Cartilla Semana 5

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El Arbitraje (Parte 1) HABILIDADES PARA LA NEGOCIACIÓN Y EL MANEJO DEL CONFLICTO

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Cartilla Semana 5

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  • El Arbitraje (Parte 1)

    HABILIDADES PARA LA NEGOCIACIN

    Y EL MANEJO DEL CONFLICTO

  • 2 [ POLITCNICO GRANCOLOMBIANO]

    EL ARBITRAJE (PARTE 1)

    1. INTRODUCCIN

    En el inicio del mdulo quise ilustrar la lnea de tiempo del tema que nos ha convocado; esta vez hablaremos del arbitraje, mtodo alternativo de solucin de conflictos, de origen remoto y que adems fue una de los primeros mtodos utilizados para administrar justicia. El arbitraje, al igual que los otros mecanismos de solucin de conflictos, lo que permite es dejar de lado la violencia y la fuerza, para entrar en una composicin armnica de solucin del conflicto, donde exista ganancia tanto para la parte A, como para la parte B.

    Sin embargo, este mtodo tiene unas generalidades muy marcadas que lo diferencian de los dems mtodos, aunque por decirlo literalmente, su funcin y su objetivo est cimentado sobre la solucin del conflicto de manera pacfica y rpida.

    2. MAPA DE LA CARTILLA

    EL ARBITRAJE

    CONCEPTO EVOLUCIN HISTRICA NATURALEZA JURDICA PARTES

    CARACTERSTICAS CLASES

    CLUSULAS DENTRO DEL ARBITRAJE

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    3. OBJETIVO GENERAL

    El objetivo general de la cartilla es aprovisionar a cada uno de los estudiantes de las generalidades del arbitraje, su clasificacin, su importancia, su normatividad y los principios sobre los que se soportan cada uno de ellos, con el fin de que el estudiante conozca e identifique el mtodo y tenga la capacidad de aplicarlo en el momento indicado.

    Comprender la razn de ser del Arbitraje como mtodo alternativo de solucin de conflictos

    Dar a conocer los aspectos ms relevantes del arbitraje

    Proporcionar al estudiante todos los conocimientos sobre la legislacin aplicable a la materia, con el fin de que maneje adecuadamente el mtodo y conozca cada una de sus implicaciones.

    4. DESARROLLO TEMTICO

    El tema que trataremos a lo largo de la cartilla, ser til para que el estudiante, conozca las herramientas que estn incluidas en este mtodo y tenga la capacidad de saberlo utilizar en el momento indicado.

    EL ARBITRAJE

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    1.1. QU ES EL ARBITRAJE?

    Para empezar a tratar el tema del arbitraje, lo primero que debemos decir es que es un mecanismo muy importante, por la cantidad de conflictos a resolver, sobretodo de ndole econmico, esta connotacin, hace del mtodo una herramienta de asesoramiento y capacitacin. De acuerdo con lo anterior, el arbitraje cada da est ms en auge, por la cantidad de esferas que surgen en el mundo.

    Este mtodo de solucin de conflictos es muy antiguo y ha evolucionado a travs del tiempo, tema de trataremos en otro acpite, por ahora lo que hay que decir es que, inicialmente, era un instrumento para temas mercantiles. Es decir, que podemos catalogar el arbitraje como un mecanismo de solucin de conflictos muy especfico y especializado.

    El arbitraje es una expresion del Estado Social de Derecho

    No solo puede elegir o solucionar el aparato judicial, sino a particulares envestidos bajo este mtodo.

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    4.1. Pero qu es el arbitraje? Es un mecanismo por medio del cual las partes involucradas en un conflicto de carcter transigible, difieren la solucin a un tercero, el cual queda transitoriamente investido de la facultad para administrar justicia profiriendo una definicin llamada laudo arbitral. El arbitraje puede ser resuelto en Derecho, en equidad o tcnico.

    1.2. NATURALEZA JURDICA

    Existe una parte que dice que es de naturaleza contractual y jurisdiccional

    Se divide el arbitraje en dos partes, la 1. a con el fallo del 29 de mayo del 69, en donde este mtodo hacia parte de la actividad jurisdiccional, lo cual se avala por la ley 105 de 31 y la ley 2 del 38. La 2. a parte con el fallo del 21 de marzo del 91, se adelanta al artculo 116. de la Constitucin Poltica, en donde este mtodo haca parte de la actividad contractual.

    1.3. EVOLUCIN HISTRICA DEL ARBITRAJE

    Con la ley 105 de 1890 algunos conflictos podan solucionarse por el mtodo del

    arbitraje Con la ley 103 de 1923 se habla se arbitraje internacional

    Naturaleza Jurdica Contractual Voluntad de las partes

    Jurisdiccional Hace parte de la jurisdiccin

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    Con la ley 105 de 1931 arbitraje de manera ms estructurada y de la labor del secretario y su ratificacin como labor dentro del mtodo

    Con la ley 2 de 1938 clausula compromisoria y validez, no en todos los contratos sino solo en los que se pacta esta clusula

    Con la ley/decreto 1400 y 1019 de 1970 aparece dentro de un capitulo dentro del cdigo de procedimiento civil tambin se hablo de medidas cautelares y ejecucin del laudo arbitral

    Con el decreto 40 de 1970 aparece el arbitraje dentro del cdigo de comercio Con el decreto 222 de 1983 estatuto de contratacin administrativa arbitramento

    tcnico Con el decreto 2289 de 1989 reglamento de mejor manera de arbitraje Con la ley 23 1991 modifico el anterior decreto Con el Decreto 2651 de 1991 obligo que dentro del trmite arbitral exista un momento

    de conciliacin Con la ley 80 de 1993 apareci el arbitraje jurdico Con la ley 270 de 1993 indica el arbitraje como parte de la jurisdiccin Con la ley 315 de 1996 aplicacin del arbitraje internacional Con la ley 446 de 1998 hace mencin a los mtodos alternativos de solucin de

    conflictos Con el Decreto 1818 de 1998 desarrollo de los masc

    1.4. CARACTERSTICAS DEL ARBITRAJE

    Es una institucin jurdica destinada a resolver conflictos sean individuales, colectivos, jurdicos o de intereses.

    Su ms notable caracterstica, tiene que ver es la intervencin de un tercero neutral, por acuerdo de las partes, cuya decisin siempre se impone.

    El arbitraje debe estar precedido del compromiso arbitral, el cual viene dado por la manifestacin voluntaria expresada por las partes que constituyen el acuerdo, en querer someterse a resolver cualquier controversia bajo este medio. Adems, el acuerdo deber especificar las condiciones y trminos en que se desea realizar el Juicio Arbitral.

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    El compromiso arbitral, con independencia de la forma que tome, debe contener al menos:

    1. El mandato a los rbitros para actuar como tales 2. La delimitacin competencial, esto es, sobre qu materias podrn decidir; y 3. La adhesin al laudo que recaiga.

    Otra de las caractersticas, tiene que ver con las materias objeto de arbitraje, que son de dos clases:

    Todo aquello que sea transigible

    Que exista una controversia

    1.5. EL PACTO ARBITRAL

    Es un acuerdo al cual llegan las partes para definir esa situacin ante el arbitramento y no ante la jurisdiccin ordinaria. Este pacto puede ser bajo clausula compromisoria o compromiso.

    Clusula compromisoria

    anterior al conicto, la pactamos dentro o fuera del contrato.

    Compromiso

    negocio jurdico, posterior al contrato y al conicto.

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    Las formalidades del pacto arbitral, tiene que ver con que conste en un documento con voluntad de las partes, es decir que esto nos dirige al arbitramento si se ha dirigido un proceso ante la jurisdiccin ordinaria entones se suspende. El contenido del pacto debe cumplir con las siguientes formalidades:

    Clase de arbitraje

    Tipo de arbitraje (derecho, equidad o tcnico)

    Nmero de rbitros

    Asuntos sujetos o no sujetos

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    1.6. CLASES DE ARBITRAJE

    El arbitraje puede ser de tres clases generalmente, pero segn el resultado que este arroje:

    1. En derecho: se fundamentan las decisiones en el ordenamiento jurdico vigente en donde no se utiliza una norma que ya estaba derogada (el rbitro debe ser abogado)

    2. En equidad: es aquel en el que se decide bajo el sentido comn y la equidad, es decir no se ven las normas.

    3. Tcnico: es cuando versa sobre conflictos especializados y se pronuncian de acuerdo a su conocimiento.

    Clases de arbitraje

    procedimiento

    legal

    independiente

    insltucional voluntario o forzoso

    nacional e internacional

    nmero de rbitros

    cuanma

    menor

    mayor

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    Arbitraje legal: regula por el Decreto 2279 y se rige por este. Arbitraje institucional: se rige por el reglamento de la entidad encargada, si bien tiene caractersticas especiales en realidad se rige por la ley, decisiones voluntarias, experiencia de las instituciones que se dedican a ello. Arbitraje independiente: las partes deciden como se adelanta el trmite. Arbitraje de mayor cuanta: de 400 salarios mnimos en adelante y se debe desarrollar con 3 rbitros. Arbitraje de menor cuanta: hasta 400 salarios mnimos y se debe desarrollar con 1 solo rbitro. Arbitraje colegiado: son tres rbitros, siempre nmero impar, adems atienden a la cuanta del proceso, sabiendo que las partes pueden pactar con libertad. Arbitraje nico: un solo rbitro, atendiendo a la cuanta y a la libertad que tienen para pactar las partes. Arbitraje forzoso o voluntario: de manera general el arbitraje se desarrolla voluntariamente, pero tiene una excepcin y es en materia laboral, con respecto a conflictos sindicales con un tiempo largo sin solucin y que tenga determinado nmero de miembros. Arbitraje nacional e internacional: se pacta con libertas, con respecto tambin al reglamento de la cmara de comercio del pas.

    1.7. VENTAJAS DEL ARBITRAJE

    Es un procedimiento ms gil que el judicial.

    Los laudos cuentan con la misma fuerza vinculante de una sentencia judicial.

    Los rbitros son personas especializadas en los asuntos sometidos a su consideracin y

    actan con plena independencia e imparcialidad.

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    Todos y cada uno de los procedimientos arbitrales son completamente confidenciales.

    Conocimiento anticipado de los costos y tarifas del procedimiento arbitral.

    Es un procedimiento ms econmico que el judicial (por su rapidez y fuerza vinculante),

    factores que traen consigo una reduccin en los costos.

    Tiene mayor eficacia que los procesos judiciales.

    1.8. CONCLUSIONES

    Luego de analizar algunas de las generalidades del arbitraje, llegamos a la conclusin que es una institucin jurdica, que busca la solucin de conflictos pacifica, la peculiaridad del mtodo de solucin, es que su objeto tiene que ver con la solucin de litigios entre particulares y estados. De acuerdo con lo visto a lo largo de la cartilla, podemos identificar, que el arbitraje es el mtodo de solucin a mi juicio ms efectivo, por la eficacia y rapidez con la que se resuelven los conflictos.

    Con cada una de las generalidades vistas en la cartilla, podemos pasar a la segunda parte del tema, donde veremos los temas ms tcnicos del arbitraje.

    2. GLOSARIO

    Arbitraje: Es un procedimiento en donde se somete a controversia algn inters para que un rbitro lo resuelva.

    Colegiado: Son tres rbitros, siempre nmero impar, adems atienden a la cuanta del proceso, sabiendo que las partes pueden pactar con libertad.

    nico: Un solo rbitro, atendiendo a la cuanta y a la libertad que tienen para pactar las partes.

    Heterocompositivos: Es otra de las clases de mtodos alternativos de solucin de conflictos, en donde participan personas distintas a las afectadas dentro del conflicto.

    Pacto arbitral Es un acuerdo al cual llegan las partes para definir esa situacin ante el arbitramento y no ante la jurisdiccin ordinaria.

    Equidad: Es aquel en el que se decide bajo el sentido comn y la equidad, es decir no se ven las normas.

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    Derecho: Se fundamentan las decisiones en el ordenamiento jurdico vigente en donde no se utiliza una norma que ya estaba derogada (el rbitro debe ser abogado)

    Tcnico: Es cuando versa sobre conflictos especializados y se pronuncian de acuerdo a su conocimiento.

    Institucional: Se rige por el reglamento de la entidad encargada, si bien tiene caractersticas especiales en realidad se rige por la ley, decisiones voluntarias, experiencia de las instituciones que se dedican a ello.

    3. BIBLIOGRAFA COMPLEMENTARIA

    LECTURA 1: Caivano, R. El Arbitraje Nociones Introductorias, tomado de http://www.derecho-comercial.com/Doctrina/Arb-001.pdf