberto, Cartilla de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario para comandante. Imprenta militar, Santafé de Bogotá D.C, Colombia, Pág. 21

19

Page 20: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

color de piel, sexo, idioma, etc. El segundo grupo, contenido en los

artículos del 3 al 21, se señala los derechos civiles y políticos de todos los

seres humanos, por ejemplo el derecho a la vida, a la libertad, a contraer

matrimonio, a la nacionalidad etc. El tercer grupo comprende los artículos

del 22 al 27, éstos son los derechos económicos, sociales y culturales

como el derecho al trabajo, la seguridad social, la educación y el disfrutar

del tiempo libre. En el cuarto grupo se encuentran los artículos del 28 al

30: toda persona tiene derecho a tener un orden social e internacional, en

el cual sus derechos sean cumplidos, también dice que los ciudadanos

tienen deberes ante la comunidad.

Los Derechos Humanos poseen seis características fundamentales: Son

universales ya que todas las personas tienen sus derechos

independientemente de cualquier creencia o condición personal. Son

indispensables para poder vivir en condiciones dignas como ser humano.

Son inherentes porque nacemos con ellos. Son limitados ya que los

derechos terminan donde empiezan los derechos de los demás. Son

obligatorios porque si alguien los irrespeta debe ser juzgado. Son

integrales porque protegen absolutamente toda nuestra dignidad humana.

Los Derechos Humanos, tienen como objetivo realizar una serie de

funciones. Como dijimos anteriormente, estos fueron creados frente a la

necesidad de mejorar nuestra condición humana, por esta razón los

Derechos Humanos contribuyen al desarrollo integral de la persona, ya

que estos satisfacen necesidades físicas, espirituales y psicológicas,

también ayudan a que el ser humano se vuelva más autónomo, es decir

que tenemos derecho a una religión, a la libre opinión, a tomar nuestras

propias decisiones frente a la vida.

Otra de las funciones es poner ciertos límites cuando hay abusos por

parte del Estado, de las fuerzas militares y policiacas, así como la

injusticia que cometen los que están al servicio de las instituciones 9 Declaración Universal de los derechos humanos, 1948, articulo 1.

20

Page 21: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

públicas. Y por último, con el fin de facilitar una participación activa y

sobresaliente se busca crear canales y actividades donde las personas

interactúen.

1.3 Fundamentación filosófica de los Derechos Humanos.

“Son Derechos Humanos en sentido general, aquellos que se atribuyen a

todo hombre por el solo hecho de serlo.”10 Con esta frase nos damos

cuenta que tenemos derechos por el solo hecho de existir. Los Derechos

Humanos tienen como trasfondo una base fuerte, que es su

fundamentación filosófica, la cual se encuentra en la persona humana, por

el solo hecho de ser tal.

Existen varias posiciones acerca de cómo fundamentar teóricamente los

Derechos Humanos, desde las que hallan razones de su existencia como

las que no los aceptan, veamos algunos:

1. No existen los Derechos Humanos. Estos derechos son sólo

ficciones morales que tienen como objetivo formarnos con un criterio que

busca ser impersonal cuando se juzgan las acciones humanas, sin que

este objetivo se logre en las circunstancias de la vida. Esta postura

fundamenta su idea comparando el lenguaje moral de nuestra época con

el contenido en el lenguaje moral de la Grecia antigua.

En la época griega clásica se dice que la vida humana se desarrollaba

con base en unos fines establecidos, que se acompañaban con un

concepto funcional de hombre. Este aspecto le daba un soporte y una

explicación a las reglas morales de conducta, las cuales debían cumplirse

como una forma de alcanzar el télos11 propio del hombre. Una vez

definido racionalmente el fin, las normas morales encuentran su

10 ARIZA Enzo, Perfiles ético-políticos para una fundamentación filosófica de los Derechos Humanos. Pág.1

11 Télos: fin: la felicidad en Aristóteles.21

Page 22: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

fundamentación racional acordes con el fin de vida establecido. La

pregunta clave aquí es ésta: ¿Continúa esto siendo así en la modernidad?

De acuerdo con lo anterior, en la modernidad se puede decir que la

existencia de los Derechos Humanos no es válida ya que el concepto de

razón ha cambiado, y esa nueva razón es denominada la razón caída, la

cual es incapaz de comprender el verdadero fin del hombre, por lo tanto

cualquier proyecto relacionado con el mismo fracaso en su intento de

fundamentar normas de derecho. “al no poderse fundamentar

racionalmente la moral, no puede entonces desprenderse de ella ninguna

racionalidad de los Derechos Humanos”12

En conclusión, señala esta postura que la razón caída es subsanada por

un emotivismo irracionalista, lo cual lleva a juicios morales que son solo

expresión de preferencias, actitudes o sentimientos, los cuales no son

verdaderos ni falsos, por ser solo expresiones de sentimientos y actitudes.

2. Si existen los Derechos Humanos. Ellos se derivan de la naturaleza

humana o de la razón. Esta es la postura propia del iusnaturalismo, que

quiere decir que los derechos se fundan en la naturaleza del hombre,

osea, que por el hecho de ser hombre se tienen indubitablemente. No los

otorga legislador alguno, sino que se obtienen por el hecho de nacer

hombre. El iusnaturalismo dice que estos derechos son inmutables, es

decir, no pueden ser cambiados por nada.

Los críticos del iusnaturalismo, le preguntan a sus formuladores: ¿Cómo

establecer Derechos Humanos de carácter universal a hombres que viven

en las sociedades pluralistas ideológicamente, es decir, que por ser

plurales tienen distintas concepciones de hombre? Si aceptamos que

vivimos en sociedades plurales, como imponerles unos supuestos

Derechos Humanos que tengan validez para todas las sociedades,

cuando se pueden presentar incompatibilidades entre los derechos

12 Óp. Cit, Pág. 422

Page 23: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

universalmente concebidos en normas de contenido explicito y las

visiones plurales de hombres y de bien que coexisten en la sociedad

moderna.

Los críticos del iusnaturalismo dicen que es un error intentar presentar,

por ejemplo, como Derechos Humanos universales las exigencias

morales de libertad, igualdad y dignidad humana, como lago que deba ser

reconocido por las constituciones de las naciones con contextos socio-

históricos distintos, ya que, según estos críticos, la naturaleza no produce

derecho alguno.

3. Si existen los Derechos Humanos y se pueden identificar como

exigencias éticas, nacidas del concepto de dignidad humana. Podemos

decir que en realidad los Derechos Humanos no tienen más justificación o

fundamentación filosófica que la simple ética y moral humana. Por lo

tanto, cualquier daño que se haga a otra persona humana es considerado

algo reprochable. Kant expresa que “la persona moral es un fin en sí, más

que un simple medio; por lo que entonces resulta inmoral cualquier

conducta que pretenda desconocer este valor intrínseco de la dignidad,

presente de manera absoluta e indiscriminada en todo ser humano.”13

Esta teoría identifica a los Derechos Humanos con exigencias éticas que

emanan de la dignidad humana. Para sus críticos no ofrece una base

racional de fundamentación, pues, dicen, apela un concepto que solo se

supone, que es el de la dignidad humana, pero que no se lo explica. En

consecuencia preguntan: ¿Cómo y por qué los hombres tiene una

especial dignidad? Los defensores de esta teoría que fundamenta

racionalmente los Derechos Humanos en la dignidad debida al hombre,

dicen que todo ser humano debe ser reconocido y como un sujeto

autónomo y libre que, como tal, debe ser respetado en su integridad física

y moral, al igual que en sus proyectos de vida. Reconocen en la dignidad

13 ARIZA Enzo, Perfiles ético-políticos para una fundamentación filosófica de los Derechos Humanos. Pág. 5

23

Page 24: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

un valor intrínseco a cada persona, que es la que le genera a los hombres

derechos y le impone a los gobernantes y a las demás personas

asumirlos y respetarlos.

4. Si existen los Derechos Humanos y son establecidos a lo largo de

la historia por la voluntad del legislador. De esto podemos decir que esta

afirmación está errada, ya que los Derechos Humanos no los establece

una persona, sino que como hemos dicho anteriormente el ser humano

viene con sus derechos y ninguna persona puede decidir qué derechos

le corresponden a cada individuo. Esta posición de que los Derechos

Humanos los impone el legislador corresponde al positivismo jurídico, la

cual los hace depender de decisiones históricas y no los reconoce como

exigencias éticas antes de su reconocimiento jurídico.

5. Sí existen Los Derechos Humanos pero no son universales. Ésta

afirmación se puede explicar desde las posiciones contextualitas que

sostienen que la universalidad de los derechos esconde un etnocentrismo

occidental, es decir que están concentrados en la raza y la cultura

occidental (rezago cultural y económico de toda forma de imperialismo

político).

Por esta razón, ningún filósofo postmoderno, emotivista, comunitarista, o

pragmatista suscribiría jamás una declaración universal de los Derechos

Humanos. En otras palabras esta concepción explica que la existencia de

estos derechos encuentra su fundamentación no en la razón sino en

sentimientos como el amor, la comprensión, la solidaridad de una cultura.

Autores contemporáneos como Richard Rorty, por ejemplo, dicen que la

validez de los Derechos Humanos depende del consenso a que sobre

ellos lleguen las sociedades particularmente consideradas. Los derechos

acordados por cada sociedad solo son válidos en cada una de ellas.

6. Sí existen los derechos humanos pero como derechos políticos que

solo pueden ejercerse en comunidad con otros hombres. Esta postura se

24

Page 25: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

pregunta ¿a qué hombre es que se refieren esos derechos? Marx

entiende que tales derechos se refieren básicamente a un miembro que

pertenece a la sociedad burguesa. Este hombre se explica como un ser

que viene a ser el hombre por antonomasia, al cual se le conocen sus

derechos con el nombre de Derechos Humanos. Por consiguiente, los

Derechos Humanos que nos vienen de la Revolución Francesa están muy

lejos, dice Marx, de concebir al hombre como un ser genérico y lo que

hacen es hacer aparecer la sociedad como algo externo a los individuos,

limitándoles su independencia originaria. Por eso, para la teoría marxista,

la Revolución Francesa no liberó al hombre de la propiedad privada, sino

que le dio la libertad de propiedad. No lo liberó del egoísmo de la empresa

capitalista, sino que le dio la libertad de empresa. En la sociedad

capitalista solo algunos sectores sociales tiene realmente esta propiedad,

mientras que a otros les es negada. De allí que Marx haya dicho que en la

sociedad capitalista “ todo hombre encuentra en otros hombres no la

realización, sino , por el contrario, la limitación de su libertad, y que le

concepto de seguridad, otro de los derechos naturales imprescriptibles del

hombre, no haga que la sociedad burguesa se sobreponga a su egoísmo,

sino, por el contrario, al aseguramiento de ese egoísmo”14

Los derechos naturales perennes del hombre, desde su promulgación,

son para Marx los siguientes: la igualdad, la libertad, la seguridad y la

propiedad. ¿En qué consiste la libertad?, se pregunta Marx y responde,

según lo entendió la Revoluciona Francesa, es el poder propio del hombre

de hacer todo lo que no lesione los derechos del otro. El limite lo fija la

ley. Esta forma de entender la libertad, dice Marx, no se basa en la unión

del hombre con el hombre, sino, por el contrario, en la separación del

hombre con respecto al hombre. Esto es así para Marx porque en la

sociedad capitalista que nos viene de la Revolución Francesa, la

aplicación práctica del derecho humano de la libertad es el derecho

14 MARX, Karl, la cuestión judía, en la sagrada familia, editorial Grijalbo, Medico, 1967.25

Page 26: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

humano de la propiedad. Ahora bien ¿En qué consiste para Marx este

derecho? Consiste en el derecho de todo ciudadano a gozar y disponer a

su antojo, de sus bienes, de sus rentas, de los frutos de su trabajo y de su

industria. Esto quiere decir que el derecho humano de la propiedad

privada es, por tanto, el derecho de quien tiene realmente esa propiedad

en su poder para su disfrute.

La igualad es para Marx la idea de que todo hombre se considere por

igual como una mónada15 atenida así misma. La Constitución francesa de

1795, la definió como la aplicación de la misma ley a todos, tanto como

cuando protege como cuando castiga, pero no hace referencia a la

igualdad en la tenencia de las condiciones de existencia necesarias para

el desarrollo autónomo de los individuos. Por tanto, dice Marx, la igualdad

fue concebida allí en un sentido jurídico y no político.

La seguridad que pregona la sociedad capitalista es, para Marx, el

concepto que indica la confianza y la tranquilidad que exige para que

haya garantía a cada uno de sus miembros en la conservación de su

persona, de sus derechos y de su propiedad.

De lo anterior según Marx se puede concluir que:

“(… )Ninguno de los derechos humanos va mas allá de hombre

egoísta, del hombre como miembro de la sociedad burguesa, o sea,

del individuo replegado en si mismo, en su interés privado y en su

arbitrariedad privada, y disociado de la comunidad.”16

7. En nuestra actualidad hay una posición filosófica que pretende

superar el iusnaturalismo, la fundamentación ética de la concepción

de dignidad humana, el positivismo y el carácter clasista de los

Derechos Humanos. Esta posición la podemos encontrar en

15 Mónada: Cada una de las sustancias indivisibles, pero de naturaleza distinta, que componen el universo, según el sistema de Leibniz, filósofo y matemático alemán del siglo XVII.

16 Óp. Cit, Pág. 826

Page 27: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Habermas, y consiste en ver los Derechos Humanos desde dos

perspectivas, una en torno a su esfera ética y la otra desde el

positivismo jurídico en el cual se busca una fundamentación teórica

ayudada de la ética pero con un pluralismo ideológico que no quede

en la simple ética sustancial, sino en una ética procedimental, que

daría una vigencia trascendente e histórica. Esta posición pretende

“darle a los Derechos Humanos no solo validez histórica sino

legitimidad filosófica.”17 Es decir, la base racional de los Derechos

Humanos sería posible gracias a la lógica del discurso práctico y la

ética de la argumentación.

Como conclusión de lo anterior podemos decir que:

“Tenemos entonces que para la ética del discurso y la lógica de

argumentación, los Derechos Humanos son universales porque son

susceptibles de ser fundamentados exclusivamente desde el punto de

vista moral, lo cual no los despoja, dice Habermas, en absoluto de su

calidad jurídica, ni hace de ellos normas morales.”18

1.4 Los Derechos Humanos en la Constitución Política de

Colombia (1991).

“(…) el tema de los derechos, porque este constituye la vértebra de lo

dogmatico en toda constitución y porque es un resumen de la trayectoria

histórica del constitucionalismo como fundamento de la democracia y

como expresión de la ideología universal del liberalismo.”19 Lo que nos da

a entender esta reflexión, es que los Derechos Humanos son parte

fundamental en toda constitución, porque toda especie de estatuto ha

intentado proteger la calidad humana de los ciudadanos donde ésta se

está ejerciendo. Al pasar del tiempo, se vio la necesidad de establecer la

17 Ibíd.Pág.11

18 Ibíd.Pág.12

19 Constitución política de Colombia, Colombia, 1993, editorial panamericana, Pág. 45.27

Page 28: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

declaración Universal de los Derechos Humanos. En pocas palabras, sin

constitución no hay democracia y no habría posibilidad de ideas liberales.

La Constitución Política de 1991 en términos generales es conocida como

“La norma de normas”20, de la cual surgen o fluyen todas las leyes,

disposiciones y reglamentos. Es el complejo engranaje de principios

fundamentales básicos de una nación, principios que todos los habitantes

deben atacar y respetar para conseguir la armonía social y el bienestar

colectivo.

A partir de lo anterior es importante decir que un derecho fundamental es

aquella facultad básica y primordial que requiere una persona para el

desarrollo de su vida, entendida ésta como el pleno y libre desarrollo de

su personalidad.

En la constitución están consignados los siguientes derechos

fundamentales:

“Art 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

Art 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos

o penas crueles, inhumanas o degradantes.

Art 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la

misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos

derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por

razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión

política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la

igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas a favor de grupos

discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a

aquellas personas que por su condición económica, física, o mental, se

20 AYALA, Javier Alberto, Cartilla de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario para comandante. Imprenta militar, Santafé de Bogotá D.C, Colombia, Pág. 87.

28

Page 29: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta y sancionara los

abusos o maltratos que contra ellas se cometan.

Art 15. Todas las personas tienes derecho a su intimidad personal y

familiar y a su buen nombre, y el estado debe respetarlos y hacerlos

respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer actualizar y rectificar

las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos

y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección,

tratamiento y circulación de datos se respetaran la libertad y demás

garantías consignadas en la constitución. La correspondencia y demás

formas de comunicación privada son inviolables. Solo pueden ser

interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las

formalidades que establezca la ley. Para efectos tributarios o judiciales y

para los casos de inspección, vigilancia e intervención del estado podrá

exigirse la presentación de libros de contabilidad y de más documentos

privados, en los términos que señale la ley.”21

Los anteriores derechos fundamentales que establece la constitución,

contienen los Derechos Humanos universales los cuales están postulados

en la declaración de 1948.

También es importante mencionar el título II de la constitución política de

1991, el cual hace referencia a los derechos fundamentales, los derechos

sociales, económicos y culturales, los derechos colectivos y del ambiente

y la protección aplicación de los mismos. Según el profesor Hernando

Torres “los derechos fundamentales hacen relación a la vida, la paz, la

libertad y la igualdad ante la ley; reconocimiento de la personalidad

jurídica, la honra, la intimidad personal y familiar, el buen nombre, el libre

desarrollo de la personalidad, la libertad de conciencia, de cultos, de

circulación, de escogencia de profesión u oficio y de expresión, de

reunión, de asociación y de asilo.”22 Con lo anterior podemos ver que en la

constitución se hace mucho énfasis en los derechos fundamentales, ya 21 Constitución política de Colombia de 1991

29

Page 30: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

que éstos suplen las necesidades básicas tanto morales como físicas de

todos los ciudadanos.

Por otra parte luego de ésta, la nación empezó a enfrentar cinco

importantes retos para superar la crisis en el país, uno de estos retos es

“la vigencia efectiva de los Derechos Humanos”. Se considera a este reto

algo bastante importante, ya que el cumplimiento de los Derechos

Humanos es un prerrequisito para una buena conformación de una

nación. “Una democracia donde los Derechos Humanos no tengan

vigencia reales es sencillamente una comedia, que no puede

denominarse como tal, sin ruborizarse.”23

La Asamblea constituyente que elaboró la Constitución de 1991 tuvo una

composición bastante pluralista, con relación a otras del pasado, en

donde la política estuvo generalmente controlada por los partidos Liberal y

Conservador. Este carácter pluralista: Liberales, Conservadores, M-19,

otros grupos de guerrillas reinsertados e indígenas, permitió

negociaciones políticas al momento de aprobar los textos de la nueva

Constitución y, por ellos fue posible que se diera un NO rotundo a la

exclusión social, la intolerancia, las imitaciones a la participación política y

a las violaciones a los Derechos Humanos.

Los constituyentes creyeron encontrar el Estado social y democrático de

derecho, una fórmula política que enriquecida con los aportes del

multiculturalismo y del reconocimiento de la diversidad, permitiría poner

en marcha ese proyecto histórico de desarrollar una sociedad menos

arbitraria y más pluralista, participativa y justa.

La Constitución de 1991 ha significado en sus 17 años de existencia un

progreso importante en el reconocimiento y la protección judicial de los

Derechos Humanos, aunque todavía falta mucho para que podamos decir

22 Revista de la Facultad de Derecho Universidad Nacional, Politeia, Numero 16, 1995 Pág. 84

23 Ibíd. Pág. 8530

Page 31: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

que en Colombia se ha aclimatado una cultura altamente respetuosa a los

Derechos Humanos. La guerrilla, los paramilitares, el narcotráfico y el

mismo Estado son violadores de estos derechos, como lo registran a

diario los medios de comunicación. Sin embargo, ahí están protegidos

teóricamente en nuestra constitución del año 91.

Muchas de las promesas de la nueva Constitución han sido incumplidas:

el conflicto armado persiste; la violencia homicida, si bien ha tendido a

disminuir levemente, se mantiene todavía en niveles intolerantes. Las

violaciones a los Derechos Humanos persisten al punto que varias

organizaciones e instancias internacionales de Derechos Humanos

califican la situación colombiana como una de las más graves del mundo.

La impunidad frente al conjunto de los delitos no ha disminuido

significativamente, a pesar de las reformas a la justicia y el aumento del

gasto público en esta materia. Los indicadores de pobreza también son

alarmantes. En lo que respecta a nuestro interés, tenemos que decir que

la evolución en materia de Derechos Humanos, la aplicación de la

Constitución de 1991 presenta resultados ambiguos y en gran medida

desalentadores frente a la intención de los constituyentes de poner en

marcha en Colombia un Estado social de derecho pluralista, democrático

y respetuoso de los Derechos Humanos.

Sin embargo, la Constitución de 1991 implicó un avance jurídico muy

importante en materia de Derechos Humanos, al menos por estas

razones:

a. La carta de Derechos Humanos de esta Constitución es mucho

más amplia y generosa que aquella de la Constitución de 1886.

b. La constitución de 1991 ha permitido una incorporación del D.I.H. y

de los Derechos Humanos en la práctica jurídica.

31

Page 32: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

c. La nueva Constitución no se limitó a incorporar formalmente

derechos, sino que diseñó también valiosas acciones judiciales

para su protección efectiva, tales como la tutela o las acciones

populares.

d. La constitución del 91, en la práctica jurídica ha otorgado a los

ciudadanos mecanismos libres para que encuentren respuestas

positivas ante los jueces, y en especial ante la corte constitucional,

en sus demandas de amparo y protección a sus derechos.

Indudablemente hay un progreso jurídico entre la constitución de 1886 y

la de 1991: antes de la Constitución de 1991, las normas de Derechos

Humanos prácticamente no tenían ninguna aplicación judicial en nuestro

país con contadas, notables excepciones. Los jueces colombianos no

conocían ni aplicaban esas disposiciones, como lo mostró una

investigación empírica de un grupo de jueces y de la comisión andina de

juristas, en su estudio espacios internacionales para la justicia

colombiana, Bogotá, comisión andina de juristas, seccional colombiana,

1990, pág. 110. En cambio, al amparo de la constitución de 1991, la

justicia constitucional ha sido vigorosa en la protección de los Derechos

Humanos, de las personas y de las minorías, así como en el control a los

abusos de las autoridades y de los sectores poderosos de la economía y

la política. Esto ha llevado a la Corte Constitucional, por ejemplo, a tomar

importantes decisiones incluso en términos internacionales, tales como la

despenalización del consumo de drogas y la eutanasia, la restricción al

uso de los estados de excepción por el presidente de la república y las

modificaciones a los planes gubernamentales de salud.

La corte también ha protegido los derechos de los estudiantes contra las

autoridades educativas, ha tratado de mejorara las condiciones de las

cárceles y ha protegido a grupos sociales cuyos reclamos ante los jueces

no solían tener éxito, como los sindicalistas, los indígenas, las mujeres,

32

Page 33: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

las minorías religiosas, los homosexuales, los vendedores ambulantes,

los enfermos de SIDA o los deudores del sistema financiero.

Sin embargo, lo cierto es que esos avances jurídicos en el reconocimiento

y aplicación judicial de los Derechos Humanos no han tenido una

incidencia significativa en el goce efectivo y práctico de estos derechos

por los colombianos. Es innegable que Colombia vive una verdadera

calamidad humanitaria, como lo muestra la simple lectura de cualquier

informe de Derechos Humanos, la continuación de masacres y

ejecuciones extrajudiciales, y el ya vergonzoso incremento del

desplazamiento forzado en el país.

33

Page 34: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

2. SITUACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA

Generalidades:

Colombia infortunadamente sigue destacándose por ser un país violento,

ya que nosotros como los principales afectados, no buscamos las

posibles soluciones y nos dedicamos a criticar el porqué de toda esta

violencia, la cual trae consigo un incremento de asesinatos,

desapariciones, secuestros, extorsiones, desigualdad social, índices de

desempleo, menor crecimiento económico, injusta distribución del ingreso

y de las riquezas, y lo que es más preocupante, la violación de los

Derechos Humanos de una manera alarmante.

Como decíamos, anteriormente los Derechos Humanos que tenemos los

hombres por el sólo hecho de existir como tal, fueron estipulados para ser

cumplidos y respetados para nuestro propio bienestar, pero nos damos

cuenta que esos derechos definitivamente no están siendo cumplidos ni

respetados de ninguna forma. Tal vez se deba al contexto histórico en

que vivimos que es tan violento, o quizás se deba a la poca importancia

que nosotros, como principales portadores de esos derechos, le damos a

la situación.

En Colombia el conflicto armado es uno de los principales factores de la

violación de los Derechos Humanos, ya que éste tiene una larga historia y

una cierta autonomía en relación con los denominados “modelos del

socialismo real”. Las guerrillas siguen siendo las protagonistas del mismo, 34

Page 35: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

lo que nos muestra la evolución del conflicto político armado en los

últimos tiempos. El recurso a las estrategias paramilitares han hecho que

de cierta forma el Estado pierda el control de sus fuerzas y de los terribles

hechos que éstas ejecutan: asesinatos, aterrorizacion, masacres,

desplazamientos masivos de guerrilla, y a veces utilizan métodos

terroristas. En las zonas de conflicto el Estado no sólo ha ganado

legitimidad sino que la ha perdido.

Según el informe de Amnistía internacional sobre Colombia de 1994 es

clara la relación entre las violaciones a los Derechos Humanos y el

conflicto armado. Este documento relata lo siguiente:

(…) su índice de homicidios figura entre los más elevados del mundo. La violencia afecta a todos los sectores de la sociedad colombiana. La mayoría de muertes son consecuencia de delitos sociales y callejeros, pero la violencia por motivos políticos aumenta cada vez más. Las violaciones de Derechos Humanos por parte de agentes del Estado se han producido en el contexto de un conflicto civil entre las fuerzas armadas y numerosos grupos guerrilleros.

Los grupos guerrilleros activos en Colombia durante estos últimos años han contribuido a la espiral de violencia con su persistente desprecio por las normas mínimas estipuladas en el derecho internacional humanitario”24.

Adicionalmente, el actual contexto internacional de unipolaridad en lo

político militar y de multipolaridad en lo económico, sitúa el problema de

los Derechos Humanos, como algo prioritario en la agenda internacional.

Esto podría ser potenciado de tal manera que contribuyan a encontrar

mecanismos que lleven a lograr que la vigencia de los Derechos

Humanos sea cada vez menos ficción y cada vez más realidad.

2.1 Violación de los Derechos Humanos en Colombia.

En Colombia se ve día a día cómo los derechos humanos son violados

por diversas situaciones y personas. Este año, 2008, se celebra el

24Revista de la Facultad de Derecho Universidad Nacional, Politeia, Numero 16, 1995, Pág. 8535

Page 36: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

aniversario de los 60 años de La Declaración Universal de los Derechos

Humanos, por esta razón la organización protectora de éstos, “Amnistía

Internacional” presentó un informe del estado de los Derechos Humanos

en el mundo, en el cual está incluido Colombia. En este informe,

encontramos datos sobre las violaciones cometidas por parte de la

fuerzas de seguridad, los grupos paramilitares y grupos guerrilleros.

Fuerzas de Seguridad: en el 2007 fueron víctimas de falsos positivos, 280

personas aproximadamente, en estos casos no se hacían las respectivas

investigaciones para encontrar culpables. Este año también se han

presentado numerosos casos de personas que son desaparecidas y al

poco tiempo aparecen muertas y presentadas como guerrilleros fallecidos

en combate por parte del Ejército, esto ha causado un gran malestar tanto

en las Fuerzas Armadas como en la población civil ya que no es

concebible que una organización que está destinada a proteger los

ciudadanos, les viole el derecho a la vida.

Grupos paramilitares: el proceso de desmovilización en Colombia fue de

aproximadamente 31.000 combatientes de los cuales solo un 10% están

aptos para unirse al proceso de justicia y paz. Muchos de estos

paramilitares desmovilizados, conformaron pandillas urbanas y otros

grupos paramilitares como las “Águilas Negras” y la “Organización Nueva

Generación”, mas de 230 homicidios fueron atribuidos a paramilitares

tanto desmovilizados como en complicidad con las Fuerzas de Seguridad.

Algunos dirigentes paramilitares, decidieron dar a conocer información

sobre las personas que habían matado, pero la información dada sobre la

identidad de las víctimas y el paradero de los cadáveres, no fue suficiente

para llegar al sitio donde se encontraban; sin embargo, entre el 2006 y el

2007, se encontraron mas de 1.100 cuerpos en numerosos territorios.

Grupos guerrilleros: otros grupos que siguieron cometiendo abusos

contra los Derechos Humanos, son las FARC y el Ejército de Liberación

36

Page 37: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Nacional (ELN). Más de 210 homicidios de civiles se atribuyeron a estos

grupos, también varias tomas de rehenes en el periodo de 12 meses

finalizado en Junio de 2007.

En este informe también encontramos datos sobre impunidad, violación

contra las mujeres, secuestros y tomas de rehenes y nos muestra el

peligro que enfrentan los civiles en nuestro país:

Impunidad: este problema en Colombia es bastante serio ya que la

mayoría de casos que quedan impunes son los de violación contra

Derechos Humanos.

En noviembre un capitán del ejército fue detenido por participar en la

matanza de ocho personas en la comunidad de Paz en San José de

Apartadó, departamento de Antioquia, en febrero de 2005. La Fiscalía

General de la Nación aseguró que estos homicidios habían sido

cometidos por el Ejército en complicidad con grupos paramilitares. Desde

1997, habían muerto de forma violenta más de 160 miembros de la

comunidad de Paz. Por otra parte la Fiscalía General de la Nación, abrió

de nuevo las investigaciones sobre 294 homicidios de miembros de la

Unión Patriótica que ocurrieron en el año de 1985, los presuntos

implicados son grupos paramilitares y las fuerzas de seguridad.

Otro caso importante de impunidad es la toma al Palacio de Justicia en

1985, en donde se presentó la desaparición de 11 personas. Recientes

investigaciones indican que uno de los implicados en las desapariciones

fue el Coronel Alfonso Plazas Vega, quien fue detenido recientemente. En

estos casos, podemos ver cómo el Estado esperó mucho tiempo para

solucionar estos serios donde es notable la violación de los Derechos

Humanos. Aunque el verdadero responsable de esta serie de muertes fue

la organización política militar autodenominada movimiento 19 de Abril,

M–19, porque practicó una cruenta toma del Palacio de Justicia.

37

Page 38: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Violación contra las mujeres: los abusos sexuales siguieron sometiendo a

mujeres y niñas en una forma más de violencia. Los índices de

reclutamiento de mujeres y niñas para realizar trabajos sexuales han

aumentado y son cometidos por paramilitares y bandas criminales, un

ejemplo claro de esto es que en Putumayo asesinaron aproximadamente

5 de estas mujeres.

Secuestros y tomas de rehenes: las FARC aseguraron que la muerte de

los 12 diputados de la Asamblea Departamental del Valle del Cauca se

había dado por los combates con un grupo armado no identificado, cosa

que las autoridades dudan. Por otro lado, la puesta en libertad del

representante diplomático de las FARC, Rodrigo Granda, permitió que la

comunidad internacional interfiriera más en las conversaciones sobre el

intercambio de presos de las FARC por rehenes en manos del grupo

guerrillero. Aunque siguieron reduciéndose las cifras de secuestrados,

éstas seguían siendo muy elevadas. Los grupos guerrilleros ELN y FARC,

fueron responsables del secuestro de aproximadamente 150 personas de

las cuales la mayoría estaban relacionadas con el conflicto, y otro número

de secuestros fueron atribuidos a bandas criminales; aproximadamente

125 secuestros. No se ha encontrado ningún responsable fijo.

Civiles en peligro: la población civil sigue siendo la más afectada por el

conflicto, especialmente las personas pertenecientes a comunidades

indígenas, afro-descendientes y campesinos. En el período de un año

concluido en junio de 2007, al menos 1340 civiles murieron de forma

violenta o fueron víctimas de desaparición forzada. Los índices de

desplazamiento son de más de 305.000 desplazados en 2007.

Afortunadamente y gracias a las acciones que han tomado las fuerzas de

seguridad, el índice de desplazamiento ha bajado, ya que en 1985 la cifra

era entre tres y cuatro millones de desplazados. UNICEF calculó que en

Colombia había aproximadamente 7.000 niños y niñas reclutados por la

38

Page 39: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

guerrilla y los paramilitares. Hoy en día tenemos más de tres millones de

desplazados.

En contraste con lo anterior vemos que en el año 1999 ocurrieron 160

homicidios de los cuales 119 fueron cometidos por las FARC, 22 por el

ELN, 1 por el ERP y 18 por las AUC en los departamentos de

Cundinamarca, Boyacá y Tolima. También ocurrieron 97 secuestros de

los cuales 50 fueron cometidos por las FARC, 9 por el ELN, 2 por el ERP,

1 por el ELP, 2 por las AUC y 33 secuestros más por otros grupos. Por

último el terrorismo estuvo presente con una cifra de 16 actos cometidos

por las FARC y 1 acto por el ELN.

En el año 2000 se cometieron alrededor de 152 homicidios de los cuales

134 fueron atribuidos a las FARC, 9 al ELN y 9 a las Autodefensas Unidas

de Colombia (AUC) en los mismos departamentos. También fueron

cometidos 327 secuestros de los cuales 187 pertenecen a las FARC, 23

al ELN, 13 al ERP, 4 a las AUC y 100 a otros grupos guerrilleros no

identificados. Por el lado del terrorismo, las FARC fueron responsables de

35 actos terroristas y el ELN de 15 actos.

A continuación se presentará un breve resumen sobre la violación a los

Derechos Humanos cometidos por parte de grupos paramilitares:

La cesación de ataques contra la población civil por parte de grupos

armados ilegales, es un requisito indispensable para que se pueda afirmar

que en Colombia se está dando el paso hacia la paz y la democracia.

Pero la verdadera realidad es ésta: en el país, comunidades enteras

siguen viviendo bajo la permanente presión paramilitar; millones de

personas soportan diariamente los hostigamientos por parte de estos

grupos, son amenazadas, asesinadas, desaparecidas, torturadas,

sometidas a violencia sexual, reclutamiento forzado y a otras violaciones

a sus Derechos Humanos, sin que el Estado tome las medidas adecuadas

39

Page 40: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

para impedirlo. Estas mismas acciones las comente la guerrilla, el

narcotráfico y la delincuencia común.

No obstante la ley 975 de 2005 de “justicia y paz”, mediante la cual se

desmovilizaran los principales capos del paramilitarismo, el Gobierno

Nacional no ha exigido a estos grupos la cesación a las violaciones a los

Derechos Humanos de la población ni ha controlado los abusos de sus

propios agentes. Se sabe que con la entrega y posterior extradición de los

principales jefes del paramilitarismo, no se ha acabado del todo este

movimiento armado. Otros hombres han asumido su jefatura y como no

entregaron todo el armamento, han podido restaurar el aparato militar del

paramilitarismo. Estos nuevos grupos, algunos los llaman paramilitares de

nueva generación, pero al parecer son la revitalización de los antiguos

bajo modalidades de mayor crudeza y criminalidad.

Nos concentraremos solamente en el comportamiento de estos grupos en

relación con el derecho a la vida. Dejar de cometer asesinatos y

desapariciones es, por supuesto, requisito para acceder a los beneficios

otorgados por la ley 975 de 2005.

El derecho a la vida: entre julio de 2002 y junio de 2007 la comisión

colombiana de juristas ha registrado que los paramilitares han asesinado

o desaparecido forzadamente por fuerza de combate a 834 personas

cada año, en promedio. Es decir, dichos grupos en este periodo han

cometido por lo menos 4.174 violaciones al derecho a la vida. En el

mismo periodo, según la misma fuente, por lo menos 344 han recibido

tratos crueles, inhumanos o degradantes, o han sido víctimas de torturas,

y, por lo menos 4.426 personas han sido víctimas de amenazas

cometidas por grupos paramilitares.

No obstante, se observa una reducción en los registros de violaciones al

derecho a la vida cometidas por grupos paramilitares. En el periodo

comprendido entre julio de 2002 y julio de 2003 se registraron 1.600

40

Page 41: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

violaciones al derecho a la vida; mientras que en el periodo comprendido

entre julio de 2006 y junio de 2007, se registraron 233 violaciones. La

reducción se dio en relación a masacres o asesinatos colectivos, que

pasaron de 456 en el año 2002 a cinco registros en el año 2006 – 2007.

Esta es una situación que debe valorarse de manera positiva, sin

exagerar por ello sus alcances, pues no hay garantías de que no se

regrese a la práctica generalizada de masacres.

En cuanto a los registros de homicidios y de desapariciones forzadas por

fuerza de combate, cometidas en forma selectiva, también disminuyeron,

pero es una proporción menor que la de las masacres. En el año 2002 –

2003, se registraron 1.144 víctimas de violaciones de esta naturaleza, en

tanto que en el periodo 2006 – 2007, se registraron 233 víctimas.

Mientras el paramilitarismo no sea efectivamente desmantelado, al igual

que la guerrilla, seguirán siendo asesinados numerosas personas por

estos grupos y la cantidad de víctimas puede volver a aumentar. Por otra

parte según la misma fuente consultada de la Comisión Colombiana de

Juristas, mientras se registra esta reducción se ha registrado un aumento

casi del doble de muertes y desapariciones causadas en forma directa por

agentes estatales por fuerza de combate. En efecto, en el año 2002 –

2003, se registraron 187 víctimas de violaciones al derecho a la vida

atribuidas directamente a agentes estatales, mientras que en el año 2006

– 2007, se registraron 287 víctimas. Estas cifras tienden a incrementar en

el 2008, con el descubrimiento de desapariciones forzadas y muerte de

más personas, especialmente de jóvenes, por parte de fuerzas del Estado

que los presentaban al gobierno como resultados positivos en contra de

los grupos insurgentes. La situación ha resultado tan vergonzosa para el

gobierno a nivel nacional e internacional, que éste se vio obligado a

destituir a un grueso número de oficiales del Ejército y la Policía,

incluyendo al comandante del Ejército, General Montoya, a quien le

aceptaron su renuncia forzada, y a tener que abrir oficinas de reclamos

41

Page 42: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

sobre violaciones a los Derechos Humanos en todas las comandancias y

cuarteles de la fuerza pública, pues ya se sabe de mas casos de

resultados positivos, que son falsos, lo que aumentaría las estadísticas de

violaciones al derecho a la vida por parte del Estado.

Hay que tener en cuenta además que, adicionalmente, sigue habiendo

numerosas muertes y desapariciones forzadas por razones sociopolíticas,

por fuera de combate, cuyos presuntos autores genéricos se desconocen.

La fuente utilizada para este resumen es la Comisión Colombiana de

Juristas, en su libro, Colombia: El espejismo de la justicia y la paz,

balance sobre la aplicación de la ley 975 de 2005, Bogotá 2008.

2.2 Posición del Estado Frente a los Derechos Humanos.

“El concepto de Derechos Humanos por consiguiente no excluye a los

particulares de la posibilidad de ser responsables de la violación de

derechos, sino que por el contrario incluye al Estado dentro de dicha

responsabilidad, que por mucho tiempo estuvo negada. Al hacerlo,

descubrió que el Estado, a diferencia de los particulares, debe ser

doblemente responsable: como eventual violador directo de derechos y

como garante que evite o haga reparar la violación de tales derechos.”25

Con la anterior cita vemos cómo el Estado tiene una gran responsabilidad

en cuanto al respeto y la vigencia de los Derechos Humanos cosa que no

cumple a cabalidad. El hecho de que otras organizaciones al margen de

la ley no lo hagan, no significa que el Estado no los esté aplicando y

respetando. Por más perfecto que pueda llegar a ser un país, en ninguno

es inevitable que haya impunidad o incumplimiento de tales derechos.

Esto lo podemos ver en el informe de “Amnistía Internacional” del 2008

donde nos muestra que en todos los países hay violación de Derechos

25 A Humanizar. Publicado en Análisis Político, Numero 23, Septiembre a Diciembre de 1994, Revista del Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional, Pág. 80

42

Page 43: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Humanos, ya sea por el Estado, las fuerzas internacionales o grupos al

margen de la ley.

En los países donde el Estado interviene de una forma plena en cuanto a

materia de Derechos Humanos logra el cumplimiento de los más básicos.

Pero nos damos cuenta que éste no es el caso de Colombia, donde el

Estado y nosotros como ciudadanos evidenciamos un conflicto armado

que constantemente realiza amenazas y múltiples violaciones contra los

Derechos Humanos, esto es algo que se le sale de las manos al Estado

colombiano.

Vemos también que la situación política y económica del país impide que

el Estado se muestre fortalecido, ya que no hay mucha confianza por

parte de la ciudadanía porque no hay un respaldo económico suficiente

para subsanar las necesidades de todos y cada uno de los habitantes.

Cuando hablamos de necesidades nos referimos a educación,

alimentación, salud, seguridad aunque en los últimos años ésta ha

mejorado. También se han presentado numerosos errores cometidos por

parte de entidades del Estado que son reprochados por todos y se pierde

la confianza hacia el Estado y sus fuerzas regulares.

2.3 Razones de la violación de Derechos Humanos en Colombia.

Las violaciones de Derechos Humanos en Colombia son muy diversas y

no podemos atribuirle todo al Estado, aunque éste debería hacer más

cosas frente a ciertas violaciones.

Respecto al derecho de la vida, la libertad y la seguridad no se cumple ya

que por las diversas posiciones y opiniones políticas, se han conformado

grupos que tratan de defender sus ideales de una forma incorrecta,

aplicando la violencia.

Frente al derecho que dice que ningún ser humano estará sometido a

torturas, penas, tratos crueles, vemos cómo la guerrilla viola notablemente

43

Page 44: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

este derecho ya que por diversos motivos, secuestra personas y las

somete a torturas y demás tratos denigrantes. Igual, los paramilitares y

algunos miembros del Estado.

En cuanto a la no intervención en la vida privada y ataques a la

reputación, que hace parte del artículo 12 de la Declaración Universal de

los Derechos Humanos, los principales responsables de la violación de

este derecho son los medios de comunicación y representantes del

Estado, ya que éstos muchas veces intervienen en la vida privada de

ciertas personas para que su reputación se vea agraviada. Hay muy

pocas acciones para este derecho, pero no siempre se aplican con la

entereza debida.

El derecho a la libertad de opinión y de expresión, se ve violado en

nuestro diario vivir. El ejemplo más claro es en un salón de clase donde

muchas veces los estudiantes se burlan de las opiniones de algún

compañero. Los casos más graves se ven en las desapariciones de

personas que tienen una opinión política bastante fuerte por ser de

oposición frente al Estado.

Muchas de estas violaciones son tomadas como faltas graves a los

Derechos Humanos y a la integridad de una persona, y aunque se ven

como faltas de respeto, no se toman las medidas necesarias para castigar

y reprender a los culpables.

Por otra parte, mirando al ser humano en su esencia, podemos decir que

es un ser pasional26, y al dejarse llevar por sus pasiones es una persona

intolerante, no respeta, quiere que todo sea a su manera y que cualquier

decisión que tome no tiene reversa. Por esto podemos decir que hay

hombres que piensan y actúan sin hacer uso de la razón, y este tipo de

cosas son las que impiden que a la hora de respetar y de seguir una serie

26 Cfr. Thomas Hobbes: Leviatán, sobre los dos postulados de la naturaleza humana: el apetito natural en la que se encierran las pasiones y los acciones son consecuencia de ellas; y la razón.

44

Page 45: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

de reglas que ya están estipuladas, se guíen por su instinto pasional. Así

mismo hay seres humanos que a pesar de tener pasiones no se dejan

llevar por ellas, sino que actúan racionalmente, aunque lastimosamente

son muy pocas.

Todo lo anterior no es justificación para violar los Derechos Humanos que

a cada persona le corresponden, pero lastimosamente las personas no

son conscientes de esto y simplemente lo hacen sin pensar en las

consecuencias negativas que pueden causar en la sociedad civil.

45

Page 46: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

3. DEMOCRACIA, CIUDADANIA Y DERECHOS HUMANOS

Generalidades:

Para poder llegar a obtener un respeto y una vigencia de los Derechos

Humanos es importante mencionar dos conceptos importantes que hacen

parte de una nación y como a través de ellos lograr un buen cumplimiento

de éstos. Estos conceptos son: ciudadanía y democracia.

La ciudadanía es la que permite que las personas tengan acceso a ciertos

derechos políticos y económicos reconocidos por la ciudad a la cual

pertenecen. Ellos son necesarios que se conserven para poder vivir en

comunidad.

También se entiende el término como un concepto jurídico desde sus

orígenes, el cual tuvo auge hoy en día basándose en el ensayo de T.H

Marshall, ciudadanía y clase social en donde la noción de ciudadanía es

retomada y en cierta forma replanteada.

A esta idea se vinculan los desarrollos recientes sobre la teoría de

democracia y sus debidos procesos de democratización y la reflexión

sobre el tema de los derechos sociales. Aunque en los últimos tiempos

esta idea de ciudadanía fue redescubierta y retomada por la relación que

ésta tenía con los problemas de pertenencia y las identidades colectivas,

las cuales, estaban acompañadas por una serie de conflictos étnicos y

choques entre diferentes culturas.

46

Page 47: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Según Marshall la ciudadanía tiene tres componentes, los cuales son

elementos esenciales. Estos tres componentes son el civil, el cual se

identifica con una serie de derechos individuales; el político que tiene que

ver con el ejercicio del poder en la política como ya todos conocemos y el

social, el cual postula el derecho a un nivel de educación, bienestar y

seguridad.27

En pocas palabras, podemos decir que la ciudadanía incluye todo lo

relacionado con los derechos civiles, políticos y sociales los cuales se

determinan por medio de la reflexión.

Por otro lado, es importante explicar que la democracia es una forma de

organización de grupos personales, las cuales buscan un mismo fin y por

ende están de acuerdo en la mayoría de decisiones colectivas con los

miembros pertenecientes a un grupo social.

En una democracia hay participación del pueblo en las decisiones que se

toman, en una democracia bien estructurada el gobierno es elegido por el

mismo pueblo y éste hace parte de las decisiones en grupo.

Con lo anterior nos damos cuenta que mantener una democracia y

ciudadanía sana, es más fácil hacer un proceso de culturización en

cuanto a los Derechos Humanos y así mismo respetar las formulas

políticas que se estipulen para el cumplimiento de los mismos.

3.1 Hacia una cultura ciudadana de los Derechos Humanos.

Claramente en Colombia no hay una cultura en materia de Derechos

Humanos ya que muchos de los ciudadanos no saben qué son los

Derechos Humanos, cuáles son estos derechos y por qué hay que

cumplirlos. En Colombia es importante implementar una campaña de

27 BOVERO, Michelangelo. Una gramática de la democracia. Madrid: editorial Trotta. 2002. Pág.118.

47

Page 48: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

educación, la cual tendría como propósito crear una conciencia ciudadana

en pro del respeto de los Derechos Humanos.

Para que los Derechos Humanos en Colombia se cumplan, se debe

empezar por cada familia colombiana ya que la familia es la base de toda

sociedad. La violencia intrafamiliar debe ser abolida por completo y la

educación que los papás les dan a los hijos debe ser con base en el

respeto de los Derechos Humanos, así mismo los padres también deben

tener esta conciencia en la que respeten los Derechos Humanos.

Al haber generado cierta conciencia en los Colombianos es más fácil el

desarrollo de una sociedad sin violencia en la cual puede que la violación

a los Derechos Humanos no se acabe pero por lo menos bajaría

notablemente y las mismas personas se encargarían de denunciar hechos

atroces contra la dignidad humana.

3.2 Fórmulas políticas para el respeto de los Derechos Humanos.

Una fórmula política que ya está siendo implementada y que se

ve bastante prometedora es la conformación de la jefatura de

Derechos Humanos en el Ejercito, la Policía, la Fuerza Aérea y

la Armada en la cual se pueden presentar denuncias de

violaciones a los derechos por parte de funcionarios activos de

las Fuerzas Armadas hacia los civiles; cada ocho días se

presentará un informe sobre las denuncias puestas y se discutirá

sobre esto con el presidente y los demás funcionarios del

Estado, esto será trasmitida por televisión para que todos los

colombianos sean testigos de que está pasando en el país.

Es una lástima que esta medida se haya adoptado por el

gobierno nacional cuando ya las violaciones a los Derechos

Humanos por parte de algunos agentes del Estado tocaran

fondo. Pero bueno, saludamos que por fin se haya aceptado que

48

Page 49: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

tales violaciones venían sucediendo. Nuevamente, la evidencia

de los hechos parece estar haciendo conciencia en el Estado de

que algo grave venía sucediendo en materia de Derechos

Humanos con algunos de sus funcionarios.

Los informes anteriormente mencionados deben ser mandados

a las organizaciones en pro de los Derechos Humanos, como la

ONU, la OEA y otras organizaciones no gubernamentales, para

que sean estudiados y puedan dar consejos sobre cómo

solucionar éstos problemas, esto también ayudaría a tener

informes concretos sobre violaciones por parte de

organizaciones del Estado que son altamente criticadas en los

últimos años.

Fortalecer el Estado, hacer que los niveles de impunidad bajen

notablemente castigando severamente a los integrantes del

Estado que cometan actos en contra de los Derechos Humanos

para dar ejemplo de que el Estado está altamente cuidadoso con

los Derechos Humanos, así mismo judicializar a cada persona

de una forma severa y más aun cuando se presente violación de

Derechos Humanos.

Hacer numerosas campañas de concientización en todo el

territorio nacional para que el respeto de los Derechos Humanos

empiece en casa. Empezar desde los jardines infantiles hasta

las mismas universidades y proseguir con la campaña por

prensa y radio, para generar una cultura de respeto a los

Derechos Humanos.

49

Page 50: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

4. CONCLUSIONES

La violación de los derechos humanos por parte de organizaciones

privadas no justifica al Estado, sino que por el contrario lo hace

incurrir en incumplimiento de su obligación de garantizar la vida,

honra, bienes y demás derechos de las personas.

El Estado y la sociedad civil colombiana respeta y protege los

Derechos Humanos y tiene leyes establecidas para el cumplimiento

de todos y cada uno de ellos.

La violación de algunos Derechos Humanos perpetrados por

grupos al margen de la ley, se les sale de las manos al Estado. Sin

embargo, éste debe buscar estrategias para que estos derechos no

se vean violados.

En Colombia los Derechos Humanos se están aplicando pero ésta

aplicación no asegura el debido cumplimiento de ellos.

Los Derechos Humanos más violados están relacionados con el

conflicto armado colombiano.

Tener clara la fundamentación filosófica es una ayuda para

respetar los Derechos Humanos y así mismo cumplirlos.

50

Page 51: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Anexo: Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948.

“El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones

Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos

Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este

acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que

publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido,

expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de

enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o

de los territorios.” A continuación transcribiremos el texto completo de la

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por

base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales

e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos

humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia

de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más

elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres

humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de

palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un

régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al

supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

51

Page 52: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones

amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en

la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y

el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y

mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a

elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a

asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el

respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del

hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades

es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho

compromiso;

La Asamblea General

Proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el

que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los

individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella,

promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos

derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter

nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y

efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los

de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

52

Page 53: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos

y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse

fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en

esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma,

religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o

social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política,

jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa

una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un

territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a

cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su

persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la

trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o

degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su

personalidad jurídica.

53

Page 54: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual

protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda

discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a

tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales

nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus

derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída

públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para

la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de

cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su

inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en

juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías

necesarias para su defensa.

54

Page 55: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de

cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional.

Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de

la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia,

su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su

reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra

tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su

residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del

propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a

disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial

realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los

propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

55

Page 56: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a

cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho,

sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a

casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto

al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del

matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos

podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene

derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y

de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de

creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia,

individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la

enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

56

Page 57: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este

derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de

investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin

limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación

pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país,

directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad,

a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público;

esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de

celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto

secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del

voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la

seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la

cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los

recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos,

sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de

su personalidad.

57

Page 58: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo,

a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección

contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario

por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa

y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia

conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso

necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la

defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a

una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones

periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le

asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la

alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios

sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de

desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida

58

Page 59: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su

voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia

especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de

matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser

gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y

fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción

técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios

superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad

humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las

libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la

amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y

promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el

mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación

que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural

de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso

científico y en los beneficios que de él resulten.

59

Page 60: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y

materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas,

literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e

internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta

Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo

en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda

persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley

con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los

derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias

de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad

democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos

en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que

confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para

emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la

60

Page 61: fundamentacion filosofica de los derechos humanos

supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta

Declaración.”28

BIBLIOGRAFÍA

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