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DIRECCION DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTACULOS PUBLICOS 1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.

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DIRECCION DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTACULOS PUBLICOS

1

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA

DIRECCIÓN DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

DEL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.

DIRECCION DE COMERCIO, ALCOHOLES Y ESPECTACULOS PUBLICOS

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I N D I C E

1 Introducción.

2 Misión.

3 Objetivo.

4 Marco jurídico.

5 Organograma estructural.

6 Funciones sustantivas Dirección de Comercio, Alcoholes y Espectáculos

Públicos.

6.1 Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

6.1.1 Coordinación operativa de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

6.1.1.2 Sección de Inspección y Vigilancia.

6.1.1.3 Sección de Permisos y Registros.

6.1.1.4 Sección de Eventos y Espectáculos Públicos.

6.1.1.5 Sección de Salones, eventos Sociales y Videojuegos.

6.2 Subdirección de Comercio.

6.2.1 Coordinador Operativo de Comercio en la Vía Pública.

6.2.1.2 Sección de inspección y vigilancia.

6.2.1.3 Sección de Permisos y Registros.

6.3 Subdirector de UEPSE.*

6.3.1 Sección de inspección y vigilancia.

6.3.2 Sección de permisos y apoyo técnico.

*Unidad de Espacios Públicos y Sano Esparcimiento.

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1. INTRODUCCIÓN.

La Dirección de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos, tiene como responsabilidad

sustantiva vigilar con transparencia y eficacia, que los establecimientos autorizados para la

venta de bebidas con graduación alcohólica, así como el desarrollo del comercio en la vía

pública, en el municipio de Ensenada, Baja California, se realice en estricto apego a los

lineamentos establecidos en la Ley para la venta de bebidas alcohólicas del estado de Baja

California, así como de los reglamentos de Alcoholes y Comercio para el municipio de

Ensenada; a efecto de que el desarrollo de dichas actividades se efectúen en un marco de

respeto al orden y al interés social.

Asimismo en el ámbito de la actividad comercial relacionada con la venta de bebidas con

graduación alcohólica, tiene la delicada responsabilidad de vigilar el correcto y eficiente

desarrollo de los programas orientados a motivar y fomentar el consumo responsable de

bebidas con graduación alcohólicas, y los relacionados con la seguridad en el tráfico vehicular;

así como impedir todo tipo de promociones y/o prácticas comerciales que alienten o estimulen

el consumo inmoderado de bebidas alcohólicas.

Para el eficaz cumplimento de sus responsabilidades, la Dirección de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Públicos emite el presente manual de organización, teniendo como referencia la

eficiencia operativa, a través de una clara identificación y vinculación entre actores y procesos

y en un marco que favorezca la transparencia y la rendición de cuentas.

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2. MISIÓN.

Cumplir y hacer cumplir con lealtad institucional, respeto, honestidad y eficiencia, los

Ordenamientos jurídicos y administrativos que rigen la administración pública, así como las

Leyes y Reglamentos que regulan la venta y consumo de bebidas con graduación alcohólica,

los espectáculos públicos y el comercio en la vía pública, en el municipio de Ensenada Baja

California.

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3. OBJETIVO.

Fortalecer los procesos de gestión, control y vigilancia de la Dirección de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Públicos en los diferentes ámbitos de operación, que permitan consolidar su

misión, y generar servicios congruentes con las expectativas de transparencia y eficiencia

requerida por la ciudadanía, así como por la propia autoridad municipal.

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4. MARCO JURÍDICO.

Ley para la venta almacenaje y consumo público de bebidas alcohólicas del estado de

Baja California

Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California

Ley de ingresos del municipio de Ensenada, Baja California

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos…………..

Ley que establece las bases mínimas para el control de explotación de aparatos mecánicos,

electrónicos, y musicales para el Estado de Baja California.

Reglamento de Alcoholes para el Municipio de Ensenada, Baja California

Reglamento de Comercio para el Municipio de Ensenada, Baja California.

Reglamento para el funcionamiento de establecimientos para eventos sociales o fiestas para

el municipio de Ensenada, Baja California.

Reglamento para el funcionamiento de espectáculos públicos y centros de reunión para el

municipio de Ensenada, Baja California

Reglamento para el control de la explotación de aparatos mecánicos, electrónicos,

electromecánicos y musicales para el municipio de Ensenada, Baja California.

Reglamento de la Administración Pública para el Municipio de Ensenada, Baja California

Reglamento interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California

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5. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL.

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6. Funciones sustantivas de la Dirección de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Públicos.

Recibir, revisar y enviar al Secretario del Ayuntamiento los expedientes de solicitud de nuevos

permisos debidamente integrados, para que estos sean analizados y canalizados a la instancia

correspondiente.

Recibir, revisar y enviar al Secretario del Ayuntamiento para su análisis y resolución

procedente, los expedientes que corresponden a solicitudes de cambios a permisos

permanentes de: propietario, giro, domicilio y nombre comercial, debidamente integrados y

foliados por el Subdirector de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Recibir, solicitudes de permisos eventuales con los sustentos documentales que acreditan el

cumplimiento exigido por el presente Reglamento, y previo análisis turnarlos ante la autoridad

competente para su autorización o rechazo.

Ordenar visitas de inspección a los establecimientos a que se confiere este ordenamiento.

Calificar las infracciones que en su caso contengan las actas circunstanciadas de inspección.

Llevar un registro actualizado de los permisos permanentes otorgados, así como de los

cambios debidamente autorizados.

Autorizar o suspender el trámite de revalidación de los permisos cuando sea procedente,

teniendo en cuenta los elementos que contemple el expediente respectivo y considerando la

reincidencia en cuanto al número de sanciones graves, así como a adeudos pendientes de

cubrir derivados de sanciones por irregularidades detectadas en visitas de inspección.

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Efectuar los procedimientos de revocación de permisos, reubicación y clausura de los

establecimientos.

Coordinar las labores de las Subdirecciones dependientes de la Dirección de Comercio,

Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Efectuar las funciones que le corresponden como Secretario Técnico del Consejo,

Consultivo Municipal de Alcoholes, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de

Alcoholes para el municipio de Ensenada. Baja California.

Verificar que el presupuesto anual de operación de las Subdirecciones de su competencia se

aplique en forma y tiempo, de acuerdo a la normatividad vigente emitida por la autoridad

municipal correspondiente.

Integrar y dirigir la ejecución de programas de visitas de evaluación y apoyo a las Delegaciones

Municipales, a fin de evaluar las funciones desconcentradas y efectuar el seguimiento

correspondiente.

Verificar que se lleven a cabo los programas anuales de trabajo de la Subdirecciones

dependientes, de conformidad con los tiempos y formas establecidos.

Verificar que las Subdirecciones de su competencia, den seguimiento a las sanciones aplicadas

como consecuencia de visitas de inspección, en tiempo y forma de conformidad con los

reglamentos de la materia correspondientes.

Establecer coordinación con la Dirección Jurídica para el desahogo de demandas, actos de

clausura y revocación de permisos, modificaciones a reglamentos, opiniones y asesorías.

Dirigir y evaluar el seguimiento y control de acciones correctivas, para solventar desviaciones

observadas por auditorias correspondientes a su ámbito de responsabilidad.

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Efectuar acciones de evaluación, seguimiento y control en las Subdirecciones bajo su

responsabilidad, a efecto de validar la correcta aplicación de Leyes y Reglamentos, así como

vigilar el correcto ejercicio de sus funciones.

Evaluar las acciones y compromisos de las Subdirecciones a su cargo establecidos en sus

respectivos programas de trabajo, así como el desempeño del personal a su cargo para medir

su contribución al cumplimiento de la misión de la Dirección de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Públicos.

Cumplir con las demás funciones encomendadas por el Presidente Municipal o Secretario de

Ayuntamiento.

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6.1. SUBDIRECCIÓN DE ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS.

Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia para cerciorarse que los

establecimientos cumplan con las deposiciones de la Ley y el presente Reglamento, y autorizar

a los inspectores que deban ejecutarlas.

Ordenar y calificar inspecciones de factibilidad, motivadas por solicitudes de permisos nuevos

permanentes o por solicitudes de cambios a los ya existentes.

Levantar las actas de inspección o infracciones a los establecimientos por medio de los

inspectores adscritos a la Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Calificar las infracciones que en su caso contengan las actas administrativas derivadas de

visitas de inspección a los establecimientos.

Atender a permisionarios citados por irregularidades detectadas en visitas de inspección, y en

casos de inconformidad por parte de éstos, levantar las actas de comparecencia que den lugar

al derecho de audiencia, a efecto de que presenten las pruebas y alegatos que conforme a

derecho consideren pertinentes.

Ordenar la imposición de sellos o símbolos de clausura o reimposición encaso de violación a

los mismos.

Ordenar la notificación a los operadores de establecimientos diferentes al titular del permiso,

sobre la autorización de cierre o suspensión temporal, solicitada por este último.

Atender inconformidades y recursos de revisión presentados por permisionarios, como

consecuencia de sanciones aplicadas por irregularidades detectadas en visitas de inspección.

Supervisar a los inspectores adscritos a la Subdirección.

Autorizar o suspender el trámite de revalidación de los permisos cuando sea procedente,

teniendo en cuenta los elementos que contemple el expediente respectivo y considerando la

reincidencia en sanciones graves, y los adeudos pendientes de cubrir derivados de sanciones

por irregularidades detectadas en visitas de inspección.

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Recibir y procesar las solicitudes de permisos permanentes e integrar los respectivos

expedientes de conformidad con lo establecido en la Ley y el presente Reglamento, formular

los proyectos de resolución que correspondan y turnarlos al Director de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Púbicos para su revisión y análisis.

Integrar los expedientes con número de folio en los casos de solicitudes de permiso temporal y

cambios a permisos permanente como son: cambios de propietario, cambio de giro, cambio de

domicilio y cambio de nombre comercial y turnarlos al Director de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Púbicos para su revisión y análisis.

Verificar que los pagos correspondientes a permisos permanentes, cambios a permisos

permanentes y permisos eventuales o transitorios se realicen en estricto apego a lo establecido

en la Ley Municipal de Ingresos.

Llevar un padrón o registro actualizado de permisos otorgados por el ayuntamiento, así como

de los cambios autorizados a dichos permisos.

Llevar un registro actualizado y acreditado de asociaciones civiles, instituciones educativas,

deportivas, partidos políticos y demás instituciones contempladas en la Ley de Ingresos y

Hacendarias, que resultan favorecidas en el pago de impuestos. ………………

Integrar el programa anual de actividades de las diferentes secciones operativas dependientes

de la Subdirección, el cual deberá contemplar líneas de acción encausadas a la calidad y

transparencia del los servicios de inspección y tramites relacionados con el otorgamiento o

cambios a permisos.

Definir indicadores de desempeño y productividad de los trabajadores adscritos a las

diferentes secciones operativas que integran la Subdirección.

Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos contraídos en el seno del consejo consultivo

municipal de alcoholes.

Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la

aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes

secciones operativas a cargo de la Subdirección.

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Revisar los informes de productividad y de avance relacionado con las metas y objetivos

contemplados en el programa anual de actividades, para su posterior envío al Director de

Comercio, Alcoholes y Espectáculos públicos.

Integrar y mantener actualizado el acervo normativo e informativo necesario para el correcto

complimiento de las funciones a cargo de las diferentes secciones operativas que integran la

Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

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6.1.1. COORDINACIÓN OPERATIVA DE ALCOHOLES Y ESPECTÁCULOS

PÚBLICOS.

Coordinar y supervisar que las labores de inspección y vigilancia a los establecimientos con

venta de bebidas con graduación alcohólica, se realicen en estricto apego al presente

Reglamento.

Coordinar y supervisar las labores de inspección en espectáculos públicos, eventos masivos y

privados donde se venda y/o se consuman bebidas con graduación alcohólica.

Supervisar, revisar y evaluar las inspecciones de factibilidad realizadas por los inspectores, a

efecto de garantizar que los resultados se apeguen a lo establecido en el reglamento de la

materia.

Levantar actas de circunstanciadas de inspección a través de los inspectores adscritos a la

subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos, cuando se detecten irregularidades en la

operación de los establecimientos autorizados.

Notificar y ejecutar las órdenes de clausura temporal o definitiva y la revocación de permisos

decretada por la autoridad competente.

Efectuar la imposición y retiro de sellos de clausura.

Mantener coordinación y comunicación permanente con C-4 en el desarrollo de las labores de

inspección.

Ejecutar las medidas de apremio de conformidad con lo establecido en el Reglamento de

Alcoholes, Espectáculos o Salones para Eventos Sociales según sea el caso.

Notificar a los operadores de establecimientos diferentes al titular del permiso, sobre la

autorización de suspensión temporal de actividades del permiso solicitada por este último.

Vigilar que la productividad de las secciones operativas a su cargo, se realice dentro de los

indicadores de calidad previamente establecidos, mantener actualizada la información

estadística y elaborar informes de actividades, mensuales y anuales.

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Elaborar los roles y programación de actividades de los inspectores con la periodicidad que las

propias condiciones operativas lo requieran.

Elaborar reportes diarios de inspección.

Controlar el parque vehicular asignado para las labores de inspección, así como su debido

mantenimiento y distribución de combustible.

Coordinar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos de integración de expedientes

correspondientes a solicitudes de cambios a permisos permanentes para la venta, almacenaje y

consumo de bebidas con graduación alcohólica.

Coordinar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos de integración de expedientes

correspondientes a solicitudes de permisos nuevos permanentes para la venta, almacenaje y

consumo de bebidas con graduación alcohólica.

Coordinar y supervisar que los procesos de integración de expedientes correspondientes a

solicitudes de permisos transitorios y eventuales para el desarrollo de espectáculos públicos,

eventos particulares o familiares, a efecto de que se cumplan los requisitos establecidos en los

reglamentos y leyes hacendarias correspondientes.

Coordinar y supervisar los procesos de integración de expedientes correspondientes a

solicitudes de permisos nuevos para la operación de salones para eventos sociales y fiestas.

Coordinar y supervisar los procesos de integración de expedientes correspondientes a

solicitudes de permisos nuevos para la operación de aparatos mecánicos, electrónicos y

musicales.

Turnar al Subdirector de Alcoholes los expedientes integrados, correspondientes a permisos

nuevos permanentes, cambios a permisos permanentes, así como los correspondientes a

permisos transitorios, para su revisión y posterior envío al Director de Comercio, Alcoholes y

Espectáculos Públicos.

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6.1.1.2 SECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Realizar labores de vigilancia y visitas de inspección a los establecimientos con venta, venta

para el consumo, consumo y almacenaje para la venta de bebidas con graduación alcohólica, a

efecto de verificar que la actividad se desarrolle en estricto apego a los reglamentos de la

materia.

Realizar inspecciones factibilidad derivadas de solicitudes de permisos permanentes o

cambios a permisos permanentes, a efecto de verificar las condiciones establecidas en los

artículos 19, 20 y 25 del Reglamento de Alcoholes para el municipio de Ensenada, B.C.

Realizar inspecciones de campo que permitan la depuración y actualización del padrón de

permisionarios.

Levantar las actas circunstanciadas cuando en el desarrollo de las actividades de inspección se

detecten irregularidades en la operación de establecimientos o giros.

Notificar y ejecutar las órdenes de clausura temporal o definitiva y la revocación de los

permisos decretada por la autoridad competente.

Llevar a cabo el retiro o reimposición de los sellos, símbolos o señalamientos de clausura, en

cumplimiento al acuerdo que para tal efecto dicte la autoridad competente.

Aplicar las medidas de apremio contempladas en los reglamentos de la materia, cuando las

condiciones de irregularidad detectadas, pongan en riesgo el interés y el orden social.

Acudir a los llamados de apoyo por parte de la Dirección de Seguridad Publica, Protección Civil

y Bomberos.

Entregar un reporte diario de actividades al coordinador de inspectores.

Las demás que señalen los Reglamentos municipales.

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6.1.1.3 SECCIÓN DE PERMISOS Y REGISTROS

Recepción de solicitudes de permisos permanentes para la venta, almacenaje para la venta, o

venta para el consumo de bebidas con graduación alcohólica, verificando que éstas se ajusten a

lo establecido en artículo 36-I de Reglamento de Alcoholes para el municipio de Ensenada BC

Recepción de solicitudes de cambios a permisos permanentes, verificando que se cumplan a

cabalidad los requisitos y condiciones exigidos en el artículo 59-II del Reglamento de Alcoholes

para el Municipio de Ensenada.

Solicitar al responsable de la sección de inspección y vigilancia la realización de un estudio de

factibilidad, a efecto de definir si las solicitudes de nuevos permisos o cambios a permisos

permanentes cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 25 respecto

de las solicitudes de nuevos

Dar seguimiento al proceso de revisión y evaluación efectuado por el coordinador operativo,

Subdirector de Alcoholes y Director de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del H Cabildo cuando se trate

de expedientes correspondientes a solicitudes de nuevos Permisos permanentes.

Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del C. Presidente Municipal

cuando se trate de expedientes correspondientes a solicitudes de cambios a permisos

permanentes.

Mantener actualizado el padrón de permisionarios, mediante el registro oportuno de nuevos

permisos autorizados por el H. Cabildo, así como con los cambios a permisos permanentes

autorizados por el C. Presidente Municipal.

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6.1.1.4 SECCIÓN DE EVENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

Recepción de solicitudes de permisos eventuales para la realización de eventos o

espectáculos públicos.

Orientar a los solicitantes respecto a los requisitos que deberán reunir, dependiendo de la

calidad del solicitante; es decir, si se trata de personas físicas o morales; Asociaciones

Civiles, Partidos Políticos, Dependencias Gubernamentales, Instituciones o Asociaciones

sin fines de lucro.

Integrar expedientes de cada solicitud, atendiendo los requisitos y condiciones establecidos

en el Reglamento para el Funcionamiento de Espectáculos Públicos y Centros de Reunión

para el Municipio de Ensenada; la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Baja California;

Ley de Procedimientos Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Baja

California; así como en la Ley de Ingresos Municipal vigente, dependiendo de la calidad del

solicitante.

Solicitar por conducto de solicitantes, dictámenes de Seguridad Publica, Protección Civil,

Bomberos, Ecología y Control Urbano.

Aplicar Sellado de Boletaje, cuando se trate de eventos con costos por asistencia.

Emitir recibos por pago de derechos de conformidad con la Ley de Ingresos Municipal

Vigente.

Una vez integrados a cabalidad los expedientes de cada solicitud y cubiertos los derechos

por parte del solicitante, los permisos deberán turnarse a la autoridad correspondiente,

para su revisión y autorización.

Dar cuenta por escrito al responsable de la sección de inspección y vigilancia sobre los

eventos autorizados, a efecto de que se realicen las labores de verificación e inspección que

permitan garantizar su correcto desarrollo.

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6.1.1.5 SECCIÓN DE SALONES, EVENTOS SOCIALES Y VIDEO JUEGOS.

Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia en salones sociales, eventos y

video Juegos, para cerciorarse que los establecimientos cumplan con las deposiciones de la Ley

y el presente Reglamento.

Ordenar inspecciones de factibilidad, motivadas por solicitudes de permisos nuevos o por

cambios a los ya existentes.

Levantar las actas de inspección o infracciones a los establecimientos por medio de los

inspectores adscritos a la Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Calificar por la autoridad facultada las infracciones que en su caso contengan las actas

administrativas derivadas de visitas de inspección a los establecimientos.

Atender a citados por irregularidades detectadas en visitas de inspección, y en casos de

inconformidad por parte de éstos, levantar las actas de comparecencia que den lugar al

derecho de audiencia, a efecto de que presenten las pruebas y alegatos que conforme a

derecho consideren pertinentes.

Recepción de solicitudes de permisos permanentes para la operación de salones para eventos

sociales en el municipio de Ensenada BC

Recepción de solicitudes de cambios a permisos permanentes, verificando que se cumplan a

cabalidad los requisitos y condiciones exigidos en el reglamento de la materia.

Solicitar al responsable de la sección de inspección y vigilancia la realización de un estudio de

factibilidad, a efecto de definir si las solicitudes de nuevos permisos o cambios a permisos

permanentes cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 25 respecto

de las solicitudes de nuevos

Dar seguimiento al proceso de revisión y evaluación efectuado por el coordinador operativo,

Subdirector de Alcoholes y Director de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos.

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Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del H Cabildo cuando se trate

de expedientes correspondientes a solicitudes de nuevos Permisos permanentes.

Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del C. Presidente Municipal

cuando se trate de expedientes correspondientes a solicitudes de cambios a permisos

permanentes.

Mantener actualizado el padrón de permisionarios, mediante el registro oportuno de nuevos

permisos autorizados por el H. Cabildo, así como con los cambios a permisos permanentes

autorizados por el C. Presidente Municipal.

Integrar los expedientes con número de folio en los casos de solicitudes de permiso nuevos y

cambios a permisos.

Verificar que los pagos correspondientes a permisos, se realicen en estricto apego a lo

establecido en la Ley Municipal de Ingresos.

Llevar un padrón o registro actualizado de permisos otorgados por el ayuntamiento, así como

de los cambios autorizados a dichos permisos.

Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la

aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes

secciones operativas a cargo de la Subdirección.

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SECCIÓN DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

Realizar labores de vigilancia y visitas de inspección a los establecimientos, a efecto de

verificar que la actividad se desarrolle en estricto apego a los reglamentos de la materia.

Realizar inspecciones factibilidad derivadas de solicitudes de permisos nuevos.

Realizar inspecciones de campo que permitan la depuración y actualización del padrón de

permisionarios.

Levantar las actas circunstanciadas cuando en el desarrollo de las actividades de inspección se

detecten irregularidades en la operación de establecimientos o giros.

Notificar y ejecutar las órdenes de clausura temporal o definitiva y la revocación de los

permisos decretada por la autoridad competente.

Llevar a cabo el retiro o reimposición de los sellos, símbolos o señalamientos de clausura, en

cumplimiento al acuerdo que para tal efecto dicte la autoridad competente.

Aplicar las medidas de apremio contempladas en los reglamentos de la materia, cuando las

condiciones de irregularidad detectadas, pongan en riesgo el interés y el orden social.

Acudir a los llamados de apoyo por parte de la Dirección de Seguridad Publica, Protección Civil

y Bomberos.

Entregar un reporte diario de actividades al coordinador de inspectores.

Las demás que señalen los Reglamentos municipales.

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6.2. SUBDIRECCIÓN DE COMERCIO.

Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia para cerciorarse que los

comerciantes fijos, semifijos y ambulantes cumplan con las deposiciones de Ley y del

reglamento que los regule, y autorizar a los inspectores que sean cumplidos como lo

establecen los ordenamientos antes mencionados.

Ordenar y calificar inspecciones de factibilidad, motivadas por solicitudes de permisos nuevos

permanentes o por solicitudes de cambios a los ya existentes.

Levantar las actas de inspección o infracciones a los comerciantes por medio de los inspectores

adscritos a la Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Atender a comerciantes citados por irregularidades detectadas en visitas de inspección, y en

casos de inconformidad por parte de éstos, levantar las actas de comparecencia que den lugar

al derecho de audiencia, a efecto de que presenten las pruebas y alegatos que conforme a

derecho consideren pertinentes.

Ordenar la cancelación de permisos a comerciantes cuando sean acreedores a esta sanción.

Atender inconformidades y recursos de revisión presentados por comerciantes, como

consecuencia de sanciones aplicadas por irregularidades detectadas en visitas de inspección.

Supervisar a los inspectores adscritos a la Subdirección.

Autorizar o suspender el trámite de revalidación de permisos a comerciantes cuando sea

procedente, teniendo en cuenta los elementos que contemple el expediente respectivo y

considerando la reincidencia en sanciones graves, y los adeudos pendientes de cubrir

derivados de sanciones por irregularidades detectadas en visitas de inspección.

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Recibir y procesar las solicitudes de permisos para comerciantes e integrar los respectivos

expedientes de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento, formular los

proyectos de resolución que correspondan y turnarlos para su revisión y análisis.

Verificar que los pagos correspondientes a permisos se realicen en estricto apego a lo

establecido en la Ley Municipal de Ingresos.

Llevar un padrón o registro actualizado de permisos otorgados por el ayuntamiento, así como

de los cambios autorizados a dichos permisos.

Integrar el programa anual de actividades de las diferentes secciones operativas dependientes

de la Subdirección, el cual deberá contemplar líneas de acción encausadas a la calidad y

transparencia del los servicios de inspección y tramites relacionados con el otorgamiento o

cambios a permisos.

Definir indicadores de desempeño y productividad de los trabajadores adscritos a las

diferentes secciones operativas que integran la Subdirección.

Dar seguimiento a los acuerdos y compromisos contraídos en el seno del consejo consultivo

municipal.

Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la

aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes

secciones operativas a cargo de la Subdirección.

Revisar los informes de productividad y de avance relacionado con las metas y objetivos

contemplados en el programa anual de actividades, para su posterior envío al Director de

Comercio, Alcoholes y Espectáculos públicos.

Integrar y mantener actualizado el acervo normativo e informativo necesario para el correcto

cumplimiento de las funciones a cargo de las diferentes secciones operativas que integran la

Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.

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6.2.1. COORDINADOR OPERATIVO DE COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA.

Coordinar y supervisar que las labores de inspección y vigilancia a los comerciantes de

comercio fijo, semifijo y ambulante, se realicen en estricto apego al presente Reglamento.

Supervisar, revisar y evaluar las inspecciones de factibilidad realizadas por los inspectores, a

efecto de garantizar que los resultados se apeguen a lo establecido en el reglamento de la

materia.

Levantar actas de circunstanciadas de inspección a través de los inspectores adscritos a la

subdirección de Comercio, cuando se detecten irregularidades con los comerciantes en la vía

publica.

Notificar y ejecutar las órdenes de cancelación de permisos decretada por la autoridad

competente.

Efectuar decomisos por inspectores adscritos a la subdirección de comercio.

Mantener coordinación y comunicación permanente con C-4 en el desarrollo de las labores de

inspección.

Vigilar que los productos sean los autorizados por la subdirección y, se realice dentro de los

indicadores de calidad previamente establecidos, mantener actualizada la información

estadística y elaborar informes de actividades, mensuales y anuales.

Elaborar los roles y programación de actividades de los inspectores con la periodicidad que las

propias condiciones operativas lo requieran y Elaborar reportes diarios de inspección.

mantenimiento y distribución de combustible.

Coordinar y supervisar el correcto desarrollo de los procesos de integración de expedientes de

los comerciantes inscritos al padrón que cuenta la subdirección de comercio.

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6.2.1.2 SECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA.

Realizar labores de vigilancia y visitas de inspección a los comerciantes fijos semifijos y

ambulantes de en la vía publica, a efecto de verificar que la actividad se desarrolle en estricto

apego a los reglamentos de la materia.

Realizar inspecciones factibilidad derivadas de solicitudes de permisos, a efecto de verificar

las condiciones establecidas en el Reglamento de comercio para el municipio de Ensenada, B.C.

Realizar inspecciones de campo que permitan la depuración y actualización del padrón de

comerciantes en la vía publica.

Levantar las actas circunstanciadas cuando en el desarrollo de las actividades de inspección se

detecten irregularidades en la operación de comercio en la vía publica.

Acudir a los llamados de apoyo por parte de la Dirección de Seguridad Publica, Protección Civil

y Bomberos.

Entregar un reporte diario de actividades al coordinador de inspectores.

Las demás que señalen los Reglamentos municipales.

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6.2.1.3 SECCION DE PERMISOS Y REGISTROS.

Recepción de solicitudes de permisos para realizar comercio en la vía publica, verificando que

éstas se ajusten al Reglamento de Comercio para el municipio de Ensenada B.C.

Solicitar al responsable de la sección de inspección y vigilancia la realización de un estudio de

factibilidad, a efecto de definir si las solicitudes de nuevos permisos o cambios a permisos

permanentes cumplen con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 25 respecto

de las solicitudes de nuevos

Dar seguimiento al proceso de revisión y evaluación efectuado por el coordinador operativo,

Subdirector de Comercio y Director de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos.

Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del Secretario del

Ayuntamiento correspondiente a solicitudes de renovación y nuevos Permisos.

Dar seguimiento al proceso de revisión y autorización por parte del Director de Comercio,

Alcoholes y Espectáculos Públicos correspondiente a solicitudes de renovación y nuevos

Permisos.

Mantener actualizado el padrón de permisos, mediante el registro oportuno de nuevos

permisos autorizados por el Director de de Comercio, Alcoholes y Espectáculos Públicos, así

como con los cambios que pudieran darse.

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6.3 SUBDIRECCIÓN DE UNIDAD DE ESPACIOS PÚBLICOS

Y SANO ESPARCIMIENTO, (UEPSE*)

Verificar que se efectúen las labores de inspección y vigilancia por parte de la subdirección de

comercio a los comerciantes fijos, semifijos y ambulantes y cumplan con las disposiciones de

Ley y del reglamento que los regule y acciones de coordinación con servicios públicos

municipales para que las instalaciones se mantengan en aptas condiciones, en los espacios de

sano esparcimiento.

Autorizar o suspender el trámite de permisos a comerciantes y promotores de evento cívicos

culturales y sociales que se realicen en espacios públicos, y turnar a los eventos a la sección

espectáculos cuando sean masivos o exista venta de alcohol.

Verificar que los pagos correspondientes a permisos se realicen en estricto apego a lo

establecido en la Ley Municipal de Ingresos.

Llevar un padrón o registro de las actividades que se realicen en espacios públicos.

Integrar el programa anual de actividades de las diferentes secciones operativas dependientes

de la Subdirección, el cual deberá contemplar líneas de acción encausadas a la calidad y

transparencia del los servicios de inspección y tramites relacionados con el otorgamiento o

cambios a permisos.

Definir indicadores de desempeño y productividad de los trabajadores adscritos a las

diferentes secciones operativas que integran la Subdirección.

Vigilar que se atiendan en tiempo y forma las solicitudes de información sustentadas en la

aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información relacionadas con las diferentes

secciones operativas a cargo de la Subdirección.

Revisar los informes de productividad y de avance relacionado con las metas y objetivos

contemplados en el programa anual de actividades, para su posterior envío al Director de

Comercio, Alcoholes y Espectáculos públicos.

Integrar y mantener actualizado el acervo normativo e informativo necesario para el correcto

cumplimiento de las funciones a cargo de las diferentes secciones operativas que integran la

Subdirección de Alcoholes y Espectáculos Públicos.