Retencion en la fuente
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RETENCION EN LA FUENTE
ELVIA ANDREA COCUY FERNANDEZ
FUNDACION UNIVERSITARIA SAN MATEOFACULTAD ADMINISTRATIVA
PRINCIPIOS DE CONTABILIDADBOGOTA
2013-11-15
RETENCION EN LA FUENTE
ELVIA ANDREA COCUY FERNANDEZ
DOCENTE:
HASBLEIDY BARON
FUNDACION UNIVERSITARIA SAN MATEOFACULTAD ADMINISTRATIVA
PRINCIPIOS DE CONTABILIDADBOGOTA
2013-11-15
RETENCION EN LA FUENTE
DEFINICION:
La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de recado anticipado de un impuesto.
La retención en la fuente, lo que hace es recaudar un impuesto en el momento en que ocurre el hecho generador del mismo.
La retención en la fuente, es pues una forma de recaudar un impuesto lo más pronto posible, sin tener que esperar a que transcurra el periodo del impuesto.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos, que consiste en restar de los pagos o abonos en cuenta un
porcentaje determinado por la ley, a cargo de los beneficiarios de dichos pagos o abonos en cuenta.
HECHO GENERADOR:
Surge originalmente como un mecanismo de recaudo del Impuesto sobre la Renta para inversionistas extranjeros sin domicilio en el país, por concepto de dividendos. El D.1651/61 autorizó al Gobierno para “establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios, las cuales serán tenidas como buena cuenta o anticipos.
OBJETIVOS DE LA RETEFUENTE Acelera y asegura el recaudo de los impuestos. Da liquidez al estado, consiguiendo que el impuesto en lo posible, sea
recaudado en el mismo ejercicio gravable en el cual se cause. Mecanismo de Control y Cruce de información. Previene la Evasión. Da presencia del estado en muchos lugares.
ELEMENTOS DE LA RETENCIÓN Sujeto activo: Es el estado. Existe un sujeto que representa al estado
que es el AGENTE RETENEDOR. Sujeto pasivo: Persona sobre quien se realiza la retención. Hecho generador: Pago o abono en cuenta.
Base: Valor de la transacción, sin tener en cuenta IVA, descuentos no condicionados, tributos en general, etc.
Tarifa: Porcentuales.Cada concepto tiene una tarifa a aplicar.
OBLIGACIONES DEL AGENTE RETENEDOR Efectuar la retención. Presentar la Declaración de Retefuente mensualmente dentro de los
plazos fijados por la ley. Consignar oportunamente la retención. Expedir certificados:
o Por concepto de salarios.o Por otros conceptos.
SUJETOS PASIVOS Contribuyentes del régimen general:
o Impuesto de Rentao Impuesto de Ganancias Ocasionaleso Impuesto de Remesas
Contribuyentes del régimen especial: o Rendimientos Financieros
Autorretenedores: No son sujetos pasivos. o No contribuyenteso Régimen tributario especialo Entidades exentas
COMO SE CONTABILIZA
Quien practica la retención, deberá contabilizar como pasivo el valor retenido, puesto que ha dejado de pagar un valor a su proveedor, el valor que ha retenido, así que tiene una deuda. Claro que esta deuda no es con el
proveedor, sino con la DIAN, puesto que el IVA no es de quien vende el producto gravado, sino del estado. El vendedor sólo cobra le cobra el IVA al
estado.
El retenido, debe contabilizar el valor retenido como un activo, puesto que al ser objeto de retención, al no pagársele todo el valor de la factura, está adquiriendo un derecho consistente en la posibilidad de cruzar el valor retenido con el valor adeudado por IVA. Luego al final del periodo, el retenido dirá a la DIAN en su declaración de IVA que le cobró $1.000.000 en IVA, por dar un ejemplo, pero que pago anticipadamente [cuando le retuvieron] la suma de $500.000, por lo tanto, su deuda real será con la DIAN por concepto de IVA será de $500.000.
EJEMPLO
Supongamos una compra de mercancías por 1.000.000 mas IBA
Tendremos
Compra 1.000.000
IVA 160.000
Retención por renta 35.000
Retención por IVA 80.000
Neto pagado 1.045.000
El comprador hará la siguiente contabilización:
Cuenta Debito Crédito
143505 1.000.000
240805 160.000
236540 35.000
236701 80.000
111005 1.045.000
El vendedor hará la siguiente contabilización
Cuenta Debito Crédito
111005 1.045.000
135515 35.000
135517 80.000
240810 160.000
4135XX 1.000.000
CUANTAS CLASES DE RETENCION HAY
Retención en la fuente a título de impuesto de renta: las sociedades comerciales, deben hacer la retención en la fuente a título de impuesto de renta y complementarios por todo pago que haga como ordenadora
de compras o gastos al contribuyente beneficiario del pago por considerar el ingreso susceptible de generar incremento patrimonial para
quien lo recibe; no se debe aplicar a los no contribuyentes o autorretenedores que para el efecto exponen en parte visible de la factura de venta el número de la resolución de la Administración de
Impuestos.
Retención en la fuente del régimen común: la retención en la fuente va en doble vía, quiere decir que todos los contribuyentes responsables del impuesto a la renta, que sean contribuyentes del régimen común, se
hacen retención en la fuente excepto las empresas del régimen simplificado, como se puede ver en la gráfica de retención.
Personas naturales retenedoras: las personas naturales también hacen retención en la fuente cuando tienen ingresos superiores en el año inmediatamente anterior, y un patrimonio bruto o ingresos brutos
superiores a 30.000 UVT.
Retención en la fuente de IVA: el segundo tipo de retención en la fuente es sobre el impuesto a las ventas, la hace el comprador de bienes
y servicios (de mayor al de menor jerarquía: Estado a Gran contribuyente, de este a Régimen común y por último al Régimen
simplificado) y la paga bimestralmente a la Administración de Impuestos.
Retención en la fuente de ICA modelo Bogotá: el tercer tipo de retención en la fuente es sobre el impuesto de industria y comercio,
tableros y avisos, el que se comporta de igual manera que el IVA (algunas ciudades del país como por ejemplo Bogotá), y la hace el
comprador de bienes y servicios y la paga bimestralmente a la Tesorería Municipal respectiva.
BIBLIOGRAFIA
http://www.gerencie.com/que-es-la-retencion-en-la-fuente.html
http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/economicas/2006825/lecciones/tema_2/retefuente/retencion_fuente.html
http://www.contabilidadyfinanzas.com/retencion-en-la-fuente.html