N° 57 - Edición Digital

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Expreso de la Costa Julio 2009

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partir de hoy 1 de julio comienza adeposi tarse en las cuentas decapitalización individual o en la pensión

básica solidaria de las mujeres mayores de 65años, un bono por hijo nacido vivo o adoptado.

Esta iniciativa forma parte del gran proyecto deReforma Previsional impulsada por la PresidentaMichelle Bachelet el año pasado. “Sentimosorgullo por este reconocimiento impulsado porla Presidenta Bachelet. El bono por hijo cubriráel desmedro previsional que tienen las mujeresrespecto a los hombres. Aquí hay un esfuerzopor premiar la tarea que significa ser madre ydueña de casa” apuntó la gobernadora deCardenal Caro, Loreto Puebla.

El aporte estimado a depositar corresponde al10% de 18 meses de cotización, es decir unos$300 mil pesos por cada hijo nacido vivo oadoptado y sin importar condición social de lamadre. Entre los requisitos a cumplir para recibireste bono es que la mujer no haya recibidoningún tipo de pensión y que viva hace más de 20 añosen Chile.

El beneficio será recibido en forma automática, con excepciónde aquellas que nunca hayan cotizado. En este caso, lasmujeres deben acudir a cualquier AFP y pagar un mes de

cotización, y así quedar inscritas para recibir tal beneficio.

Bajo este contexto la oficina de Informaciones, reclamosy sugerencias de la gobernación de Cardenal Caro, seencuentra a disposición de todos los usuarios que necesitesampliar dicha información.

on una serie de actividades -aunque no contodas las programadas, por razones del maltiempo- se conmemoro al patrono de los

pescadores, San Pedro, en la comuna dePichilemu.En efecto, domingo 28 en la Casa del Pescador,se concluyó con la exhibición del DOCUMURALrealizado por el colectivo Los Overoles de Santiagoy el lunes 29 en la Caleta de Pescadores tras unaProcesión desde la Parroquia hasta el lugar, serealizó una Misa al aire libre. Y posteriormente,un homenaje a nueve antiguos "hombres de mar",concluyendo finalmente con una degustación atodos los presentes de una serie de productospara beber y comer.Las actividades fueron organizadas por el Sindicatode Pescadores de Pichilemu y por la Federaciónde Pescadores de Pichilemu que preside el activodirigente Carlos Hugo Bozo López.Una cantidad impresionante de público fue la queparticipó en las actividades. Por una parte laProcesión encabezada por el Cura Párroco PabloDonoso y fieles, pero antecedida por la Cofradíade Bailes que muestra tanto entusiasmo -comoen sus inicios- y numerosos integrantes, damasy varones, como también jóvenes y niños deambos sexos.

HOMENAJEADOSAparte de las autoridades de la comuna, entreéstas el alcalde de la comuna, el Capitán dePuerto, dirigentes de los pescadores y los invitadosespeciales acompañados de familiares y gentedel gremio. Pero aparte de ellos, como ya dijimos,gran cantidad de público constituido tanto porpichileminos, como por turistas del largo fin desemana y que pese a los negros vaticinios igualllegaron al balneario pichilemino, donde tras variosdías de lluvia, hoy amaneció despejado y un solque animó a pasear a muchos y hacerse partícipede las actividades que en otras ocasiones terminacon un paseo del Santo Patrono, con un paseopor la bahía.Esta vez esto último no ocurrió por no estar todaslas condiciones recomendables para navegar, loque pese a ello no le restó brillo y emoción a una

jornada en que se destacó la larga trayectoria deantiguos "hombres de mar". Ellos fueron: FelicianoBecerra Becerra, antiguo buzo y mariscador quienya está sobre los ochenta años. Alejandro MellaGalàz, sobre los setenta años y que ha desarrolladohasta hace poco una vida de buzo e instructor depesca a lo largo del país; Víctor Vargas González,buzo cercano a los setenta sino más; ManuelGonzález, Aquiles Muñoz Cornejo, AugustoCepeda Vargas, Juan Bustamante, CrescenteBozo Pérez y Luis Abarca González, todos buzosy pescadores y varios de ellos, además, dirigentesdel gremio.Sin duda, un reconocimiento apropiado y merecidoen esta fecha, donde también nos sumamos aeste reconocimiento.El municipio en la persona del alcalde MarceloCabrera también se sumó a este reconocimiento,brindando un saludo.

De esta forma los esforzados hombres de mar,hicieron frente al anunciado “Tsunami” o“Cataclismo”, claro por un “loco de remate”.

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Que los reclamantes –concejales dela Municipalidad de Pichilemu- han

presentado requerimiento a fin de que sedeclare que el Alcalde de dicho municipio donMarcelo Enrique Cabrera Martínez, seencuentra impedido para ejercer dicho cargo,debiendo cesar de inmediato y sin más trámitesen tales funciones, por las razones que allí seconsignan y que se cobijan en las causalescomprendidas en las letras a) y c) del artículo60 de la Ley Orgánica de Municipalidades.Dicha solicitud la dirigen en contra del nombradoen cuanto “Alcalde de la I. Municipalidad dePichilemu” (petitorio de fs. 19), en armonía conel precitado artículo que previene que lascausales en él señaladas apuntan a la cesaciónen el cargo de tal”

Que, no obstante y de acuerdo al decretoagregado en copia a fs. 273 y certificadoaparejado a fs. 271 y 272, la aludida personaasumió el cargo de Alcalde titular de la comunade Pichilemu, recién el 18 de mayo de 2009,de modo que a la fecha de presentación dela mencionada solicitud, 25 de marzo de 2009,no se encontraba en posesión del cargo.De esta forma, resulta evidente que la acciónenderezada a cesarlo en el cargo, conanterioridad a entrar en posesión de él, resultaimprocedente y extemporánea (por anticipación)y ello podría bastar para rechazar elrequerimiento planteado”

“Que no obstante lo anterior y para no dejaren el aire los planteamientos formulados por

los reclamantes –lo que podría motivar ciertainestabilidad institucional en la comuna de quese trata-, este Tribunal Electoral se hará cargode ellos, sólo para demostrar que ni aún bajosus respectos la solicitud impetrada podría seracogida”

”Que el libelo en cuestión se funda en lascausales contempladas en las letras a) y c) delartículo 60 la Ley Orgánica de Municipalidades,la primera representada por la circunstanciade haber sido condenado Cabrera Martínezcon fecha 24 de febrero de 2009 como autordel delito consumado de fraude al Fiscocometido en octubre de 2007 en perjuicio delmismo municipio, a la pena de 61 días depresidio menor en su grado mínimo y a la de7 años y un día de inhabilitación especialtemporal en su grado máximo para el cargopúblico de concejal, junto a otras sancionesaccesorias. El hecho allí establecido se refierea haber rendido una boleta adulterada comogasto por una comisión de servicios efectuadaen su calidad de concejal. Se hace presenteque la pena de inhabilitación referidacorresponde a una pena de crimen y conformeal artículo 17 de la Constitución Política numeral2, la ciudadanía –requisito para desempeñarla Alcaldía- se pierde por condena a penaaflictiva, la cual según el artículo 37 del CódigoPenal incluye a las penas de crimen. Lasegunda causal está basada en que el mismohecho ya reseñado constituiría una grave faltaa la probidad administrativa, respecto a cuyaprimacía en nuestro ordenamiento jurídico losreclamantes extienden sus alegaciones.”

“Que el reclamado reconoce el hecho basal,

pero aduce que en la condena sufrida –por unhecho que juzga menor, una adulteración queabarcó un monto de $20.000- la pena privativade libertad le fue remitida, estimando que sucondena se refirió a un simple delito y no aun crimen, de modo que considera que no haperdido su condición ciudadana; y en cuanto ala falta de probidad atribuida, esgrime no haberasumido -a la sazón- el cargo de alcalde de lacomuna, como para que se le pudiese aplicaruna causal de cesación del mismo, la que entodo caso aconteció antes”.

“Que en el caso de los alcaldes, nuestrosistema constitucional contempla dos momentospara privar del ejercicio de dicha función públicade elección popular: una, para impedirlo(requisitos habilitantes), y se refiere a lasexigencias para ser candidato (artículo 73 dela Ley N°18.695, Orgánica Constitucional deMunicipalidades); y luego, otra para cesarlo(requisitos de cese), una vez en posesión delcargo (artículo 60 de la misma ley). Para loprimero, se requiere estar optando al cargo ypara lo segundo estarlo desempeñando”.

-“Que en el caso sub lite, según consta dela copia autorizada agregada a fs. 163 ysiguientes, el Tribunal Oral en lo Penal deSanta Cruz, con fecha 24 de febrero de 2009,condenó a don Marcelo Enrique CabreraMartínez, a la pena de 61 días de presidiomenor en su grado mínimo y a la “sanciónaccesoria de siete años y un día deinhabilitación especial temporal en su gradomáximo para el cargo público de concejal”,por su responsabilidad de autor de un delitoconsumado de fraude en perjuicio de la

Municipalidad de Pichilemu, cometido enoctubre de 2007. Dicha sentencia fue corregidaen cuanto posteriormente se eliminó elapelativo “accesoria” dado a esta últimasanción (sin que corresponda aquí, pese a suinmensa gravitación, hacerse cargo deldiscutible expediente de corregir de esta formauna sentencia definitiva en materias de errorde derecho)”

-“Que, según ya se ha dicho, don MarceloCabrera Martínez asumió el cargo de Alcaldetitular de la comuna de Pichilemu, con fecha18 de mayo de 2009.De lo anterior fluye que el hecho ilícitoestablecido por el Tribunal Oral de Santa Cruzy en el que se cifra la primera causal decesación de los reclamantes, ocurrió antes dela inscripción de su candidatura al actual cargoque detenta; pero la sentencia condenatoria,después de su elección en el cargo y antesde su asunción”

”Que según el texto literal del precitadoartículo 60 de la Ley N°18.695, OrgánicaConstitucional de Municipalidades, “el alcaldecesará en su cargo….”, ante “la pérdida de lacalidad de ciudadano”, esto es, la pérdidadebe acontecer mientras ejerce su cargo detal. El “alcalde electo” y no asumido, no tienela calidad de alcalde en su cargo, de modoque no pueden afectarle las inhabilidadesprevistas en la ley para éste (el constituyenteno incorporó la expresión el “candidato electo”,“alcalde electo” u otra semejante: habla lisay llanamente del “alcalde”, como si lo hizo conel Presidente de la República en que sereconoce la figura del Presidente electo)”.

n la tarde de esta miércolesse presentaba en el TribunalElectoral Regional, justo el

día en que vencía el plazo, unrecurso de apelación, que buscarevertir el fallo que rechazo elrecurso en contra del alcaldeMarce lo Cabrera Mar t ínez,presentado por el concejo municipalde Pichilemu.

La presentación de este recurso fuepatrocinada por el abogado JoséLuis André en el Tribunal Electoralde Rancagua, quien lo deberá remitir

al TRICEL, Tribunal Calificador deElecciones de Santiago.

Aunque la Ley que rige losTribunales Electorales es clara encuanto a que sus fallos no sonapelables y sólo se puede recurrirde reposición en la forma y no en elfondo, la presentación de esterecurso de apelación se basa en elartículo 96 de la Constitución Políticade la República que señala que delos fallos de los tribunales electoralesse pueden apelar al TRICEL,Tribunal Calificador de Elecciones.

Asimismo, según lo pudo confirmar"El Expreso de la Costa" lapresentación de este recurso sufriráen las próximas horas el retiro delpatrocinio de los concejales VivianaParraguez y Juan Cornejo, quienestomaron la decisión de no presentarmás recursos sobre este tema.Antes, Aldo Polanco había decidióno patrocinar recurso alguno contrael Alcalde Cabrera. La apelaciónquedó con el patrocinio de lasconcejalas Marta Urzúa, AndreaAranda y del Concejal RobertoCórdova.

Dos argumentos claves entregó el tribunal electoral regional de Rancaguaal rechazar el requerimiento presentado por el Concejo Municipal dePichilemu, que buscaba cesar en el cargo de Alcalde a Marcelo Cabrera.

Como se ha informado, el recurso patrocinado por el Abogado FabricioJiménez Mardones, invocaba por una parte que el Alcalde Cabrera alhaber sido condenado con una pena de crimen, como lo es la “inhabilitaciónespecial temporal para el cargo de Concejal por 7 años”, habría perdidosu calidad de ciudadano, causal para la cesación en el cargo de Alcaldecomo lo estipula la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.Asimismo se le acusaba de grave falta a la probidad. Los Ministros delTribunal dirían otra cosa.

Como una forma de contribuir a esclarecer la información que no se hadado a conocer del todo, y como un aporte a los miles de lectores quesiguen nuestras ediciones, les presentamos los DATOS CLAVES DELFALLO, en una primera parte y que serán dados a conocer íntegramenteen nuestra próxima edición:

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n las afueras de la pistamunicipal de la comuna dePichilemu se llevará a cabo

una nueva jornada del programaGobierno Más Cerca. Al igual queen ocasiones anteriores, entre las10 de la mañana y las 13:00 horasdel 22 de julio, los diferentesservicios públicos atenderán lasconsultas de los vecinos y vecinasque por distancia, enfermedad uotras razones no pueden acudira realizar sus trámites a otrospuntos de la región.

Como ya es tradicional, laactividad será encabezada por lamáxima autoridad de la provinciade Cardenal Caro Loreto Puebla,contando con la participación deotros servicios como BienesNacionales, Corporación deAsistencia Judicial, Servicio deImpuestos Internos, SERVIU, INP,Registro Civil, Inspección delTraba jo , Sernam, Acc iónSanitaria, Conaf entre otros.

En esta oportunidad y como ha

sido la temática de este año,durante la tarde se repetirá dichajornada con los servicios deBienes Nacionales, Serviu, INP,Registro Civil, Fosis y Prodemuen el sector de Cardonal dePanilonco.Para lo que resta del año, elcalendario del programa gobiernomás cerca es el siguiente:

En forma extrordinaria y a solicitudde los vecinos y vecinas del sectorde Puertecillo comuna deNavidad, se realizará una jornadaespecial en el mes de octubre, deahí la importancia de lapar t ic ipac ión de toda laciudadanía.

pesar del intenso frío, conmucha alegría y desde muytemprano comenzaron a llegar

a la Pista Municipal de Pichilemu,los 25 clubes de Adulto Mayor de lasdistintas comunas de Cardenal Caroque fueron beneficiados con el FondoNacional SENAMA 2009

Equipamiento de sedes, actividadessaludables y viajes son sólo algunasde las actividades que estaspersonas podrán disfrutar luego deuna intensa vida de trabajo “Esto essueño para nosotros, estamos muycontentos y agradecidos de lapresidenta, ya que vamos a poderviajar y conocer lindos lugares”señaló el presidente del Club deAdul to Mayor “Renacer deCabeceras, Oscar Yañez

En la act iv idad que estuvoencabezada por la Gobernadora deCardenal Caro, Loreto PueblaMuñoz, además del Seremi del

Trabajo y Presidente de ConsejoRegional del Adulto Mayor, MarioGuerén y coordinadora regional deSenama Alba Gallardo.

El Fondo Nacional del Adulto Mayortiene seis años de existencia y suobjetivo es contribuir a la promoción,protección de los derechos yparticipación social de las personasmayores, fomentando su autonomía,autogest ión y asociat iv idad.“pensando en el bienestar de todasla personas mayores, este añoaumentó en un 20% el fondo, lo quesin duda ha sido un gran aporte paralos distintos clubes de adulto mayor,por lo que deseamos mucho éxito atodos los beneficiados y hacemosun llamado a que el año que vienemás organizaciones puedasparticipar” indicóLoreto Puebla, Gobernadora deCardenal Caro.

En la Región el detalle de la

adjudicación es els i g u i e n t e : 2 5p r o y e c t o s e nCardenal Caro porun monto total de $2 2 . 2 1 6 . 8 8 3 ;Colchagua con 48proyectos con unm o n t o d e$37.962 .990 yCachapoal con$83.180.065.

Durante el año2 0 0 8 e s t eprograma financió 2.404 iniciativasen todo el país, por un monto de$2.213.517.000, permit iendobeneficiar a 118.464 adultos mayoresde todo el país. Para este año seespera financiar cerca de 3.000proyectos.

Las iniciativas de los mayores tienenque ver con capac i tac ión ,implementación de sedes y paseos,

entre otros.El Fondo Nacional del Adulto Mayorasigna recursos destinados alfinanciamiento de proyectos ideadosy ejecutados por las propiasorganizaciones de personasmayores. En ese sentido, losproyectos de la Región apuntan aviajes, talleres y habilitación deespacios de trabajo en áreasdeportivas y recreativas, entre otros.