Comité paritario y responsabilidades

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COMITÉ PARITARIO Y RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES FRENTE A LA SALUD OCUPACIONAL Por: Edison Enrique Briceño Benjumea Tecnólogo Gestión Adm. y de Proyectos Fundación para la Educación Superior San Mateo FUS SAN MATEO

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COMITÉ PARITARIO Y RESPONSABILIDADES DE LOS

EMPLEADORES Y TRABAJADORES FRENTE A LA SALUD OCUPACIONAL

Por:Edison Enrique Briceño Benjumea

Tecnólogo Gestión Adm. y de Proyectos

Fundación para la Educación Superior San Mateo

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Introducción

Esta presentación está orientada a proporcionar una información significativa relacionada con el Comité Paritario de salud ocupacional, las responsabilidades de los empleadores y trabajadores frente a ésta y las sanciones de presentarse incumplimiento por alguna de las partes.

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Justificación

El Comité Paritario de Salud Ocupacional es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional.

En este caso se mencionan las responsabilidades de los empleadores y empleados frente a la salud ocupacional, cabe aclarar que tiene mas peso el empleador frente a este tema ya que , el empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Profesionales, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones que se otorgan.

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Objetivo general Difundir a la comunidad entera la importancia que tiene el Comité paritario de salud ocupacional y las responsabilidades de los empleadores y empleados frente a la salud ocupacional.

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Pago de la cotización de los trabajadores a su servicio.

Traslado del monto de las cotizaciones a la ARP en los plazos que señala la Ley.

Procurar el cuidado INTEGRAL de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo.

Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la empresa y procurar su financiación.

Notificar a la EPS y ARP de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

¿Cuales son las responsabilidades de los empleadores frente a la salud ocupacional?

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Registrar ante el Ministerio de la Protección Social el comité paritario de salud ocupacional, o vigía ocupacional, según el caso.

Facilitar la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional.

Informar a la ARP a la que está afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores.

El empleador también tiene la obligación de REUBICAR al trabajador que como consecuencia de un accidente o enfermedad profesional no pueda ejercer las mismas labores que realizaba antes del evento. Dicha reubicación también es obligatoria cuando una determinada condición de salud pueda agravarse, independientemente del origen de la misma.

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¿Cuales son las sanciones para los empleadores si hay incumplimiento?

Le corresponde al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través del Director Técnico de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, imponer las siguientes sanciones, frente a las cuales no opera el recurso de apelación. La competencia aquí prevista puede asumirla el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

1. El incumplimiento de la afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales, le acarreará a los empleadores y responsables de la cotización, además de las sanciones previstas por el Código Sustantivo del Trabajo, la legislación laboral vigente y la Ley 100 de 1993, o normas que la modifiquen, incorporen o reglamenten, la obligación de reconocer y pagar al trabajador las prestaciones consagradas en el presente decreto.

2. La no afiliación y el no pago de dos o más períodos mensuales de cotizaciones, le acarreará al empleador multas, sucesivas mensuales de hasta quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

3. Cuando el empleador o responsable del pago de la cotización no aplique las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos profesionales, adoptados en forma general por la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ésta le podrá imponer multas mensuales consecutivas hasta por quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales.

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4. Se hará acreedor a igual sanción cuando no aplique las instrucciones y determinaciones de prevención de riesgos profesionales que le sean ordenados en forma específica por la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud de la entidad administradora a la que se encuentre afiliado.

5. En caso que no se hubiese corregido el riesgo, dentro de los términos que señale el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procederá a ordenar la suspensión de actividades hasta por seis meses. Transcurrido este término, la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social determinará el cierre definitivo de la empresa o actividad económica.

6. Cuando la inscripción del trabajador no corresponda a su base de cotización real, o el empleador no haya informado sus cambios posteriores dando lugar a que se disminuyan las prestaciones económicas del trabajador, el empleador deberá pagar al trabajador la diferencia en el valor de la prestación que le hubiera correspondido, sin perjuicio de las sanciones a que hubiese lugar.

7. La no presentación o extemporaneidad del informe del accidente de trabajo o de enfermedad profesional o el incumplimiento por parte del empleador de las demás obligaciones establecidas en este decreto, la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, podrá imponer multas de hasta doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales.

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¿Cuales son las responsabilidades de los empleados frente a la salud ocupacional?

Procurar cuidado integral de su salud.

Suministrar información clara ,veraz y completa de

su estado de salud

Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones

del programa de salud ocupacional.

Participar en la prevención a través de los comités

paritarios de salud ocupacional que conforme

la empresa

Colaborar y velar por el cumplimiento de las

obligaciones contraídas con los empleadores.

Usar y mantener adecuadamente los dispositivos para control de riesgos y equipos de protección personal y conservar en orden y

aseo los lugares de trabajo.

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¿Cuales son las sanciones para los empleados si hay incumplimiento?

El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y

determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica, y que

se encuentren dentro de los programas de salud ocupacional de la respectiva empresa,

que le hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadores privados como para los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de

Trabajo y Seguridad Social, respetando el derecho de defensa.

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¿Qué son Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional?

Son uno de los elementos básicos de los programas de salud ocupacional en las empresas, según lo establece el Decreto 614 de marzo 1984 y tienen como responsabilidad, la de ser un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de una Organización. 

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Integración de los comités paritarios de Salud Ocupacional

Los comités Paritarios de Salud Ocupacional deben estar integrados

por los empresarios y los trabajadores. Debe ser un comité paritario, es decir,

integrado por igual numero de representantes de los empresarios y

los trabajadores. 

¿Cual es la cantidad de representantes del comité?

Depende básicamente del número de trabajadores al servicio de la empresa, así:

De 10 a 50 trabajadores, un repre sentante por cada una de las partes.

De 50 a 499 trabajadores, dos repre sentante por cada una de las partes. De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las partes. De 1.000 a más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes (Res. 2013).

Las empresas de menos de 10 trabaja dores deben tener un vigía ocupacional, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario (Dec. 1295). La elección de los integrantes se hace por un período de dos años. (Art. 63 Dec. 1295).

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¿Qué debe hacer el Comité Paritario de Salud Ocupacional en caso de accidente o riesgo inminente?

En caso de accidente grave o riesgo inminente, el comité se reunirá con carácter extraordinario y con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o se determinó el riesgo, dentro de los cinco días siguientes a la ocurrencia del hecho.

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Elegir libremente a sus representantes al comité paritario de salud ocupacional.

Informar al comité las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional de la empresa.

Cumplir con las normas de salud ocupacional, reglamentos e instrucciones de Servicio ordenados por el empleador.

¿Cuáles son las obligaciones del empleador?

Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones.

Designar sus representantes al comité.

Designar al presidente del comité.

Propiciar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del comité.

Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informarle las decisiones tomadas al respecto.

¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores?

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¿Cuáles son las funciones del comité paritario de salud ocupacional?

Investigar las causas

que afectan la salud de

los trabajadores

Proponer la adopción de medidas y el

desarrollo de actividades que

procuren y mantengan la salud

en los lugares y ambientales de

trabajo.

Proponer y participar en actividades

de capacitación

en salud ocupacional.

Colaborar con el análisis de los

accidentes de trabajo y enfermedades profesionales e

indicar las medidas correctivas a que haya lugar para

evitar su ocurrencia.

Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial,

debe realizar la empresa, de acuerdo

con las normas vigentes.

Colaborar con los funcionarios de

entidades gubernamentales de salud ocupacional, en las actividades

que estos adelanten en la empresa.

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Bibliografía

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