Comite Paritario de Faena

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Comité Paritario de FaenaAspectos Legales Aplicables

El Decreto 76 del año 2006, reglamento para la aplicación del articulo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre la gestión de laseguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios, indica a en su Título IV Art. 14:

“La empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para la constitución y funcionamiento de un Comité Paritariode Faena, cuando el total de trabajadores que prestan servicios en la obra, faena o servicios propios de su giro, cualquiera sea sudependencia, sean más de 25, entendiéndose que los hay cuando dicho número se mantenga por más de treinta días corridos”.

Diagrama de constitución y consideraciones generales

6Rev. 003

Junio/2009

Ley de Subcontratación

Hecho por:Maximiliano Urzúa HernándezRevisado por:Gabriel Rodríguez Villegas – Milena Gallardo A. – Normas y ControlAutorizado por:Gerencia de Prevención

Inicio

¿Aplica laConstitución deCP de Faena?

1. Faena, obra o servicio propias del giro.2. Faena con más de 25 trabajadores.

3. Faenas con funcionamiento con más de 30 díascorridos.

NOTA: Estos Requisitos son todos incluyentes.

La EP, ¿cuentacon CPHyS

según DS 54?

¿La EP decidedar las

funciones a suCPHyS?

La EP debe seleccionar las EC que particparánen el proceso

1. EC con más de 30 días en la faena, y2. Que tengan mayor número de trabajadores.

3. Cuando el número de trabajadores en el mismo, debe considerarse elriesgo inherente.

4. EC que tengan formado CPHys con fuero.

La EP debe seleccionar dos representantes, almenos, 1 de su representación directa y otro de

sus trabajadores en faena.

Asegurar funcionamiento y los registros queevidencie cumplimiento de las funciones

establecidas en el Art. 16 del Decreto 76.

De las EC seleccionadas, deben seleccionar unrepresentante de la empresa y otro de los

trabajadores.

La EC tienena forados

La EP debe dar a conocer los 6 integrantes queserán parte del CP de Faena. Art 19 y 20 de

Decreto 76

La EC debe oficializa r nombre del representanteseleccionado, oficializando a la EP dicha desición.

Las ECseleccionadastienen CPHyS

La EC debe seleccionar un representanteespecial, esto por medio de una asamblea

El representante de la empresa, debe ser e l el encargado de la tarea otrabajo específico, o quien lo subrogue. (Art. 24 de l D 76)

Notificar a trabajadores aforados de suparticipación.

Notificar la constitución y comienzo defuncionamiento del C P de faena a las autoridadesque correspondan (Dirección del Trabajo, Seremi

de Salud, SERNAGEOMIN, ACHS)La EP debe mantener registros

actualizados (N° de trabajadores y días depermanencia ) que permitan demostrar la

no formación del CP de faena. Incluirjunto a los documentos y requisitosestablecidos en el Art. 5 del D. 76

La EC debe realizar sorteo entre representantesde los trabajadores, elegir representantes.

Nota:Frente a situaciones especiales en las cuales lo indicado en el presente diagrama, no es lo suficiente,considerar enviar (por oficio) consulta a Dirección del Trabajo que corresponda.

Si

Si

Si

Si

Si

No

No

No

No

No

Abreviaturas:CP: Comité ParitarioCPHyS: CP de Higiene y SeguridadEP:Empresa PrincipalEC: Empresa Contratista

El representante de la empresa, debe ser el encargado de la obra, faenao servicios, o quien lo subrogue,y el 3er seleccionado, debe ser personavinculadas a actividades técnicas de la faena (Art. 24 D 76 / Art 9 de l DS

54)

La EP debe notificar a toda la faena de laconstitución del CP de Faena

Este material se presenta con fines informativos. Las empresas adherentes deberán evaluaresta información para determinar si puede aplicarse a sus situaciones y prácticas específicas.

Asociación Chilena de Seguridad ACHS.Emitido en Junio de 2009