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  • 8/19/2019 1 Trabajo Ncpp

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    MODELO ACUSATORIO CON TENDENCIA ADVERSARIAL

    Bajo la premisa que frente el delito el Estado, en ejercicio de su ius puniendi, deba

    establecer el marco legal de sanción, así como, los aparatos de persecución,

    imposición y ejecución de sanciones, se determinó que el Juez tenga todas las

    facultades para el logro de tales cometidos. Sin embargo, el cambio de paradigma al

    acusatorio con tendencia adversarial implica ver al delito como un conflicto de

    intereses; en efecto, al ablar de delito debemos de pensar que detr!s de ello ay una

    víctima y un responsable; y ambos, persiguen intereses que esperan ser amparados

    por la justicia penal"

    #a actividad y dinamismo que impregnen las partes en el proceso penal debe

    canalizarse en las imputaciones o cargos que el $inisterio %&blico formule en su

    acusación, caso contrario, el proceso penal caería en un desorden procesal en donde

    cada parte apuntaría a diferentes blancos" #a necesidad de la acusación fiscal es tal,

    que sin ella no abría la necesidad de continuar con un proceso penal" Esta es la

    e'igencia que trae el acusatorio y, que a su vez, e'ige que el $inisterio %&blico sea

    el director de las investigaciones, por la sencilla razón que investigar y acusar son las

    dos caras de la misma moneda( Se investiga para saber si se acusar!, y se acusa de

    lo que se a investigado"%or otro lado, el dotar de esa importancia a la )iscalía no significa el minimizar la labor 

    de la defensa, al contrario, en aras de la igualdad procesal *o de armas+ los medios de

    investigación y de probanza que la ley flanquea a la fiscalía lo debe tambin ejercer la

    defensa" -mbos deben tener los mismos derecos procesales para alcanzar las

    fuentes de información, procesarla, analizarla e integrarla en inters a su teoría del

    caso que presentar! ante el órgano jurisdiccional" %ara ello, ambas partes deben

    entender que sonadversarios

    , contrincantes, rivales, en el proceso penal, y quedeben desplegar su mayor esfuerzo en aras de sus intereses procesales" Si esto así

    ocurre, el debate que se dar! en el juicio oral estar! enriquecido de contenido e

    información que facilitar! una adecuada decisión por parte del juzgador"

    .odo lo se/alado dota de sentido al modelo acusatorio 0 adversarial" Sin embargo,

    debemos afirmar que, en el caso peruano, no est! ante un adversarial puro, sino uno

    con tendencia, rasgos u orientación a lo adversarial, porque del nuevo 1ódigo

    %rocesal %enal *21%%+, porque a&n se mantiene, por e'cepción, la prueba de oficio

    *art" 344"5 21%%+, como el interrogatorio que el magistrado puede realizar al acusado,

    testigos o peritos durante el juicio oral *art" 564"7 21%%+"

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    RAZONES QUE JUSTIFICAN EL NUEVO MODELO

    PROCESAL PENAL EN EL PERU

    1)  8esde el punto de vista del Derecho comparado casi todos los países de

    nuestra

    región cuentan ace ya algunos a/os con códigos de proceso penal modernos;

    es el caso de -rgentina, Bolivia, 1olombia, 1osta 9ica, 1ile, Ecuador, El

    Salvador, :uatemala, onduras, %araguay y

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    RAZONES QUE JUSTIFICAN LA IMPLEMENTACION EN

    FORMA PRO4RESIVA DEL NCPP EN EL PERU

    3" %resupuesto para la implementación * en el a/o @AA? ser! de 54

    millones de soles para la implementación del 21%%" +

    @" >nsuficiente cantidad de personal jurisdiccional y administrativo

    * nstituto de $edicina #egal, %sicólogos )orenses, Biólogo

    )orense, Cdontólogo )orense, Servicio Social, Duímico .o'icológico, etc" +

    5" 1apacitación del personal jurisdiccional y administrativo"

    7" -decuación organizacional * Sedes y Sub Sedes Judiciales" +

    4" )alta de infraestructuras, ambientes apropiados * Salas, Juzgados,

    )iscalias, 8elegaciones %oliciales, #aboratorios )orenses, etc" +

    " )alta de equipos * computo, audio, video, grabación, etc"+

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    CRONO4RAMA DE IMPLEMENTACION DEL NUEVO CODI4OPROCESAL PENAL

    NORMA FEC-A   TEMA

    2ota de prensa del

    %oder Judicialpublicado a travsde su pagina ebel 1 de e,rero

    556" F * PJ,MINJUS, MP,MININT! " PNP#$U!%#N#%NT#!'#ST# & #()2*1*$!)N)+!#M#%IMP&MNT#$I

     N %& N$PP. +

    @3 feb"@AAG

    • A7o 5568

    %rimera fase( * A3 abril + .acna y $oqueguaSegunda )ase( * A3 octubre + -requipa y #ambayeque

    • A7o 5598%rimera fase( * A3 abril + 1a/ete, >ca, .umbes y %iuraSegunda fase( * A3 julio + -ncas, Santa, u!nuco,%asco".ercera fase( * A3 octubre + #oreto, =cayalli, $adre de8ios

    • A7o 5158%rimera fase( -mazonas, 1ajamarca y San $artínSegunda fase( Junín, uancavelica, -yacuco, -purímac, 1usco y %uno.ercera fase( * A3 octubre +#ima, #ima 2orte y 1allao

    8ecreto Supremo2H AA4I@AA6IJ=S

    A4"$-"A6

    :Mod$$ca' Ca"e'dar$o O$c$a" de "a Ap"$cac$&'Pro#re%$;a de" C&d$#o Proce%a" Pe'a"<Establecindose el sgte" 1ronograma(

    • A7o 556(

    %rimera )ase( *A3 abril+ $oquegua y .acnaSegunda )ase( *A3 octubre+ -requipa

    • A7o 559(%rimera )ase( *A3 abril+ .umbes, %iura y #ambayequeSegunda )ase( %uno, 1uzco y $adre de 8ios

    • A7o 515(%rimera )ase( %rimera )ase( 1ajamarca, -mazonas ySan $artínSegunda )ase( >ca y 1a/ete

    • A7o 511(%rimera )ase( -ncas y SantaSegunda )ase( -yacuco, uancavelica y -purimac

    • A7o 51(%rimera )ase( uanuco, %asco y JunínSegunda )ase( =cayali y #oreto

    • A7o 51.(

    %rimera )ase( #ima, #ima 2orte y 1allaoEn la %rimera )ase del 21%%, entrara en vigencia el A3de abril de cada a/o y la Segunda )ase entrar! envigencia el A3 de octubre de su respectivo a/o"

    -

    http://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/ncpp/Documentos/DS_005-2007-JUS.pdfhttp://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/ncpp/Documentos/DS_005-2007-JUS.pdf

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    8ecreto Supremo2H AA6I@AAIJ=S 

    A7"$-9"A

    $ediante el cual se actualiza el 1alendario Cficial de la -plicación %rogresiva del 1ódigo %rocesal %enal"Establecindose el sgte" 1ronograma(

    • 51 =!"$o 55>( -!a!ra • 51 a,r$" 55?( La L$,er(ad• 51 %e($em,re 55?: 1allao, $oquegua y .acna 

    • 556( -mazonas, -requipa, 1ajamarca,#ambayeque, %iura y .umbes

    • 559( -purímac, -yacuco, ca/ete, 1usco,uancavelica e >ca

    • 515( -ncas, uanuco, Junín, %asco, Santa y=cayali

    • 511( #ima 2orte, #oreto, $adre de 8ios, %uno y

    San $artín

    • 51( #ima

    8ecreto Supremo2H A35I@AA4IJ=S

    AG"C1."A4

    $ediante el cual se aprueba el %lan de >mplementacióndel 1ódigo %rocesal %enal y se establece el calendariooficial de aplicación progresiva para lla entrada envigencia del 1%%"

    • A7o 55> ( 8istritos judiciales de uaura y #a

    #ibertad"

    • A7o 55?( 8istritos judiciales de -yacuco,1allao, 1usco #ambayeque y =cayali"

    • A7o 556( 8istritos judiciales de -mazonas, -requipa, 1ajamarca, Junín, $oquegua, %iura,.acna y .umbes"

    • A7o 559( 8istritos judiciales de -ncas, -purímac, 1a/ete, uancavelica, >ca y %uno"

    • A7o 515 ( 8istritos judiciales de #ima 2orte,u!nucoI%asco" #oreto, $adre de 8ios, San $artíny Santa"

    • A7o 511 ( 8istrito judicial de #ima"

    #as principales autoridades que integran el sistema de justicia en el país acordaron oyimplementar antes del a/o @A3A el 2uevo 1ódigo %rocesal %enal *21%%+, para lo cual el Ejecutivodestinar! un mayor presupuesto para su ejecución"

     -sí lo acordaron oy, el presidente del %oder Judicial, )rancisco .!vara; la ministra de Justicia,9osario )ern!ndez y la fiscal de la 2ación encargada, :ladys Ecaíz" -simismo, el presidente del Equipo .cnico de >mplementación del %oder Judicial, 8uberli9odríguez; el viceministro del >nterior, 8anilo :uevara y el representante del $inisterio deEconomía y )inanzas, Enrique Saberbein"

    /

    http://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/ncpp/Documentos/DSN_007-2006-JUS.pdfhttp://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/ncpp/Documentos/DS_013-2005.dochttp://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/ncpp/Documentos/DSN_007-2006-JUS.pdfhttp://www.pj.gob.pe/CorteSuprema/ncpp/Documentos/DS_013-2005.doc

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     DIFERENCIAS DE PLAZOS ENTRE MODELOS PROCESALES

       C    @   D   I   4   O    D

       E

       P   R   O   C   E   D   I   M   I   E

       N   T   O   S

       P   E   N   A   L   E   S

       D   E   1   9   0   5

    FACES3

    >nvestigaciónpolicial

    @>nvestigación

    fiscal

    5Etapa de

    instrucción

    7 -cusación y juicio oral

    Sin plazo

    Sin plazo

    En esta etapa elfiscal puede solicitar al juez de lainstrucción, entreotros, la aplicacióndel principio de laoportunidad"

    >nvestigación judicial

    %lazo inicial(0 me%e% ord$'ar$o>5 d$a% %!mar$oar( . D Le# 10

    %rórrogae'cepcional(>5 d*a% ord$'ar$o.5 d$a% %!mar$oar( . D Le# 10

    %rórroga por lacomplejidad delproceso(65 me%e%

    Sin plazo

    %romedio de duración delproceso penal(

    1 %roceso sumario( 0 a7o%

    %roceso ordinario( Ba7o%FEste plazo se ampliabamucasveces > o ? a7o%

    • #as tres primeras fases se/aladas anteriormente se concentran en el 21%% dentro de la

    investigación preparatoria"

       C    @   D   I   4   O    P

       R   O   C

       E   S   A   L   P   E   N   A   L   D   E   L      5   5   0

    >nvestigación preparatoria Etapa intermedia Juzgamiento

    >nvestigaciónpreliminar 

    %lazo inicial( ar( ..0$'c

    5 d*a%

    %rórrogae'cepcional( seg&nlas característicascomplejidad ycircunstancias de losecos"

    >nvestigaciónpreparatoria

    %lazo inicial( art" 57@inc" 315 d*a% prórroga

    e'cepcional(>5 d*a%

    >nvestigación1ompleja( art"57@inc" @6 me%e% prorrogablepor 6 me%e%"

    1oncluido el plazo,el fiscal debepronunciarse en elplazo de 1B d$a% art"577 inc" 3

    solicitando(a -cusación, Sobreseimiento

    El fiscal puederequerrirleal juez de lainvestigaciónpreparatoria laaplicación, entreotros, de(1 %rincipio deoportunidad %roceso inmediato. .erminaciónanticipada0 $edidascautelares

    a -udienciapreliminar %lazo( art" 543 inc"3E'(re B 3 5 d*a%desde cumplido el

    plazo parapresentarobservaciones a laacusación fiscal, elcual es de 15 d*a% art" 54A inc" 39esultado(A!(o dee'=!$c$am$e'(o

    , -udiencia desobreseimiento%lazo( art" 574 inc" 3es de 15 d$a% 3 1B

    d$a% para que sepronuncie el Juez"

    9esultado(Arch$;o de$'$($;o

     -udiencia de juicio oral(

    %lazo para la realización delaaudiencia( echa "a ma%

    pr&/$ma po%$,"e conintervalo no menor de 3Adías art" 544 inc" 3

    %lazo para emitir sentencialuegode la audiencia del juiciooral( d*a% prorro#a,"e% por d*a%ad$c$o'a"e% en caso detratarsede procesos complejos" -rt"5?@ inc" @

    9esultado(Se'(e'c$a co'de'a(or$ao a,%o"!(or$a para e"proce%ado

    0

    8enuncia )iscal

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    DDIDIFERENCIAS DE OTRAS CARACTERSTICASFUNCIONALES

    MODELOPROCESAL

    FUNCIONESORALIDAD

    FISCAL JUEZ

    ANTI4UO

    MODELOPROCESAL

    I )ormula denunciaen virtud de una>nvestigación

    %reliminarefectuado en sumayoría por la%olicía 2acional"

    I =n Juez que es el8irector de la>nvestigación, el

    mismo quesentencia en un%roceso Sumario"

    I.odo elproceso esescrito

    NUEVOMODELO

    PROCESAL550

    Elfiscal es el 8irector de la >nvestigación%reparatoria,apoyado por la%olicía 2acional"

    %uede solicitar al Juez

    de la >nvestigación%reparatoria lasmedidascoercitivas ocautelarespertinentes"

    =n juez para la fase dela >nvestigación%reparatoria yetapa >ntermedia"controlando lasgarantías de losderecos

    fundamentales delas partesprocsales"

    I =n juez queconduce y dirige elJuzgamientodenominado Juez%enal"

    I.odo elproceso esoral

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    VENTAJAS DE LA IMPLEMENTACION DEL NCPP EN ELPERU

    3" Red!cc$&' de "a car#a proce%a" El nuevo modelo tiene un efecto muy

    interesante, llamado el Kefecto embudoL, es decir, del 3AAM de casos que ingresan en

    el sistema de justicia penal, no todos tienen que llegar al juicio oral propiamente dico;

    los casos se van eliminando o terminando y los que quedan en el camino se van

    arcivando"

    @" Ora"$dad  Se elimina la forma de trabajo en función del e'pediente para

    trabajar en base a la oralidad, es decir las partes se presentan directamente frente al

     juez, discuten el caso y de manera inmediata y directa e imparcial el juez puede tomar 

    decisiones m!s apropiadas" El primer cambio es que se deja la escritura y se pasa a

     juicios orales para todo tipo de casos prevalece el sistema de las audiencias orales"

    5" 4ara'(*a% de derecho% Busca garantizar el debido proceso a travs de unJuez imparcial no contaminado con la investigación de los ecos"

    7" Tra'%pare'c$a  -l proponer juicios orales, adem!s son p&blicos lo cual

    permite que la gente tenga acceso a estos" pues a travs de la audiencia, el -bogado

    8efensor y el )iscal e'ponen p&blicamente sus argumentos, y luego el Juez dicta la

    resolución, la que tambin es fundamentada p&blicamente" Esta metodología de

    trabajo permite una real evaluación de la calidad profesional y del peso de los

    argumentos, por parte del publico"

    4" Ce"er$dad Proce%a" los plazos m!'imos que establece la ley procesal, en la

    pr!ctica son reducidos a menos de la mitad, lo que permite darle mayor rapidez a la

    realización de la audiencia y por cierto a la decisión judicial que en ella misma se

    dicta" -dem!s de la puntualidad en la realización de las audiencias"

    " Eco'om*a Proce%a" permite un aorro sustancial de tiempo y recursos, pues

    al dictarse la resolución en la misma audiencia, y consignarse ella en el acta misma,

    permite que el acta opere como resolución y acto de notificación de las partes,

    aorr!ndose al Estado los costos que implica el redactar por escrito la resolución, y

    luego el costo que implica sacar copias para la notificación formal"

    6" Separac$&' de F!'c$o'e%"I En este nuevo modelo procesal el )iscal siendo el

    titular del ejercicio de la acción penal p&blica es a quien se encomienda tambin la

    carga de la prueba, quien mejor el m!s indicado para plantear la estrategia de

    investigación y desarrollarla conjuntamente con la %olicía, formulando sus ipótesis y

    conclusiones al conocimiento de una noticia criminal" El Juez asume unas funciones,

    entre otros, de control de garantías de los derecos fundamentales de los sujetos

    procesales" y la de Sentenciar"

    1*

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    FUNCION DEL FISCAL EN EL NUEVO MODELO PROCESAL

    PENAL DEL AO 550

    El nuevo modelo %rocesal %enal del a/o @AA7, que se viene implementando asta la

    feca en los 8istritos Judiciales de uaura, #a #ibertad, .acna, $oquegua y

     -requipa, trae consigo dentro de las principales modificaciones, las funciones que le

    corresponden al )iscal dentro del proceso penal"

    %odemos ver, que en el antiguo modelo procesal de 3?7A el )iscal como titular de la

    acción penal, al tener conocimiento de un eco criminoso disponía el inicio de las

    investigaciones preliminares, tiempo en el cual, despus de reunir los elementos

    necesarios formalizaba la denuncia penal correspondiente, remitiendo los actuados al

    Juzgado %enal competente a efectos de que sea ste quien se encargue de realizar 

    todas las diligencias tendientes a establecer la responsabilidad del imputado durante

    la etapa de la instrucción, la misma que al ser concluida era devuelta al )iscal para

    que emita el pronunciamiento correspondiente ya sea para emitir una acusación o

    solicitar el sobreseimiento de la causa, en caso de acusación posteriormente se

    efectuaba el respectivo juicio oral donde se debatiría la prueba para establecer la

    responsabilidad penal del imputado, evidenci!ndose pues que en el antiguo modelo

    procesal no se efectuaba la correcta separación de funciones entre el acusador y el

     juzgador, ya que el mismo Juzgador era quien se encargaba de acopiar elementos de

    prueba en la etapa de instrucción, para posteriormente encargarse del juzgamiento

    del imputado, afect!ndose de sta manera la imparcialidad que debe tener el

     juzgador; en el nuevo modelo procesal penal se establece que el Juez debe llegar a

    la etapa de juicio oral sin aberse KcontaminandoL con el conocimiento de las pruebas

    actuadas ya que ser! recin en el juicio donde las partes tanto el )iscal como el

     -bogador 8efensor del imputado presentar!n sus teorías del caso con las respectivas

    pruebas, las mismas que ser!n merituadas por el Juzgador para emitir la

    correspondiente sentencia"

    El nuevo modelo procesal penal atribuye al )iscal mayores funciones, atribuciones y

    obligaciones durante el desarrollo de un proceso penal, toda vez que se le faculta al

    )iscal la conducción de la investigación del delito desde su inicio, ya sea por si mismo,

    o solicitando la intervención de la %olicía 2acional con dico fin, siendo que el fiscalen el plazo de @A días deber! efectuar las diligencias preliminares a efectos de

    establecer la procedencia o no de la formalización de la investigación preparatoria" N3O

    11

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     El )iscal de considerar que aparecen indicios reveladores de la e'istencia de un

    delito, que la acción penal no a prescrito, que se a individualizado al imputado y

    que, de ser el caso, se an satisfeco los requisitos de procedibilidad, dispondr! la

    formalización de la investigación preparatoria" N@O

    Es en esta etapa del desarrollo del proceso penal, es que se da la gran diferencia de

    la función del )iscal en el nuevo modelo, ya que aora ser! el mismo )iscal quien

    tendr! que encargarse de efectuar durante la investigación preparatoria, antes

    llamada instrucción, todas las diligencias destinadas a reunir los elementos de

    convicción, de cargo y de descargo, que le permitan decidir si formula o no acusación,

    diligencias que anteriormente eran efectuados por el Juez %enal competente, siendo

    la finalidad de la investigación preparatoria determinar si la conducta incriminada es

    delictuosa, las circunstancias o móviles de la perpetración, la identidad del autor o

    partícipe y de la víctima, así como la e'istencia del da/o causado"  N5O

    8urante la investigación preparatoria, el juez sólo actuar! como un juez de garantía y

    de control, pudindole imputado recurrir ante el órgano jurisdiccional cuando se

    considere afectado por alg&n acto realizado por el )iscal, así tenemos que podr!

    acerlo mediante vía de tutela dirigida al Juez de >nvestigación %reparatoria, a quien

    pondr! en conocimiento si considera que sus derecos no a sido respetados, o que

    es objeto de medidas limitativas de derecos indebidas o de un requerimiento ilegal,

    debiendo en stos casos el Juez resolver inmediatamente la solicitud del imputado,

    previa constatación de los ecos y realización de una audiencia en la cual citar! al

    )iscal para que efect&e los descargos correspondientes respecto a los ecos

    alegados por el imputado, para posteriormente decidir si dispone la subsanación de la

    omisión incurrida, o dictar las medidas de corrección o de protección que corresponda

    N7O  " 8e igual manera cuando se considere afectado por el plazo de investigación

    preliminar dispuesta por el )iscal o cuando ste pese a aberse concluido el plazo de

    la investigación preparatoria no a cumplido con concluir la misma y emitir el

    pronunciamiento correspondiente, podr! recurrir ante el Juez de la >nvestigación

    %reparatoria para un control de plazo, caso en el cual el Juez deber! citar en

    audiencia al )iscal y a las dem!s partes, donde revisar! las actuaciones realizadas y

    escucar! a las partes, para luego dictar la resolución correspondiente, en el caso de

    una >nvestigación %reparatoria el )iscal bajo responsabilidad disciplinaria dentro delplazo de 3A días deber! emitir el pronunciamiento correspondiente" N4O

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    El )iscal durante la investigación preparatoria podr! adem!s solicitar ante el Juez de

    la >nvestigación %reparatoria los requerimientos relacionados con las medidas de

    coerción procesal, prueba anticipada entre otros, requerimientos que deber!n

    sustentados oralmente en audiencia ante el Juez, el imputado, su abogado defensor y

    de ser el caso la parte agraviada, estando todos esos requerimientos sujetos a

    decisión judicial"

    1ulminada la investigación preparatoria el )iscal con los elementos recogidos en la

    investigación decidir! si formula acusación o solicita el sobreseimiento de la causa,

    decisión que ser! sustentada oralmente en audiencia" 8e presentar acusación el

    )iscal ofrecer! las pruebas que deber!n ser admitidas para ser actuadas en el juicio

    oral, debiendo el Juez de investigación %reparatoria luego de la respectiva audiencia

    de control, emitir el respectivo auto de enjuiciamiento se/alando la relación de

    pruebas admitidas, la pena solicitada, el monto de la reparación civil y las medidas de

    coerción dictadas contra el imputado, disponiendo la remisión de los actuados al

    Juzgado %enal =nipersonal o 1olegiado seg&n sea el caso, quien deber! se/alar la

    feca para el juicio oral"

    Es en esta etapa del Juicio Cral, donde el )iscal asume el rol m!s importante de todo

    el proceso penal, ya que mediante tcnicas de abilidad y destreza en la litigación

    oral, tendr! la función de demostrar al Juez con las pruebas ofrecidas y admitidas la

    responsabilidad del acusado en la comisión de un evento delictivo, pruebas que

    podr!n tambin ser cuestionadas por el imputado por intermedio de su abogado

    defensor, así como por la parte civil, teniendo el )iscal la obligación de coadyuvar con

    la ubicación de sus testigos a fin de poder probar en juicio los cargos atribuidos al

    acusado, es decir deber! probar que su teoría del caso es la correcta y no la

    presentada por el abogado defensor, siendo que luego de producirse la actuación de

    las pruebas y escucados los alegatos de cierre tanto del )iscal como el abogado

    defensor del imputado, ser! el Juez quien deber! emitir la sentencia correspondiente"

    %odemos concluir luego de lo e'puesto que el )iscal como titular del ejercicio de la

    acción penal publica y persecutor del delito tiene una función muy importante durante

    el curso de un proceso penal, ya que al tener conocimiento de la e'istencia de la

    comisión de un evento criminoso deber! efectuar todas las diligencias tendientes a

    obtener las pruebas necesarias para demostrar la responsabilidad del autor, a fin deque sea el Juez quien condene al mismo y de esta manera se pueda resarcir de

    alguna manera a aquellas personas que se ayan visto perjudicadas por la comisión

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    del delito, siendo evidente pues que el )iscal se encuentra frente a los ojos de toda

    una Sociedad que espera que se aga justicia y que se sancione a todas aquellas

    personas que trasgreden el ordenamiento jurídico, función que deben cumplir con

    responsabilidad y velando siempre por la defensa de los derecos tanto del imputado

    como de la parte agraviada"

    14  #r56culos. 0* 7 018 del $ódigo Procesal Penal 9 %ec. &eg. N8:/

     24  Numeral 18 del ar5. 3308 del $ódigo Procesal Penal9 %ec. &eg. N8:/

    34  Numeral 18 del ar5. 3218 del $ódigo Procesal Penal. %ec. &eg. N8:/

     -4 Numeral -8 del ar5. 18 del $ódigo Procesal Penal%ec. &eg. N8:/

     /4 Numeral 28 7 N83 del ar5.3-38 del $ódigo Procesal Penal%ec. &eg. N8:/

     

    1-

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    FUNCION DEL JUEZ EN EL NUEVO CODI4O PROCESAL

    PENAL

    1 JUEZ DE LA INVESTI4ACI@N PREPARATORIA

    Ejerce lo que en la doctrina se denomina los poderes de control formal y sustancial o

    material frente a la acusación del )iscal %rovincial, denomin!ndose a sta como

    KEtapa >ntermediaL, que no es un mero tr!nsito que conduzca ine'orablemente a la

    etapa del juzgamiento, sino que, a diferencia del modelo procesal de 3?7A, el juez de

    esta etapa ejerce realmente facultades decisorias que, de modo alguno, tienen

    car!cter vinculante con la pretensión punitiva ejercitada por el órgano persecutor del

    delito, ya que su accionar se encuentra enmarcado dentro de los principios garantistas

    que guían al proceso penal moderno" En efecto, en el nuevo modelo procesal, cuando

    el )iscal %rovincial requiere la acusación, sta se pone en conocimiento de las partes

    por el plazo de 3A días, tal como lo establece el artículo 54AH del 1%%I @AA7, a fin de

    que stas puedan formular sus observaciones por defectos de forma o de fondo,

    deducir e'cepciones u otros medios de defensa, Kpedir el sobreseimientoL, instar la

    aplicación del K%rincipio de CportunidadL si fuera el caso, objetar la reparación civil; en

    suma, plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio" -gotado

    este tr!mite, el Juez de la >nvestigación %reparatoria, convoca a las partes *%rincipio

    de >nmediación+, a la -udiencia %reliminar de 1ontrol de -cusación, en la que sepronunciar! sobre las pretensiones requeridas o formuladas por las partes, resultando

    novedoso que este juez, ejerciendo el poder de control material o sustancial, pueda

    recazar la -cusación )iscal, pronunciando de oficio o a pedido de parte, el -uto de

    Sobreseimiento, garantizando de este modo que el juzgamiento se lleve a cabo solo

    cuando se observe el K%rincipio del juicio probableL, evitando con ello los casos

    glamorosos de indebidos y arbitrarios juzgamientos, como ocurre en el modelo

    procesal de 3?7A"

    8entro de las facultades del Juez de la >nvestigación %reparatoria, tambin est! la de

    amparar la acusación del )iscal %rovincial, disponiendo que el proceso pase a la

    etapa del juzgamiento y con ello agota su competencia"

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    JUEZ DE JUZ4AMIENTO

    #os jueces a cargo de la etapa estelar que viene a ser el Juicio Cral, actuar!n con

    absoluta imparcialidad y objetividad al conocer los ecos materia de juzgamiento,

    toda vez que no an tenido intervención alguna en las etapas anteriores del proceso,

    tal como ocurre actualmente con el modelo procesal de 3?7A" -dentrarse en elconocimiento del nuevo modelo procesal penal, implica adoptar una nueva

    cosmovisión de lo que debe entenderse como Justicia %enal en los tiempos actuales"

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