PROYECTO NACIONAL DE FACILITACIÓN TURÍSTICADefiniciones de la Regla Congreso: Toda reunión...
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PROYECTO NACIONAL
DE FACILITACIÓN
TURÍSTICA
EJES DE POLÍTICA TURÍSTICA
TURISTAS TOTALMENTE
SATISFECHOS
DESTINOS TURÍSTICOS
SUSTENTABLES.EMPRESAS
COMPETITIVAS
HACER
DEL TURISMO
UNA
PRIORIDAD
NACIONAL
Proceso de revisión continua del marco regulatorio
vigente.
Diagnóstico de los efectos de su aplicación para
elaborar y seguir propuestas de mejora ante las
instancias que correspondan.
Transparencia en la elaboración de las regulaciones y
optimización beneficios para la sociedad.
¿QUÉ ES LA MEJORA REGULATORIA?
¿POR QUÉ UN PROYECTO NACIONAL
DE FACILITACIÓN TURÍSTICA?
Carácter transversal e
interdependiente de la
actividad turística
Visión
Proyecto Nacional de
Facilitación Turística
• El Proyecto Nacional de Facilitación
Turística (PNFT) se encuentra previsto en
el Programa Nacional de Turismo 2001-
2006 derivado de la necesidad de contar
con un instrumento que de manera
sistemática integrara los principales
asuntos que inhiben el desarrollo del
turismo.
MARCO DE REFERENCIA
Facilitación y
Mejora
Regulatoria
Leyes
Reglamentos
Disposiciones
administrativasCreación
Operación de
las empresas
E m
p r
e s
a s
Internación
Movilidad
Permanencia
T u
r i s
t a s
ALCANCES
• Se instrumenta en el marco de la ComisiónEjecutiva de Turismo, ante la que fuepresentado el 6 de marzo del 2001.
• Se integra con representantes de primer nivelde las diferentes dependencias del EjecutivoFederal y representantes del sector privadodedicado a la prestación de servicios turísticosy opera a través de grupos de trabajo quesesionan permanentemente.
OPERACIÓN
• SECTUR
• SEGOB-INM
• SFP-CABIN
• SCT-ASA
• SEMARNAT-PROFEPA
• SAGARPA-CONAPESCA
• SEMAR
• SEDENA
• SE-COFEMER
• SHCP-ADUANA-INGRESOS
• SRE
• PGR
• PEMEX
• FONATUR
• PROFECO
• SEDESOL
• INAH
• STPS
• SPTM
• BANJERCITO
• CONACULTA
INTEGRANTES CET
Sector Público
• CNET
• CONCANACO
• CANIRAC
• CANAPAT
• CANAERO
• AMHM
• AMDETUR
• ANCH
• AMMT
• FEMECA
• FAOCIMEX
• ANGADI
• CONAFILM
• AMPROFEC
• AMEREF
• AMTAVE
• AHIET
• AMR
• CONAV
• AMAV
• ANAV
• AMANAC
• ANDOC
• FEMPA
Sector Privado y Social
Turismo Cinegético Congresos Ferias
y Convenciones
Asuntos Turísticos
en Zonas Culturales
Turismo Náutico
(Marinas)
Cruceros Pesca Deportiva Transportación
Turística y Carretero
Turismo Alternativo
COMISIÓN EJECUTIVA DE TURISMO
Grupos de Trabajo
GRUPOS DE TRABAJO
• Guía de Procedimientos para planearCongresos, Ferias y Exposiciones en México.
• Manual Internación Turística.
• Facilitación Migratoria (terceras nacionalidadesprovenientes de EU)
• Importación temporal de obsequios.
• Impulso al Cuaderno ATA.
• Regla Miscelánea para congresos ferias yexposiciones (simplificación aduanera.)
• Tasa Cero de IVA.
PRINCIPALES TEMAS
TURISMO DE NEGOCIOS
Se implementan proyectosestatales de facilitaciónturística.
Concluidos
En proceso
PROYECTOS ESTATALES
DE FACILITACIÓN TURÍSTICA
PROYECTO NACIONAL
DE FACILITACIÓN
TURÍSTICA
Diciembre de 2003
REGLAS DE OPERACIÓN PARA
TASA CERO DE IVA
TURISMO DE NEGOCIOS
SUBSECRETARÍA DE OPERACIÓN TURÍSTICA
IMPORTANCIA DE LA MEDIDA
Posiciona a México como un destino más competitivo para el segmento.
El turismo de negocios es un segmento de alto gasto.
Un congresista satisfecho es el mejor vehículo de promoción del destino.
México capta sólo el 1% del mercado.
¿ Qué son los impuestos ?
Contribucionesestablecidas en lasleyes, que deben pagarlas personas físicas ymorales que seencuentren en lasituación jurídica o dehecho prevista en lalegislación.
Código Fiscal de la Federación Art. 2
CONTRIBUCIONES
Impuestos
Aportaciones de
Seguridad Social
Contribuciones de
Mejoras
Derechos
Términos básicos del IVATRASLACIÓN.- Es el cobro que elcontribuyente realiza a los adquirentes,consumidores o contratantes, por elporcentaje que corresponda del precio.
ACREDITAMIENTO Y PAGO.- Es el pago quehace el contribuyente a la SHCP por ladiferencia entre el impuesto a su cargo y elque le hubieren trasladado o hubierapagado.
¿Sujetos del IVA?
Importación
de bienes(importador)
Uso y goce
Temporal
De bienes
(usuario)
Exportación
bienes y
servicios
(exportador)
Prestación
servicios
Independientes
(cliente)
Venta de
Bienes(comprador)
IVA
PERSONAS FÍSICAS
O MORALES QUE
REALICEN LAS
SIGUIENTES
ACTIVIDADES:
Sujeto jurídico o contribuyente(Sujeto económico o pagador)
¿Tipos de IVA?15% TASA
GENERAL
EXENCIÓN
Act. Agrícolas
& Pequeños
contribuyentes
TASA 0%
10%
Zonas
fronterizas IVA
ANTECEDENTESREFORMA LEGISLATIVA
Art. 29 fracciones IV g)(industria fílmica) y VII yartículo octavo transitorio dela reforma (Turismo deNegocios) de la Ley delImpuesto al Valor Agregado.
EXPORTACIÓN(Artículo 29 Ley del IVA)
Las empresas residentes en elpaís calcularán el impuestoaplicando la tasa del 0% al valorde la enajenación de bienes oprestación de servicios, cuandounos u otros se exporten.
Aplica para los residentes en el país que prestenservicios personales que sean aprovechados en sutotalidad en el extranjero por residentes en elextranjero sin establecimiento o base fija en elpaís.
Se considera exportación de servicios:VII. La prestación de servicios de hotelería y conexos realizados porempresas hoteleras a turistas extranjeros que ingresen al país paraparticipar exclusivamente en congresos, convenciones, exposiciones o feriasa celebrarse en México, siempre que dichos extranjeros les exhiban eldocumento migratorio que acredite dicha calidad en los términos de la LeyGeneral de Población, paguen los servicios de referencia mediante tarjeta decrédito expedida en el extranjero y la contratación de los servicios dehotelería y conexos se hubiera realizado por los organizadores del evento.Para los efectos del párrafo anterior, se entiende por servicios de hotelería yconexos, los de alojamiento, la transportación de ida y vuelta del hotel a laterminal de autobuses, puertos y aeropuertos, así como los servicioscomplementarios que se les proporcionen dentro de los hoteles. Losservicios de alimentos y bebidas quedan comprendidos en los servicios dehotelería, cuando se proporcionen en paquetes turísticos que los integren.Los contribuyentes a que se refiere esta fracción deberán registrarse ante elServicio de Administración Tributaria y cumplir los requisitos de control queestablezca el reglamento de esta Ley, en el cual se podrá autorizar que elpago de los servicios se lleve a cabo desde el extranjero por otros medios.En dicho reglamento también se podrá autorizar el pago por otros medios,cuando los servicios a que se refiere esta fracción, se contraten con laintermediación de agencias de viajes..
REGLAS MISCELÁNEAS
5a. Resolución Miscelánea (Reglas5.6.6, 5.6.7 y 5.6.8) Publicada el 21de noviembre de 2003.
3a. Resolución Miscelánea (Reglas 5.6.4, 5.6.5) Publicada el 25 de agosto de 2003.
Definiciones de la ReglaCongreso: Toda reunión profesional que tiene porobjeto realizar una discusión y un intercambioprofesional, cultural, deportivo, religioso, social, degobierno o académico, en torno a un tema deinterés.
Convención: Toda reunión gremial o empresarialcuyo objetivo es tratar asuntos comerciales entrelos participantes en torno a un mercado, productoo marca.
Exposición: Evento comercial o cultural que reúnea miembros de un sector empresarial, profesionalo social, organizado con el propósito de presentarproductos o servicios.
Definiciones de la ReglaFeria: Exhibición de productos o servicios queconcurren en un área específica con el objeto decomercializarlos y promover los negocios.
Organizador del evento: La institución,asociación, organismo o empresa, a cuyo nombrese efectúa la convención, congreso, exposición oferia, sin menoscabo de que dichas personas seauxilien de prestadores de servicios deorganización para llevar a cabo los eventos.
Excluye viajes de incentivo, porque la Ley no loscontempla.
REGISTRO COMO EMPRESA EXPOTADORA REQUISITOS
Presentar solicitud con: -Nombre, denominación o razón social.-Registro Federal de Contribuyentes.-Domicilio fiscal-Domicilio de cada uno de los establecimientos enlos que se prestan los servicios como empresaexportadora.-Personalidad como el titular de los derechos delrecinto.
DÓNDE
Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda al domicilio fiscal.
CÚANDOA partir del 15 de noviembre
BENEFICIARIOSEventos organizados y pagadospor residentes en el extranjero.
Hoteles y Moteles y serv. conexos (5.6.7.)
Centros de convenciones y de exposiciones y serv. complementarios dentro de las instalaciones (5.6.8.)
EXPORTACIÓNDE SERVICIOS
Registro como empresa exportadorade servicios ante el SAT
BENEFICIARIOS DE TASA CERO Directos.-
Turistas que asisten a un congreso, convención,feria o exposición.
Organizaciones internacionales (institucionesacadémicas, empresas, organismoseconómicos, de la sociedad civil, asociaciones,etc) que realizan un evento en México.
Indirectos.- Los organizadores en México de este tipo de evento, así como los
prestadores de servicios colaterales que hacen viable surealización (OPC, las empresas de edecanes, de montaje, detraducción).
Los establecimientos de hospedaje.
Requisitos para el beneficio(Establecimientos de Hospedaje)
Conservar documentos de contratación (hotel -organizador) para los turistas.
Conservar copia de documento migratorio (FM-T),y pasaporte o acta de nacimiento de los turistas.
Conservar registro de huéspedes, con el nombre yfirma de los turistas.
Conservar copia del pagaré con el que se hubierepagado en caso de T.C. del organizador o de losturistas o del estado de cuenta, donde figure elabono en caso de que se hubiera contratado, através de una agencia de viajes y se hubiere pagadocon cheque nominativo o mediante transferencia defondos.
Requisitos para el beneficio(Centros de convenciones y exposiciones)
Conservar documentos de contratación (centro -organizador)
Conservar copia del pagaré con el que se hubierepagado en caso de T.C. del organizador o del estadode cuenta, donde figure el abono en caso de que sehubiere pagado con cheque o mediantetransferencia electrónica
SERVICIOS INCLUIDOS PARA EL CASO DE HOTELERÍA
Alojamiento (2 días antes y 2 después).
Transportación de ida y vuelta del hotel a laterminal de autobuses, puertos y aeropuertos
Servicios complementarios
Alimentos y bebidas en paquetes turísticos quelos integren.
SERVICIOS INCLUIDOS PARA EL CASO DE RECINTOS
Edecanes
Proyección
Audiovisual
Decoración
Seguridad
Limpieza
Uso temporal de centros de convenciones y exposiciones.
Montaje
Registro de asistentes
Maestros de ceremonias
Traductores
FUTURO DE LA REFORAMA
SHCP
Revisión y adecuación de las reglas.
Incorporación de alimentos en recintos y precisión sobre organizadores e intermediarios.
PODER LEGISLATIVO
Nueva reforma al artículo 29 de la LIVA, incluir recintos, viajes de incentivo, y servicios.
REGLAS DE OPERACIÓN PARA
TASA CERO DE IVATURISMO DE NEGOCIOS
¡GRACIAS!
SUBSECRETARÍA DE OPERACIÓN TURÍSTICA