Beneficios sociales - legislacion laboral

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Son pagos que el empleador esta obligado a realizar a los trabajadores sujetos a régimen de la actividad privada, de manera adicional a la remuneración mensual en los mese de julio diciembre de cada año (fiestas patrias y navidad).

El monto de cada uno de las gratificaciones, es equivalente a una remuneración mensual que perciba el trabajador en la oportunidad en que corresponda otorgar el beneficio, por ejemplo si ganas 550 nuevos soles en remuneración mensual que perciba el trabajador deben pagarte mas de 550 soles por gratificación haciendo un total de 1100 soles.

Tienen derecho todos los trabajadores de las empresas privadas o instituciones publicas, que estén en planillas, con cualquier modalidad de contrato.

Las gratificaciones se pagan en la primera quincena del mes de julio y el mes de diciembre respectivamente.

Es un derecho reconocido por el articulo 29 de la constitución Politica del peru, que consiste que tiene por objeto que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que percibe el empleador como consecuencia de su gestión empresarial.

Todas las empresas del régimen de las actividad privada que:• Cuenten con mas de 20 trabajadores• Que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría• Que en un determinado año hayan producido una renta anual antes de los

impuestos, sobre la cual se determinan las utilidades laborales

El porcentaje esta condicionado a la actividad principal que desarrolle cada uno de ellas Empresas pesqueras 10% Empresas de comercio y restaurantes 8% Empresas de telecomunicaciones 10% Empresas que realicen otras actividades 5% Empresas industriales 10% Empresas mineras 8%

Las utilidades se pagan dentro de los 30 días naturales después del vencimiento de la declaración jurada anual. Dicho cronograma será publicado por SUNAT.

El 50% del porcentaje a distribuir por participación en las utilidades por trabajador se calcula en función de los días real y efectivamente laborados. Se entiende como tales a aquellos en los cuales el trabajador cumpla efectivamente la jornada ordinaria de la empresa, así como las ausencias que deben ser consideradas como asistencias para todo efecto, por mandato legal expreso, tal y como las licencias sindicales, los días no laborados por un despido luego declarado nulo, la hora de lactancia materna, etcétera.El 50% restante se calcula en función de la remuneración. Constituye remuneración el íntegro de lo que el trabajador reciba por sus servicios, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma o denominación que tenga, siempre que sea de su libre disposición. No forman parte de la base de cálculo de la participación en las utilidades aquellos conceptos considerados no remunerativos como las gratificaciones extraordinarias, vales de alimentos, condiciones de trabajo, asignación por educación, entre otros.

Es el depósito que por ley le corresponde a cada trabajador, como beneficio social, por el tiempo de servicio brindado a una empresa quetiene como propósito fundamental prever el riesgo que origina el cese de una relación laboral y la consecuente perdida de ingresos en la vida de una persona y su familia.

La remuneración computable "RC" es un monto proporcional al sueldo del empleador en el último semestre que corresponde al pago de la CTS.Para este fin se considera el sueldo neto del trabajador, el monto de asignación familiar, en caso la tuviera, la suma total de las horas extras en el último semestre, divididas entre seis. Así mismo se le añade un sexto de la última gratificación percibida

Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad publica y privada, que cumplan cuando menos un promedio de 4 horas diarias.

La cts debe ser depositada por el empleador cada 6 meses en la cuenta cts que el trabajador mantenga en el sistema financiero.

Según la ley N 25129 y su reglamento decreto supremo N 035-90-TR.se trata de un beneficio otorgado a favor de los trabajadores de la actividad privada con la finalidad de la manutención de los hijos menores a su cargo, o hijos mayores que estén cursando estudios superiores (el beneficio se extenderá hasta que cumpla los 24 años).

La asignación familiar se percibirán mensualmente, el 10% del sueldo mínimo cualquiera sea el numero de hijo que tenga. I el padre o la medre son trabajadores de la misma empresa ambos tendrán el derecho da la asignación. Remuneración mínima= 750 nuevos soles10% de las asignación fam,.75 nuevos soles

El empleador esta obligado a otorgar la asignación familiar en el momento que el trabajador lo solicite por escrito para lo cual debe acreditar con la documentación correspondiente la existencia de hijos que tuviera .Esto se pagara bajo la misma modalidad con que viene efectuando el pago de las remuneraciones.

A los trabajadores que tiene vinculo laboral vigente y mantener a su cargo uno o mas hijos.

Es el derecho que todo trabajador tiene luego de cumplir con ciertos requisitos, a disfrutar de 30 días calendario de descanso físico remunerado de manera ininterrumpida porcada año completo de servicios. La remuneración vacacional se abonará antes del inicio del descanso del trabajador, lo cual constará en la Planilla y Boleta de Pago.

¿Qué trabajadores tienen derecho al descanso vacacional?

Tendrán derecho a vacaciones los trabajadores que cumplan cuando menos una jornada ordinaria mínima de 04 horas diarias; en consecuencia, los trabajadores a tiempo parcial que tienen una jornada promedio diaria menor de 04 horas diarias están excluidos de este beneficio.

¿Cuándo debe el empleador otorgar descanso vacacional al trabajador?

Las vacaciones serán otorgadas al trabajador en el periodo anual siguiente a aquel en que alcanzó el derecho al goce. La oportunidad del descanso vacacional será fijada de común acuerdo entre el empleador y el trabajador, teniendo en cuenta las necesidades de funcionamiento de la empresa y los intereses propios del trabajador. A falta de acuerdo decidirá el empleador en uso de su facultad directriz.

¿Cuál es la remuneración que percibirá el trabajador en el momento que goza de su descanso vacacional y cuándo corresponde su pago?

La remuneración vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiera percibido habitualmente en caso de continuar laborando. El pago de la remuneración vacacional se abonará antes del inicio del descanso del trabajador.