Planeacion fiscal para repecos

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2.1. PLANEACION FISCAL PARA REPECOS

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2.1. PLANEACION FISCAL PARA REPECOS

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Régimen de Pequeños Contribuyentes. Las personas físicas que desarrollen

actividades empresariales podrán optar por tributar (para efectos de ISR) como Pequeños Contribuyentes, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial y los intereses obtenidos en el año de calendario anterior, no hubieran excedido los $2,986,618.

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REQUISITOS PARA PERTENECER AL REPECO

Es un régimen opcional para las personas físicas de baja capacidad económica y administrativa, con mínimas obligaciones fiscales por cubrir.

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REQUISITOS Ser persona física. Realizar actividades empresariales, es decir,

comerciales, industriales, de autotransporte o agropecuarias.

Vender los bienes o prestar los servicios únicamente al público en general.

Haber tenido ingresos en el año anterior de hasta $2'000,000.00 por las actividades citadas.

Cuando inicien actividades y estimen que sus ingresos no excederán de $2'000,000.00, podrán elegir la opción de tributar en este régimen.

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REQUISITOS En caso de que el año de inicio de actividades

sea menor a doce meses, para determinar si el año siguiente estarán dentro del límite de $2’000,000.00 efectuarán lo siguiente:

Se dividirán los ingresos del año de inicio de operaciones entre el número de días que comprendió dicho año; después se multiplicará el resultado por 365, y la cantidad que se obtenga deberá compararse contra $2’000,000.00. Si el resultado es mayor a esta cantidad, no podrán tributar en el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

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OBLIGACIONES Solicitar su inscripción en el Registro Federal de

Contribuyentes (RFC). Presentar, a más tardar el 31 de marzo del año en que

comiencen a realizar actividades, o bien dentro del primer mes siguiente al de inicio de operaciones, el aviso de que han elegido la opción de tributar en este régimen.

Asimismo, deberán presentar aviso de aumento de obligaciones dentro del mes siguiente a la fecha en que se dé el supuesto por el cual dejen de tributar en los términos de este régimen.

Conservar facturas, con todos los requisitos fiscales, por las compras de bienes nuevos de activo fijo, como computadoras o muebles que usen en su negocio, siempre que el precio sea superior a $2,000.00.

Llevar un libro en el que registren sus ingresos diarios.

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OBLIGACIONES Entregar a sus clientes copias de las notas de venta

y conservar originales de las mismas. Estas notas deberán reunir los siguientes requisitos: Nombre de quien las expide. Domicilio fiscal. Registro Federal de Contribuyentes. Número de folio. Lugar y fecha de expedición. Importe total de la operación en número o en

letra.

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¿Quiénes lo presentan?Las personas físicas del Régimen de Pequeños Contribuyentes Puros que presenten su solicitud de Inscripción al RFC.

¿Dónde se presenta?Por InternetSe puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier oficina de rentas de la Entidad Federativa donde radica el domicilio del contribuyente, dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Esta no se tendrá por presentada, si dentro del plazo señalado, el contribuyente no cumple con lo establecido.

INSCRIPCIÓN AL RFC DE PERSONAS FÍSICAS DEL RÉGIMEN DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (REPECOS) PUROS EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS

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En forma personalIniciarlo y concluirlo en cualquier oficina de rentas de las siguientes Entidades Federativas: Aguascalientes, Baja California Norte, Baja California Sur, Campeche,Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Colima, Distrito Federal, Durango, Estado de México, Guerrero,Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas,Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, siempre y cuando el domicilio fiscal del contribuyente radique dentro de la circunscripción de las Entidades Federativas antes citadas.

En el Distrito Federal en José María Izazaga No. 89, 6º. Piso Col. Centro, C. P. 06080, D. F,se realiza a través de un sistema de citas en la página electrónica de la Secretaría de Finanzas

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¿Qué documentos se obtienen?1. Fotocopia de la Solicitud2. Constancia de Registro3. Guía de obligaciones y4. Acuse de Inscripción al RFC.En caso de que la documentación necesaria para hacer el trámite, se presente incompleta o no se reúnan los requisitos de este trámite, se entregará al contribuyente el reporte de información pendiente.

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¿Cuándo se presenta?Dentro del mes siguiente al día en que realicen las situaciones jurídicas o de hecho que den lugar a la presentación de declaraciones periódicas, de pago o informativas por sí mismas o por cuenta de terceros.

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Requisitos:Por Internet

Presentarán la solicitud de Preinscripción proporcionando los datos que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de Internet del SAT.

Concluida la captura, se enviará la solicitud de Preinscripción a través de la página del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse con el número de folio asignado.

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En la Entidad Federativa Acuse con el número de folio asignado, solo cuando la

inscripción al RFC se haya enviado por Internet. Original y fotocopia del comprobante del domicilio

fiscal (original para cotejo). En su caso, copia certificada y fotocopia del poder

notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público (copia certificada para cotejo).

En lugar de alguna de las identificaciones señaladas en el apartado de definiciones de este Catálogo, podrá presentar original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, (original para cotejo).