Derecho en la UCSC Academia & Extensión Nº3 - 2015

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DERECHO EN LA UCSC ACADEMIA & EXTENSIÓN Universidad Católica de la Santísima Concepción / Facultad de Derecho / Año 3 / Nº 3 / marzo de 2015

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DERECHO EN LA UCSC ACADEMIA & EXTENSIÓN

Universidad Católica de la Santísima Concepción / Facultad de Derecho / Año 3 / Nº 3 / marzo de 2015

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Editorial

Jurisprudencia al día

Académicos Extensión

Consultorio Jurídico

Ex alumnos

Posgrados en la Facultad

Nuestros alumnos

Autores noveles

Reseña de libros

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Contenidos

DERECHO EN LA UCSC. ACADEMIA & EXTENSIÓN es una publicación anual de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción. Representante legal: Rector Dr. Juan Miguel Cancino Cancino. Director: Andrés Varela Fleckenstein. Comité Editorial: Hernán Varela Valenzuela, Carlos Céspedes Muñoz y Paulina Navarrete Badilla. Colaboradores en este número: Mauricio Ortiz Solorza, Gonzalo Elgueta Ortiz y Cristián Gutiérrez Lecaros. Dirección: Lincoyán Nº255, Concepción. Teléfono: (56) (41) 2345602. Correo electrónico: [email protected]. Diagramación e Impresión: Trama Impresores S.A., Avenida Colón 7845, Hualpén, Región del Bío Bío, Chile. Tiraje 500 ejemplares.

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EDITORIAL

Con mucha satisfacción y alegría compartimos hoy con nuestros estudiantes, egresados, académicos y administrativos, así como con la comunidad en general, el logro que ha signifi cado la acreditación de nuestra carrera de Derecho por seis años.

Celebramos el reconocimiento al trabajo abnegado, que se remonta a los orígenes de la Carrera en 1976, año de ingreso de la primera promoción como Curso de Derecho de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile.

Estamos ciertos que la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la San-tísima Concepción ha alcanzado un grado de madurez que le permite asumir la enseñanza y el aprendizaje del Derecho con un alto estándar, lo que redunda en defi nitiva en la formación de profesionales integrales para benefi cio de la comu-nidad.

Actualmente, estamos desarrollando los procesos de autoevaluación para la acre-ditación de nuestros tres programas de Magíster (en Derecho Penal, en Derecho Procesal de Familia y en Derecho Privado) a fi n de certifi car nuestros procesos en el posgrado.

Junto con saludarles cordialmente, queremos reafi rmar el compromiso de nuestro cuerpo académico y administrativo en la búsqueda constante de mejorar cada día nuestros procesos en la formación de estudiantes de Derecho en el pregrado y posgrado.

Fernando Monsalve Basaúldecano

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Jurisprudencia al díaderecho constitucional

Fernando Saenger Gianoni profesor de derecho constitucional

Jefe departamento derecho público

OTRA VEZ EL DECRETO LEY 2.695Tribunal Constitucional, 23 de diciembre de 2014.Rol Nº2647-2014

Con motivo de un juicio ordinario sobre cancelación material de inscripciones, se ha deducido un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los arts. 15 y 16 del Decreto Ley 2.695, que “Fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propie-dad raíz y para la constitución del dominio sobre ella” (DL 2.695). El requirente alega infracción del art. 19 Nº24 de la Constitución Política de la República (CPR) y de las garan-tías de igualdad ante la ley, del debido proce-so y de no afectación de los derechos en su esencia (art. 19 Nºs2, 3 y 26 de la CPR).

Habiendo existido empate (cuatro votos por el rechazo: Carlos Carmona Santander; Marisol Peña Torres; Gonzalo García Pino y Domingo Hernández Emparanza; y cuatro a favor: Raúl Bertelsen Repetto; Hernán Voda-novic Schnake; Iván Aróstica Maldonado y María Luisa Brahm Barril), el requerimiento fue desestimado.

Los argumentos para el rechazo. Este fallo del TC es de la máxima importancia, pues se hace cargo –y critica– las tres sentencias dictadas por la Corte Suprema (CS) en los últimos años, afirmando que “esta Magistra-tura Constitucional… no puede compartir el predicamento de derogación tácita que se ha venido motivando en sentencias de la Corte Suprema posteriores al año 2005”. Agrega el fallo la insólita situación que podría presentar-se cuando, por un lado, el TC declara la inapli-cabilidad de un precepto legal y, por otro, la CS lo aplica, invocando criterios de deroga-ción tácita u orgánica de índole institucional sobreviniente, quebrantando los equilibrios institucionales.

Con esta posición de la CS se lograrían revertir los fallos del TC, generándose un mero acatamiento aparente o putativo de la sentencia de rechazo a la inaplicabilidad.

El TC señala que se trataría de una construcción procesal paralela de efectos formalmente distintos, pero en la práctica,

por completo equivalentes en sentido exac-tamente opuesto a lo ya decidido por el TC. Ello significaría una virtual invalidación de las sentencias del TC, contra lo expresado en el art. 94 de la CPR, que proscribe todo recurso en su contra, creando un recurso indirecto en contra de aquellas. Indica que se vulneraría el sistema de frenos y contrapesos que es co-herente con la distribución de competencias, en donde los roles de la CS y del TC han sido claramente delineados. Se recuerda, además, que la institucionalidad chilena contempla el control concentrado de constitucionalidad en el TC; incluso respecto de leyes pre constitu-cionales.

En apoyo a sus argumentos, hace refe-rencia a anteriores resoluciones, como las de las causas rol 943-2007 y 472-2006, decla-rando que “la discrepancia entre preceptos de distinta jerarquía –una ley y la Constitu-ción– constituye una cuestión de suprema-cía constitucional que debe ser resuelta por esta Magistratura”... “vigente, con indepen-dencia de si dicha vigencia se produjo antes o después que la de la carta fundamental, agregándose que esta interpretación resulta ser la única que se concilia con el principio de la supremacía constitucional consagrado en el artículo 6º inciso 1º de nuestro Código Político” (rol 472-2006). Añade que la dero-gación “sólo puede operar entre normas de igual normativa”.

Dispone que si bien “puede ser constata-da y declarada por el Juez del fondo cuando se está ante una inconstitucionalidad sobre-venida, la competencia exclusiva correspon-de al Juez constitucional.” Es “el único órgano jurisdiccional llamado a pronunciarse sobre la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de un precepto legal”. Se distingue además en esta sentencia la diferencia que existe entre la declaración de inconstitucionalidad con la derogación.

Termina en esta parte la sentencia afir-mando en términos categóricos: “todo lo cual

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converge, operativamente a una cuestión de competencia: es el Tribu-nal Constitucional exclusivamente quien ejerce el control de constitu-cionalidad en un sistema concentrado como en el de Chile”.

Los argumentos para acoger el requerimiento. Quienes es-tuvieron por acoger el requerimiento se fundaron, básicamente, en el principio de que debe el recurso analizarse sólo a la luz de la gestión por el cual ha sido interpuesto. Los disidentes critican muchas normas del DL 2.695, especialmente en materia de inscripciones, publicacio-nes y prescripción.

Precisan que, desde el 2005, en la acción de inaplicabilidad deben tenerse en cuenta los efectos de la aplicación de los preceptos legales impugnados en la gestión judicial pendiente. De acuerdo al art. 98 de su Ley Orgánica Constitucional, el TC puede fundamentar la decla-ración de inaplicabilidad incluso en disposiciones no invocadas. Su competencia específica en el caso que le ocupa se limita a conocer y resolver el requerimiento de inaplicabilidad interpuesto determinando si, en el caso concreto, existen efectos contrarios a la CPR. Todo asun-to diferente al objeto del requerimiento es ajeno a la litis.

Destaca el fallo, en esta parte, que no corresponde exponer la posición que ha tenido la CS en la materia. Afirma, por otra parte, que el DL 2.695 constituye un sistema especial para regularizar la posesión y adquirir la propiedad de determinados bienes raíces apartándose de las normas del Código Civil (CC). Pero las diferencias que se contem-plen para adquirir el dominio han de respetar la garantía de la igualdad ante la ley, que veda el establecimiento de diferencias arbitrarias, como la garantía de la igual protección de la ley en el ejercicio de los dere-chos, que exige una consideración similar de los intereses en juego en la adquisición del dominio.

Los ministros que están por acoger el requerimiento argumen-tan que las garantías antes referidas y el derecho de propiedad se ven afectados al existir una diferencia entre las reglas que rigen la prescripción adquisitiva extraordinaria del CC y los preceptos del DL 2.695. Mientras el CC (art. 2511) exige diez años de posesión, el DL 2.695 requiere un año de posesión inscrita otorgada por vía adminis-trativa, la que, a su vez, exige cinco años de posesión material previa. En definitiva, en seis años se puede ser propietario.

No se divisa qué razón puede llevar a acortar el plazo de prescrip-ción adquisitiva extraordinaria del CC. Aunque existan razones socio-económicas para sanear pequeñas propiedades, ello no es óbice para acortar el plazo de prescripción para que el poseedor se convierta en propietario.

Sostienen que los posibles afectados por el sistema de regula-rización están en una situación de notoria inferioridad respecto de aquellos que disfrutan las personas por la aplicación de la prescripción adquisitiva del CC. Según quienes estuvieron por acoger el requeri-miento, se configura en la especie una privación de la propiedad sin indemnización y, por ello, el requerimiento debió ser acogido.

Reflexiones finales

1.- Cuando el recurso de inaplicabilidad era competencia de la CS (hasta el 2005), este tribunal tuvo tres posiciones diferentes y contra-dictorias sobre el tema.

2.- Desde que el TC comenzó a conocer de la inaplicabilidad ha dictado casi una docena de sentencias que han desechado recursos de inaplicabilidad en contra del referido decreto.

3.- Sólo en una ocasión ha sido acogida la inaplicabilidad en esta materia, pero por razones distintas y diferentes y sin relación con las esgrimidas en las causas y sentencias que lo rechazaron.

4.- En la sentencia en comento hemos podido apreciar que el TC, se encuentra notablemente dividido (empate) con respecto al fondo de la constitucionalidad de este Decreto Ley.

5.- El lunes 12 de enero de 2015 juraron como nuevos Ministros en este Tribunal los señores Cristián Letelier y Nelson Pozo (se retira-ron Hernán Vodanovic y Raúl Bertelsen). Deberemos esperar en los próximos meses, si es que el TC conoce de otro caso relativo a este Decreto Ley, para saber cuál será la posición de estos dos nuevos jueces.

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Jurisprudencia al díaderecho civil

de esa índole a su respecto, conforme lo prevé el artículo 1464 Nº 3 del Código Civil, adolecía de objeto ilícito y autorizaba la declaración de nulidad absoluta, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1682 del Código citado, aun de ofi-cio, según el artículo 1683 de igual texto legal, desde que aparece de manifiesto en la actua-ción de que se trata, por cuanto a simple vista es dable constatar la inscripción del embargo que afectaba a la propiedad sub lite” (Cons. 7º)”. Agrega que la anotación presuntiva de la hipoteca realizada el 11 de julio de 2011, “carecía de tal naturaleza para los efectos de transformarse en inscripción, ya que era invia-ble por las razones ya consignadas”, es decir, por la existencia de embargos que impedían la enajenación (Cons. 8º).

Estimamos reprochable esta decisión. Aun cuando no existe impedimento alguno para que, efectuada una anotación en el Re-pertorio, se pueden realizar otras anotacio-nes incompatibles con la primera, relativas al mismo inmueble, es muy discutible que la inscripción de la segunda (compraventa), se realice antes que caduque la primera (hipo-teca). Y de ser ello posible, lo más razona-ble sería que la inscripción proveniente de la segunda anotación (compraventa) adquiera valor cuando caduque la primera (hipoteca), al cabo de dos meses (art. 15 Rgto. CBR). Por otra parte, si al Conservador le constaba el alzamiento de los embargos (de lo contra-rio no habría inscrito la compraventa), antes de que caducara la anotación presuntiva de la hipoteca en el Repertorio, debió entonces convertirla en inscripción (art.16 Rgto. CBR), surtiendo ella todos sus efectos tal, desde la fecha de la anotación, sin perjuicio de cuales-quiera derechos que hayan sido inscritos en el intervalo de la una a la otra (art. 17 Rgto. CBR). Por lo tanto, si el CBR decidió inscribir la compraventa, aun estando vigente la ano-tación presuntiva de la hipoteca, entonces también debió inscribir esta última, y anotar al margen de la nueva inscripción de dominio del inmueble, la hipoteca que lo gravaba.

No existe fundamento legal alguno para sostener, como lo hace el fallo comentado, que la sola existencia de un embargo provo-que la caducidad de la anotación presuntiva en el Repertorio, o para utilizar los mismos

Negativa del conservador a inscribir un título que se le presentaCorte Suprema, 6 de Enero de 2015.Rol Nº8411-2014.

La Corte Suprema (CS) ha rechazado un recurso de casación en el fondo deducido en contra de sentencia de segunda instancia que, confirmando una de primera, desechó una re-clamación interpuesta en contra de un Conser-vador de Bienes Raíces (CBR) que se negó a practicar la inscripción de una hipoteca.

Los hechos ocurren en 2011 y fueron los siguientes: a) El 18 de julio se pidió al CBR que inscribiera una hipoteca, negándose éste a practicarla por existir embargos que gra-vaban al mismo inmueble; b) Los embargos fueron alzados el 22 de agosto; c) El 24 de agosto se solicitó al Conservador la inscrip-ción de una compraventa sobre el mismo bien raíz, la que se practicó el 28 de agosto; d) El 7 de septiembre, el requirente de la inscrip-ción hipotecaria volvió a solicitar al CBR la inscripción de ésta, en razón de haberse al-zado los embargos, a lo que el CBR se negó, pero aduciendo en esta ocasión que el cons-tituyente de la hipoteca ya no era dueño del inmueble.

El principal argumento de la sentencia que rechaza la casación, fue: “Que en este con-texto, corresponde, entonces, conforme a los hechos fijados, destacar que el bien raíz sobre el que se pretende la inscripción de la hipoteca se encontraba embargado a lo menos desde el 6 de febrero de 2009, es decir, pesaba so-bre él la prohibición de enajenarlo – y la hipo-teca constituye una forma de enajenación en su más amplio sentido – de modo que un acto

Gonzalo Montory Barrigaprofesor de derecho civil

Jefe departamento

derecho privado

términos de la sentencia, que por tal motivo la anotación presuntiva carezca de tal naturale-za, porque la única causal de caducidad que contempla el Reglamento del Conservador es el plazo (dos meses). Plazo que además se otorga, precisamente, para que se subsanen los vicios de que pudiere adolecer el título que se presenta para su inscripción. Incluso se ha fallado que la caducidad no se produce a los dos meses, si la imposibilidad de inscribir se debió a una prohibición judicial (como en este caso). De modo que, alzada la prohibición, se puede efectuar la inscripción aunque hayan transcurrido más de dos meses, surtiendo efectos la inscripción, como siempre, desde la anotación en el Repertorio (Vid. PEÑAILILLO ARÉVALO, “Los Bienes”, 4ª ed., Ed. Jurídica de Chile, Santiago, 2006)

Pero el error más grave en que incurre la sentencia analizada es que, en Chile, el sólo contrato no transfiere el dominio, ni ningún otro derecho real, sin que concurra el modo de adquirir, que en este caso es la tradición. En otras palabras, el solo contrato no consti-tuye enajenación; y lo que prohíbe el art. 1464 del CC es la “enajenación” de las cosas enu-meradas en él, debiendo entenderse por tal la transferencia del dominio de una cosa o la constitución de cualquier otro derecho real. En el caso de los bienes raíces y los derechos reales constituidos en ellos, la enajenación (tradición) se efectúa por la inscripción del título en el Registro del CBR (art. 686 CC). En consecuencia, a diferencia de lo argumenta-do por la CS, no puede haber objeto ilícito en la celebración de un contrato de hipoteca so-bre cosa embargada por decreto judicial, sin que exista inconveniente en que dicho con-trato (título) se anote en el Repertorio, y que la inscripción (enajenación) se realice una vez alzado el embargo, como debió haber sucedi-do en este caso. Para eso se concede el plazo de caducidad y se le otorga efecto retroactivo a la inscripción. La situación es distinta en la compraventa, que tiene una prohibición espe-cial en el art. 1810 del CC, disposición que no es aplicable a la hipoteca.

El fallo fue acordado con el voto disidente de dos ministros, quienes sostuvieron la pro-cedencia del principio de “prioridad” registral que confiere la anotación en el Repertorio. Éste se traduce en un derecho preferente de quién ha obtenido anotación presuntiva en Repertorio, por sobre toda anotación poste-rior, antes de vencer el plazo de caducidad, con lo que se garantiza la seguridad jurídica inmobiliaria. Concordamos plenamente con este planteamiento, aun cuando se extraña en el voto de minoría un reproche al argumento del objeto ilícito.

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Sanción por venta de inmueble social efectuado por la mujer casada en régimen de sociedad conyugalCorte Suprema, 09 de diciembre de 2014. Rol Nº179-2014.

Carlos Céspedes Muñozprofesor de derecho civil

director magíster en derecho privado

La sentencia en estudio pretende resol-ver uno de los problemas clásicos del Dere-cho de Familia, a saber: ¿cuál es la sanción para la venta de un inmueble perteneciente a la sociedad conyugal efectuado por la mujer vigente tal régimen?

En el caso decidido por la Corte Suprema (CS), se trataba de un inmueble adquirido por la mujer bajo los términos del art. 41 de la Ley 18.196, en virtud del cual “la mujer casada beneficiaria del subsidio habitacional del Es-tado, se presumirá separada de bienes para la celebración de los contratos de compraventa, mutuo e hipotecas relacionados exclusiva-mente con la adquisición de la vivienda para la cual se les haya otorgado dicho subsidio”. Nuestro máximo tribunal asumió que tal bien ingresaba al haber absoluto de la sociedad, al amparo del art. 1725 N°5 del Código Civil.

Pues bien, con tal conclusión debía re-

solver la pretensión deducida por el marido demandante, quien postulaba que la venta realizada por la mujer era nula absolutamente, desde que el art. 1749 del CC dispone que es el marido quien administra los bienes de la sociedad conyugal; que las limitaciones que regulan los arts. 1749 inc. 6° y 1754 se refieren a esa administración ordinaria, sin ser aplicable la sanción del art. 1757; y que, salvo los casos de los arts. 1743, 1751 incs. 2° y 3°, 137 y 138 inc. 2°, la mujer tiene prohibición absoluta de realizar actos respecto de bienes raíces sociales, lo que se condice con lo pre-ceptuado en el art. 1752.

A diferencia de lo sostenido por el actor, la CS entendió que la sanción aplicable al caso es la nulidad relativa y no la absoluta, por aplicación del art. 1757, que estatuye que los actos ejecutados sin cumplir, entre otros, con el art. 1749 de la misma recopila-ción, devienen en nulidad relativa; y porque los arts. 1681 y 1682 del mismo estatuto preceptúan que la nulidad relativa ha de en-tenderse como la sanción que el compen-dio civil prevé para el caso de constatarse la omisión de requisitos legales entronizados en consideración a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan, constituyendo, además, tal sanción, la regla general en nuestro Derecho.

Creemos que las soluciones planteadas por el demandante y la CS no son las correc-tas, ya que la sanción civil aplicable al caso es la inoponibilidad, desde que lo que ha exis-tido no es más ni menos que una venta de cosa ajena efectuada por la mujer, la cual es completamente válida, según el art. 1815 del CC (en este sentido se han pronunciado los profesores Ramos y Corral). Decimos que el inmueble social es ajeno a la mujer porque el marido es, frente a terceros, dueño de los bienes sociales (1750 del CC) y porque ella por sí sola no tiene derecho alguno sobre los bienes sociales durante la sociedad conyugal (1752 del CC). Como consecuencia de lo an-terior, el marido podía reivindicar directamen-te la cosa desde manos del adquirente o del actual poseedor.

Por lo anterior, descartamos como san-ción la nulidad absoluta, desde que ésta ha sido enarbolada por un importante sector de la doctrina sólo para las enajenaciones efec-tuadas por la mujer casada en sociedad con-yugal respecto de un bien raíz propio de ella (1754 inc. fin. del CC). Como también la nu-lidad relativa, puesto que el art. 1757 del CC no otorga acción al marido para demandar tal rescisión: sólo a la mujer, sus herederos o cesionarios, lo que es inaplicable en el caso enjuiciado.

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Jurisprudencia al díaderecho procesal

Ramón García Odgersprofesor de derecho procesal

Licitud de los testigos sin identidad y la incorporación de sus declaraciones a través de testigos de oídas Corte de Apelaciones de Concepción, 19 de diciembre de 2014.Rol 754 – 2014.

Georgy Schubert Studer profesor de derecho penal y litigación

Jefe departamento derecho procesal y penal

No hay fundamento legal para excluir a testigos que depondrán sobre lo declarado por testigos con identidad reservada, a los que el Ministerio Público hubiese renun-ciado a presentar en el juicio.

Además de la doctrina señalada, la sen-tencia dispone que:

i) Para el evento de ser procedente la exclu-sión de un medio de prueba, su elimina-ción es completa y no parcial;

ii) El legislador no estableció como razón de exclusión, el “tema” acerca del cual pres-tará declaración un testigo;

iii) La actividad que desarrolla el Ministerio Público y las policías, de averiguación y recopilación de antecedentes, no está su-jeta a reglas procesales;

iv) No existe disposición legal alguna que obligue a la Fiscalía a interrogar a cada uno de los testigos que presentará al jui-cio oral;

v) Quien recibe la copia de la acusación de-berá confrontar que esté completa para, eventualmente, pedir que se complete.

Aún cuando advertimos que cada una de las cuestiones resueltas por la sentencia que se comenta puede ser objeto de discusión, en este análisis sólo abordaremos algunos aspectos sobre el enunciado principal.

1.- La reserva de identidad de los testigos constituye una situación excepcionalísima y no es una forma más de protección de los testigos en un proceso penal.

El Código Procesal Penal (CPP) no es-tablece la reserva de identidad. Por el con-trario, una interpretación sistemática de los arts. 182, 259, 307, 308 y 309 nos lleva a concluir que la identidad del testigo deberá ser conocida y que sólo es posible mantener en reserva su domicilio; sin perjuicio de las

excepciones contenidas en leyes especiales (Art. 307 CPP). De hecho, fue eliminada de la propuesta original de la norma un inciso que indicaba que “…si hubiere motivo para temer…el juez...podrá autorizar al testigo a no responder a las preguntas relativas a su iden-tidad (PFEFFER URQUIAGA, Emilio, Código Procesal Penal Anotado y Concordado, Ed. Jurídica, Santiago, 2006, pp. 473 y 474). Si el mismo CPP no contempla la reserva de iden-tidad como mecanismo de protección, a dife-rencia de las leyes 18.314, 19.913 y 20.000, no es posible concluir que ésta proviene de las facultades generales de protección a víc-timas y testigos de los arts. 83 de la Consti-tución Política de la República y 1 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Públi-co. En verdad, como mecanismo de protec-ción, los sistemas comparados lo prohíben o limitan (Cfr. DEL CARPIO DELGADO, Juana, “Los testigos anónimos en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de los Tribunales Penales Internacionales Ad Hoc”, en Revista Penal, Nº19 (2007)). La Cor-te Europea de DDHH ha establecido como criterio, la necesidad de un análisis, en con-creto, de su absoluta necesidad, evitándolo cada vez que una medida menos restrictiva del derecho a defensa sea suficiente y con las adecuadas compensaciones para el inculpa-do, todo lo cual requiere una resolución judi-cial fundada (Caso Kostovski contra Holanda. 1989). El mismo criterio ha sido adoptado por la Corte Interamericana de DDHH (Caso No-rín Catrimán y Otros vs. Chile. 2014).

2.- Incompatibilidad con la garantía del derecho a defensa cuando las declaraciones anónimas serán introducidas a través de testigos de oídas.

Una característica central y definitoria del sistema criminal acusatorio es el derecho del acusado de confrontar a sus acusado-res (LUSTY, David, “Anonymous Accusers:

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An Historical & Comparative Analysis of Secret Witnesses in Criminal Trials”, en Sydney Law Review, Nº24 (2002), p. 361; tb. SUMMERS, Sarah, Fair trials: The European criminal procedural tradition and the European Court on Human Rights, Hart Publishing, Oxford, 2007, pp. 146-148). Este es considerado como un elemento central del debido proceso en los sistemas procesales contemporáneos (Arts. 6 Conven-ción Europea DDHH; 14.3 letra e) Pacto de Derechos Civiles y Políticos; 8.2 letra f, Convención Americana), y cumple al menos dos funciones. La primera es asegurar que el acusado tenga una participación activa en el caso y pueda influir en el proceso de formación de convicción del tribunal, esto es, que la sentencia considere los puntos de vista y antecedentes aportados por el acusado. La segunda, es asegurar una decisión de mejor calidad, toda vez que la información aportada en el contrainterrogatorio permitirá contar con más antecedentes y mejorar la evaluación de credibilidad del testigo. En esta segunda dimensión, la infracción de este derecho no sólo perjudica al acusado, sino que, a la sociedad en su conjunto, ya que aumenta la posibilidad de error en la decisión judicial (DUCE JULIO, Mauricio, “El derecho a confrontación y uso de declaraciones emitidas en un juicio previo anulado”, en Políti-ca Criminal, Nº 17 (2014), pp. 122-123). En el fallo en análisis, aunque se permita en abstracto contrainterrogar al testigo, si se desconoce su identidad, la defensa se ve imposibilitada de hacer preguntas para de-terminar si la declaración es sesgada, prejuiciosa o indigna de crédito. Si ya es muy limitada la posibilidad de contraexaminar a un testigo sin preguntarle por su identidad, ¿qué queda para el testigo de oídas del testigo secreto, sin que éste último pueda ser interrogado? En estas condiciones, el derecho a confrontar prácticamente desaparece y sólo queda la esperanza que el Tribunal del juicio, al valorar la prueba, la desestime por su bajo nivel de confiabilidad.

3.- Los testigos de oídas respecto de las declaraciones de otros testigos sin identidad que no declararán, pueden ser objeto de exclusión.

Esta prueba puede ser considerada como “manifiestamente impertinente” (art. 276 CPP). Corresponde a un segun-do nivel de pertinencia o pertinencia por “relevancia legal”. Esto es, que el juez, al admitir una prueba a juicio, no sólo debe mirar el vínculo lógico de la prueba concreta con los hechos a debatir, sino que, además, debe balancear el aporte de dicha prueba a la solución del caso en comparación con diversos perjuicios que podría generar para la resolución del mismo o para el fun-cionamiento general del sistema.” (DUCE JULIO, Mauricio, Informe en Derecho,

Admisibilidad como testigos en el juicio penal de abogados de la fis-calía nacional económica sobre investigaciones que llevaron adelante en sede de libre competencia. Disponible en: http://www.reformas-procesales.udp.cl/INFORMESDERECHO/informeenderecho_Decla-raciondeabogadosFNE-4.pdf. [Consulta: 5 enero 2015]). La admisión de estos testigos aumentaría el riesgo de error al considerar una infor-mación de mucha menor calidad que la que puede ser aportada por las fuentes originales o directas. En este caso, el examen de costo-be-neficio obliga a evaluar el aporte probatorio de la evidencia presentada respecto de la confusión que puede generar en el tribunal al momento de su decisión. La lógica descrita encuentra amplio reconocimiento en el mundo comparado, especialmente en los países de tradición adver-sarial, varios de los cuáles inspiraron la regulación de nuestro sistema de juicio oral (En USA las Federal Rules of Evidence 403, regla 403 de Puerto Rico). El fallo de la Corte parece entender que, normativa-mente, la cuestión sólo queda reducida a dos controles, todos ex post: que los jueces lo resuelvan dentro del proceso de valoración o; en las instancias recursivas. Esto implica aceptar un sistema procesal con un elevado riesgo de error, que permite información de baja calidad y altamente prejuiciosa que no puede ser refutada.

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acadÉmicos

Derecho celebra 38 años al servicio de la enseñanza jurídica29 de octubre 2014

Universidad de Oxford designa a Dr. Daniel Peñailillo como profesor visitante

Una intensa trayectoria académica interna-cional al servicio de la investigación y la ense-ñanza del Derecho Privado, especialmente del Derecho Civil, avalan la designación como Pro-fesor Visitante de la Universidad de Oxford del Dr. Daniel Peñailillo Arévalo, en el mes de mayo de 2014.

El profesor Peñailillo integra actualmente el cuerpo docente de la Universidades Católica de la Santísima Concepción y de Concepción como profesor de Derecho Civil, dedicándose espe-

manencia en Oxford menciona: una docencia con intenso auto aprendizaje por parte de los

estudiantes, una enseñanza muy personalizada, una alta produc-tividad académica y una amplia y cómoda infraestructura.

Como consejo a los futuros profesionales, sugiere estudiar para obtener conocimientos pero, por sobre todo, destaca la impor-tancia de la vocación, de desarro-llar el afecto por lo que se hace y, en particular, por la disciplina que se cultiva.

cialmente al D° Civil Patrimonial.La calidad de su trabajo ha

trascendido las fronteras de la re-gión y el país, recibiendo desde hace ya varios años, invitaciones de distintas universidades nacio-nales y extranjeras para participar e intervenir en diversas actividades académicas.

Como características destaca-bles que observó durante su per-

Hernán Varela Valenzuela: más de tres décadas al servicio de la enseñanza del Derecho y la gestión académica en la UCSC

Abogado y periodista autodidacta -editoria-lista y columnista en La Patria y El Sur-, obtuvo además la Licenciatura en Ciencias Políticas y Sociales con especialidad en Relaciones Inter-nacionales en la U. Católica de Lovaina, Bélgica. Es, además, Académico Correspondiente en

Concepción de la Academia de Ciencias So-ciales, Políticas y Morales del Instituto de Chile (1998).

Invitado por Alberto Rioseco, quien había sido su profesor, Hernán Varela Valenzuela lle-ga a la UCSC en 1980 para dictar clases en la entonces sede regional de la Pontifi cia Universi-dad Católica de Chile. Desde ese momento ha impartido, ininterrumpidamente, la cátedra de Derecho Internacional Público, dejando su im-pronta en las aulas de nuestra Casa de Estudios.

En su paso por la UCSC fue Secretario de Sede, Primer Secretario General, Presidente de la Comisión de Categorización, Decano, Jefe del Departamento de Derecho Público y Direc-tor del Centro de Estudios Internacionales de la Facultad de Derecho. Durante su decanato, que se extendió por dos períodos consecutivos, se dio inicio a tres programas de magíster y se

continuó el trabajo de sus antecesores en la búsqueda de la consolidación y calidad en los procesos educativos. El 2004 recibe la catego-ría de Profesor Titular de la UCSC, que corona una trayectoria de reconocimientos por su labor universitaria.

En relación al sello que distingue a los aca-démicos de la UCSC, valora el interés en im-partir una enseñanza fundada en los principios y valores cristianos. En el caso particular de la Facultad de Derecho, ello va unido al interés en desarrollar una labor de vinculación con el me-dio y entregar una formación a los estudiantes que tenga siempre presente el servicio a la co-munidad en el futuro ejercicio profesional.

Hoy deja las labores administrativas, pero continuará, mientras pueda, formando futuras generaciones en las aulas de la UCSC. Don Her-nán: la Facultad de Derecho le da las gracias.

En una solemne cena de camaradería el cuerpo docente se reunió para celebrar el tri-gésimo octavo aniversario de la Facultad de Derecho de la UCSC y la consolidación de un proyecto de enseñanza que hoy se refl eja en la certifi cación otorgada por la Agencia Acredita-dora de Chile hasta el año 2020.

Durante el encuentro se rindió además, un sincero homenaje al profesor Hernán Varela Va-lenzuela por su invaluable aporte en las aulas de la UCSC y su gestión como decano de la Facul-tad de Derecho.

Con más de tres décadas al servicio de la enseñanza jurídica, la Facultad de Derecho, des-cansa sobre los pilares de la constancia y tenaci-

dad de sus fundadores para seguir construyen-do un mejor futuro con profesionales altamente integrales, capaces de servir a la comunidad.

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Campeonato interno de Derecho UCSC tiene nuevo ganador3 de enero 2014

Una actividad que año a año suma participantes en la Facultad de Derecho es el campeonato interno de baby fútbol, organizado por el Deportivo de Derecho y que disputó en esta ocasión la copa “Jor-ge Caro Ruiz”, nombre dado en memoria del profesor de la Facultad fallecido en 2012.

El equipo ganador fue “Sit Thomas Boys”, que en la fi nal se impu-so por 2 a 1 a “Máquinas”, y logró levantar por primera vez el trofeo. Tras la fi nal, se premiaron al goleador (Álvaro Fernández), mejor juga-dor (Javier Pardo) y mejor arquero (Alan Condeza).

Rolando Salazar, miembro del Deportivo Derecho UCSC, desta-có la participación de los estudiantes y el nivel de los partidos, sobre todo en la disputada defi nición: “Son los dos mejores equipos de la Facultad, cuentan con buenos jugadores y una importante trayectoria. Se sabía que sería un di-fícil y apretado partido”.

Académicos UCSC son designados abogados integrantes de la Corte de Apelaciones de Concepción26 de enero 2014

La Corte de Apela-ciones de Concepción convocó, una vez más, a destacados profesio-nales para asegurar el funcionamiento de la administración de Justicia, cuando no exista el quórum exi-gido en las salas por impedimentos graves o cesación en el cargo de sus ministros. Entre ellos se cuentan los profesores de nuestra Facultad, Daniel Peñailillo, Ro-drigo Fuentes, Waldo Ortega y Carlos Céspedes (los dos últimos también ex alumnos) cuyas funciones comenzaron el 3 de marzo. A este grupo se sumó más tarde el profesor y también ex alumno, Mauricio Ortiz.

Los Abogados Integrantes deben ser juristas con a lo menos 12 años de ejercicio profesional, además de un destacado desempeño en la do-cencia y/o en el ejercicio libre.

“La designación de los abogados que desarrollan docencia en la Fa-cultad de Derecho corrobora la excelencia académica de nuestros pro-fesores y se alinea con el plan estratégico de la Facultad que considera contar con profesionales que se desempeñen en distintas instituciones y, por ende, capaces de enseñar desde la experiencia”, señaló el Decano de la Facultad, Fernando Monsalve, en relación a la ininterrumpida presencia de académicos de la UCSC en las salas de la Corte de Apelaciones de Concepción.

Profesor Saenger impartió curso en Universidad Interamericana de Puerto Rico3 de marzo

En el marco del convenio de colaboración académica entre la Universidad Católica de la Santísima Concepción y la Universidad Interamericana de Puerto Rico, el profesor Fernando Saenger impar-tió el curso “El Estado de Derecho y el terrorismo”, a estudiantes y comunidad jurídica local de San Juan de Puerto Rico. El docente fue invitado en calidad de Profesor Visitante por el Decano de la Facultad de Derecho de dicha Casa de Estu-dios, Julio Fontanet, jurista reconoci-do a nivel internacional en el ámbito del Derecho Procesal y Penal.

Ambas casas de estudio suscri-bieron un convenio el pasado 2001, que ha permitido la organización de diferentes encuentros orientados a promover la movilidad académica, potenciar la investigación y, sobre todo, extender el conocimiento de la enseñanza jurídica.

UCSC abre sus puertas a estudiantes novatos3 de marzo 2014

La inauguración del año académico 2014 para la UCSC y el comienzo de la vida universitaria para muchos jóvenes partió con una misa celebrada por el Arzobispo de Concepción y Gran Canciller de la UCSC, Monseñor Fernando Chomalí en el Campus San Andrés. La ceremonia continuó con la cálida bienvenida de las autoridades de la Dirección superior, encabe-zadas por el Rector Dr. Juan Miguel Cancino, instancia donde se presen-taron junto con los decanos de las distintas Facultades y directores del Instituto de Teología e Instituto Tecnológico. Por su parte, el Decano de nuestra Facultad, Fernando Monsalve, se reunió con los futuros juristas en la Biblioteca Central, invitando a los jóvenes a ser parte de un proyecto educativo de matiz cristiano y humanista. Asimismo, la Secretaria Acadé-mica, Lorena Ruiz, y la Jefa de Carrera, María Cecilia Martínez, explicaron los aspectos reglamentarios y técnicos de la carrera, a fi n de despejar las principales inquietudes de los jóvenes, invitándolos además a participar en distintos talleres organizados por el Centro de Apoyo al Estudiante (CEA-DE) y en charlas informativas, entre otras actividades.

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Novatos visitan Corte de Apelaciones penquista6 de marzo 2014

Con una completa char-la informativa sobre el fun-cionamiento general de la Corte Suprema, las 17 Cor-tes de Apelaciones Chile y la labor de sus ministros, relatores y administrativos, partió la visita guiada que los estudiantes novatos realizaron al Tribunal de Alzada penquista, acom-pañados por la Jefa de Carrera, María Cecilia Martínez y la Secretaria Académica, Lorena Ruíz. Durante la visita, inserta en las actividades de bienvenida a los nuevos integrantes de la UCSC, los estudiantes pudie-ron, además, revisar algunos expedientes y conocer las distintas salas que componen la Corte de Apelaciones de Concepción. Los alumnos fueron guiados por Patricio Fuentes, Secretario de la Presidencia y Víctor Toledo, Jefe de Unidad de Ingreso y Atención a Usuarios, quienes invitaron a los jóvenes a visitar nuevamente la institución para asistir a los alegatos, bajo las condiciones de solemnidad propias del tribunal. El encuentro fi nalizó con la intervención del Presidente de la Corte, Ministro señor Jaime Solís, quien señaló que la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones siempre están buscando que la comunidad, conozca las actividades que en ellas se realizan, y sean críticos cuando escuchen la información en los medios de comunicación.

Estudiantes mexicanos realizaron pasantía en Derecho UCSC10 de marzo 2014

En el marco del convenio de colaboración académica, suscrito el pasado 2011 entre nuestra Casa de Estudios y la Universidad La Sa-lle de Chihuahua, Andrés Sánchez Verín y José Luis Barra, cursaron un semestre como estudiantes regulares de la Facultad de Derecho de la UCSC.

Ambos jóvenes cursaron las asignaturas de Seguridad Social, Derecho Tributario, Derecho Económico y el Taller de Litigación Oral, dada la similitud entre el ordenamiento legal en estas áreas y el recien-temente implementado sistema de oralidad en los juicios en México.

Cabe destacar que bajo esta misma mo-dalidad ya participaron tres estudiantes el pa-sado 2013.

Conferencias profesionales convocan a estudiantes en práctica y juristas recién titulados17, 24 y 31 de marzo 7 y 14 de abril 2014

Más de 100 jóvenes, integrantes de la comunidad jurídica de la Región del Bío Bío, convocó el ciclo de Conferencias Profesionales dirigidas a estudiantes en práctica y a abogados recién titulados.

El encuentro, orientado a abordar algunas problemáticas que surgen al comienzo del ejercicio profesional, se desarrolló en cinco jornadas organizadas por el Dr. y académico de la facultad Rodrigo Fuentes Guíñez.

La iniciativa abordó las temáticas: “Ofrecimiento, admisión e in-corporación de la prueba documental en el procedimiento de familia”; “Reavalúo de bienes raíces 2014. Procedimiento de reclamación”;

“Redacción de con-tratos. Algunos pro-blemas prácticos”; “La resolución del contrato. Problemas nuevos y antiguos”; y “Algunos temas confl ictivos en el procedimiento de policía local”; confe-rencias todas dicta-das por académicos de nuestra Facultad.

Académicos lanzan segunda edición de libro sobre Derecho Político26 de marzo 2014

La segunda edición de un libro denota el éxito que tuvo el original. Es el caso del texto “Derecho Político”, de los abogados y académicos de la UCSC Fernando Jiménez Larraín -ex Rector de la Universidad- y Fernando Jiménez Loosli, quienes presentaron la nueva versión bajo el alero de la Editorial UCSC. Cabe mencionar que el texto brinda apoyo académico no sólo a estudiantes de la Facultad de Derecho de la UCSC, sino que también a los de otras casas de estudio.

“En el proceso de aprendizaje, nuestros alumnos lo han utilizado como un instrumento que les permite tomar lo esencial de las Instituciones Po-líticas. Hemos actualizado contenidos en lo referido a la teoría del Estado, sociedad, constitución y fuerzas políticas. Hemos revisado y puesto énfasis en valores, normas, principios y ética que emanan de las Encíclicas Papa-les y Estudios Bíblicos”, señaló Jiménez Loosli.

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Jueces de familia se reúnen en Facultad de Derecho de la UCSC10, 11 y 12 de abril 2014

Generar un espacio para la refl exión y discusión sobre las principales problemáticas en torno a dicha Judicatura, fue el objetivo central del Primer Congreso de Jueces con Competencia en Ma-teria de Familia, organizado por el Departamento de Ca-pacitación de la Asociación Nacional de Magistrados y la Asociación Regional de Ma-

gistrados de Concepción (BioBío – Arauco). El encuentro, realizado en nuestra Facultad, tuvo una excelente recepción, convocando a más de un centenar de miembros de la comunidad jurídica nacional.

En tres jornadas, magistrados y académicos, desarrollaron en variados paneles temáticas ligadas al sistema administrativo de los Tribunales de Familia en Chile y expusieron sobre diversos temas relacionados al Dere-cho de Familia nacional e internacional.

Cabe destacar, que varios de los expositores han sido parte del cuer-po académico del Magíster en Derecho Procesal de Familia de la UCSC, entre ellos Carlos Céspedes, Fabiola Lathrop, Nel Greeven, Francesco Ca-rretta, Ximena Gauché y Claudio Fuentes.

Estudiantes de Derecho Político analizan “Caso Matute”16 de abril 2014

Un interesante análisis al proceso judicial y cobertura mediática

en torno a la desaparición de Jorge Matute, realizó en nuestra Fa-cultad, el abogado Alex Matute, acompañado por el académico y representante de la familia, Fernando Saenger. Durante el encuentro resumió la cruda historia de la desaparición, ahondando en los prin-cipales errores que se han cometido con los años en la investigación y las nuevas diligencias que se solicitarán a fi n de encontrar a los responsables de la muerte de su hermano.

Luego de su intervención, el ex alumno de nuestra Facultad, accedió a responder las principales inquietudes de los estudiantes de primer año relacionadas con la investigación, las hipótesis y las nuevas pericias que se están realizando a fi n de resolver un enigma policial de connotación nacional.

Al fi nalizar su exposición, Alex Matute agradeció al abogado Fer-nando Saenger por el legado que le dejó tras pasar por las aulas de la UCSC y por el apoyo recibido en este difícil camino en la búsqueda de la verdad y la justicia.

Defensores de Chile ante Corte de la Haya inauguran año académico en Derecho23 de abril 2014

Con la Clase Magistral, que ofrecieron Alberto van Klaveren y María Teresa Infante, agente y coagente de Chile ante la Corte Inter-nacional de Justicia de La Haya, se inauguró ofi cialmente el año aca-démico 2014 de la Facultad de Derecho. Los especialistas expusieron sobre la preparación y proyecciones de la disputa marítima entre Chi-le y Perú en un encuentro al que asistieron estudiantes, académicos y autoridades de la Casa de Estudios. Ambos se refi rieron a la prepara-ción del caso cuyo antecedente fue la demanda peruana presentada el 16 de enero de 2008. El encuentro convocó a diferentes miembros de la comunidad penquista jurídica y universitaria local.

Magíster en Derecho Procesal de Familia lanza V versión25 de abril 2014

Con la clase magistral “Algunos aspectos en la aplicación práctica de la ley N° 20.680, que modifi có la normativa de cuidado personal”, el ma-gistrado Roberto Parra, marcó el inicio de la quinta versión del Magíster en Derecho Procesal de Familia. La nueva generación la conformaron 17 profesionales de distintos puntos del país que ejercen libremente la profe-sión o integran alguna institución ligada a la protección de la familia. Con la primera generación inserta en la comunidad jurídica y cuatro versiones impartidas ininterrumpidamente desde el año 2010, el programa se ha posicionado como una herramienta integral de perfeccionamiento profesional que permi-te mejorar la tramita-ción, elevar el nivel de litigación e incidir en la judicatura.

la refl exión y discusión sobre las principales problemáticas en torno a dicha Judicatura, fue el objetivo central del Primer Congreso de Jueces con Competencia en Ma-teria de Familia, organizado por el Departamento de Ca-pacitación de la Asociación Nacional de Magistrados y la Asociación Regional de Ma-

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Fernando Saenger participa en VI encuentros de Madrid24, 25 y 26 de abril 2014

Numerosas persona-lidades y autoridades de la abogacía mundial, jun-to a destacados miem-bros de los Colegios de Abogados, Consejos Ge-nerales de la Abogacía y Asociaciones Internacio-nales, dieron vida a los VI Encuentros en Madrid, actividad donde participó el académico de nuestra

Casa de Estudios, Fernando Saenger Gianoni.El abogado penquista participó en debates con juristas de dis-

tintos países sobre cuestiones de interés para la abogacía mundial, entre ellas, “La Corte Penal Internacional: funcionamiento, proceso y acceso”; “El derecho de la defensa a la defensa”; “Los retos de la protección de la intimidad en la nube”; y “Los derechos humanos y la crisis política y económica”. Invitado por la Sra. Sonia Gumpert, De-cana del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, el profesor Saen-ger intervino con la ponencia “El derecho a la defensa en Chile”, en representación del Comité de Derecho Constitucional de la FIA y la UCSC. Cabe destacar, que esta actividad es un foro de ideas para la abogacía internacional y que el Jefe del Departamento de Derecho Público ha participado en la mayoría de los encuentros, ahondando en temas ligados a la constitucionalidad del Estado chileno.

Taller de normativa básica en materia de Derecho Individual del Trabajo6 al 8 de mayo 2014

Entregar conocimientos generales sobre el Derecho Individual del Tra-bajo, sus principios, el contrato de trabajo, su contenido y terminación, fue el objetivo central del curso dirigido por el académico Andrés Varela. Fue el primero de tres adjudicados por la Academia Judicial de Chile a la Fa-cultad de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción para el año 2014. Además del profesor Varela, intervinieron como relatores en el Taller los académicos José Antonio Santander y Laura Silva. Los asis-tentes, que acudieron desde distintos tribunales del país, mostraron alto grado de interés por el curso y señalaron estar satisfechos por los nuevos conocimientos adquiridos.

Andrés Varela expone en XXI Jornadas Nacionales de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social22 y 23 de mayo 2014

En el Campus Pichi Pelluco de la Uni-versidad San Sebastián, sede Puerto Montt, se realizaron los días 22 y 23 de mayo, las XXI Jornadas Nacionales de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. La acti-vidad fue organizada por los docentes Moisés Montiel y Claudio Fernández de la Facultad de Derecho de dicha casa de estudios y contó con el patrocinio de la So-ciedad Chilena de Derecho del Trabajo y de

la Seguridad Social. El tema central del encuentro fue la protección laboral, fi scalización y riesgos laborales y consideró tres paneles te-máticos: la responsabilidad del empleador, la responsabilidad laboral en el trabajo en régimen de subcontratación y los riesgos laborales.

Al profesor Varela le correspondió intervenir en el segundo de los paneles y se refi rió a: la responsabilidad del Estado en materia de subcontratación, la responsabilidad de la empresa principal por accidentes laborales y la posibilidad de aplicar la doctrina del levan-tamiento del velo a la empresa principal.

Académicos y alumnos despiden a egresados de Derecho31 de mayo 2014

En una emotiva ceremonia, profesores y representantes del Centro de Alumnos de la Facultad de Derecho, se reunieron para despedir a 56 jóvenes egresados de las aulas de la UCSC. En la oportunidad, Gonzalo Laterra, ex presidente del CAA entregó a Fabricio Macalusso el premio al “Mejor Compañero” y Boris Negrete, actual presidente de la organización de estudiantes, distinguió como “Mejor Deportista” a Álvaro Fernández. El encuentro fi nalizó con la participación del grupo folclórico “Las Perlas de Hernández”, compuesto por Claudia Astudillo (egresada), Bárbara Gómez e Ingrid Ortega (alumnas) y el profesor Eugenio Hernández y del grupo “Hey Teachers”, integrado por los profesores y ex alumnos de la UCSC, Jenaro Murillo, Ramón García y Sergio Galaz, acompañados por los abo-gados penquistas Felipe Jeldes y Samy Hawa, quienes sorprendieron a los asistentes con su simpatía y talento.

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Derecho y II zona Naval fi nalizan Mes del mar2 de junio 2014

Aportar al conocimiento de los aspectos jurídicos y formales del Es-tado de Excepción Constitucional de Catástrofe, fue el objetivo central del seminario realizado en conjunto con la II Zona Naval. El encuentro convoca, anualmente, a diferentes miembros de la comunidad jurídica y universitaria local en torno a temas de contingencia y relevancia jurídicas.

El acto académico de fi nalización del Mes del Mar contó con la inter-vención del especialista en D° Constitucional, Fernando Jiménez Larraín y el Jefe de la II Zona Naval, Capitán de Fragata JT, Juan Pablo Soteras, quienes ahondaron en el rol de la Fuerzas Armadas durante el estado de excepción constitucional de catástrofe en Chile.

Jornadas de Derecho Civil en materia de familia reúnen a comunidad jurídica local12 de junio 2014

Más de un centenar de miembros de la comunidad jurídica y universitaria local se reunieron en las “Jornadas so-bre Responsabilidad Civil en el Derecho de Familia”, encuentro desarrollado en el marco del proyecto Fondecyt titulado “Responsabilidad civil en las relaciones pater-no fi liales y el matrimonio”, adjudicado al Dr. David Vargas Aravena, profe-sor de la UCSC. El encuentro contó con la intervención de la académica argentina, Dra. Graciela Medina, el abogado español, Dr. José De Verda y Beamonte y los juristas chilenos, Dr. Gabriel Hernández y Dr. David Var-gas. El encuentro fi nalizó con una ronda de preguntas que permitió abrir un interesante debate en torno a este importante tema.

proyecto Fondecyt titulado “Responsabilidad civil en las relaciones pater-

Estudiante colombiano analiza diferendo territorial y marítimo entre Colombia y Nicaragua12 de junio 2014

Comentar el fallo de la Haya sobre el diferendo territorial y ma-rítimo entre Colombia y Nicaragua, considerando antecedentes his-tóricos y el Derecho aplicado por la Corte y visualizar la estrategia política internacional de Colombia después de esta sentencia, fue el objetivo central de la charla “Desafíos de la política exterior Colom-biana tras el fallo de la Corte Internacional de Justicia de la Haya”, que el estudiante de la Universidad Pontifi cia Bolivariana de Medellín, Esteban González Jiménez, realizó en nuestra Facultad.

El estudiante cursa actualmente, en forma paralela, Economía, De-recho y Ciencias Políticas y además trabajó en el Ministerio de Defensa colombiano a cargo de un programa de Cooperación Internacional.

La actividad, desarrollada en el marco de la asignatura de De-recho Internacional Público, tuvo una excelente recepción entre los asistentes y los miembros del Centro de Estudios Internacionales quienes, al fi nalizar el encuentro, aclararon inquietudes sobre un tema muy latente en la opinión pública latinoamericana.

Facultad de Derecho abre sus puertas a estudiantes de la Región16 de junio 2014

Vivir una jornada universitaria como un estudiante más de la Fa-cultad de Derecho, resolver las principales inquietudes en torno al estudio y proyección laboral y, sobre todo, defi nir si realmente existe vocación por el ejercicio del Derecho, fueron los objetivos centrales de la pasantía académica que 42 jóvenes realizaron en las aulas de nuestra Facultad.

La bienvenida estuvo a cargo de la Secretaria Académica, Sra. Lorena Ruiz y de la Jefa de Carrera, Sra. María Cecilia Martínez, quie-nes compartieron con los jóvenes indagando en los aspectos más formales de la carrera y aclarando las inquietudes más recurrentes de quienes deciden estudiar Derecho.

La actividad, organizada por la Vicerrectoría de Vinculación con la Sociedad, a través de la Dirección de Difusión y la Carrera de De-recho, partió con una simulación de un juicio laboral, a cargo de es-tudiantes de Derecho apoyados por docentes del área, donde los jó-venes pudieron participar activamente. Posteriormente, se reunieron con miembros del Centro de Alumnos de Derecho, quienes dieron a conocer su función y despejaron algunos temores y prejuicios de los estudiantes de cuarto medio. El encuentro continuó con la inter-vención de la Jefa de Biblioteca, Romina Henríquez, quien dio una charla sobre el sistema de bibliotecas y realizó una visita guiada por sus dependencias, la cual culminó con la entrega de los certifi cados de participación de manos del Decano de la Facultad, Sr. Fernando Monsalve Basaúl. Antes de fi nalizar la jornada, los estudiantes ingre-saron a una clase de Derecho Internacional Público para presenciar un modelo de sesión del Consejo de Seguridad de la ONU.

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Profesor Ramón García expone sobre doctrina del “Case Management”19 de junio 2014

Invitado por el programa de Refor-mas Procesales y Litigación de la Facul-tad de Derecho de la Universidad Diego Portales, Ramón García Odgers, expuso en el coloquio “Case management: cómo tramitar los casos civiles”, tema sobre el cual realiza su tesis doctoral. Participaron en la jornada los destacados académi-cos, Cristian Riego, Juan Enrique Vargas, Mauricio Duce, además de asesores del Ministerio de Justicia de Chile, investi-gadores de Argentina, Perú y España y

representantes del Mercurio Legal, entre otros.El académico de nuestra Casa de Estudios indicó que este tema

constituye una problemática sin antecedentes bibliográfi cos en la experiencia nacional y postula que cada caso debiera recibir una tra-mitación de acuerdo a su complejidad. En este sentido, la doctrina del “case management” señala que cada caso debiera recibir una tramitación de acuerdo a las características que posea, con la idea de establecer la manera más efi caz para resolverlo. La importancia de conocer esta doctrina radica en la reforma al proceso civil que se discute en el Congreso Nacional.

Por su parte, los organizadores destacaron que tradicionalmente los procesos judiciales han sido diseñados sobre la base de esta-blecer de forma abstracta y previa los procedimientos mediante los cuales se van a tramitar los casos, lo que a su juicio, ha ido perdiendo espacio a raíz de la doctrina del “case management”.

Especialistas analizan Ley Multirut2 de julio 2014

Un nuevo concepto de empresa, que permita facilitar la sanción de las conductas derivadas de la división de sociedades que afectan los de-rechos de los trabajadores, establece el proyecto de Ley conocido como “Multirut” y que se analizó en el seminario “Nuevo concepto de Empresa y Multirut: Alcances de la modifi cación”. La actividad fue organizada por los departamentos de Derecho Económico y Laboral y Derecho Privado de la UCSC y fue patrocinada por la Dirección del Trabajo de la Región del Bío Bío.

El encuentro contó con la intervención del académico de la UCSC, Andrés Varela, con la ponencia “Impacto en el ámbito del Derecho Indivi-dual”, continuó la exposición de la Coordinadora Jurídica de la Dirección del Trabajo de la región del Bio Bio, Viviana Abuter, titulada “Impacto en el ámbito del Derecho Colectivo” y fi nalizó con la intervención “Subterfugio”, a cargo de la Jueza del Trabajo de Concepción, Valeria Zúñiga.

Tras siete años de debate en el Congreso, la denominada Ley del Mul-tirut, intenta poner fi n al vacío legal que permite a un empresa fraccionarse en diversas sociedades para eludir o evitar el nacimiento y cumplimiento

de obligaciones laborales y pre-visionales con sus trabajadores, especialmente de carácter co-lectivo (impedir la creación de sindicatos y de negociaciones colectivas). No obstante, mu-chos laboralistas estiman que esta modifi cación parece ser más bien un retroceso que un avance.

Profesor Christian Schmitz es designado Prorrector de la UCSC25 de julio 2014

Apoyar y colaborar en for-ma directa las tareas del Rec-tor en materias concernientes al gobierno y a la gestión su-perior de la Universidad es la labor que emprendió el aca-démico de Derecho, Christian Schmitz, quien asumió como Prorrector de la UCSC.

En la oportunidad, el Gran Canciller, Mons. Fernando Chomali, y la Secretaria General, Teresa Lo-bos, fi rmaron el Decreto de Gran Cancillería Nº 05/2014 que nombra al Prorrector e indica que permanecerá en el cargo mientras cuente con la confi anza del Rector.

“Es un honor asumir el cargo de Prorrector de la Universidad, un cargo institucional que implica una gran responsabilidad, un desafío y que, al mismo tiempo, asumo con humildad, entusiasmo y fe. En una época en que se avecinan cambios importantes, como la Reforma Educacional del país y, sumado a ella, la necesidad de que esta Universidad consolide los frutos de crecimiento obtenidos en los años pasados, resulta evidente el apoyo que requiere la gestión de las autoridades superiores”, indicó el académico.

UCSC y Corte de Apelaciones fi rman convenio de colaboración académica5 de agosto 2014

El Rector de la UCSC, Juan Miguel Cancino, junto al Presidente de la Corte de Apelaciones de Concepción, Jaime Solís, fi rmaron un convenio de colaboración tendiente a facilitar la formación de los es-tudiantes de la Facultad de Derecho.

La ofi cialización del acuerdo se realizó en la Presidencia de la Corte, con presencia de la Secretaria General de la UCSC, Teresa Lobos, el Decano de la Facultad de Derecho, Fernando Monsalve y académicos de la carrera.

El acuerdo, celebrado en el marco de la asignatura Práctica Profe-sional, permite a los jóvenes hacer pasantías en la Corte de Apelacio-nes de Concepción, como también en los Tribunales depen-dientes de la misma y, a los estudiantes de primero y segun-do año, efectuar vi-sitas guiadas que les permitan conocer su funcionamiento inter-no y dependencias.

de obligaciones laborales y pre-visionales con sus trabajadores, especialmente de carácter co-lectivo (impedir la creación de sindicatos y de negociaciones colectivas). No obstante, mu-chos laboralistas estiman que esta modifi cación parece ser más bien un retroceso que un avance.

ma directa las tareas del Rec-tor en materias concernientes al gobierno y a la gestión su-perior de la Universidad es la labor que emprendió el aca-démico de Derecho, Christian Schmitz, quien asumió como Prorrector de la UCSC.

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Alumnos ayudantes se capacitan en uso de Plataforma EV@6 de agosto 2014

Conocer las principales herramientas de la Plataforma Ev@ fue el ob-jeto del taller organizado por la Jefe de Carrera, María Cecilia Martínez. La actividad contó con la intervención de Marianella Careaga, del Centro de Innovación y Desarrollo Docente, quien ilustró a los alumnos ayudantes en el uso de este importante instrumento destinado a facilitar y fortalecer el proceso de enseñanza-aprendizaje. Se trata del primer grupo de ayu-dantes de la UCSC que son capacitados para utilizar el medio virtual en conjunto con sus profesores.

Entre las cualidades de esta plataforma se destacan la mensajería instantánea entre docen-tes y alumnos, la existen-cia de espacios para foros de discusión y la posibi-lidad de apoyo en el tra-bajo que los estudiantes deben realizar en las ho-ras indirectas de estudios.

de esta plataforma se destacan la mensajería instantánea entre docen-tes y alumnos, la existen-cia de espacios para foros de discusión y la posibi-lidad de apoyo en el tra-bajo que los estudiantes deben realizar en las ho-ras indirectas de estudi

Derecho e INAPI analizan Propiedad Industrial para la innovación20 de agosto 2014

En el marco del convenio de cooperación interinstitucional, sus-

crito el pasado 2011, entre el Instituto Nacional de Propiedad Indus-trial y la Universidad Católica de la Santísima Concepción, se realizó el II Seminario “Propiedad Industrial para la Innovación”, orientado a potenciar los procesos de innovación dentro de las organizaciones, sembrar conciencia acerca de la necesidad de resguardar las crea-ciones y producciones intelectuales por medio de las herramientas jurídicas de la propiedad industrial y fomentar el emprendimiento en base a dicha protección.

Durante la jornada se desarrollaron tres ponencias de especial interés para los emprendedores e investigadores. La primera “Apro-ximación a la nueva ley de propiedad industrial: Principales cambios propuestos y novedades de la normativa en tramitación”; la segunda “Secretos Empresariales: Protección alternativa y complementaria a las patentes”; y la tercera “Transferencia Tecnológica e Innovación: aspectos teóricos de la transferencia tecnológica y experiencia de la UCSC”, a cargo de los especialistas, Sebastián Farías, Christian Sch-mitz, Horacio González y Claudia Silva, respectivamente.

Derecho y Academia de Ciencias Sociales Políticas y Morales del Instituto de Chile analizan consecuencias del fallo de la Haya19 de agosto 2014

Diferentes miembros de la comuni-dad jurídica y universitaria local se re-unieron en el seminario “Chile – Perú: Conclusiones del fallo de La Haya”, or-ganizado por la Facultad de Derecho y la Academia de Ciencias Sociales, Políticas y Morales del Instituto de Chile. Si bien el fallo mediante el cual se resolvió la de-limitación marítima entre Perú y Chile se dictó el pasado 27 de enero de 2014, ha desencadenado una serie de eventos de repercusión internacional que, a juicio de los académicos, merecen un análisis especial desde el punto de vista jurídico.

El encuentro comenzó con una introducción al tema por parte del Presidente de la Academia de Ciencias Sociales, Políticas y Morales del Instituto de Chile, Sr. José Luis Cea y continuó con la exposición de los profesores de Derecho Internacional Público de nuestra Casa de Estudios, Sra. Ana María Avello, Alejandro Enríquez y Hernán Varela, quienes ahondaron en el contexto histórico, socio político y jurídico del confl icto.

La ponencia central del seminario estuvo a cargo del Dr. Fran-cisco Orrego, juez ad-hoc en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, designado en 2008 para representar al país en el diferendo por el límite marítimo con Perú. En su análisis desglosó las principales consecuencias del fallo del referido tribunal, haciendo hincapié en la postura peruana de no atenerse a la sentencia y continuar abriendo espacios para la discusión.

Ex alumnos conversan con estudiantes de primer año21 de agosto 2014

Una particular visita realizaron los ex alumnos Viviana Bustos y Víctor Curinao, a los estudiantes de la sección 3 de la cátedra Teoría del Derecho de primer año, a fi n de compartir su experiencia universitaria y profesional. Invitados por la Jefa de Carrera y profesora de la asignatura, María Cecilia Martínez, los jóvenes abogados volvieron a las aulas para entregar algu-nos consejos para sortear con éxito el paso por la universidad y, sobre todo, para motivar a los futuros juristas en su arduo y exigente proceso de formación.

Los novatos manifestaron sus inquietudes en un diálogo abierto y fl uido. Antes de fi nalizar el encuentro, Viviana y Víctor invitaron a los jóvenes a ser parte de su formación, a sentir la vocación por el ejercicio del Derecho y a no olvidar que todo esfuerzo tiene su recom-pensa, más aún, en una pro-fesión que requiere estudio constante, tanto en las aulas como en la vida laboral.

encuentro, Viviana y Víctor invitaron a los jóvenes a ser parte de su formación, a sentir la vocación por el ejercicio del Derecho y a no olvidar que todo esfuerzo tiene su recom-pensa, más aún, en una pro-fesión que requiere estudio constante, tanto en las aulas como en la vida laboral.

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Comunidad jurídica analiza Reforma Procesal Civil25 de agosto 2014

Analizar junto a la comunidad jurídica y universitaria local los as-pectos más relevantes de la Reforma Procesal Civil, en actual trami-tación legislativa, fue el objetivo del primer encuentro del ciclo de coloquios organizado por el Departamento de Derecho Procesal de la UCSC.

El tema central de la jornada, “La valoración de la prueba en el proyecto del nuevo Código Procesal Civil”, fue abordado por el Mi-nistro de la I. Corte de Apelaciones de Concepción y profesor de la UCSC, Rodrigo Cerda, y comentado por los especialistas en Derecho Procesal Claudio Fuentes y Ramón García, quienes ahondaron en los elementos más signifi cativos: la prueba, la función del juez, la ejecu-ción y los recursos, haciendo hincapié en los aspectos orgánicos que se deben considerar antes de la implementación de la reforma.

Congreso de Bioética reunió a estudiantes y profesionales de las ciencias de la salud de todo el país29 de agosto 2014

Más de una veintena de ponencias reunidas en un sólo encuen-tro grafi can la importancia que tiene la Bioética en la formación de los profesionales en la UCSC. Esto es lo que se vivió en el Primer Con-greso de Bioética para Estudiantes de Ciencias de la Salud “Bioética, Educación y Ciencias de la Salud”, que congregó a estudiantes de todo el país.

El encuentro contó con diversos relatores, entre ellos médicos, abogados, matronas y estudiantes. Las ponencias se centraron en temáticas como: humanidades y ciencias de la salud, ciencia y fe, bioética y bien común, políticas públicas de salud, derechos huma-nos, bioderecho, aborto y eutanasia.

Entre los jóve-nes que participa-ron en el encuen-tro estuvo Ingrid Ortega, alumna de nuestra Facul-tad, quien expuso sobre Bioderecho y Bioderecho Sa-nitario.

Funcionarios del Poder Judicial se capacitan en aulas de la UCSCDel 26 al 29 de agosto 2014

Identifi car y describir las diferentes fuentes de nues-tro Ordenamiento Jurídico, entender y explicar las ca-racterísticas más relevantes de cada una de ellas y poder aplicarlas en función a su cargo o actividad actual, fue el objetivo central del curso de la Academia Judicial que se adjudicó la Facultad de Derecho de la UCSC.

En cuatro sesiones, 17 funcionarios del escalafón secundario del Po-der Judicial, se reunieron para alcanzar las destrezas y los criterios básicos necesarios para desempeñar sus funciones.

El curso contó con la intervención de los académicos de la UCSC Ro-drigo Fuentes (Director del curso), Sergio Galaz y Alejandro Enríquez y se desarrolló en el marco del Programa de Perfeccionamiento que la Acadé-mica Judicial de Chile destina a sus miembros a través de cursos licitados.

diferentes fuentes de nues-tro Ordenamiento Jurídico, entender y explicar las ca-racterísticas más relevantes de cada una de ellas y poder aplicarlas en función a su cargo o actividad actual, fue el objetivo central del curso de la Academia Judicial que se adjudicó la Facultad de

Profesor Saenger participó en las XII Jornadas Interuniversitarias de D° Constitucional y DDHH en Bogotá3,4 y 5 de septiembre 2014

El control de constitucionalidad y derechos humanos y los modelos jurídicos de promoción de paz y reconciliación fueron los ejes centrales de las XII Jornadas Interuniversitarias de Derecho Constitucional y Derechos Humanos, seminario en el que participó el académico de nuestra Facultad, Fernando Saenger Gianoni.

Juristas y estudiantes de distintas nacionalidades se reunieron en la Universidad Javeriana, ubicada en el corazón de Bogotá, a fi n de analizar variadas temáticas de gran actualidad en materia de derechos humanos, aspectos penales, laborales y constitucionales.

Cabe mencionar que este seminario se ha de-sarrollado en la Universi-dad Católica de Córdoba, Argentina, la Universidad Católica del Uruguay, Uru-guay, la Universidad do Vale do Rio do Sinos, Brasil y la Universidad Andrés Bello, Chile.

este seminario se ha de-sarrollado en la Universi-dad Católica de Córdoba, Argentina, la Universidad Católica del Uruguay, Uru-guay, la Universidad do Vale do Rio do Sinos, Brasil y la Universidad Andrés Bello, Chile.

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Academia & Extensión 17

Académicos representan a Derecho UCSC en XV encuentro de AFEIDAL18, 19 y 20 de septiembre 2014

Consolidar a través de la enseñanza ju-rídica el Estado de Derecho y la democracia en Latinoamérica es uno de los objetivos primordiales de la Asociación de Faculta-des, Escuelas e Institutos de Derecho de América Latina, AFEIDAL. Sus reuniones anuales persiguen fomentar la unión per-manente de sus miembros y estimular la movilidad estudiantil y académica, favoreciendo el proceso de integración educativa, social, económica y cultural de los países de la región.

En representación de la Facultad de Derecho de la UCSC los acadé-micos Hernán Varela y Fernando Saenger asistieron al XV Congreso de la AFEIDAL realizado en Lima, Perú, reunión internacional que contó con la participación de rectores, decanos, directores y jefes de departamento de instituciones afi liadas a dicha asociación, quienes debatieron sobre el tema central “Formación Interdisciplinaria en la Educación Jurídica”.

En el mismo mes la Universidad Alas Peruanas confi rió al profesor Fer-nando Saenger la distinción honorífi ca de profesor visitante por su calidad docente y aporte a la abogacía internacional.

Ciclo de Conferencias de Derecho Público 23, 30 de septiembre y el 7, 14 y 21 de octubre 2014

Con un interesante análisis al Recurso de inaplicabilidad por incons-titucionalidad, a cargo del abogado y académico de la UCSC, Fernando Saenger, partió el Ciclo de Conferencias organizado por el Departamento de Derecho Público de nuestra Facultad.

La iniciativa tuvo una excelente recepción en la comunidad jurídica penquista convocando a miembros de diferentes organizaciones, aboga-dos dedicados al ejercicio libre de la profesión, licenciados y estudiantes de distintas universidades locales.

El ciclo continuó con la conferencia “Controles obligatorios de cons-titucionalidad y cuestiones de constitucionalidad” a cargo del académico Fernando Jiménez Loosli. Luego intervinieron, el docente Álvaro Sepúlveda con la ponencia “Las leyes de bases en el sistema de fuentes del Derecho Administrativo chileno”, el profesor Ricardo Yáñez con la conferencia “La responsabilidad del Es-tado”, para fi nalizar con la intervención del profesor Francisco Santibáñez con la conferencia “Acciones y recursos en el ámbito de la Contraloría General de República, regional y municipal”.

Estudiantes de Derecho visitan cárcel El Manzano 124 de septiembre 2014

El Centro Penitenciario Concepción abrió sus puertas una vez más a los estudiantes de Derecho de la UCSC, quienes realizaron un completo recorrido por sus dependencias guiados por el Capitán de Gendarmería de Chile Jorge Fuentes. La actividad, inserta en las dis-tintas visitas académicas contempladas en la asignatura de Derecho Penal, comenzó en la Unidad de Estadísticas, encargada de gestionar el ingreso, la disposición, el traslado y benefi cios de los internos en-tre otras situaciones. Posteriormente, los estudiantes recorrieron los dormitorios, patios, áreas recreativas, talleres, salas de formación y otros espacios, acompañados por personal de Gendarmería de Chile, quienes explicaron el funcionamiento del sistema carcelario y cómo vive la población penal femenina y masculina.

Antes de fi nalizar la jornada, el personal de la Unidad Técnica del recinto conversó con los jóvenes sobre los programas vinculados al resguardo de la integridad física y emocional de quienes hoy es-tán privados de libertad y las actividades orientadas a la reinserción de éstos tras recuperarla, haciendo hincapié en la importancia de la rehabilitación y la capacitación de los internos a fi n de evitar la reincidencia.

Derecho analiza ley sobre Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas10 de octubre 2014

Diferentes miembros de la comunidad jurídica, empresarial, aca-démica y universitaria local se reunieron en el Seminario Reorgani-zación y Liquidación de Empresas: Ley 20.720, organizado por el Departamento de Derecho Privado de la UCSC. El encuentro contó con la presencia del Secretario Regional Ministerial de Justicia, Jorge Cáceres, y la intervención de los académicos Mauricio Ortiz (UCSC) y Juan Luis Goldenberg (PUC de Chile) quienes presentaron las ponencias “Motivaciones de la Ley 20.720: ¿Por qué el cambio?” y “Cuestiones fundamentales sobre los concursos para la empresa deudora: Liquidación y Reorganización”, respectivamente. Actuó como moderador el profesor Luis Ubilla (UCSC).

Los especialistas ahondaron en la nueva normativa, vigente que permitirá regular la li-quidación, reorganiza-ción y la renegociación de las deudas, tanto para las empresas como para las perso-nas naturales en insol-vencia; reemplazando la antigua Ley de Quie-bras.

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Derecho en la UCSC18

extensión

Derecho gradúa nueva generación de Licenciados23 de octubre 2014

Acompañados de profesores, familiares y amigos, 33 ex alumnos de nuestra Facultad, se reunieron para fi nalizar ofi cialmente la culminación de sus estudios de pre grado y comenzar una nueva etapa como profesiona-les integrales al servicio de la justicia bajo el sello valórico de la UCSC. La solemne ceremonia de graduación comenzó con las palabras del Decano de la Facultad, Sr. Fernando Monsalve Basaúl, quien valoró el esfuerzo y perseverancia que hoy se plasman en el diploma que los distingue como Licenciados en Derecho.

Posteriormente, los jóvenes juraron ejercer en forma justa y honesta el Derecho para aportar a la construcción de una sociedad mejor, bajo los principios humanistas y cristianos propios de nuestra Casa de Estudios. En representación de los estudiantes, María Belén Kuzmanic, dirigió unas palabras de despedida y agradecimiento a sus profesores, compañeros y familiares, pilares fundamentales en este importante proceso de formación académica.

En el último encuentro formal entre académicos y alumnos, el rector de la UCSC, Sr. Juan Miguel Cancino, otorgó el tradicional Premio Univer-sidad a Stephanie Fernández Reyes quien, durante su vida universitaria, se destacó por su excelencia académica y su labor como ayudante en Derecho Civil. La ceremonia fi nalizó con la bendición del Pbro. Cecilio de Miguel y la intervención del coro de nuestra Casa de Estudios.

Segundas pasantías 2015 en Derecho UCSC27 de octubre 2014

El Campus Santo Domingo abrió sus puertas, una vez más, a estudiantes locales para vivir la experiencia de ser un alumno más de la UCSC, a través de una pasantía académica por nuestra Facultad. El objetivo central de la iniciativa, que semestralmente organizan la Vi-cerrectoría de Vinculación con la Sociedad junto con la Dirección de Difusión y cada una de las unidades académicas, es descubrir des-de las aulas la vocación profesional de los estudiantes secundarios y conocer la universidad que los acogerá durante el pre grado. En esta oportunidad la actividad fi nalizó con las palabras del profesor Ro-drigo Fuentes, jefe del Departamento de Derecho Priva-do, quien los invitó a ser parte de la comunidad jurídica local estudiando en la UCSC.

Especialistas analizan Ley 20.78028 de octubre 2014

Incrementar la recaudación tributaria a fi n de generar ingresos para solventar gastos perma-nentes, básicamente en educación, es el objetivo principal de esta ley y tema central del seminario “Reformas Tributarias: Ley 20.780”, organizado por el Departamento de Derecho Económico y Laboral de la UCSC.

El encuentro contó con la intervención de los académicos de nuestra Casa de Estudios, Alfonso Valdés y Gustavo Gutiérrez, quienes se refi rieron, respectivamente, al calendario de en-trada en vigencia de las reformas tributarias y a las nuevas facultades del SII, particularmente a la cláusula general antielusiva.

La magnitud del cambio en el régimen impositivo implica una en-trada en vigencia progresiva de las diversas modifi caciones que in-troduce la ley y por ello se estimó pertinente referirse a tal tema. La cláusula general antielusiva pretende, por su parte, mejorar las herra-mientas del SII para recalifi car actos y negocios que pretenden evitar el pago de impuestos.

Segundo Juzgado Civil abre sus puertas a estudiantes de Derecho29 de octubre 2014

En el marco de las actividades académicas programadas en el optativo La Reforma Procesal Civil, los estudiantes de Derecho de la UCSC, reali-zaron una visita guiada a Tribunales de Concepción, acompañados por el académico Elías Jana. El objeto de la actividad fue mostrar a los jóvenes el funcionamiento interno y la infraestructura del lugar.

Luego de recorrer las dependencias de la Corte de Apelaciones de Concepción, los jóvenes de detuvieron en el Segundo Juzgado Civil para acceder en el mesón del tribunal a un expediente y conversar con su Jueza subrogante, señora Ana María Suárez. La magistrado expuso sobre el quehacer del tribunal, las características del procedimiento actual y las diferencias con el nuevo proceso civil que se pretende implementar.

El académico a cargo valoró la participación de los jóvenes y la exce-lente disposición de los funcionaros administrativos para recibir al curso, señalando que “El balance es muy positivo, puesto que con este tipo de actividades se acerca el De-recho, espe-c í f i c a m e n t e el Derecho Procesal, a los alumnos, quie-nes pueden vivir in situ el contexto del procedimiento actual”.

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Academia & Extensión 19

III Conferencias de Derecho Civil convocan a comunidad jurídica y universitaria local30 de octubre 2014

Sentar las bases del debate para el engrande-cimiento de la doctrina y extender ese conocimiento a la comunidad jurídica y universitaria local es uno de los objetivos de las III Con-ferencias de Derecho Civil, organizadas por el Departa-mento de Derecho Privado de la UCSC. Esta iniciativa es una actividad muy ligada a los objetivos académicos de vinculación con el medio que la Facultad de Derecho se ha propuesto a lo largo de sus 38 años al servicio de la enseñanza jurídica. El encuen-tro contó con la intervención de los académicos Rodrigo Fuentes, quien presentó la ponencia “El daño contractual. Concepto y valoración”; Carlos Céspedes, quien expuso sobre “Los problemas de la antijuridicidad en el sistema de la responsabilidad civil extracontractual”; David Vargas, quien ahondó en la “Responsabilidad civil entre padres e hijos” y Gonzalo Mon-tory, quien fi nalizó el ciclo con la conferencia “Algunas consideraciones en torno a la propiedad constitucional y su protección”.

Colegio de Abogados de Costa Rica distingue al profesor Luis Ubilla5 de noviembre 2014

Bajo la premisa “No espere que la profesión haga algo por usted sino contribuya usted a engrandecer la pro-fesión” y en reconocimiento a más de 40 años al servicio de la enseñanza, la investigación y ejercicio profesional, el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, otorgó la distinción “Trayec-toria académica” al profesor de nuestra Facultad señor Luis Ubilla Grandi. Este importante reconocimiento se realizó en el marco del II Congreso Panamericano de Derecho Societario y Comercial, organizado por dicho colegio de profesionales en conjun-to con la Fundación para la Investigación y Desarrollo de las Ciencias Jurídicas.

“Esto no es más que una manifestación de cariño y, sin duda, hay personas que lo merecen más que yo. Con un profundo agra-decimiento me comprometo a seguir participando y colaborando modestamente en este tipo de actividades”. Estas fueron las palabras del académico Luis Ubilla durante el referido encuentro, orientado a promover el análisis y buscar escenarios de discusión y debate democrático. Igual reconocimiento recibieron los profesores Daniel Roque Vítolo y Fernando Mora Rojas, especialistas que, como el pro-fesor Ubilla, contribuyen al engrandecimiento de la disciplina.

Derecho UCSC capacita a funcionarios del Poder Judicial24 de noviembre 2014

En el marco del programa de perfeccionamiento que la Academia Judicial de Chile destina a sus miembros, se desarrolló en tres jorna-das académicas el taller “Procedimientos laborales especiales”, curso dirigido por el profesor Andrés Varela, quien logró la adjudicación del mismo en el proceso de licitación 2013.

El curso, orientado a ahondar en la estructura normativa básica y fi nalidad esencial de los procedimientos especiales del trabajo (Tutela y Monitorio), contó con la intervención de Valeria Zúñiga (Jueza del Trabajo), José Antonio Santander (UCSC) y Rodrigo Soto (UCSC) y convocó a 31 funcionarios del Poder Judicial.

La Facultad dictó durante el 2014 un total de tres cursos para la Academia Judicial.

UCSC aborda la objeción de conciencia de manera multidisciplinar12 de diciembre 2014

Una exitosa actividad fue realizada en conjunto entre el Instituto Supe-rior de Bioética y la Facultad de Derecho para abordar, desde la óptica de especialistas de distintas áreas, la objeción de conciencia. En el encuen-tro, orientado a los profesionales de la salud, Monseñor Chomali recordó que la conciencia moral es un acto propio del hombre que, si bien no lo sabe todo, tiene la capacidad de discernir. Por su parte, el académico de la Facultad de Medicina y miembro del I. Superior de Bioética, Marcelo Lagos, defendió la necesidad de formar conciencia en los profesionales de la Salud desde dos dimensiones que deben combinarse sutilmente: la profesional y la personal. Para concluir las exposiciones, el abogado y académico de la Facultad de Derecho, Javier Molina, se adentró en los aspectos jurídicos que rodean a la objeción de conciencia. Si bien resaltó que en Chile no existen normas concretas para aplicar dicha objeción, destacó las posibilidades que, a su juicio, tienen los profesionales de la Salud para acudir a la justicia en resguardo de sus derechos.

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Derecho en la UCSC20

consultorio Jurídico

Aprendizaje - Servicio en la formación de nuestros alumnos de práctica profesional

Mauricio Ortizcoordinador de práctica profesional

En el marco del proceso de formación de nuestros estudiantes, se prevé, en el último año, la asignatura de práctica profesional, cuya razón de ser fundamental es permitirles vincularse con la sociedad, dándole vida a los conocimientos teóricos adquiridos y, por cierto, destinando sus esfuerzos a la atención de personas que concurren a nuestros con-sultorios en busca de asesoría jurídica y apo-yo. Pues bien, teniendo en cuenta lo dicho, se han redoblado los esfuerzos destinados a generar instancias que permitan a nuestros educandos ser partícipes del trabajo diario de instituciones públicas vinculadas al queha-cer jurídico, para lo cual, a la fecha, existen diversos convenios de colaboración con múl-tiples entidades. En efecto, a modo ejemplar, el año 2014 se suscribió con la I. Corte de Apelaciones de Concepción un convenio que nos permite, en general, el despliegue de ac-tividades colaborativas por parte de nuestra Facultad con aquella, destacándose, específi-camente, la posibilidad que nuestros alumnos y alumnas puedan realizar pasantías en las dependencias de la Corte como, asimismo, en los Tribunales dependientes de su juris-

dicción. Esta posibilidad permite a nuestros estudiantes aplicar los conocimientos teóri-cos aprendidos a la actividad jurídica cotidia-na. Contamos, asimismo, con convenios de similar naturaleza con el Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, CAJ (Defensoría Laboral), Conservador de Bienes Raíces de Concepción, Notarias García de Concepción y Santibáñez de Talcahuano e I. Municipalidad de Chiguayante (Juzgado de Policía Local de la misma comuna); estando en proceso de elaboración uno con la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, a propósito de la nueva Ley Concursal y otro en proceso de actualización, con el Servicio Nacional del Consumidor.

Con la realización de pasantías por parte de nuestros alumnos, queremos que éstos se incorporen tempranamente al ámbito en el cual se desempeñarán profesionalmente en lo futuro, lo que redunda para ellos en una for-mación jurídica más integral y, por cierto, en la adquisición de herramientas que les permiten una mejor y más sólida atención de aquellos que concurren a nuestros consultorios en busca de ayuda y orientación.

Parroquia Nuestra Señora de LourdesPedro de Valdivia 1114, ConcepciónMiércoles 10:30 a 12:40 hrs.Abogado jefe: Eugenio Hernández Parroquia El SagrarioCaupolicán 452, ConcepciónJueves de 15:10 a 17:20 hrs.Abogado jefe: Constanza Cornejo

Parroquia El Buen PastorLos Acacios 1718, San Pedro de la PazJueves de 15:10 a 17:20 hrs.Abogado jefe: Reinaldo Pino

Ilustre Municipalidad de PencoMaipú 385, PencoJueves de 15:10 a 17:20 hrs.Abogado jefe: Eugenio Hernández

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Academia & Extensión 21

ex alumnos

Hacer lo que a uno le gusta en la vida es la mejor recompensa y

garantía de buen vivir

¿Por qué decidió estudiar Derecho?

Derecho no era mi natural camino en la vida. Mis padres son agricultores en Chillán, por lo que lo más probable era que yo estu-diara medicina veterinaria o, quizás, agricultu-ra; es más, al momento de postular pensé en esa alternativa. Sin embargo, días antes man-tuve una larga conversación con un amigo de mi hermano mayor que estudiaba Derecho y debo reconocer que me convenció. Lo que en esa época me gustó de la carrera era el po-der dedicarme a muchas áreas del Derecho y no encasillarse en solo una de ellas. Resulta paradojal que desde hace quince años, solo me dedico al Derecho Penal y que estoy con-vencido que el desarrollo del Derecho lleva a la especialización pues, ahora lo sé, en nin-gún caso una especialización significa limitar el ejercicio profesional. Sólo en Derecho Pe-nal hay una multiplicidad de áreas a las cuales dedicarse con exclusividad. Sin ir más lejos, ahora como fiscal solo veo casos de crimen organizado y corrupción y, de verdad, es un abanico muy grande.

¿Qué recuerdos tiene de su formación en la Facultad?

Los mejores años, en lo que a educación

se refiere, los viví en la Facultad. Las primeras clases, conocer a los que después fueron mis mejores amigos, las pruebas, éxitos, fracasos y, al final de cada año, y hasta ya entrado ene-ro, los exámenes… días y noches enteras de estudio y al final de los 5 años empezar a pre-parar el examen de grado.

La generación del 93, a la que pertenez-co, fue la que inauguró el campus Santo Do-mingo, y ese hecho, sin duda, hizo que fueran años especiales. Todo fue nuevo, no había biblioteca ni casino, ni muchas otras cosas, todo se fue construyendo y creciendo junto con nosotros.

El examen de grado, merece un capítulo especial. Aquel examen, que confío siga igual

Emiliano Arias MadariagaFiscal Jefe de la Fiscalía Local de Pudahuel

de exigente, en mi caso requirió casi un año de estudio, fue sin duda un proceso formador. Es un proceso que sirve a todo abogado, pues cada juicio, sobretodo los más complejos, se convierte en un verdadero examen. El hecho de que la Universidad nos haya exigido tanto en aquellos años se agradece a estas alturas.

¿Recuerda algún profesor que lo haya marcado?

Muchos, en especial aquellos de los cur-sos que transforman a un alumno en abogado y, en los cuales, la Facultad tiene excelentes profesores. Me refiero a Derecho Civil, Cons-titucional, Procesal y Penal. Sin duda, los que de mayor modo influyeron en lo que actual-mente soy fueron don Enrique Tapia Witting, ya fallecido, quien además, como Presidente de la Corte Suprema, fue quien me entregó mi título de abogado; y don Guillermo Silva Gun-delach, mi profesor de Derecho Penal y guía de mi memoria. Ambos influyeron en mi deci-sión de querer ser fiscal, en una época en que no había Fiscalía, sino solo un proyecto de ley que luego se transformó en la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público. Ambos eran capaces de entregar sus conocimientos de un modo que daban ganas de aprender-los, lo que en el caso del Ministro Tapia era más que loable, pues sus clases empezaban a las 13:30 horas. En el caso de don Guillermo Silva, era capaz de entregar contenidos del Derecho Penal de un modo más que acce-sible para un estudiante de pre grado, lo que facilitó su comprensión e hizo nacer en mí la decisión de dedicarme a esa rama.

¿Cómo ha vivido el ejercicio de su profesión?

Debo reconocer y agradecer por la suerte que he tenido ya que, luego de titularme, tra-bajé con don Jorge Caro, mi profesor de De-recho Tributario, de quien tengo los mejores recuerdos. Sin duda que con su fallecimiento se perdió un gran profesor y un excelente tri-butarista. Con él trabajé poco menos de un año. En 2001 ingresé al Ministerio Público, como abogado asistente de fiscal en Diego de Almagro. Después fui Fiscal de Arica, lue-go volví a Concepción como fiscal adjunto y a partir de diciembre del 2005, y hasta la fe-cha, soy Fiscal Jefe en la Fiscalía Local de Pu-

dahuel. Mi carrera en el Ministerio Público ha sido muy entretenida y enriquecedora, ya que he podido ejercer mi cargo en Arica, frontera con dos de los principales países productores de droga, en la VIII región con sus particula-ridades -recuerdo el puerto de San Vicente y una formalización de investigación por actos de piratería marina- y ahora en Pudahuel y otra frontera, el aeropuerto de Santiago. Mi actual cargo me ha permitido realizar investi-gaciones con fiscales y jueces instructores de muchos países, en América, Europa e incluso Asia.

¿Algún consejo o mensaje para futuras generaciones?

Basado en mi historia de vida, el mensaje

que puedo dar a futuras generaciones de es-tudiantes de Derecho, es que sean capaces de identificar sus intereses adecuadamente y definir, cuanto antes mejor, qué es lo que quieren hacer y a qué rama del Derecho dedi-carse. Una vez hecho eso juéguensela, no se arrepentirán. Hacer lo que a uno le gusta en la vida es la mejor recompensa y garantía de buen vivir. Y si optan por el servicio público, les aseguro que no tendrán mucho dinero ni grandes lujos, pero vivirán satisfacciones mu-cho más importantes, sustanciales e impere-cederas, como servir a la comunidad y a las personas y tratar de hacer una sociedad más justa teniendo en vista el bien común y los intereses colectivos.

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Derecho en la UCSC22

posgrados en la facultad

Magíster en Derecho Penal

Programa se prepara para su VIII versión

El Magíster en Derecho Penal de la UCSC es un programa de post grado ya consolidado que se inició en 2008 y que impartirá durante los años 2015 y 2016 su octava versión.

Se trata de un programa que constituye una excelente alternativa para lograr una ade-cuada formación y profundización en el estu-dio del Derecho Penal actual, alcanzando un grado universitario de alta signifi cancia profe-sional y académica, lo cual se ve aumentado con el prestigio y respaldo de nuestra Casa de Estudios.

En efecto, nuestro programa de Magíster cuenta con el respaldo de más de 35 años de vida de la Facultad de Derecho de la Uni-versidad Católica de la Santísima Concepción, cuyo cuerpo docente garantiza excelencia académica al servicio de nuestros estudian-tes; prueba de ello es la alta inserción laboral de nuestros egresados y el éxito profesional de muchos de nuestros alumnos, encontran-do entre ellos a reconocidos abogados, altos funcionarios públicos, magistrados de Tribu-nales Superiores de Justicia, y gran cantidad

de actores del nuevo sistema procesal penal (Jueces, Fiscales, Defensores Penales Públi-cos, etc.).

La Facultad ha celebrado un exclusivo convenio académico de doble titulación con la Universidad de Sevilla, España, en virtud

del cual los alumnos que cursan el Magíster en Derecho Penal de la UCSC cuentan con especiales y ventajosas condiciones para al-canzar también el grado de Máster en Dere-cho Penal de dicha reconocida casa de estu-dios europea.

Magíster en Derecho Privado La UCSC ha acordado un Convenio

Específi co de Colaboración con la FUNDA-CIÓN GENERAL DE LA U. DE SALAMAN-CA, ESPAÑA, en virtud del cual la tercera versión será organizada en conjunto por ambas instituciones.

El acuerdo, que se encuentra próximo a ser suscrito, permitirá que el cuerpo acadé-mico del Magíster esté integrado, además, por profesores del Departamento de Dere-cho Privado de la Facultad de Derecho de la U. de Salamanca, todos de reconocido prestigio y calidad.

El convenio considera que quienes aprueben el programa obtendrán el grado académico de Magíster en Derecho Priva-do, otorgado por la UCSC, y, además, una certifi cación de aprobación de “Postgrado

en Derecho Privado” otorgado y expedido por la Fundación General de la U. de Salamanca.

Se trata, sin duda, de un reconocimiento a la solidez del pro-grama y a la excelen-cia de los docentes que imparten clases en él, que permiten considerar al Ma-gíster en Derecho Privado como una alternativa única en el sur del país.

Des esta forma, la Facultad de Dere-cho pretende seguir colaborando en el desarrollo de la en-

señanza del Derecho en general y, en espe-cial, del Derecho Privado Patrimonial.

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Academia & Extensión 23

posgrados en la facultad

Magister en Derecho Procesal de Familia

Segunda generación se integra a la comunidad jurídica nacional

Acompañados por familiares y amigos los profesionales recibieron de manos de sus profesores los diplomas que los distinguen como especialistas en el área del Derecho Procesal de Familia.

Comprender que los nuevos paradigmas que se instalaban con la reforma a la justicia de familia requerían de un formato distinto de enseñanza y entrenamiento legal fue la inspiración para lanzar, el pasado 2010, la primera versión del Magíster en Derecho Procesal de Familia. Este programa se enor-gullece de entregar a la comunidad jurídica la segunda generación de profesionales ca-paces de comprender las lógicas del nuevo sistema e incorporar las prácticas adecua-

das que éste exige.Fue así como en una solemne ceremonia

de graduación realizada el 13 de noviembre de 2014, 10 abogados de distintos puntos del país, se reunieron para fi nalizar un ciclo de estudio y perfeccionamiento plasmado en el diploma que los distingue como Magíster en Derecho Procesal de Familia. La ceremonia contó con la participación de los académicos, Ramón García, Jefe de Posgrado de la Facul-tad de Derecho; Cristián Gutiérrez, Director

del Magíster en Derecho Procesal de Familia y Mauricio Ortiz, Coordinador del mismo.

“Nuestra pretensión fue la de crear un programa útil para los operadores de la re-forma de la justicia de familia, esa fue nuestra visión. Nuestro sello distintivo es incidir positi-vamente en un proceso de reformas por me-dio de la capacitación y el entrenamiento de sus operadores. Estamos seguros que estas pretensiones se han transmitido a esta nueva generación de graduados” indicó el Jefe de Pos grado de la Facultad de Derecho y acadé-mico del programa, Ramón García.

En representación de los graduados, Ve-rónica Sepúlveda compartió unas cálidas pa-labras de agradecimiento hacia los docentes, compañeros, familiares y amigos valorando el aporte de éstos, tanto en la parte académica como en la emocional. Todo ello permitió sor-tear con éxito los años de estudio, señalando “Hoy siento que he crecido, he aprendido a ver más allá de los conocimientos aportados en la clase, he vuelto a sentir hambre y sed de saber y buscar, aún más, nuevos pensamien-tos que me lleven a argumentar en defensa de los derechos de los más débiles”.

5ª versión Curso de Formación en Destrezas de Litigación Oral

La V versión del curso de formación organizado por el Centro de Estudios en Destrezas de Litigación Oral reunió a 30 profesionales de distintos puntos de la Región del Bío Bío. El programa, orientado a entregar los conocimientos básicos, técnicas y destrezas de litiga-ción oral, proporcionando un modelo práctico de desarrollo de un proceso oral, se ha consolidado en la comunidad jurídica local.

Refi riéndose a la excelente recepción en la comunidad jurídica, el Director del CEDEL, Cristián Gutiérrez, señaló “La iniciativa cuen-ta con un programa teórico práctico que privilegia el método de enseñanza que permita a los alumnos aprender haciendo. Los parti-cipantes desarrollan constantemente ejercicios de simulación en un contexto lo más cercano posible a una audiencia real, completando así las 33 horas académicas fi jadas”.

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Derecho en la UCSC24

nuestros alumnos

Boris Negrete, Presidente CAA Derecho 2014

Logros y desafíos del proyecto “INVOLÚCRATE DERECHO UCSC”

Boris Negrete Canales descubre tem-pranamente su vocación motivado por dos jóvenes estudiantes de Derecho, oriundos de Arica y Curicó, que sus padres acogieron en la casa familiar cuando él era pequeño. Con-versaciones sobre justicia, libros y extensas jornadas de estudios, fueron despertando, poco a poco, el interés del joven penquista que no dudó en ingresar a estudiar Derecho en 2009. Un año más tarde se une a la mesa

ejecutiva de la Federación de Estudiantes de la UCSC y el 2013 postula a la presidencia de ésta, obteniendo la primera mayoría con más del 60% de los votos.

Vinculado a la dirigencia estudiantil, y en la búsqueda constante de nuevos espacios donde aportar, asume la presidencia del Cen-tro de Alumnos de la Facultad de Derecho el 2014, bajo la premisa “INVOLÚCRATE DE-RECHO UCSC”. Destaca su gestión por el alto compromiso social no sólo con sus pares sino además con los grupos más vulnerables de nuestra sociedad.

¿Cuáles han sido los mayores lo-gros alcanzados por el CAA 2014?

La verdad siempre he dicho que lo que uno promete, tiene que ser capaz de cumplir-lo, y en ese sentido nos ha ido bien. Logra-mos que se implementara “Biblioteca abierta 24/7 (estudio nocturno)”, realizamos las ges-tiones para crear una “Beca de Alimentación Sto. Domingo”, la que se suma a la “Beca de Transportes” y la “Beca de Fotocopias” que fi nancia el CAA y la compra de un nuevo Taca

Taca y un Micrroondas, para uso de los es-tudiantes. Además, a través de la vocalía de acción social, apadrinamos a niños del hogar “Ciudad del Niño Ricardo Espinoza”.

¿Cuáles son los desafíos pendien-tes?

Sin duda hay cosas que se quedan en el tintero, aunque como señalé, gran parte de lo que prometimos lo hemos logrado. Hoy estamos en la creación de la Federación de Estudiantes de Derecho del Bio-Bio (FED Bio-Bio), la cual surge precisamente desde la iniciativa de nuestro CAA.

¿Qué consejo le darías a los nova-tos para sortear con éxito los años de estudio?

Yo creo que el mejor consejo que puede dar un estudiante de Derecho a otro, es el ser constante y nunca decaer. Esta carrera es de mucho esfuerzo, y a veces los resultados no son los que uno espera. Por eso lo impor-tante, más que no caer, es saber levantarse y persistir.

CAA 2014

Presidente: Boris Negrete Canales

Vice Presidenta: Bárbara Gómez Illesca

Secretario General: Joaquín Muñoz Ojeda

Secretaria de Finanzas: Lily Arévalo González

Secretaria Académica: Magdalena Águila Muñoz

Secretaria de Actas y Comunicaciones: Stephanie Sepúlveda Troncoso

Vocal de Bienestar: Claudia Medina Cáceres

Vocal de Cultura: Leonardo Jiménez Lagos

Vocal de Acción Social: Daniela Caro Martínez

Vocal de Deportes: Sebastián Saldías Figueroa

Actividades

- Foro “Problema Constitucional, cambio y asamblea constitu-yente” con Fernando Atria.

- “Fonda Triestamental”

- Semana jurídica.

- “Derecho al mundial” transmisión de los partidos de Chile en pantalla gigante.

- “Apadrinamiento de casa n°7 del hogar Ciudad del Niño Ricardo Espinoza”

- Ceremonia de premiación del campeonato de Baby Futbol “Jorge Caro Ruiz”.

- Charla sobre la Reforma Tributaria con el empresario y presi-dente de ASEXMA, Roberto Fantuzzi.

- Primer referéndum entre los estudiantes, para decidir las posturas y prioridades del CAA, que contó con la participa-ción de más de 250 alumnos.

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Academia & Extensión 25

nuestros alumnos

Seminario de Investigación JurídicaEl primer Seminario de Investigación Ju-

rídica, organizado por el Centro de Estudios Jurídicos Actio & Iuris se desarrolló en dos intensas jornadas académicas, el pasado 13 de agosto, en nuestra Facultad. El encuentro, orientado a la exposición y análisis de los tra-bajos de investigación que realizan los estu-diantes de Derecho para la obtención de la

licenciatura y título, convocó a expositores de la Universidad Católica de la Santísima Con-cepción, la Universidad San Sebastián y la Universidad del Desarrollo.

La actividad contó con la exposición del Dr. David Vargas, académico de nuestra Casa de Estudios y la presencia de los profesores Waldo Ortega, Rodrigo Fuentes, Javier Ze-

hnder y Gina Samith. El encuentro se desarrolló exitosamente reafi rmando el interés de los futuros juristas por la in-vestigación y la importancia del apoyo docente en esta etapa de la formación académica. Así lo manifestó Rodrigo S. E. Campos, expositor de la UDD, seña-lando “Sólo cabe aplaudirlos y animarlos a que ustedes, o quienes continúen con

su institución, permanezcan en este camino y contribuyan al enriquecimiento de la faz académica de nuestra ciudad universitaria. Gracias por la oportunidad y la paciencia de haberme escuchado, en cuanto pueda cola-borar, espero poder ser útil”.

El Centro de Estudios Actio & Iuris, fun-dado en mayo de 2012, es un grupo de es-tudiantes cuyo propósito es constituir un espacio para el desarrollo de iniciativas de in-vestigación por parte del alumnado, en torno a las diversas ramas de las Ciencias Jurídicas, fomentando e impulsando con ello sus capa-cidades académicas, analíticas e innovadoras.

hnder y Gina Samith. El encuentro se desarrolló exitosamente reafi rmando el interés de los futuros juristas por la in-vestigación y la importancia del apoyo docente en esta etapa de la formación académica. Así lo manifestó Rodrigo S. E. Campos, expositor de la UDD, seña-lando “Sólo cabe aplaudirlos y animarlos a que ustedes, o quienes continúen con

Pablo González Sepúlveda: un apasionado de la Filosofía y el DerechoFue el encuentro con el Padre Agostino

Molteni, en segundo año de carrera, lo que despertó en Pablo González la curiosidad por desarrollar algunos temas relacionados con la Filosofía y el Derecho. A partir de ese momento, comenzó a ver la enseñanza de las Ciencias Jurídicas (y la enseñanza en gene-ral) de una manera distinta, con otros ojos. Posterior a eso surgió la posibilidad de pos-tular a la ayudantía del ramo de Fundamentos Filosófi cos y luego al de Teoría del Derecho.

A principio del año 2014 varios académi-

cos de la UCSC, entre ellos el profesor David Solís y el Padre Agostino, comenzaron a desa-rrollar temas relacionados con los estudios de Santo Tomás de Aquino, encuentros a los que el joven fue invitado como oyente. Al término del semestre, le ofrecieron la oportunidad de desarrollar un tema específi co acerca de lo que se había analizado en dichas sesiones para exponerlo en las Jornadas de Filosofía organizadas por la UCSC.

Motivado por reivindicar el valor de la fi -losofía en la enseñanza de las Ciencias Jurí-

dicas y en la formación de profesionales del Derecho, Pablo González, acepta el desafío y participa en las XVI Jornadas de Filoso-fía. En el encuentro, que anualmente convo-ca a alumnos de diversas carreras, docentes de nuestra Casa de Estudios y de distintas universidades del país, el estudiante intervi-no con la ponencia “Derecho y justicia en Kelsen”, donde realizó un acercamiento a los conceptos de ley y justicia para dicho juris-ta junto con una reivindicación del Derecho como ciencia.

Estudiantes se unen a Fundación Ciudad del Niño Ricardo Espinoza Fomentar en los estudiantes de la Facultad

de Derecho de la UCSC el espíritu solidario, abrirse a otras realidades rompiendo el indi-vidualismo y, a la vez, ser un aporte concreto para los niños, llevándoles entretención, cari-ño y regalos, pero al mismo tiempo abriéndole sueños y expectativas de poder salir adelante, fue la gran motivación para visitar la Funda-ción Ciudad del Niño Ricardo Espinoza de Hualpén. Actividad organizada por Daniela Caro, Vocal de Acción Social del CAA.

Fue así como en la constante búsqueda de extender el sello humanista y cristiano pro-pio de la UCSC, un grupo de jóvenes decidió comenzar esta cruzada apadrinando una de las casas, perteneciente a dicha organización,

donde actualmente viven 10 niños de entre 6 a 9 años.

La primera visita se realizó en el marco de la Semana Jurídica, tradicional celebración que anualmente organiza en Centro de Alum-nos de Derecho de la UCSC, donde participó

un grupo reducido de alumnos. Ellos invitaron a sus compañeros y profesores a ser parte de esta noble iniciativa. Días más tarde se llevó a cabo un segundo encuentro donde se unie-ron alrededor de 15 jóvenes que, a través de actividades recreativas, juegos y dinámicas, plasmaron un compromiso de entrega y so-lidaridad.

Al fi nalizar el año, con el apoyo de las au-toridades de nuestra Facultad y el aporte de los distintos miembros de la comunidad uni-versitaria, se realizó una celebración navideña, jornada que, sin duda, quedará en la memoria de los niños y de todos los que participaron en la construcción de esta gran iniciativa.

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Derecho en la UCSC26

autores noveles

La regulación normativa de estos temas no es completa. Esto nos in-vita a descubrir cuáles son las nue-vas tendencias jurisprudenciales en estos puntos concretos del derecho de alimentos. En primer lugar, en cuanto al marco legal de la responsabilidad alimenticia de los abue-los, el art. 232 del Código Civil (CC) expre-sa que, si falta o es insufi ciente un padre, la obligación alimenticia pasa a sus abuelos; primeramente a los abuelos de la línea que no provee y luego a los otros. Además, el art. 3° inc. fi n. de la ley N°14.908 indica que si los alimentos decretados no se pagan o no son sufi cientes, puede demandarse a los abuelos en conformidad al art. 232 del CC. Este tra-

alumno:Winston carrasco fernándeZ

tesina dirigida por:sergio galaZ ramíreZ

profesor de derecho civil

“El derecho de alimentos ante la Jurisprudencia. Responsabilidad alimenticia de los abuelos y capacidad económica del alimentante”

del deudor y sus circunstancias domésti-cas”. Por su parte, el art. 330 del CC pres-cribe “Los alimentos no se deben si no en la parte en que los medios de subsistencia del alimentario no le alcancen para subsistir de un modo correspondiente a su posición social”. De esta forma, la labor del juez radi-ca en ponderar estos factores, es decir: la posición social del alimentario, facultades económicas del deudor y sus circunstancias domésticas, al momento de fi jar una pensión de alimentos. Dichos factores trascienden la teoría, gozando de gran aplicación práctica. Así por ejemplo, en un caso, un padre ocul-tó su capacidad económica hábilmente. No obstante, basado en sus “elevadas circuns-tancias domesticas”, el tribunal de alzada logró formarse la convicción de que la capa-cidad económica paupérrima que alegaba, no era sufi ciente para fi nanciar su verdadero y ostentoso estilo de vida, llamado por el CC “circunstancias domésticas”, aumentando la pensión fi jada por el tribunal de primera ins-tancia (CA Concepción rol 192-2014).

Finalmente, la posición social genera con-fl ictos, ya que según el CC, debe ponderarse la del alimentario. Sin embargo, aplicando la igualdad ante la ley y convenciones que res-guardan los derechos del niño, se ha intenta-do mejorar la posición social del alimentario, en lo que nosotros llamamos “derecho de

participar de la posición social” de aquel de los padres que cuente con una posición

social más elevada. (CS rol 11589-2013)

El aporte innovador de la judicatura de familia, ha moti-

vado nuestra investigación.Particularmente las orien-taciones seguidas por los Tribunales Superiores de Justicia, las que si bien no

obligan a los tribunales infe-riores, ciertamente los inspi-ran cada vez más.

tamiento legal poco exhaustivo, nos invita a conocer las orientaciones seguidas por nues-tros tribunales en la materia. Según expresan las normas referidas, los abuelos pueden ver-se obligados a prestar alimentos; pero ¿Cuá-les son presupuestos de su responsabilidad? Temas como la naturaleza de la responsabi-lidad -directa o subsidiaria- en relación a la que les cabe a los padres, son algunos de los puntos estudiados, siendo la regla general la subsidiaridad (CA Concepción rol 43-2011). Sin embargo, cabe preguntarse ¿Cómo es considerada en la práctica esta subsidiaridad en lo tocante a la cuantía de lo que el padre y el abuelo deben pagar? ¿Quiénes son los abuelos de la línea que no provee? Por otra parte, si un individuo es demandado de ali-mentos, pero a su vez depende de sus padres ¿Cómo resolvemos? En este sentido, se ha di-cho: “La obligación legal de prestar alimentos a los hijos menores procede a todo evento, porque los hijos son merecedores de especial protección de sus progenitores como prime-ros obligados al deber de crianza.. “(Consid. 1° CA Punta Arenas, rol 59-2014)

En segundo lugar, se aborda en la tesina “La Capacidad Económica del alimentante”. Éste, es un requisito de procedencia del de-recho a exigir alimentos. El art. 329 del CC establece: “En la tasación de los alimentos

se deberán tomar siempre en con-sideración las facultades

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Academia & Extensión 27

autores noveles

El año 1980, Chile sustituyó su sistema de pensiones de reparto operado por el Estado por un sistema de capitalización individual administrado por empresas privadas. La re-forma trajo consigo efectos positivos para el crecimiento económico y la estabilidad fi nan-ciera del país. Manifestación de ello es que, los fondos de pensiones son los inversionis-tas institucionales más importantes en térmi-nos de volúmenes de inversión en el merca-do de valores, contribuyen a dar una mayor estabilidad en los precios por su carácter de inversionistas a largo plazo, incentivan el fi -nanciamiento de las sociedades vía aumento de capital, etc. Sin embargo, hoy a treinta y cuatro años de su implementación el sistema está siendo objeto de numerosas críticas, fundamentalmente por no otorgar resultados satisfactorios en el pago de pensiones.

Las AFP en su gestión están sujetas al riesgo, a la contingencia incierta de ganancia o pérdida que toda inversión implica. De esta forma queda instalado uno de los problemas principales que presenta el sistema de pen-siones: “el riesgo en la inversión”. El legislador es llamado a establecer mecanismos de res-guardo tendientes a minimizar dicho riesgo y a determinar de qué forma se soportarán las pérdidas. La regulación de estas materias es particularmente relevante si consideramos que lo entregado a la administración privada es la gestión del capital que permitirá a los afi liados el ejercicio de su derecho a la seguri-dad social; derecho esencial que, en palabras del Tribunal Constitucional, “constituye una di-recta y estrecha proyección de la dignidad hu-mana a que alude el artículo 1, inciso primero de la constitución” (Tribunal Constitucional de Chile, rol 790-2007, consid. 31).

La presente investigación indaga sobre el Régimen de Inversión de los Fondos de Pensiones, los instrumentos elegibles, límites de inversión, mecanismos y medidas de res-guardo, la responsabilidad de la AFP y la evolución legis-lativa en estas materias, mediante el examen

a lumno: felipe soto bocaZ

memoria dirigida por:JosÉ antonio santander gidi

Aspectos Jurídicos del Régimen de Inversión de los Fondos de Pensiones

del D.L. N°3.500 y de las Leyes N°s 19.301, 19.975 y 20.255.

El estudio arrojó, entre otras conclusio-nes, que la evolución normativa ha traspasa-do el riesgo de la inversión a los afi liados. Lo afi rmado se funda en lo siguiente:

a) En lo que respecta a la rentabilidad mí-nima que la ley exige a las AFP (que se calcula en función de la rentabilidad pro-medio que obtengan la totalidad de los Fondos en un determinado periodo de tiempo), se han realizado varias modifi -caciones. Así el promedio de rentabilidad paso de ser uno mensual a uno prome-dio de 12 meses y luego de 36 meses, lo cual concedió más tiempo a las AFP para coordinar sus resultados de rentabilidad y, por supuesto, en caso de ser negati-vas, permanecer siempre en el promedio (o dentro del margen de tolerancia) y de esta manera no compensar a los Fondos las bajas rentabilidades con recursos de Encaje, eludiendo su responsabilidad en la gestión y soportando la pérdida el afi -liado.

b) Otra manifestación del traspaso del riesgo a los afi liados, es el detrimento y posterior eliminación de la Reserva de Fluctuación de Rentabilidad, mecanismo que se conformaba con los excesos de rentabi-lidad y que estaba des-tinado a cubrir défi cit

de rendimiento que pudieran experimen-tar los Fondos. Asimismo, el Encaje activo que tiene por objeto garantizar la renta-bilidad mínima y que equivalía a un 5% del valor del Fondo, fue posteriormente reducido a tan solo un 1%.

c) Otras modifi caciones que tienden al mis-mo fi n son la fl exibilización de los límites de inversión y el esquema de los Multi-fondos.

En defi nitiva, uno de los principales de-fectos que presenta el sistema de pensiones es la falta de regulación efi caz que vele por los intereses de los afi liados, estableciendo mecanismos de protección y controlando la inversión. Asimismo, urge una herramienta que establezca que tanto la AFP como los fondos soporten en forma conjunta las pér-didas.

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reseÑa de libros

Revista de Derecho de Familiadirector: cristián lepin molina

legal publishing thomson reuters la ley

Esta revista surge del trabajo colectivo de un grupo de autores interesados en el Dere-cho de Familia, encabezados por su Director Cristian Lepin Molina, y por el suscrito, quien actúa como secretario de redacción. La inicia-tiva cuenta con el apoyo de la Editorial Legal Publishing / Thomson Reuters La Ley, cuyo objetivo es suplir un vacio que, hasta la fecha, existía en nuestro ordenamiento jurídico, esto es, una publicación que se dedica en exclusi-vo al estudio de esta trascendente y relevante materia, tanto del punto de vista doctrinario, jurisprudencial y normativo.

En este sentido, las diversas modifi cacio-nes introducidas al Derecho de Familia, como las concernientes al matrimonio religioso e indisoluble, la incapacidad relativa de la mujer casada, la administración unitaria y concen-trada en el marido de la sociedad conyugal, la protección de la familia y fi liación matrimonial por sobre la no matrimonial, la evolución de los principios rectores que rigen las relacio-nes de familia, entre otras, demuestran los profundos cambios suscitados, y que llevan

revista, volumen monográfi co, está dedicado a la conmemoración de los diez años de la Ley N°19.947, Nueva Ley de Matrimonio Civil. En todos estos números, además de los artículos doctrinarios nacionales e internacionales, en-contramos un destacado grupo de sentencias en la materia y una reseña legislativa aplicable al escenario del Derecho de Familia.

David Vargas AravenaProfesor de Derecho Civil

F acultad de Derecho UCSC

Gobierno. Presidente de la República. Libro homenaje al Profesor Hernán Molina Guaitaasociación chilena de derecho constitucional

coordinador: emilio pfeffer urQuiaga

aÑo: 2014 / editorial Jurídica de chile

a que esta Revista sea la instancia y espacio necesario para un debate público sobre la materia.

Se trata de una publicación trimestral, con dos números monográfi cos que se publican los meses de marzo y septiembre de cada año, y dos números regulares, programados para los meses de junio y diciembre; el primer número publicado del año 2014 está dedica-do a la Ley N°20.680 que introdujo modifi ca-ciones al Código Civil y a otros cuerpos lega-les con el objeto de proteger la integridad del menor en el evento de que sus padres vivan separados, más conocida como “Ley amor de papá”; el segundo número de la revista fue un ejemplar regular, en el cual se abordaron diversos temas como el de las herramientas de gestión judicial para los Juzgados de Fami-lia, la importancia de la identidad, signifi cado de la verdadera fi liación, la responsabilidad civil y el matrimonio en el ordenamiento jurí-dico español, la potestad cautelar del Juez de Familia, tanto por la doctrina nacional como internacional; por último, el número tres de la

La Asociación Chilena de Derecho Cons-titucional publicó recientemente un libro en homenaje al profesor de la Facultad de Cien-cias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción Hernán Molina Guaita, que representa una interesante contribución al análisis de la Constitución Política, centrada en las atribuciones presidenciales.

Con el título “Gobierno. Presidente de la República”, el contenido, editado en un volu-men de 312 páginas de la Editorial Jurídica de Chile, aborda materias reunidas en artículos de actualidad de académicos del área de De-recho Público de universidades de Concep-ción y otras ciudades. Colaboran en la obra los profesores de la especialidad Amaya Alvez Marín, Eduardo Andrades Rivas, Orlando Ara-vena Aguilera, Sergio Carrasco Delgado, Ka-mel Cazor Aliste, Miguel Fernández González, Ximena Gauché Marchetti, Ester Hinostroza

Mellado, Carlos Maturana Toledo, Baltazar Morales Espinoza, Enrique Navarro Beltrán, Jaime Portales Yefi , Lautaro Ríos Álvarez, Ma-riela Rubano Lapasta, Francisco Santibáñez Yáñez, María Pía Silva Gallinato, Daniel Soto Muñoz, Hernán Varela Valenzuela y Francisco Zúñiga Urbina.

La participación de este grupo nume-roso de autores, es muestra sufi ciente del reconocimiento a los valores reunidos en la persona del académico homenajeado, res-petado por su dedicación al estudio y por sus conocimientos y querido por la sencillez y la cercanía de su persona, que lo muestra siempre dispuesto a colaborar y entregar un aporte valioso a quiénes compartan con él. Como acertadamente lo resume el ex Decano Sergio Carrasco Delgado en la presentación del libro, cabe identifi car al profesor Molina como “cristiano íntegro, académico formado,

profesor justo y cumplidor, cuyo aporte está en lo personal y, con mucha fuerza, en una tarea de más de cuarenta y seis años, con obras pu-blicadas, cursos, conferencias y participación en congresos. Con el libro de homenaje, se ha hecho, pues, “un acto de justicia y de recono-cimiento a la personalidad, trayectoria y obra del maestro don Hernán Molina Guaita”.

Hernán Varela Valenzuela

Profesor de Derecho Internacional Público Facultad de Derecho UCSC

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