Derecho en la UCSC Academia & Extensión Nº4 - 2016

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DERECHO EN LA UCSC ACADEMIA & EXTENSIÓN Universidad Católica de la Santísima Concepción / Facultad de Derecho / Año 4 / Nº 4 / marzo de 2016

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DERECHO EN LA UCSC ACADEMIA & EXTENSIÓN

Universidad Católica de la Santísima Concepción / Facultad de Derecho / Año 4 / Nº 4 / marzo de 2016

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Editorial

Jurisprudencia al día

Académicos Extensión

Clínica Jurídica

Ex alumnos

Posgrados en la Facultad

Nuestros alumnos

Autores noveles

Reseña de libros

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Contenidos

DERECHO EN LA UCSC. ACADEMIA & EXTENSIÓN es una publicación anual de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción. Representante legal: Rector Christian Schmitz Vaccaro. Director: Carlos Céspedes Muñoz. Comité Editorial: Fernando Monsalve Basaúl, Constanza Cornejo Ortiz, María Cecilia Martínez Sánchez, Hernán Varela Valenzuela y Paulina Navarrete Badilla. Colaboradores en este número: Mauricio Ortiz Solorza. Dirección: Lincoyán Nº 255, Concepción. Teléfono: (56) (41) 2345602. Correo electrónico: [email protected]. Diagramación e Impresión: Trama Impresores S.A., Avenida Colón 7845, Hualpén, Región del Bío Bío, Chile. Tiraje 500 ejemplares.

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Academia & Extensión 1

EDITORIAL

Con mucha alegría compartimos con nuestros estudiantes, egresados, académi-cos y administrativos, así como con la comunidad en general, un nuevo número de esta Revista que resume parte importante de nuestras actividades, a lo que sumamos la celebración de los cuarenta años de nuestra carrera de Derecho.

La Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción (UCSC) inició sus actividades en marzo del año 1976 como un curso de Derecho de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile (PUC), desarrollado en la que fue la sede Talcahuano de esta Casa de Estudios. Su labor de formar Licenciados en Derecho continuó bajo el alero de la UCSC, fundada por el Arzobispado de la Santísima Concepción el 10 de julio de 1991 y que es la continuadora legal de la ex sede Talcahuano de la PUC.

Transcurrido el tiempo constatamos con satisfacción que nuestra comunidad aca-démica presenta un fuerte dinamismo, profundamente marcado en el quehacer de los estudiantes y su califi cado cuerpo docente, ambos integrados entre sí y a la propia universidad de la que forman parte. Orgullosos que en nuestras aulas se hayan formado mas de mil abogados que hoy se desempeñan como Ministros de Corte, Jueces, Diputados, Notarios, Conservadores, Fiscales, Defensores, Diplo-máticos, Jefes de Servicio, abogados litigantes, y, asimismo, académicos de primer nivel, algunos de los cuales integran el cuerpo docente de nuestra carrera.

La carrera de Derecho de la UCSC se encuentra acreditada por seis años (2014-2020) y contamos con tres programas de Magister (Derecho Penal, Derecho Procesal de Familia y Derecho Privado), lo cual avala un compromiso serio por la enseñanza del Derecho y la investigación jurídica, que constituyen pilares fun-damentales de nuestro quehacer.

Junto con el saludo cordial, los invitamos a participar del conjunto de actividades que se celebrarán para conmemorar este cuadragésimo aniversario.

Fernando Monsalve Basaúldecano

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Jurisprudencia al díaderecho constitucional

Fernando Saenger Gianoni profesor de derecho constitucional

Jefe departamento derecho público

Legislación indígena y grave peligro para el derecho de dominioTribunal Constitucional, 24 de diciembre de 2015.Rol 2552-2013

Los hechos. Ante el Juzgado de Letras de Santa Bárbara se inició por un particular un juicio de precario en contra de dos personas que tienen apellidos indígenas y viven en el denominado Cajón del Queuco. Ambos ha-bían sido condenados ejecutoriadamente por el delito de usurpación no violenta, pagaron la multa, pero siguieron ocupando los terrenos. En el larguísimo proceso criminal y otro por desacato posterior, quedó claramente acredi-tado el dominio de la empresa dueña de los terrenos.

Se inicia juicio sumario y en el comparen-do de rigor la CONADI, representando a los pehuenches y en su propio idioma, planteó la sustitución del procedimiento para que la causa se ventilare por las normas procesales de la Ley 19.253, que establece disposicio-nes sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas. El Tribunal de primera instan-cia acogió esta cuestión previa, anulándose lo obrado y citándose a una audiencia por el procedimiento de indígenas. Se dedujo repo-sición y apelación por el demandante ante la Corte de Apelaciones de Concepción.

Al mismo tiempo se planteó recurso de

Con todas estas argumentaciones el Tri-bunal desecha el requerimiento, señalando que no existe violación a la igualdad ante la Ley. Tampoco se vulnera el derecho a la de-fensa, pues la Ley Indígena contempla un racional y justo procedimiento. Finalmente, tampoco se afecta el derecho de propiedad que ha sostenido el requirente por un simple cambio de procedimiento.

Comentarios. Lo más grave del fallo (que abiertamente criticamos) es que el Tribunal le da visos de que los inmuebles reclamados por el precario, podrían estar bajo el amparo del Estatuto de la Propiedad Indígena, por sobre el régimen de propiedad inscrita que contem-pla nuestra Constitución. En el caso de este proceso, la CONADI no sólo defiende a los indígenas sino que, además, evacúa un in-forme especializado para defender el interés indígena. O sea, una abierta desigualdad de armas que afecta el debido proceso.

El derecho de propiedad reconocido en la Constitución está en una incertidumbre total ante la posibilidad de que con la sola alega-ción de ser territorios ancestrales indígenas se elimine el dominio legítimamente adquiri-do. Inseguridad jurídica y posible quiebre del Estado de Derecho.

inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC), invocando la transgresión a la igualdad ante la ley y la igual protección en el ejercicio de los derechos en materia judicial y dominio. Se adujo que los inmuebles materia del pre-cario no eran indígenas; que se encuentran ubicadas a 80 kms. geográficos más o menos al norte del Bío Bío y por muchos años inscri-tos en el respectivo Conservador de Bienes Raíces. Se argumentó que obligar a empresas que nada tienen que ver con los indígenas a pleitear con dicha legislación era inconstitu-cional.

Los argumentos para el rechazo. El TC comienza reconociendo que en Chile existen mecanismos de afirmación positiva, que son sistemas destinados a proteger a determi-nados grupos o sectores de personas que han sido históricamente minusvalorados, en cuyo caso están los indígenas. Agrega que la Constitución no establece un tipo de pro-piedad determinada, sino que muchas más. Agrega que el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas establece medidas especiales para salvaguardar los bienes, trabajo y cultura de los pueblos indígenas. Indica, además, que debe reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión de tie-rras que tradicionalmente ocupan.

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Recurso de protección. Nuevo auto acordado. Importantes reformas

El 17 de Julio del 2015, la Excma. Corte Su-prema (CS) dictó el Acta N° 94-2015, en

virtud de la cual se promulgó el Texto Refun-dido del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Ga-rantías Constitucionales. Como es sabido, el Acta Constitucional N°3, de 1976, estableció en nuestro Derecho público el denominado Recurso de Protección. En dicha oportunidad se facultó a la CS para dictar un Auto acorda-do que regulare su tramitación. Así se hizo el 29 de marzo de 1977 y, desde esa fecha, fue una verdadera revolución jurídica en nuestro Estado de Derecho. Posteriormente, median-te Autos Acordados de 1992, 1998 y 2007, la Corte modificó numerosas normas relativas a la tramitación de este recurso.

El presente Auto Acordado contenido en el Acta 94, contiene importantes modifi-caciones y llena varios vacíos que existían históricamente. Así, por ejemplo, el artículo 1 establecía que el recurso se podría interponer dentro del plazo fatal de 30 días ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubie-re cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal, y que hubiere producido privación, perturbación o amenaza en el le-gítimo ejercicio de las garantías constitucio-nales respectivas. Esto significó una centra-lización colosal de recurso de protección, tal como lo señalé en mi trabajo “La lenta agonía del recurso de protección” el año 1997, por cuanto los actos emanados de Impuestos In-ternos; Tesorerías; Ministerios; Presidencia de la República; Aduanas; Superintendencias, Subsecretarías, Direcciones Generales, Re-laciones Exteriores, Contraloría, etc., muchos de ellos, tenían que ser vistos por la Corte de Santiago, pues los actos finales se originaban en el poder central.

El auto acordado reforma e innova lo an-terior, y señala que a elección del recurren-te, se puede presentar el recurso en el lugar donde estos hubieren producido sus efectos. De este modo, el ejercicio de los derechos se amplía considerablemente y la tutela judicial se hace mucho más efectiva para todos los

habitantes de la República. Una verdadera descentralización geográfica del recurso.

Asimismo, mediante Acta N°174 de 2013, ya los recursos de protección se podían in-terponer en sistema informático. Esto se con-sagra en el Acta 94, al señalar que se puede presentar en papel simple o cualquier medio electrónico. Debemos aplaudir esta nueva posibilidad para ejercer las garantías judicia-les.

Sabido es que cuando se declaraba in-admisible un recurso, sólo se podía deducir reposición y en ningún caso apelación ante la Corte Suprema, lo que estaba prohibido. Esto originó miles de problemas y muchísimas quejas para ante la CS que fueron declaradas también inadmisibles. Hubo resoluciones de distintas Cortes, completamente caprichosas, con el objeto de frenar la presentación del re-curso de protección. El artículo 2 del Acta 94 establece que se puede deducir subsidiaria-mente al de reposición, una apelación ante la Corte Suprema la que será resuelta en cuen-ta. Esto es una excelente medida que consoli-da mucho mejor los derechos de las personas en relación al recurso de protección.

Los oficios que se envíen y las diligencias que se decreten se pueden efectuar por me-

dios electrónicos, lo que evidentemente per-mite agilizar la velocidad del recurso. Otras innovaciones menores no alteran los comen-tarios anteriores.

En todo caso, sí debemos observar la omisión de la Corte Suprema en el hecho de no permitir alegatos, o sea, autos en relación, en el caso que se apele ante dicha Corte. Su conocimiento es “en cuenta”. Debemos recordar que hasta el año 1992 los alegatos eran un derecho de la defensa. Hoy sólo se permite en forma excepcional cuando hay un fundamento plausible o lo pidan las partes de común acuerdo. Esta anomalía deberá ser reformada en el futuro, para cumplir con el mandato constitucional de la igual protección de la ley y el derecho a la defensa de todas las partes.

En resumen, se trata de una reforma muy importante y trascendente, que debemos elo-giar.

Fernando Saenger Gianoni profesor de derecho constitucional

Jefe departamento derecho público

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Jurisprudencia al díaderecho civil

sería improcedente y el pacto en que se consignaba debería tenerse por no escrito.

Entrando a determinar los conceptos de “comisión” e “interés”, la CS declaró que “en términos generales se entiende por comisión la contraprestación en dinero que se paga por un determinado servicio específico en el marco de un contrato”; y que “la comisión de mantención u operación corresponde a la re-muneración a que tiene derecho el emisor de la tarjeta de crédito por mantener operativa la tarjeta para prestar los servicios propios de la misma”.

En cuanto al concepto de “interés”, in-dica que se le atribuyen generalizadamente las siguientes características: a) consisten en una suma de dinero; aunque las legislaciones suelen permitir que sea estipulado en otras cosas fungibles, la regla muy general es que se devenguen en dinero; b) son accesorios del capital; c) se devengan con periodicidad; si no lo estipulan las partes, lo dispone la ley; en todo caso, la extensión del período se vin-cula a la capitalización y, por tanto, al anato-cismo; d) proporcionalidad respecto del capi-tal; a diferencia de otros accesorios, el monto se dispone en proporción directa al capital adeudado; para fijar el monto se configura la denominada “tasa”.

Con estos antecedentes, la CS procedió a efectuar la calificación de la llamada y con-trovertida “comisión”, aplicando las caracte-rísticas anotadas a la situación propuesta. Tal “comisión”, recordemos, se hizo consistir en el cobro de un monto en pesos por cada com-pra o evento de uso de la tarjeta, multiplicado por el mismo número de cuotas que el clien-te haya elegido en la transacción realizada, monto que se cobraba en cada cuota y que también era imputable al monto máximo anual de administración.

De esta manera, la denominada “comisión

Concepto de interés en operación de crédito de dineroCorte Suprema, 08 de octubre de 2015Rol 27.802-2014

El fondo de la acción intentada decía rela-ción con la circunstancia que una multi-

tienda, en sus operaciones de crédito a pla-zo realizadas en cuatro, siete y once cuotas, cobraba un interés que superaba la tasa de interés máxima convencional (TIMC) permi-tida a la época (3,78 %) para operaciones de crédito en moneda nacional no reajustables, iguales o inferiores a 200 unidades de fomen-to de 90 días o más, en razón de que a la tasa de interés aplicable se sumaba una co-misión variable mensual (AVM), cuyo cálculo se asociaba al plazo y número de cuotas de cada operación, pasando así a formar parte del interés.

De esta manera, lo que la CS debía dilu-cidar era si el valor que cobraba la deman-dada con el nombre de “comisión” constituía efectivamente una comisión o si, por el con-trario, era efectivamente un interés. Y para el evento de que fuere calificado como interés, si superaba o no el máximo permitido esti-pular, puesto que en este evento el exceso

de administración variable mensual” al ser calculada en base al número de cuotas, con dependencia y proporcionalidad respecto del capital, presentaba las características propias de los intereses antes mencionadas. Y, por lo mismo, tal “comisión” es calificada como interés, debiendo recibir la aplicación de las normas legales dispuestas para los intereses.

En mérito de ello, se concluye que la de-mandada infringió lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 19.496 en relación con el artículo 37 b) de la misma ley, al no haber informado adecuadamente que dicha comisión forma-ba parte del interés cobrado por el uso del crédito asociado a la tarjeta respectiva. Y, por tal razón, aplicando el artículo 8° de la Ley 18.010, se tuvo por no escrita la estipulación del contrato de apertura de crédito y afilia-ción al sistema y uso de la tarjeta de crédito en la que se consagra la comisión de admi-nistración variable mensual (AVM), porque constituye un interés que, sumado al interés informado, excede el máximo convencional.

Coincidimos con la solución de la senten-cia en examen, cuya redacción estuvo a cargo del profesor de nuestra Facultad y Abogado Integrante del máximo tribunal, Dr. Daniel Pe-ñailillo. En efecto, lo que la mentada “comi-sión” encubría era, en realidad, un precio por el uso del dinero, lo que coincide con la con-ceptualización de los intereses desde un pun-to de vista económico (cfr., Pfeffer UrqUiaga, francisco, “Los intereses en las obligaciones de dinero y de crédito de dinero”, en Gaceta Jurídica N°61 (1985). Adicionalmente, dados los factores de su cálculo, tampoco podía ca-lificarse como una “comisión por mantención”, ya que no estaba asociada a mantener opera-tiva la tarjeta para prestar los servicios propios de la misma.

Esta sentencia, finalmente, nos ratifica el viejo adagio jurídico: “las cosas son lo que son y no lo que se dice que son”.

Carlos Céspedes Muñozprofesor de derecho civil

director magíster en derecho privado ucsc

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Gonzalo Montory Barrigaprofesor de derecho civil

Jefe departamento

derecho privado

Nulidad de compraventa de inmueble embargado

Corte Suprema, 10 de noviembre de 2014Rol 17.230-13

En sentencia de fecha 10 de Noviembre de 2014, la Corte Suprema acogió una casa-

ción en el fondo y declaró nulo un contrato de compraventa de un bien raíz, que a la fecha de su celebración se encontraba embargado por decreto judicial, aun cuando al practicar-se la inscripción de la venta en el Conserva-dor de Bienes Raíces, dicho gravamen se ha-bía alzado. La sentencia aplicó en este caso el artículo 1810 del Código Civil (CC), en rela-ción al artículo 1464 N° 3 del mismo Código.

Lo primero que aclara el fallo de casación es que la nulidad por objeto ilícito reside en el contrato de compraventa sobre cosa embar-gada, por encontrarse prohibida su enajena-ción y, en consecuencia, la causal de nulidad no es la contemplada en el artículo 1464 N°3 sino la del artículo 1466 CC en su parte fi nal, cuando señala: “Hay asimismo objeto ilícito […] generalmente en todo contrato prohibi-do por las leyes”.

La doctrina del fallo es en este punto la correcta, porque separa con toda claridad lo que es el título traslaticio de dominio (venta) de la enajenación (inscripción), concluyendo que en este caso la nulidad recae en el título. Por consiguiente, es al momento de la cele-bración del contrato cuando deben concurrir todos los requisitos y formalidades exigidas por la ley para que el acto sea válido. En el caso del contrato de compraventa, el artículo 1810 exige que a la fecha de su celebración la enajenación de la cosa que se vende no esté prohibida por la ley. Y en este caso lo estaba, porque el bien raíz se en-contraba embargado por de-creto judicial, sin importar que después, al momento de la ena-jenación (inscripción del título) el embargo estuviere alzado.

Con este predicamento, la Corte Su-prema enmendó los argumentos esgrimi-dos por la sentencia de la Corte de Ape-laciones de Arica, que confi rmando el fallo

denegatorio de primer grado, sostuvo que tanto por aplicación del artículo 1464 N°3 como del 1810 del Código Civil, la inefi cacia debía medirse al tiempo de la enajenación. “El razonamiento precedente –sostuvo la sen-tencia de la Corte de Apelaciones– permite concluir que un contrato de compraventa de un bien que al momento de su celebración se encontraba embargado puede ser válido, puesto que se entiende, conforme a los artí-culos 1464 N°3 y 1810 citados, que está ce-lebrado bajo la condición de que al momento de la enajenación ese embargo no exista, ni exista otra prohibición legal que afecte la transferencia del dominio”.

La verdad es que no existe fundamento legal alguno para sostener que la venta de una cosa embargada por decreto judicial se encuentre sujeta a semejante condición. Lo cierto es que la venta es pura y simple, pero nula por objeto ilícito en virtud de lo preveni-do en los artículos 1810 y 1466 del Código Civil, sin importar que a la fecha de la enaje-nación no exista el embargo.

Otra cosa es sostener que la Corte de Apelaciones de Arica adoptó la tesis plan-teada por eUgenio VeLasco en su obra sobre el objeto (El objeto ante la jurisprudencia,

1941), pero para ello no era necesario que recurriera al argumento de la condicionalidad de la venta. Como se recordará, dicha tesis plantea derechamente que el artículo 1810 no es aplicable a la situación contemplada en el artículo 1464 N°3 CC por no ser ésta una norma prohibitiva, sino imperativa que impo-ne requisitos. Bajo sus postulados, la com-praventa del bien raíz embargado sería pura y simple y plenamente válida, trasladándose el momento de la ilicitud del objeto a la ena-jenación, por aplicación exclusiva del artículo 1464 N°3 CC.

Sin embargo, la Corte Supre-ma, alterando su parecer anterior (sentencia 8 de junio de 2000, rol 3.671-1998), adoptó en este caso la tesis contraria, sustentada por arTUro aLessanDri, anulando el contrato de compraventa por aplicación del artículo 1810 CC. La variación en el criterio de la Corte podría encontrar explica-

ción en la aplicación de la justicia al caso concreto.

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Jurisprudencia al díaderecho procesal

Ramón García Odgersprofesor de derecho procesal

Jefe postgrado facultad de derecho

CONTROL DE IDENTIDAD: ¿Tecnicismos y formalidades o afectación de derechos? De nuevo sobre el control de IdentidadCorte Suprema, 02 de junio de 2015Rol 4814-15

El tema del control de identidad se encuen-tra en el centro del debate nacional, a pro-

pósito de la discusión parlamentaria sobre el Proyecto de Ley que busca introducir el controvertido “control de identidad preventi-vo”. Es precisamente por la actualidad de esta polémica, que me pareció relevante comentar sobre una reciente sentencia de la Corte Su-prema, en la cual, a mi juicio, se resumen los aspectos centrales del debate, que –como se verá– va más allá de ser una cuestión estric-tamente técnica, sino que básica en la confi-guración de nuestro sistema de justicia penal.

1.- Antecedentes

Con dos votos disidentes (Ministros Fuentes y Cisternas), que anticipan lo contro-vertido del tema, la Corte Suprema declaró la nulidad de la sentencia de fecha 21 de marzo de 2015, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro en los autos RIT 6-2015, que condenó a CRSE como autora del deli-to consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, y dispuso la realización

tercero del ejercicio de los derechos que la Constitución asegura, debe obtenerse autori-zación judicial previa. De este modo, concluye que de la vulneración de la norma legal trajo consigo la trasgresión de la garantía consti-tucional del debido proceso del imputado en su vertiente de legalidad de los actos del pro-cedimiento, por lo que la evidencia obtenida como consecuencia de ella no ha podido ser empleada en juicio y tampoco ha debido ser valorada como elemento de cargo.

La sentencia invoca la discusión en la Comisión de Constitución sobre el control de identidad, regulada en el artículo 85 del CPP: “… tampoco se estimó necesario, por obvio,

de un nuevo juicio oral ante tribunal no inha-bilitado, excluyéndose del auto de apertura diversas pruebas recogidas con ocasión de un control de identidad.

2.- Fundamentos del voto de mayoría

La sentencia de nulidad dio por estable-cido que no se presentaban los presupuestos legales para controlar la identidad, porque los agentes policiales conocían la identidad y características físicas de las personas que se desplazaban en el vehículo en que posterior-mente fue encontrada la droga, puesto que primero averiguaron los datos personales de la acusada, investigaron sus movimientos y después de ello se informaron de la transac-ción que se preparaba, motivo por el que no era procedente efectuar un control de iden-tidad. Adicionalmente, el prolongado tiempo de las pesquisas y la anticipación con que se conocieron las negociaciones que se iban a realizar permitían recabar las autorizaciones pertinentes, tanto del Ministerio Público como del tribunal.

Una vez determinada la improcedencia del control de identidad, la Corte Suprema descartó que se afectará los derechos a la intimidad y a la libertad personal y seguridad individual de la condenada, pues el recurso no explicó la manera en que tales garantías se habrían visto vulneradas por la realización del control de identidad fuera de los márgenes legales, de suerte que lo rechazó al no estar debidamente fundado.

Sin embargo, en cuanto a la garantía constitucional del debido proceso, la CS afir-ma que las policías deben ejecutar sus facul-tades de investigación con estricto apego a las condiciones establecidas en la ley y que en aquellos casos en que pudiese privarse, restringirse o perturbarse al imputado o a un

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señalar expresamente que, si del control de identidad aparece que la persona tiene una orden de detención pendiente, deberá quedar detenida y regirán las disposiciones del caso, incluyendo la lectura de derechos, o, si surgieran antecedentes que permitan imputarle algún delito que no fuere flagrante, deberá informársele al fiscal para que recabe la orden de detención del juez competente de acuerdo a las normas generales. (Historia de la Ley N° 19.696, pp. 1282 y 1283)”.

3.- Comentarios

El caso en análisis se presenta como especialmente controvertido e interesante de estudiar.

Por una parte, la nulidad en esta causa vino a declararse después de que ella fuera desechada en sede control de detención y, posterior-mente, tanto en la audiencia de preparación (al rechazar la exclusión de las pruebas) como en el juicio oral.

Por otra, y sobre la cual nos enfocaremos en esta ocasión, la acu-sada efectivamente transportaba droga en su vehículo, la que fue re-cogida a propósito del control de identidad, junto con otras pruebas altamente incriminatorias. De esta forma, la nulidad del juicio y la ex-clusión de pruebas de cargo, por la falta de la autorización judicial respectiva, implicaban, en la práctica, dejar impune una conducta que, de otro modo, sería seguramente objeto de condena.

Es precisamente este resultado el que podría parecer para algunos

un exceso si es que la autorización o control judicial de la actuación de la policía se considera sólo como una formalidad burocrática que entorpece la llamada “lucha contra la delincuencia”. La tensión entre eficacia y garantías, propia del proceso penal, aparece en este caso de forma nítida.

Entendemos que las exigencias y formalidades a que deben suje-tarse los procedimientos policiales y judiciales no sólo constituyen una deferencia de la autoridad al principio de legalidad y a la distribución de competencias, sino que constituyen una manifestación del comple-jo entramado de controles y balance de valores que se estiman rele-vantes para la plena vigencia de los principios y objetivos del proceso penal y de los derechos fundamentales.

En este caso, la policía y el Ministerio Público, conocían –desde hace tiempo– las actividades de la acusada, contando con una serie de antecedentes sobre ellas. Si la detención de la imputada era vista como necesaria, había tiempo y razones para solicitar y obtener la autorización judicial previa. Pero ello no se hizo, prefiriendo utilizar el control de identidad. Sin embargo, el control de identidad tiene un objetivo preciso, esto es, obtener la identidad de los sujetos solamente cuando se presentan las precisas circunstancias contenidas en el tex-to legal, esto es, cuando existan indicios de que un sujeto haya come-tido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta; se disponga a cometerlo; pueda suministrar informaciones útiles para la indagación de tales ilícitos; o se encapuche o emboce; siempre que se trate de un caso fundado y con el objeto preciso de solicitar su identificación.

La Corte Suprema entendió, correctamente a nuestro juicio, que la utilización del llamado control de identidad fuera de los casos previs-tos por la ley, constituía, en este caso, una maniobra para justificar el actuar policial, evitando el control judicial. Esto que algunos llaman un “tecnicismo”, es, muy por el contrario, una cuestión que atenta contra las bases mismas de un sistema de justicia en un Estado democrático de derecho.

En efecto, se generaría un peligroso precedente si la actuación policial eficaz se trasformase en suficiente justificación para evitar los controles dispuestos institucionalmente para asegurar el equilibrio en-tre eficacia y garantías, esto es, que un tribunal, órgano independiente e imparcial, establecido precisamente para estos efectos, sea el que determine la posibilidad e intensidad de una eventual afectación de derechos fundamentales. Resolver de otro modo implicaría entregar estas definiciones claves a la mera discreción de las policías y del ente persecutor, la lo que sería fuente de numerosas arbitrariedades y con-trario al orden jurídico.

El mensaje es fuerte y claro para las policías: deben someter su in-vestigación a control previo por los tribunales, si es que determinadas actividades de ella pueden afectar derechos fundamentales. Son estas razones, fundadas en la protección de los valores del sistema proce-sal penal en su conjunto y de los derechos fundamentales, los que permiten justificar el porqué una persona aparentemente culpable de un delito puede finalmente no resultar condenada y el juicio anulado.

La nulidad entendida como técnica protectora de los derechos fundamentales y de los principios del proceso, cobra en esta senten-cia todo su sentido.

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académicos

El académico Daniel Peñailillo es designado Abogado Integrante de la Excma. Corte Suprema

Profesor Christian Schmitz asume como Rector de la UCSC

El académico de nuestra Facultad don Christian Schmitz Vaccaro asumió como Rec-tor de la UCSC por el período 2016-2020. Se trata, sin duda, de un motivo de gran orgullo para la Facultad de Derecho, que ve como uno de los suyos asume el liderazgo de nuestra Casa de Estudios justo en el momento en que comenzamos las celebraciones de los 40 años de la carrera de Derecho.

El Rector Schmitz es egresado de la U. de Concepción y Magíster en Administración de Empresas (MBA) por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Cuenta con estudios de per-

a propiedad intelectual, además de los libros “Legislación Chilena de Propiedad Intelectual” (2011) y “Propiedad Intelectual a la luz de los Tratados de Libre Comercio” (2005).

Se desempeña también como árbitro del Sistema de Resolución de Controversias de Nombres de Dominio de NIC Chile, así como in-tegrante del Registro de Mediadores y Árbitros de Propiedad Intelectual del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Ejerce como abogado asesor en materias de propiedad intelectual y es miembro de la International Association for the Advancement of Teaching and Research in Inte-llectual Property (ATRIP), la Asociación Chilena de Propiedad Intelectual (ACHIPI), la Licensing Executives Society Chile (LES Chile) y el Colegio de Abogados de Chile.

feccionamiento en España y Alemania, y se ha especializado en temas de propiedad intelec-tual en la Japan Patent Office (JPO) de Tokio, la Korean Inte-llectual Property Office (KIPO) de Seúl y la Organización Mun-dial de Propiedad Intelectual (OMPI) de Ginebra.

Es docente del Magister en Derecho Privado de la UCSC y del Diplomado en Propiedad

Industrial e Intelectual de la Pontificia Univer-sidad Católica de Chile, además de desarrollar docencia de pregrado en diversas instituciones de Educación Superior. Paralelamente, ha publi-cado numerosos trabajos científicos orientados

Andrés Varela es designado Prorrector de la UCSC

El Jefe del Departamento de Derecho Económico y Labo-ral de nuestra Facultad, profe-sor Andrés Varela Fleckenstein, fue designado Prorrector de la UCSC por el período 2016-2020. El hecho de que otro de los académicos de la carrera de Derecho fuera considera-do para asumir tan importante labor, constituye también un importante reconocimiento a nuestra Unidad Académica.

El profesor Varela es egresado de la Univer-sidad de Concepción y posee un Diploma en

Estudios Avanzados en Dere-cho de los Contratos Comercia-les por el Centro de Derecho de la Empresa de la Universidad de Montpellier 1, Francia.

Junto con dedicarse al ejercicio libre de la profesión de abogado, se ha dedicado con particular intensidad a la carrera docente, contando con la categoría académica de Pro-fesor Asociado. Es profesor del

Magister en Derecho Privado de la UCSC como de los programas de Magister en Derecho del Trabajo de la UST y USS. Asimismo, se ha des-

empeñado como académico de pregrado en distintas casas de estudios. Es miembro de la Sociedad Chilena de Derecho del Trabajo.

El profesor Varela ha efectuado diversas publicaciones en el área de su especialidad y ha liderado diferentes iniciativas al interior de la Facultad de Derecho UCSC, entre las que des-tacan el haber sido Subdirector de la Revista de Derecho, fundador y primer Director de la revista “Derecho en la UCSC. Academia & Extensión”, Coordinador del Magíster en Derecho Privado de la UCSC y Jefe del Departamento de Dere-cho Económico y Laboral, cargos que ejercía hasta el momento de asumir como Prorrector.

El profesor de Derecho Civil de nuestra Fa-cultad, Dr. Daniel Peñailillo Arévalo, fue desig-nado por la Presidenta de la República como Abogado Integrante de la Excma. Corte Su-prema de Justicia por el trienio 2015-2018. La elección del académico constituye un merecido reconocimiento a su dilatada y exitosa carrera profesional, que además dotará de un prestigio aún mayor al máximo tribunal.

El Dr. Peñailillo es egresado de la Universi-dad de Concepción y obtuvo su Doctorado en la U. Complutense de Madrid. Se ha desempe-ñado como docente de pre y postgrado en la U.

de Concepción y en la UCSC, así como en di-versos centros de estudios del país y del mundo. En este orden, se destaca su designación como profesor visitante de la U. de Oxford, Inglaterra. Asimismo, fue Abogado Integrante de la I. Corte de Apelaciones de Concepción por varios perío-dos. Actualmente, participa como conferencista del Magister en Derecho Privado de la UCSC.

Es autor de numerosos artículos en revistas especializadas, así como de varios libros: “Los bienes”, “La expropiación ante el Derecho Civil”, “La prueba en materia sustantiva civil” y “Obliga-ciones”, entre otros.

Se trata, sin duda, de uno de los civilistas más importantes de la historia nacional, que ha dejado su impronta en sus alumnos y, particular-mente, en los profesores del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la UCSC, que lo reconocen como su líder na-tural.

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UCSC acuerda convenio con Fundación General de la U. de Salamanca25 de febrero 2015

Consolidar el intercambio académico de do-centes de las áreas de Derecho Civil y crear un espacio propio para la discusión en el área del De-recho Privado, es uno de los principales objetivos considerados en el convenio suscrito entre ambas instituciones.

El convenio permitió que destacados académi-cos de la referida universidad española impartieran clases en la III versión del Magíster en Derecho privado (2015-2016) y que, junto con el título de

Magíster en Derecho Privado otorgado por la UCSC, se sume una certifi-cación de posgrado en Derecho Privado otorgado por la Fundación Gene-ral de la U. de Salamanca.

Se trata, sin duda, de un reconocimiento a la solidez del programa y a la excelencia de los docentes que imparten clases en él, que permiten considerar al Magister en Derecho Privado como una alternativa única en el sur del país.

Profesor Mauricio Ortiz imparte clases en Master de la U. de Sevilla27 de febrero 2015

En el marco de su estancia aca-démica, encaminada a la profundi-zación de estudios conducentes a la finalización de su tesis doctoral, el profesor Mauricio Ortiz Solorza impartió la cátedra titulada “Per-files generales sobre la evolución del Derecho Concursal en países de América Latina; en particular, instrumentos jurídicos para faci-litar la refinanciación y el reflota-miento de empresas en crisis en

el Derecho Chileno”, para los postulantes del Máster en Asesoría Jurídico – Mercantil, Fiscal y Laboral de la Universidad de Sevilla. Su intervención, inserta en la asignatura de Derecho Concursal, se llevó a cabo mediante la invitación formal que extendió la coordina-dora del Máster, Josefa Brenes Cortés, quien valoró la preparación en materias relativas al área en los países de América Latina y el prestigio docente del abogado penquista.

Mauricio Ortiz integra Corte de Apelaciones penquista1 de marzo 2015

El ex alumno y académico de la UCSC Mauricio Ortiz Solorza se convirtió en uno de los nueve juristas que, a partir del 01 de marzo del 2015, integrará las salas del Tribunal de Alzada penquista.

“Estimo que constituye una gran responsabilidad y honor poder ejercer como Abogado Integrante de la Ilustrísima Corte de Apela-ciones de Concepción, siendo, asimismo, una real oportunidad para aportar desde la mirada de abogado y docente al ejercicio de la fun-ción jurisdiccional, lo que se une al orgullo de pertenecer al cuerpo docente de esta Facultad de Derecho”, indicó el profesor Ortiz.

Por su parte, el Decano de la Facultad de Derecho de la UCSC, Fernando Monsalve Basaúl, agregó que “la designación del profesor Mauricio Ortiz es un motivo de orgullo para el cuerpo de profesores de esta Facultad, especialmente porque es un docente que nació en estas aulas, siendo un alumno destacado y además, humanamente, un profesional que se caracteriza por su relación con los alumnos y los demás profesores”.

Cabe mencionar que, según lo estipulado en el Código Orgánico de Tribunales, los Abogados Integrantes deben contar con a lo me-nos 12 años de destacado ejercicio profesional.

Académico presentó la obra “Diccionario Constitucional Chileno” a comunidad universitaria y jurídica local17 de abril 2015

Acercar los conceptos jurídicos fundamentales a la comunidad jurídica así como también a quienes nunca han estudiado Dere-cho, pero que cuentan con instrucción secundaria sufi-ciente para comprenderlos, es el objetivo central del libro “Diccionario Constitucio-nal Chileno” de los autores Gonzalo García Pino, Minis-tro del Tribunal Constitucio-nal de Chile, y Pablo Contreras Vásquez, académico de la Universidad Alberto Hurtado.

La obra fue presentada por el Jefe del Departamento de Derecho Público de nuestra Facultad, Fernando Saenger Gianoni, quien valoró el aporte del primer texto chileno en nuestra historia jurídica que explica 543 términos que integran el contenido de toda la Constitución y sus 34 refor-mas hasta el 31 de julio de 2014.

Cabe mencionar que este trabajo pretende conceptualizar y explicar la trayectoria institucional de los términos en los casos más relevantes, dando cuenta del carácter evolutivo del Derecho Constitucional y, a la vez, como un ejercicio de decantación de la doctrina dominante. Así lo mani-fiestan sus autores en la página www.diccionarioconstitucional.cl donde la obra se puede descargar gratuitamente.

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UCSC y CAJ Bío-Bío amplían convenio de colaboración académica20 de abril 2015

En el marco del convenio de colaboración entre la Universidad Católica de la Santísima Concepción y la Corporación de Asistencia Judicial del Bío-Bío, orientado a promover y desarrollar actividades académicas, el profesor Cristian Gutiérrez Lecaros se reunió con los postulantes en práctica de dicha institución para invitarlos a ser parte de las nuevas versiones de los programas de Magíster en Derecho Penal, Magíster en Derecho Procesal de Familia y Magíster en De-recho Privado. “Ante la creciente proliferación de profesionales de la justicia es fundamental apelar a la especialización desde el comienzo del ejercicio profesional” indicó el académico, haciendo hincapié en la reciente cláusula que permitirá a los postulantes alcanzar un 25% de descuento en el arancel del programa que deseen cursar. Cabe recordar que dicho porcentaje era sólo aplicable a los abogados de la institución.

Por su parte, el Director General de la CAJ Bío-Bío, Pablo Millán, sostuvo que la ampliación del convenio es de alta relevancia porque permite complementar la formación académica tanto de los aboga-dos como de los postulantes de la Corpora-ción y, además, permite una p ro fund idad de conoci-mientos tra-ducida en una mejor atención para nuestros usuarios.

Defensor Nacional Andrés Mahnke dictó Clase Inaugural de Derecho UCSC23 de abril 2015

Datos relevantes y respuestas sobre el rol de la Defensoría Penal Pública en el contexto nacional fueron expuestos por el Defensor Nacional don An-drés Mahnke en la Clase Inaugural de la Facultad de Derecho, denominada “15 años de Reforma Proce-sal Penal: desafíos de la Defensa Pública”. La activi-dad se realizó ante masiva presencia de estudiantes y académicos en el Aula Magna Arzobispal.

El destacado abogado, que ejerció como coordi-nador general de la Unidad de Reformas Judiciales

del Ministerio de Justicia de Chile, se refirió a la autonomía que debe man-tener la Defensoría, sobre todo tras la puesta en funcionamiento del nuevo sistema de justicia penal (2000). “Si no tenemos autonomía, tenemos una amenaza de una perturbación que incide en la confianza y credibilidad por parte de las personas que asistimos. Pueden pensar que tenemos intereses distintos a los que tenemos como mandato institucional, que es el defender los intereses de esas mismas personas que demandan defensa pública”, señaló, destacando que trabajan en conjunto con el Ministerio de Justicia en un cronograma que defina la forma en cómo se designan las autorida-des de la institución, tanto a nivel nacional como regional.

Sobre el valor de colocar en debate este tema al interior de la Facultad de Derecho de la UCSC, Mahnke señaló que “estas actividades las toma-mos como una obligación de una institución que funciona con estándares de excelencia, de compartir con alumnos y académicos de una casa de estudios tan prestigiosa como ésta, debates que no siempre están presen-tes y que son fundamentales para desenvolvernos dentro de un sistema de justicia”. Agregando que la regla general es que todos los ciudadanos del país tengan garantizados ciertos umbrales mínimos de ejercicio que le consagra la constitución.

Estudiantes de la Facultad visitaron Consejo Regional del Bío-Bío27 de abril 2015

Conocer la estructura del Consejo Regional así como las funciones, facultades, deberes y derechos de sus miembros, fue el objetivo central de la visita a dependencias del Gobierno Regional, que realizó el curso de Derecho Constitucional a cargo del profesor Fernando Saenger.

El encargado de dar la bienvenida fue el Consejero Regional Edmundo Salas de la Fuente, quien hizo un repaso por la historia de la institución, sus principales logros y desafíos pendientes, para dar paso a una com-pleta exposición sobre el Consejo Regional, que finalizó con una ronda de preguntas para despejar las inquietudes de los jóvenes.

Cabe destacar que dicha reunión se desa-rrolló en el marco de las diferentes actividades académicas orientadas a proyectar la formación de las aulas y a mostrar el funcionamiento de las distintas instituciones vinculadas al quehacer sociopolítico nacional.

Magíster en Derecho Privado presenta III versión28 de abril 2015

Con la conferencia “Res-ponsabilidad civil, wrongful birth y wrongful conception”, a cargo del Dr. David Vargas, el Magíster en Derecho Privado de la Facultad de Derecho de la UCSC presentó su III ver-sión, que organiza en conjunto con la Fundación General de la U. de Salamanca.

Durante su exposición, el profesor Vargas dio cuenta del marco legal y jurisprudencial en el Derecho Comparado sobre el tema en examen, resaltando el deber de información que le asiste al personal médico en varias de sus hipótesis.

Por su parte, el Director del Magíster, el académico Carlos Cés-pedes, invito a la comunidad jurídica y universitaria local a ser parte de la III versión del postgrado, valorando la importancia de la espe-cialización en los nuevos designios de la profesión. Asimismo, desta-có la presencia de un grupo de profesores de primer nivel, nacionales y extranjeros, como relatores del programa.

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Gran Canciller, Mons. Fernando Chomalí, presentó libro de Derecho Constitucional30 de abril 2015

Constituir un elemento de apoyo al estu-dio de la cátedra de Derecho Constitucional en Chile enfatizando en la normativa consti-tucional y su legislación complementaria, es el objeto central de la obra de los académi-cos Fernando Jiménez Larraín y Fernando Jiménez Loosli.

El libro “Derecho Constitucional” fue pre-sentado por el Gran Canciller, Monseñor Fer-nando Chomalí, quien valoró el aporte aca-démico de la publicación y su aplicabilidad

en la sociedad, especialmente a delicados temas como el aborto, el acuerdo de unión civil y el divorcio. “Es un libro histórico con un fuer-te componente filosófico que muestra una gran erudición pero a la vez pretende ser comprensible para los estudiantes. Es un libro que da gusto leerlo porque permite conocer cómo opera el poder político y los cambios que se han producido en la sociedad chilena”, agregó.

Cabe mencionar que los tópicos tratados en la obra, publicada por la Editorial de la UCSC, son precedidas por una síntesis histórica que muestra la evolución del sistema constitucional chileno, haciendo hincapié tanto en su naturaleza como en su contenido y en la pau-latina incorporación de nuevas instituciones y derechos conforme a las realidades sociales, políticas y económicas de la sociedad chilena.

VI Congreso Chileno y del Cono Sur de Derecho Forestal y Ambiental de la Conaf6, 7 y 8 de mayo 2015

Con la presencia de referentes aca-démicos y autoridades de instituciones nacionales e internacionales, durante tres días se desarrolló el VI Congre-so Chileno y del Cono Sur de Derecho Forestal y Ambiental, en la Facultad de Derecho de la UCSC. El tema del en-cuentro fue “Bosques: los desafíos del sector forestal ante nuevos escenarios institucionales y cambio climático”.

La actividad, organizada en conjunto con el Ministerio de Agricultura y Conaf, permitió el diálogo y la exposición de di-ferentes miradas en torno a los desafíos que posee actualmente el sector forestal, con énfasis en la regulación jurídica y lineamientos de políticas nacionales.

Entre las presentaciones e invitados destacaron el Director Ejecutivo de Conaf, Aarón Cancino; el Coordinador General de la Red Latinoameri-cana de Derecho Forestal-Ambiental, Wilson Rocha, el Fiscal del Instituto Forestal, Fernando Tallar; y el Decano de la Facultad de Derecho de la UCSC, quien inauguró el evento. También estuvieron presentes acadé-micos y abogados de Perú y Brasil, así como profesionales de Conaf y profesores de distintas universidades del país.

Profesores y compañeros celebraron nueva generación de egresados9 de mayo 2015

En una emotiva ceremonia, académicos y representantes del Centro de Alumnos de la Facultad de Derecho se reunieron para despedir a 49 jóvenes que dejarán las aulas de la UCSC y comenzarán una nueva etapa para acceder al tan ansiado grado académico.

El encuentro comenzó con las sinceras palabras del Decano de la Facultad, Fernando Monsalve Basaúl, quien destacó las cuatro décadas formando profesionales al servicio de Derecho, desde el año 1991 como UCSC y desde el 1976 como PUC, indicando que la generación que egre-sa se integrará a un grupo que supera los 1000 abogados formados en estas aulas. “Estimadas egresadas y egresados, sus desvelos y sacrificios no han sido en vano. Hoy es tiempo de regocijo por la etapa cumplida, aunque sin bajar la guardia ni dormirse en los laureles, porque la tarea debe continuar hasta culminar cabalmente”, agregó.

Centro de Alumnos 2015 asumió con grandes desafíos25 de mayo 2015

Acercar la Universidad aún más a los estudiantes, continuando las tareas de apoyo estudiantil del Centro de Alumnos anterior y fo-mentando la participación a través de asambleas, charlas y coloquios sobre la reforma educacional, es uno de los grandes desafíos que el nuevo Centro de Alumnos de la Facultad de Derecho de la UCSC, que esta mañana asumió el cargo en el marco de la Cuenta Pública de finalización del período pasado.

“El diagnóstico que hacemos en lo académico es cómo apoyar a los estudiantes para mejorar su rendimiento. Para esto implemen-taremos charlas y talleres de cómo afrontar la carrera; entregaremos diversos enfoques y métodos de estudios para cada uno, apoyándo-los a través de interrogaciones orales”, indicó, Mauricio Vara Jeldres, Presidente del CAAD 2015-2016.

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Estudiantes de Derecho visitan PDI26 de mayo 2015

A fin de comprender los distintos procesos ligados a una investigación y ahondar en los aspectos prácticos que se presentan en el área del Derecho Penal, los estudian-tes de cuarto año conocieron algunas de las 15 secciones de la institución, entre ellas balística, dibujo y planimetría, fotografía forense y huellogra-fía y dactiloscopia.

El recorrido estuvo guiado por profesionales especialistas en su área, quienes explicaron en detalle el funcionamiento de cada sección y como la labor que a diario realizan constituye un pilar fundamental al momento de presentar pruebas aclaratorias en los juicios penales.

“Fue muy interesante, nos acogieron muy bien, ya que hubo muy bue-na disposición por parte de los funcionarios al mostrarnos detalladamente las distintas áreas. También nos permitió llevar a la práctica los diversos delitos que vemos en la cátedra y ello también hace que nos acerquemos a la realidad social. Nos sirve, además, como una opción a una futura carrera profesional”, indicó Sylvia Aguilera, estudiante de cuarto año.

Derecho UCSC y CAJ Bío-Bío realizan capacitación en materia familiar28 de mayo 2015

En el marco del convenio de colaboración académica entre la Universidad Católica de la Santísima Concepción y la Corporación de Asistencia Judicial del Bío-Bío, se realizó la tercera capacitación en materia de familia abierta a la comunidad jurídica y universitaria local.

El encuentro contó con la participación del académico de nuestra Universidad Sergio Galaz Ramírez, con la ponencia “Aspectos rele-vantes de la Ley N° 20.830 de Acuerdo de Unión Civil”; y con la intervención de Roberto Parra Alvear, Juez de Familia de Talcahuano y profesor del Magíster en Derecho Procesal de Familia de la UCSC, con la ponencia “Algunos Temas Prácticos del Procedimiento de Sus-ceptibilidad de Adopción”.

El programa de capacitación, que se realiza anualmente, tuvo una excelente recepción, especialmente entre a-bogados jefes de los consultorios de la Octava Región y de alumnos y egresados del Magíster en Derecho Procesal de Familia de la UCSC, que actualmente desarrolla su sexta versión.Derecho UCSC y II Zona Naval

analizan demanda boliviana en acto de finalización del Mes del Mar9 de junio 2015

Aportar a la difusión de temáticas trascendentes ligadas al mar de Chile fue el objetivo central del acto acadé-mico de finalización del Mes del Mar, que anualmente organiza la Facultad de Derecho de la UCSC y la II Zona Na-val de la Armada. Durante el encuentro, realizado en el Aula Magna Arzobispal, diferentes miembros de la comunidad penquista, jurídica y universitaria local, se reunieron para analizar la demanda,

interpuesta en 2013 por Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya, para lograr una salida soberana al mar.

Dada la complejidad de la petición boliviana, considerando el Tra-tado de Paz y Amistad de 1904, el profesor de Derecho Internacional Público de la UCSC, Hernán Varela, realizó una introducción al tema central haciendo un repaso por la historia y el marco jurídico en que se inserta la petición del vecino país.

Por su parte, el Contralmirante Cristián Araya, Auditor General de la Armada y abogado de la Pontificia Universidad Católica de Valpa-raíso, dictó la charla magistral “Bolivia y su demanda ante la Corte In-ternacional de Justicia”, donde ahondó en los objetivos y fundamen-tos jurídicos, explicando, también, los antecedentes que respaldan la singular petición que por años se ha trasformado en la bandera de lucha del Gobierno boliviano.

Facultad de Derecho abre sus puertas a estudiantes secundarios en Pasantías UCSC12 de junio 2015

En el marco del programa Pasantías UCSC 2015 “Experiencia para de-cidir”, organizado por la Vicerrectoría de Vinculación con la Sociedad junto con la Dirección de Difusión y nuestra Facultad, 33 jóvenes se integraron a las aulas como un alumno más a fin de descubrir su vocación y conocer el ambiente universitario.

La bienvenida estuvo a cargo del Decano de la Facultad, Fernando Monsalve Basaúl, y la Jefa de Carrera, María Cecilia Martínez, quienes invitaron a los estudiantes a unirse a la gran comunidad UCSC y conversa-ron sobre el estudio del Derecho, el campo laboral y los aspectos formales de la carrera.

Posteriormente, los jóvenes presenciaron una simulación de un juicio oral en materia de familia, actividad especialmente preparada por el profe-sor Cristian Gutiérrez Lecaros junto con alumnos de último año de la ca-rrera, a fin de presentar un área del ejercicio profesional que día a día ad-quiere mayor importancia ante la cre-ciente imple-mentación de la oralidad en los juicios.

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Especialista analiza el delito de trata de personas en Chile15 de junio 2015

Motivada por esta incipiente realidad, la abogada Carolina Rudnick Vizcarra presentó en nuestra Facultad la ponencia “Esclavitud en Chi-le: el delito de trata de personas”, haciendo hin-capié en el proceso de reclutamiento, traslado y explotación como factores constituyentes del delito que tienden a relativizarse, en virtud de los prejuicios que tenemos como sociedad.

En busca del “sueño chileno”, hombres, mu-jeres y menores de edad, de distintos puntos de Sudamérica y en menor grado de otros conti-nentes, siguen llegado a trabajar bajo engaño a nuestro país, convirtiéndose en víctimas. Si bien se ha desarrollado un plan de acción en la materia judicial, la especialista valoró el rol que han asumido los órganos auxiliares de la justicia penal. “El Estado de Chile ha realizado una serie de acciones para impulsar el combate contra la trata. El año 2005 se ratifica la Convención de Palermo en Chile (contra la de-lincuencia organizada transnacional), el año 2011 se dicta ley 20.507, que incluye el concepto moderno, con todas las hipótesis de trata, y el año 2012, la mesa intersectorial comienza a trabajar para generar un plan de acción en materias específicas de prevención, persecución penal y aten-ción a víctimas”, señaló la especialista.

Segunda versión Programa de Competencias Integrado para Docentes de Derecho2 de julio 2015

Entregar a cada docente herramientas teóricas y prácticas para opti-mizar el trabajo realizado en el aula, especialmente en Aprendizaje Activo, Evaluación de Resultados de Aprendizaje y apoyo de recursos TIC para el aprendizaje, fue el objetivo central de esta capacitación, organizada por la Jefatura de Carrera en conjunto con el Centro de Innovación y Desarrollo Docente de la UCSC (CIDD).

La capacitación, que constó de tres etapas, Presencial, Acompaña-miento al aula y una Reflexión crítica de la integración, fue relatada por el equipo de especialistas del CIDD: Ketty Sanhueza A. Marianella Careaga B. y Pilar Jara C., finalizó con la certificación de los académicos partici-pantes.

Estudiantes de Derecho Visitan SML Concepción3 de julio 2015

Una completa visita guiada por las dependencias del Servicio Médico Legal de Concepción realizaron los estudiantes de la asigna-tura Derecho Penal II acompañados por el académico Georgy Schu-bert. A través de un recorrido, a cargo de la Doctora Heidi Schuffe-negger, los futuros abogados compartieron con los profesionales a cargo de las diferentes secciones, quienes explicaron su función y cómo los peritajes que ellos realizan son una herramienta altamente aclaratoria, principalmente en los juicios orales en materia penal.

“Hubo una excelente disposición de todos los profesionales para resolver las preguntas de los estudiantes, quienes ahora han adqui-rido una experiencia de cómo se maneja una cadena de custodia y cómo se realizan los principales peritajes, conocimientos que mu-chos abogados sólo alcanzan luego de muchos años de ejercicio de la profesión”, señaló Georgy Schubert, profesor a cargo de la asig-natura.

Profesor Fernando Saenger y el estudiante Felipe Oliva representan a la UCSC4 de julio 2015

Como una experiencia académica única calificó el estudiante de segundo año Felipe Oliva su asistencia al 51º Congreso de la institu-ción de abogacía más grande del mundo, celebrada entre los días 30 de junio y 4 de julio, en Lima, Perú. Durante el encuentro, que reunió a más de 750 juristas de distintas nacionalidades, se desarrollaron distintas temáticas ligadas a los retos de la abogacía, la integración, la globalización y la justicia.

“En cuanto a mi formación académica, fue una instancia muy en-riquecedora en la cual compartí con destacados juristas latinoameri-canos, inclusive con el ex presidente de Bolivia Carlos Mesa, por lo que el viaje permitió expandir mi estudio y conocimiento más allá del que tradicionalmente se realiza, día a día, en nuestra Casa de Estudios y reafirmar el porqué decidí estudiar esta carrera”, indicó el alumno ayu-dante de Derecho Político.

Como cada año, el profesor Fernando Saenger asistió como representante de nuestra Facultad y como Presidente del Comité de Derecho Constitucional de la Fede-ración Interamericana de Abogados para integrar las sesiones del Con-sejo Superior de dicha organización.

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Funcionarios UCSC reciben reconocimiento en Ceremonia de Aniversario de la UCSC15 de julio 2015

En el marco de los Actos de conmemoración del 24° aniversario de la UCSC, que se inició con una Misa en la Capilla Santa María Reina, una de las instancias tradicionales de esta celebración es el momento en que la Universidad reconoce a los funcionarios destacados por años de servicio.

La institución asume como un pilar fundamental para la consecución de sus fines y propósitos, el compromiso y dedicación de quienes confor-man la UCSC. Por este motivo, las máximas autoridades de la Universidad son quienes entregan un diploma y una medalla a quienes cumplen 25, 30 y 35 años de servicio.

Dentro de los homenajeados se reconoció a la secretaria de la Facul-tad de Derecho doña Ximena Arriagada, con 30 años de servicio; y con 35 años a los académicos don José Elgueta y don Hernán Jiménez.

Centro de Cumplimiento Penitenciario Bío-Bío abre sus puertas a estudiantes de Derecho UCSC17 de agosto 2015

Conocer las principales dependencias y funcionamiento del Centro de Cumplimiento Penitenciario Bío-Bío, así como también diferenciar el sistema penitenciario antiguo de los nuevos recintos carcelarios de alta seguridad, fue el objetivo central de la visita guiada que realizaron los alumnos de la asignatura Derecho Penal acompañados por la profesora Alicia Felmer O.

El encargado de dar la bienvenida fue el Teniente Coronel José Provos-te S., quien invitó a los jóvenes a ingresar al recinto y a manifestar todas las inquietudes que pudiesen surgir durante la jornada. Señaló, además, que la mayoría de la población penal chilena de alto riesgo está dentro de este recinto, con capacidad para 1400 personas aproximadamente, por ende, detalló algunas de las medidas de seguridad que hacen de este centro de cumplimiento penitenciario uno de los mejor evaluados del mundo.

Guiados por el Capitán Rodrigo Vega M. y acompañados por el Sub-teniente Alfonso Reyes R., Jefe de Visitas, los estudiantes comenzaron el recorrido por la unidad encargada de gestionar el ingreso y la disposición de los reclusos según el delito y peligrosidad de éstos, continuó por los módulos destinados a visitas, dormitorios (celdas personales con baño interior), el hospital y los espacios comunes, tales como comedores, pa-tios, talleres, etc. Por su parte, miembros de la planta profesional y admi-nistrativa también fueron parte de la actividad, dando a conocer su labor dentro de la institución, haciendo hincapié en los programas educativos y de reinserción vigentes.

Dr. Rodrigo Fuentes realizó pasantía de investigación en Universidad de Medellín20 de agosto 2015

Investigar temas de responsabili-dad contractual y analizar coinciden-cias y diferencias entre la doctrina y jurisprudencia chilena y colombiana, fue el objetivo central de la pasantía que durante el mes de julio realizó el Dr. Rodrigo Fuentes en el Centro de Investigaciones Políticas y Sociales “Orión Álvarez Atehortúa” de la Uni-versidad de Medellín, Colombia.

Durante su estancia se reunió con docentes e investigadores de la Facultad de Derecho de dicha institución y trabajó en la elaboración del artículo “La prueba de la cuantía del daño en el Derecho chileno y colombiano”, documento que será publicado en revista indexada.

“Se trató de una experiencia muy interesante, donde se pudo intercambiar opiniones con diversos docentes de la Facultad, así como con el destacado profesor de Derecho civil don Javier Tamayo Jaramillo, sobre diversos tópicos de la especialidad”, indicó el aca-démico, destacando además que las puertas de la Universidad de Medellín quedaron abiertas para la asistencia de otros profesores y alumnos.

Estudiantes de Derecho UCSC celebran semana aniversario21 de agosto 2015

La Facultad de Derecho de la UCSC celebró su semana aniversario, instancia en la cual el Centro de Alumnos, con el apoyo de la Facultad, dio vida a una serie de actividades en el Campus Santo Domin-go. Una de ellas fue la charla del seremi de Justicia don Jorge Cáceres, sobre “Res-ponsabilidad penal adolescente”.

Precisamente esta presentación, de-sarrollada en el Auditorio de Derecho, permitió a los estudiantes conversar sobre el contexto en que se aplica la Ley 20.084, que se enmarca en varios convenios internacionales, especialmente en la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

La agenda de actividades, organizadas por los propios alumnos en el Campus Santo Domingo, también incluyó espacio para la mú-sica y la cultura.

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Estudiantes de quinto año visitan Juzgado de Familia de Talcahuano21 de agosto 2015

A fin de conocer las dependencias y funcionamiento interno del Juz-gado de Familia de Talcahuano, los estudiantes del Consultorio Jurídico de Concepción realizaron un completo recorrido guiados por el administrativo Jefe del Tribunal y Ministro de fe (s), Bosco Lara Ortiz.

Inserta en las actividades de la asignatura de Práctica Profesional de la sección a cargo de la profesora Constanza Cornejo, la visita incluyó el ingreso a salas de audiencias, a la sala especial para declaración de meno-res de edad cuyos derechos se han visto vulnerados, a la sala de ingreso de escritos y a la unidad de atención al público, entre otras.

La actividad, coordinada por el profesor colaborador de la asignatura Bernardino Parizot, tuvo una excelente recepción por parte del alumnado, quienes valoraron esta iniciativa, puesto que les permitió conocer una de las instituciones judiciales donde podrían desempeñarse como profesio-nales en el futuro.

Alumno Fernando Figueroa participa en concurso de la Academia Parlamentaria de la Cámara de Diputados1 de septiembre 2015

Generar un espacio de expresión a los estudiantes frente al mundo político, permitiéndoles analizar el rol de la universidad en el desarrollo del país y contribuir en la formación ciudadana de futuros profesionales, es el objetivo central del concurso “La Universidad que queremos para el Chile del Futuro”, convocatoria en la cual participó el estudiante de nuestra Facultad Fernando Figueroa Jofré.

Con el ensayo “La Educación Pública al centro del debate, un, dos tres por mí y por todos mis compañeros”, se unió a la convocatoria que por cuarto año consecutivo organiza la Academia Parlamentaria a fin de acercar a los estudiantes a las actividades de la Cámara de Diputados y mejorar la imagen del quehacer legislativo entre los jóvenes.

“Cuando pongo en una balanza mi vida académica y la participación en este tipo de encuentros, sin duda, hay uno que me gusta más que el otro, pero en su conjunto uno sabe que ambos tienen objetivos comunes, puesto que nos permite vincularnos con estudiantes de otras universi-dades en sintonía con lo que se está pensando y en ese compartir de

enseñanzas se genera la sinergia de la nueva generación que busca abrirse espacios de debate en una democracia tan poco participativa como la nuestra”, indicó Fernando Figueroa en relación a la enrique-cedora experiencia de participar en este tipo de iniciativas.

Nueva línea FADe para profesores part-time aprobó cinco proyectos de docencia3 septiembre 2015

La vocación de centenares de profesores universitarios de la UCSC y su interés por innovar y perfeccionar su enseñanza, están detrás de los proyectos que año a año pueden contar con el apoyo del Fondo de Apoyo a la Docencia FAD. Este año se abrió por prime-ra vez la nueva línea especial FADe, dirigida especialmente a profe-sores part-time, siendo aprobados cinco proyectos que contribuirán a sus procesos de enseñanza aprendizaje.

Las iniciativas aprobadas fueron “Doctrina social en terreno”, de la profesora Ivón Jara Instituto de Teología; “Utilización de Pedagogía de la TIC en la confección de Tesina de la carrera de Derecho”, de María Verónica Parada, de la Facultad de Derecho; “Derecho Políti-co: TIC y trabajo en equipo para su aprendizaje”, de Valeska Opazo, de la Facultad de Derecho; “Proyecto A+S en educación alimentaria nutricional”, de Rosa Estrada, de Facultad de Medicina; y “Autorregu-lación del aprendizaje mediante una unidad de didáctica basada en las TIC” de Edith Calderón, de la Facultad de Educación.

Especialistas analizan Ley 20.830 de Acuerdo de Unión Civil4 de septiembre 2015

Una excelente recepción en la comunidad jurídica y universitaria local tuvo el panel dedicado al análisis de la Ley 20.830 que regula el Acuer-do de Unión Civil, que entrará a regir en octubre próximo. El encuentro, organizado por el Departamento de Derecho Privado y el Magíster en Derecho Privado de la UCSC, contó con la intervención de los académicos nacionales Carlos Céspedes, quien ahondó en la regulación de este nuevo estatus, y David Vargas, quien realizó un análisis crítico a la norma.

Por su parte, la profesora de la Universidad de Salamanca Nieves Martínez, cerró el encuentro analizando los principales aspectos de las uniones de hecho en el sistema español. Cabe señalar que la civilista es-pañola es parte del cuerpo docente del Magíster en De-recho Privado de la UCSC y su intervención coincidió con la cátedra anual que dicta a los postulantes de dicho pro-grama el marco del convenio académico entre la Funda-ción General de la Universi-dad de Salamanca y nuestra Casa de Estudios.

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Clínica Jurídica de San Pedro de la Paz visita Primer Juzgado Civil de Concepción7 de septiembre 2015

En el marco de las variadas actividades programadas en la asignatura de Práctica Profesional, 19 estudiantes de quinto año recorrieron las dis-tintas unidades administrativas del Primer Juzgado Civil penquista junto con el profesor Reinaldo Pino, abogado jefe la clínica jurídica de San Pedro de la Paz.

La encargada de dar la bienvenida a los jóvenes fue la magistrada doña Margarita Sanhueza, ex alumna de nuestra Facultad, quien se abo-có personalmente a explicarles el funcionamiento del tribunal, para luego sostener un coloquio muy directo y centrado en su quehacer como juez civil.

Días más tardes, la citada jueza se reunió en dependencias de la Fa-cultad con los estudiantes y profesores de las cuatro Clínicas Jurídicas de

la UCSC, para analizar más allá de la teoría la realidad del ejerci-cio profesional actual, orientando sobre el quehacer jurisdiccio-nal y recordando su experiencia como es-tudiante de Derecho de nuestra casa de estudios.

Profesor Fernando Saenger participa en XII Congreso de Derecho Constitucional en Bogotá18 septiembre 2015

Contribuir en la consolidación de los Es-tados constitucionales en América Latina fue el eje central del Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, al cual asistió el Jefe del Departamento de Derecho Público de la UCSC Fernando Sanger Gianoni durante los días 16 y 18 de septiembre, en representación de nuestra Casa de Estudios.

El encuentro, que anualmente reúne a más de 1000 especialistas dedicados a la docencia e investigación, es organizado por el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC), creado hace más de 40 años, con el objetivo de establecer canales de comunica-ción entre los profesores investigadores en Derecho Constitucional.

“El tema central de análisis fue el diseño institucional del Estado demo-crático, fueron 3 días extensos, intensos y de gran profundidad en todas las intervenciones. Asistieron profesores de Canadá a Tierra del Fuego y de Europa, académicos de Alemania, Italia, Francia, España, Inglaterra, etc. de los cuales, alrededor de 600 éramos profesores de Derecho Constitu-cional”, indicó Fernando Saenger.

Posicionado como centro de pensamiento y espacio para el intercambio de experiencias entre cada una de las secciones nacionales latinoamerica-nas y europeas que lo conforman, el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional ha posicionado esta instancia para crear puentes entre la doctrina del Derecho Constitucional norteamericano con la doctrina consti-tucional de América Latina en torno al debate sobre el Estado, las relaciones de los poderes públicos y las relaciones entre Estado y el Derecho.

Profesor Georgy Schubert asume como Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado en Concepción21 de septiembre 2015

El Jefe del Departamento de De-recho Penal y Procesal de la UCSC, Georgy Schubert Studer, asumió como el nuevo Abogado Procurador Fiscal en Concepción, designado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado.

El académico de nuestra Facultad indicó que entre sus funciones está representar al Consejo en la defensa

del patrimonio del Estado, principalmente en acciones de indemniza-ción de perjuicios contractuales y extracontractuales, recuperaciones de bienes nacionales de uso público y bienes estatales, reclamacio-nes sobre montos de consignación por expropiación y juicios labo-rales, entre otros. En la representación en juicios no patrimoniales, lo representa en el ejercicio de la acción penal, tratándose de delitos cometidos en el desempeño de sus funciones o empleos por funcio-narios públicos o empleados de organismos del Estado.

Derecho firmó convenio para prácticas profesionales con Sernac28 de septiembre 2015

Otorgar a los estudiantes de Derecho una experiencia laboral en dis-tintas área del saber jurídico es el objetivo principal del convenio entre la UCSC y el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), que permitirá a los jóvenes realizar pasantías para conocer el funcionamiento y normativa del organismo que protege al consumidor.

La firma del acuerdo se realizó en el Salón de Consejo del edificio Ricardo Ezzati, en el campus San Andrés, y estuvo encabezado por el Rec-tor de la UCSC, Juan Miguel Cancino, y la Directora Regional de Sernac, Damaris Hernández, quienes destacaron las oportunidades que se abren con este convenio.

La secretaria académica de la Facultad de Derecho, Constanza Corne-jo, señaló que “nuestros alumnos tienen la posibilidad de hacer pasantías en distintas instituciones públicas: Fiscalía, Defensoría Laboral, Defenso-ría Penal y de atender público a través de los consultorios jurídicos. De tal manera que se fortalece nuestra práctica profesional con la suscripción de estos convenios con institucio-nes públicas, pues permi-ten que nuestros alumnos conjuguen lo teórico con lo práctico”.

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Academia & Extensión 17

Aspectos médicos del principio de vida y el aborto en charla en Facultad de Derecho5 de octubre 2015

Una instancia de acercamiento a los detalles médicos y la discusión acerca de un tema contingente, como lo es el proyec-to de ley de aborto terapéutico, fue el que tuvieron los estudiantes de la Facultad de Derecho de la UCSC a través de la charla “El principio de la vida y el aborto”, dictada por la Dra. Paulina Peñaranda, destacada pediatra e instructora de organismos como PALS (Pediatric Advance Life Suport), AHA (American Heart Asociation) y del Interna-do de Pediatría de la Universidad San Se-bastián.

La iniciativa fue organizada por las docentes de la asignatura de Teoría del Derecho Cecilia Martínez, Lorena Ruiz y Constanza Cornejo, quienes invitaron a la profesional para entregar a los alumnos una perspectiva mé-dica acerca del aborto.

La exposición se centró en las implicancias del proyecto de ley con fundamentos biológicos y científicos referidos al principio de la vida hu-mana, considerando las causales previstas en el proyecto de ley para des-penalizar el aborto: enfermedad con grave de riesgo vital para la madre, malformación fetal letal y violación.

Estudiantes analizan el fenómeno de la migración en la actualidad14 de octubre 2015

Un interesante análisis comparado a las sentencias del Tribunal Eu-ropeo de DDHH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos se de-sarrolló en el conversatorio “Fenómenos Migratorios en la Actualidad: el debido proceso administrativo a la luz de la jurisprudencia internacional”, organizado por el Centro de Estudios Internacionales de la Facultad de Derecho de la UCSC.

“La importancia de analizar temas como estos recae en fortalecer el pensamiento crítico de los alumnos, que como estudiantes de Derecho se nos exige una postura frente al acontecer nacional e internacional, porque de diversas maneras estamos llamados a enfrentar las preguntas de hoy cuando mañana seamos nosotros los responsables de dar respuestas” indicó Carla Chovar, alumna ayudante de Derecho Internacional Público, en relación a la importancia de analizar la realidad política y jurídica en que se insertan estos fenómenos que aumentan día a día.

El encuentro contó con la participación de Bárbara Cortés Cabre-ra, Licenciada en Cien-cias Jurídicas y Socia-les de la Universidad Alberto Hurtado, quien expuso sobre la sen-tencia “Affaire Khlaifia et autres v. Italie”.

Especialistas analizan conflicto chileno – mapuche15 octubre 2015

Distintas perspectivas de un fenómeno que se ha mantenido a lo largo de nuestra historia dio vida al foro “Miradas contemporáneas sobre el conflicto chileno – mapuche”, organizado por Observatorio de Políticas Públicas, Gobierno y Realidad Social con el apoyo del Centro de Alumnos de la Facultad de Derecho.

El encuentro contó con la intervención de Rubén Elgueta Reyes, académico de la UCSC, quien analizó los antecedentes históricos del conflicto; Marianela Cartes Quintrileo, Directora del programa de Educación Intercultural de la Seremi de educación del Bío-Bío, quien ahondó en la falta de reconocimiento cultural hacia las comunidades indígenas; Scartlet Andrade Cárdenas, Licenciada en Ciencias Jurídi-cas, quien se refirió a causas que aluden a la excesiva violencia con-tra los mapuches involucrados du-rante su detención; y Ricardo Terán Scholtbach, Defen-sor Penal Público, quien abordó el tema del Derecho Penal del enemigo en el conflicto en cuestión.

Dr. David Vargas expone en VI Jornadas de Responsabilidad Civil sobre daños en el Derecho de Familia de la PUC17 de octubre 2015

Invitado por el programa de Doctora-do en Derecho de la Pontificia U. Católica de Chile y la Revista Chilena de Derecho, el profesor David Vargas expuso en las VI Jornadas de “Responsabilidad civil sobre daños en el Derecho de Familia”, encuen-tro inaugurado por la académica española Alma María Rodríguez y que contó con la participación de los destacados profe-sores nacionales Hernán Corral, Carmen

Domínguez, Ruperto Pinochet, Lilian San Martín, Joel González y Yas-na Otárola. El académico de nuestra Facultad, presentó la ponencia “La responsabilidad civil de los padres en relación a los daños produ-cidos o sufridos por los hijos”.

Debe destacarse que el profesor Vargas, además, participó como miembro del Tribunal Doctoral que evaluó la tesis de la profesora Yasna Otárola Espinoza, aprobada como tal en el programa de Doc-torado en Derecho de la Pontificia U. Católica de Chile.

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Derecho en la UCSC18

extensión

Dr. Rodrigo Fuentes capacita a futuros ministros de Corte de Apelaciones19 de octubre 2015

En el marco del Programa de Habi-litación que busca dar cumplimiento al requisito legal (Art. 253 COT) impuesto a los jueces de letras de realizar un curso de perfeccionamiento profesional como requi-sito para acceder al cargo de ministros de Corte de Apelaciones y fiscales del Poder Judicial, el Dr. Rodrigo Fuentes, profesor de Derecho Civil de nuestra Facultad, im-partió el módulo “Cumplimiento e incum-plimiento de las obligaciones” en el curso

organizado por la Academia Judicial.De acuerdo al mandato de la Ley de la Academia Judicial, este

curso debe contemplar los distintos aspectos del Derecho Sustantivo y Procesal que sean pertinentes, así como los conocimientos y des-trezas habilitantes para el cumplimiento de las funciones de Ministro de Corte. “El núcleo central de mis clases estuvo en el tratamien-to del cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones desde la perspectiva de las nuevas propuestas en el Derecho comparado, así como de los más recientes pronunciamientos en la doctrina y juris-prudencia nacional. El curso fue muy participativo y valoró bastante bien mi planteamiento”, indicó el académico.

Académicos de Derecho capacitan a miembros del Poder Judicial en Santiago20 de octubre 2015

En el marco del programa de perfeccionamiento de la Academia Ju-dicial del año 2015, los civilistas Rodrigo Fuentes, Sergio Galaz y Gonzalo Montory dictaron el curso “Nulidad e inexistencia: ineficacia en general de los actos jurídicos” a Ministros de Corte y Jueces de Letras. Dicha ca-pacitación se convirtió en un hito significativo para la historia de la UCSC, puesto que, si bien, desde hace ya un par de años que nuestra Facultad ha dictado cursos para la Academia Judicial, esta es la primera vez que se dirige a los miembros del Escalafón Primario de Poder Judicial.

Cabe mencionar que anualmente dicha institución deja en manos de profesionales altamente calificados, mediante un proceso de licitación, distintos cursos de perfeccionamiento orientados a dotar a los miembros del Poder Judicial de las destrezas y los criterios básicos necesarios para desempeñar sus funciones, así como fortalecer los principios que informan el quehacer jurisdiccional.

Dr. John Tito realiza visita académica a nuestra Facultad26 de octubre 2015

Con la charla “Hacia un modelo de armonización del Derecho Privado Lati-noamericano”, el Dr. John Tito Añamuro comenzó una serie de actividades progra-madas en el marco de su visita a nuestra Facultad, convocando exitosamente a miembros de la comunidad académica y estudiantil de pre y posgrado en torno a las principales conclusiones de sus trabajos de investigación en el área del Derecho civil y, en especial, respecto de la integración jurídica del Derecho privado latinoamericano

El profesor peruano, docente de la U. del Norte, Barranquilla, Colombia, dictó, además, una completa cátedra sobre el análisis eco-nómico del divorcio a los postulantes de la V versión del Magíster en Derecho Procesal de Familia, en el módulo de Derecho Matrimonial II, invitado por el académico a cargo de la asignatura, Dr. Rodrigo Fuentes.

“Resulta especialmente destacable la invitación que el profesor Tito formuló a todos nuestros académicos para publicar en revistas indexadas de Colombia sobre temas jurídicos de interés para ambos países”, indicó el profesor Rodrigo Fuentes, en relación a la reunión del profesor peruano con el cuerpo docente de nuestra Facultad con la cual finalizó su paso por las aulas de la UCSC.

Derecho desarrolló curso de actualización sobre Derecho Público Chileno29 de octubre 2015

Con la intervención del profesor Fernando Saenger G, Jefe del Depar-tamento de Derecho Público de la UCSC, comenzó la primera versión del curso de actualización jurídica “Temas Actuales del Derecho Público Chile-no”, convocando a 16 miembros de la comunidad jurídica de Concepción.

El objetivo del curso está orientado a abordar los temas más importan-tes en el Derecho Público de nuestro país en los últimos años, en materias tales como el control de supremacía constitucional, el recurso de inaplica-bilidad e inconstitucionalidad, la evolución en materia de responsabilidad civil y penal del Estado en sus diversas manifestaciones, entre varios temas.

Cabe mencionar que el cuerpo do-cente del programa estuvo integrado por los profesores de la UCSC Fernando Jiménez Loosli, Álvaro Sepúlveda San-hueza, Ricardo Yáñez Ramírez, Francis-co Santibáñez Yáñez y Cristian Gutiérrez Lecaros y contará además con la inter-vención de los académicos Cecilia Lato-rre Florido y Raúl Bertelsen Repetto, este último ex ministro del Tribunal Constitu-cional.

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Academia & Extensión 19

Una visita ilustre recibió la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Con-cepción. Se trata del académico español Eugenio Llamas Pombo, Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Salamanca, quien dictó la conferencia “Cumplimiento por equivalente y resarci-miento del daño al acreedor”, en actividad organizada por el Departamento de Derecho Privado y el Magister de Derecho Privado.

La conferencia del profesor Llamas fue comentada por el Dr. Daniel Peñailillo Arévalo, Abogado Integrante de la Excma. Corte Suprema y profesor de nuestra Facultad, luego de la cual se generó un intenso debate entre ambos juristas y los miembros de la comunidad jurídica.

Durante el encuentro, el catedrático español fue designado Profesor Visitante de la UCSC, adscrito a la Facultad de Derecho, en virtud a su intensa trayectoria profesional y aporte académi-co, estrechando aún más el vínculo académico entre nuestra Casa de Estudios y la Universidad de Salamanca.

Antes de finalizar su paso por las aulas de la UCSC, Eugenio Llamas participó en el módulo “Responsabilidad extracontractual” de la tercera versión del Magister en Derecho Privado.

Comunidad Universitaria reflexionó sobre la despenalización del aborto6 de noviembre 2015

Destacado catedrático español visitó la Facultad de Derecho6 de noviembre 2015

Derecho premió a sus mejores deportistas de la temporada23 de diciembre 2015

Organizado por el Instituto de Teología de la UCSC, a través del Ins-tituto Superior de Bioética, se realizó un nuevo debate sobre el proyecto de ley impulsado por el Gobierno de “Despenalización del Aborto”. El encuentro fue presentado por el Arzobispo de Concepción y Gran Can-ciller de la UCSC, monseñor Fernando Chomalí, quien comentó que “la despenalización del aborto es un tema de ética y moral, no religioso. Los escenarios en los que se postula esta alternativa son dolorosos para la mujer, pero por sobre todo hay que tener respeto por la vida humana, por una sociedad responsable por los derechos humanos”.

Participaron como ponentes las profesoras Constanza Cornejo, Secretaria Académica de nuestra Facultad (UCSC), Ximena Gauché (UDEC) y Claudia Hurtado (UDD).

Los mejores del año, en distintas especialidades deportivas, fueron reconocidos por el Deportivo de Derecho UCSC, agrupación que des-tacó lo hecho durante el año en los distintos torneos y competencias en las cuales estuvo presente la carrera.

La premiación condecoró a los ganadores del campeonato de baby fútbol Copa Derecho 2015 “Jorge Caro Ruiz”, en donde obtuvo el primer lugar el equipo “Unión Civil”. Además se distinguió como goleador del campeonato al alumno Diego Gaete, quien también recibió el premio al mejor jugador del campeonato.

Por otro lado, se realizó la premiación de los mejores deportistas de este año en cada disciplina, siendo distinguidos los alumnos Sebastián Pérez (ajedrez), Yenifer Escobar (atletismo), Matías Vásquez (basquet-bol), Magdalena Cortés (baby fútbol), Diego Gaete (fútbol), Valentina Cifuentes (tenis de mesa) y Fernanda Herrera (voleibol). Además, se entregaron reconocimientos especiales a Magdalena Cortés (mejor deportista del año), Felipe Soto (trayectoria) y Nicolás Pino (espíritu deportivo).

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Derecho en la UCSC20

clínica Jurídica

Constante fortalecimiento de nuestras clínicas jurídicas.A propósito de la formación de nuestros alumnos de práctica profesional

En nuestra malla curricular se prevé, en el último año, la asignatura de Práctica Profe-

sional, mediante la cual se permite a nuestros alumnos poder vincularse con la sociedad, dándole vida a sus conocimientos teóricos y, por cierto, a sus afanes de atención de per-sonas que concurren a nuestras Clínicas Ju-rídicas en busca de asesoría especializada y apoyo.

Pues bien, teniendo en cuenta lo dicho, se ha seguido en la senda de incrementar los es-fuerzos destinados a generar instancias que permitan a nuestros educandos ser partícipes del trabajo diario de instituciones públicas vinculadas al quehacer jurídico, para lo cual, a la fecha, existen diversos convenios de co-laboración con múltiples entidades, a propó-sito de los cuales nuestros alumnos realizan pasantías en éstas. En ese sentido, en el año 2015, se suscribieron convenios de colabora-ción con el Consejo de Defensa del Estado y con el Servicio Nacional del Consumidor, a los que se añade el addendum de convenio sus-crito con la “Fundación Ciudad del Niño Ri-cardo Espinoza”. En el mes de marzo de 2016

esperamos suscribir otro con la Superinten-dencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Estamos convencidos que la posibilidad

que nuestros alumnos efectúen pasantías re-vitaliza y fortalece el trabajo que éstos deben realizar en nuestras Clínicas Jurídicas (que, a la fecha, suman 4), dado que de este modo –a nuestro juicio– quedan dotados de una visión mucho más empírica de su futura pro-fesión (como de la obligación social que nace de la misma), mejorando, asimismo, la empa-tía y profundidad en su actuar, condiciones necesarias a la hora de enfrentar el trabajo

semanal con nuestros consultantes, a objeto de lograr una mejor y más sólida atención de aquellos que concurren en búsqueda de ayu-da y orientación.

Con el mismo afán antes descrito, en el año 2016, pretendemos reforzar la formación de nuestros estudiantes en aspectos relacio-nados con el manejo de conflictos y negocia-ción, como también en lo tocante a las técni-cas de atención de usuarios; iniciativas todas que apuntan al corazón de nuestro quehacer: el fortalecimiento de nuestras Clínicas Jurídi-cas.

Mauricio Ortiz Solorzacoordinador de

clínicas Jurídicas

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Academia & Extensión 21

ex alumnos

Rodrigo Míguez NúñezProfesor de Derecho Privado

Università del Piemonte Orientale, Italia

¿Por qué decidió estudiar Derecho?

Fue una elección natural, madurada desde tiempos de mis estudios en enseñanza media; la afinidad que tuve con la historia y el oficio de mi padre, abogado, fueron decisivos al momento de optar por Derecho.

¿Qué recuerdos tiene de su formación en la Facultad?

En ámbito personal los mejores: fue la cuna de amistades, con coetáneos y profesores, que conservo hasta hoy. En lo que respecta al apren-dizaje, recuerdo una excelente formación en ra-mos de derecho público y privado (procesal y sustantivo). Contribuyó a ello la rotación de los docentes de cada área. La exigencia era alta y las notas, aunque a veces no generosas, eran merecidas. Recuerdo, además, que la enton-ces malla curricular anual comportaba una gran concesión de libertad –y otro tanto de respon-sabilidad– que, bien aprovechada, ayudaba a forjar cierta autodisciplina.

¿Recuerda algún profesor que lo haya marcado?

Por su influencia en mi interés por la ma-teria, las lecciones de Derecho civil con el pro-fesor Daniel Peñailillo fueron fundamentales. Su aporte en mi disciplina es un continuo. Ha in-fluenciado muchos aspectos de mis decisiones académicas. Recuerdo también haber tenido un excelente profesor de Derecho tributario, el añorado Jorge Caro. No olvido las lecciones de Derecho penal con el ministro Guillermo Silva; fueron muy instructivas, sobretodo en su per-fil práctico. Punto aparte su particular carisma, las clases fluían entre teoría, realidad y buena dosis de humor. Podría continuar: en áreas de derecho político, procesal civil y comercial tuve profesores excepcionales.

¿Cómo ha vivido el ejercicio de la profesión?

En mi experiencia es esta una pregunta algo compleja. Si por profesión entiendo la relación con clientes y la tramitación de causas, en reali-

dad no es mucho lo que puedo comentar. Mi ac-tividad es la docencia y es en este ámbito donde puedo extenderme. Quien dedica su tiempo a la academia sabe que su energía se concentra fundamentalmente en el estudio del Derecho. Es banal decir que en este terreno toda experiencia es muy positiva y enriquecedora. En mi caso, he profundizado áreas no del todo convenciona-les para el civilista. La antropología y la historia son, por ejemplo, disciplinas con las que dialogo diariamente. Como en toda ciencia, creo en la necesidad de observar los fenómenos con un enfoque multidisciplinario, o sea, entender que también en lo jurídico las normas se construyen gracias a una ecología de saberes. La técnica del Derecho comparado, que ayuda al intérpre-te, entre muchas otras cosas, a descubrir que la regla plasmada en ley es sólo una expresión más del puzzle de una cultura jurídica, se basa en dicho enfoque.

¿Por qué decidió estudiar un doctorado?

Por curiosidad, quería saber cómo en otras latitudes los mismos problemas podían resol-verse en modo diverso. Contribuyó también el haber notado, durante mi tiempo de tesista, que la investigación de temas jurídicos podía ser lo mío. Concluyendo mis estudios me interesé por el Derecho comparado, por su teoría y esto me condujo a caminos insospechados. Turín fue mi primera meta.

¿Cómo ha sido la experiencia fuera de Chile?

Como estudiante e investigador he tenido la oportunidad de trabajar en lugares muy disími-les e interesantes, aprender de varios maestros y gozar de tiempo suficiente para desarrollar propuestas teóricas. En mi calidad de docente me he adecuado a un sistema bastante diver-so al chileno. Italia ofrece al civilista una suerte de híbrido entre el sistema francés y el alemán. La fijación conceptual alemana dejó allí grandes huellas. Dicho carácter permea la instrucción y el programa del derecho civil. Se enseña dere-cho privado (miscelánea de institutos básicos) a alumnos de primer año y civiles monotemá-ticos de profundización en los años sucesivos. El resultado es por tanto muy provechoso, pues descubro un sistema desde sus cimientos. Tema aparte es mi relación con la burocracia y las for-malidades del oficio docente, muy diversas por cierto a las chilenas. Ello podría ser tema de un breve artículo.

¿Algún consejo o mensaje para las futuras generaciones?

Creo que todo inicia por la curiosidad. La curiosidad es una virtud, que como tal, debe ser cultivada. Se trata de una cualidad muy sub-estimada, sobre todo en tiempos donde todo parece estar hecho para simplificar las eleccio-nes, incluso las más personales. Quien aprecia y adiestra su curiosidad tiene un gran instru-mento, pues conoce bien lo que puede ser, es más potencia. Esta sugerencia se conecta con un segundo mensaje, ahora dirigido a los estu-diantes de derecho. Creo que hoy, cuando de crisis de las tradicionales alternativas de la pro-fesión sin parsimonia se vocifera, es necesario ser muy consciente que el título de licenciado en Derecho –o si se quiere de abogado– permite acceder a ámbitos siempre más insospechados del mundo laboral. Desde luego, la globaliza-ción, su ola tecnológica, en este caso ayuda y la curiosidad, si es potenciada, podrá conducir a un evidente resultado: quien elija en forma sen-sata, con mucha probabilidad, amará su oficio. El camino no es fácil, pero también aquí, como en muchos aspectos de la vida, la pasión es fuente de perseverancia.

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Derecho en la UCSC22

posgrados en la facultad

Magíster en Derecho Privado: alianza estratégica con la Fundación General de la U. de Salamanca

Con éxito se ha desarrollado la III versión del Magister en Derecho Privado de la Facul-tad de Derecho de la UCSC, que ha conta-do con la novedad de haber sido organizada en forma conjunta con la Fundación General de la U. de Salamanca. Esta circunstancia ha posibilitado que los estudiantes de este pro-grama interactúen con profesores nacionales y extranjeros, además de ser partícipes de las actividades especiales organizadas en este marco.

Así aconteció con la visita de la académi-ca española Dra. Nieves Martínez Rodríguez, quien, junto a los profesores de nuestra Fa-cultad, Dr. Carlos Céspedes y Dr. David Var-gas, fueron los conferencistas del Seminario “Acuerdo de Unión Civil, Ley 20.830”, que fue escuchado por un Auditorio repleto de abo-gados, profesores y estudiantes.

Otro tanto ocurrió con la conferencia

el primer semestre de 2016 cuando nos visi-ten las académicas del viejo estudio salmanti-no, Dra. Esther Torrelles Torrea y Dra. Estrella Toral Lara.

Se espera durante el año 2016 tener a los primeros graduados, puesto que se encuen-tra en plena actividad la conformación del primer tribunal que evaluará los trabajos de investigación de nuestros egresados.

Magíster en Derecho Penal graduó a quinta generación

En el marco de la quinta graduación del Magister en Derecho Penal de la UCSC, el abogado español Miguel Ángel Cano Paños realizó la conferencia “El Terrorismo hoy: Un problema criminológico y jurídico penal”, marcando además el comienzo del año académico del programa de posgra-do. El encuentro convocó a miembros de la comunidad jurídica, docente y universitaria local quienes dialogaron con el especialista en criminalística y terrorismo sobre las re-percusiones de este ilícito a nivel global y cómo se ha manifestado en Chile y América Latina, a pesar de estar muy lejos de alcan-zar la magnitud del terrorismo europeo.

Luego de la conferencia, se dio paso a una solemne ceremonia, donde 26 profe-sionales de la justicia recibieron el diploma que los distingue como Magíster en Dere-cho Penal, luego de sortear exitosamente dos intensos años de estudio y perfeccio-namiento.

“Quienes reciben hoy el grado de ma-gíster han demostrado a la sociedad y a esta

Universidad la necesidad de estar en un pro-ceso de educación continua, el Derecho no termina cuando se recibe el título”, señaló el Director Académico del programa Jaime Ná-quira, haciendo hincapié en la vocación por la superación personal y profesional al servicio de la justicia. Valoró, además, el trabajo con-junto de quienes cada año hacen posible la realización del programa, docentes y personal administrativo, quienes han permitido que el Magíster en Derecho Penal se imparta ininte-

rrumpidamente desde el año 2008.Con más 80 egresados insertos en la

comunidad jurídica nacional, el Magíster en Derecho Penal se ha consolidado como una herramienta eficaz de especialización para aquellos profesionales que vieron en este programa una posibilidad de perfecciona-miento sobre la base de la rigurosa forma-ción orientada a entregar los conocimientos y destrezas para un cabal desempeño en las distintas áreas del ejercicio disciplinar.

“Cumplimiento por equivalente y resarci-miento del daño al acreedor”, que brindó el Catedrático de Derecho Civil de la U. de Salamanca Dr. Eugenio Llamas Pombo ante una masiva concurrencia y que contó, ade-más, con el comentario del Dr. Daniel Peñai-lillo Arévalo, actual Abogado Integrante de la Excma. Corte Suprema.

Estas actividades se mantendrán durante

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Academia & Extensión 23

posgrados en la facultad

Magíster en Derecho Procesal de Familia gradúa a tercera generación

VI versión del Curso de Formación en destrezas de litigación oral convocó a profesionales de la Región

En virtud de los nuevos paradigmas que se instalaban con la reforma a la justicia de familia y la exigencia de un formato distin-to de enseñanza y entrenamiento legal, la Facultad de Derecho de la UCSC decidió lanzar la primera versión del Magíster en Derecho Procesal de Familia, que hoy se enorgullece de entregar a la comunidad jurídica la tercera generación de profesio-nales capaces de comprender las lógicas del nuevo sistema e incorporar las prácticas adecuadas que éste exige.

Acompañados por familiares y amigos, cinco abogados de distintos puntos del país se reunieron para finalizar una importante etapa de estudio y perfeccionamiento plas-mado en el diploma que los distingue como Magíster en Derecho Procesal de Familia, en una solemne ceremonia que se realizó en el Auditorio de nuestra Facultad.

En el acto se dirigió a los asistentes la Secretaria Académica de la Facultad, doña Constanza Cornejo, quien hizo una reflexión sobre la necesidad ineludible de la forma-ción de posgrado y la relevancia del pro-grama de Magister en Derecho Procesal de

Familia, como fuente importante del proceso de modernización en la tramitación de los procesos de familia.

A su vez, el Director del Magíster, don Cristian Gutiérrez, recordó el cumplimiento de los diez años de la implementación de la Re-forma de Familia y valoró, muy especialmente, la incorporación de Jueces de Familia como estudiantes y actuales graduados del Progra-ma.

En representación de los graduados, doña

Carla Valladares, quien es actualmente Jue-za de Familia de Talca, compartió unas cá-lidas palabras de agradecimiento hacia los docentes, compañeros, familiares y amigos, valorando el apoyo de éstos, tanto en la par-te académica como en la emocional, que le permitieron sortear los años de estudio.

El programa, impartido ininterrumpida-mente desde el año 2010, abrió el 30 de noviembre próximo la convocatoria para la VII versión 2016-2017.

Ante la creciente implementación del sistema de oralidad en los juicios en Chile, el “Curso de formación en destrezas de litigación oral” se ha ganado un espacio entre la comunidad jurídica como una excelente alternativa de perfeccionamiento.

La VI versión del programa impartido por el Centro de Estudios en Des-trezas de Litigación Oral de la Facultad de Derecho de la UCSC, convocó a 19 licenciados y abogados que optaron por actualizar sus conocimientos y adquirir nuevas técnicas de litigación.

El programa, orientado a entregar los conocimientos básicos, técnicas, herramientas y destrezas de litigación oral, proporcionando un modelo prác-tico de desarrollo de un proceso oral, contó con la intervención de los acadé-micos Georgy Shubert, Ramón García, Marcela Cartagena, Carla Hernández, Rodrigo Soto, Waldo Ortega y Cristian Gutiérrez, todos ellos con una reco-nocida experiencia en el ejercicio profesional y en las aulas universitarias de pre y posgrado, lo que les ha permitido transmitir, desde la primera versión, la teoría y su aplicabilidad en la práctica cotidiana.

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Derecho en la UCSC24

nuestros alumnos

Mauricio Vera, Presidente CAA Derecho 2015-2016

“Involúcrate por más”

Motivado por estudiar Ciencias Jurídicas en una institución de prestigio regional,

Mauricio Vera Jeldres se unió a la comunidad UCSC el pasado 2010. Un año más tarde, con el inicio del movimiento estudiantil, participó de las actividades del Centro de Alumnos que en ese entonces dirigía Vladimir Jofré, comenzando a involucrarse paulatinamente en la dirigencia estudiantil, apoyando, tam-bién, al ex presidente del CAAD Boris Ne-grete, bajo la misma línea directiva orientada al pluralismo y la inclusión. Actualmente se encuentra preparando el examen de grado y concretando los desafíos pendientes de un proyecto orientado a crear una escuela parti-cipativa, junto con los profesores, estudiantes y funcionarios, y, así, hacer de la facultad un espacio de reflexión y retroalimentación posi-tiva para todos.

¿Es difícil representar a tus compañeros y cumplir como estudiante?

Por supuesto. Sabemos bien que el estu-dio del Derecho requiere constancia y tiem-po, por lo cual al principio costó poder lle-var a cabo ambas tareas. Luego de un mes

de adaptación pude compatibilizar bien mis tiempos y, así, concretar los proyectos, lo-grando egresar en diciembre del año pasado.

¿Qué sugerencias les darías a los nuevos estudiantes para alcanzar un buen rendimiento académico?

Siempre a los chicos les digo lo mismo: constancia y perseverancia. Esta carrera no es para genios, sino para aquellos que se es-fuerzan para cumplir sus objetivos. Plantéen-se bien sus métodos de estudio, sean discipli-

nados y ordenados y así podrán cumplir sus objetivos.

En relación al trabajo del CAAD, ¿Cuáles son los principales logros del año 2015 y desafíos para el 2016?

Entre varias metas que nos propusimos, hemos podido concretar la adquisición de más computadores para el laboratorio de la escuela; una nueva sala de estudio exclusiva para el examen de grado; concretar además, el tan anhelado proyecto del ascensor, que ya se venía gestionando bajo la dirigencia de Boris Negrete, que después de intensas con-versaciones junto a directivos de la Universi-dad y la impronta del señor Decano, Fernan-do Monsalve, es una realidad; y el aumento de cursos optativos de profundización, tarea esmerada de nuestro secretario académico Cristóbal Bardales, entre otras iniciativas. Ya estamos terminando nuestra gestión, quedan muchos desafíos y metas pendientes. Gabriel Acuña, secretario general, está comprometido con la obtención de la personalidad jurídica del CAAD, que tanto sirve para poder postular a proyectos y realizar mayores actividades.

CCAA 2015

Presidente: Mauricio VeraVicepresidente: Daniela OlaveSecretario General: Gabriel AcuñaSecretario Académico: Cristóbal BardalesSecretaria de Finanzas: Javiera MarchanSecretaria de Comunicaciones: Constanza CarreraVocal de Bienestar: Kevin MoscosoVocal de Acción Social: Manuel LeivaVocal de Cultura: Cristian ConstanzoVocal de Deportes: Claudio Abarzúa

ACTIVIDADES DESTACADAS

Charla Seremi de Justicia

Inauguración nueva sala de estudio

Feria intercultural

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Academia & Extensión 25

nuestros alumnos

Ad Honorem realiza ciclo de charlas magistrales abiertas a la comunidad universitaria y jurídica local

Dar a conocer a la comunidad los princi-pales puntos de vista sobre temas de contin-gencia, para así colaborar en el proceso de formación de opinión por parte de los ciuda-danos, es uno de los grandes objetivos que se ha propuesto el colectivo “Ad Honorem”, grupo intermedio de la Facultad de Derecho de la UCSC compuesto por Cristóbal Barda-les, Josefa Muñoz, María Fernanda Miranda, Juan Rivas y Matías Vásquez.

Con un interesante ciclo de charlas ma-gistrales, comenzaron sus actividades, invi-tando a profesores de nuestra Casa de Es-

tudios a debatir materias de trascendencia mediática y/o jurídica, entre ellas, el Acuerdo de Unión Civil, la Reforma Procesal Civil y el Aborto, logrando una gran convocatoria en la comunidad universitaria y jurídica penquista.

“Estamos satisfechos con la excelente recepción entre nuestros compañeros y pro-fesores quienes nos han felicitado y motivado a continuar con esta iniciativa. Se logró crear una instancia de diálogo que permite enri-quecer el debate y la opinión crítica sobre la actualidad jurídica”, indicaron los integrantes de Ad Honorem.

Centro de Estudios de Derecho Penal Iter Criminis se une a comunidad universitaria

Con la charla “Historia de la Ley 20.000, tramitación, reformas, estructura y críticas”, el Centro de Estudios de Derecho Penal Iter Criminis se presentó a la comunidad univer-sitaria, logrando una excelente convocatoria entre sus compañeros, egresados y alumnos del Magíster en Derecho Penal de la UCSC.

El primer encuentro del colectivo, com-puesto por Fernanda Aguilar, Marlene Ávila, Ana Barrientos, Javier Bustos, Pablo Gutié-rrez, Constanza Lara y Horacio Sáez, contó con la exposición de Juan Yáñez Martinich, Fiscal Adjunto de la Fiscalía de Talcahuano, y Francisco Molina, ex alumno de nuestra

Facultad y Defensor Penal Público Peniten-ciario, quienes ahondaron en la Ley 20.000, que sustituye la Ley 19.366, y que sanciona el tráfico ilícito de estupefaciente y sustancias sicotrópicas.

Motivados por avanzar hacia una univer-sidad con identidad y participación en el área del Derecho Penal a través de la realización de actividades junto con profesores y otros especialistas, el nuevo grupo intermedio de la Facultad de Derecho se ha propuesto res-ponder a las constantes e incipientes exigen-cias de una sociedad que cada día está más crítica con el sistema penal y judicial.

Estudiantes de Derecho triunfan en torneo de Debate USS 2015 El primer lugar en el “I Campeonato Inter-

facultades de Debate Universidad San Sebas-tián Concepción 2015” obtuvieron los estu-diantes de nuestra Casa de Estudios Cristóbal Bardales y Lino González.

La iniciativa, orientada a fortalecer habili-dades de pensamiento crítico y cultura cívica en el contexto de discusión e identificación de distintos puntos de vista en conflicto, median-te la elaboración de discursos argumentativos orientados a la resolución razonada del pro-blema, se desarrolló entre el 4 y 28 de agosto del pasado año, en dependencias de dicha institución.

“La principal motivación que nos une a participar en estos torneos es principalmen-te fomentar y practicar el debate como una actividad dialógica que permite la construc-ción de argumentos, el fortalecimiento de la expresión corporal al momento de defender una postura y el desarrollo personal y acadé-mico que esta actividad conlleva”, indicó Lino González, agregando que junto con Cristóbal Bardales han practicado esta disciplina desde el colegio, adjudicándose el año 2013 el pri-mer lugar de la interescolar regional de deba-te organizado por la UCSC.

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Derecho en la UCSC26

autores noveles

alumno: stephanie fernández reyes

memoria dirigida por:dr. rodrigo fuentes guíñez

De la agrupación contractual, y en especial de los contratos conexos.Noción, efectos y tipología

Se distinguen dos tipos de agrupamiento. Los “grupos de contratos con dependencia unilateral” son conjuntos en que debido a la naturaleza de los contratos, uno prevalece y es determinante en la fase de celebración y ejecución de los otros, de manera que su ineficacia provoca la ineficacia de los demás contratos del conjunto, como en las cadenas de contratos. “Los Contratos Conexos o Inter-dependientes” son un supuesto integrado por dos o más contratos autónomos, pero vincu-lados por un nexo o conexión funcional para la realización de una operación compleja que persigue una finalidad global, por ejemplo, el contrato de consumo y el de financiación. El elemento esencial es el nexo, que consiste en el “vínculo funcional de cooperación o co-laboración, que determina la celebración de los mismos y hace que supongan recíproca-mente la ejecución de los otros contratos para alcanzar la finalidad común”.

Se producen una serie de consecuencias jurídicas, que si bien pueden presentarse en ambas clases de grupos, revisten mayor com-plejidad en los últimos al producirse en forma recíproca. Tales son: la interpretación con-junta de los contratos; la propagación de la ineficacia; la extensión de la responsabilidad por medio de la acción directa que permite perseguir la responsabilidad contractual con-tra una parte vinculada, esto es, la parte de un contrato del grupo con la cual no se ha contratado; y cuestiones procesales alteradas por la conexidad.

Lo cierto es que en el estudio de este fenómeno Francia, Alemania y otros nos lle-van amplia ventaja, incluso el nuevo Código Civil y Comercial de Argentina lo consagra expresamente; la doctrina nacional no le ha dado gran importancia, desaprovechando los beneficios de su aplicación, sin embargo, nuestra jurisprudencia comienza tímidamente a reconocerle.

La falla de un vehículo comprado con cré-dito ¿afecta a la institución financiera que

lo otorga? ¿La resolución de la venta permite dejar sin efecto el mutuo? Son varios los in-tereses comprometidos en esta problemática, ante la cual es imposible desconocer que en oposición a contratos únicos o a dos o más contratos simplemente relacionados, existen grupos o conjuntos de contratos con una re-lación de dependencia o interdependencia, lo que se denomina “agrupación contractual”.

Existe un “grupo de contratos” cuando “dos o más contratos, sin perder su identidad, se afectan unilateral o recíprocamente, gene-rando una situación de dependencia o coo-peración en su fase de formación y cumpli-miento, y cuya fuente es la naturaleza misma de los contratos o un nexo jurídico-económi-co”. El efecto común a todo “conjunto con-tractual” es la propagación de la ineficacia de un contrato a los demás, en ese sólo sentido o en ambos según el caso. En este punto se propone que en un mismo proceso se solici-te la declaración de ineficacia propia de uno de los contratos y, sobre la base de ésta y la acreditación de la dependencia unilateral o la conexidad, obtener la declaración de inefica-cia propagada o ambulatoria.

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Academia & Extensión 27

autores noveles

alumno: sebastián bustamante rivera

tesina dirigida por: profesor alfonso valdés hueche

“La Prueba en materia tributaria: diferencias con la prueba substantiva civil”

La problemática de la carga de la prueba en materia tributaria es un tema que tradicio-

nalmente ha ocupado la atención de la doc-trina, atendida la construcción jurisprudencial que, elaborada sobre la base del artículo 21 del Código Tributario, resume su tratamiento en un simple y categórico axioma: la carga de la prueba recae siempre en el contribuyente, tanto en la fase administrativa como judicial, encontrándose el Servicio de Impuestos In-ternos liberado de probar.

Dicha formulación ha sido estrictamente aplicada por la judicatura tributaria, con ante-rioridad y posterioridad a la reforma de la Ley 20.322, sin efectuarse las distinciones que es dable establecer a la luz del propio texto legal y de la circunstancia de que ahora, a diferencia de antes, el Servicio de Impuestos Internos reviste la condición de parte en las controversias tributarias.

Esta concepción tradicional es abordada por don Sebastián Bustamante Rivera en su tesina titulada “La Prueba en materia tributa-ria: diferencias con la prueba substantiva civil”, con el afán crítico que es esperable de un es-tudioso de la disciplina jurídica, que entiende certeramente que otro prisma es plenamente sustentable, a la luz de la misma disposición citada y de las nuevas concepciones sobre la prueba, a las que no puede estar ajeno el De-recho Tributario.

Es así que el autor en la obra citada nos ofrece una minuciosa exposición de las teo-rías elaboradas por la literatura jurídica sobre la materia, con especial referencia al artículo 1698 del Código Civil, regla fundamental de la legislación común, concluyendo que ésta, en relación al artículo 21 del Código Tributario, se encuentra en una situación de complemento, tesis recogida por algunos autores pero no así por la rigurosa postura jurisprudencial.

Es a partir de este punto de su trabajo en que el autor empieza a introducir elementos enriquecedores en el debate, abogando por la aplicación de nuevos conceptos en lo que toca al contencioso tributario, que no reviste a su juicio el carácter inquisitivo que tradicional-mente se le ha atribuido. Con ello, el aporte y producción de la prueba es exigible a los in-tervinientes, Fisco y administrado, en un plano de igualdad, siendo equivalentes para ellos las consecuencias perjudiciales derivadas del no cumplimiento de esta carga procesal.

La presunción de legalidad de los actos administrativos establecida en la Ley 19.880, demanda igualmente la atención del autor, en tanto su aislada consideración pudiere cimentar la irreductible posición jurispruden-cial. Apoyado en valiosas sentencias de los nuevos Tribunales Tributarios y Aduaneros –quienes en forma progresiva han desarro-llado el principio de fundamentación como

requisito de validez del acto administrativo– el autor apunta criteriosamente que la activi-dad probatoria de la Administración siempre deberá desplegarse y explicitarse en el acto administrativo, so riesgo de que la pretensión fiscal plasmada en el acto liquidatorio resulte infructuosa.

Finalmente, con la exposición de la teoría de las cargas probatorias dinámicas en mate-ria tributaria, aspecto novedoso, que centra la carga de probar en aquel de los intervinien-tes que se encuentre en mejor condición de acreditar, el autor termina por desarrollar un trabajo que destaca por la meticulosidad en el tratamiento de las fuentes doctrinales y jurisprudenciales disponibles, cuyas conclu-siones nos permiten avizorar que los concep-tos actualmente vigentes bien pueden verse alterados, sin que sea necesario emprender reforma legal alguna. Una nueva mirada juris-prudencial en el marco del proceso diseñado por la Ley 20.322, en que se recojan muchas de las ideas vertidas por el tesista, bastaría para ello.

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reseña de libros

DERECHO CONSTITUCIONALfernando Jiménez larraín

fernando Jiménez loosli

año 2014 / editorial u. católica de la ssma. concepción

La obra Derecho Constitucional, que en dos tomos nos presentan los profeso-res de nuestra Facultad de Derecho, los académicos Fernando Jiménez Larraín y Fernando Jiménez Loosli, pretende consti-tuirse, sin duda, en un elemento de apoyo al estudio del Derecho Público en nuestras aulas.

Este libro, que fuera presentado al mundo académico en mayo del año 2015 por el Gran Canciller de la UCSC, Mon-

una sistematización de aspectos históricos y normativos, entre otras fuentes jurídicas, que facilitan el estudio y comprensión del funcionamiento del sistema.

La presente obra, junto con las dos ediciones del libro Derecho Político de los mismos autores, se presenta como un conjunto bibliográfico unificador de los contenidos esenciales del Derecho Consti-tucional, que permite guiar su estudio a los alumnos, abogados y a todos quienes con-sideramos al Derecho Público como una de las disciplinas jurídicas más relevantes en la vida de los ciudadanos.

Valeska Opazo de la FuenteProfesora Derecho Político

LA COMPRAVENTAeugenio llamas pombo

año 2014 / editorial la ley (españa)

señor Fernando Chomalí, se encuentra es-tructurado en dos tomos. El primero de ellos expone, con claridad y detalle, los elementos relevantes de la historia constitucional de nuestro país, sin embargo, destaca en éste la intención de los autores de resaltar a la persona humana como elemento central de nuestro régimen constitucional.

El segundo expone los aspectos orgáni-cos más relevantes de las instituciones con-formadoras del sistema político, a través de

La omnipresencia del contrato de com-praventa en nuestra sociedad y la enorme multiplicidad de variedades que presenta, nos conduce naturalmente a constatar que, en rigor, debiéramos hablar de “las compra-ventas”. Ese es el espíritu que gobierna este verdadero tratado sobre la compraventa, que con exquisito rigor técnico nos presenta el querido Catedrático de Derecho Civil de la U. de Salamanca Dr. Eugenio Llamas Pom-bo, quien es además profesor visitante de la UCSC y adscrito al Magister en Derecho Pri-

vado de nuestra Facultad.Conforme a lo antes dicho, la obra se es-

tructura en cuatro partes: a) el régimen del Có-digo Civil español, circunscrito a la regulación de la venta que se lleva a cabo entre particu-lares; b) el régimen del Código de Comercio hispano, dirigido a la venta celebrada “entre comerciantes”, con todos los matices que ello requiere; c) la venta de bienes de consumo, donde interviene el consumidor y usuario, quien es, ante todo, un contratante y, en la ma-yor parte de los casos, un comprador; y, d) La

regulación de las ventas internacionales.Sin duda, estamos en presencia de un

trabajo de lectura obligatoria e ineludible para todos los que deseen profundizar sus cono-cimientos en el ámbito de la compraventa, además de contar con una útil herramienta de consulta.

Si bien dado su contenido se trata de una obra extensa, los estudiosos del Derecho, abogados y alumnos podrán conocer de ma-nera sistemática las diversas regulaciones de la compraventa en el ordenamiento español y europeo, con especial énfasis en la solución de los problemas prácticos que su aplicación presenta día a día.

Carlos Céspedes Muñoz

Profesor Derecho Civil

LOS CONTRATOS REALESJuan andrés orrego acuña

año 2015 / ediciones universidad finis terrae

Una obra necesaria para entender el origen, conceptualización e interpreta-ción de los contratos reales es la que nos presenta el profesor Juan Andrés Orrego. El citado autor, muy conocido entre los alumnos de pregrado por sus apuntes de clases, se ha ocupado de enfrentar con profundidad esta temática que no se ca-racteriza por tener una gran cantidad de trabajos a su haber.

Su estructura contempla los siguientes capítulos: a) ideas generales acerca de los contratos reales; b) del contrato de comodato o préstamo de uso, conteniendo una reseña significativa del precario; c) del contrato de depósito y del secuestro; d) del contrato de mutuo o préstamo de uso; e) del contrato de prenda; f) del contrato de anticresis.

Se trata de un libro de bastante utilidad, también, para los abogados litigantes, pues

cuenta con varias secciones denominadas “criterios jurisprudenciales” que clausuran los respectivos capítulos de los principales contratos reales, en los cuales se analizan las sentencias más relevantes sobre la materia.

Finalmente, huelga agregar que esta-mos en presencia de una obra seria que, como se anuncia en su prólogo, fue el re-sultado de un trabajo de largo aliento; lo cual se evidencia, entre otros, por sus refe-rencias a los orígenes históricos de la insti-tución y el recurso al Derecho comparado.

Carlos Céspedes MuñozProfesor Derecho Civil

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