Cuentas Por Cobrar

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GVA CONSULTORÍA Y CAPACITACIÓN S.C. “SEMINARIO DE CRÉDITO Y COBRANZAS” TERCERA CLASE Expositor: M.F. FERNANDO RODRÍGUEZ ARANDAY. Paseo de la Reforma N. 76, Piso 11, Desp. 1104 Col. Juárez Del. Cuauhtémoc. C.P. 06600 México, D.F. Tels. 55.66.59.78 / 85.96.61.30

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GVA CONSULTORÍA Y CAPACITACIÓN S.C.

“SEMINARIO DE CRÉDITO Y COBRANZAS”

TERCERA CLASE

Expositor:

M.F. FERNANDO RODRÍGUEZ ARANDAY.

Estimación de cuentas incobrables.

Paseo de la Reforma N. 76, Piso 11, Desp. 1104Col. Juárez Del. Cuauhtémoc. C.P. 06600

México, D.F.Tels. 55.66.59.78 / 85.96.61.30

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Cuando una empresa tiene determinada inversión en cuentas por cobrar está actuando bajo condicionesde incertidumbre y riesgo. Por tanto, debe estimarse la probabilidad que existe de recuperar los montosde todas las cuentas por cobrar. Es decir, la determinación de la probabilidad hay de no efectuar larecuperación de las cuentas de cobro dudoso. Como consecuencia de esta estimación, resultará lacantidad de dinero que se asignaría como pérdida causada por no haber recuperado el valor en cuentas,probablemente, imposibles de cobrar.

Debe tenerse presente, en el tratamiento de las cuentas por cobrar, que el crédito es una consecuenciade los ingresos por ventas. Tales ingresos han de ser disminuidos en el estado de resultados por el montocalculado para las pérdidas en cuentas incobrables. Para los efectos contables, el registro se efectúamediante una cuenta de gastos que refleje el gasto por incobrabilidad. Regularmente, en la contabilidadse denomina esta cuenta de gastos de varias maneras; tales como, pérdida en cuentas incobrables,pérdida por cuentas malas, pérdida en cuentas de cobro dudoso, y otras denominaciones afines; pero,todas con el mismo significado. Cuando se efectúa la estimación del gasto por cuentas incobrables,normalmente se establece una reserva o provisión para cuentas incobrables. Esta provisión se deduce delmonto de las cuentas por cobrar en el balance general. Asimismo, debe ser calculada en una cantidadsuficiente como para cubrir las pérdidas que se deriven de la incobrabilidad de las cuentas.

La estimación de las cuentas incobrables, normalmente, es una labor del contador. La provisión puedeestablecerse de acuerdo basarse en resultados obtenidos de la experiencia en cobros de la empresa: Así,pueden utilizarse alternativamente los métodos que se exponen a continuación:

1. Con base a un promedio de los períodos de varios de los últimos años.

El promedio de pérdidas de varios de los últimos años puede ser utilizado para hacer la estimación decuentas incobrables correlacionándolo:

a. Total de ventas. b. Total de ventas a crédito. c. Saldos a final de año de cuentas por cobrar.

a. Promedio de pérdidas con relación al total de ventas.

Se obtiene dividiendo el promedio de pérdidas de los años considerados entre el promediode las ventas totales de cada uno de esos años y multiplicando por cien. Así resulta elporcentaje aplicable al total de ventas para estimar las cuentas incobrablescorrespondientes al período para el que se efectúa el cálculo. A manera de ilustración, siuna empresa suministra los siguientes datos para los últimos cinco años:

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Años Total de ventas (en $) Perdidas en cuentas incobrables (en $)1 500.000 7.0002 520.000 7.0003 510.000 6.0004 530.000 4.0005 525.000 8.000

2.585.000 32.000

Promedio de Ventas = $2,585,000.00 / 5 años = 517,000

Promedio de cuentas incobrables = 32,000/ 5 años = $6,400

% estimado de pérdidas en cuentas incobrables = 6400/517,000 x 100

El estimado sería de 1.2379

La probabilidad de pérdida sería de 1.23%

La probabilidad de pérdida estimada sería de $525,000.00 x 0.0123 = $6,458.00

b.- Métodos basados en las ventas de crédito:

Se utiliza un procedimiento análogo al anterior suponiendo el caso anterior con el promedio de pérdidasde Bs. 6.400.

Años Ventas a crédito (en $)1 375.0002 390.0003 400.0004 410.0005 415.000

1.990.000

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Entonces el porcentaje aplicable como gastos sería:

Entonces la pérdida asignada al período sería de:

Bs. 415.000 x 0.0161 = 6.681,50

c. Método basado a las cuentas por cobrar.

El procedimiento es similar a los dos anteriores: si el promedio de pérdidas es de $6.400 y los saldosfinales de las cuentas por cobrar en los últimos cinco años son los que se detallan a continuación:

Años Cuentas por cobrar1 $100.0002 125.0003 95.0004 140.0005 150.000

$610.000

Entonces el porcentaje de cuentas incobrables sería:

Luego la cantidad total designada a cuentas incobrables sería de:

$150.000 x 0.0525 = $7.875.

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Esta cantidad sería el monto equivalente al saldo que debe tener la provisión para cuentas incobrables.Sólo sería computable con un gasto el total de este monto cuando se crea dicha provisión. Después decreada la provisión, el monto considerado como un gasto sería aquel que iguale el saldo anterior de laprovisión para cuentas incobrables con el monto calculado para dicha provisión. Así por ejemplo si elsaldo de la provisión para fines del año anterior era de Bs. 6.500, entonces la cantidad a considerar comoun gasto del período sería de Bs. 1.375, luego el monto de la provisión llega a los Bs. 7.875 calculados.En la contabilidad se reflejaría de la siguiente manera:

PROVISION PARA CUENTAS INCOBRABLES

Debe Haber $6.500 Saldo anterior

$1.375 Costo período actual $7.875 Saldo ajustado de la provisión

CAPÍTULO IV.- COBRANZA

PROCEDIMIENTOS DE COBRANZA.

La recuperación de las cuentas por cobrar viene a constituir la fase culminante del proceso de ventas acrédito, el cual ocasiona entre otras cosas un problema de liquidez, es decir, de aspecto financiero,puesto que por una parte, aunque las ventas hayan sido planificadas, existen situaciones complejas queno pueden ser valoradas ni previstas con resultados precisos; pero por otra parte resulta más complejoaun pronosticar las probabilidades de los cobros originados de las ventas a crédito efectuadas más quetodo en el caso de los negocios que se inician, los cuales necesitan fondos para la adquisición de nuevasexistencias, para así poder responder al incremento de sus ventas este hecho hace necesario que setenga conocimiento en forma teórica del valor del capital de trabajo capaz de cubrir esa situaciónfinanciera. Por lo tanto los procedimientos de cobranza deben ser diseñados de tal manera quepropendan a la recuperación de las cuentas tomando en consideración el tiempo futuro, que por siguienteincluye el elemento riesgo, así como también las necesidades de fondos de la empresa.

Los procedimientos de cobranza deben tomar en cuenta una serie de aspectos para que sean acordescon los propósitos del mismo los cuales son:

1. Causas de que las ventas no se paguen a su vencimiento 2. Sistemas que se utilizan para observar las cuentas. 3. Análisis de las cuentas.

1. Causas de que las cuentas no se paguen a su vencimiento.

El acreedor para determinar por que un cliente no cumple con sus pagos utilizando:

a. Registro de compras y pagos en la cuenta individual del cliente.

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b. Revisando el archivo de crédito del cliente y manteniendo reuniones personales con losmismos.

c. A través de la información proporcionada por los agentes de ventas. d. Intercambiando información y mediante discusiones entre grupos de comerciantes.

Si se determina la razón por el cual el cliente no cumple con sus obligaciones, se puede establecer unaclasificación en grupos. Así, de acuerdo al grupo al cual corresponda el deudor se escogería la técnica decobranza. Estos grupos de deudores que no pagan las cuentas a su vencimiento pueden clasificarse de lasiguiente manera:

A. Clientes que mal interpretan las condiciones de crédito en forma no intencional.

Realmente este grupo no presenta problemas de cobro, al suministrársele una explicación de lascondiciones de ventas serviría para aclarar la situación y los pagos se harían puntualmente.

B. Clientes que pasan por alto la fecha de pago de sus cuentas por negligencia o por métodosde trabajo deficientes.

Para clientes con esta característica, es recomendable el envío de un recordatorio de que la cuentase ha vencido. Si el cliente a menudo incurre en incumplimiento por esta causa, el acreedor debeesforzarse en hacerle notar la importancia de cumplir con sus deudas puntualmente. Actualmente,los correos electrónicos, telefax y teléfonos celulares permiten una mayor efectividad en lacomunicación entre acreedores y deudores.

C. Clientes que descuidan las fechas de vencimiento por lo reducido de la deuda.

A este grupo pertenecen particularmente los minoristas, cuando la deuda que tiene condeterminado acreedor es por una cantidad relativamente reducida de dinero, generalmente no lapagan y la retienen con la intención de cancelarla posteriormente conjuntamente con otro pagomás importante. Esto ocasiona serios problemas en los departamentos de contabilidad y de créditodel acreedor. Para este tipo de clientes es recomendable escribirle una carta explicando lasdificultades que ocasionan sus hábitos de pago. No obstante resulta difícil hacer que el clienteabandone su costumbre de hacer los pagos, y debe este hecho siempre tenerse presente comouna de las experiencias del trabajo de crédito que no se pueda evitar.

D. Clientes que generalmente pagan sus deudas a tiempo, pero que ocasionalmente se atrasan.

Los clientes pertenecientes a este grupo cumplen a tiempo con sus obligaciones cuando la fechade vencimiento de éstas coincide con el auge de temporada de su propio negocio. En caso de que

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estos períodos no coincidan hacen esperar al acreedor. Regularmente, esto es a causa de que lasocasiones en que declinan las ventas (casos de ventas estaciónales o de temporada) se ocasionanun déficit de capital de trabajo. En vista de que con este tipo de deudas es relativamente fácilentender la situación se usa, generalmente, una política de cobranzas, aunque no agresiva, quetrate de presionar en una forma sistemática el proceso de cobro; de esta manera el deudor no sesentirá resentido de la forma en la cual se le reclama el cumplimiento de su obligación.

E. Clientes con incapacidad temporal para pagar.

En ocasiones suelen presentarse hechos imprevistos tales como huelgas, desastres naturales(terremotos, inundaciones), incendios o cualquier otro suceso que afecte la buena voluntad depago de un cliente y le impida cumplir con sus obligaciones. En estos casos, la política de cobrodebe ser relativamente indulgente. El acreedor debe esperar durante un lapso de tiempo razonablea que el deudor se recupere de la mala situación que le ha causado la incapacidad temporal parahacer sus pagos.

F. Clientes que habitualmente se atrasan.

Los clientes de este grupo se caracterizan por forzar demasiado sus negocios para cubrir susgastos personales o son compradores y cobradores deficientes de tal manera que reducen enexceso su capital de trabajo disponible. Para este tipo de deudores se sugiere una política agresivade cobro, aún corriendo el riesgo de perderlos como clientes.

G. Clientes que se toman un tiempo mayor del establecido para pagar sus obligaciones.

Los clientes pertenecientes a esta clasificación abusan de los plazos de pago debido a que no seles ha aplicado una política firme de cobranza y se aprovechan de la oportunidad para atrasar suscuentas intencionalmente. Esto lo hacen con la finalidad de financiar sus operaciones con dinerodel acreedor por resultarles más ventajoso que utilizar su propio dinero. A este tipo de clientesdebe aplicarse una política de cobro agresiva, aunque se corra el riesgo de incomodarlos. Tambiénutilizando una política de alerta y cobranza enérgicas, acosándolos constantemente puedeconvertirlos en clientes de una puntualidad, si no exacta, por lo menos aceptable.

H. Clientes que contraen deudas por encima de su capacidad de pago.

Esta clase agrupa los clientes que a pesar de su honestidad endeudan por montos queescasamente puedan ser cubiertos por su capital de trabajo, entonces ante cualquier circunstancia

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que haga bajar sus finanzas, comienzan a tener dificultades para efectuar sus pagos a pesar desus buenas intenciones de hacerlos. Este hecho es posible que se presente con mucho másfrecuencia en el crédito de consumidores que en el crédito comercial.

I. Clientes que se atribuyen descuentos que no se han ganado.

Corresponde a este grupo aquellos clientes a los cuales se les concede un descuento según lascondiciones de la venta, por pagar en un lapso de tiempo previamente estipulado, transcurrido eseperíodo, y si el cliente no hace la cancelación respectiva pierde el derecho al descuento por prontopago. Sin embargo muchos deudores, que pagan después de pasado el período de descuento,envían sus pagos como si hubiesen obtenido el descuento. A este tipo de deudores no debepermitírseles que incurran en este hecho tomar las cantidades que paguen (habiendo perdido eldescuento) como abono a cuenta y dejar la cantidad no pagada como cuenta por cobrar yasimismo hacerle la notificación correspondiente de la cantidad por él adeudada.

J. Clientes insolventes o que están al borde de la insolvencia.

A este tipo de clientes podrían aplicárseles métodos agresivos de cobranza, utilizando los serviciosde bufetes abogados, utilizando letras de cambio, o procedimientos judiciales convenientes.

K. Clientes que intencionalmente cometen fraude.

Constituyen el grupo de clientes más problemático de todos los tipos de clientes anteriormente citados.Estos clientes son generalmente deshonestos y se valen de engaños a los acreedores para conseguircrédito y posteriormente utilizan procedimientos dolosos para no cancelar sus obligaciones. Debe elacreedor emplear todos los medios legales posibles para salvar la cuenta por cobrar una vez que se hayadetectado el fraude crediticio.

Las once clases de cliente citadas pueden ser localizadas con bastante frecuencia en los negocios; tantode crédito comercial como de consumidores. En consecuencia, el acreedor debe, para cada caso enparticular, tomar en cuenta que sus procedimientos de cobranza sean capaces de enfrentarse acualquiera de las situaciones que pongan en peligro la recuperación de las cuentas por cobrar.

Seguimiento de clientes con créditos morososSus mejores clientes de crédito pagan sus cuentas puntualmente y es muy fácil tratar con ellos. Algunosclientes de crédito resultarán ser casos perdidos y será difícil recuperar algo de ellos, sin importar lomucho que usted lo intente. Otros caen en un punto intermedio entre estos dos extremos y una formaexitosa de tratar con estos clientes de crédito marginales puede ser una clave para sus utilidades.Los negocios siguen un número de pasos específicos en el proceso de la cobranza, dependiendo decuándo hace que venció la cuenta, del volumen de la deuda y de otros factores. Un proceso de cobranzatípico puede incluir los siguientes pasos:

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1. Cartas.- Cuando una cuenta venció hace pocos días, se puede enviar un “recordatorio amistoso”.Si no se recibe el pago, se podrían enviar una o dos cartas más, pero el tono de esas cartas sevuelve progresivamente más severo y exigente.

2. Llamadas telefónicas.- Después del primer par de cartas, se llama por teléfono al cliente. Si elcliente está teniendo problemas financieros, se podía llegar a un acuerdo. Un pago parcial es mejorque ningún pago

3. Visitas personales. El vendedor que hizo la venta puede visitar a un cliente para solicitar el pago.Es posible utilizar a otros cobradores especiales, además del vendedor.

4. Agencias de cobranza.- La cuenta se puede entregar a una agencia de cobranza que seespecializa en el cobro de cuentas vencidas hace mucho tiempo. Las agencias de cobranza por logeneral cobran una tarifa, por ejemplo, la mitad de cualquier cuenta que se recupere y sólorecobran una fracción de las cuentas que tratan de cobrar. Por consiguiente, la pérdida de unaempresa puede ser una proporción muy grande de las cuentas entregadas a la agencia.

5. Procedimientos legales.- Si la cuenta es lo bastante grande, se puede emprender una acciónlegal para obtener un juicio contra el deudor.

El proceso de cobranza se puede considerar como un proceso de presupuesto de capital, donde lacompañía quiere utilizar los procedimientos de cobranza que generan el VPN más alto. Cuando lacobranza se considera de esta manera, hay algunos principios importantes que se deben seguir. La secuencia de los esfuerzos de cobranza se inicia con las técnicas menos costosas y progresa aotras cada vez más costosas sólo después que han fallado los primeros métodos. Las cartas lepueden costar a la empresa sólo $2.00, mientras que las llamadas telefónicas pueden tener un costopromedio de $5.00 y las visitas personales pueden costar de $20.00 a $500.00. El controlar el volumende la inversión en el esfuerzo de cobranza puede mejorar el VPN.Los primeros contactos de cobranza son más informales y amistosos, pero los contactos posterioresson el mínimo requerido para considerarse amistosos. Esto se debe a que los clientes marginalespueden pagar si se les pide que lo hagan porque las futuras ventas a esos clientes podrían serrentables. Una vez que es obvio que el potencial de las futuras ventas que dejen utilidades es limitado,los esfuerzos de cobranza se vuelven mucho más agresivos.Las decisiones concernientes a la cobranza siguen los principios de los proyectos de inversión. Loscostos hundidos, que pueden ser inversiones no cobradas hechas en mercancías vendidas, a la largase ignoran. La secuencia de la cobranza debe ser la que dé por resultado el VPN máximo. Una vezque el flujo de efectivo esperado de continuar con el esfuerzo de cobranza es menor que el costoadicional de continuar con este, la decisión correcta es dejar de presionar al cliente.

CAPÍTULO V ASPECTOS LEGALES MARCO LEGAL DE LA COBRANZA

Elaborar un Contrato de Apertura de Crédito que contenga

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Condiciones de Crédito, tales como:DeclaracionesCláusulasTérminos del créditoFecha de aperturaCondiciones de disposición de la línea de créditoProcedimientos de pagoFecha de pagoProcedimientos en caso de incumplimientoIntereses moratoriosBloqueo y cancelación del créditoProgramas de de descuento en compras, descuentos por pronto pagoEnvío de estados de cuentaProcedimientos de aclaración de cargosPago parcial o total del saldoAcreditamientos de pagosPrelación de pagosDeclaraciónProcedimiento de saldos por fallecimientoAutorizacionesVencimientos anticipadosConservación de documentosVigencia del contratoDomiciliosJurisdicción, Legislación y CompetenciaAnexos

La factura debe contener la leyenda "debo pagaré a la orden de ..............la cantidad estipulada en estedocumento" Debe estar firmada por quién firmo el contrato de Apertura de Crédito o por alguien a quién le hayaotorgado el poder La mercancía debe estar recibida por alguien que tenga poder o sea representante legal de laempresa No entregar la factura original Solicitar colaterales, cuando sea necesarioEn caso necesario, realizar ante notario un reconocimiento de adeudo, con garantía hipotecaria, estotomando en cuenta, claro esta, la cuantía del negocio, ya que si se trata de un monto significativo,pero no muy considerable, bastaría entonces, con la garantía de un título de crédito, el cual por loregular va inmerso en el texto de las facturas, en algunas casas comerciales, ya que es lo que proveeny como dicho titulo de crédito trae aparejada ejecución, entonces al darse el incumplimiento en elpago, y haber previsto que el signante de dicho titulo, tenga en efecto la capacidad legal paracomprometerse a nombre de la persona moral deudora, con ello bastaría para asegurar el cobro delcrédito.Tener debidamente integrado el expediente

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CAPÍTULO VI.- INSTITUCIONESBuró de Crédito Es una empresa privada constituida como una Sociedad de Información Crediticia y orientada a integrar yproporcionar información previa al otorgamiento de crédito y durante la vigencia del financiamiento. Buró de Crédito es el nombre comercial y ofrece dos rubros de servicio: uno especializado en PersonasFísicas y otro en Personas Morales y Físicas con Actividad Empresarial.En Buró de Crédito su misión es ofrecer información completa, oportuna y confiable que ayude adeterminar la solvencia de los consumidores ante los Otorgantes de crédito.Busca apoyar al cambio de la cultura de pago y al desarrollo económico del país, proporcionandoservicios que ayuden a administrar el riesgo crediticio.La Política de CalidadSe fundamenta en los valores de Buró de Crédito:Hacer las cosas bien la primera vez, satisfaciendo las necesidades de los Consumidores y los Otorgantesde crédito en un proceso de mejora continua para lograr la excelencia.Contribuir con toda nuestra capacidad y profesionalismo al logro de las exigencias de los Consumidores yOtorgantes de crédito.Mantener un alto grado de ética en nuestro comportamiento y hacer uso de los recursos e informacióncon el escrúpulo y profesionalismo que garantice su eficienciaPara contratar el servicio de Buró de Crédito es indispensable cumplir con los siguientesrequisitos y envío de documentación.Requisitos para el Otorgante de crédito:Cumplir las obligaciones que marca la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia y lasReglas Generales de Banco de México, en relación con el secreto financiero y políticas de operación.Otorgar crédito a sus clientes en forma habitual y profesional o llevar a cabo una actividad análoga alcrédito.Obtener la autorización expresa del solicitante de un crédito para consultar su historial crediticioen Buró de Crédito (firma autógrafa).Guardar absoluta confidencialidad sobre la información obtenida de Buró de Crédito.Aportar la información de su cartera de Cliente desde el inicio formal de la relación de servicio y actualizarmensualmente el 100% de esa información de acuerdo con los formatos establecidos.Atender las reclamaciones presentadas por los Consumidores sobre la información que proporcionan.Entregar la siguiente documentación:

Acta Constitutiva de la EmpresaCopia de poderes del Representante Legal de la EmpresaCopia de Alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito PúblicoCopia de Cédula FiscalIdentificación Oficial del Representante Legal

Costo:Personas FísicasPrepagoMensual 100 consultas $4,250.00

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Trimestral 100 consultas $5,000.00Semestral 100 consultas $6,000.00 Pago a partir de 101 consultasBrowser / BC Access $ 38.50LAN - LAN $ 18.50CPU - CPU $ 18.50Medio Magnético $ 20.00Auditora $ 2.99El prepago incluye AuditoriaNOTA: Estos precios no incluyen IVA

Personas Morales y Físicas con Actividad EmpresarialPrepagoMensual 20 consultas $3,200.00Trimestral 20 consultas $3,850.00Semestral 20 consultas $4,800.00Pago a partir de 21 consultasDial Up (Browser) $ 155.00LAN - LAN $ 135.00CPU - CPU $ 135.00Medio Magnético $ 148.00Auditoria $ 4.99El prepago incluye AuditoriaNOTA: Estos precios no incluyen IVA

CONDUSEF

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ASOCIACIÓN DEPROFESIONALES EN COBRANZA Y SERVICIOS JURÍDICOS, A. C., EN LO SUCESIVO

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“APCOB”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE LIC. JORGEHUMBERTO PAZOS CHÁVEZ, Y POR LA OTRA, LA COMISIÓN NACIONAL PARA LAPROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS, EN LOSUCESIVO “CONDUSEF”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE LIC.OSCAR LEVÍN COPPEL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES,DECLARACIONES Y CLÁUSULAS

CONSIDERANDO

Que en el ejercicio de su derecho legítimo de cobrar sus deudas las instituciones financieras en lamayoría de los casos contratan los servicios de empresas de cobranza o bien les ceden suscréditos en términos de la legislación aplicable. Que las empresas de cobranza en cuanto a su constitución y funcionamiento, no se encuentransujetas a la supervisión o control de La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de losUsuarios de Servicios Financieros. Que en el ejercicio de su función social “CONDUSEF” ha detectado una creciente molestia de losusuarios respecto de las empresas de cobranza cuya función no se realiza en forma razonable. Que la Asociación de Profesionales en Cobranza y Servicios Jurídicos, A. C., buscaprofesionalizar y dignificar la actividad de cobranza en el país, a través del establecimiento deprincipios éticos y ser una instancia representativa del sector ante diversas autoridades delGobierno Mexicano, como de las instituciones financieras, comerciales, medios de comunicacióny ante los diversos grupos de consumidores y usuarios.Que tanto “CONDUSEF” como la “APCOB” reconocen la importancia de la cobranza en laactividad económica del país y coinciden en la necesidad de que ésta se desarrolle con estrictoapego a derecho y basada en principios profesionales, tecnológicos y éticos en beneficio de lapoblación y de las instituciones financieras.

DECLARACIONESI. Declara “APCOB”:

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I.1. Que es una Asociación Civil, con personalidad jurídica para suscribir el presente convenio,constituida mediante escritura pública Nº 93,130 de fecha 28 de Octubre de 1996, otorgada antela fe del Lic. Jorge H. Falomir, Notario Público número 159 del Distrito Federal, inscrita en elRegistro de Personas Morales Civiles bajo el folio número 38,936 de fecha 27 de noviembre de1996. I.2. Que su presidente cuenta con las facultades suficientes para la celebración de este convenio,en términos de lo señalado al respecto en el documento público mencionado en la declaraciónanterior. I.3. Que dentro de su objeto destacan agrupar y representar a toda clase de empresas, bufetes yprofesionistas, cuya actividad principal sea la prestación de servicios jurídicos, recuperación,cobranza de créditos o carteras vencidas. I.4. Que cuenta con los elementos materiales y humanos suficientes para la consecución ycumplimiento de este convenio, y I.5. Que tiene su domicilio en Tuxpan número 39 oficina 303, Colonia Roma Sur, DelegaciónCuauhtémoc, C.P. 06760 en México, D. F. II. Declara “CONDUSEF”:

II.1. Que es un organismo descentralizado de La Administración Pública Federal, conpersonalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con lo previsto en el artículo 4° de laLey de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros;2 II.2. Que tiene como finalidad promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de losusuarios frente a las instituciones financieras, arbitrar sus diferencias de manera imparcial y promover laequidad en las relaciones entre éstos; II.3. Que su presidente acredita su personalidad con el oficio No. 102.- 00653, de fecha 21 demayo de 2003, emitido por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, en el que se le designacomo titular de “CONDUSEF”, por lo que está facultado para celebrar el presente convenio, deconformidad con lo previsto en los artículos 11 fracción XIII y 26 fracciones I y IV de la Ley deProtección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, y II.4. Que para los efectos del presente instrumento señala como domicilio legal el inmuebleubicado en Insurgentes Sur número 762, Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P.03100, México, D. F.

III. Declaran ambas partes: III.1. Que coinciden en la necesidad de establecer una coordinación de acciones tendientes aprocurar que las prácticas de cobranza se realicen en forma razonable, conforme a derecho y selleven a cabo con estricto apego a principios éticos con la finalidad de salvaguardar la integridad ydignidad de los deudores usuarios de servicios financieros.

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III.2. Que un esquema de colaboración entre las autoridades y este sector, puede contribuir a lacreación de una verdadera cultura de pago entre la población mexicana, al generarse mejorescondiciones para el desarrollo de esta actividad, al erradicarse prácticas indebidas de cobranza. III.3. Que uno de los primeros logros de esa colaboración ha sido la elaboración de un Código deÉtica al que se sujetarán “APCOB” y sus asociados en el ejercicio de su actividad de cobranza.Dicho documento se agrega al presente instrumento con la letra “A”.

3 III.4. Que en virtud de lo anterior, celebran el presente convenio a fin de establecer una comunicaciónconstante, para procurar mantener un sano desarrollo en las prácticas de cobranza.

CLÁUSULAS PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto acordar las bases de colaboración entre“APCOB” y “CONDUSEF”, tendientes a procurar que las prácticas de cobranza se realicen enforma razonable, conforme a derecho y se lleven a cabo con estricto apego a principios éticos,con la finalidad de salvaguardar la integridad y dignidad de los deudores usuarios de serviciosfinancieros. SEGUNDA.- “CONDUSEF” en el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas por la Leyde Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, identificará a las empresas decobranza que siendo o no integrantes de “APCOB”, no se apeguen a los fines del presenteconvenio, lo que hará de su conocimiento.

TERCERA.- “APCOB” en términos de su regulación interna, se compromete a revisar aquelloscasos que “CONDUSEF” le someta a su consideración y a través de su Comisión de Honor yJusticia, de ser procedente, aplicar las sanciones que correspondan, pudiendo resolver inclusivela expulsión de la empresa de mérito, o proponer recomendaciones respecto de quienes notengan el carácter de asociados y se les acredite con información o documentación suficiente,que violan la Ley, el Código de Ética, la moral o buenas costumbres. CUARTA.- “CONDUSEF” con la información que le proporcione “APCOB” procederá, deconsiderarlo conveniente, al ejercicio de las facultades que le confiere la Ley de Protección yDefensa al Usuario de Servicios Financieros en su artículo 11, fracciones VI, IX, XIV, XVII yXXVII, que pueden consistir en: 4 a) Informar a la población usuaria de servicios financieros a través de los medios de que dispone, talescomo página web, revista “Proteja su Dinero” y cualquier otro canal de comunicación que tengaestablecido o por establecer con los usuarios, respecto de cuales empresas de cobranza en el ejercicio desu actividad no se apegan a las sanas prácticas que procura el presente convenio. 1b) Recomendar a las Instituciones Financieras que incluyan dentro de los contratos que celebrencon las empresas de cobranza, al ceder o contratar sus servicios, los principios éticos plasmadosen el Código que se encuentra anexo a este documento, debiéndose hacer énfasis en el hechode que el cobro de una deuda que adopte dichos principios, se considerará como razonable yapegada a derecho.

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QUINTA.- “CONDUSEF” y “APCOB” realizarán acciones conjuntas, para informar al público engeneral la existencia de este convenio, así como del contenido del Código de Ética que rige a lasempresas de cobranza, a través de los medios que tengan a su alcance, incluyendo susrespectivas publicaciones y sitios de internet. SEXTA.- Todo comunicado entre las partes será por escrito y deberá ser enviado a los domiciliosque para tal efecto señalan en el apartado de las declaraciones de este convenio con surespectivo acuse de recibo, o a través de los medios electrónicos o de cualquier naturaleza queéstas elijan, previa notificación hecha por escrito a la otra parte. SÉPTIMA.- La vigencia del presente convenio será por tiempo indefinido, pudiendo las partesdarlo por terminado en cualquier momento, previa notificación por escrito a la otra con 30 díasnaturales de anticipación. OCTAVA. – El presente instrumento podrá ser modificado a voluntad de las partes, para el mejorcumplimiento de su objeto, previo acuerdo por escrito entre las mismas. NOVENA.- En caso de presentarse alguna discrepancia sobre la interpretación o cumplimiento deeste convenio, las partes de común acuerdo resolverán la controversia que se presente.

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5 Leído que fue el presente convenio y estando las partes de acuerdo con sucontenido y alcance de todas las cláusulas, lo firman por cuadruplicado, en laCiudad de México, Distrito Federal, a los 25 días del mes de octubre de 2006.

“APCOB” ___________________________________

LIC. JORGE HUMBERTO PAZOS CHÁVEZ PRESIDENTE

“CONDUSEF” _________________________

LIC. OSCAR LEVÍN COPPEL PRESIDENTE

TESTIGOS ___________________________________

DR. ELISEO BELLO VILLEGAS _________________________

LIC. ALFONSO RIVERADOMÍNGUEZ

___________________________________ING. ROBERTO DEAN ROOSE SIERRA

_________________________LIC. FRANCISCO DE SILVA RUÍZ

___________________________________ LIC. JUAN C. CARREÑO ESCORCIA

_________________________LIC. LUIS FABRE PRUNEDA

___________________________________ LIC. HUMBERTO FUENTES MARTÍNEZ

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CÓDIGO DE ÉTICA DE LAS OBLIGACIONES PARA CON LOS

DEUDORES Y PÚBLICO EN GENERAL1

ARTÍCULO PRIMERO (34).- Identificarse plenamente al momento derealizar la cobranza, o bien, al corroborar u obtener información sobrela localización del deudor. No se realizará requerimiento de pago conmenores de edad o personas de la tercera edad. ARTÍCULO SEGUNDO (35).- Cobrar una deuda es un derecholegítimo, como lo es también el respeto mutuo a la dignidad entredeudores, acreedores y sus representantes. ARTÍCULO TERCERO (36).- No establecer contacto con los deudoresen horarios y lugares que resulten inadecuados para el cobro. Seconsideran adecuadas las comunicaciones que ocurran a partir de las6:00 a.m. hasta las 11.00 p.m., hora local del domicilio del deudor. ARTÍCULO CUARTO (37).- En el ejercicio del derecho al cobro, seevitará hacer uso de lenguaje obsceno o de palabras altisonantes alestablecer comunicación con el deudor, sus familiares, amigos ocompañeros de trabajo. Las comunicaciones telefónicas deberán hacerse con la finalidad denegociar el pago de las deudas y no con la intención de molestar oamenazar a los deudores o a las personas que atiendan dichasllamadas. ARTÍCULO QUINTO (38).- No se podrán hacer publicaciones, talescomo “lista negra de deudores” y tampoco establecer registrosespeciales, distintos a los que prescriben las leyes, para hacer delconocimiento general la negativa de pago de los deudores. ARTÍCULO SEXTO (39).- Las empresas de cobranza o suscolaboradores, bajo ninguna circunstancia, deberán ostentarse comorepresentantes de órgano jurisdiccional u otra autoridad, o como partede un consorcio legal, si no es el caso. 1 El Código de Ética se encuentra inserto en el Capítulo IV de los Estatutos Sociales de laAsociación de Profesionales en Cobranza y Servicios Jurídicos, A.C., los números enparéntesis corresponden a los artículos de los citados estatutos.

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ARTÍCULO SÉPTIMO (40).- No engañar al deudor con elargumento de que al no pagar su deuda, comete delito sancionadocon privación de la libertad, ni hacerle creer con falsos escritos dedemanda o de notificaciones judiciales, que se ha iniciado un juicioen su contra. ARTÍCULO OCTAVO (41).- No se deberán hacer ofrecimientostales como quitas, descuentos o cancelación de intereses ocomisiones, con la finalidad de obtener el pago de la deuda, de noestar debidamente autorizado por el acreedor, o hacerle creer aldeudor que podrá gozar de dichos beneficios, de no existir dichaposibilidad. ARTÍCULO NOVENO (42).- En los casos en que, como resultadode las gestiones de cobranza, el deudor acceda al pago de ladeuda, las empresas de cobranza deberán documentar por escritolos compromisos adquiridos, cuando lo requiera el acreditado o loconsidere pertinente la empresa, debiendo constar la rúbrica deambas partes. El representante de la empresa acreditará talcarácter con la documentación en que se le faculte para llevar acabo la recuperación del adeudo. ARTÍCULO DÉCIMO (43).- Las empresas de cobranza deberánestipular en los convenios de pago que celebren con los deudores,los compromisos adquiridos en la negociación que se acuerde,señalando los términos y condiciones en que se llevarán a cabo lospagos, obligándose a proporcionar escrito de finiquito o deliquidación de adeudo, en caso de condonación o quita, al cumplirsela obligación. Dichos documentos deberán suscribirse por personafacultada por el acreedor. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO (44).- Hacer todo aquello quepueda ayudar a los deudores a encontrar la solución a suproblemática financiera, para el cumplimiento de su adeudo, dentrode los márgenes de negociación autorizados por los clientes. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO (45).- No incrementar las deudascon cargos no autorizados por la legislación vigente o por elcontrato celebrado entre el deudor, el otorgante de crédito o elacreedor. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO (46).- No utilizar formas opapelería que simulen instrumentos legales. Los gestores no deben

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hacerse pasar por representantes legales si no lo son y tampocoutilizar nombres falsos. ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO (47).- No enviar correspondencia alos deudores con leyendas exteriores que mencionen que elcomunicado trata

Específicamente de una cobranza. Lo anterior no obliga a lasempresas a omitir mencionar su nombre o razón social, en sucalidad de remitente. Evitar el envío de cartas o cualquier medio escrito que den motivo adescalificar la actuación de las empresas de cobranza en las que seefectúen manifestaciones que por su contenido, constituyanexcesos que no se apeguen a la verdad, a la ley, a las buenascostumbres o que sean contrarias a la ética profesional. No utilizar cartelones, anuncios o cualquier medio impreso enlugares públicos, o en el exterior de los domicilios de los deudores,en los que se haga referencia a su adeudo. ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO (48).- No contactar por cualquiermotivo o medio, a deudores cuyos asuntos hayan sido retirados dela asignación de las empresas de cobranza. ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO (49).- Las empresas de cobranza, porconducto de quienes gestionen el cobro, deberán proporcionar aldeudor, de requerirlo, toda la información disponible sobre laintegración de su saldo. ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO (50).- Las empresas de cobranzadeberán ser receptoras de las quejas, comentarios o sugerenciasde los deudores. Para tal efecto, dispondrán de los mediosnecesarios para darles trámite y en su caso, solución, informandodel resultado cuando proceda, al interesado. ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO (51).- Las empresas de cobranzaque sean propietarias de carteras que por su naturaleza, debanreportarse a las Sociedades de Información Crediticia, lo efectuaránconforme a las leyes aplicables a dichas sociedades, con lafinalidad de que se actualice la información respecto de losdeudores que hayan cumplido con sus pagos. ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO (52).- En los casos deprocedimientos judiciales en que se hayan embargado bienes y que

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hayan concluido en pago del adeudo, se deberá dar aviso por losconductos legales correspondientes.

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