Toque Crítico de Martín Esparza Flores: Los Derechos Laborales son Irrenunciables

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10 de febrero de 2013 Martín Esparza FlorEs L os galimatías jurídicos origina- dos tras la inexplicable decisión de la Corte sobre el caso del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) no son digeridas por el más im- berbe estudiante de derecho en nues- tro país y menos todavía pueden en- tenderse en el ámbito del sentido co- mún del por qué los ministros preten- den hacer creer al país que los traba- jadores deben claudicar a la defensa de sus derechos laborales a conse- cuencia de sus tendenciosas resolu- ciones, cuando estos se encuentran plenamente consagrados en la Cons- titución, y son irrenunciables. Hipotéticamente si pusiéramos en un debate público a los minis- tros que cometieron la brutal cana- llada en contra de los trabajadores electricistas con los alumnos de la Facultad de Derecho de la UNAM, o cualesquiera de las escuelas de le- yes del país, tenemos la plena segu- ridad que los integrantes de la Cor- te, no encontrarían en su depurada “técnica jurídica”, razones suficientes para explicar de dónde tomaron los argumentos legales para aniquilar lo consagrado con precisión en artícu- los como el primero y el 123 consti- tucionales. Cabe recordarles que el 10 de ju- nio del 2011, el Congreso de la Unión aprobó las reformas al artículo prime- ro para que el concepto de “garan- tías constitucionales”, cambiara por el “de los derechos humanos y sus garantías”. A partir de la reforma se reconoce en nuestra Ley Fundamental que toda persona “goza” de los derechos y de los mecanismos de garantías estable- cidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales. De tal forma que los cambios no dejaron lu- gar a duda alguna: los derechos hu- manos deben interpretarse a la luz de la propia Constitución. En el párrafo tercero del artículo primero se establece “la obligación del Estado mexicano (en todos los ni- veles de gobierno, sin excepción), de promover, respetar, proteger y garan- tizar los derechos humanos”. Y por si esto no fuera suficiente, para ilustrar en la materia de dere- chos fundamentales a los ministros, bastará recordarles que el artículo 123 establece el derecho y la garan- tía de todos los mexicanos a contar con un trabajo digno, bien remunera- do con acceso a la seguridad social. Y los tratados internacionales como la Constitución misma establecen el derecho al trabajo como uno de los más sagrados derechos a que debe aspirar el ser humano para asegurar su subsistencia y la de su familia. Ahora, la arbitraria e ilegítima pre- tensión de los integrantes del alto tri- bunal no sólo ignora y pisotea tales derechos sino que busca terminar con la relación laboral de los trabaja- dores del SME bajo la falacia de que no hay otro camino que el cobro de sus liquidaciones, a lo que en dere- cho y en el más lógico de los senti- dos jurídicos cabe preguntarles: si a criterio de la Corte ya no está Luz y Fuerza del Centro como patrón, no- sotros en nuestro sano juicio y en nuestro más estricto derecho no va- mos a renunciar. Cualquier estudiante de derecho se pregunta cómo lo hacemos noso- tros, y los más avezados juristas del país, si la Corte le dio facultades al Ejecutivo para extinguir a Luz y Fuer- za, entonces debe proceder que el alto tribunal faculte al presidente En- rique Peña Nieto para que nos des- pida por escrito, y que nos lo cumpla para de esta manera poder deman- dar el despido injustificado. Como se aprecia, por el desaseo presentado en el dictamen de la Cor- te, la defensa de los derechos labo- rales y humanos de los trabajadores del SME aún tendrá que recorrer un amplio trecho, pues es contundente e innegable que los derechos labo- rales son irrenunciables; así lo esta- blece la Constitución más allá de los fallos arbitrarios de los moralmente cuestionados ministros. Foto: Agencia El Universal Siempre! Contar con un trabajo digno. Continúa en la siguiente página

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Pese a los galimatías de la Corte

Los derechos laborales son irrenunciables

Siempre! 10 de febrero de 2013 • 59 • 10 de febrero de 2013

Martín Esparza FlorEs

Los galimatías jurídicos origina-dos tras la inexplicable decisión de la Corte sobre el caso del

Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) no son digeridas por el más im-berbe estudiante de derecho en nues-tro país y menos todavía pueden en-tenderse en el ámbito del sentido co-mún del por qué los ministros preten-den hacer creer al país que los traba-jadores deben claudicar a la defensa de sus derechos laborales a conse-cuencia de sus tendenciosas resolu-ciones, cuando estos se encuentran plenamente consagrados en la Cons-titución, y son irrenunciables.

Hipotéticamente si pusiéramos en un debate público a los minis-tros que cometieron la brutal cana-llada en contra de los trabajadores electricistas con los alumnos de la Facultad de Derecho de la UNAM, o cualesquiera de las escuelas de le-yes del país, tenemos la plena segu-ridad que los integrantes de la Cor-te, no encontrarían en su depurada “técnica jurídica”, razones suficientes para explicar de dónde tomaron los argumentos legales para aniquilar lo consagrado con precisión en artícu-los como el primero y el 123 consti-tucionales.

Cabe recordarles que el 10 de ju-nio del 2011, el Congreso de la Unión aprobó las reformas al artículo prime-ro para que el concepto de “garan-tías constitucionales”, cambiara por el “de los derechos humanos y sus garantías”.

A partir de la reforma se reconoce en nuestra Ley Fundamental que toda persona “goza” de los derechos y de los mecanismos de garantías estable-cidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales. De tal forma que los cambios no dejaron lu-gar a duda alguna: los derechos hu-manos deben interpretarse a la luz de la propia Constitución.

En el párrafo tercero del artículo primero se establece “la obligación del Estado mexicano (en todos los ni-

veles de gobierno, sin excepción), de promover, respetar, proteger y garan-tizar los derechos humanos”.

Y por si esto no fuera suficiente, para ilustrar en la materia de dere-chos fundamentales a los ministros, bastará recordarles que el artículo 123 establece el derecho y la garan-tía de todos los mexicanos a contar con un trabajo digno, bien remunera-do con acceso a la seguridad social. Y los tratados internacionales como la Constitución misma establecen el derecho al trabajo como uno de los más sagrados derechos a que debe aspirar el ser humano para asegurar su subsistencia y la de su familia.

Ahora, la arbitraria e ilegítima pre-tensión de los integrantes del alto tri-bunal no sólo ignora y pisotea tales derechos sino que busca terminar con la relación laboral de los trabaja-dores del SME bajo la falacia de que no hay otro camino que el cobro de sus liquidaciones, a lo que en dere-cho y en el más lógico de los senti-dos jurídicos cabe preguntarles: si a criterio de la Corte ya no está Luz y Fuerza del Centro como patrón, no-sotros en nuestro sano juicio y en nuestro más estricto derecho no va-mos a renunciar.

Cualquier estudiante de derecho se pregunta cómo lo hacemos noso-tros, y los más avezados juristas del país, si la Corte le dio facultades al Ejecutivo para extinguir a Luz y Fuer-za, entonces debe proceder que el alto tribunal faculte al presidente En-rique Peña Nieto para que nos des-pida por escrito, y que nos lo cumpla para de esta manera poder deman-dar el despido injustificado.

Como se aprecia, por el desaseo presentado en el dictamen de la Cor-te, la defensa de los derechos labo-rales y humanos de los trabajadores del SME aún tendrá que recorrer un amplio trecho, pues es contundente e innegable que los derechos labo-rales son irrenunciables; así lo esta-blece la Constitución más allá de los fallos arbitrarios de los moralmente cuestionados ministros. Fo

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Pese a los galimatías de la Corte

Los derechos laborales son irrenunciables

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