Informe presenta directivas adm directa pichacani
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Municipalidad Distrital de Pichacani- LaraqueriLEY N° 24597
“Cuna de Kajelo y Tierra de Karabotas”
“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”
INFORME Nº -2015-ESN-JOIDUR/MDP
A : ING. BR Administrador Municipal
DE : ING. JUAN CARLOS MAMANI MAMANI Jefe del Departamento de Obras, Infraestructura y Desarrollo Urbano - Rural
ASUNTO : Presento Directiva Nº 001-2015-MDP/DOIDUR y Solicito su Aprobación.“DIRECTIVA PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS Y/U OBRAS EN LA MODALIDAD DE EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHACANI - LARAQUERI”
FECHA : Pichacani, 23 de Febrero del 2015.
Es grato dirigirme a usted, con la finalidad de hacerle llegar la Directiva para la
Ejecución de Proyectos y/u Obras en la Modalidad de Ejecución Presupuestaria Directa, con
el siguiente detalle:
1.- ANTECEDENTES
1.1 El suscrito desde la transferencia hasta la actualidad tenemos una necesidad
urgente de contar con una directiva o lineamiento para la ejecución de Proyectos u
Obras por la Modalidad de Administración Directa, la misma que no se ha
encontrado en el Departamento de Obras, Infraestructura y desarrollo Urbano -
Rural de la MDP.
1.2 Se tiene la Resolución de la Contraloría N° 195-88-CG norma que regula la
ejecución de obras por administración de directa, la misma que en la actualidad
resulta insuficiente y no contribuye a desincentivar actuaciones irregulares en la
administración, que entrañan finalmente perjuicio para los intereses del Estado; la
misma que requiere de complementar con lineamientos más específicos.
1.3 La Municipalidad Distrital de Pichacani, en los periodos anteriores del 2014 hacia
atrás, ha ejecutado obras, recurriendo a la modalidad de administración directa,
varias de ellas han sido concluidas y estando en uso, en donde carecen de los
informes finales que en su oportunidad no fueron formulados por parte de los
responsables de su ejecución, lo que no ha posibilitado la realización de las
liquidaciones técnico financieros, una omisión que viene afectando el manejo
técnico y financiero de la institución.
1.4 Se tiene la Resolución de la Contraloría N° 324-2013-CG Directiva “Registro de
Información y Participación Ciudadana en el Control de Obras Publicas INFObras”._______________________________________________________________________________________________________________________________
Jr. Tupac Amaru 464 – Plaza de Armas – Laraqueri - Carretera Puno Moquegua Km. 38 RUC 20169024112
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“Cuna de Kajelo y Tierra de Karabotas”1.5 Durante el mes de Enero y parte del mes de Febrero del 2015, El personal de la
oficina de Infraestructura y Urbanismo de la Municipalidad Distrital de Pichacani ha
elaborado la directiva ya mencionada en asunto del presente documento, la misma
que dinamizará, uniformizara, coadyuvará y mejorará tremendamente la ejecución
de proyectos y obras por la modalidad de ejecución por Administración Directa.
2.- ANÁLISIS
Vistos los inconvenientes del antecedente 1.2, 1.3 respecto al incumplimiento de
procedimiento y falta de información para la liquidación de obras, es que se plantea la
Directiva Nº 001-2015-MDP/DOIDUR, con la finalidad de coadyuvar al saneamiento físico –
legal y contable de las obras de infraestructura ejecutadas y la ejecución de nuevas obras y
proyectos de inversión pública. Sobre esta base corresponde a la contraloría general de la
república, como ente rector del sistema nacional de control, y en donde menciona y
recomienda la importancia de contar con directivas internas sobre la ejecución de obras
públicas por administración directa y otras directivas de gestión municipal (fuente:
Orientaciones Básicas para el fortalecimiento del Control Interno en gobiernos locales,
publicada por GTZ -Cooperación Alemana al Desarrollo en lima octubre de 2010)
La presente directiva, formatos y documentos que se recomienda sean tomados como
ejemplo para que los funcionarios de la entidad especialmente quienes se encarguen del
proceso de la elaboración, evaluación, ejecución y liquidación de Proyectos u Obras
Publicas, y además se uniformicen criterios y cumplan con las normas técnicas establecidos,
de manera que se obtengan finalmente obras de calidad.
JUSTIFICACIÓN
Los profesionales o actores que participan en la ejecución de Proyectos u obras por
administración directa tendrán una herramienta de gestión valiosísima, la misma que
conllevará a la gestión eficiente y eficaz de Proyectos de Inversión públicas y obras públicas:
en donde esta directiva permitirá:
Cumplir la ejecución de obras de acuerdo en los plazos previstos, de conformidad a los
expedientes técnicos aprobados.
Mayor control en el seguimiento de obras, tanto en los materiales, especificaciones
técnicas, las ejecuciones presupuestales y otros.
Una eficiente atención a la población del Distrito de Pichacani - Laraqueri respecto a
Ejecución de Obras por Administración directa
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“Cuna de Kajelo y Tierra de Karabotas” NO INCURRIR EN FALTAS Administrativas, Técnicas, Financieras y Ambientales;
respecto a las orientaciones y recomendaciones que hace la Contraloría General de la
Republica.
3.- CONCLUSIONES
Se concluye que es meritorio la aprobación de la Directiva Nº
001-2015-MDP/DOIDUR “DIRECTIVA PARA LA EJECUCION DE PROYECTOS Y/U
OBRAS EN LA MODALIDAD DE EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PLATERIA” para que entre en aplicación y vigencia
para la Municipalidad Distrital de Pichacani.
Con la aprobación de la directiva mención arriba será de mucha utilidad para la
entidad, la misma que hará más eficiente, eficaz la gestión de Proyectos y Obras
públicas respecto a la ejecución por la modalidad de Administración Directa. Y
además se evitará omisión y faltas: (Administrativas, Técnicas, Financiaras y
Ambientales), por parte de los actores de la ejecución de la obras.
3.- RECOMENDACIONES
Se recomienda aprobar la Directiva Nº 001-2015-MDP/ DOIDUR con un acto
resolutivo del titular del pliego ó sesión de consejo municipal.
La presente directiva será para el cumplimiento del personal de todas las áreas o
unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Pichacani, que corresponden al
área usuaria y no usuarias. Caso contrario será pasible de sanciones administrativas,
sin perjuicio a las acciones judiciales a las que hubiere lugar.
Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresar mis
consideraciones más distinguidas.
Atentamente,
Adjunta: - 01 ejemplar de la Directiva Nº 001-2015-MDP/ DOIDUR (## folios)- Copia del PIA 2015
C.c.- Arch.- Alcaldía
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