PROYECTO NACIONAL DE FACILITACIÓN TURÍSTICADefiniciones de la Regla Congreso: Toda reunión...

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PROYECTO NACIONAL

DE FACILITACIÓN

TURÍSTICA

EJES DE POLÍTICA TURÍSTICA

TURISTAS TOTALMENTE

SATISFECHOS

DESTINOS TURÍSTICOS

SUSTENTABLES.EMPRESAS

COMPETITIVAS

HACER

DEL TURISMO

UNA

PRIORIDAD

NACIONAL

Proceso de revisión continua del marco regulatorio

vigente.

Diagnóstico de los efectos de su aplicación para

elaborar y seguir propuestas de mejora ante las

instancias que correspondan.

Transparencia en la elaboración de las regulaciones y

optimización beneficios para la sociedad.

¿QUÉ ES LA MEJORA REGULATORIA?

¿POR QUÉ UN PROYECTO NACIONAL

DE FACILITACIÓN TURÍSTICA?

Carácter transversal e

interdependiente de la

actividad turística

Visión

Proyecto Nacional de

Facilitación Turística

• El Proyecto Nacional de Facilitación

Turística (PNFT) se encuentra previsto en

el Programa Nacional de Turismo 2001-

2006 derivado de la necesidad de contar

con un instrumento que de manera

sistemática integrara los principales

asuntos que inhiben el desarrollo del

turismo.

MARCO DE REFERENCIA

Facilitación y

Mejora

Regulatoria

Leyes

Reglamentos

Disposiciones

administrativasCreación

Operación de

las empresas

E m

p r

e s

a s

Internación

Movilidad

Permanencia

T u

r i s

t a s

ALCANCES

• Se instrumenta en el marco de la ComisiónEjecutiva de Turismo, ante la que fuepresentado el 6 de marzo del 2001.

• Se integra con representantes de primer nivelde las diferentes dependencias del EjecutivoFederal y representantes del sector privadodedicado a la prestación de servicios turísticosy opera a través de grupos de trabajo quesesionan permanentemente.

OPERACIÓN

• SECTUR

• SEGOB-INM

• SFP-CABIN

• SCT-ASA

• SEMARNAT-PROFEPA

• SAGARPA-CONAPESCA

• SEMAR

• SEDENA

• SE-COFEMER

• SHCP-ADUANA-INGRESOS

• SRE

• PGR

• PEMEX

• FONATUR

• PROFECO

• SEDESOL

• INAH

• STPS

• SPTM

• BANJERCITO

• CONACULTA

INTEGRANTES CET

Sector Público

• CNET

• CONCANACO

• CANIRAC

• CANAPAT

• CANAERO

• AMHM

• AMDETUR

• ANCH

• AMMT

• FEMECA

• FAOCIMEX

• ANGADI

• CONAFILM

• AMPROFEC

• AMEREF

• AMTAVE

• AHIET

• AMR

• CONAV

• AMAV

• ANAV

• AMANAC

• ANDOC

• FEMPA

Sector Privado y Social

Turismo Cinegético Congresos Ferias

y Convenciones

Asuntos Turísticos

en Zonas Culturales

Turismo Náutico

(Marinas)

Cruceros Pesca Deportiva Transportación

Turística y Carretero

Turismo Alternativo

COMISIÓN EJECUTIVA DE TURISMO

Grupos de Trabajo

GRUPOS DE TRABAJO

• Guía de Procedimientos para planearCongresos, Ferias y Exposiciones en México.

• Manual Internación Turística.

• Facilitación Migratoria (terceras nacionalidadesprovenientes de EU)

• Importación temporal de obsequios.

• Impulso al Cuaderno ATA.

• Regla Miscelánea para congresos ferias yexposiciones (simplificación aduanera.)

• Tasa Cero de IVA.

PRINCIPALES TEMAS

TURISMO DE NEGOCIOS

Se implementan proyectosestatales de facilitaciónturística.

Concluidos

En proceso

PROYECTOS ESTATALES

DE FACILITACIÓN TURÍSTICA

PROYECTO NACIONAL

DE FACILITACIÓN

TURÍSTICA

Diciembre de 2003

REGLAS DE OPERACIÓN PARA

TASA CERO DE IVA

TURISMO DE NEGOCIOS

SUBSECRETARÍA DE OPERACIÓN TURÍSTICA

IMPORTANCIA DE LA MEDIDA

Posiciona a México como un destino más competitivo para el segmento.

El turismo de negocios es un segmento de alto gasto.

Un congresista satisfecho es el mejor vehículo de promoción del destino.

México capta sólo el 1% del mercado.

¿ Qué son los impuestos ?

Contribucionesestablecidas en lasleyes, que deben pagarlas personas físicas ymorales que seencuentren en lasituación jurídica o dehecho prevista en lalegislación.

Código Fiscal de la Federación Art. 2

CONTRIBUCIONES

Impuestos

Aportaciones de

Seguridad Social

Contribuciones de

Mejoras

Derechos

Términos básicos del IVATRASLACIÓN.- Es el cobro que elcontribuyente realiza a los adquirentes,consumidores o contratantes, por elporcentaje que corresponda del precio.

ACREDITAMIENTO Y PAGO.- Es el pago quehace el contribuyente a la SHCP por ladiferencia entre el impuesto a su cargo y elque le hubieren trasladado o hubierapagado.

¿Sujetos del IVA?

Importación

de bienes(importador)

Uso y goce

Temporal

De bienes

(usuario)

Exportación

bienes y

servicios

(exportador)

Prestación

servicios

Independientes

(cliente)

Venta de

Bienes(comprador)

IVA

PERSONAS FÍSICAS

O MORALES QUE

REALICEN LAS

SIGUIENTES

ACTIVIDADES:

Sujeto jurídico o contribuyente(Sujeto económico o pagador)

¿Tipos de IVA?15% TASA

GENERAL

EXENCIÓN

Act. Agrícolas

& Pequeños

contribuyentes

TASA 0%

10%

Zonas

fronterizas IVA

ANTECEDENTESREFORMA LEGISLATIVA

Art. 29 fracciones IV g)(industria fílmica) y VII yartículo octavo transitorio dela reforma (Turismo deNegocios) de la Ley delImpuesto al Valor Agregado.

EXPORTACIÓN(Artículo 29 Ley del IVA)

Las empresas residentes en elpaís calcularán el impuestoaplicando la tasa del 0% al valorde la enajenación de bienes oprestación de servicios, cuandounos u otros se exporten.

Aplica para los residentes en el país que prestenservicios personales que sean aprovechados en sutotalidad en el extranjero por residentes en elextranjero sin establecimiento o base fija en elpaís.

Se considera exportación de servicios:VII. La prestación de servicios de hotelería y conexos realizados porempresas hoteleras a turistas extranjeros que ingresen al país paraparticipar exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o feriasa celebrarse en México, siempre que dichos extranjeros les exhiban eldocumento migratorio que acredite dicha calidad en los términos de la LeyGeneral de Población, paguen los servicios de referencia mediante tarjeta decrédito expedida en el extranjero y la contratación de los servicios dehotelería y conexos se hubiera realizado por los organizadores del evento.Para los efectos del párrafo anterior, se entiende por servicios de hotelería yconexos, los de alojamiento, la transportación de ida y vuelta del hotel a laterminal de autobuses, puertos y aeropuertos, así como los servicioscomplementarios que se les proporcionen dentro de los hoteles. Losservicios de alimentos y bebidas quedan comprendidos en los servicios dehotelería, cuando se proporcionen en paquetes turísticos que los integren.Los contribuyentes a que se refiere esta fracción deberán registrarse ante elServicio de Administración Tributaria y cumplir los requisitos de control queestablezca el reglamento de esta Ley, en el cual se podrá autorizar que elpago de los servicios se lleve a cabo desde el extranjero por otros medios.En dicho reglamento también se podrá autorizar el pago por otros medios,cuando los servicios a que se refiere esta fracción, se contraten con laintermediación de agencias de viajes..

REGLAS MISCELÁNEAS

5a. Resolución Miscelánea (Reglas5.6.6, 5.6.7 y 5.6.8) Publicada el 21de noviembre de 2003.

3a. Resolución Miscelánea (Reglas 5.6.4, 5.6.5) Publicada el 25 de agosto de 2003.

Definiciones de la ReglaCongreso: Toda reunión profesional que tiene porobjeto realizar una discusión y un intercambioprofesional, cultural, deportivo, religioso, social, degobierno o académico, en torno a un tema deinterés.

Convención: Toda reunión gremial o empresarialcuyo objetivo es tratar asuntos comerciales entrelos participantes en torno a un mercado, productoo marca.

Exposición: Evento comercial o cultural que reúnea miembros de un sector empresarial, profesionalo social, organizado con el propósito de presentarproductos o servicios.

Definiciones de la ReglaFeria: Exhibición de productos o servicios queconcurren en un área específica con el objeto decomercializarlos y promover los negocios.

Organizador del evento: La institución,asociación, organismo o empresa, a cuyo nombrese efectúa la convención, congreso, exposición oferia, sin menoscabo de que dichas personas seauxilien de prestadores de servicios deorganización para llevar a cabo los eventos.

Excluye viajes de incentivo, porque la Ley no loscontempla.

REGISTRO COMO EMPRESA EXPOTADORA REQUISITOS

Presentar solicitud con: -Nombre, denominación o razón social.-Registro Federal de Contribuyentes.-Domicilio fiscal-Domicilio de cada uno de los establecimientos enlos que se prestan los servicios como empresaexportadora.-Personalidad como el titular de los derechos delrecinto.

DÓNDE

Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda al domicilio fiscal.

CÚANDOA partir del 15 de noviembre

BENEFICIARIOSEventos organizados y pagadospor residentes en el extranjero.

Hoteles y Moteles y serv. conexos (5.6.7.)

Centros de convenciones y de exposiciones y serv. complementarios dentro de las instalaciones (5.6.8.)

EXPORTACIÓNDE SERVICIOS

Registro como empresa exportadorade servicios ante el SAT

BENEFICIARIOS DE TASA CERO Directos.-

Turistas que asisten a un congreso, convención,feria o exposición.

Organizaciones internacionales (institucionesacadémicas, empresas, organismoseconómicos, de la sociedad civil, asociaciones,etc) que realizan un evento en México.

Indirectos.- Los organizadores en México de este tipo de evento, así como los

prestadores de servicios colaterales que hacen viable surealización (OPC, las empresas de edecanes, de montaje, detraducción).

Los establecimientos de hospedaje.

Requisitos para el beneficio(Establecimientos de Hospedaje)

Conservar documentos de contratación (hotel -organizador) para los turistas.

Conservar copia de documento migratorio (FM-T),y pasaporte o acta de nacimiento de los turistas.

Conservar registro de huéspedes, con el nombre yfirma de los turistas.

Conservar copia del pagaré con el que se hubierepagado en caso de T.C. del organizador o de losturistas o del estado de cuenta, donde figure elabono en caso de que se hubiera contratado, através de una agencia de viajes y se hubiere pagadocon cheque nominativo o mediante transferencia defondos.

Requisitos para el beneficio(Centros de convenciones y exposiciones)

Conservar documentos de contratación (centro -organizador)

Conservar copia del pagaré con el que se hubierepagado en caso de T.C. del organizador o del estadode cuenta, donde figure el abono en caso de que sehubiere pagado con cheque o mediantetransferencia electrónica

SERVICIOS INCLUIDOS PARA EL CASO DE HOTELERÍA

Alojamiento (2 días antes y 2 después).

Transportación de ida y vuelta del hotel a laterminal de autobuses, puertos y aeropuertos

Servicios complementarios

Alimentos y bebidas en paquetes turísticos quelos integren.

SERVICIOS INCLUIDOS PARA EL CASO DE RECINTOS

Edecanes

Proyección

Audiovisual

Decoración

Seguridad

Limpieza

Uso temporal de centros de convenciones y exposiciones.

Montaje

Registro de asistentes

Maestros de ceremonias

Traductores

FUTURO DE LA REFORAMA

SHCP

Revisión y adecuación de las reglas.

Incorporación de alimentos en recintos y precisión sobre organizadores e intermediarios.

PODER LEGISLATIVO

Nueva reforma al artículo 29 de la LIVA, incluir recintos, viajes de incentivo, y servicios.

REGLAS DE OPERACIÓN PARA

TASA CERO DE IVATURISMO DE NEGOCIOS

¡GRACIAS!

SUBSECRETARÍA DE OPERACIÓN TURÍSTICA