preprensa pagina individual sangrados y marcas

32
DECLARACIÓN JURADA 2012 Declaración Jurada 2012 IRPF IASS

Transcript of preprensa pagina individual sangrados y marcas

Page 1: preprensa pagina individual sangrados y marcas

DECLARACIÓN JURADA 2012

Declaración Jurada 2012 IRPF

IASS

Page 2: preprensa pagina individual sangrados y marcas

DECLARACIÓN JURADA 2012

Page 3: preprensa pagina individual sangrados y marcas

En este material usted encontrará información relativa a la Declaración Jurada del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas y del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social, a quienes les corresponde realizarla, sobre los vencimientos para presentar la documentación, los plazos para abonar posibles saldos y los locales de atención al público, entre otros aspectos.También contiene información sobre los beneficios que les corresponde a aquellos contribuyentes que durante el año 2012 hayan alquilado vivienda o hayan pagado un crédito hipotecario.Es esencial que todos entendamos nuestra responsabilidad ciudadana en el funcionamiento del Estado; vivir en sociedad cuesta dinero, y debemos contribuir a su financiamiento entre todos.Comprendemos la relevancia del tema tributario para las personas y es por eso mismo que nos esforzamos cada día por ser mejores en lo que hacemos, más profesionales y brindando servicios de mayor calidad, con la incorporación de nuevas tecnologías como las aplicaciones para celular.Este año, algunos contribuyentes podrán, digitando el número de su cédula de identidad, acceder a través de nuestro portal Web, o de su celular, a un borrador de su declaración jurada confeccionada por la DGI. Si están de acuerdo con los datos tendrán la opción de aprobar dicha declaración y podrán corroborar si tienen un crédito a cobrar o un saldo a pagar.La Administración Tributaria continúa ampliando servicios y trabajando orientada por los valores de: legalidad, integridad, eficiencia, transparencia, honradez, imparcialidad, equidad y justicia. El aporte de todos, nos beneficia a todos. Cordialmente le saluda,

Cr. Pablo FerreriDirector General de RentasDirección General Impositiva

Estimado contribuyente:

Page 4: preprensa pagina individual sangrados y marcas

El aporte de TODOS, nos beneficia a TODOS.

Page 5: preprensa pagina individual sangrados y marcas

¿Tengoque presentarla DeclaraciónJurada?

¿Cúando son los vencimientos?

¿Quépuedodeducir?

Trabajadordependiente

Trabajadorindependiente

Pasivos

Rentaspor capital

IRPF por Núcleo Familiar

Formas de presentarla declaración jurada

Deducciones

Vencimientos

Asistencia

Crédito Fiscalpor arrendamiento

Page 6: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Soytrabajadordependiente.

Trabajadordependiente

¿Debo realizar la Declaración

Jurada?

Entéreseaquí.

Page 7: preprensa pagina individual sangrados y marcas

¿Optó por la reducción del 5% en los anticipospor régimen de Núcleo Familiar?

SI NO

¿Sus ingresos en el período enero - diciembre2012 superaron los $ 378.990 nominales?

SI NOSINO

¿Sus ingresosfueron de un único pagador?

¿Sus ingresosfueron de un único pagador?

SI NO

¿Presentóel formulario3100 cuando los ingresos fueron simultáneos?

SI NO

¿Tuvo ingresos en diciembre 2012?

NO NECESITA REALIZARLA DECLARACIÓN JURADA

DEBE REALIZARLA DECLARACIÓN JURADA

NO SI

Page 8: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Trabajadorindependiente

Page 9: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Se trata de aquellos profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales en formaindependiente duranteel año 2012 y no hayan tributado IRAE por esas rentas.

Los trabajadores independientes deben presentar la Declaración Jurada.

Page 10: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Presentar la Declaración Jurada del IASS es obligatorio para algunos pasivos y para otros no.

Entérese aquí cuál es su caso.

Pasivos

Page 11: preprensa pagina individual sangrados y marcas

SI

¿Tuvo ingresos endiciembre de 2012?

SI

NO

¿Presentó el formulario3800

cuando los ingresos fueron simultáneos?

NO

SI

NO

NO NECESITA REALIZARLA DECLARACIÓN JURADA

DEBE REALIZARLA DECLARACIÓN JURADA

$378.990 ¿Sus ingresos superaron los

en el período enero - diciembre 2012?

¿Usted recibe pasividades de más de una entidad pagadora?

NO SI

Importante: El IASS no prevé la opción de declarar como Núcleo Familiar ni acceder a deducciones.

Page 12: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Si usted posee rentasde capital, entérese aquí si debe realizar la Declaración Jurada o no.

Rentaspor capital

Page 13: preprensa pagina individual sangrados y marcas

IRPF por rentas de capital

Tramitó la exoneración (válida para arrendamientos menores a $ 96.680 en el período enero - diciembre 2012)

Fue objeto de retención

Realizó los anticipos correspondientes

¿Posee rentas por arrendamientos?

No deberá presentar la Declaración Jurada si:

¿Posee rentas de otro tipo (intereses, incrementos patrimoniales, etc.)?

No deberá presentar la Declaración Jurada si fue objeto de retención.

En los demás casos la presentación de la Declaración Jurada será obligatoria.

Page 14: preprensa pagina individual sangrados y marcas

¿Quiénes puedenconstituir NúcleoFamiliar?

IRPF por Núcleo Familiar

Page 15: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Liquidar el IRPF por Núcleo Familiar no es obligatorio.

Es una opción para el contribuyente, que se realiza

con la presentación de la respectiva Declaración Jurada.

¿Cómo saber si la liquidación por Núcleo Familiar es la más conveniente?

Ingresando en la página web www.dgi.gub.uy en la cual se encuentra disponible una planilla de cálculo: SIMULADOR IRPF Núcleo Familiar.

Quienes optaron por la reducción del 5% por Núcleo Familiar NO están obligados a declarar como Núcleo Familiar.

De todos modos, SÍ están obligados a presentar la Declaración Jurada, ya sea como Persona Física o como Núcleo Familiar.

Pueden constituir Núcleo Familiar:

(no separados de bienes

y sin capitulaciones matrimoniales).

Los cónyuges Los concubinos

reconocidos judicialmente.

En ambos casos, integrados exclusivamente por personas físicas residentes, y siempre que alguno de los integrantes

no sea contribuyente de IRAE, IRNR, IMEBA o IASS.

La opción de liquidación de Núcleo Familiar solo es válida para las rentas de trabajo (Categoría II).

IMPORTANTEUna vez realizada la opción de liquidar el IRPF como Núcleo Familiar,

no se podrá cambiar la misma liquidando como persona física o viceversa en el año 2012.

Page 16: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Formas de presentarla Declaración Jurada

Todos los formularios están disponibles en www.dgi.gub.uyhaciendo un click en “DECLARACIÓN JURADA 2012 IRPF - IASS”.

Page 17: preprensa pagina individual sangrados y marcas

También podrá presentarse directamente por web, para lo que es necesario obtener previamente una clave personal de acceso (sin costo), que será provista firmando un contrato de adhesión en la DGI. La misma clave podrá ser utilizada para el envío del formulario 1102.Los contribuyentes que en el ejercicio 2012 no hayan tenido actividad independiente, deberán presentar el formulario 1302 sin actividad.

RENTAS DE CAPITALPASIVOS

Completar elformulario 1802

Completar elformulario 1101

Locales de

asistencia

personalizada

Enviarlo directamente por la web: www.dgi.gub.uy

TRABAJADORES

Independientes Dependientes

¿Declara como Persona física o como Núcleo Familiar?

¿Declara como Persona física o como Núcleo Familiar?

Núcleo Familiar

Persona Física

Núcleo Familiar

Persona Física

En un medio magnético

(CD, disquete o pendrive)

en entidades colaboradoras

(RedPagos, Abitab, CorreoBanc).En el caso del formulario 1103, solo es válida la presentación en un medio magnético.

ELEGIR 1 DE ESTAS 3 OPCIONESDE PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO A DGI

Completar elformulario 1302

para IVAservicios

personales

para lo que es necesario obtenerpreviamente una clave (sin costo) que será provista por DGI o en Abitab.

Completarel formulario 1102

Completarel formulario 1103

Completarel formulario 1102

Completarel formulario 1103

Page 18: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Deducciones

A partir de este añose pueden deducir las cuotas de préstamos hipotecarios, BHU y Cooperativas de Vivienda.

Page 19: preprensa pagina individual sangrados y marcas

¿Quiénes pueden acceder?

Aquellos que sean contribuyentes del IRPF por rentas de trabajo (no es válida para contribuyentes del IASS).

¿Cuáles son las condiciones para poder realizar la deducción?

Que los montos pagados por cuotas (de préstamos hipotecarios, del BHU, Cooperativas de Vivienda, fondos sociales o sociedades civiles) hayan estado destinados a la adquisición de vivienda única y permanente del contribuyente.

Que el costo de la vivienda no haya superado las UI 794.000.

El monto máximo a deducir no podrá superar las 36 BPC anuales ($ 87.012).

¿Qué se puede deducir?

¿Qué sucede cuando son dos o más los titulares?

La deducción se deberá considerar de común acuerdo entre los contribuyentes. En caso contrario, la misma será computada en partes iguales.

Se podrán deducir los montos devengados a partir del 1º de enero de 2012 y pagados durante el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2012 por cuotas de préstamos hipotecarios, cuotas de promitentes compradores cuyo acreedor sea el BHU, o cuotas de Cooperativas de Vivienda, fondos sociales o sociedades civiles, destinados a la adquisición de vivienda única y permanente.

Page 20: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Crédito Fiscalpor arrendamiento

Soy arrendatariode un inmueble,¿Qué puedo descontar?

Page 21: preprensa pagina individual sangrados y marcas

¿Quiénes pueden acceder? Aquellas personas que hayan generado IRPF (por rentas de trabajo)

o IASS durante el ejercicio 2012, y que hayan sido arrendatarios de inmuebles con destino a vivienda permanente, cuyos contratos hayan sido celebrados por escrito y tengan un plazo mayor a un año, en tanto puedan identificar al arrendador.Por lo tanto aquellas personas que no hayan generado los mencionados impuestos (IRPF por rentas de trabajo o IASS) durante el ejercicio 2012, no podrán hacer uso del crédito fiscal por arrendamientos.

¿Qué sucede cuando son dos o más los arrendatarios?

El crédito fiscal a computar se deberá considerar de común acuerdo. En caso contrario, el crédito será considerado en partes iguales.

Se podrá descontar como crédito fiscal, el equivalente al 6% del precio del arrendamiento efectivamente pagado correspondiente al año 2012, sin perjuicio que el contrato correspondiente no abarque la totalidad del mismo.

Si cumplo con las condiciones para hacer uso del crédito fiscal, ¿Qué debo hacer?

Debe presentar la Declaración Jurada correspondiente.

En caso de ser contribuyente de IRPF: completar el formulario 1102 u 1103.

En caso de ser contribuyente del IASS: completar el formulario 1802.

¿Qué se puede descontar?

Page 22: preprensa pagina individual sangrados y marcas

DGI nos ayuda a confeccionar la Declaración Jurada.

Asistencia

Page 23: preprensa pagina individual sangrados y marcas

1) Que usted tenga rentas de trabajo dependiente y/o pasividades y/o rentas de capital.

2) Que se presente en oficinas habilitadas de DGI en Montevideo o Interior.

3) Que presente la documentación requeridasegún el caso.

Para ello es necesario:

Identificación del contribuyente (Original o fotocopia de la C.I. del titular de las rentas o de los integrantes del Núcleo Familiar).

4) Que lo haga en la fecha dispuesta para usted según se indica en el cuadro de vencimientos.

Información requerida por personal de DGI para la confección de la DeclaraciónJurada.

En caso de realizar la declaración de Persona Física, si concurre un tercero a realizar el trámite, debe exhibir su C.I.

En el caso de realizar la declaración de Núcleo Familiar, deberán concurrirambos integrantes.

Page 24: preprensa pagina individual sangrados y marcas

¿Cuál es la documentación requerida en cada caso?

Hoja Resumen emitida por la empresa o entidad responsable de la retención de IRPF Cat. II, donde se informan los importes acumulados hasta el fin de cada mes de ingresos gravados, deducciones proporcionales y las retenciones efectuadas en el período enero - diciembre 2012 (comprobante exigido por Resolución de DGI Nº 470/010).

Hoja Resumen emitida por institución previsional o entidad responsable de la retención del IASS, donde se informa el monto total de ingresos gravados y las retenciones efectuadas en el período enero - diciembre 2012 (comprobante exigido por Resolución de DGI Nº 1.213/008 Numeral 11).

Además, en el caso de rentas de trabajo: Deberá declarar las deducciones por hijos menores o personas a cargo (para lo cual requerirá el original o fotocopia de la C.I de los mismos).También declarar las Deducciones profesionales (aportes a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios o Caja Notarial y Fondo de Solidaridad).

2

3

Page 25: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Si desea considerar la deducción por cuotas de préstamos hipotecarios, BHU, Cooperativas de Vivienda, fondos sociales o sociedades civiles,deberá proporcionar:

Identificación del inmueble (departamento, localidad, número de padrón y unidad correspondiente).

Identificación de la entidad otorgante del préstamo (tipo de entidad, denominación, número de RUC o Cédula de Identidad o Número de Identificación extranjero - NIE).

Comprobante emitido por las instituciones sujetas al control del Banco Central del Uruguay o por la Agencia Nacional de Vivienda. Para los restantes casos, se requiere el monto total de las cuotas devengadas a partir del 1º de enero de 2012 y pagadas durante el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de Diciembre de 2012, y el porcentaje de la titularidad en el préstamo.

Número de inscripción en el Registro de Hipotecas si la entidad otorgante no es una institución sujeta al control del Banco Central del Uruguay ni una entidad estatal.

Page 26: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Si usted es arrendatario, tributa IRPF o IASS y desea considerar el crédito fiscal por arrendamiento deberá proporcionar:

Suma del arrendamiento efectivamente pagado en el períodoenero - diciembre 2012 (en caso de ser dos o más arrendatarios se debe considerar sólo el monto que le corresponde).

Datos identificatorios del arrendador: Nombre y apellido o denominación, Cédula de Identidad, Número de Identificación extranjero (NIE) o número de RUC, Domicilio.

Datos del inmueble arrendado: Departamento, Localidad, Número de Padrón, Unidad correspondiente.

¿Quédocumentaciónnecesito?

Page 27: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Suma de ingresos por arrendamientos del período enero - diciembre 2012.

Suma de los montos retenidos o anticipados en el período.

Rentas por

arrendamientos

Suma de gastos del período enero - diciembre 2012 correspondientes a:

Pagos de Contribución Inmobiliaria.

Pagos de Impuesto de Primaria.

Honorarios por suscripción y/o renovación del contrato.

Comisión de la Administradora de Propiedades.

IVA de los honorarios y de la comisión referida.

Page 28: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Vencimientos

¿Cuándo vence el plazo para presentar la Declaración Jurada?

Page 29: preprensa pagina individual sangrados y marcas

RUC, C.I. o N.I.E. según corresponda

0

1

2

3

4

5

6

7

24 al 27 de junio

24 al 27 de junio

28 de junio al 3 de julio

4 al 9 de julio

10 al 15 de julio

16 al 22 de julio

23 al 26 de julio

29 de julio al 1 de agosto

8 2 al 7 de agosto

9 8 al 13 de agosto

Quienes no opten por contar con ayuda del personal de la DGI, pueden realizar la declaración en forma anticipada o en el plazo que les corresponde según el cuadro.

Quienes elijan contar con la ayuda del personal de DGI (todos los contribuyentes de IRPF/IASS excepto los trabajadores independientes) deberán hacerlo EXCLUSIVAMENTE en los plazos establecidos en el cuadro de vencimientos, de acuerdo al último digito de su Nº de Cédula de Identidad o RUC o N.I.E. (para extranjeros).

Aquellos contribuyentes que hayan optado por liquidar como Núcleo Familiar, deberán hacerlo de acuerdo a la primera de las fechas de vencimiento de los integrantes del Núcleo Familiar individualmente considerados.

¿Cuándo presentar en caso de Núcleo Familiar?

Page 30: preprensa pagina individual sangrados y marcas

de 09:00 a 20:30 hs.

Mario Cassinoni 1647 * de 08:30 a 20:00 hs.

La Casona de Punta Carretas(Ellauri 306) **

de 09:00 a 20:30 hs.WTC (Luis Alberto de Herrera 1248, locales 24 y 25) **

de 10:00 a 16:00 hs.DGI Costa Urbana Shopping (Av. Giannatasio km 21, Local 202) *

Montevideo

Interior

De 10:00 a 16:00 hs.Oficinas de DGI en el Interior *

* A partir del 17 de junio. ** A partir del 24 de junio.

¿Dónde puedo recibir ayuda para presentar la declaración?

Page 31: preprensa pagina individual sangrados y marcas

Si de la declaración jurada surge un saldo a pagar,¿Cuándo se efectúa ese pago?

1ª cuota 20 de agosto de 2013

20 de setiembre de 2013

21 de octubre de 2013

20 de noviembre de 2013

20 de diciembre de 2013

2ª cuota

3ª cuota

4ª cuota

5ª cuota

¿Dónde se efectúa el pago?

Redes de cobranza habilitadas (Red Pagos,

Abitab, Correo Banc y Nuevo Banco Comercial).

En oficinas de DGI, si el pago se realiza con Certificados de Crédito.

Si de la declaración jurada surgeun saldo a favor del contribuyente,le será devuelto en efectivo en la Red de Cobranzas habilitada (Abitab).

Los contribuyentes del IRPF y del IASS podrán efectuar el pago del saldo del ejercicio correspondiente al 31 de diciembre de 2012 en 5 cuotas iguales de acuerdo al siguiente cuadro de vencimientos:

A través de Internet.

Page 32: preprensa pagina individual sangrados y marcas

DECLARACIÓN JURADA 2012

Recuerde

de 09:00 a 20:30 hs.

Mario Cassinoni 1647 *

de 08:30 a 20:00 hs.

La Casona de Punta Carretas (Ellauri 306) **

de 09:00 a 20:30 hs.

WTC (Luis Alberto de Herrera 1248, locales 24 y 25) **

de 10:00 a 16:00 hs.

DGI Costa Urbana Shopping (Av. Giannatasio km 21, Local 202) *

Montevideo Interior

de 10:00 a 16:00 hs.

Oficinas de DGI en el Interior *

* A partir del 17 de junio.

** A partir del 24 de junio.

por asistencia concurrir a: