Despido disciplinario1

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DESPIDO DISCIPLINARIO

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  • DESPIDO DISCIPLINARIO

  • DEFINICIN

    Segn el Art. 54.1 del E.T se entiende por despido disciplinario la extincin del contrato de trabajo por voluntad unilateral del empresario basada en el incumplimiento grave y culpable de las obligaciones contractuales, tanto principales como accesorias por parte del trabajador

  • DEFINICINPor lo tanto, para que el incumplimiento del trabajador pueda constituirse en causa que justifique la decisin de despido, ha de alcanzar niveles de gravedad y culpabilidad suficientes, lo que excluye su aplicacin con criterios objetivos y exige el anlisis individual de cada conducta, tomando en consideracin las circunstancias que configuran el hecho y las del infractor , para poder as determinar la proporcionalidad entre sancin e infraccin

  • DERECHOS DEL TRABAJADOR En estos casos el trabajador No tiene derecho a percibir ninguna indemnizacin, pero Si tiene derecho a cobrar el finiquito

    Desde la aprobacin del Decreto 45/2002 de Medidas Urgentes para la Reforma de la Situacin de Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad, da derecho inmediato a percibir el desempleo.

  • FORMA

    El despido deber ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en la que tendr efectos.El despido disciplinario puede ser calificado como procedente,improcedente o nulo.

  • IMPUNTUALIDAD

    Solo se justifica en caso de que sea injustificada y repetida.

  • INDISCIPLINA

    La indisciplina configuradora del despido ha de ser clara, abierta, grave, sin motivo ni fundamento alguno, pues si concurre una causa de justificacin ha de merecer un tratamiento ms suave que la sancin consistente en la resolucin de la relacin laboral.

  • MALOS TRATOS

    Los configura la ley como ofensas verbales o fsicas al empresario o a otros trabajadores de la empresa.

  • ABUSO DE CONFIANZA

    Esta trasgresin de la buena fe contractual se dar en situaciones de fraude, de negligencia del trabajador en el desarrollo de sus funciones, de deslealtad para con el empresario y los intereses de la empresa

  • EMBRIAGUEZ Y TOXICOMANIA

    Sern causa de despido siempre y cuando repercutan negativamente en el trabajo.Por su parte, la embriaguez no habitual podr ser causa de despido si constituye desobediencia o trasgresin de la buena fe contractual por ejemplo, en el supuesto de conduccin de vehculos bajo la influencia de bebidas alcohlicas o drogas.

  • DISMINUCIN EN EL RENDIMIENTO DE TRABAJO

    Es sin lugar a dudas la que ms recursos propicia y ms amparo da a un empresario a la hora de despedir a un trabajador. En este caso el poder del empresario a la hora de despedir a un trabajador es muy grande, pues a la hora de valora el rendimiento es el empleador el que fija los baremos para ello.