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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUERCAL DE ALMERIA Telf.: 950300050 - Fax: 950600672 Plaza de las Mascaranas, 1. e-mail: [email protected] 04230 Huércal de Almer CIF: P-0405200-G ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DIA 14 DE AGOSTO DE 2017 Pleno número 5/2017 Sr. Alcalde si D. Ismael Torres Miras PP Sres. Concejales si Dª Purificación Matas Balibrea PP Portavoz Dª Antonia Fernández Hernández PP si D. Enrique Muñoz Hernández PP si Dª África Obispo Pérez PP NO Dª Eva Martínez Molina PP si Dª Ángeles Castillo Muñoz PSOE Portavoz NO D. Ramón Capilla Damián PSOE sí Dª Mª Carmen Gutiérrez Saldaña PSOE sí D. Andrés Cabrera López PSOE sí D. Emiliano Domene Fernández IULVCA Portavoz NO Dª María Jesús Amate Ruiz IULVCA si D. Juan Ibáñez Sánchez GRINP Portavoz si Dª Mª Dolores Salmerón Navarro GRINP sí Dª Almudena Serrano felices C’S Portavoz D. Juan Calatrava Murcia ACH Portavoz si D. Amador Andrés Capel VHA Portavoz Sra. Interventora si Dª. Mª Dolores Gázquez Gonzálvez Sr. Secretario D. Antonio Balsalobre Salvador Incidencias__ Asiste un número aproximado de doce personas como público. El acta es grabada en vídeo y audio, de la que se diligenciará una copia a los efectos que procedan (cuando se disponga de ella) En Huércal de Almería (Almería), siendo las 17,05 horas del día catorce de agosto de dos mil diecisiete, se reúnen, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los miembros del Pleno que se citan al margen, a fin de celebrar sesión ordinaria, previamente convocada al efecto, en tiempo y forma. Una vez comprobada la presencia de quórum de asistencia suficiente (artículo 46.2.c’ LBRL), por la Presidencia se declara abierta la sesión, que conocerá del Orden del Día que figura seguidamente. ORDEN DEL DIA 1.- Aprobación si procede, del borrador de la sesión anterior, celebrada el día 9 de junio de 2017. 2.- Aprobación jusprecio expropiación inmuebles (251/2014) 3.- Toma de razón de renuncia al cargo de Concejal de Dª EVA MARTINEZ MOLINA y solicitud a Junta Electoral Central de nombramiento d4l sustuto siguiente en la lista, D. MANUEL JOSE ABAD GOMEZ (1916/2017) 4.- Aprobación de Convenio Urbanísco (2) con CERVANTES MARTINEZ SL (1812/2017) 5.- Aprobación de solicitud a Ministerio de Fomento de cesión de tramo de CN-340a, de p.k. 445+200 a 446+000 (1285/2017) Página 1 de 45

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ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DIA 14 DE AGOSTO DE 2017

Pleno número 5/2017

Sr. Alcalde

si D. Ismael Torres Miras PP Sres. Concejales si Dª Purificación Matas Balibrea PP Portavozsí Dª Antonia Fernández Hernández PPsi D. Enrique Muñoz Hernández PPsi Dª África Obispo Pérez PPNO Dª Eva Martínez Molina PPsi Dª Ángeles Castillo Muñoz PSOE PortavozNO D. Ramón Capilla Damián PSOEsí Dª Mª Carmen Gutiérrez Saldaña PSOEsí D. Andrés Cabrera López PSOEsí D. Emiliano Domene Fernández IULVCA PortavozNO Dª María Jesús Amate Ruiz IULVCAsi D. Juan Ibáñez Sánchez GRINP Portavozsi Dª Mª Dolores Salmerón Navarro GRINPsí Dª Almudena Serrano felices C’S Portavozsí D. Juan Calatrava Murcia ACH Portavozsi D. Amador Andrés Capel VHA Portavoz Sra. Interventorasi Dª. Mª Dolores Gázquez Gonzálvez Sr. Secretario sí D. Antonio Balsalobre Salvador Incidencias__

Asiste un número aproximado de doce personas como público.El acta es grabada en vídeo y audio, de la que se diligenciará una copia a los efectos que procedan (cuando se disponga de ella)

En Huércal de Almería (Almería), siendo las 17,05 horas del día catorce de agosto de dos mil diecisiete, se reúnen, en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los miembros del Pleno que se citan al margen, a fin de celebrar sesión ordinaria, previamente convocada al efecto, en tiempo y forma.Una vez comprobada la presencia de quórum de asistencia suficiente (artículo 46.2.c’ LBRL), por la Presidencia se declara abierta la sesión, que conocerá del Orden del Día que figura seguidamente.

ORDEN DEL DIA

1.- Aprobación si procede, del borrador de la sesión anterior, celebrada el día 9 de junio de 2017.2.- Aprobación justiprecio expropiación inmuebles (251/2014)3.- Toma de razón de renuncia al cargo de Concejal de Dª EVA MARTINEZ MOLINA y solicitud a Junta Electoral Central de nombramiento d4l sustituto siguiente en la lista, D. MANUEL JOSE ABAD GOMEZ (1916/2017)4.- Aprobación de Convenio Urbanístico (2) con CERVANTES MARTINEZ SL (1812/2017)5.- Aprobación de solicitud a Ministerio de Fomento de cesión de tramo de CN-340a, de p.k. 445+200 a 446+000 (1285/2017)

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6.- Dación de cuenta de Informe de Evaluación y Seguimiento del Plan Estratégico de Subvenciones año 2016 (1481/2017).7.- Informes Ley de Morosidad y PMP (2º trimestre)8.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía desde anterior sesión ordinaria (periodo comprendido entre los días 3 de junio a 8 de agosto de 2017, ambos inclusive).9.- Mociones fuera del orden del día, por razón de urgencia (art. 91.4 ROFRJEL/1986)10.- Ruegos y preguntas.-

Antes de entrar en el examen de los asuntos del orden del día el Sr. Presidente da la bienvenida a los miembros de la Corporación y público asistente.

1.- Aprobación, si procede, del borrador del acta de la sesión anterior: 9 de junio de 2017 (Expdte 291/2017)

Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si desean realizar alguna aclaración al contenido del borrador del acta de la sesión anterior, de 9 de junio de 2017 (expdte 291/2017). No produciéndose intervenciones sobre el texto del acta referida, queda aprobada por UNANIMIDAD de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación (Grupos PP, GRINP, PSOE, VHA, CS, IULVCA Y ACH), proclamándose el resultado por la Presidencia.-

2. Aprobación justiprecio expropiación inmuebles (251/2014)Se dio cuenta de un Dictamen de la Comisión Informativa de DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA, de fecha 11 de agosto de 2017, que dice como sigue:Conoció la Comisión Propuesta de Alcaldía en expdte 251/2014 que dice como sigue:Antecedentes. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 29 de julio de 2013 se aprueba el Proyecto de Urbanización, Demolición y de Apertura de Vial en calle Del Pueblo esquina a calle Hernán Cortés, redactado por D. Juan José Rodríguez García, arquitecto. Se publica en BOP de Almería número 153/2013, de 12 de agosto.

Con esta obra se trata de mejorar sustancialmente la red viaria de la zona permitiendo acceder directamente desde la Calle Villaespesa a la Calle del Pueblo, ahora solo se puede en sentido contrario y ganar un espacio libre de “estar” (plaza) para disfrute de los vecinos de la zona situada en la confluencia de las Calles Hernán

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Cortés y Villaespesa, dotando a la zona centro del pueblo de un espacio lúdico donde el peatón adquiere mayor protagonismo.

En sesión de 1 de agosto de 2014 se acuerda declara la necesidad de ocupación de los inmuebles que seguidamente se indican, iniciándose procedimiento de expropiación forzosa, y tras diversa tramitación seguida, se determina, de común acuerdo el justiprecio de los inmuebles que finalmente se expropian, a saber:

Situación Ref. catastral Superficie afectada m2

Villaespesa, 1 0325101WF5802N0001HL 92,00

Hernán Cortés, 51 0325124WF5802N0001IL 69,00

Hernán Cortés, 53 0325123WF5802N0001XL 106,00

Del Pueblo, 34 0325122WF5802N0001RL 165,00

Del Pueblo 32 0325121WF5802N0001RL 5,00

Por el Técnico Municipal se ha establecido un justiprecio por importe de 166.838,03 euros IVA incluido, si bien no se incluyen las cinco fincas inicialmente previstas, incluyendo Villaespesa-1; Hernan Cortes- 51 y 53; y Del Pueblo-34; no incluyéndose Del Pueblo-32. Consta la conformidad de D. DAVID CAPEL SANCHEZ, que representa a la totalidad de propietarios.

Visto el Derecho aplicable, constituido por Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa; Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.-

Al Pleno del Ayuntamiento Pleno elevo la siguiente Propuesta de acuerdo:

Primero. Aprobar como Justiprecio por la expropiación de las fincas Villaespesa-1; Hernan Cortes- 51 y 53; y Del Pueblo-34, la cantidad de 166.838,03 euros, IVA incluido. El pago se efectuara a D. DAVID CAPEL SANCHEZ que aparece en el expediente como persona que representa al resto de propietarios de los inmuebles referidos

Segundo. Una vez abonado el justiprecio, o debidamente depositado, podrá procederse a la ocupación de las fincas, levantándose Acta al efecto, de la que se dará traslado al Registro de la Propiedad numero 3, para la correspondiente inscripción,

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Tercero. Notificar el presente acuerdo a los interesados en legal forma, que deberá presentar en el Ayuntamiento Ficha de Terceros al objeto de que se le pueda abonar las cantidades aprobadas en este Expediente.

Cuarto. Facultar a la Alcaldía a los efectos oportunos.-

Debate de la Comisión.-Sr. Alcalde: Se trata de finalizar este procedimiento largo, abonando a los propietarios y ocupando las fincas. D. David Capel ha solicitado que el abono del justiprecio se haga a cada propietario individualmente en vez de percibir él el total, pues su representación ha sido a efectos de notificaciones e interlocutor con el Ayuntamiento. La propuesta transcrita se rectifica en este sentidoSres. Portavoces Grupos PSOE e IULVCA reservan para la sesión plenaria.Sra. Portavoz Grupo CS: pregunta si el importe a pagar está presupuestado.Sr. Alcalde, si, desde 2016 y se ha incorporado a 2017.Sr. Portavoz ACH: pregunta por la exclusión de una pequeña propiedad inicialmente incluida en la expropiaciónSr. Alcalde: es muy poco, unos 5-6 m2, el técnico me dice que no es necesaria para la ejecución del proyecto previsto y su propietarios nos pide que salga de la expropiación.VOTACION:Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORÍA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 4 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, IULVCA, C’S y ACH) de los 9 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito, con la rectificación referida a que se abone a cada propietario expropiado el importe que le corresponda: Primero. Aprobar como Justiprecio por la expropiación de las fincas Villaespesa-1; Hernan Cortes- 51 y 53; y Del Pueblo-34, la cantidad de 166.838,03 euros, IVA incluido. El pago se efectuara a los diversos propietarios de suelo expropiados en la parte que les corresponda.

DEBATE DE PLENOSra. Portavoz Grupo PSOE: nuestra duda estaba en la exclusión del inmueble de calle Del Pueblo 32, y preguntamos el porque piden ahora sus propietarios que quede fuera de la expropiación. Tambien pregunta si consta la conformidad de D. David Capel con el justiprecioSr. Alcalde: en un primer momento se solicitó la expropiación, pero con el tiempo fue ocupandolo con plantas y ahora pide que no se le expropie, y el técnico municipal dice que no afecta a la actuación prevista. Sí consta conformidad expresa del Sr. Capel.Sr. Portavoz Grupo IULVCA: no interviene

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Sra. Portavoz Grupo CS: ya votamos favorable a la Modificación de Normas de la que trae causa, así que apoyamos la propuesta.Srt. Portavoz Grupo ACH: nos abstendremos en la votación, pues aunque veamos correcta la actuación también pedimos que fuera mayor, integrando una propiedad junto a la anterior Residencia de Mayores, lo que daría una entrada más lógica y viable para los vecinos, acceso de ambulancias, etc. Rogamos se inicien contactos con los propietarios para ello.Sr. Alcalde: el proyecto existente permite la circulación en ambos sentidos.VOTACIONConocido el asunto por la Presidencia se somete a votación el asunto, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 9 votos a favor (Grupos PP, GRINP, VHA, y CS) y 5 abstenciones (Grupos PSOE, IULVCA y ACH) de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación: Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdos del Dictamen transcrito.El resultado se proclama por la Presidencia.-

3. Toma de razón de renuncia al cargo de Concejal de Dª EVA MARTINEZ MOLINA y solicitud a Junta Electoral Central de nombramiento del sustituto siguiente en la lista, D. MANUEL JOSE ABAD GOMEZ (1916/2017)Se dio cuenta de un Dictamen de la Comisión Informativa de DE HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO, de fecha 11 de agosto de 2017, que dice como sigue:Conoció la Comisión el escrito de renuncia al cargo de Concejal de este Ayuntamiento presentado el día 2 DE AGOSTO DE 2017 por Dª EVA MARIA MARTINEZ MOLINA, que se presentó por la lista electoral del Partido Popular (PP).Visto el Derecho aplicable, a saber:PRIMERO.- DEL ROFRJEL/1986: Los artículos 6.1 y 94SEGUNDO DE LA LOREG: Los apartados 1 y 2 del artículo 182

Visto el Informe emitido por la Secretaría Municipal, este Ayuntamiento Pleno:

Primero. Toma Razón de la renuncia presentada por Dª Eva María Martínez Molina, y solicita a la Junta Electoral Central que proceda a expedir la credencial del siguiente candidato de la Lista presentada por el Partido Popular en las Elecciones Municipales de mayo de 2015, correspondiendo a D. MANUEL JOSE ABAD GOMEZ. Dª Eva Mª Martinez Morales deberá presentar Declaración de bienes conforme al artículo 75.7 LBRL/1985 (formularán asimismo declaración de sus bienes patrimoniales y de la participación en sociedades de todo tipo, con información de las sociedades por ellas

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participadas y de las liquidaciones de los impuestos sobre la Renta, Patrimonio y, en su caso, Sociedades. Tales declaraciones, efectuadas en los modelos aprobados por los plenos respectivos, se llevarán a cabo antes de la toma de posesión, con ocasión del cese y al final del mandato, así como cuando se modifiquen las circunstancias de hecho)

Segundo. Expedida la credencial a favor del candidato, referido, éste deberá tomar posesión en sesión del Ayuntamiento Pleno, conforme a las reglas generales establecidas al efecto (RD. 707/1979).

DEBATE DE COMISION. Los Sres. Portavoces de los Grupos Municipales no intervienen.

Conocido el asunto, se eleva propuesta al Ayuntamiento Pleno de TOMAR RAZON DE LA RENUNCIA AL CARGO DE CONCEJAL DE Dª EVA MARIA MARTINEZ MOLINA Y SOLICITAR DE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL LA EXPEDICION DE CREDENCIAL EN FAVOR DEL SIGUIENTE CANDIDATO DE LA LISTA ELECTORAL DEL PARTIDO POPULAR, D. MANUEL JESUS ABAD GOMEZ.

Debate de Pleno.

Sra. Portavoz Grupo PSOE: Desde nuestro Grupo deseamos lo mejor a la compañera Eva en el plano personal, y a nivel político reseñamos que esta situación es una tradición que sucede en el Partido Popular las últimas legislaturas, bien con renuncias, bien con situaciones de no adscritos. Manifestamos nuestra crítica por el modo en que se ha producido, dado que hace un año se modificaron las liberaciones políticas para darle cabida, luego renunció, etc. Pedimos al PP y al Alcalde que reflexionen y que estén seguros de sus pasos que perjudican a la Institución Municipal, que sean más rigurosos.

Sr. Portavoz Grupo IULVCA: coincido con lo expuesto, no nos parece serio lo que ha pasado con las idas y venidas de Eva, tenemos cada uno nuestras ideologías pero también somos personas y lamento que hoy no esté nuestra compañera aunque aplaudo la coherencia de quien no está cómodo y lo deja.

Sra. Portavoz Grupo CS: desconocemos los motivos que le hayan llevado a la renuncia, a nivel particular le deseamos lo mejor y a nivel político compartimos las manifestaciones de los anteriores Portavoces por las formas habidas en esta renuncia.

Sr. Portavoz Grupo ACH: a este Pleno le compete solo la toma de razón, aunque sí desear lo mejor para ella y para quien le sustituya. Lo que no podemos entender es que el dinero se constituya a veces en una herramienta en la vida pública; cuando se Página 6 de 45

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liberó a Eva era porque se minoraba el importe de otra compañero y ya planeé entonces que había una mala atribución antes o bien con los cambios. Aunque no conozco otras razones y dado que la propia interesada no lo dice, pienso que en esta renuncia ha habido cuestiones económicas y eso no lo compartimos.

Sr. Alcalde: no hay mercadeo ni nada raro, solo hay motivaciones personales para la renuncia.

Este Pleno TOMA RAZON DE LA RENUNCIA AL CARGO DE CONCEJAL DE Dª EVA MARIA MARTINEZ MOLINA Y SOLICITA DE LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL LA EXPEDICION DE CREDENCIAL EN FAVOR DEL SIGUIENTE CANDIDATO DE LA LISTA ELECTORAL DEL PARTIDO POPULAR, D. MANUEL JESUS ABAD GOMEZ.

4. Aprobación de Convenio Urbanístico (2) con CERVANTES MARTINEZ SL (1812/2017)Se dio cuenta de un Dictamen de la Comisión Informativa de DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA, de fecha 11 de agosto de 2017, que dice como sigue:Conoció la Comisión Propuesta de Alcaldía en expdte 1812/2017, sobre CONVENIO URBANISTICO (2) CON CERVANTEZ MARTINEZ SL (1812/2017) que dice como sigue:Que se eleva al Ayuntamiento Pleno en relación con el expediente relativo a celebración de CONVENIO URBANISTICO con la mercantil CERVANTES MARTINEZ S.L., referido a actuación en CN-340a como complementario de anterior Convenio definitivamente aprobado (BOP de Almería de 18 de mayo de 2017).-Vistos los Informes obrantes.

Legislación aplicable:

Ley de ordenación urbanística de Andalucía, 7/2002, de 17 de diciembre.

Reglamento de Gestión Urbanística, RD 3288/1978, de 25 de agosto.

Reglamento Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, RD 1093/1997, de 4 de julio.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Ley de Autonomía Local de Andalucía, 5/2010, de 11 de junio.

Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, y su Reglamento de desarrollo, de 24 de enero de 2006; subsidiariamente, los artículos 74, 75, 78 a 91 de Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Y el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, que la desarrolla parcialmente.

Al Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO.

Primero. Aprobar inicialmente el Convenio Urbanístico presentado por la mercantil CERVANTES MARTINEZ S.L., cuyo objeto es: Definir las obras acondicionamiento de la carretera nacional N-340a y accesos entre los puntos kilométricos 445+200 (límite término municipal con Almería) al 446+000 (incluida la Glorieta para el cambio de sentido con la carretera autonómica A-1000), incluyendo, la parte que da frente a la Unidad de Ejecución SUNC-CF1.A, la parte que da frente a la Unidad de Ejecución SUNC-CF1.B, la parte en sentido norte hasta la Glorieta de La Cepa y en sentido Sur hasta el límite con el municipio de Almería, todas ellas en el carril derecho o sentido de Almería a Granada. El art. 6.5.15 de las NN.SS de Huércal de Almería, establece como uso global comunicaciones, aquellos suelos, locales e instalaciones destinados al transporte de personas y mercancías, entre el que se encuentra el Sistema Viario General Carretera Nacional 340. Aunque en el planeamiento está definido como sistema viario general, no se define con precisión suficiente la actuación y además hay intención de incluir una nueva rotonda, por lo que se requerirá la aprobación de un Proyecto de Obras Públicas Ordinarias, o documento que cumpla igual función.

Su texto figura seguidamente. Se inscribirá en el Registro Administrativo de Instrumentos y Convenios Urbanísticos correspondiente.

Segundo. Publicar su texto en el BOP de Almería, y Tablón físico y sede electrónica del Ayuntamiento, aperturándose plazo de alegaciones de veinte días, a contar del día siguiente al de la última publicación de las referidas.-

Tercero. Facultar a la Alcaldía Presidencia a los efectos oportunos, incluyendo la elevación a definitiva de la aprobación del Convenio de no presentarse alegaciones en el trámite de información pública que se ha referido en el apartado anterior.-

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TEXTO CONVENIO.

PROPUESTA DE CONVENIO URBANÍSTICO DE GESTIÓN

CERVANTES MARTÍNEZ S.L

En Huércal de Almería, a .

REUNIDOS

De una parte, D. Ismael Torres Miras, como Alcalde Presidente de la Corporación, según lo establecido en el art. 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Asistido del Sr. Secretario D. Antonio Balsalobre Salvador, que da fe del acto.

Y de otra, Don Benito Martínez Cervantes, mayor de edad, casado, empresario, vecino de Toledo, con domicilio en calle Reino Unido 3, 3ª planta, local C, y con DNI 03.788.775-P.

INTERVIENEN

El primero, en su condición de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Huércal de Almería.

El Segundo, en representación de la sociedad CERVANTES MARTINEZ S.L. –CEMAR S.L.- de duración indefinida, con domicilio en calle Reino Unido número 3, planta 3ª, local C, Toledo, constituida en escritura autorizada por el notario de Madrid Don Vicente de Prada Guaita el día 10 de noviembre de 1.998, subsanada por otra del mismo notario de fecha 24 de noviembre de 1.998, número 2.211 de protocolo, e insrita en el Registro Mercantil de Toledo al tomo 918, folio 37, sección 8ª, hoja TO-13422, inscripción 1ª.

ANTECEDENTES

1).- El Ayuntamiento de Huércal de Almería aprobó la Adaptación de sus Normas Subsidiarias de Planeamiento a la LOUA por acuerdo del Pleno del día 27 de diciembre de 2.010, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de 9 de mayo de 2.011.

2).- CEMAR S.L. es propietaria de la parcela catastral nº 9608008WF4890N0001ZO, cuya descripción hipotecaria es la siguiente:

(descripción de la finca referida)

3).- La finca en cuestión se corresponde con la totalidad de la Unidad de Ejecución en denominada UE-CF1.A suelo urbano no consolidado del PGOU de Huercal de Almería, e incluyendo una superficie aproximada de 2.000 m2 de la misma en la colindante UE-CF1.B

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(manifestación del promotor, no acreditable por el Ayuntamiento) Se acompaña plano identificando la superficie incluida en las distintas Unidades de Ejecución (Anexo 1).

4).- El Ayuntamiento de Huércal de Almería tiene definitivamente aprobado Convenio Urbanístico con CEMAR SL para el desarrollo de la UECF1-A (BOP de Almería de 18 de mayo de 2017) que incluye la ejecución por CEMAR SL de las obras de desdoblamiento de la CN-340 en la parte que da frente a la UE y los accesos a ésta, obras que se incluirán, formando parte del mismo, en el Proyecto de Urbanización de la meritada UECF1-A. Además, en el Convenio se indica: Obligaciones del Ayuntamiento: b) Solicitar la cesión al Ministerio de Fomento del tramo de carretera nacional n-340 al menos en el tramo identificado en el Anexo 4 en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente convenio. En caso de que el Ministerio deniegue la cesión del tramo definido en dicho anexo, quedará el presente convenio sin efecto, y en suspenso las obligaciones mutuamente asumidas en el mismo, hasta que por los comparecientes se formalice un nuevo convenio o se modifique el mismo. Es necesaria la cesión efectiva del tramo de carretera para la aprobación de los instrumentos de planeamiento y de gestión.

Solicitada la cesión, por el Ministerio de Fomento se contesta que Por continuidad de tramo, y al objeto de realizar una adecuada gestión de la conservación y explotación, el tramo objeto de cesión debe ser entre los puntos kilométricos 445+200 (límite término municipal con Almería) al 446+000 (incluida la Glorieta para el cambio de sentido con la carretera autonómica A-1000). Anexo 2

A fin de que el Convenio aprobado no quede sin efecto, CEMAR SL y el Ayuntamiento de Huércal de Almería están interesados en dar esa continuidad en todo el tramo de la CN-340, conforme se indica desde el Ministerio, es decir hacia el norte por el frente de la UE-CF1.B y hasta encontrar el tramo ya desdoblado en la Glorieta de La Cepa, y hacia el Sur hasta el límite con el término municipal de Almería en dirección a la Glorieta de El Cementerio -tramo total entre puntos kilométricos 445+200 a 446+000- todo ello en el carril sentido de marcha de Almería hacia Granada (habida cuenta de que el otro carril ya cuenta con dos carriles). CEMAR por su parte está conforme en ejecutar dichas obras, siempre que se consideren gastos de urbanización que se ejecutan por cuenta de la UE-CF1.B en la parte que le dé frente, y como gasto propio (sin compensación) tanto la parte al sur de la UE-CF1.A y hasta el límite con el T.M. de Almería hacia la Glorieta de El Cementerio, como la parte norte que va desde el límite de la UE-CF1.B hasta que la actual CN-340a cuenta con dos carriles (aproximación a Glorieta de La Cepa).

Por todo ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 95 y concordantes de la LOUA, los comparecientes suscriben el presente convenio urbanístico de gestión, estableciendo a tal fin las siguientes

ESTIPULACIONES

PRIMERA.- OBJETO. El convenio urbanístico tiene por objeto:

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Definir las obras acondicionamiento de la carretera nacional N-340a y accesos entre los puntos kilométricos 445+200 (límite término municipal con Almería) al 446+000 (incluida la Glorieta para el cambio de sentido con la carretera autonómica A-1000), incluyendo, la parte que da frente a la Unidad de Ejecución SUNC-CF1.A, la parte que da frente a la Unidad de Ejecución SUNC-CF1.B, la parte en sentido norte hasta la Glorieta de La Cepa y en sentido Sur hasta el límite con el municipio de Almería, todas ellas en el carril derecho o sentido de Almería a Granada.

El art. 6.5.15 de las NN.SS de Huércal de Almería, establece como uso global comunicaciones, aquellos suelos, locales e instalaciones destinados al transporte de personas y mercancías, entre el que se encuentra el Sistema Viario General Carretera Nacional 340. Aunque en el planeamiento está definido como sistema viario general, no se define con precisión suficiente la actuación y además hay intención de incluir una nueva rotonda, por lo que se requerirá la aprobación de un Proyecto de Obras Públicas Ordinarias, o documento que cumpla igual función.

Estas obras serán ejecutadas por CEMAR S.L. A saber

a) como obras propias de la urbanización de la UE-CF1.A en la parte que le dé frente (artículo 113 LOUA);

b) como gasto a fondo perdido en la parte del tramo desde límite UE-CF1.A hasta límite término municipal de Almería;

c) como gasto a fondo perdido en la parte del tramo desde el final de la UECF1-B hasta donde la actual N-340-a se encuentra con dos carriles;

d) como gasto a cuenta de la futura urbanización de la UE-CF1.B el tramo que da frente a la dicha unidad.

SEGUNDA.- OBLIGACIONES ASUMIDAS POR CEMAR S.L.

Mediante la firma del presente convenio, CEMAR S.L. asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

Primera. A presentar el Proyecto de Obras Públicas Ordinarias del sistema viario general N-340 objeto de actuación (o documento que cumpla igual función) en el plazo máximo de tres meses desde la firma del presente convenio.

Segunda. Ejecutar las obras definidas en la Estipulación Primera en el plazo máximo de doce meses (12), a contar desde la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución SUNC-CF1.A y del Proyecto de Obra Pública que corresponda al proyecto del desdoblamiento de la carretera desde los puntos kilométricos 445+200 (límite término municipal con Almería) al 446+000 (incluida la Glorieta para el cambio de sentido con la

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carretera autonómica A-1000), siempre qué el Ayuntamiento de Huércal de Almería garantice la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de dicho Proyecto de Obra Pública.

En caso de que se ejecute la urbanización de la UE-CF1.A antes de la puesta a disposición de los terrenos necesarios para la ejecución del Proyecto de Obra Pública, se depositará fianza por parte de CEMAR, por importe que garantice el cumplimiento de la obligación a satisfacción del Ayuntamiento de Huércal de Almería, antes de la recepción definitiva de las obras de urbanización de la UE-CF1.A; dicha fianza será cancelada cuando:

1. CEMAR S.L. ejecute las obras una vez producida la puesta a disposición de los suelos, o

2. cuando transcurran DOS años desde la firma del presente convenio, cuando por causas no imputables a CEMAR no sea posible ejecutar las obras descritas.

Tercera. A incluir el importe de las obras en la futura cuenta de liquidación de la Unidad de Ejecución SUNC-CF1-A, como obras interiores y como obras exteriores establecidas por convenio urbanístico

Cuarta. La ejecución y recepción del Proyecto de Obras Públicas Ordinarias ó documento que cumpla igual función podrá realizarse por fases, siempre que se garantice la funcionalidad de la vía.

TERCERA.- OBLIGACIONES ASUMIDAS POR EL AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA.

Mediante la firma del presente convenio, el Ayuntamiento de Huércal de Almería asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

Primera. Poner a disposición de CEMAR S.L. el suelo necesario para la ejecución de los trabajos de acondicionamiento de la CN-340-a, salvo en la parte correspondiente a UE-CF1.A y UE-CF1.B en el plazo máximo de doce meses (12) desde la aprobación definitiva de este convenio, y durante el periodo de tiempo necesario preciso para su ejecución.

Segunda. A requerir a los propietarios de suelo y/o derechos sobre éste de la UE-CF1.B, a fin de que:

1. Pongan a disposición del Ayuntamiento de Huércal de Almería la parte de suelo incluida en la UE-CF1.B afectada por el Proyecto de Obra Pública definido en la Estipulación Primera del presente Convenio, incluso previamente al desarrollo de la Unidad, mediante cesión anticipada a cuenta del futuro desarrollo de la Unidad de Ejecución, para garantizar la ejecución completa del desdoblamiento de la carretera N-340a.

2. Consideren los trabajos en el tramo frontal de la UE-CF1.B a la CN-340 como obras de urbanización realizados a cuenta de su futuro desarrollo urbanístico

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3. Incluyan su importe en la cuenta de liquidación de la futura Junta de Compensación de la misma.

Para ello, se les notificará la aprobación inicial de este Convenio para su constancia y a fin de que puedan alegar cuanto convenga a sus derechos, debiendo constar su conformidad para la aprobación definitiva del Convenio y, consecuentemente, para la validez y eficacia de esta obligación municipal

Tercera. A tramitar los expedientes con la máxima celeridad, para garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos.

CUARTA.- TRAMITACIÓN.

El acuerdo de aprobación de este convenio, que al menos identificará a los otorgantes y señalará su ámbito, objeto y plazo de vigencia, será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia por el Ayuntamiento tras su firma, publicación que en virtud del artículo 41.3 de la LOUA hará expresión de haberse procedido a su depósito en el registro correspondiente, identificando a sus otorgantes, objeto, situación y emplazamiento de los terrenos afectados. Dicho acuerdo, junto con el convenio, se incluirá en un registro público de carácter administrativo, en cumplimiento del Decreto 2/2.004 de 7 de enero, por el que regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos, y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el registro autonómico.

QUINTA.- RESOLUCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO.

El presente Convenio quedará resuelto y sin efectos en el caso de que no se efectuara la Cesión por el Ministerio de Fomento y/o no se aportaran por el Ayuntamiento los suelos de los tramos situados al norte y al sur de la UECF1-A, a que se refiere este Convenio, en un plazo máximo de dos años a contar desde la publicación en el BOP de Almería de su aprobación definitiva. La resolución del Convenio por estas causas no generará derecho alguno indemnizatorio ni compensatorio a las partes.

De quedar sin efectos, procederá la revisión de su posible afección al desarrollo urbanístico de la UECF1-A prevista en el Convenio aprobado y publicado en el BOP de Almería de fecha 18 de mayo de 2017.

SEXTA.- NATURALEZA DEL CONVENIO.

El presente convenio tiene, a todos los efectos, carácter jurídico administrativo, y en base a este carácter las discrepancias en cuanto a su interpretación y efectos habrán de ser resueltas por el Ayuntamiento de Huercal de Almería, cuyas resoluciones podrán ser objeto de impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Asimismo, su carácter vinculante y el procedimiento a que será sometido para su tramitación, son los establecidos en el Artículo 95.3 de la LOUA.

SÉPTIMA.- NORMATIVA DE APLICACIÓN.

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El presente convenio, se regirá por la legislación supletoria y de necesaria aplicación (Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana; Real Decreto 3288/1978 de 25 de Agosto; Real Decreto 1093/1.997 de 4 de Julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de actos de naturaleza urbanística) y será tutelada, la ejecución, por la Administración actuante que en este caso resulta ser el Excmo. Ayuntamiento de Huércal de Almería.

Octava.- GASTOS

Los gastos originados como consecuencia de las publicaciones a que el presente convenio deba someterse, serán por cuenta del Excmo. Ayuntamiento de Huércal de Almería.

NOVENA.- DOCUMENTACIÓN ANEXA.

Se acompaña a este convenio, formando parte del mismo:

1. Anexo 1

2. Anexo 2

3. PLANO INTERVENCIÓN

4. MEMORIA DE VALORACIÓN PARA AMPLIACIÓN DE CTRA. N-340a tramo PK445+573 a PK445+720 (zona norte)

5.INFORME TECNICO ADQUISICIÓN TRAMO CTRA N 340a ENTRE LOS P.K. 445+200 – P.K.‐ 446+000 HUERCAL DE ALMERIA (ALMERIA)

6. MEMORIA DE VALORACIÓN PARA AMPLIACIÓN DE CTRA. N-340a tramo PK445+200 a PK445+415 (zona sur)

7. BALANCE ECONÓMICO GLOBAL UA-CF-1-A CON AMPLIACIÓN DE LA CARRETERA NACIONAL N 340a en‐ TRAMOS PK445+200 a PK445+415 y PK445+573 a PK445+720

Las memorias valoradas son simplemente valores estimativos, que se realizan con un presupuesto de ejecución material orientativo. Será el proyecto de Obras Públicas Ordinarias el que establecerá el precio exacto del coste de ejecución, valor a considerar en caso de ser necesario el establecimiento del aval por parte de CEMAR.

La valoración podrá ser revisada por los servicios técnicos municipales si durante la ejecución de las obras la dirección facultativa ordenara cambios sustanciales en las mismas

DISPOSICION FINAL.

En todo lo que no contravengan expresamente las Estipulaciones del presente Convenio, se mantienen las obligaciones recogidas en el Convenio Urbanísticos aprobado anteriormente por las mismas partes y publicado en BOP de 18 de mayo de 2017, a saber:

OBLIGACIONES ASUMIDAS POR CEMAR S.L. Mediante la firma del presente convenio, CEMAR S.L. asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones

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a A presentar documento de Estudio de Detalle en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente convenio, con la ordenación prevista en el Anexo Nº 3.

b A presentar Proyecto de Urbanización de la unidad de ejecución y sus accesos en el plazo máximo de dos meses desde la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.

C A ejecutar las obras de urbanización de la unidad de ejecución y sus conexiones exteriores en el plazo máximo de dos años desde que el Ayuntamiento de Huercal de Almería apruebe definitivamente el Proyecto de Urbanización y comunique a CEMAR que tiene plena disponibilidad sobre el tramo de la carretera nacional al que este convenio se refiere.

D A no edificar en los solares resultantes de la urbanización hasta que la misma sea recepcionada por el Ayuntamiento de Huércal; en caso de que se pretenda urbanizar y edificar simultáneamente, el Ayuntamiento solicitará aval al promotor que garantice suficientemente las obligaciones pendientes de cumplimiento por parte del promotor y deberán cumplirse también el resto de requisitos previstos en el artículo 55 de la LOUA. En lo no previsto en el citado precepto legal, será de aplicación supletoria lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto 3288/1978 de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. El importe del aval será fijado por los servicios técnicos municipales, y comprenderá el cien por cien del coste total de la urbanización pendiente, incrementado si procede en el incremento del coste que el tiempo pueda suponer.

E A reparcelar su unidad de ejecución y monetarizar el diez por ciento de cesión obligatoria a favor del Ayuntamiento, por importe de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA CENTIMOS (258.092,50 €) según informe de los servicios técnicos municipales que se incorpora al presente convenio, como Anexo Nº 5. Dicho importe será abonado en el plazo máximo de quince días desde que el Ayuntamiento de Huércal de Almería haya informado favorablemente dicho proyecto, y antes de su ratificación definitiva, requiriendo en tal sentido a CEMAR.

F A ceder a favor del Ayuntamiento de Huércal de Almería, un local de doscientos metros cuadrados (200 m2) con fachada a las calles Rosita o Rigoberta Menchú, a elección de CEMAR S.L. en el plazo máximo de un año desde la recepción de la urbanización; dicho local tendrá su entrada por una de esas calles, y se entregará con suelo, techo y acometidas, pero sin ningún tipo de división interior ni otros equipamientos. CEMAR S.L. deberá presentar un aval por importe de cien mil euros (100.000 €) de forma simultánea a la recepción de la urbanización, con objeto de garantizar el cumplimiento de esta obligación; dicho aval será devuelto simultáneamente a la entrega de dicho local al Ayuntamiento de Huércal de Almería.

OBLIGACIONES ASUMIDAS POR EL AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA. Mediante la firma del presente convenio, el Ayuntamiento de Huércal de Almería asume el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a Aprobar con la mayor celeridad el Estudio de Detalle según la ordenación acompañada como Anexo Nº 3 para el desarrollo comercial promovido por CEMAR. La ordenación propuesta en el Página 15 de 45

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anexo n.º 3, tendrá carácter orientativo ya que será en el instrumento de planeamiento donde se comprobará el cumplimiento de la legislación urbanística, de accesibilidad o legislación sectorial. La ordenación se considerará vinculante en cuanto a determinaciones generales o estructurales, sin perjuicio de las modificaciones necesarias definidas en informes sectoriales, se podrán modificar pequeños aspectos de ordenación pormenorizada por cumplimiento de normativa cuando se presente el E.D. Conforme establece el art. 33-35 del Decreto Legislativo 1/2012 (modificado por el Decreto-Ley 12/2014), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía, estará sometido a informe de la Consejería competente en materia de comercio interior los instrumentos de planeamiento general o de desarrollo que establezcan la ordenación pormenorizada de grandes superficies minoristas.

B Solicitar la cesión al Ministerio de Fomento del tramo de carretera nacional n-340 al menos en el tramo identificado en el Anexo 4 en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente convenio. En caso de que el Ministerio deniegue la cesión del tramo definido en dicho anexo, quedará el presente convenio sin efecto, y en suspenso las obligaciones mutuamente asumidas en el mismo, hasta que por los comparecientes se formalice un nuevo convenio o se modifique el mismo. Es necesario la cesión efectiva del tramo de carretera para la aprobación del Estudio de Detalle.

C A aprobar el Proyecto de Urbanización de la unidad de ejecución y sus accesos y proyecto de reparcelación en el plazo máximo de tres meses desde su presentación.

d A recepcionar las obras de urbanización y sus accesos una vez sean certificadas e informadas por los servicios técnicos municipales.

E A aceptar la monetarización del diez por ciento de cesión obligatoria a favor del Ayuntamiento, por importe de 240.000 €, según informe de los servicios técnicos municipales que se incorpora al presente convenio, como Anexo Nº 5. Dicho importe será abonado en el plazo y forma establecido en la estipulación SEGUNDA.e).

Y estando los comparecientes conformes con lo manifestado, firman el presente, en la ciudad y fecha indicadas ut supra.

Debate de la Comisión.-Sr. Alcalde: Este segundo Convenio surge porque la Demarcación de Carreteras del Estado no cede solo el tramo que da frente a la UECF1A como consta en el primer convenio, sino que por una adecuada gestión de la conservación y explotación, el tramo objeto de cesión debe ser entre los puntos kilométricos 445+200 (límite término municipal con Almería) al 446+000 (incluida la Glorieta para el cambio de sentido con la carretera autonómica A-1000)

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Finalmente, el promotor de UECF1A accede a costear todo el tramo de desdoblamiento, que se contemplará en Proyecto de obras.Sobre ello, se aclara que inicialmente CEMAR solo llegaba hasta el límite norte de la UECF1B, pero en el día de ayer rectificó su oferta y llega hasta la Glorieta de La CepaAl Ayuntamiento le corresponde aportar los terrenos para la actuación, los de la UECF1B son de Patrimonio del Estado y ya se ha solicitado verbalmente y ahora se hará por escrito; los de la zona de Hipermueble se comprenden en el ensanche de la CN-340, se integrará en la cesión del tramo de carretera; y queda por los zona de la anterior SKODA, donde ha habido un primer acercamiento, pero ahora lo veremos en forma.Los Sres. Portavoces Grupos PSOE y CS reservan para la sesión plenaria.Sr. Portavoz Grupo IULVCA manifiesta que ya votó en contra con ocasión del anterior ConvenioSr. Portavoz Grupo ACH tenía dudas con ciertas propiedades y algo se me aclara ahora por el Alcalde.. Pero siguen en cuanto a la zona sur, desde el limite de la UECFA hasta Almería, pues no tenemos claro la posible expropiación y su coste, además dela repercusión en los propietarios de UECF1B sobre gastos de urbanización en su Unidad, como se refleja en los informes. El Ministerio de Fomento no nos paga (cita una cantidad de 180.000 euros).Sr. Alcalde: el Ministerio solo paga si hay obras que ejecutar referidas a firme, drenaje y señalización, pero se ha informado que el tramo a recepcionar está recién reparado y que no procede actuación alguna, por lo que no se abona nada con la cesión. Y además las actuaciones de desdoblamiento corren a cargo del promotor CEMAR.Sr. Calatrava: Ya pedí en su momento que se hablara con Ministerio de Fomento para que la actuación fuera completa, incluso la zona desde nuestro término municipal hasta la Glorieta del Cementerio, que hora queda fuera.Sr. Alcalde: está hablado con el Alcalde Almería, quiere que se haga, peor nosotros no podemos obligar a ello. Lo que sí hemos conseguido es que un tercero nos haga la obra completa en nuestro término.Sr. Calatrava: ustedes tiene una información que nosotros desconocemos, y por eso tenemos que hacer estas exposiciones, pues conocemos lo que consta en los documentos analizados. Agradece la información dada.Sr. Alcalde: para eso están las Comisiones, para dar información.VOTACION:Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORÍA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) 3 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE, ACH y CS) y 1 en contra (Grupo IUCA) de los 9 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-

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DEBATE DE PLENO.Sr. Alcalde: en el Informe de la Arquitecta Provincial se pedían unas aclaraciones que en Informe emitido por el Técnico Municipal quedan subsanadas, entregando copia del mismo a los asistentes: 1) el promotor CEMAR ejecuta todo el tramo de desdoblamiento, 2) el suelo en la zona de Hipermueble se comprende dentro de la CN-340 por lo que será objeto de cesión con el tramo completo, 3) la zona del sur en dirección Almería será objeto de inclusión en el Proyecto de Obras que se redacte lo que daría pie a procedimiento expropiatorio si no hubiera acuerdo previo con los propietarios, 4) finalmente, informa sobre el coste de mantenimiento incluyendo la ampliación de la carretera por el desdoblamiento (ya lo había hecho con el tramo actual)Sra. portavoz Grupo PSOE: No entendemos como se traiga a acuerdo un tema que tiene observaciones de los Técnicos que lo han informado, entregándose ahora en mano un nuevo informe que no podemos conocerloSr. Alcalde: los informes anteriormente emitidos no son desfavorables, sino que piden unas aclaraciones que ya estaban resueltas pero que para mayor claridad ahora se informan por el técnico municipal. En cuanto a los terrenos hacia término municipal de Almería está previsto su adquisición y si no fuera posible sería mediante expropiación que no puede ser costosa puesto que es suelo no urbanizable.Sra. Castillo: sí hay condicionantes en los Informes de la Arquitecta y del Secretario, incluso la Interventora dice que el coste de mantenimiento es estimativo. Ahora nos dice que todo está arreglado, pero tenemos dudas y preguntamos si sería preciso nuevo informe jurídico.Sr. Secretario: el informe está emitido y si el Sr. Alcalde me pide uno nuevo se realizará.Sra. Castillo: propongo que el asunto quede sobre la mesa para que se aporten todos los informes necesarios si quieren que apoyemos el asunto.Sr. Portavoz Grupo IULVCA: Pregunta si procede votar este petición, aclarándose que sí. En cuanto al Convenio propuesto desde el principio estamos en contra del mismo por razones obvias pues no confiamos en su política urbanística, con precipitaciones en muchas ocasiones, como ocurre ahora. Aunque se diga que no es necesario aporte económico por Carreteras creemos que no se ha intentado lo suficiente pues pasará a ser una calle más y la responsabilidad de la misma será municipal. De acuerdo con que el asunto quede sobre la mesa.Sra. Portavoz Grupo CS: con el primer Convenio votamos abstención, y no había tantas advertencias como ocurre con el segundo, vemos que no hay informe de gastos para unas posibles expropiaciones; apoyamos dejarlo sobre la mesa y estudiarlo mejor, aclarándose las advertencias hechas.Sr. Alcalde: Las dudas están resueltas: el tramo de Hipermueble forma parte de la actual Carretera que se c3derá al Ayuntamiento. La expropiación se llevará a cabo si no hay acuerdo con los propietarios, pero es el proyecto a redactar el que lo permitirá. Llevamos años quejándonos de las deficiencias de la entrada a Huércal y ahora es

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cuando va a quedar fenomenal y sin coste para el Ayuntamiento. No es cierto que se haya renunciado a dinero del Ministerio de Fomento, pues de ser necesario ese dinero es para obras de firme, drenaje de la carretera y señalizacion, y todos eso está yá, y el desdoblamiento previsto lo costea un tercero. El Convenio que se presenta define las obligaciones de las partes, hay dos Valoraciones que contienen precios estimativos pero muy aproximados pues el coste final lo expondrá el Proyecto de Obras que se prevé, que, además, costea el promotor.Sr. Portavoz Grupo ACH: no quiero caer en demagogia pero ya contamos con un precedente parecido como el el Centro Comercial Los Naranjos donde se hablaba de 500 empleos aunque que no haya sido posible no es culpa de este Ayuntamiento pues creo que se hizo lo que se pudo.En la Comisión Informativa del día 11 hice unas consideraciones de los informes obrantes y no de perspectivas, ademas del desconocimiento que teníamos del tema y solo cuando se preguntó al Sr. Alcalde éste nos informó. No dispongo de un documento válido que recoja la totalidad de compromisos adquiridos, pues se han ido añadiendo partes. Si se han subsanado los condicionantes de los informes emitidos por Secretaría y la Arquitecta debería haber nuevo informe que lo acredite. Apoyo que el asunto quede sobre la mesa y se traiga el expediente completo.Nos haremos cargo de este tramo de la CN-340 pero será una trama urbana a medias pues lo será en un solo sentido pues al lado contrario no se prevé aceras por ejemplo. Sería mejor tratar todo el tramo, con participación del Ministerio de Fomento, del promotor CEMAR, del Ayuntamiento de Almería y de Patrimonio del Estado en lo que le afecta. Además, hay obras pendientes en la zona de Mendez Viedma por los derrumbes de hace unos meses, ¿quien las hace?Sr. Alcalde: estas obras las acomete el Ministerio, obras adjudicadas. Recuerda las obras que ha de acometer el promotor conforme al Convenio que se presenta, todo el tramo de CN que se cede, el promotor asume todos los costes, aunque será el Ayuntamiento quien resuelva el contenido final de esas obras que recogerá el proyecto que debe presentar. El Técnico nos dice que no es preciso solicitar obras concretas al Ministerio.Sr. Calatrava: lo razonable es que el Ministerio de Fomento aporte dinero a este pueblo. Apoyaríamos una actuación de todo el tramo en ambos carriles como he expuesto antes.Conocido el asunto se procede a someter a votación la propuesta de que el asunto quede sobre la mesa, conforme al artículo 92.1 ROFRJEL/1986, con el siguiente resultado: 6 votos a favor (Grupos PSOE, IULVCA, CS y ACH) y 8 en contra (Grupos PP, GRINP y VHA) de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, por que se desestima la petición.VOTACION (de la propuesta)Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación el asunto, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 8 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 6

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en contra (Grupos PSOE, IULVCA, CS y ACH) de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación: Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdos del Dictamen transcrito.El resultado se proclama por la Presidencia.-

5. Aprobación de solicitud a Ministerio de Fomento de cesión de tramo de CN-340a, de p.k. 445+200 a 446+000 (1285/2017)Se dio cuenta de un Dictamen de la Comisión Informativa de DE URBANISMO, VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS URBANOS, TRANSPARENCIA-MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION Y ADMINISTRACION ELECTRONICA, de fecha 11 de agosto de 2017, que dice como sigue:Conoció la Comisión Propuesta de Alcaldía en expdte 1285/2017, sobre Cesión de tramo de CN-340, que dice como sigue:Visto el expediente tramitado correspondiente a SOLICITUD A MINISTERIO DE FOMENTO DE CESION DE TRAMO DE CN340 P.K. 445+200 A 446+000Vistos los informes obrantes y de conformidad con los mismos, de los que resultan:

Antecedentes:Con ocasión de la aprobación de Convenio Urbanístico (1) con CERVANTES MARTINEZ SL para el desarrollo de la UECF1A, se solicitó del Ministerio de Fomento la cesión del tramo frontal de dicha Unidad a fin de que por el promotor se actuase conforme al Convenio.

Por La Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental se contesta que no es posible ceder solo ese tramo, sino que la cesión ha de ser mayor, comprendiendo desde el p-k. 445+200 al p.k. 446+000, es decir desde el límite del término municipal de Almería hasta un poco más allá de la Glorieta de La Cepa.

Ello ha conllevado la celebración de segundo Convenio urbanístico con el citado promotor, de modo que, manteniendo las obligaciones previstas en el mismo, se sumen otros compromisos de CERVANTES NARTINEZ, consistente en la actuación en el tramo comprendido desde el límite con el T.M. de Almería hasta el límite por el norte de la UECF1B, actuaciones que se contemplarán en Proyecto de obras a presentar por el promotor, y que contemplará, además las actuaciones que procedan hasta llagar al p.k. 446+000

Derecho aplicable

Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

Decreto 18/2006, 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.Página 20 de 45

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Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

La Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

La Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras (entrada en vigor 1 de octubre de 2015)

Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.

Orden de 23 de julio de 2001, Ministerio de Fomento, que regula la entrega a los Ayuntamientos de tramos urbanos de la Red de Carreteras del Estado

Orden FOM/3426/2005, de 27 de octubre, por la que se fijan condiciones especiales para la entrega a los Ayuntamientos de tramos urbanos de la Red de carreteras del Estado

Considerando que los artículos 127 y 128 del RCE/1994, disponen: Las carreteras estatales o tramos determinados de ellas se entregarán a los Ayuntamientos respectivos en el momento en que adquieran la condición de vías urbanas. El expediente se promoverá a instancia del Ayuntamiento o del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y será resuelto por el Consejo de Ministros. Excepcionalmente, podrá resolverlo el titular del citado Departamento cuando existiere acuerdo entre el órgano cedente y el cesionario (artículo 40.2). A los efectos de este artículo, se considera que una carretera estatal o un tramo determinado de ella adquieren la condición de vía urbana si se cumplen las dos siguientes condiciones: a) Que el tráfico de la carretera sea mayoritariamente urbano. b) Que exista alternativa viaria que mantenga la continuidad de la Red de Carreteras del Estado, proporcionando un mejor nivel de servicio. No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 40 de la Ley, el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y las Corporaciones Locales respectivas podrán convenir lo que estimen procedente en orden a la mejor conservación y funcionalidad de tales vías (artículo 40.3).

Considerando lo dispuesto en las Órdenes Ministeriales sobre entrega de tramos de la Red de Carreteras del Estado: Los Ayuntamientos podrán solicitar la transferencia de la titularidad de un tramo de carretera que haya adquirido la condición de vía urbana, de acuerdo con lo establecido por el artículo 40.2 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Página 21 de 45

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Carreteras, y el artículo 127 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre. En la mencionada solicitud deberá constar el nombre y el cargo de la persona facultada para la firma del acta de entrega. La Dirección General de Carreteras analizará la procedencia de la entrega, en función de la condición de vía urbana del tramo y de las prioridades y disponibilidades presupuestarias, y procederá a la definición exacta del tramo objeto de aquélla, tanto en su longitud como en sus características y elementos, estableciéndose como cantidad máxima a transferir a los Ayuntamientos respectivos la derivada de la aplicación de los siguientes baremos:

a) Tramo urbano de carretera de una sola calzada: Treinta millones de pesetas por kilómetro de carretera a ceder.

b) Tramo urbano de carretera de dos calzadas: Cincuenta millones de pesetas por kilómetro de carretera a ceder.

(Importes modificados y actualizados, en euros, por la Orden de 2005 en 204.644,00 y 341.074,00 euros respectivamente)

Una vez aprobada por el Ministro de Fomento la entrega del tramo se designará el representante del Ministerio para proceder a la formalización del acta de entrega. A continuación se firmará un Convenio entre el Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento, en el que aquél se compromete a realizar la transferencia de crédito estipulada una vez acreditada la ejecución de las obras, y éste acepta en el momento de la firma del Con-venio la transmisión de la titularidad de la travesía, lo que se formalizará con la firma en el mismo acto de la correspondiente acta de entrega. Podrán también efectuarse transferencias parciales al Ayuntamiento frente a la presentación por éste a la Dirección General de Carreteras de certificaciones de obra ejecutada. La acreditación total o parcial de las obras ejecutadas deberá ser aprobada por la Dirección General de Carreteras. En ningún caso, la transferencia total al Ayuntamiento podrá ser superior al presupuesto de adjudicación de la obra. Correspondiendo a los Ayuntamientos el proyecto y la ejecución de las obras de acondicionamiento precisas, con la colaboración económica del Ministerio de Fomento que para su financiación se establece en la citada orden. EI Ayuntamiento deberá presentar un proyecto constructivo de la obra a ejecutar. La acreditación total o parcial de la obra deberá ser aprobada por la Dirección General de Carreteras. La cesión se formalizará mediante la suscripción de la correspondiente acta por parte del Alcalde Presidente del Ayuntamiento y del Director General de Carreteras del Ministerio de Fomento, por delegación del Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación.

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Considerando que la adquisición de este tramo de carretera resulta beneficioso para el Ayuntamiento, por cuanto pertenece a un ámbito de inminente desarrollo comercial en el municipio, permitiendo que desde el Ayuntamiento se regule la ejecución de actuaciones concretas.

Las actuaciones de urbanización que corresponda ejecutar se integrarán en el Proyecto de Obras que establece el Segundo Convenio Urbanístico que se tramita con el miso promotor.

DE conformidad con cuanto antecede, al Ayuntamiento Pleno se eleva la siguiente Propuesta de acuerdo

PRIMERO.- Solicitar al Ministerio de Fomento ceda al Ayuntamiento de Huércal de Almería la titularidad del tramo de la CN340-a comprendido entre p.k. 445+200 – 446+000, Por considerarse, conforme a los artículos 127 y 128 RCE/1994, que el tramo referido de la CN-340.a ha adquirido la condición de vía urbana al cumplirse las dos siguientes condiciones: a) Que el tráfico de la carretera es mayoritariamente urbano. b) Que existe alternativa viaria que mantenga la continuidad de la Red de Carreteras del Estado, proporcionando un mejor nivel de servicio, cual es la autovía.-

SEGUNDO.- Declarar la innecesariedad de que se proceda a la redacción de Proyecto de Obras Complementarias para el destino del tramo como vial urbano -para su remisión y aprobación por el Ministerio de Fomento- habida cuenta de que las obras correspondientes se incluirán en el Proyecto de Obras a presentar por CERVANTES MARTINEZ SL por venir así obligado tras la firma de Convenio urbanístico (2) celebrado con el mismo, que asume la ejecución de las obras correspondientes desde el p.k. 445+200 hasta el límite norte de la UECF1B, y sin perjuicio de que, en su caso, el mismo deba ser informado por la Unidad de Carreteras del Estado en Almería. De conformidad con el Informe del Técnico Municipal, se estima un coste anual lineal de mantenimiento en los próximos treinta años de 5.699,67 euros/año. Por lo que no procede reclamar cantidad alguna al Ministerio de Fomento por razón de esta cesión.-

TERCERO.- Designar al Alcalde-Presidente, D. Ismael Torres Miras, como la persona facultada para la firma del acta de entrega y cuantas más actuaciones procedan ante el Ministerio de Fomento, que, en caso de necesidad, sería sustituido por los Sres. Tenientes de Alcalde y por su orden.-

CUARTO.- Efectuada formalmente la cesión, se anotará la adquisición del bien cedido en el Inventario Municipal de Bienes.

Debate de la Comisión.-Página 23 de 45

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Sr. Alcalde: Es la consecuencia del segundo Convenio Urbanístico que se ha debatido y votado en el punto anterior.Los Sres. Portavoces Grupos PSOE, IULVCA y CS reservan para la sesión plenaria.Sr. Portavoz Grupo ACH: votaré en contra como en la anterior cesión, pido que se incluya la actuación hasta la Glorieta del Cementerio de Almería, un solo proyecto de obras, al menos como sugerencia, con los acuerdos intermunicipales que procedan.

VOTACION:Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación, en votación ordinaria, acordándose por MAYORÍA de 5 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) 2 abstenciones -reserva de voto para Pleno- (Grupos PSOE y CS) y 2 en contra (Grupos IULVCA y ACH) de los 9 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación, elevar al Ayuntamiento Pleno la siguiente propuesta de acuerdos:Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdo que se ha transcrito.-DEBATE DE PLENO.

Sra. Portavoz Grupo PSOE: es una consecuencia del punto anterior, por lo que los razonamientos para el voto en contra son los mismos. En el informe de Secretaría hay una serie de indicaciones que no sabemos si se han subsanado.Sr. Portavoz Grupo IULVCA: votamos en contraSra. Portavoz Grupo CS: por coherencia con el punto anterior no apoyamos la propuesta.Sr. Portavoz Grupo ACH: ya lo expuse en la Comisión, el Proyecto debe contemplar los dos márgenes de la CN, si no será una patata, no será una verdadera calle municipal.D. Andrés Cabrera (PSOE) refiere la existencia de un cauce de agua en Barranco de los Callejones que conduce aguas hasta Villa Inés, por lo que pide que se tenga en cuenta a la hora de canalizar lluvias con las obras.Sr. Alcalde: como es evidente la canalización de las ramblas se preverán en el proyecto de obras.VOTACIONConocido el asunto por la Presidencia se somete a votación el asunto, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 8 votos a favor (Grupos PP, GRINP y VHA) y 6 en contra (Grupos PSOE, IULVCA, CS y ACH) de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación: Único: aprobar íntegramente la propuesta de acuerdos del Dictamen transcrito.El resultado se proclama por la Presidencia.-

6. Dación de cuenta de Informe de Evaluación y Seguimiento del Plan Estratégico de Subvenciones año 2016 (1481/2017)

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Se dio cuenta de un Dictamen de la Comisión Informativa de DE HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO, de fecha 11 de agosto de 2017, que dice como sigue:Conoció la Comisión el Informe de Evaluación y Seguimiento del Plan Estratégico de Subvenciones año 2016 (1481/2017) que dice como sigue:María Dolores Salmerón Navarro, Concejala de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Huércal de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía número 2016-1616, de fecha 22/06/2016, procedo a emitir el siguiente INFORME DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2016

Las subvenciones otorgadas por las Administraciones Públicas son reguladas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El Ayuntamiento de Huércal de Almería se encuentra sujeto a esta Ley por cuanto se incluyen en el ámbito subjetivo de la misma las entidades que integran la Administración Local según su artículo 3.1.

La redacción de un Plan Estratégico de Subvenciones esta prevista en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El contenido del Plan estratégico de subvenciones se regula en los artículos 10 al 15 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

En cuanto al órgano competente para su aprobación, al no fijarse éste en la Ley General de Subvenciones ni en los artículos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local que prevén las competencias tanto del Alcalde como del Pleno, entendemos que el órgano competente a falta de existencia de delegaciones especiales es el Alcalde.

A fin de cumplir con el mandato establecido en el artículo 8.1 de la Ley General de Subvenciones, mediante Decreto de la Alcaldía de 2016-1616, de fecha 22/06/2016, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2017-2018 del Ayuntamiento de Huércal de Almería. La elaboración de este documento pretendía contribuir a mejorar y racionalizar la gestión de las subvenciones en el Ayuntamiento y a lograr los objetivos señalados en cada una de las fichas identificativas de las subvenciones. El Plan tiene una vigencia trienal a partir del ejercicio presupuestario en que se aprueba. No obstante, en caso de que no se aprobase un nuevo Plan para ejercicios posteriores, la vigencia de éste se mantendrá siempre que su contenido tenga reflejo presupuestario, existiendo por tanto crédito adecuado y suficiente para cada una de las subvenciones previstas.

El apartado Cuarto del Capítulo 2 del Plan prevé que si durante el ejercicio presupuestario surgiese la necesidad de otorgar nuevas subvenciones, éstas deberán incluirse como modificación al Plan. Esta previsión debe entenderse extensiva al supuesto de redacción y aprobación de los Presupuestos de posteriores ejercicios.

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El Plan prevé Líneas de actuación en las siguientes materias:

1. Línea 1. Actividades y gastos de carácter social

2. Línea 2. Actividades de grupos políticos municipales

3. Línea 3. Actividades de fomento de la cultura, fiestas y participación ciudadana

4. Línea 4. Actividades de fomento del deporte

5. Línea 5. Actividades de fomento de la rehabilitación

6. Línea 6. Actividades de fomento de la actividad económica

Dichas Líneas de actuación se desarrollan en las subvenciones contenidas en las fichas anexas al Plan Estratégico de Subvenciones y las mismas deben responder a las competencias atribuidas al Municipio según la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (y en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía).

La Intervención municipal controlará la correcta justificación de la subvención por parte de los beneficiarios. Y la Concejalía de Participación Ciudadana efectuará el control del cumplimiento del Plan durante su período de vigencia. En el primer cuatrimestre de cada año, la Concejala de Participación Ciudadana presentará ante el Pleno un informe en el que se evalúe la ejecución del Plan.

Finalizada la vigencia del Plan, antes de la elaboración del siguiente, la misma Concejalía deberá formular una actualización del plan en una Memoria en la que se contemple, al menos, el grado de cumplimiento del Plan, la eficacia y eficiencia del otorgamiento de subvenciones en la consecución de los objetivos y efectos pretendidos y conclusiones, con propuesta de sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.

Tomando como base las fichas descriptivas de subvenciones contenidas en el Plan Estratégico, paso a evaluar, una por una, su ejecución. DESCRIPCIÓN 1. Agrupación Deportiva Huércal

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 4. Actividades de fomento del deporte

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

3410-480.00

IMPORTE PREVISTO (€) 46000

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LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.l)

OBJETIVOS Colaboración con la principal entidad deportiva del municipio para promocionar el deporte base aportando recursos para equipamiento deportivo, mutualidad, gastos federativos, arbitrajes, etc.

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN El club presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

El equipo ha justificado en plazo, siendo requerido para subsanar algunos aspectos de la documentación. La misma, presentada igualmente, en plazo, ha sido fiscalizada favorablemente por la Intervención municipal. Se ha procedido al archivo del expediente. DESCRIPCIÓN 2. Peña Flamenca El Ciego de la Playa

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 3. Actividades de fomento de la cultura y fiestas

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

3340-480.01

IMPORTE PREVISTO (€) 2000

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.m)

OBJETIVOS Colaborar en los gastos de mantenimiento de la Peña así como en su labor de difusión del flamenco (declarado patrimonio cultural inmaterial de la humanidad por la Unesco)

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN La Peña presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

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Ha justificado en plazo de forma satisfactoria. DESCRIPCIÓN 3. Asociación Cultural Joaquín Ramírez

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 3. Actividades de fomento de la cultura y fiestas

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

3340-480.02

IMPORTE PREVISTO (€) 600

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.m)

OBJETIVOS Colaboración con la Asociación Cultural Joaquín Ramírez en la organización de actos en torno al Día del Libro y una mini feria del Libro en la Huércal de Almería

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario. La actividad se celebra en torno al Día del Libro, en el mes de abril

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN La Asociación presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

La actividad ya estaba justificada en la fecha de concesión de la subvención, resultando archivado el expediente. DESCRIPCIÓN 4. Hermandad de Nuestra SeÑora de los Dolores

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 3. Actividades de fomento de la cultura y fiestas

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

3340-480.00

IMPORTE PREVISTO (€) 2000

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.m)

OBJETIVOS Colaborar con la Hermandad de Nuestra Señora de los Dolores en la realización de la imagen de Cristo Yacente así como otros gastos de

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mantenimiento de la hermandad y mejora de su patrimonio artístico

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario (o el plazo indicado en la resolución de concesión)

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN La Hermandad presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

No se puede evaluar esta subvención pues la concedida en 2016 no ha concluido su período de ejecución y justificación. DESCRIPCIÓN 5. Fundación Banco de Alimentos de Almería

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 1. Actividades de carácter social

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2310-480.06

IMPORTE PREVISTO (€) 3000

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.e)

OBJETIVOS Colaborar en la labor de recuperar excedentes alimenticios de nuestra sociedad y redistribuirlo a través de asociaciones, evitando cualquier desperdicio o mal uso, ayudando a personas que están en el umbral de la pobreza, marginación y riesgo de exclusión social, población inmigrante, en definitiva personas necesitadas o marginadas sin recursos.

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN La Fundación presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

La actividad ha sido justificada en plazo y archivado el expediente.

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[email protected] 04230 Huércal de Almer CIF: P-0405200-G

DESCRIPCIÓN 6. Cáritas

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 1. Actividades de carácter social

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2310-480.07

IMPORTE PREVISTO (€) 5000

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.e)

OBJETIVOS Colaborar en las actividades de asistencia social de Cáritas Diocesana, financiando la adquisición de alimentos y productos para el Economato San Indalecio así como otros gastos de carácter social destinados a paliar necesidades de personas en situación de exclusión

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN La entidad presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

La actividad ha sido justificada en plazo y archivado el expediente. DESCRIPCIÓN 7. Asociación de Empresarios y Comerciantes de Huércal de Almería

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 6. Actividades de fomento de la actividad económica

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

4330-480.00

IMPORTE PREVISTO (€) 3000

LEGISLACIÓN Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, artículo 9.21

OBJETIVOS Colaboración en los gastos de puesta en marcha de la Asociación, captación de socios y actividades de dinamización del tejido

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empresarial y comercial del municipio de Huércal de Almería

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Subvención nominativa consignada en el Presupuesto municipal de cada ejercicio presupuestario

EVALUACIÓN La Asociación presentará la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

La Asociación ha justificado extemporáneamente y ha sido requerida para subsanar la documentación presentada. Ha subsanado en plazo y está pendiente de revisión.

En el Presupuesto General de 2017 no se ha previsto consignación presupuestaria para dicha entidad

DESCRIPCIÓN 8. Subvenciones a Grupos Políticos Municipales

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 2. Actividades de grupos políticos municipales

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

9120-480.00

IMPORTE PREVISTO (€) 7500

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 73.3

OBJETIVOS Facilitar la actividad propia de los Grupos Políticos Municipales del Ayuntamiento de Huércal de Almería

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Distribución según lo establecido en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la entidad local

EVALUACIÓN Los Grupos presentarán solicitud con compromiso de cumplimiento de las normas que regulan estas subvenciones y deberán llevar una contabilidad específica de la dotación, que pondrán a disposición del Pleno cuando sea requerida. Junto con la solicitud presentarán factura justificativa del gasto efectuado

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Estas subvenciones no fueron concedidas en el ejercicio 2016. En el presente Presupuesto de 2017 se ha modificado la normativa de su concesión y pago, debiendo el Área de Economía y Hacienda instruir el expediente oportuno, para lo cual ya se ha solicitado a los distintos Grupos la presentación del CIF y certificado de titularidad de la cuenta corriente bancaria.

DESCRIPCIÓN 9. Subvenciones a Asociaciones y Clubes Deportivos

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 3. Actividades de fomento de la cultura, fiestas y participación ciudadana

Línea 4. Actividades de fomento del deporte

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

9240-480.00

IMPORTE PREVISTO (€) 23400

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.l) y m)

OBJETIVOS Colaboración con las actividades, gastos corrientes y equipamiento de las Asociaciones culturales, juveniles, jubilados, AMPAs, clubes deportivos, peñas deportivas y en general todo tipo de entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades Vecinales

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Subvención convocada mediante un procedimiento de Concurrencia competitiva con aprobación de las correspondientes Bases reguladoras de la subvención

EVALUACIÓN Los beneficiarios presentarán la documentación justificativa que será comprobada por los servicios municipales

Se tramitó la Convocatoria de concurrencia competitiva conforme a las nuevas disposiciones de la Ley General de Subvenciones (publicación de extracto de convocatoria en el BOP de Almería a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones). Se presentaron 29 solicitudes, de las cuales dos fueron declaradas desistidas por no subsanar documentación en el plazo concedido, y otras dos fueron desestimadas por presentación de solicitud fuera de plazo. Fueron concedidas 25 subvenciones a entidades ciudadanas de Huércal de Almería, por un importe total de 23.400,00 euros. Todas ellas han presentado la justificación, si bien por acumulación de tareas del Técnico de Gestión Económica no se ha procedido aún a su revisión, pues se están revisando las correspondientes al año 2015 y se ha implantado el nuevo procedimiento de solicitud telemática.

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En el Presupuesto General de 2017 se ha previsto una nueva regulación de las subvenciones a las Asociaciones y Clubes Deportivos, pasando a tener todas ellas la consideración de subvenciones nominativas. Es decir, se prevé en el propio Presupuesto la cuantía asignada a cada entidad ciudadana y se establece una regulación para que cada solicitud se tramite independientemente de las demás. Gracias a ello, esperamos tener tramitadas y concedidas antes del 14 de julio varias de estas subvenciones, lo cual supone una mayor agilidad en la gestión de estas ayudas, favoreciendo la actividad de las Asociaciones y Clubes que cumplan sus obligaciones formales con mayor rapidez.

DESCRIPCIÓN 10. AYUDAS DE EMERGENCIA Y DE INSERCIÓN SOCIAL

11. AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES

12. AYUDAS COMPLEMENTARIAS A DOMICILIO

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 1. Actividades de carácter social

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2310-480.00

2310-480.01

2310-480.03

IMPORTE PREVISTO (€) 37000, 50000, 4000

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.e)

OBJETIVOS Ayudar a personas en situación de emergencia y exclusión social

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Las solicitudes son evaluadas por los Servicios Sociales Comunitarios, que formarán propuesta de concesión al órgano concedente

EVALUACIÓN Los beneficiarios deberán aportar documentación justificativa a los Servicios Sociales

Se vienen ejecutando en colaboración con los Servicios Sociales Comunitarios de la Diputación de Almería. Se ha rendido la justificación de estas ayudas en las siguientes fechas:

- Ayudas Económicas Familiares, 22/03/2017- Ayudas de Emergencia Social, 22/03/2017- Ayudas de Convivencia y Reinserción, 11/04/2017

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- Ayudas Complementarias a Domicilio, 11/04/2017 DESCRIPCIÓN 13. PLAN DE LUCHA CONTRA LA EXCLUSIÓN SOCIAL

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 1. Actividades de carácter social

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2310-480.11

IMPORTE PREVISTO (€) 20000

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.e)

OBJETIVOS Ayuda a personas y familias en situación de exclusión social o riesgo de estarlo

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Las solicitudes son evaluadas por los Servicios Sociales Comunitarios, que formarán propuesta de concesión al órgano concedente. Pendiente de definir mediante aprobación de Ordenanza municipal.

EVALUACIÓN Los beneficiarios deberán aportar documentación justificativa a los Servicios Sociales. Pendiente de definir mediante aprobación de Ordenanza municipal.

Respecto a estas ayudas, se ha aprobado y entrado en vigor la Ordenanza reguladora de las Ayudas Municipales de Emergencia Social en los primeros meses de 2017, y ya se están registrando solicitudes de los usuarios y tramitando informes. Pronto se concederán y pagarán las primeras ayudas.

DESCRIPCIÓN 14. PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 1. Actividades de carácter social

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

2310-480.09

2310-480.10

IMPORTE PREVISTO (€) 14100 (pendiente de conceder por la Junta de Andalucía)

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15000 (aportación municipal, con recursos ordinarios)

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.e)

OBJETIVOS Ayuda a personas en riesgo de exclusión social en el pago de suministros mínimos vitales y prestaciones de urgencia social, tal como aparecen definidos en el Decreto-ley 8/2014, de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Las solicitudes son evaluadas por los Servicios Sociales Comunitarios, que formarán propuesta de concesión al órgano concedente.

EVALUACIÓN Los beneficiarios deberán aportar documentación justificativa a los Servicios Sociales.

El Programa de Suministros Mínimos Vitales de 2016 comenzó a ejecutarse en el mes de septiembre de 2016 y ha extendido su ejecución hasta junio de 2017. La ejecución correspondió a la subvención de la Junta de Andalucía. Durante el ejercicio 2016 se vio la conveniencia de que la aportación municipal a estas necesidades sociales se canalizara a través de las Ayudas Municipales de Emergencia Social, contemplándose así en la correspondiente Ordenanza reguladora.

DESCRIPCIÓN 15. FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN

LÍNEA DE ACTUACIÓN Línea 5. Actividades de fomento de la rehabilitación

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

Pendiente de modificación de créditos

IMPORTE PREVISTO (€) 100000 (financiado con Patrimonio Municipal de Suelo)

LEGISLACIÓN Ley 7/1985, de 2 de abril, LRBRL, artículo 25.2.a)

OBJETIVOS Fomentar la rehabilitación y conservación de viviendas y edificios residenciales del municipio de Huércal de Almería

PLAZO ACTIVIDAD Ejercicio presupuestario

PROCEDIMIENTO Pendiente aprobación Ordenanza reguladora

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EVALUACIÓN Pendiente aprobación Ordenanza reguladora

La Ordenanza Reguladora ha superado el trámite de aprobación inicial en la sesión plenaria de 9 de junio de 2017. El texto de la Ordenanza ha fijado los parámetros básicos para su concesión mediante convocatoria de concurrencia competitiva. Una vez aprobada definitivamente y en vigor la Ordenanza Reguladora, se tramitará el expediente de la Convocatoria y se abrirá el plazo de solicitudes.

Una vez aprobado definitivamente el Presupuesto General de esta entidad local para el ejercicio 2017, y a la vista de los cambios normativos habidos en el plazo transcurrido desde la aprobación del Plan Estratégico, paso a apuntar algunas propuestas de modificación del Plan que someto a consideración de la Presidencia de la Corporación. Son las siguientes.

- Inclusión de las Ayudas del Programa Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria, dado que se trata de ayudas en especie, cuya concesión y pago hay que rendir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

- Incluir las nuevas ayudas previstas para el año 2017 (Asociación Kraneal y Parroquia de la Fuensanta).

- Contemplar el cambio en la gestión de subvenciones a Asociaciones y Clubes Deportivos, que han pasado de la convocatoria de concurrencia competitiva a tener carácter de subvenciones nominativas.

DEBATE DE COMISION.

Sra. Portavoz Grupo CS: pregunta si se reflejan todas las subvenciones

Sr. Portavoz Grupo ACH: al hilo de esa pregunta, se refiere a las de Grupos Políticos.

Sra. Concejala de Hacienda: se reflejan todas, se trata de un control más a cargo de la Administración Central. Se recoge un Plan de tres años. Para más información preguntar al Técnico Rama Económica.

Queda dada cuenta del Informe de Evaluación y Seguimiento del Plan Estratégico de Subvenciones año 2016 (1310/2017).

DEBATE DE PLENO No hay intervenciones.

QUEDA DADA CUENTA DEL INFORME DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES AÑO 2016

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7. Informes de Ley de Morosidad y Periodo Medio de Pago (PMP) segundo trimestre 2017 (1125/2017)Se dio cuenta de un Dictamen de la Comisión Informativa de DE HACIENDA, ORGANIZACION MUNICIPAL, RECURSOS HUMANOS, CONTRATACION, DESARROLLO ECONOMICO, ASUNTOS SOCIALES Y POLITICAS DE EMPLEO, de fecha 11 de agosto de 2017, que dice como sigue:Conoció la Comisión los Informes emitidos por el Área Económica correspondientes a Ley de Morosidad y Periodo Medio de Pago del segundo trimestre de 2017.-

Las funcionarias que suscriben, Interventora y Tesorera del Ayuntamiento de Huércal de Almería, analizado el expediente de referencia y con arreglo a lo establecido en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, tienen a bien emitir el siguiente

INFORME

PRIMERO.- Legislación aplicable:

Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Ley Orgánica 2/2012, de 27 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPYSF).

Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.

Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

SEGUNDO.- Que de conformidad con el artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en su nueva redacción dada por el Real Decreto-Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo:

“1. El plazo de pago que debe cumplir el deudor, si no hubiera fijado fecha o plazo de pago en el contrato, será de treinta días naturales después de la fecha de recepción de las mercancías o

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prestación de los servicios, incluso cuando hubiera recibido la factura o solicitud de pago equivalente con anterioridad.

Los proveedores deberán hacer llegar la factura o solicitud de pago equivalente a sus clientes antes de que se cumplan quince días naturales a contar desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías o de la prestación de los servicios.

Cuando en el contrato se hubiera fijado un plazo de pago, la recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo de plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la recepción por el interesado.

2. Si legalmente o en el contrato se ha dispuesto un procedimiento de aceptación o de comprobación mediante el cual deba verificarse la conformidad de los bienes o los servicios con lo dispuesto en el contrato, su duración no podrá exceder de treinta días naturales a contar desde la fecha de recepción de los bienes o de la prestación de los servicios. En este caso, el plazo de pago será de treinta días después de la fecha en que tiene lugar la aceptación o verificación de los bienes o servicios, incluso aunque la factura o solicitud de pago se hubiera recibido con anterioridad a la aceptación o verificación.

3. Los plazos de pago indicados en los apartados anteriores podrán ser ampliados mediante pacto de las partes sin que, en ningún caso, se pueda acordar un plazo superior a 60 días naturales.

4. Podrán agruparse facturas a lo largo de un período determinado no superior a quince días, mediante una factura comprensiva de todas las entregas realizadas en dicho período, factura resumen periódica, o agrupándolas en un único documento a efectos de facilitar la gestión de su pago, agrupación periódica de facturas, y siempre que se tome como fecha de inicio del cómputo del plazo la fecha correspondiente a la mitad del período de la factura resumen periódica o de la agrupación periódica de facturas de que se trate, según el caso, y el plazo de pago no supere los sesenta días naturales desde esa fecha.”

TERCERO.- Que el apartado tercero del artículo cuarto de la Ley 15/2010 dispone que “los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo”

Y el aparado cuarto, añade que: “Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. Tales órganos podrán igualmente requerir la remisión de los citados informes”

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CUARTO.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público: “Los órganos o unidades administrativas que tengan atribuida la función de contabilidad en las Administraciones Públicas:

1. Efectuarán requerimientos periódicos de actuación respecto a las facturas pendientes de reconocimiento de obligación, que serán dirigidos a los órganos competentes.

2. Elaborarán un informe trimestral con la relación de las facturas con respecto a los cuales hayan transcurrido más de tres meses desde que fueron anotadas y no se haya efectuado el reconocimiento de la obligación por los órganos competentes. Este informe será remitido dentro de los quince días siguientes a cada trimestre natural del año al órgano de control interno.

Debiendo informarse además que, tal y como se desprende del artículo 12 de dicha Ley 25/2013: “Anualmente, el órgano de control interno elaborará un informe en el que evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de morosidad. En el caso de las Entidades Locales, este informe será elevado al Pleno”.

QUINTO.- Que de conformidad con la Disposición adicional primera de la Ley 9 /2013 de control de la deuda comercial en el sector público, todas las Administraciones Públicas y sus entidades y organismos vinculados o dependientes publicarán en su portal web su periodo medio de pago a proveedores e incluirán en su plan de tesorería inmediatamente posterior a dicha publicación las medidas de reducción de su periodo medio de pago a proveedores para cumplir con el plazo máximo de pago previsto en la normativa sobre morosidad.

SEXTO.- En cumplimiento de los preceptos anteriormente expuestos, las funcionarias que suscriben en función de sus respectivas funciones adjuntan al presente informe los siguientes listados correspondientes al SEGUNDO trimestre de 2017 (conforme a los modelos normalizados en la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Corporaciones Locales):

Pagos realizados en el Trimestre.

Facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del trimestre.

Intereses de demora pagados en el período.

Es cuanto las funcionarias que suscriben tienen el honor de informar, en Huércal de Almería, en la fecha indicada al margen.

PUBLICACIÓN DEL PERÍODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES DEL AYUNTAMIENTO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA, CALCULADO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIOSEGUNDO TRIMESTRE DE 2017

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Ratio operaciones pagadas (días) = 26,65

Importe pagos realizados (euros) = 1.140.181,67

Ratio operaciones pendientes (días) = -2,08

Importe pagos pendientes (euros) = 300.761,13

PERÍODO MEDIO DE PAGO DE LA ENTIDAD (días) = 20,65

DEBATE DE COMISION. Los Sres. Portavoces de los Grupos NO intervienen.

Queda dada cuenta de Informes de Ley de Morosidad y Periodo Medio de Pago (PMP) segundo trimestre 2017 (1125/2017)

DEBATE DE PLENO No hay intervenciones.

QUEDA DADA CUENTA DE LOS INFORMES DE LEY DE MOROSIDAD Y PERIODO MEDIO DE PAGO SEGUNDO TRIMESTRE 2017

8. Dación de cuenta de Resoluciones de la Alcaldía (periodo comprendido entre los días 3 de junio a 8 de agosto de 2017, ambos inclusive) Se da cuenta de resoluciones de alcaldía en el periodo 3 de junio a 8 de agosto de 2017, ambos inclusive, de conformidad con el artículo 42 ROFRJEL/1986.

9. Mociones fuera del orden del día (previa declaración de urgencia, artículo 91 ROFRJEL/1986)Por la Presidencia se pregunta si algún grupo desea someter a este pleno algún asunto fuera del orden del día, previa declaración de urgencia del mismo.La Portavoz Grupo CS (Sra. Serano) solicita la inclusión de MOCION PARA LA MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE LOS CENTROS ESCOLARES PRECARIOS EN EL MUNICIPIO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA de conformidad con lo anunciado en la

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Comisión Informativa del día 11 último.9.a MOCION PARA LA MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE LOS CENTROS ESCOLARES PRECARIOS EN EL MUNICIPIO DE HUÉRCAL DE ALMERÍA Sra. Portavoz Grupo CS: Da lectura a la mocion, a saber:Texto de la Mocion:Actualmente el Estado afronta la tarea de abrir nuevos centros educativos para atender la demanda necesaria de plazas educativas. Debido al crecimiento de población educativa localizado en áreas concretas, muchos municipios no pueden atender la demanda a tiempo y se ven obligados a establecer centros en barracones popularmente conocidos como caracolas como medida provisional. Esta medida, si bien no supone un problema pero si, está actualmente generando mucha preocupación a cientos de miles de padres y a otros organismos de la sociedad por la falta de infraestructuras y condiciones mínimas de salubridad y acondicionamiento que, unidos a la actual ola de calor que azota España, está generando casos de lipotimias y desfallecimientos en muchos centros. El problema en sí no se reduce al uso de barracones o caracolas, los cuales pueden diseñarse para cumplir con todos los requisitos marcados por el Código Técnico de Edificación y tener una vida útil muy superior a los diez años. El problema principal surge de la utilización de estructuras provisionales cuyas condiciones de construcción y montaje están pensados para un período de tres años como si fueran estructuras fijas y no temporales. De acuerdo con numerosas denuncias a lo largo de todo el país, son ya muchas las familias preocupadas porque los centros no cumplen los requisitos mínimos de seguridad, salubridad y acondicionamiento como podrían ser la dotación de aire acondicionado con bomba de calor, paneles aislantes, doble cubierta o suelos hormigonados, entre otros.En base a la preocupación de las familias andaluzas por los espacios en los que estudian sus hijos, Ciudadanos Andalucía logró introducir en el presupuesto de la Junta de Andalucía para 2017, a través del diálogo y el consenso, una partida presupuestaria para la eliminación de 181 caracolas y la modernización de edificios obsoletos por un importe de más de 38 millones de euros y el desarrollo del Plan de Eliminación del amianto con 11 millones de euros de presupuesto para este año en curso. Este Plan de Retirada de Aulas Prefabricadas 2016/17 comprende una serie de obras que persiguen dotar de nuevos espacios docentes en centros educativos públicos que provisionalmente disponen de módulos prefabricados para cubrir las necesidades de escolarización. Actualmente, se han programado y se están ejecutando proyectos y obras, para retirar 181 aularios prefabricados, según la siguiente distribución: ALMERIA 32 CADIZ 22 GRANADA 40 HUELVA 9 MALAGA 48 SEVILLA 30 Otras comunidades autónomas también presentan el mismo problema en sus centros educativos. Para entender la dimensión del problema, por ejemplo en la Comunidad

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Valenciana 20.629 niños estudian en barracones y otros 30.298 niños estudian en centros antiguos, en condiciones poco adecuadas, con instalaciones con un mantenimiento precario y que necesitarían renovarse. Este problema no es nuevo ya que muchas de estas instalaciones tienen ya años de obsolescencia en su previsión de temporalidad. "El proceso de sustitución de las aulas previsto se ha visto ralentizado por los recortes experimentados por las inversiones en el ámbito educativo", señalaba ya en 2013 la Defensora del Pueblo Soledad Becerril en un escrito en relación a este tema.Si nos basamos en datos municipales, Huércal de Almería, según su mapa de infraestructuras escolares, tendrían que haberse actuado ya en el Instituto de Educación Secundaria en cuanto a la ampliación del centro o construcción de un nuevo centro educativo, así como la posterior retirada de las aulas prefabricadas y en el resto de centros con infraestructuras que se deberían valorar si cumplen las garantías mínimas de edificación y salubridad. Centros que llevan necesitando desde hace años actuaciones importantes y a día de hoy no se ha actuado en ellos.Es más que evidente que para que el proceso educativo transcurra positivamente es importante que nuestros alumnos cuenten con entornos e instalaciones en buenas condiciones. Por todo ello, proponemos a este Pleno, la adopción de los siguientes: ACUERDOS PRIMERO.- Instar a la Junta de Andalucía a que cumpla con el Plan de retirada de Aulas prefabricadas previsto para el municipio de Huércal de Almería y lleve a cabo la retirada de las aulas prefabricadas en el Instituto de Educación Secundaria Carmen de Burgos. SEGUNDO.- Dar traslado al Consejo Escolar Municipal y a los centros educativos del municipio de la moción y acuerdos adoptados. TERCERO.-. Instar a la Junta de Andalucía a presentar un informe sobre las aulas prefabricadas retiradas que ya se han sustituido conforme al Plan de retirada de Aulas prefabricadas. CUATRO.-. Instar a la Junta de Andalucía a establecer un conjunto de requisitos de edificación, acondicionamiento y salubridad y un proceso de calidad para la comprobación y auditoría de las instalaciones, tanto nuevas como existentes.Esta Secretaría recuerda que aun cuando se comentó en la Comisión del día 11 la inclusión de este asunto en el orden del día del Pleno, lo cierto es que se requiere la formalidad de votar la petición, conforme al artículo 91.4 ROFRJEL/1986, dado que el asunto no está en la Convocatoria entregada.Sr. Portavoz Grupo IULVCA: no entiendo que haya de votarse la inclusión, cuando se reconoció en la Comisión que no se había incluido por error.Sra. Serrano: la urgencia es clara, hay que debatir la moción.Sr. Alcalde: En el Consejo Escolar Municipal se nos informó de que la Junta tiene licitada el nuevo edificio, y con ello se retirarían las actuales aulas prefabricadas que,

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curiosamente, todas ellas tienen aire acondicionado. Ahora no podemos retirarlas, pues ¿que hacemos con los alumnos?Sra. Serrano: no lo pedimos para hoy sino que pedimos que la Junta cumpla con el Plan de RetiradaSe somete a votación la urgencia de la misma, que es aprobada por mayoría de 11 votos a favor (Grupos PP, GRINP, VHA, IULVCA, CS y ACHA ) y 3 abstenciones (Grupo PSOE) de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación por lo que se somete a Debate:Sr. Cabrera (Grupo PSOE): del texto de la Moción se podría deducir que faltan servicios educativos, cuando eso no es así pues la atención educativa pública en Huércal está garantizada. Las Aulas prefabricadas o barracones, realmente viene muy preparadas y con AA. Está en marcha la ampliación del Centro CARMEN DE BURGOS y el nuevo IES se prevé para 2018, pero en la Delegación Territorial aun no tenemos los documentos que debe mandar el Ayuntamiento para este nuevo Centro. La retirada de las aulas prefabricadas es una actuación preferente de la Junta, lo sabemos todos, y por eso no entendemos esta moción, que parece que fuere de hace meses o incluso años. Creemos que se hace todo lo posibles por todas las Instituciones educativas.Sr. Portavoz Grupo IULVCA: me sorprende que diga el Sr. Cabrera que se rifen las aulas prefabricadas; creemos que ni la Junta ni el Ayuntamiento han estado a la altura de las circunstancias; he votado sí a la urgencia porque esta moción debería haber figurado en el orden del día, pero en cuanto a lo que se pide tengo mis dudas, creo que es imprecisa, que hacemos con los alumnos si ahora quitamos las aulas; se insta a presentar un informe pero, ¿a quien? Creo que la moción debiera ser más precisa, sin perjuicio de apoyar todo lo que mejore la educación.Sr. Portavoz Grupo ACH: comparto lo que se dice, es una moción extemporánea, aunque cualquier control que se puede ejercer en esta materia es bueno. Creo que la moción va a más largo tiempo, cuando tengamos las obras adjudicadas.Sr. Portavoz Grupo VHA. Creo es una de esas mociones que se mandan desde los Partidos más importantes que se obligan a traer a los Ayuntamientos; me molesta que se haya votado la urgencia.Sr. Portavoz GRINP: ratifico casi todo lo dicho, y también pienso que el asunto debería haber estado incluido en la convocatoria.. En cuanto al fondo, no tiene demasiado sentido en nuestro municipio. Nos abstendremos para no ser un obstáculo, pero decimos que se trata de un nuevo tema genérico que nos llega desde los grandes partidos.Sra. Portavoz Grupo PP: nos abstendremos, no queremos aulas prefabricadas, pero es un paso previo necesario hasta disponer de nuevos centros.Sra. Serrano: no ponemos en duda el compromiso educativo de la Junta con nuestro municipio, pero pedimos que nuestros centros sean lo mejor posible, y por ello pedimos que se cumpla con el Plan de Retirada de esas aulas. Pedimos un compromiso real y que podamos controlarlo en cuanto a nuestro municipio.Sr. Alcalde: de acuerdo, pero pienso que dado que vuestro partido, CS, apoya al PSOE en Andalucía, podríais haber apretado para que el Presupuesto de 2017 lo hubiera recogido.VOTACION

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Conocido el asunto por la Presidencia se somete a votación el asunto, en votación ordinaria, acordándose por MAYORIA de 2 votos a favor de la Moción (Grupos CS y IULVCA) 3 en contra de la moción (Grupo PSOE) y 9 abstenciones (Grupos PP, GRINP, VHA Y ACH) de los 14 miembros asistentes y presentes en el momento de la votación: Único: no aprobar la propuesta de acuerdos de la Moción transcrita.El resultado se proclama por la Presidencia.-

10. Ruegos y preguntasDª Ángeles Castillo Muñoz (PSOE).-1.- Reiterar las preguntas del último PlenoR: se depositaron en vuestro Buzón las contestaciones.2.- Sobre presencia de ratas en el Parque del Pabellón.R: ya se ha tratado desde el sábado por empresa especializada, en la zona de dominio público, y se ha requerido a Junta de Compensación del SR7D. Emiliano Domene Fernández (IULVCA).-1.- En fecha 1 de marzo de 2017 se solicitó información sobre proyecto de ampliación del Centro de Tercera Edad y se nos contestó que no había nada, y pregunto si a día de hoy lo hay.2.- Sobre la problemática habida este verano con la piscina municipal, problemas con los bonos, aforos, etc. Incluso creemos que se ha hablado de una segunda piscina. Queremos saber sobre ello.3.- Situación actual de los solares, hay algunos en estado de gran abandono.Dª Almudena Serrano Felices (C’S).-1.- Si a raíz de la noticia de actuaciones en red del tren en Almería, se tiene previsto actuaciones en nuestra Estación2.- Situación del Inventario3.- Sobre las respuestas de preguntas anteriores depositadas en el buzón, hay una que no me queda clara, referida a la no celebración del Día del Asociacionismo en el mes de marzo.R: contestamos No, porque entendimos que solo se preguntaba si se había celebrado.D. Juan Calatrava (ACH).-1.- Sobre nota de prensa referida a falta de servicio en nuestro Cementerio, ¿porque?, ¿no podría haberse reorganizado?, ¿se conoce que los trabajadores del cementerio han de recibir sus trabajos desde el encargado, según nuestros reglamentos?2.- Sobre contratos existentes para que una empresa haya prestado los servicios3.- ¿Porque se sanciona a un trabajador?4.- Ese empleado ¿ha de prestar servicios nocturnos?Todo esto nos lleva a pensar que dan los pasos necesarios para privatizar este servicio.Precisamente nos dotamos de reglamentos para evitar arbitrariedades por lo que no entiendo que se sancione a un trabajador por cumplir una norma.

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5.- ¿Tiene el equipo de gobierno intención de privatizar este servicio?6.- ¿Porque ningún representante del PP asistió a la Junta Gestora de hace unos días donde se incluía la posible aprobación de la subida de las tasas?¿Acaso no era un tema importante para ustedes?7.- Como ruego y pregunta pido que nos ninguneen a los Grupos de la Oposición, pues hace unos días solicitamos celebración de Comisión de Urbanismo para que se nos facilitara información y documentación, y no se nos dio nada ese día ni desde el mismo, ¿esa va a ser su posición sobre la Oposición desde ahora?Muchas gracias.

Con lo que no habiendo más asuntos de que tratar, la Presidencia levantó la sesión, agradeciendo la asistencia de los Sres. Concejales y público, siendo las 18,45 horas del día 14 de agosto de 2017, extendiéndose la presente acta en 45 páginas, de lo que como Secretario doy fe.-

Vº Bº El Alcalde

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