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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 5,00 Sumario Buenos Aires, miércoles 5 de agosto de 2015 Año CXXIII Número 33.186 LEYES ACUERDOS Ley 27166 Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur. Aprobación. .................................................................. 1 DECRETOS ACUERDOS Decreto 1427/2015 Promúlgase la Ley N° 27.166. .................................................................................................... 1 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1431/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora de Innovación Tecnológica. .............................. 2 MINISTERIO DE INDUSTRIA Decreto 1441/2015 Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Industria. .......................................... 2 MINISTERIO DE INDUSTRIA Decreto 1442/2015 Dase por designado el Director Nacional de Apoyo al Joven Empresario...................................... 3 MINISTERIO DE INDUSTRIA Decreto 1443/2015 Dase por prorrogada designación del Director de Integración y Política Industrial Sectorial.......... 3 MINISTERIO DE SALUD Decreto 1445/2015 Dase por prorrogada designación del Director de SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual. . 3 MINISTERIO DE SALUD Decreto 1446/2015 Desígnase Director de Informática. ............................................................................................. 3 MINISTERIO DE SALUD Decreto 1447/2015 Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud. ........................................................ 4 MINISTERIO DE SALUD Decreto 1448/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora del Centro Nacional de Control de Calidad de Biológicos. .................................................................................................................................. 4 MINISTERIO DE SALUD Decreto 1449/2015 Dase por prorrogada designación del Director de Epidemiología.................................................. 5 MINISTERIO DE SALUD Decreto 1450/2015 Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud. ........................................................ 5 POLICÍA FEDERAL ARGENTINA Decreto 1444/2015 Nombramiento. ........................................................................................................................... 5 Primera Sección Continúa en página 2 Pág. LEYES #I4940022I# ACUERDOS Ley 27166 Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur. Aprobación. Sancionada: Julio 15 de 2015 Promulgada: Julio 29 de 2015 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1° — Apruébase el Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur, suscripto en la ciu- dad de Ginebra —Confederación Suiza— el 1° de septiembre de 1994, que consta de veinte (20) artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de la presente ley. ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE. — REGISTRADO BAJO EL N° 27166 — AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F4940022F# #I4938432I# ACUERDOS Decreto 1427/2015 Promúlgase la Ley N° 27.166. Bs. As., 29/07/2015 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación N° 27.166 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Di- rección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Héctor M. Timerman. #F4938432F#

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.218.874

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 5,00

Sumario

Buenos Aires,miércoles 5de agosto de 2015

Año CXXIIINúmero 33.186

LEYES

ACUERDOSLey 27166Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur. Aprobación. .................................................................. 1

DECRETOS

ACUERDOSDecreto 1427/2015Promúlgase la Ley N° 27.166. .................................................................................................... 1

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecreto 1431/2015Dase por prorrogada designación de la Directora de Innovación Tecnológica. .............................. 2

MINISTERIO DE INDUSTRIADecreto 1441/2015Dase por prorrogada designación del Director Nacional de Industria. .......................................... 2

MINISTERIO DE INDUSTRIADecreto 1442/2015Dase por designado el Director Nacional de Apoyo al Joven Empresario. ..................................... 3

MINISTERIO DE INDUSTRIADecreto 1443/2015Dase por prorrogada designación del Director de Integración y Política Industrial Sectorial. ......... 3

MINISTERIO DE SALUDDecreto 1445/2015Dase por prorrogada designación del Director de SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual. . 3

MINISTERIO DE SALUDDecreto 1446/2015Desígnase Director de Informática. ............................................................................................. 3

MINISTERIO DE SALUDDecreto 1447/2015Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud. ........................................................ 4

MINISTERIO DE SALUDDecreto 1448/2015Dase por prorrogada designación de la Directora del Centro Nacional de Control de Calidad de Biológicos. .................................................................................................................................. 4

MINISTERIO DE SALUDDecreto 1449/2015Dase por prorrogada designación del Director de Epidemiología.................................................. 5

MINISTERIO DE SALUDDecreto 1450/2015Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud. ........................................................ 5

POLICÍA FEDERAL ARGENTINADecreto 1444/2015Nombramiento. ........................................................................................................................... 5

Primera Sección

Continúa en página 2

Pág.LEYES

#I4940022I#ACUERDOS

Ley 27166

Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur. Aprobación.

Sancionada: Julio 15 de 2015Promulgada: Julio 29 de 2015

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Acuerdo Constitutivo del Centro del Sur, suscripto en la ciu-dad de Ginebra —Confederación Suiza— el 1° de septiembre de 1994, que consta de veinte (20) artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de la presente ley.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

— REGISTRADO BAJO EL N° 27166 —

AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

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#I4938432I#ACUERDOS

Decreto 1427/2015

Promúlgase la Ley N° 27.166.

Bs. As., 29/07/2015

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 27.166 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Di-rección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Héctor M. Timerman.

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 2

Pág.DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 595/2015Dase por aprobada contratación. ................................................................................................ 6

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 596/2015Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Evaluación de Proyectos con Finan-ciamiento Externo. ...................................................................................................................... 6

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 597/2015Danse por aprobadas contrataciones en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortale-cimiento de la Democracia. ......................................................................................................... 7

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 598/2015Dase por aprobada contratación en la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas. .................... 7

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 599/2015Dase por aprobada contratación en la Dirección de Administración y Gestión de Personal. ......... 8

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDecisión Administrativa 590/2015Dase por aprobada contratación en la Dirección de Gestión de la Información. ............................ 8

RESOLUCIONES

PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMOResolución 262/2015-UIFResolución N° 127/2012. Modificación. ...................................................................................... 9

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 10

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 18Anteriores .................................................................................................................................. 65

DECRETOS

#I4938434I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1431/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora de Innovación Tecnológica.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0005888/2015 del Registro de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2298 del 2 de diciembre de 2014, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N° 918 del 15 de octubre de 2014, la Resolución de la entonces SECRETA-RÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 655 del 12 de diciembre de 2014 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABI-NETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2015.

Que mediante el Decreto N° 2298 del 2 de diciembre de 2014 se dio por designada transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a la Doctora Da. Iris Dora CIDALE como Directora de Aplicaciones de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario efectuar la prórroga de la designación citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°  918 del 15 de octubre de 2014, se aprobó la estructu-ra organizativa de segundo nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMI-NISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS.

Que por la Resolución de la entonces SE-CRETARÍA DE GABINETE Y COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°  655

del 12 de diciembre de 2014, se homolo-gó el Nomenclador de Funciones Ejecu-tivas de la DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN TECNOLOGICA ex DIRECCIÓN DE APLI-CACIONES de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en el nomenclador de Fun-ciones Ejecutivas con un Nivel de Ponde-ración III.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública, centralizada y descentraliza-da, en cargos de Planta Permanente y no Permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de de-creto que propicien designaciones, con-trataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 de fe-cha 15 de marzo de 2002.

Que la agente involucrada en la presente medida, se encuentra exceptuada de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio regla-mentario del Decreto N° 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LE-GAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a par-tir del 26 de febrero de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los térmi-nos del Decreto N° 2298 del 2 de diciembre de 2014, de la Doctora Da. Iris Dora CIDALE (D.N.I. N°  13.081.696) como Directora de Innovación Tecnológica de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN de la SUB-SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, actual SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quien revista en la Planta Permanente en un cargo Nivel A - Grado 9 del Tramo Avanzado, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modi-ficatorios dentro del plazo de CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles contados a partir del 26 de febrero de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti-das específicas del Presupuesto vigente de la

JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

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#I4938444I#

MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 1441/2015

Dase por prorrogada designación del Di-rector Nacional de Industria.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0051639/2015 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de mar-zo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y 2.275 de fecha 2 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2.275 de fecha 2 de diciembre de 2014 se designó con carác-ter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Licenciado en Economía Don Andrés Martín CIVETTA (M.I. N° 24.699.395) en el cargo de Direc-tor de la Dirección Nacional de Industria dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUS-TRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, Ni-vel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el Artículo 14 del Convenio Colecti-vo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del mencionado funcionario.

Que el citado profesional se encuentra ac-tualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos, dependiente de la SUBSECRETA-RÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a par-tir del 16 de marzo de 2015, fecha de su ven-cimiento y por el término de CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N°  2.275 de fecha 2 de diciembre de 2014, del Licenciado en Economía Don Andrés Martín CIVETTA (M.I. N° 24.699.395) en el cargo de Director de la Di-rección Nacional de Industria de la SUBSECRE-TARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspon-diente pago de la Función Ejecutiva I del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Page 3: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 3Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-

bierto conforme los requisitos y sistemas de se-lección vigentes según lo establecido, respecti-vamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el De-creto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles contados a partir del 16 de marzo de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendi-do con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.

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#I4938445I#

MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 1442/2015

Dase por designado el Director Nacional de Apoyo al Joven Empresario.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N°  S01:0300788/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUS-TRIA, las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, respectivamente, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modifi-caciones, y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 de Presupuesto Gene-ral de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, respectivamente, se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdiccio-nes y Entidades de la Administración Na-cional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros as-pectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no per-manente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la UNIDAD MINISTRO del MI-NISTERIO DE INDUSTRIA, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecuti-va I, de Director Nacional de Apoyo al Jo-ven Empresario.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, respectivamente.

Que la persona propuesta debe ser excep-tuada de lo establecido en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de di-ciembre de 2008 y sus modificaciones.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exi-gidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNI-CA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artícu-lo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NA-CIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 de Presupuesto Ge-neral de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, respectivamen-te, y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado transito-riamente, a partir del 10 de diciembre de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Don Facundo RODANO (M.I. N° 26.943.522), en el cargo de Director de la Dirección Nacional de Apoyo al Joven Em-presario dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva I, con autorización excepcio-nal por no reunir los requisitos mínimos estable-cidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.895 y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015, res-pectivamente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificaciones, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 10 de diciembre de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será imputa-do con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.

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#I4938446I#MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto 1443/2015

Dase por prorrogada designación del Di-rector de Integración y Política Industrial Sectorial.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0292606/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de mar-zo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones, y 1.822 de fecha 9 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.822 de fecha 9 de octubre de 2014 se designó con carácter transitorio, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Doctor

Don Ricardo Ignacio BELTRAMINO (M.I. N° 16.745.859) en el cargo de Director de la Dirección de Integración y Política Indus-trial Sectorial dependiente de la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETA-RÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUS-TRIA, Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Conve-nio Colectivo de Trabajo Sectorial, homolo-gado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria del mencionado funcionario.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos, dependiente de la SUBSECRETA-RÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 19 de diciembre de 2014, fecha de su ven-cimiento, y hasta el 31 de diciembre de 2014, la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N° 1.822 de fecha 9 de octubre de 2014, del Doctor Don Ricardo Ignacio BELTRAMINO (M.I. N° 16.745.859) en el cargo de Director de la Dirección de Integración y Política Industrial Sectorial dependiente de la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETARÍA DE INDUS-TRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA del MINISTERIO DE INDUSTRIA, Nivel B, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, ho-mologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificaciones.

Art. 2° — El gasto que demandó el cum-plimiento de la presente medida fué atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Débora A. Giorgi.

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#I4938448I#MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1445/2015

Dase por prorrogada designación del Di-rector de SIDA y Enfermedades de Trans-misión Sexual.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO los Decretos Nro. 583 del 23 de abril de 2012, 675 del 4 de junio de 2013, 1086 del 10 de julio de 2014 y 82 del 21 de enero de 2015, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente N°  1-2002-12712/11-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N°  491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-trol directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en los cargos de planta permanente y no permanente.

Que por el Decreto N°  583/12, se designó con carácter transitorio al Doctor Carlos Ale-jandro FALISTOCCO en un cargo Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III, como Director de la Dirección de SIDA y Enferme-dades de Transmisión Sexual dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITA-RIOS del MINISTERIO DE SALUD.

Que por los Decretos Nros. 675/13, 1086/14 y 82/15, se prorrogó por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo de la designación transitoria citada en el párrafo precedente.

Que el procedimiento de selección corres-pondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, tenien-do en cuenta la naturaleza del cargo invo-lucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignadas la Dirección de SIDA y Enferme-dades de Transmisión Sexual, el MINISTE-RIO DE SALUD solicita se prorrogue la de-signación transitoria del citado funcionario.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dáse por prorrogado a partir del 15 de abril de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, el plazo estableci-do en el artículo 1° del Decreto N° 583/12 y cuya última prórroga operó por Decreto N°  82/15, con respecto a la designación transitoria del Doctor Carlos Alejandro FALISTOCCO (D.N.I. N° 16.744.233), en el cargo de Director de la Di-rección de SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondien-te pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTO-RIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo es-tablecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP) homologado por De-creto N°  2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles, contados a partir de la fecha mencionada en el artículo 1°.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER — Aní-bal D. Fernández — Daniel G. Gollan.

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#I4938449I#MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1446/2015

Desígnase Director de Informática.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Presupuesto de la Administración Na-cional para el ejercicio 2015 aprobado por

Page 4: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 4Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N°  1 del 12 de enero de 2015, los Decretos N° 491 del 12 de mar-zo de 2002, N° 1343 del 4 de octubre de 2007 y modificatorios y N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios y el Ex-pediente N° 1-2002-11973/13-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, se estableció que las jurisdicciones y enti-dades de la administración pública nacio-nal no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la san-ción de dicha ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo de-cisión fundada del Jefe de Gabinete de Mi-nistros.

Que por el artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades conferidas por dicho acto legal al Jefe de Gabinete de Mi-nistros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dis-puesto en el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que mediante el Decreto N° 491/02 quedó definido, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por Decreto N° 1343/07 y sus modifi-catorios, se aprobó la estructura organiza-tiva de primer nivel operativo del MINISTE-RIO DE SALUD.

Que por Resolución Ministerial N° 233 del 26 de abril de 2002 se aprobaron las aper-turas inferiores del primer nivel operativo correspondiente a la estructura organizati-va del MINISTERIO DE SALUD, donde se encuentra contemplada la unidad DIREC-CION DE INFORMATICA.

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE SALUD se encuentra vacante el cargo de Director de Informá-tica, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologa-do por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Que a los efectos de implementar la referi-da cobertura transitoria, resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autori-zación excepcional por no reunir los requi-sitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel A, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sis-tema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N°  2098/08 y modificatorios.

Que la persona propuesta reúne los requi-sitos de idoneidad y experiencia necesa-rios para cubrir el cargo en cuestión.

Que la medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos y accio-nes que tiene asignadas la Dirección de Informática dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE COORDINACION ADMINISTRA-TIVA de la SECRETARIA DE COORDINA-CION del MINISTERIO DE SALUD.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE SALUD para atender el gasto resultante de la medi-da que se aprueba por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SA-LUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo

99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL, y de lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase con carácter tran-sitorio a partir del 18 de marzo de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del pre-sente, al señor Dn. Aldo COLOMBO (D.N.I. N° 11.534.223), en el cargo de Director de Infor-mática dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SE-CRETARIA DE COORDINACION del MINISTE-RIO DE SALUD, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel III del Sistema Nacional de Empleo Pú-blico (SINEP), aprobado por el CONVENIO CO-LECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homolo-gado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autori-zación excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artícu-lo 1° deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigen-tes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N°  2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles conta-dos a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTE-RIO DE SALUD-.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

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#I4938450I#MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1447/2015

Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 21340/2014 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado ac-tuante en la órbita del MINISTERIO DE SA-LUD, las Leyes N° 26.895 y N° 27.008, los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 264 de fecha 12 de marzo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas Leyes se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Pública Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015.

Que por Decreto N° 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo des-centralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica, financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NA-CIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que mediante Decreto N°  491/02 se dis-puso que toda designación, asignación de

funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Adminis-tración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad co-rrespondiente.

Que por Decreto N° 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel ope-rativo de la SUPERINTENDENCIA DE SER-VICIOS DE SALUD, organismo descentrali-zado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el artículo 4° del Decreto N° 264/13 fueron designados diversos funcionarios de conducción superior de la SUPERIN-TENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la Doctora Maritza Carmen BENEDIC-TO (DNI N°  5.651.939) ha presentado su renuncia al cargo de Defensora del Usuario de Servicios de Salud con fecha 9 de abril de 2014, la cual ha sido aceptada median-te la Resolución N° 921 del 22 de mayo de 2014 del registro de la SUPERINTENDEN-CIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que a los fines de garantizar el normal de-senvolvimiento de la mencionada Unidad Organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, resulta necesa-rio proceder a la designación de su reem-plazante.

Que la Doctora María Belén DUARTE (DNI N°  13.637.877) posee los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para ocupar el cargo de Defensora del Usuario de Servicios de Salud de la SUPERINTEN-DENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SE-CRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SA-LUD, ha tomado la intervención de su com-petencia.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha toma-do la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artícu-lo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NA-CIONAL, los artículos 7° y 10 de las Leyes N° 26.895 y N° 27.008 y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dáse por designada a par-tir del 1° de diciembre de 2014 a la Doctora María Belén DUARTE (DNI N° 13.637.877) en el cargo extraescalafonario de Defensora del Usuario de Servicios de Salud de la SUPER-INTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la ór-bita del MINISTERIO DE SALUD, con una re-muneración equivalente al Nivel A, Grado 9, Función Ejecutiva de Nivel I del Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 26.895 y N° 27.008.

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 80 - Entidad 914 - SUPERINTEN-DENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

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#I4938451I#MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1448/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora del Centro Nacional de Control de Calidad de Biológicos.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el expediente N°  1-2095-S01: 0000158/2012 del registro de la ADMINIS-TRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), organismo des-centralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGU-LACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 25.467, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 1628 del 23 de diciembre de 1996, N° 1133 del 25 de agosto de 2009, N° 1050 del 30 de julio de 2013 y N° 2406 del 10 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 1050/13 se designó tran-sitoriamente desde el 30 de julio de 2013 por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada Da. María Lui-sa BRERO (DNI N° 10.880.054), en la fun-ción de Directora del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOLÓGI-COS (CNCCB), dependiente de la ADMI-NISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATO-RIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CAR-LOS G. MALBRÁN” —ANLIS— organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, prorrogán-dose la misma por conducto del Decreto N° 2406/14.

Que dicha designación transitoria y su prórroga preveían asimismo que el cargo involucrado debía ser cubierto de con-formidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos previstos respectiva-mente, en el artículo 37 y en los Títulos II, Capítulo II y IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTE-RIO DE SALUD homologado por el Decre-to N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° de los referidos Decretos.

Que el procedimiento de selección corres-pondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concre-tarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del car-go involucrado y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tiene asignado el CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOLÓGICOS (CNCCB), resulta oportuno y conveniente disponer una nueva prórroga de la desig-nación transitoria de la funcionaria mencio-nada, por igual período.

Que la profesional citada se encuentra ac-tualmente desempeñando el cargo referido y se encuentra acreditado en autos la certi-ficación de servicios correspondiente.

Que la presente medida no implica un ex-ceso en los créditos asignados, ni consti-tuye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la dispo-nibilidad presupuestaria correspondiente con cargo al presupuesto del organismo proponente.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente del Organismo y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en uso de las facultades con-feridas por el artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Page 5: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 5Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dáse por prorrogada a par-tir del 19 de enero de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la desig-nación transitoria de la Licenciada Da. María Luisa BRERO (DNI N°  10.880.054) dispuesta por Decreto N°  1050/13 y prorrogada por su similar 2406/14, en el cargo de Directora del CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE CALI-DAD DE BIOLÓGICOS (CNCCB), dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA-BORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” —ANLIS— organismo descentralizado de la SECRETARÍA DE POLÍ-TICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MI-NISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Principal, autorizándose el pago del Suplemen-to por Función Directiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Pro-fesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD homologado por el Decreto N° 1133/09.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente, en el artículo 37 y en el Título II, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Pro-fesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N° 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1° del presente Decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Organismo Descentralizado 906 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORA-TORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CAR-LOS G. MALBRÁN” (ANLIS) dependiente de la SECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

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#I4938452I#MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1449/2015

Dase por prorrogada designación del Di-rector de Epidemiología.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios y 1100 del 17 de julio de 2014, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente N° 1-2002-20/14-3 del registro del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de la planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 1100/14 se designó con carácter transitorio como Director de la Dirección de Epidemiología dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRE-TARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD, en un cargo Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Secto-

rial, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, al Dr. Juan Maximiliano HERRMANN (D.N.I. N° 17.923.136).

Que no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en for-ma definitiva y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado del Decreto N° 1100/14, el MINISTERIO DE SA-LUD ha solicitado se prorrogue la designa-ción del citado funcionario, en los mismos términos del nombramiento original.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SA-LUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dáse por prorrogada, a partir del 14 de abril de 2015 y por el término de CIEN-TO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por conducto del Decreto N°  1100/14, del Dr. Juan Maximiliano HERR-MANN (D.N.I. N°  17.923.136), como Director de la Dirección de Epidemiología dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD, en un cargo Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondien-te pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisi-tos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por De-creto N°  2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha mencionada en el artículo 1° del presente.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTE-RIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

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#I4938454I#MINISTERIO DE SALUD

Decreto 1450/2015

Designación en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° 0012470/2014 del re-gistro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo des-centralizado actuante en la órbita del MI-NISTERIO DE SALUD, las Leyes N° 26.895 y N° 27.008, los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, N°  2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N°  1542 de fecha 8 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas leyes se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la

Administración Pública Nacional para los Ejercicios 2014 y 2015 respectivamente.

Que por Decreto N° 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo des-centralizado de la Administración Pública Nacional en la órbita del actual MINISTE-RIO DE SALUD, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administra-tiva, económica, financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que mediante el Decreto N°  491/02 se dispuso que toda designación, asigna-ción de funciones, promoción y reincor-poración de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centra-lizada y descentralizada en los cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que por Decreto N°  2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo des-centralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por Decreto N°  1542/14 se dio por designado transitoriamente al Doctor Alfredo Hernán SGAMBELLURE (DNI N° 21.486.468) en el cargo de Subgerente de Asuntos Contenciosos de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SUPERINTEN-DENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, quien ha presentado su renuncia con fecha 13 de junio de 2014, la cual ha sido aceptada mediante la Resolución N° 1335 del 25 de agosto de 2014 del registro de la SUPER-INTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que a los fines de garantizar el normal de-senvolvimiento de la mencionada Subge-rencia de la SUPERINTENDENCIA DE SER-VICIOS DE SALUD, resulta necesario pro-ceder a la designación de su reemplazante.

Que el Doctor Tomás Pablo SCHOR (DNI N°  28.142.084) posee los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para ocupar el cargo de Subgerente de Asuntos Contenciosos de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SA-LUD ha tomado la intervención de su com-petencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de las Leyes N° 26.895 y N°  27.008 y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dáse por designado transito-riamente en la SUPERINTENDENCIA DE SER-VICIOS DE SALUD, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a partir del 16 de junio de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les, contados a partir de la fecha del presente decreto, al Doctor Tomás Pablo SCHOR (DNI N°  28.142.084), en el cargo de Subgerente de Asuntos Contenciosos de la Gerencia de Asun-tos Jurídicos, Nivel A, Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N°  2098/08 y modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos del artículo 14 del mismo y con carácter de excepción a lo dis-puesto por el artículo 7° de las Leyes N° 26.895 y N° 27.008, autorizándose el correspondiente pago del suplemento por Función Ejecutiva de Nivel II establecido en el artículo 19 del referido Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° del presente decreto deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los TITULOS II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del pre-sente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Enti-dad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Daniel G. Gollan.

#F4938454F#

#I4938447I#POLICÍA FEDERAL ARGENTINA

Decreto 1444/2015

Nombramiento.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente CUDAP EXPPFA N° S02: 0003473/2012 del Registro de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA; la Ley N°  27.008; los Decretos Nros. 1866 del 26 de julio de 1983 y sus modificatorios y 491 del 12 de marzo de 2002; la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Jefe de la mencionada Institución Policial, eleva el trámite de nombramiento, con carácter de excepción, en el grado de Subinspector - Agrupamiento Profesional - Escalafón Jurídico - Especialidad Aboga-do, para desempeñarse en dependencias de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, de la actual Auxiliar 4° - Ayudante Técnico Da. Ana Lucia RIZZO de la Sección LEGISLA-CIÓN de la Superintendencia de PLANIFI-CACIÓN Y DESARROLLO.

Que la nombrada fue propuesta para cubrir el cargo citado en el grado señalado pre-cedentemente por la Junta Examinadora que interviniera en el respectivo llamado a concurso cerrado, de oposición y antece-dentes, con el fin de discernir el resultado del mismo.

Que la Institución Policial pone de mani-fiesto un marcado interés en efectivizar el nombramiento respectivo de la profesional mencionada, por contar la misma con la experiencia y capacitación que se requie-ren para el cargo a cubrir.

Que razones de ordenamiento administra-tivo funcional así como urgencias del ser-vicio hacen necesario dictar la medida con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley 27.008 y a lo previsto en los Artículos, 160, 163 y 166 in fine de la Reglamentación de la Ley para el Perso-nal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA aprobada por el Decreto N° 1866/83 y sus modificatorios.

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la POLICÍA FEDE-RAL ARGENTINA y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTE-RIO DE SEGURIDAD.

Que el presente se dicta en uso de las fa-cultades conferidas por el Artículo 99 inci-so 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Page 6: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 6Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase “Alta en Comisión”, en el grado de Subinspector - Agrupamiento Profesional - Escalafón Jurídico - Especialidad Abogado, para desempeñarse en dependen-cias de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, a la actual Auxiliar 4° - Ayudante Técnico L.P. 6.708 Da. Ana Lucia RIZZO (D.N.I. N° 29.158.208) de la Sección LEGISLACIÓN de la Superintenden-cia de PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO, con carácter de excepción a lo previsto por los ar-tículos 160, 163 y 166 in fine de la Reglamenta-ción de la Ley para el Personal de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA aprobada por el Decre-to N° 1866/83 y sus modificatorios y a lo esta-blecido en el Artículo 7° de la Ley 27.008.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER — Aníbal D. Fernández — María C. Rodriguez.

#F4938447F#

DECISIONESADMINISTRATIVAS

#I4938421I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 595/2015

Dase por aprobada contratación.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0031359/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacio-nal N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifica-torios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Julio Andrés PALAVECINO (D.N.I. N° 22.442.727), de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que el agente de que se trata ya se encon-traba vinculado con esta Jurisdicción me-diante contrato en el marco del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS N° 402 del 18 de mayo de 2015.

Que a partir del 1° de abril de 2015 se le han asignado al agente mencionado, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora conveni-das, con efectos a la fecha indicada prece-dentemente.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mí-nimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C di-versas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo pre-cedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funcio-nes asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios con funciones de Responsable Informático, a partir del 1° de abril de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que el agente en cuestión ha dado cum-plimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, acompa-ñando la documentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Juris-dicción han verificado la respectiva disponi-bilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será aten-dida con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administra-ción Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agos-to de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por rescindida, a partir del 1° de abril de 2015, la contratación en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Em-pleo Público Nacional N° 25.164, su reglamenta-ción dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, de D. Julio Andrés PALAVECINO (D.N.I. N° 22.442.727), que fuera aprobada por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 402 del 18 de mayo de 2015.

Art. 2° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de abril de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARÍA DE GABINE-TE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y D. Julio Andrés PALAVECINO (D.N.I. N°  22.442.727), para desempeñar funciones de Responsable Informático en la COORDINA-CIÓN DE TRAMITACIÓN TÉCNICA de esta Ju-risdicción equiparado al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto

de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRE-TARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 3° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 2° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo l al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 4° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aní-bal F. Randazzo.

#F4938421F#

#I4938422I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 596/2015

Dase por aprobada contratación en la Sub-secretaría de Evaluación de Proyectos con Financiamiento Externo.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0024835/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacio-nal N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifica-torios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto con fecha 14 de abril de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SECRE-TARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRA-TIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y D. Marcelo Daniel VISCIGLIA (D.N.I. N° 24.716.572), de acuerdo con las previsio-nes del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que es-tará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose median-te la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mí-nimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B di-versas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo pre-cedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funcio-nes asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por

lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 15 de abril de 2015, por lo que pro-cede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Juris-dicción han verificado la respectiva disponi-bilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será aten-dida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administra-ción Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421 del 8 de agos-to de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 15 de abril de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titu-lar de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN AD-MINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUES-TARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS y D. Marcelo Daniel VISCIGLIA (D.N.I. N° 24.716.572), para desempeñar funciones de Asesor en la SUBSECRETARÍA DE EVALUA-CIÓN DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la citada Secretaría equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el De-creto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolu-ción de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aní-bal F. Randazzo.

#F4938422F#

Page 7: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 7#I4938423I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 597/2015

Danse por aprobadas contrataciones en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0028845/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los De-cretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las agen-tes nominadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se es-tablecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que las agentes involucradas en la presente medida se encuentran afectadas exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos míni-mos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que las agentes propuestas no cumplen con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de las mismas, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar las contrataciones de las mismas como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que las agentes de que se trata han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir de las fechas que en cada caso se indica en el Anexo de la presente, por lo que procede aprobar las contrataciones con efectos a esas fechas.

Que las agentes involucradas en el presente acto han dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.

Que previo a dar trámite a las presentes contrataciones, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdic-ción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presu-puesto General de la Administración Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modifi-catorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Danse por aprobados los contratos suscriptos ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y las agentes nominadas en la planilla que, como Anexo, forma parte inte-grante de la presente decisión administrativa, conforme a las fechas y condiciones indicadas en la misma y de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízanse las contrataciones que se aprueban en el artículo 1° de la presente me-dida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. PERÍODO DE

CONTRATACIÓNNIVEL

GRADO FUNCIÓN

GUAIMAS, Mariana Elizabeth 32.638.035 16/03/2015 al 31/12/2015 A-0 Asesora Experta

en Ciencia Política

LÓPEZ, Ayelén Nahir 35.999.304 05/03/2015 al 31/12/2015 C-0 Responsable

Administrativa

#F4938423F#

#I4938424I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 598/2015

Dase por aprobada contratación en la Di-rección de Despacho y Mesa de Entradas.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0029115/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modi-ficatorias y la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 15 de mayo de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabine-te de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRE-SUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y D. Camilo Nahuel IBARRA (D.N.I. N° 38.787.539), de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decre-to mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como sur-ge de los antecedentes curriculares de la misma, estos resultan atinentes al objeti-vo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para

su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 18 de mayo de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios vigentes de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 18 de mayo de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SE-CRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRA-TIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Camilo Nahuel IBARRA (D.N.I. N° 38.787.539), para desempeñar funciones de Asistente Ad-ministrativo, en la DIRECCIÓN DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN AD-MINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COOR-DINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, equiparado al Nivel D - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO

Page 8: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 8PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus mo-dificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regu-lación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Reso-lución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GES-TIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre-to N°  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4938424F#

#I4938425I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 599/2015

Dase por aprobada contratación en la Di-rección de Administración y Gestión de Personal.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0032469/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modi-ficatorias y la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de mayo de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabine-te de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRE-SUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y Da. Camila GEREZ (D.N.I. N° 36.728.806), de acuerdo con las previsiones del Decreto N°  1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decre-to mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-

les escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.

Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como sur-ge de los antecedentes curriculares de la misma, estos resultan atinentes al objeti-vo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de junio de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios vigentes de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec-tos al 1° de junio de 2015 y hasta el 31 de diciem-bre de 2015, el contrato suscripto ad referén-dum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVA-LUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Camila GEREZ (D.N.I. N° 36.728.806), para desempe-ñar funciones de Asistente Administrativa en la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DEL PERSONAL dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECUR-SOS HUMANOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la cita-da Secretaría, equiparada al Nivel D - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLI-CO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificato-rios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, su regla-mentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modi-ficatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre-

to N°  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4938425F#

#I4936316I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 590/2015

Dase por aprobada contratación en la Di-rección de Gestión de la Información.

Bs. As., 28/07/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0025976/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modi-ficatorias y la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 27 de febrero de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMI-NISTRATIVA dependiente de la SECRETA-RÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Marcela Noemí VASSALLO (D.N.I. N° 26.061.092), de acuerdo con las previ-siones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decre-to mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel C diversas exigencias.

Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mis-mo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de marzo de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida, será aten-dida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de marzo de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUB-SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATI-VA de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Marcela Noemí VASSALLO (D.N.I. N° 26.061.092), para desempeñar fun-ciones de Responsable Administrativa en la COORDINACIÓN DE INFORMACIÓN GRÁ-FICA de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN de la DIRECCIÓN GENERAL DE PRENSA dependiente de la SUBSECRE-TARÍA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la citada Secretaría, equi-parada al Nivel C - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N°  2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su regla-mentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°  48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre-to N°  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4936316F#

Page 9: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 9

RESOLUCIONES

#I4938583I#Unidad de Información Financiera

PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

Resolución 262/2015

Resolución N° 127/2012. Modificación.

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  386/2015 del Regis-tro de esta UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS, la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, el Decreto N°  290 del 27 de marzo de 2007 y su modificatorio, las Resoluciones UIF Nros. 70 del 24 de mayo de 2011 y sus modificatorias, 127 del 20 de julio de 2012 y sus modificatorias, 489 del 31 de octubre de 2013 y su modificatoria, 202 del 18 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la presente tiene por objeto modificar las resoluciones mencionadas en el Visto a los efectos de incrementar la eficacia del sistema preventivo contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo implementado, concentrando —aún más— los esfuerzos en aquellos supuestos en los que existe mayor riesgo de comisión de los delitos de Lavado de Activos (artículo 303 del Código Penal) o Financiación del Terrorismo (artículos 41 quinquies y 306 del Código Penal) y en aquellos clientes cuyas actividades denoten un mayor volumen económico relativo.

Que, en tal entendimiento, se considera apropiado efectuar una actualización de los montos indicados en las citadas reso-luciones a efectos de reforzar la aplicación adecuada de un sistema de Enfoque Basa-do en Riesgo.

Que, asimismo, corresponde incorporar determinadas operaciones catalogadas como de bajo riesgo, exceptuando a los Sujetos Obligados, en tales supuestos, a requerir documentación respaldatoria a efectos de definir el perfil de su cliente.

Que de esta forma se recepta lo estable-cido en la Recomendación 1 de las 40 Re-comendaciones del GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL para pre-venir los delitos de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo, que establece que, a los efectos de un combate eficaz los países deben aplicar un enfoque basado

en el riesgo, a fin de asegurar que las medi-das implementadas sean proporcionales a los riesgos identificados.

Que se han mantenido diversas reuniones entre funcionarios de esta UNIDAD DE IN-FORMACIÓN FINANCIERA y representan-tes de la ASOCIACIÓN DE CONCESIONA-RIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚ-BLICA ARGENTINA (ACARA), entre otras entidades, que fueron consideradas para el dictado de la presente Resolución.

Que en función de lo dispuesto en el inciso 10 del artículo 14 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, se ha efectuado la corres-pondiente consulta a la SUPERINTENDEN-CIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Unidad ha tomado la intervención que le compete.

Que el Consejo Asesor de esta UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA ha toma-do la intervención del artículo 16 de la Ley 25.246.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 25.246 y sus modificatorias, los Decretos N° 290 del 27 de marzo de 2007 y su modificatorio y N° 234 del 26 de febrero de 2014.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERARESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyase el texto del artícu-lo 16 de la Resolución UIF N° 127/2012 por el siguiente:

“Perfil del cliente. En el caso de clientes que realicen las operaciones a que se refiere el ar-tículo 2° de la presente sobre Automotores por un monto anual que alcance o supere la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), los Sujetos Obligados deberán definir un perfil del cliente, que estará basado en la información y documentación relativa a la situación económi-ca, patrimonial, financiera y tributaria (declara-ciones juradas de impuestos; copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra; certificación extendida por Contador Público matriculado, debidamente intervenida por el Consejo Profe-sional, indicando el origen de los fondos, seña-lando en forma precisa la documentación que ha tenido a la vista para efectuar la misma; do-cumentación bancaria de donde surja la exis-tencia de los fondos; documentación que acre-dite la venta de bienes muebles, inmuebles, va-lores o semovientes, por importes suficientes; o cualquier otra documentación que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para reali-zar la operación) que hubiera proporcionado el mismo y en la que hubiera podido obtener el propio Sujeto Obligado.

En caso que el Índice de Precios del Sector Automotor mensual acumulado en los últimos SEIS (6) meses, publicado en la página web de la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AU-TOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

(ACARA), registre un alza superior al QUINCE POR CIENTO (15%) esta UNIDAD DE INFOR-MACIÓN FINANCIERA procederá a adecuar el monto indicado en el párrafo precedente.

También deberán tenerse en cuenta el monto, tipo, naturaleza y frecuencia de las operaciones que realiza el cliente, así como el origen y des-tino de los recursos involucrados en su opera-toria. Los requisitos previstos en este apartado serán de aplicación, asimismo, cuando los Su-jetos Obligados hayan podido determinar que se han realizado trámites simultáneos o sucesi-vos en cabeza de un titular, que individualmente no alcanzan el monto mínimo establecido, pero que en su conjunto lo exceden.

Los Sujetos Obligados quedarán exceptua-dos de definir el perfil del cliente cuando:

1) Las operaciones se realicen median-te transferencias bancarias, siempre que los fondos provengan de una cuenta de la cual el cliente fuera titular o cotitular, y/o cuando éstos tengan origen en créditos prendarios o perso-nales otorgados por entidades financieras su-jetas al régimen de la Ley N° 21.526 y sus mo-dificatorias.

En tales supuestos, y a los fines de acreditar el origen lícito de los fondos, resultará suficien-te la acreditación de las constancias otorgadas por la entidad financiera correspondiente.

2) Las operaciones se efectúen mediante da-ción en pago o permuta de un bien, cuando la diferencia entre el valor del bien aportado y el precio del que fuera objeto de adquisición no sea superior al umbral establecido en el pre-sente artículo”.

Art. 2° — Sustitúyase el texto del artículo 26 de la Resolución UIF N°  127/2012 por el siguiente:

“Reportes Sistemáticos. Los Sujetos Obliga-dos deberán informar hasta el día QUINCE (15) de cada mes las operaciones, realizadas en el mes calendario inmediato anterior, que a conti-nuación se enumeran:

1) Expedición de cédulas azules en automo-tores con valuación superior a PESOS TRES-CIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000).

2) Cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas en automotores con va-luación superior a PESOS DOSCIENTOS VEIN-TE MIL ($ 220.000).

3) Adquisición de automotores por un mon-to superior a PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000).”.

Art. 3° — Sustitúyase el texto del inciso b) del artículo 11 de la Resolución UIF N° 489/2013 por el siguiente:

“b) Adicionalmente, para el caso de los clien-tes que realicen operaciones de compraventa de Automotores por un monto anual que alcan-ce o supere la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), se deberá definir el perfil del cliente conforme lo previsto en el artículo 19 de la presente.

En caso que el Índice de Precios del Sector Automotor mensual acumulado en los últimos SEIS (6) meses, publicado en la página web de la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AU-TOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA), registre un alza superior al QUINCE POR CIENTO (15%) esta UNIDAD DE INFOR-MACIÓN FINANCIERA procederá a adecuar el monto indicado en el párrafo precedente.”.

Art. 4° — Sustitúyase el texto del artículo 19 de la Resolución UIF N°  489/2013 por el siguiente:

“Perfil del Cliente. Los Sujetos Obligados deberán definir un Perfil del Cliente, que esta-rá basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria (declaraciones juradas de impuestos; copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra; certificación extendida por contador público matriculado, debidamente in-tervenida por el Consejo Profesional, indicando el origen de los fondos, señalando en forma pre-cisa la documentación que ha tenido a la vista para efectuar la misma; documentación banca-ria de donde surja la existencia de los fondos; documentación que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes; o cualquier otra docu-mentación que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para realizar la operación) que hubiera proporcionado el mismo y en la que hu-biera podido obtener el propio Sujeto Obligado, que justifique el origen de los fondos involucra-dos en las operaciones que realiza.

También deberá tenerse en cuenta el monto, tipo, naturaleza y frecuencia de las operaciones que habitualmente realiza el cliente, así como el origen y destino de los recursos involucrados en su operatoria.

Los Sujetos Obligados quedarán exceptua-dos de definir el perfil del cliente cuando:

1) Las operaciones se realicen median-te transferencias bancarias, siempre que los fondos provengan de una cuenta de la cual el cliente fuera titular o cotitular, y/o cuando éstos tengan origen en créditos prendarios o perso-nales otorgados por entidades financieras su-jetas al régimen de la Ley N° 21.526 y sus mo-dificatorias.

En tales supuestos, y a los fines de acreditar el origen licito de los fondos, resultará suficien-te la acreditación de las constancias otorgadas por la entidad financiera correspondiente.

2) Las operaciones se efectúen mediante da-ción en pago o permuta de un bien, cuando la diferencia entre el valor del bien aportado y el precio del que fuera objeto de adquisición no sea superior al umbral establecido en el inciso b) del artículo 11 de la presente resolución”.

Art. 5° — Deróguese el inciso f) del artículo 20 de la Resolución UIF N° 202/2015.

Art. 6° — Deróguese el artículo 15 de la Re-solución UIF N° 70/2011.

Art. 7° — Regístrese, comuníquese, publí-quese, dese a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — José A. Sbattella.

#F4938583F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 10

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I4938387I#MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Resolución 301/2015

Bs. As., 24/07/2015

VISTO el Expediente N° 19.727/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 544 de fecha 20 de julio de 2012, 593 de fecha 25 de julio de 2014, su modificatoria N° 1187 de fecha 30 de diciembre de 2014, y 609 de fecha 1° de agosto de 2014, las Resoluciones Nros. 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, modificada por las Resoluciones Nros. 467 de fecha 20 de noviembre de 2012 y 468 de fecha 26 de septiembre de 2014, ambas de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, 617 de fecha 2 de diciembre de 2014 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, 541 de fecha 14 de noviembre de 2013 y 258 de fecha 22 de junio de 2015 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por las Decisiones Administrativas Nros. 544/12 y 593/14 y su modificatoria N° 1187/14 se exceptúa al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de la prohibición contenida en los Artículos 7° de las Leyes Nros. 26.728 y 26.895, respectivamente, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Decisión Administrativa N° 609/14 se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de SIETE MIL QUI-NIENTOS (7500) cargos vacantes y financiados correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2014 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Que la Resolución N° 617/14 de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS asignó los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, autorizados para su cober-tura por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609/14, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modifica-torios, conforme al detalle consignado en el Anexo de la misma.

Que por la Resolución N° 541/13 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO se declararon desiertas CATORCE (14) vacantes en el cargo de “Asistente Administrativo”, DOS (2) vacantes en el cargo de “Secretaria” y UNA (1) vacante en el cargo de “Asistente Contable” en el Nivel D del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) en el marco del concurso convo-cado por la Resolución N° 672 de fecha 5 de noviembre de 2012 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que debido a un error material los DIECISIETE (17) cargos antes mencionados, que fueron posteriormente descongelados por la Decisión Administrativa N° 593/14, no fueron consignados en la Resolución N° 258/15 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, por lo que corresponde en consecuencia subsanar tal omisión.

Que los integrantes del Comité de Selección N° 1, designados por la resolución citada en el considerando precedente, definieron las bases del concurso consignadas en el Acta N° 1 de fecha 16 de julio de 2015, según lo estipulado en el Artículo 10 del Anexo I de la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, las cuales incluyen los cargos antes aludidos.

Que a los fines de proceder a la cobertura de los cargos involucrados, resulta necesaria la aprobación de las bases del concurso, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 15 del Anexo I de la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE COORDI-NACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL prestan conformidad al dictado de la presente medida.

Que la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la CO-MISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C) han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones emergentes del Artículo 15 del Anexo I de la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello,

EL MINISTRODE RELACIONES EXTERIORES Y CULTORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Incorpórense al detalle de cargos mencionados en el Anexo de la Resolución N° 258/15, los que se consignan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse las bases del concurso definidas por el Comité de Selección N° 1 para la cobertura de DOSCIENTOS SESENTA Y UN (261) cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Llámese a concurso mediante convocatoria extraordinaria general o abierta, según corresponda, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo III que forma parte integrante de la presente resolución, para la cobertura de DOSCIENTOS SESENTA Y UN (261) cargos vacantes y financiados.

ARTÍCULO 4° — Fíjase el período de inscripción de postulantes entre los días 25 de agosto y 8 de septiembre de 2015 inclusive.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — HECTOR TIMERMAN, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132121/15 v. 05/08/2015#F4938387F#

#I4940730I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 795/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 761 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATI-VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continuada por la Decisión Ad-ministrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de SEIS (6) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 761 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Se-lección, para la cobertura de SEIS (6) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133140/15 v. 05/08/2015

#F4940730F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 11#I4940733I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 796/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  28.585/14, del registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 608 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 14 del 19 de diciembre de 2013, la Resolución de la ex - SE-CRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 762 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 608/12 y su modificatoria, se autorizó al MINIS-TERIO DE DEFENSA, a la cobertura de CIENTO CUARENTA Y DOS (142) cargos vacantes y finan-ciados de la Planta Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 176/15 hizo lugar a la inscripción de UN (1) cargo en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP),

Que por la Resolución MD. N° 762 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selec-ción, para la cobertura de UN (1) cargo vacante y financiado de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Abierta, con-forme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura del cargo detallado en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133143/15 v. 05/08/2015

#F4940733F#

#I4940734I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 797/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 763 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATI-VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la

Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continuada por la Decisión Ad-ministrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de CINCO (5) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARIA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 763 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selec-ción, para la cobertura de CINCO (5) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133144/15 v. 05/08/2015

#F4940734F#

#I4940735I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 798/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 757 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATI-VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continuada por la Decisión Ad-ministrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de SIETE (7) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Page 12: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 12Que por la Resolución MD. N° 757 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los

Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selec-ción, para la cobertura de SIETE (7) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente reso-lución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133145/15 v. 05/08/2015

#F4940735F##I4940748I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 799/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 755 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATI-VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continuada por la Decisión Ad-ministrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de CUATRO (4) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 755 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selec-ción, para la cobertura de CUATRO (4) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133158/15 v. 05/08/2015

#F4940748F#

#I4940763I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 800/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 758 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATI-VA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continuada por la Decisión Ad-ministrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de NUEVE (9) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 758 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selec-ción, para la cobertura de NUEVE (9) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente resolución.

Page 13: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 13ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el

comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133173/15 v. 05/08/2015

#F4940763F#

#I4940785I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 801/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 760 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continua-da por la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de OCHO (8) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 760 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selec-ción, para la cobertura de OCHO (8) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente reso-lución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindefgov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.e. 05/08/2015 N° 133195/15 v. 05/08/2015

#F4940785F#

#I4940907I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 802/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N°  24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚ-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 759 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continua-da por la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictamen N° 2107/15 hizo lugar a la inscripción de CATORCE (14) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 759 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfi-les propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que per-miten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de imple-mentación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selección, para la cobertura de CATORCE (14) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta y General, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sis-tema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo concurso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concurso el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NA-CIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agosto de 2015, bríndese asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECUR-SOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado concurso estará dis-ponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos.e. 05/08/2015 N° 133268/15 v. 05/08/2015

#F4940907F#

Page 14: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 14#I4940932I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 803/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N° 24.021/14 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, el Decre-to N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 que homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644 de fecha 9 de diciembre de 2014, la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y la Resolución MD. N° 756 del 22 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 644/14, se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE DEFENSA, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 continua-da por la Decisión Administrativa N° 609 del 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/2008 y sus modificatorios.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EM-PLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, mediante Dictámenes N° 2107/15 y N° 2650/15 hizo lugar a la inscripción de VIENTIDÓS (22) cargos en el Registro Central de Ofertas de Empleo Público.

Que mediante la Resolución de la ex - SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

Que por la Resolución MD. N° 756 del 22 de julio de 2015, se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de los mencionados cargos, quienes aprobaron los perfiles propuestos y las Bases para impulsar la Convocatoria.

Que las Bases de la convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que permiten identificar sin ambigüedades las tareas y acciones propias de los puestos, las competencias técnicas de gestión requeridas para su desempeño, las distintas etapas de evaluación que se administrarán durante el concurso, los factores de puntuación y el cro-nograma tentativo de implementación, por lo que corresponde resolver sobre el particular.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 15 del Anexo I a la Resolución N° SGP N° 39/10.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébanse las Bases de los Concursos definidas por su Comité de Selección, para la cobertura de VEINTIDÓS (22) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Llámase a Concurso mediante Convocatoria Ordinaria Abierta y Ge-neral, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos detallados en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Fíjase como período de preinscripción electrónica del respectivo con-curso el comprendido entre los días 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de sep-tiembre de 2015 hasta las 15:00 horas.

ARTÍCULO 4° — Fíjase como período de inscripción documental del respectivo concur-so el comprendido entre los días 27 de agosto de 2015 a las 10:00 horas y el 9 de septiembre de 2015 hasta las 16:00 horas.

ARTÍCULO 5° — Fíjase como lugar de inscripción, la sede de la ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL, sita en Maipú 262, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, a partir del día 6 de agos-to de 2015, brindase asesoramiento e información adicional en la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN del MINISTERIO DE DEFENSA, sita en Azopardo 250, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, la información sobre el mencionado con-curso estará disponible a partir del día 6 de agosto en las carteleras gráficas, en la página WEB de este Ministerio y en las siguientes direcciones: www.mindef.gov.ar y www.concursar.gob.ar.

ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIO-NAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos.

e. 05/08/2015 N° 133293/15 v. 05/08/2015#F4940932F#

#I4940917I#MINISTERIO DE DEFENSA

EL ESTADO SELECCIONA

Se llama a concurso en el marco del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO mediante Convocatoria Ordinaria, Sistema de Selección Abierto.

Convocatoria Abierta: Pueden participar todos los postulantes, sean o no empleados públi-cos, que reúnan los requisitos excluyentes, según el perfil del puesto de trabajo.

• Edad límite de ingreso: remitirse la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, artículo 5°, inc. f), el que tenga la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio jubilatorio.

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá excep-tuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (Ley N° 25.164 - art. 4°, inc. a).

Page 15: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 15

Page 16: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 16

La totalidad de la información necesaria para resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, requisitos excluyentes y deseables, identificación de los integrantes de los Comités de Selección, cronograma general de las etapas del proceso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en el Edificio Libertador, sito en Azopardo 250 de la ciudad de Buenos Aires, piso 10, Dirección General de Recursos Humanos a partir del 20 de agosto de 2015 y en la página web del Ministerio de Defensa, a partir del 10 de agosto de 2015.

1) Inscripción electrónica: desde el 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas hasta el 9 de se-tiembre de 2015 a las 15:00 horas. Necesariamente deberá realizarse previamente a la inscripción de la postulación. Podrá efectuarse a través de la página web www.concursar.gob.ar.

2) Presentación de la documentación: desde el 27 de agosto de 2015 al 9 de setiembre de 2015 en el horario de 10:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:00 en la Escuela de Defensa Nacional sita en Maipú 262 ciudad de Buenos Aires.

3) Listado de admitidos y no admitidos: serán publicados en las páginas www.concursar.gob.ar y en www.mindef.gov.ar y en las carteleras del Edificio Libertador, Dirección General de Recursos Huma-nos Azopardo 250 Bs. As. entre el 14 de setiembre al 16 de setiembre de 2015.

4) Primera etapa de evaluación: Curriculares y Laborales, los resultados se notificarán por publicación en carteleras y página web www.concursar.gob.ar y en www.mindef.gov.ar el día 25 de setiembre de 2015.

5) Segunda etapa de evaluación técnica: Se efectuará entre los días 5 de octubre al 7 de oc-tubre de 2015.

6) Tercera etapa de evaluación: Se efectuará una entrevista personal a cargo del Comité de Selección entre los días 16 al 21 de octubre de 2015.

7) Cuarta etapa de evaluación de perfil psicológico: Se efectuará a partir de la evaluación laboral mediante entrevista entre los días 22 y 23 de octubre de 2015.

8) Orden de Mérito: Será publicado y estará disponible en cartelera y en las páginas www.concursar.gob.ar y www.mindef.gov.ar a partir del 30 de octubre y hasta el 19 de no-viembre de 2015.

Si reside a más de 50 Kms. del lugar de inscripción o presenta certificado de discapacidad podrá remitir su postulación por vía postal, para lo que deberá adjuntar certificado de domicilio, considerándose, a todo evento, la fecha del franqueo.

En el supuesto de inscripciones por poder o por correo, antes de su presentación a la primera etapa de evaluación, deberá concurrir personalmente con la documentación original y firmar la remitida por vía postal.

Dr. CARLOS E. BORGHINI, Director General de Recursos Humanos y Organización.

e. 05/08/2015 N° 133278/15 v. 05/08/2015#F4940917F#

#I4940918I#MINISTERIO DE DEFENSA

EL ESTADO SELECCIONA

Se llama a concurso en el marco del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO mediante Convocatoria Ordinaria, Sistema de Selección General.

Convocatoria General: Puede participar personal de Planta Permanente, personal desig-nado transitoriamente en cargos de Planta Permanente y personal designado en cargos de Plan-ta Transitoria, todos ellos comprendidos en el Sistema Nacional de Empleo Público o personal

contratado por el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, que reúnan los requisitos excluyentes, según el perfil del puesto de trabajo.

• Edad límite de ingreso: remitirse la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, artículo 5°, inc. f), el que tenga la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio jubilatorio.

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá excep-tuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (Ley N° 25.164 - art. 4°, inc. a).

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 17

La totalidad de la información necesaria para resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, requisitos excluyentes y deseables, identificación de los integrantes de los Comités de Selección, cronograma general de las etapas del proceso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en el Edificio Libertador, sito en Azopardo 250 de la ciudad de Buenos Aires, piso 10, Dirección General de Recursos Humanos a partir del 20 de agosto de 2015 y en la página web del Ministerio de Defensa, a partir del 10 de agosto de 2015.

1) Inscripción electrónica: desde el 20 de agosto de 2015 a las 10:00 horas hasta el 9 de se-tiembre de 2015 a las 15:00 horas. Necesariamente deberá realizarse previamente a la inscripción de la postulación. Podrá efectuarse a través de la página web www.concursar.gob.ar.

2) Presentación de la documentación: desde el 27 de agosto de 2015 al 9 de setiembre de 2015 en el horario de 10:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 16:00 en la Escuela de Defensa Nacional sita en Maipú 262 ciudad de Buenos Aires.

3) Listado de admitidos y no admitidos: serán publicados en las páginas www.concursar.gob.ar y en www.mindef.gov.ar y en las carteleras del Edificio Libertador, Dirección General de Recursos Humanos Azopardo 250 Bs. As. entre el 14 de setiembre al 16 de setiembre de 2015.

4) Primera etapa de evaluación: Curriculares y Laborales, los resultados se notificarán por publicación en carteleras y página web www.concursar.gob.ar y en www.mindef.gov.ar el día 25 de setiembre de 2015.

5) Segunda etapa de evaluación técnica: Se efectuará entre los días 5 de octubre y 7 de oc-tubre de 2015.

6) Tercera etapa de evaluación: Se efectuará una entrevista personal a cargo del Comité de Selección entre los días 16 al 21 de octubre de 2015.

7) Cuarta etapa de evaluación de perfil psicológico: Se efectuará a partir de la evaluación laboral mediante entrevista entre los días 22 y 23 de octubre de 2015.

8) Orden de Mérito: Será publicado y estará disponible en cartelera y en las páginas www.concursar.gob.ar y www.mindef.gov.ar a partir del 30 de octubre y hasta el 19 de no-viembre de 2015.

Si reside a más de 50 Kms. del lugar de inscripción o presenta certificado de discapacidad podrá remitir su postulación por vía postal, para lo que deberá adjuntar certificado de domicilio, considerándose, a todo evento, la fecha del franqueo.

En el supuesto de inscripciones por poder o por correo, antes de su presentación a la primera etapa de evaluación, deberá concurrir personalmente con la documentación original y firmar la remitida por vía postal.

Dr. CARLOS E. BORGHINI, Director General de Recursos Humanos y Organización.

e. 05/08/2015 N° 133279/15 v. 05/08/2015#F4940918F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 18

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4939491I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN GENERAL N° 2300 - TÍTULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 05/08/2015 N° 132546/15 v. 05/08/2015#F4939491F#

#I4939534I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN GENERAL N° 2300 - TÍTULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS.

“La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio “Registro Fiscal de Operadores de Granos” de la página web institucional (www.afip.gov.ar) al que se ac-cede mediante Clave Fiscal, asi como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclu-siones previstas en los incisos a), c), d) y f) del artículo 47”.

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 05/08/2015 N° 132548/15 v. 05/08/2015#F4939534F#

#I4939550I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN GENERAL N° 2300 - TÍTULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

Page 19: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 19

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 05/08/2015 N° 132564/15 v. 05/08/2015#F4939550F#

#I4939767I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 152/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera “Puerto LA BARQUITA” De-partamento Aduana de San Lorenzo.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-88-2011/20 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma LA BARQUITA S.R.L. (CUIT 30-70913978-5) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución N° 133/2015 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle de su propiedad, ubicado en el Arroyo San Lorenzo, a la altura del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA (450), margen derecha el Rio Paraná, ciudad de San Lo-renzo, Provincia de Santa Fé, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo.

Que se encuentra acreditado en la Actuación SIGEA N° 12509-88-2011 que por expediente EXP-S01:0126041/2011 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, la inscripción del muelle en trato en el Registro Nacional de Puertos, de conformidad a lo indicado en la regla-mentación del artículo 5° de la Ley 24093.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde procedente autorizar la pró-rroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 30 de noviem-bre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis-posición 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el Puerto LA BARQUITA, ubicado en el Arroyo San Lorenzo, a la altura del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA (450), margen derecha el Río Paraná, ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, jurisdicción

del Departamento Aduana de San Lorenzo, solicitado por la firma LA BARQUITA S.R.L. (CUIT N° 30-70913978-5), hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Ofi-cial para su publicación. Publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome co-nocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes al Departamento Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y aplicación. Cumplido, archívese. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduane-ras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132725/15 v. 05/08/2015#F4939767F#

#I4939769I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 153/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto Márquez. Di-visión Aduana de Paraná.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12502-397-2008/73 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT N° 30710010362), solicita una prórroga de la habilitación aduanera de el muelle del Puerto Márquez, propiedad de la Provincia de Entre Ríos, otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 129/2015 (SDG OAI), ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO (758), margen izquierda, Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la División Aduana de Paraná, para realizar operaciones de removido.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12502-397-2008 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0172321/2004.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis-posición 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación provisoria de la zona operativa aduanera en el muelle del Puerto Marquez, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, en el km. SETE-CIENTOS CINCUENTA Y OCHO (758), Departamento La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdic-ción de la Aduana de Paraná, solicitada por el Instituto Portuario Provincial de Entre Ríos (CUIT N° 30710010362), a los fines de la realización de operaciones de removido, hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132727/15 v. 05/08/2015#F4939769F#

#I4939771I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 154/2015

Asunto: Prórroga habilitación zona operativa aduanera muelle “Terminal Sólidos a Granel” PIEDRAS BLANCAS S.A. División Aduana de Paraná.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12502-375-2012/24 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma PIEDRAS BLANCAS S.A. (CUIT N° 33-70895695-9) solici-ta una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución N° 131/15 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad, denominado Terminal Sólidos a Granel, ubicado a la altura del kilómetro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen izquierda, localidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Paraná.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12502-375-2012 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puer-tos y Vías Navegables, por expediente EXP-S02:0016840/2012.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Page 20: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 20Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación

oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa solicitada por la firma PIE-DRAS BLANCAS SA (CUIT N° 33-70895695-9) para realizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad denominado “Terminal Sólidos a Granel”, ubicado a la altura del kiló-metro SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON DOS (689,2) del río Paraná, margen izquierda, lo-calidad de Hernandarias, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la División Aduana de Paraná, hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora Gene-ral, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132729/15 v. 05/08/2015#F4939771F#

#I4939773I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 155/2015

Asunto: Prórroga habilitación zona operativa aduanera muelle “Planta Puerto General San Martín” PROFERTIL S.A. Departamento Aduana de San Lorenzo.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-68-2013/18 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma PROFERTIL S.A. (CUIT N° 30-69157651-1) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución N° 134/15 (SDG OAI) para rea-lizar operaciones aduaneras en el muelle del puerto de su propiedad denominado Planta Puerto General San Martín, ubicado a la altura de la progresiva del km. CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (458) margen derecha del Río Paraná, en el Distrito de Puerto General San Martín, Depar-tamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe.

Que se encuentra acreditada en la actuación SIGEA N° 12509-68-2013 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, por expediente EXP-S02:0039340/2012.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de los informes obrantes en autos, resulta procedente autorizar la prórroga de la ha-bilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la fir-ma PROFERTIL S.A. (CUIT N° 30-69157651-1) en el muelle de su propiedad del puerto denominado “Planta Puerto General San Martín”, ubicado a la altura de la progresiva del km. CUATROCIEN-TOS CINCUENTA Y OCHO (458) margen derecha del Río Paraná, en el Distrito de Puerto General San Martín, Departamento San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, en jurisdicción del Departamento Aduana de San Lorenzo, hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase al Departamento Aduana de San Lo-renzo para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132731/15 v. 05/08/2015#F4939773F#

#I4939779I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 156/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle EL MANA PUERTO BUEY - COOPERATIVA AGROP. LA PAZ LTDA. División Aduana de Paraná.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12502-34-2010/106 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma COOPERATIVA AGROPECUARIA LA PAZ LTDA. (CUIT N° 30-53245883-4), solicita una prórroga de la habilitación otorgada con carácter provisorio me-diante Resolución N° 130/2015 (SDG OAI) para la recepción y embarque de granos en barcazas en el puerto EL MANA PUERTO BUEY, ubicado a la altura del Km. SETECIENTOS VEINTICUATRO (724) del Río Paraná, margen izquierda, localidad de Santa Elena, Provincia de Entre Ríos, jurisdic-ción de la División Aduana de Paraná.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12502-34-2010 que la habilitación de-finitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:01067661/2005.

Que en autos han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación solicitada por la firma COOPERATIVA AGROPE-CUARIA LA PAZ LTDA. (CUIT N° 30-53245883-4) de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto El MANA PUERTO BUEY, ubicado a la altura del Km. SETECIENTOS VEINTICUATRO (724) del Río Paraná, margen izquierda, localidad de Santa Elena, Provincia de Entre Ríos, para la recep-ción y embarque de granos en barcazas, hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora Gene-ral, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132737/15 v. 05/08/2015#F4939779F#

#I4939783I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 157/2015

Asunto: Prórroga habilitación zona operativa aduanera muelle de carga de cereales ALFRED C. TOEPFER INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L. - División Aduana de Bahía Blanca.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12569-369-2013/16 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma ALFRED C. TOEPFER INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-62197317-3) solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución N° 137/2015 (SDG OAI) de una zona operativa aduanera en el nuevo muelle de carga de cereales, construido contiguo al muelle de la Central Termoeléctrica Luis Piedrabuena, en el Puerto de Inge-niero White, Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca.

Que se encuentra acreditado en Actuación SIGEA N°  12569-369-2013 que a solicitud del Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, por expediente EXP-S02:0015378/2012 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables la ampliación de la habilitación portuaria del Puerto de Bahía Blanca —oportunamente otorgada por Decreto N° 640 del 21 de Mayo de 2004— en relación al citado muelle, concesionado a la firma ALFRED C. TOEPFER INTERNATIONAL AR-GENTINA S.R.L.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación provisoria de una zona operativa aduanera en el nuevo muelle de carga de cereales de la firma ALFRED C. TOEPFER INTERNATIONAL ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-62197317-3), ubicado contiguo al muelle de la Central Termoeléctrica Luis Pie-drabuena del Puerto de Ingeniero White, Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la División Aduana de Bahía Blanca, hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Aduanera Bahia Blanca. Remítase a la División Aduana de Bahía Blanca para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132741/15 v. 05/08/2015#F4939783F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 21#I4939785I#

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 158/2015

Asunto: Prórroga habilitación zona operativa aduanera muelle Cooperativa La Ganadera Ge-neral Ramírez, Agropecuaria de Consumo y Provisión de Servicios Públicos Limitada. División Aduana de Paraná.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° 1-251776-2012/12 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo y Provisión de Servicios Públicos Ltda., (CUIT N° 33-53332811-9) solicita una prórroga de la habilitación aduanera provisoria otorgada por Resolución N° 127/2015 (SDG OAI) del muelle de su propiedad, ubicado en la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del km SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS (666), Pueblo Brugo, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la División Aduana de Paraná.

Que se encuentra acreditado en el expediente N° 1-251776-2012 que la habilitación definitiva del puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables del Ministerio del Interior y Trasporte por expediente N° S01:0496257/2006.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones aduaneras que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 30 de no-viembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de Cooperativa La Ganadera General Ramírez Agropecuaria de Consumo y Provisión de Servicios Públicos Limitada (CUIT N° 33-53332811-9), ubicado en la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del Km. SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS (666), Pueblo Brugo, Departamento Paraná, Pro-vincia de Entre Ríos, jurisdicción de la División Aduana de Paraná, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Cumplido, remítase a la Divi-sión Aduana de Paraná a los fines de su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTI-NA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132743/15 v. 05/08/2015#F4939785F#

#I4939786I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 159/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto de Cabotaje BG - Departamento Aduana de San Lorenzo.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12509-171-2008/96 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación el Sr. Alberto José GUALTIERI (CUIT N° 20-14438803-9), en cali-dad de concesionario del Puerto de Cabotaje BG, ubicado a la altura del Km. CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON CIEN (441,100), margen derecha del Río Paraná, ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, solicita una prórroga de la habilitación otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 116/2015 (SDG OAI) para la atención aduanera de las operaciones que se realicen en dicho muelle, entre las que se destacan la descarga de residuos orgánicos, slop, sluge, embarque de rancho y provisiones de a bordo.

Que en Actuación SIGEA 12509-171-2008 se encuentra acreditado que la habilitación defi-nitiva del citado puerto en el marco de la Ley 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0258742/2010.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y hasta el 30 de noviembre de 2015, inclu-sive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera para realizar las operaciones mencionadas en los Considerandos en el muelle del Puerto de Cabotaje BG, ubicado sobre la margen derecha del Río Paraná, a la altura del km. CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON CIEN (441,100), en la localidad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, solicitada por el Sr. Alberto José GUALTIERI (CUIT N° 20-14438803-9), hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase al Departamento Aduana de San Lo-renzo para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132744/15 v. 05/08/2015#F4939786F#

#I4939787I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 160/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle Punta Colorada. Di-visión Aduana de San Antonio Oeste.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12615-378-2010/112 del registro de la ADMINISTRACION FEDE-RAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma MCC MINERA SIERRA GRANDE S.A. (CUIT N°  30-70905747-9), en su carácter de adjudicataria del uso y goce de las instalaciones del muelle Punta Colorada, ubicado en la localidad de Sierra Grande, Provincia de Río Negro, en jurisdicción de la División Aduana de San Antonio Oeste, solicita la prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución N° 139/2015 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12615-378-2010 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0334912/2005.

Que han tomado la intervención que les competen las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación solicitada, con carácter provisorio y hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle Punta Colorada, ubicado en localidad de Sierra Grande, Provincia de Río Negro, en jurisdicción de la Di-visión Aduana de San Antonio Oeste, solicitada por la firma MCC MINERA SIERRA GRANDE S.A. (CUIT N° 30-70905747-9), hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono-cimiento la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítase a la División Aduana de San Antonio Oeste para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132745/15 v. 05/08/2015#F4939787F#

#I4939784I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 161/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle de cabotaje (Unidad III). Puerto Villa Constitución. División Aduana de Villa Constitución.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009/115 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación, la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L (CUIT N°  30-70854089-3), en su calidad de permisionaria de la Unidad III (muelle de cabotaje) del Puerto de Villa Constitución, ubicado a la altura del Km, TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la División Aduana de Villa Constitución, solicita la prórroga de

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 22la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N°  136/2015 (SDG OAI).

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA N° 12531-232-2009 que la habilitación definitiva del Puerto de Villa Constitución en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0010927/2004.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle de cabotaje (Unidad III) del Puerto del Villa Constitución, concesionado a la firma PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. (CUIT N° 30-70854089-3), ubicado a la altura del Km, TRESCIENTOS SE-SENTA Y OCHO (368), margen derecha del Río Paraná, en jurisdicción de la División Aduana de Villa Constitución, hasta el 30 de noviembre de 2015, inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Villa Constitución para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132742/15 v. 05/08/2015#F4939784F#

#I4939780I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 162/2015

Asunto: Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto COOP. AGRO-PECUARIA LA PAZ LTDA. División Aduana de Paraná.

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación SIGEA N° 12502-431-2008/104 del registro de la ADMINISTRACIÓN FE-DERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma COOPERATIVA AGROPECUARIA LA PAZ LTDA. (CUIT N° 30-53245883-4) solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter pro-visorio mediante Resolución N° 128/2015 (SDG OAI), al solo efecto de realizar operaciones de carga de cereales a granel en barcazas, en el puerto de su propiedad ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del Km. SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CINCO (756,5) en la localidad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, jurisdicción de la División Aduana de Paraná.

Que se encuentra acreditada en Actuación SIGEA N° 12502-431-2008 que la habilitación de-finitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0225793/2002.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Dis-posición N° 360/11 (AFIP).

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERALDE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIORRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma COOPERATIVA AGROPECUARIA LA PAZ LTDA. (CUIT N° 30-53245883-4), ubi-cado sobre la margen izquierda del Río Paraná, a la altura del Km. SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CINCO (756,5) en la localidad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, hasta el día 30 de noviembre de 2015 inclusive, al solo efecto de realizar operaciones de carga de cereales a granel en barcazas.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Paraná para su conocimiento y notificación. — Ing. MARIA CRISTINA M. MELENDEZ, Subdirectora General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 05/08/2015 N° 132738/15 v. 05/08/2015#F4939780F#

#I4939781I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 423/2015

Asunto: Finalización y designación de jefaturas interinas en jurisdicción de la Dirección Regio-nal Mendoza.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO la Actuación N° 10138-388-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, el Contador Público Sergio Jesús VILLALON solicita el relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Jefe Interino del Distrito General Alvear y su traslado al Distrito San Rafael, ambos de la Dirección Regional Mendoza.

Que la citada Dirección Regional accede a lo solicitado y propone dar por finalizadas funcio-nes y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes Interinos y Supervi-sor Interino de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operacio-nes Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

(*) finalización de funciones y traslado, a su pedido.

ARTÍCULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuer-do con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 05/08/2015 N° 132739/15 v. 05/08/2015#F4939781F#

#I4939782I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 426/2015

Asunto: Finalización y designación de Jefes Interinos y Supervisores Interinos en jurisdicción de la Dirección Regional Tucumán.

Bs. As., 29/07/2015

VISTO la Actuación N° 10138-387-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, el Contador Público Héctor Augusto PFEIFFER solicita el relevo de las funciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Supervisor Interino del Equipo 2 C de la División Fiscalización N° 2 de la Dirección Regional Tucumán.

Que la citada Dirección Regional accede a lo solicitado y propone dar por finalizadas funcio-nes y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes Interinos y Supervi-sores Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facul-tades discrecionales.

Page 23: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 23Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la

Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finaliza-ción de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la es-tabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consi-guiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operacio-nes Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

ARTÍCULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 05/08/2015 N° 132740/15 v. 05/08/2015#F4939782F#

#I4938389I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 397/2015

Bs. As., 02/07/2015

VISTO el expediente N° S02:0055176/2015 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGU-RIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449 y N° 26.363, su normativa reglamentaria y Disposiciones ANSV N° 207/2009 y N° 107/2015.

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363, se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURI-DAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE conforme Decreto N° 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestra-lidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que, entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la Ley N° 26.363 en su Artículo 4° incisos e), f), h) y j) se encuentra la de crear y establecer las caracterís-ticas y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de Conducir, así como también autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.

Que el Artículo 12° de la ley N° 24.449 establece los requisitos que deben cumplimentar los establecimientos en la que se enseñe conducción de vehículo, denominados ESCUELA DE CON-DUCTORES; para ser habilitados como tales.

Que el Artículo 14° de la Ley N° 24.449 (texto conforme Ley N° 26.363) y su decreto regla-mentario, establece la obligatoriedad de los aspirantes a una Licencia Nacional de Conducir, a asistir a un curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial en una escuela pública o privada habilitada, cuya duración y contenidos serán determinados, auditados y homologados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Que el Artículo 14° inciso a) punto 3 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 779/95 (texto modificado por el Decreto Reglamentario N° 1716/08) establece los requisitos que deberán cumplir los establecimientos públicos o privados, debiendo la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL llevar un registro a tal efecto.

Que mediante Disposición ANSV N° 207 de fecha 27 de Octubre de 2009 se aprueba el Siste-ma Nacional de Licencias de Conducir, reglamentándose en su Capítulo 5 lo relativo a las Escuelas de Seguridad Vial.

Que a esos fines aclara que al hablar de Escuelas Públicas, la mencionada normativa está haciendo referencia a los CEL (Centros de Emisión de Licencias) que cumplieron con el proceso de certificación ante la ANSV, bajo un nuevo concepto que incluye a la capacitación ciudadana en materia de tránsito y seguridad vial como herramienta fundamental en su función, no limitando a la misma solo a la tarea de emitir licencias de Conducir.

Que asimismo, el mencionado Capítulo 5 de la Disposición ANSV N° 207/09, establece que las Escuelas Privadas para ser habilitadas en los términos de lo establecido en el Artículo 14°, inciso a) punto 3 de la Ley N° 24.449 (texto conforme Ley N° 26.363), no sólo deberán ser autorizadas primariamente por el Municipio en el cual se encuentren asentadas, sino también obtener la habi-litación Nacional al Inscribirse ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en un Registro creado a tal efecto, previo cumplimiento de los requerimientos establecidos en la misma.

Que mediante Disposición ANSV N° 107/2015 de fecha 13 de marzo de 2015 se creó dentro del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, el REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE SEGU-RIDAD VIAL y se instruyó a la Dirección del Sistema Nacional de Licencias de Conducir a propiciar el procedimiento de Inscripción ante dicho Registro.

Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, la DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO y la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia.

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que les compete.

Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta com-petente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamen-te atribuidas por el Artículo 7° incisos a) y b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVODE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION por ante el REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE SEGURIDAD VIAL, que como ANEXO I, forma parte de la presente medida.

ARTICULO 2° — Apruébase la nota de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Es-cuelas de Seguridad Vial, que como ANEXO A, forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la declaración jurada de cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 14 inciso a). 3 del anexo I del Decreto Reglamentario N° 779/95 (texto modificado por el Decreto Reglamentario N° 1716/08) y por el capítulo 5 de la Disposición ANSV N° 207/2009, que como ANEXO B, forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ LAGUENS, Director Ejecutivo, Agen-cia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.

Page 24: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 24ANEXO I

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE SE-GURIDAD VIAL.

ARTICULO 1°. OBJETO.

Considerando las facultades otorgadas a la DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE LICEN-CIAS DE CONDUCIR, se ha dispuesto la elaboración del presente procedimiento que tiene por fina-lidad establecer un marco de gestión para la inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Se-guridad Vial por parte de quienes presten servicios de capacitación en Materia de Educación Vial:

ARTICULO 2°. ALCANCE.

Se encuentran alcanzados por el presente protocolo todas las Instituciones, entes, entidades, academias y/o asociaciones que pretendan ser habilitadas para dictar el curso teórico-práctico de educación vial, exigido por el Artículo 14 inciso a) 3 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 (texto conforme ley 26.363) y artículo 14 inciso a) 3 Anexo I del Decreto N° 779/95 (texto modificado por el Decreto Reglamentario N° 1716/08).

ARTICULO 3°. INSCRIPCION PREVIA EN EL REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACION Y CAPACITACION VIAL (RE.NA.TE.DU).

A los efectos de iniciar el trámite de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE SEGURIDAD VIAL, los establecimientos prestadores interesados deberán previamente regis-trarse por ante el REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES EN EDUCACION Y CAPACITACION VIAL (RE.NA.TE.DU), conforme el procedimiento establecido por Disposición ANSV N° 380/12 (t.o según Disposición ANSV N° 168/2013, 555/2013 Y 520/14).

ARTICULO 4°. INSCRIPCION PREVIA EN EL CURSO LICENCIA DE CONDUCIR.

Una vez que el establecimiento prestador se encuentre inscripto en el RE.NA.TE.DU, deberá inscribirse en el curso correspondiente a la Licencia Nacional de Conducir, conforme el proce-dimiento establecido por el Anexo I de la Disposición ANSV N° 555/2013 (t.o según Disposición ANSV N° 520/14).

ARTICULO 5°. LEGITIMACION.

El cumplimiento de lo establecido en el Articulo 3° y 4° del presente protocolo, habilitará al interesado a solicitar por ante la Dirección del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, el co-rrespondiente trámite de inscripción del establecimiento en el Registro Nacional de Escuelas de Seguridad Vial.

ARTICULO 6°. SOLICITUD DE INSCRIPCION.

En esta instancia se deberá remitir a la Dirección del Sistema Nacional de Licencias de Con-ducir una nota solicitando la correspondiente inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Seguridad Vial, en la que se deberá acreditar la inscripción previa en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial y la inscripción previa en el dictado del Curso de Licencias de Conducir, mediante la identificación de los correspondientes números de inscripción y Disposiciones ANSV que lo disponen. Asimismo deberá cumplimentar los requisitos exigidos por el Artículo 14 inciso a). 3 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 779/95 (texto modificado por el Decreto Reglamentario N° 1716/08) y por el Capítulo 5 de la Disposición ANSV N° 207/2009.

ARTICULO 7°. VALIDACION DE INSCRIPCIONES PREVIAS.

La Dirección del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, procederá al análisis de la do-cumentación acompañada y corroborará la efectiva inscripción previa del establecimiento en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial y en el Registro del Curso de Licencias de Conducir.

ARTICULO 8°. VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS.

Validadas las inscripciones, la Dirección del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, pro-cederá a verificar se acrediten los requisitos y extremos requeridos por el mencionado Artículo 14 inciso a) 3 del Anexo I del Decreto Reglamentario N° 779/95 (texto modificado por el Decreto Re-glamentario N° 1716/08) y por el Capítulo 5 de la Disposición ANSV N° 207/2009 para la habilitación del establecimiento como Escuela de Seguridad Vial.

ARTICULO 9°. INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE CONDUCIR.

Cumplido, se procederá a dictar el correspondiente acto administrativo de inscripción de la entidad en el REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE SEGURIDAD VIAL extendiendo a tal efecto

la constancia de inscripción pertinente. Para el caso de no encontrarse cumplimentados los requi-sitos exigidos, se pondrá en conocimiento de ello a la entidad prestadora para que en un plazo no mayor a sesenta (60) días, cumplimente los faltantes. En caso de cumplimentar los requisitos exi-gidos se procederá con el trámite de inscripción. De no cumplimentarse los requisitos en el plazo establecido, se dará automáticamente de baja el legajo pertinente, dejándose a disposición por un plazo de 30 días la documentación presentada para devolución a la entidad. Vencido dicho plazo se procederá a la destrucción de la documentación dejando constancia de ello.

ARTICULO 10. VIGENCIA.

La inscripción como Escuela de Seguridad Vial dispuesta por la AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL, tendrá vigencia por un año, por lo que en tal sentido, su titular interesado deberá proceder a su renovación.

ARTICULO 11. RENOVACION DE LA INSCRIPCION.

Para la renovación de la inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Seguridad Vial, se deberá renovar previamente la inscripción en el Registro Nacional de Antecedentes en Edu-cación y Capacitación Vial y en el dictado del Curso de Licencias de Conducir en los términos y condiciones establecidos en la Disposición ANSV N° 520/2014. Posteriormente, y como mí-nimo 30 días hábiles administrativos previos al vencimiento de su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Seguridad Vial, se deberá solicitar a la Dirección del Sistema Nacional de Licencias de Conducir la correspondiente renovación en el Registro Nacional de Escuelas de Seguridad Vial, mediante la presentación de una declaración jurada que declare se siguen cumplimentando los requisitos exigidos por el Artículo 14 inciso a). 3 del Anexo I del Decreto Re-glamentario N° 779/95 (texto modificado por el Decreto Reglamentario N° 1716/08) y el Capítulo 5 de la Disposición ANSV N° 207/2009. Asimismo debe acreditar la re inscripción previa en el Registro Nacional de Antecedentes en Educación y Capacitación Vial y en el dictado del Curso de Licencias de Conducir.

ARTICULO 12. BAJA DE LA INSCRIPCION.

Si la entidad no solicitara la renovación de inscripción, en los términos y plazos previstos en el artículo anterior, se procederá automáticamente a dar de baja la misma.

ARTICULO 13. ALCANCE DE LA INSCRIPCION

La inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE ESCUELAS DE SEGURIDAD VIAL, no autoriza ni habilita por sí mismo, a dictar el curso teórico - práctico exigido para la emisión de la Licen-cia Nacional de Conducir, sino que además requerirá convenio con el Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir que pretenda tercerizar en la Escuela de Seguridad Vial, el dictado de los mismos.

ARTICULO 14. AUDITORIAS

La DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR podrá implementar una auditoría periódica o permanente, tendiente a garantizar el adecuado control y cumplimiento de los recaudos exigidos en la presente.

ARTICULO 15. De forma.

ANEXO A

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 25ANEXO B

e. 05/08/2015 N° 132123/15 v. 05/08/2015#F4938389F#

#I4938261I#AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Resolución 18/2015

Bs. As., 27/07/2015

VISTO el Expediente N° 15.043/2013 del Registro de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMU-NICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARÍA DE COMUNICACIONES entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Don Facundo Agustin SCHEUER (CUIT 20-30342525-0) solicitó que se le otorgue Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones y el registro del Servicio de Valor Agregado —Acceso a Internet—.

Que la Ley N° 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones sancionada el 16 de diciembre de 2014 estableció pautas y principios relativos al otorgamiento de una Licencia para la prestación de los servicios de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC).

Que el artículo 92 de la citada Ley deroga el Decreto N°  764/00 y sus modificatorios, sin perjuicio de lo cual establece que mantendrá su vigencia en todo lo que no se oponga a la ley durante el tiempo que demande a la Autoridad de Aplicación dictar los reglamentos concernientes al Régimen de Licencias para Servicios de TIC, al Régimen Nacional de Interconexión, al Régimen General del Servicio Universal y al Régimen sobre la Administración, Gestión y Control del Espec-tro Radioeléctrico.

Que en razón de ello, resulta de aplicación el Reglamento de Licencias para Servicios de Tele-comunicaciones aprobado como Anexo I del Decreto N° 764/00 de conformidad con los términos del citado artículo 92, hasta tanto se dicte una nueva reglamentación.

Que el aludido Reglamento, estableció los principios y disposiciones que rigen el otorgamien-to de la Licencia Única de Servicios de Telecomunicaciones, el registro de nuevos servicios y la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Que de conformidad con lo previsto en el Punto 4.3 del Artículo 4° del Reglamento citado precedentemente, el otorgamiento de la licencia es independiente de la existencia y asignación de los medios requeridos para la prestación del servicio.

Que si un servicio requiere la utilización de frecuencias del espectro radioeléctrico, la licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar su disponibilidad, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante esta Autoridad, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamento General

de Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico, aprobado como Anexo IV del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que se han expedido las Áreas Técnicas pertinentes de la ex COMISIÓN NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIO-NES entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚ-BLICA Y SERVICIOS, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento por parte del señor Don Facundo Agustín SCHEUER (CUIT 20-30342525-0) de los requisitos previstos en el Regla-mento de Licencias mencionado para el otorgamiento de la licencia y el registro de servicios a su nombre.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Regulatorios ha tomado la intervención de su competencia.

Que el DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscrip-ción del Acta de Directorio correspondiente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078, el Decreto N° 1117 de fecha 12 de junio de 2015 y el Acta de Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES N° 1 de fecha 22 de junio de 2015.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERALDE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONESRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Otórgase al señor Don Facundo Agustin SCHEUER (CUIT 20-30342525-0) Licencia Única Argentina Digital, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunica-ciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

ARTÍCULO 2° — Regístrese a nombre del señor Don Facundo Agustín SCHEUER (CUIT 20-30342525-0) en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4. del Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de Valor Agregado (Acceso a Internet).

ARTÍCULO 3° — La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro ra-dioeléctrico tramitarse ante esta Autoridad de conformidad con los términos y condiciones estipu-lados en el Reglamento General de Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente y en la demás normativa aplicable.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcan-ces previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

e. 05/08/2015 N° 132053/15 v. 05/08/2015#F4938261F#

#I4938601I#ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 244/2015

Bs. As., 22/07/2015

VISTO el Expediente ENRE N° 15.852/2004, la Resolución SE N° 745/2005, la Resolución SE N° 1.063/2005, la Resolución SE N° 942/2006, la Resolución SE N° 797/2008, la Resolución SE N° 1.170/2008, la Resolución SE N° 45/2010, la Resolución ENRE N° 355/2005, la Resolución ENRE N° 479/2005, la Resolución ENRE N° 537/2005, la Resolución ENRE N° 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante “Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el normado mediante Reso-lución SE N° 552/2004, (“Versión 2004 del PUREE”).

Que por su parte, el Artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE N° 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la infor-mación requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE N° 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE N°  537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presenta-ron ante este Ente la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kilovatios hora —kWh—) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del DIEZ POR CIENTO (10%) estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/5/2015 y 9/6/2015, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EDESUR S.A.”), median-te Nota de Entrada N° 221.056, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/5/2015 y el 9/6/2015 ascendieron a OCHENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHENTA Y TRES KILOVATIOS HORA (82.241.083 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría para los usuarios con consumos bimestrales menores a

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 261000 kWh ascendió a CIENTO NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIEN-TO NOVENTA Y SIETE KILOVATIOS HORA (109.833.197 kWh) lo que implicó la aplicación de car-gos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CINCO MILLO-NES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON 88/100 ($ 5.619.322,88) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON 88/100 ($ 365.717,88); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES KILOVATIOS HORA (25.200.333 kWh) en tanto el consumo en exceso fue de VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y CINCO KILOVATIOS HORA (25.245.085 KWh) lo que implicó cargos en exceso con primer ven-cimiento en el período considerado por PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 34/100 ($ 4.970.796,34) y ajustes por PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 79/100 ($ 6.756.469,79); los usuarios T3 BT ahorraron VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTITRES KILOVATIOS HORA (23.394.923 kWh), consumieron en exceso VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TRES KILOVATIOS HORA (29.449.503 kWh) y se les aplicaron cargos en exceso por PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL CIENTO SETENTA Y DOS CON 94/100 ($ 4.807.172,94) y ajustes por PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 61/100 ($ 2.528.469,61); los T3 MT ahorraron VEIN-TIUN MILLONES QUINIENTOS UN MIL DOSCIENTOS DIECISEIS KILOVATIOS HORA (21.501.216 kWh), consumieron en exceso TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN KILOVATIOS HORA (32.842.671 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIEN-TOS CUARENTA Y OCHO CON 92/100 ($ 5.797.748,92) como así también ajustes por valor de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON 52/100 ($ 364.147,52); en el caso de los usuarios de peaje, en T2 los ahorros alcanzaron CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTIUN KILOVATIOS HORA (4.221 kWh), los consumos en exceso TRECE MIL SETENTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (13.078 kWh) y los cargos adicionales con fecha de pri-mer vencimiento anterior al 9/6/2015 ascendieron a PESOS SIETE MIL OCHENTA Y OCHO CON 10/100 ($ 7.088,10) y los ajustes a PESOS TRES MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON 10/100 ($ 3.722,10); en BT los ahorros alcanzaron CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEIS-CIENTOS SETENTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (459.678 kWh), los consumos en exceso SE-TECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y TRES KILOVATIOS HORA (788.163 kWh), los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento anterior al 9/6/2015 ascendieron a PESOS CIENTO CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 25/100 ($ 105.649,25), mientras los ajustes ascendieron a PESOS CUARENTA MIL CUARENTA Y SEIS CON 97/100 ($ 40.046,97); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN KILOVATIOS HORA (2.530.681 kWh), los consumos en exceso NUEVE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIDOS KI-LOVATIOS HORA (9.532.722 kWh), los cargos abonados de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON 18/100 ($ 1.362.578,18) y los ajustes ascendieron a PESOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 88/100 ($ 85.996,88).

Que a su vez, la “EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EDENOR S.A.”) por medio de la Nota de Entrada N°  221.395 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/5/2015 y el 9/6/2015 ascendieron a NO-VENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (95.948.074 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10 %) en esta categoría para los usuarios con consumos bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1.000 kWh) ascendió a CIENTO CATORCE MILLONES TRESCIENTOS SE-TENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTITRES KILOVATIOS HORA (114.379.723 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS SEIS CON 19/100 ($ 6.515.606,19), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS CINCO MIL QUINIENTOS TRES CON 50/100 ($ 5.503,50); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL TRES-CIENTOS NOVENTA Y TRES KILOVATIOS HORA (24.216.393 kWh), los consumos en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10 %) fueron de TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE KILOVATIOS HORA (32.200.497 kWh), los cargos en ex-ceso sumaron PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETE-CIENTOS TRECE CON 25/100 ($ 5.458.713,25), y los ajustes fueron de PESOS TRES MIL OCHO CON 17/100 ($ 3.008,17); los usuarios T3 BT ahorraron DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS KILOVATIOS HORA (18.399.300 kWh), consumieron en exceso TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (35.696.338 kWh). se les aplicaron cargos por PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON 89/100 ($ 3.911.773,89) y ajustes por PESOS UN MIL CIENTO DIEZ CON 21/100 ($ 1.110,21); los T3 MT ahorraron DIECISEIS MILLONES NOVENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO KILOVA-TIOS HORA (16.090.875 kWh) consumieron en exceso CUARENTA Y UN MILLONES CUATRO-CIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS KILOVATIOS HORA (41.478.446 kWh), y afrontaron cargos en exceso por PESOS CUATRO MILLONES NOVECIEN-TOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTITRES CON 91/100 ($ 4.924.323,91); en cuanto a los usuarios de peaje, en T2 los ahorros fueron de DOCE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (12.134 kWh), el consumo en exceso fue de VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (22.289 kWh) y la penalización alcanzó la suma de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCO CON 37/100 ($ 9.205,37), en BT los ahorros fueron de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (650.384 kWh), el consumo en exceso fue de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRES-CIENTOS SETENTA KILOVATIOS HORA (655.370 kWh) y la penalización alcanzó la suma de PE-SOS NOVENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHO CON 5/100 ($ 98.708,05), mientras que los usuarios en MT ahorraron SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIEN-TOS DIECISEIS KILOVATIOS HORA (6.385.716 kWh), consumieron en exceso CATORCE MILLO-NES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE KILOVATIOS HORA (14.777.927 kWh), se les aplicaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIEN-TOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 84/100 ($ 2.356.643,84) y ajustes por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIEN-TOS CUARENTA CON 70/100 ($ 1.979.740,70).

Que mediante Memorándum AAREE N° 366/2015 se ha realizado la verificación de los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/5/2015 y 9/6/2015.

Que el servicio jurídico del Ente ha tomado la intervención de su competencia y ha emitido su Dictamen Legal en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra fa-cultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 6 de la Resolución SE N° 745/2005 y el inciso s) del Artículo 56 de la Ley N° 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIODEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDADRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas “EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMER-CIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EDENOR S.A.”) y “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EDESUR S.A.”) durante los períodos comprendidos entre los días 10/7/2015 y 9/8/2015, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la informa-ción presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

ARTÍCULO 2° — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, a “EDESUR S.A.” y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — Dr. ENRIQUE GUSTAVO CARDESA, Director. — Ing. LUIS BARLETTA, Vice-presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — Lic. FEDERICO BASUALDO RICHARDS, Director. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN ENRE N° 244/2015

ANEXO II DE LA RESOLUCIÓN ENRE N° 244/2015

e. 05/08/2015 N° 132285/15 v. 05/08/2015#F4938601F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 27

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 28#I4938367I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

En cumplimiento del Art. 32 del Decreto N° 2183/91, se comunica a terceros interesados que; en relación con los avisos publicados en el Boletín Oficial N° 33.087 de fecha miércoles 11 de marzo de 2015, el diario DEMOCRACIA en su sección Locales de fecha jueves 12 de marzo de 2015 y el diario DE HOY en su sección Locales de fecha jueves 12 de marzo de 2015, referidos a la inscripción del cultivar denominado DON MARIO 5316 IPRO.

Por pedido del solicitante, se informa que se procedió al cambio de denominación: DON MA-RIO 5316 IPRO, será reemplazada por 53I53 RSF IPRO.

Se recibirán las impugnaciones que se presentan dentro de los Diez (10) días de aparecido este comunicado.

Ing. Agr. JORGE RAÚL TORRES, Director de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132101/15 v. 05/08/2015#F4938367F#

#I4938379I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 132/2015

Bs. As., 14/05/2015

VISTO el Expediente N° S05:0031190/2014 y su agregado sin acumular N° S05:0010326/2015 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa BIOTRIGO GENÉTICA LTDA., representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de la creación fito-genética de trigo pan (Triticum aestivum L.) de denominación CEIBO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 14 de abril de 2015, según Acta N° 423, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética de trigo pan (Triticum aestivum L.) de denominación CEIBO, solicitada por la empresa BIOTRIGO GENÉTI-CA LTDA., representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132113/15 v. 05/08/2015#F4938379F#

#I4938374I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 176/2015

Bs. As., 08/06/2015

VISTO el Expediente N° S05:0544259/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que las empresas ASOCIADOS DON MARIO S.A. y GDM GENÉTICA DO BRASIL LTDA., han solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max

(L.) Merr) de denominación HO 6110 IPRO, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas Nº 20.247, en su reunión de fecha 14 de abril de 2015, según Acta N° 423, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultiva-res, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación HO 6110 IPRO, solicitada por las empresas ASOCIADOS DON MARIO S.A. y GDM GENÉTICA DO BRASIL LTDA.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132108/15 v. 05/08/2015#F4938374F#

#I4938410I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 214/2014

Bs. As., 05/08/2014

VISTO el Expediente N° S05:0215229/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0395779/2013 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación SP 4X2, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 10 de junio de 2014, según Acta N° 414, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación SP 4X2, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

Page 29: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 29ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín

Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132144/15 v. 05/08/2015#F4938410F#

#I4938390I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 219/2014

Bs. As., 11/08/2014

VISTO el Expediente N° S05:0479738/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0565827/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fito-genética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación DON MARIO 4014 IPRO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Culti-vares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 8 de julio de 2014, según Acta N° 415, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación DON MARIO 4014 IPRO, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132124/15 v. 05/08/2015#F4938390F#

#I4938393I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 221/2014

Bs. As., 13/08/2014

VISTO el Expediente N° S05:0477960/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0570992/2013 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación 5350, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 8 de julio de 2014, según Acta N° 415, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados, por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genética-mente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación 5350, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132127/15 v. 05/08/2015#F4938393F#

#I4938381I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 266/2012

Bs. As., 02/08/2012

VISTO el Expediente N° S01:0307456/2010 y sus agregados sin acumular N° S01:0000833/2012, N° S01:0308679/2010, N° S01:0525683/2011, N° S01:0358896/2010 y N° S01:0032299/2012 todos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de las creaciones fitogenéticas de soja DON MARIO 4212 RSF, DON MARIO 3312 RSF y BIO 3.5, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 11 de julio de 2012, según Acta N° 394, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de las creaciones fitogenéticas de soja DON MARIO 4212 RSF, DON MARIO 3312 RSF y BIO 3.5, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132115/15 v. 05/08/2015#F4938381F#

#I4938413I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 294/2014

Bs. As., 11/09/2014

VISTO el Expediente N° S05:0479879/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0018997/2014 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación SP 6X6

Page 30: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 30IPRO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultiva-res, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fito-genéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 12 de agosto de 2014, según Acta N° 416, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación SP 6X6 IPRO, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132147/15 v. 05/08/2015#F4938413F#

#I4938401I#

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 305/2014

Bs. As., 02/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0477473/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0006192/2014 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fi-togenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación LDC 8.5, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fito-genéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 12 de agosto de 2014, según Acta N° 416, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación LDC 8.5, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132135/15 v. 05/08/2015#F4938401F#

#I4938420I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 306/2014

Bs. As., 02/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0549306/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa S.A.S. FLORIMOND DESPREZ VEUVE ET FILS, representada en la REPÚ-BLICA ARGENTINA por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética de trigo pan (Triticum aestivum) de denominación ALGARROBO, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 8 de julio de 2014, según Acta N° 415, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultiva-res, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética de trigo pan (Triticum aestivum) de denomi-nación ALGARROBO, solicitada por la empresa S.A.S. FLORIMOND DESPREZ VEUVE ET FILS, representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132154/15 v. 05/08/2015#F4938420F#

#I4938368I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 307/2014

Bs. As., 02/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0301965/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0565830/2013 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación IS 3909, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fito-genéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 12 de agosto de 2014, según Acta N° 416, ha tomado la intervención de su competencia.

Page 31: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 31Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-

nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación IS 3909, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132102/15 v. 05/08/2015#F4938368F#

#I4938408I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 314/2014

Bs. As., 02/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0479720/2013 y su agregado sin acumular Nº S05:0004727/2014 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación HO 6997 IPRO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultiva-res, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fito-genéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 12 de agosto de 2014, según Acta N° 416, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genética-mente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación HO 6997 IPRO, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132142/15 v. 05/08/2015#F4938408F#

#I4938386I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 316/2013

Bs. As., 06/09/2013

VISTO el Expediente N° S05:0500695/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa FLORIMOND DESPREZ VEUVE & FILS S.A.S., representada en la REPÚBLI-CA ARGENTINA por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética de trigo pan (Triticum aestivum) de denominación LENGA en el Registro Na-cional de la Propiedad de Cultivares, creado por el Artículo 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 11 de julio de 2013, según Acta N° 404, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultiva-res, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creado por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética de trigo pan (Triticum aestivum) de denomina-ción LENGA solicitada por la empresa FLORIMOND DESPREZ VEUVE & FILS S.A.S., representada en la REPÚBLICA ARGENTINA por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132120/15 v. 05/08/2015#F4938386F#

#I4938590I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 316/2014

Bs. As., 02/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0301756/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0565825/2013 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación 3535, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fito-genéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 12 de agosto de 2014, según Acta N° 416, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTEDEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genética-mente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación 3535, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

Page 32: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 32ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de

propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132274/15 v. 05/08/2015#F4938590F#

#I4938495I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 319/2014

Bs. As., 02/10/2014

VISTO el Expediente N° S05:0479722/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0004725/2014 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación MS 7.4 IPRO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 9 de septiembre de 2014, según Acta N° 417, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación MS 7.4 IPRO, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132229/15 v. 05/08/2015#F4938495F#

#I4938388I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 379/2013

Bs. As., 08/10/2013

VISTO el Expediente N° S05:0420973/2013 y sus agregados sin acumular N° S05:0533653/2013, N° S05:0476890/2013 y N° S05:0539995/2013 todos del Registro del MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de las creacio-nes fitogenéticas genéticamente modificadas de soja (Glycine max (L) Merr) de denominaciones T 2266 y 6262 RSF IPRO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18,

19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento de los respectivos títulos de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 10 de septiembre de 2013, según Acta N° 406, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de las creaciones fitogenéticas gené-ticamente modificadas de soja (Glycine max (L) Merr) de denominaciones T 2266 y 6262 RSF IPRO, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídanse los respectivos títulos de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132122/15 v. 05/08/2015#F4938388F#

#I4938398I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 454/2013

Bs. As., 22/11/2013

VISTO el Expediente N° S05:0423903/2013 y sus agregados sin acumular N° S05:0505518/2013, N° S05:0423912/2013 y N° S05:0504912/2013 todos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTU-RA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de las creaciones fitogenéticas genéticamente modificadas de soja (Glycine max (L) Merr) de denominaciones BIO 4.9 y AS 4931, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento de los respectivos títulos de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 8 de octubre de 2013, según Acta N° 407, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO A CARGODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de las creaciones fitogenéticas ge-néticamente modificadas de soja (Glycine max (L) Merr) de denominaciones BIO 4.9 y AS 4931, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídanse los respectivos títulos de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio A/C, Instituto Nacional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132132/15 v. 05/08/2015#F4938398F#

Page 33: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 33#I4938395I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 467/2013

Bs. As., 04/12/2013

VISTO el Expediente N° S05:0420988/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0560544/2013 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación LDC 4.5, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cul-tivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 12 de noviembre de 2013, según Acta N° 408, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO A CARGODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L) Merr) de denominación LDC 4.5, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132129/15 v. 05/08/2015#F4938395F#

#I4938411I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 89/2015

Bs. As., 24/04/2015

VISTO el Expediente N° S05:0479843/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0070254/2014 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A., ha solicitado la inscripción de la crea-ción fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominación DON MARIO 3815 IPRO, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 10 de marzo de 2015, según Acta N° 422, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominación DON MARIO 3815 IPRO, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132145/15 v. 05/08/2015#F4938411F#

#I4938419I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 91/2015

Bs. As., 24/04/2015

VISTO el Expediente N° S05:0477929/2013 y su agregado sin acumular N° S05:0002766/2015 ambos del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A. ha solicitado la inscripción de la creación fito-genética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominación HO 3998, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por los Artículos 16 y 19 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, orga-nismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA. GANADERÍA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por los Artículos 17, 20 y 21 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por la Ley N° 24.376 y los Artículos 16, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 29 y 31 del Decreto N° 2.183 de fecha 21 de octubre de 1991, reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para la inscripción en dichos registros y el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley de Semillas y Creaciones Fi-togenéticas N° 20.247, en su reunión de fecha 10 de marzo de 2015, según Acta N° 422, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha dictami-nado al respecto.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIODEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo des-centralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, creados por la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, de la creación fitogenética genéticamente modificada de soja (Glycine max (L.) Merr) de denominación HO 3998, solicitada por la empresa ASOCIADOS DON MARIO S.A.

ARTÍCULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad, una vez cumplido el Artículo 3°.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Na-cional de Semillas.

e. 05/08/2015 N° 132153/15 v. 05/08/2015#F4938419F#

#I4938302I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 280/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S05:0067670/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRE-TARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, modificada por su similar N° 80 de fecha 10 de febrero de 2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINIS-TERIO DE PRODUCCIÓN, y 457 del 27 de octubre de 2014 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

Page 34: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 34CONSIDERANDO:

Que el cupo tarifario de “Pasta de Maní” de TRES MIL SEISCIENTAS CINCUENTA TONELA-DAS (3.650 t.), para el año 2015, debe ser distribuido conforme a lo establecido por la Resolución N° 60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PES-CA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, con las modifica-ciones introducidas por su similar N° 80 de fecha 10 de febrero de 2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUC-CIÓN.

Que mediante la Resolución N° 457 del 27 de octubre de 2014 de la SECRETARÍA DE AGRI-CULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se procedió, durante el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de octubre de 2014, a la apertura del Registro para las empresas interesadas en la exportación de “Pasta de Maní” a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dentro del cupo tarifario correspondiente al año 2015.

Que habiéndose cumplido el plazo establecido por el Artículo 1° de la citada Resolución, se procedió al cierre del Registro por lo que corresponde efectuar la distribución entre las empresas inscriptas, detallándose el tonelaje que corresponde a cada una de ellas en el Anexo que forma parte de la presente medida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADE-RÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de las facultades que le otorga el Artículo 37 del Decreto N° 2.284 del 31 de octubre de 1991, modificado por su similar N° 2.488 del 26 de noviembre de 1991, ambos ratificados por la Ley N° 24.307 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SECRETARIODE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Distribúyese la cantidad de TRES MIL SEISCIENTAS CINCUENTA TONE-LADAS (3.650 t.) del cupo tarifario de “Pasta de Maní”, las que podrán ingresar a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a partir del 1 de enero de 2015.

ARTÍCULO 2° — Asígnase a las empresas que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente medida, el tonelaje que en cada caso se indica.

ARTÍCULO 3° — Déjase expresa constancia que la adjudicación a que se refiere la presente resolución, solo se encontrará consolidada en la medida en que las empresas exportadoras cum-plimenten la totalidad de los requisitos establecidos por la Resolución N° 60 del 27 de diciembre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del en-tonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, con las modificaciones introducidas por su similar N° 80 de fecha 10 de febrero de 2009 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADE-RÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 4° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca.

ANEXO

EMPRESAS EXPORTADORAS TONELADAS

ACEITERA GENERAL DEHEZA S.A. / NIZA S.A. 2.235

ARG. DE GRAAF S.A. 51

LORENZATI, RUETSCH Y CIA S.A. / NUTRIN S.A. / JL S.A. 1.262

LORENZO PERLO Y CIA. S.A. 51

PRONUT S.R.L. 51

TOTAL 3.650

e. 05/08/2015 N° 132094/15 v. 05/08/2015#F4938302F#

#I4937964I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Disposición 9/2015

Bs. As., 02/06/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0001785/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de fecha 29 de marzo de 2014, los Acuerdos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 217 de fecha 9 de septiembre de 2014 y 84 de fecha 12 de diciembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESARRO-LLO el Contrato de Préstamo N°  3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología”, Proyecto BID N° AR-L1156” cuyo objeto es contribuir al aumento de la productividad de la eco-nomía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de CUATROCIEN-TOS SESENTA (460) profesionales argentinos realicen programas de maestrías en universidades prestigiosas de países con los cuales el Organismo Ejecutor haya celebrado convenios bilatera-les de colaboración; y el Componente 2 “Becas para estancias cortas de formación en ciencia

y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos argentinos empleados en empresas e Instituciones científicas y tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y alta especialización en el exterior.

Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con el punto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, estará a cargo de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa, constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante la tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultados y gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 del 17 de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚ-BLICO de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por la citada resolución, se crea la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR facultando al señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público en su carácter de ti-tular de la misma a conformar los Comités Asesores y/o Comités Evaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados por representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y representantes de instituciones de reconocido prestigio.

Que por el Acuerdo firmado en fecha 9 de septiembre de 2014, celebrado entre la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por la señora ex Subsecretaria de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la UNIVERSIDAD DE QUEBEC EN RIMOUSKI se estableció un programa de becas de maestrías, estancias cortas para doctorandos y estancias cortas para especialización de profesionales argentinos en el INSTITUTO DE CIENCIAS DEL MAR DE RIMOUSKI EN CANADÁ.

Que, asimismo, por el Acta modificatoria al Acuerdo mencionado firmada en fecha 12 de di-ciembre de 2014, celebrada entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, representada por la señora ex Subsecretaria de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la UNIVER-SIDAD DE QUEBEC EN RIMOUSKI se modificó el Acuerdo precedentemente mencionado actua-lizando los valores correspondientes a las distintas modalidades ofrecidas por la UNIVERSIDAD DE QUEBEC EN RIMOUSKI e incorporando dentro de las responsabilidades de la UNIDAD EJE-CUTORA BEC.AR la capacitación del idioma francés en la Academia de Lenguas de Trois-Pistoles.

Que oportunamente el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la No ob-jeción a las Bases y Condiciones de la Convocatoria.

Que la coordinadora general del Programa BEC.AR conformó el Comité Asesor y el Comité Evaluador, encargados de la selección de los beneficiarios de las becas para la MAESTRÍA EN CIENCIAS DEL MAR EN LA UNIVERSIDAD DE QUEBEC - CANADÁ (BEC.AR-QUEBEC 2015).

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes presentadas según dan cuenta las actas de fecha 6, 8, 10 y 20 de abril de 2015.

Que, asimismo, el Comité evaluador con los antecedentes acompañados de la presente Con-vocatoria procedió a realizar la evaluación final de acuerdo a los criterios de selección dispuestos en las bases y condiciones de la presente convocatoria.

Que con fecha 24 de abril de 2015 el Comité Evaluador seleccionó a los CINCO (5) beneficia-rios de la beca objeto de la presente.

Que fue solicitada la No Objeción al proceso de selección, llevado adelante por los Comités Asesor y Evaluador, al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que, por todo ello, teniendo en cuenta los antecedentes arriba referenciados, corresponde adjudicar el beneficio a las personas seleccionadas en el marco de la referida Convocatoria.

Que corresponde, en el caso de que alguno de los seleccionados renuncie, se vea imposibili-tado o surja alguna incompatibilidad en el marco de la convocatoria, adjudicar la beca en base al orden de mérito de los suplentes que, como Anexo II, forma parte de la presente medida.

Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BE.CAR ha verificado la existencia de crédi-tos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones que demanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237/12.

Por ello,

EL SUBSECRETARIODE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICODE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador, encar-gado de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de becas para la MAESTRÍA EN CIENCIAS DEL MAR EN LA UNIVERSIDAD DE QUEBEC - CANADÁ (BEC.AR - QUEBEC 2015), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados en el marco de la Convocatoria para la presentación de solicitudes de becas para la MAESTRÍA EN CIENCIAS DEL MAR EN LA UNI-VERSIDAD DE QUEBEC - CANADÁ (BEC.AR - QUEBEC 2015) que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

Page 35: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 35ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las becas para la MAESTRÍA EN CIENCIAS DEL MAR EN LA

UNIVERSIDAD DE QUEBEC - CANADÁ (BEC.AR-QUEBEC 2015) a las personas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de las becas a las personas que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida y delégase en la Coordinación de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. DANIEL FIHMAN, Subsecretario de Gestión y Empleo Público, Jefa-tura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

Nómina de seleccionados Convocatoria BEC.AR - QUEBEC 2015

ANEXO II

Page 36: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 36ANEXO A

Contrato de Adhesión del Beneficiario

e. 05/08/2015 N° 132018/15 v. 05/08/2015#F4937964F#

#I4937963I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 137/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° 1-2015-1665461/2015 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, los Decretos Nros. 423 de fecha 25 de marzo de 2010, 1.914 de fecha 7 de diciembre de 2010 y 274 de fecha 12 de marzo de 2013 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece que el personal podrá acceder al Tramo inme-diato superior si acredita el cumplimiento de: a) los requisitos para la promoción al grado inicial de dicho Tramo y b) la certificación de la capacitación, experiencia y competencias laborales me-diante el régimen de valoración de méritos que el Estado empleador establezca al efecto, previa consulta a las entidades sindicales en el marco de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETA-CIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.).

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMI-NISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012, se aprobó el Régimen de Valoración para la Promoción de Tramo Escalafonario del Personal comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que en el Título IV del Anexo I de la citada resolución, se regularon las actividades de valora-ción como condición requerida para la promoción al Tramo Escalafonario respectivo.

Que el artículo 10 de la citada resolución establece que la actividad de valoración será evalua-da por UN (1) Comité de Acreditación; determinando, asimismo, la integración del mismo.

Que en consecuencia, corresponde designar a los integrantes del COMITÉ DE ACREDITA-CIÓN en la materia “DESARROLLO INSTITUCIONAL”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, los artículos 2° del Anexo I del Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y 10 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS N° 321 de fecha 12 de septiembre de 2012.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Desígnanse como miembros integrantes del COMITÉ DE ACREDITACIÓN PARA FUNCIONES O PUESTOS COMPRENDIDOS en la materia “DESARROLLO INSTITUCIO-NAL”, a las personas consignadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Page 37: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 37ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO

OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

e. 05/08/2015 N° 132017/15 v. 05/08/2015#F4937963F#

#I4937965I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 138/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Actuación B.N. N° 165/2015 del Registro de la BIBLIOTECA NACIONAL “DOCTOR MARIANO MORENO”, organismo descentralizado del MINISTERIO DE CULTURA, el Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de la planta del personal permanente de la BIBLIOTECA NACIONAL “DOCTOR MARIANO MORENO” organismo descentralizado del MINISTERIO DE CULTURA, en condiciones de percibir la Bonifica-ción por Desempeño Destacado correspondiente a las funciones simples del período 2013, con-forme a lo establecido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BO-NIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su con-formidad según consta en el Acta N° 33 de fecha 06 de abril de 2015, obrante en el Expediente citado en el Visto.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COM-PRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98/09 y sus modificatorias, motivo por el cual corres-ponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dicha Bonificación.

Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación de existencia de finan-ciamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESU-PUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 1° del Anexo II de la Reso-lución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N° 98/09 y sus modificatorias, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el listado de agentes de la planta del personal permanente de la BIBLIOTECA NACIONAL “DOCTOR MARIANO MORENO”, organismo descentralizado del MINISTERIO DE CULTURA, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Desta-cado establecida por el artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2013, de conformidad con el detalle que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO

Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2013 - Cargos Simples

Presidencia de la NaciónBiblioteca Nacional

Unidad de Análisis: Biblioteca Nacional

e. 05/08/2015 N° 132019/15 v. 05/08/2015#F4937965F#

#I4937966I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 139/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-S04:0041946/2013 del Registro del MINISTERIO DE JUS-TICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de la planta del personal permanente de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempe-ño Destacado correspondiente a las funciones simples del período 2010, conforme a lo estable-cido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su con-formidad según consta en el Acta N° 43 de fecha 22 de abril de 2015, obrante en el Expediente citado en el Visto.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COM-PRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98/09 y sus modificatorias, motivo por el cual corres-ponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dicha Bonificación.

Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación de existencia de finan-ciamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESU-PUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 1° del Anexo II de la Reso-lución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N° 98/09 y sus modificatorias, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Page 38: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 38Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el listado de agentes de la planta del personal permanente de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMA-NOS, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por el artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2010, de conformidad con el detalle que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO

Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2010 - Cargos Simples

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Administración Central

Unidad de Análisis: Secretaría de Derechos Humanos

e. 05/08/2015 N° 132020/15 v. 05/08/2015#F4937966F#

#I4937968I#SECRETARÍA DE GABINETE

y

SECRETARÍA DE HACIENDA

Resolución Conjunta 140/2015 y 187/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N°  0001371/2015 del registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES del MINISTERIO DE TURISMO, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y

CONSIDERANDO:

Que la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado en la ór-bita del MINISTERIO DE TURISMO, ha solicitado la reasignación de los niveles de Funciones Eje-cutivas de varias de sus Intendencias de Parques Nacionales.

Que las Intendencias involucradas en la presente medida detentan un nivel de Función Ejecu-tiva que no es compatible con la normativa vigente en la materia.

Que por tal motivo, se debe proceder a la reasignación del nivel de Función Ejecutiva de di-chas Intendencias de Parques Nacionales, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION, dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa cita-da, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Funciones Ejecutivas correspondientes.

Que ha tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESU-PUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDADEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVEN:

ARTICULO 1° — Reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos per-tenecientes a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES del MINISTERIO DE TURISMO, según el detalle obrante en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

REASIGNACIONES

e. 05/08/2015 N° 132022/15 v. 05/08/2015#F4937968F#

#I4937962I#SECRETARÍA DE GABINETE

y

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

Resolución Conjunta 134/2015 y 2106/2015

Bs. As., 29/07/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP:EXP-JGM: 0017744/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 1199 de fecha 19 de julio de 2012 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS N° 493 de fecha 4 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES de la EDUCACIÓN DE BUENOS AIRES (SUTEBA), seccional General Sarmiento, propicia reivindicar la memoria de las señoras Susana PERTIERRA, María Elvira MOTTO, María del Carmen SABINO, Susana Helvecia BATTISTA, Leticia Elda JONES y Mónica María LEMOS y del señor Daniel Horacio GARABELLO.

Que el Decreto N° 1199 de fecha 19 de julio de 2012 dispone en su artículo 1° la inscripción de la condición de “detenido-desaparecido”, en los legajos de las personas físicas que revistaban como personal dependiente de la Administración Pública Nacional y que se individualizan en el Anexo del citado decreto.

Que, asimismo, por el artículo 3° se ordena a la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a coordinar lo atinente a la reparación documental respecto de los/as empleados/as de la Administración Pública Nacional en similar situación a la de los consignados en el Anexo.

Que, por el artículo 7°, se la faculta a dictar las normas correspondientes, en tanto considera un deber del Estado democrático la restitución de la verdad histórica respecto del motivo de cese de la relación laboral en los legajos de todos/as aquellos/as empleados/as de la Administración Pública Nacional que se encuentren en condición de desaparición forzada o hayan sido asesi-nados/as como consecuencia de la acción del Terrorismo de Estado entre los años 1955 y 1983.

Que en virtud de la citada instrucción se dictó la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GA-BINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493 de fecha 4 de diciembre de 2012, mediante la cual se estableció el procedimiento pertinen-te para realizar la reparación documental en estos casos.

Que de acuerdo a lo establecido mediante los puntos 2.2.1 y 2.2.2 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493/12, han tomado la debida intervención la SECRETARÍA DE DE-RECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la COMISIÓN DE TRABAJO POR LA RECONSTRUCCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD.

Que de la documentación acompañada por la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se acredita que las señoras Susana PERTIE-RRA y María Elvira MOTTO se encuentran en condición de desaparición forzada y poseen Legajos Nros. 3017 y 2287 de la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, respectivamente y que la señora María del Carmen SABINO, Susana Hel-vecia BATTISTA, Leticia Elda JONES y Mónica María LEMOS y el señor Daniel Horacio GARABE-LLO también se encuentran en condición de desaparición forzada y poseen Legajos Nros. 4355, 6269, 1837, 2674 y 7040, de la COMISIÓN NACIONAL SOBRE LA DESAPARICIÓN DE PERSONAS (CONADEP), respectivamente.

Que de la documentación acompañada por la COMISIÓN DE TRABAJO POR LA RECONS-TRUCCIÓN DE NUESTRA IDENTIDAD se acredita que la señora María del Carmen SABINO revis-taba como agente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN e informa, respecto al resto de los menciona-dos precedentemente, que hasta el momento no registra documentación que certifique la relación laboral con la Administración Pública Nacional y que se continúa con su búsqueda.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por los artículos 2° y 7° del De-creto N° 1199/12 y el punto 2.3.1 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493/12.

Page 39: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 39Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOSDEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSRESUELVEN:

ARTÍCULO 1° — Repárese el legajo de la señora María del Carmen SABINO (D.N.I. N° 4.716.125) quien revistaba en el MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO 2° — El titular del Servicio Administrativo Financiero del MINISTERIO DE EDUCA-CIÓN, al momento de instruir la reparación material de los legajos correspondientes a la agente precedentemente mencionada, de acuerdo a lo establecido en el punto 2.4 del Anexo de la Re-solución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493 de fecha 4 de diciembre de 2012, debe incorporar la siguiente leyenda:

“La verdadera causal de interrupción de la relación laboral fue la desaparición forzada como con-secuencia del accionar del Terrorismo de Estado”.

ARTÍCULO 3° — Ordénese al MINISTERIO DE EDUCACIÓN la revocatoria del acto jurídico que haya dispuesto la baja, cesantía, suspensión, renuncia forzada, limitación de los servicios o despido, en el caso en que el mismo sea localizado, debiendo cumplir con las comunicaciones establecidas en el punto 2.5 del Anexo de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 493/2012.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros. — Dr. JUAN MARTIN FRESNEDA, Secretario de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y De-rechos Humanos.

e. 05/08/2015 N° 132016/15 v. 05/08/2015#F4937962F#

#I4938624I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

SUBDIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 351/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO la Disposición D.N. N° 293 del 31 de julio de 2012 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N°  3/14 de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA —en su carácter de organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y atento el rol que le fuera asignado por el artículo 6° de la Ley N° 25.246 (y sus modi-ficatorias) sobre Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo— introdujo modificaciones en el texto de la Resolución U.I.F. N° 127 de fecha 20 de julio de 2012, que regula lo atinente a los controles que a ese respecto se encuentran a cargo de esta Dirección Nacional y los Registros Seccionales que de ella dependen.

Que la citada resolución se refiere, entre otras cosas, al plazo con que cuentan los Sujetos Obligados para realizar el Reporte de Operación Sospechosa de Lavado de Activos previsto en el artículo 21 bis de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias.

Que, en ese marco, se ha previsto que sin prejuicio del plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos establecido en la Ley N° 25.246, los Sujetos Obligados deberán reportar a esa UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA todo hecho u operación sospechosos de lavado de activos dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de su calificación como tales.

Que, si bien estos cambios han sido receptados mediante el dictado de la Disposición D.N. N° 38/14 resulta oportuno sustituir el texto del artículo 19 de la Disposición D.N. N° 293/12, toda vez que se advirtió un error material de tipeo en su actual redacción.

Que la competencia del suscripto para el dictado de la presente surge del artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONALDE LOS REGISTROS NACIONALESDE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase la Disposición D.N. N° 293/12 en la forma en que a continuación se indica:

1.- Sustitúyese el texto del artículo 19, por el siguiente:

“Artículo 19.- Plazo de reporte de operaciones sospechosas de lavado de activos: Sin perjuicio del plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos para reportar hechos u operaciones sospechosos de lavado de activos previsto en el artículo 21 bis de la ley N° 25.246 y modificatorias, el Encargado deberá reportar a la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA todo hecho u opera-ción sospechosos de lavado de activos dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados desde que los hubieran calificado como tales. El Encargado deberá realizar el Reporte de Operación Sospechosa (ROS), con opinión fundada sobre la sospecha. Este reporte se efectuará en forma electrónica conforme la modalidad dispuesta por la Unidad de Información Financiera por medio de la Resolución UIF N° 51/11. La documentación respaldatoria del reporte deberá conservarse en la sede registral y será remitida, de ser solicitada por el organismo antes mencionado, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de practicado el requerimiento. A tales efectos se reputan válidos los requerimientos efectuados por la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA en la direc-

ción de correo electrónico declarada por los Registros Seccionales al momento de la registración prevista en la Resolución UIF N° 50/11.”.

ARTÍCULO 2° — Las modificaciones previstas en este acto entrarán en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DAVID DE LIO, Sub-director Nacional, A/C Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Prop. del Automotor y de Cred. Prendarios.

e. 05/08/2015 N° 132308/15 v. 05/08/2015#F4938624F#

#I4940624I#MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 784/2015

Bs. As., 28/07/2015

VISTO la Resolución Ministerio de Defensa N° 760 de fecha 22 de Julio de 2015, el expediente del MINISTERIO DE DEFENSA N° 18643/15, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución citada en el visto se designó a los integrantes del Comité de Selección para la cobertura de OCHO (8) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de este Ministerio detallados en el Anexo II de la medida.

Que resulta necesario modificar el Anexo II de la Resolución MD N° 760/15.

Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que quien suscribe es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus comple-mentarias.

Por ello,

EL MINISTRODE DEFENSARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Modifícase el Anexo II de la Resolución MD N° 760/15 por el Anexo que inte-gra la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. AGUSTIN O. ROSSI, Ministro de Defensa.

ANEXO

INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SELECCIÓN:

- TITULAR: SRA. ADRIANA CECIRA MIRANDE - D.N.I. N° 5.203.400

- SUPLENTE: DR. CARLOS E. BORGHINI - D.N.I. N° 4.285.088

- TITULAR: LIC. JUAN MATÍAS FOURMENT - D.N.I. N° 29.462.154

- TITULAR: DRA. EVA JULIANA CALABRIA - D.N.I. N° 30.685.942

- SUPLENTE: DR. HERNÁN JAVIER ALONSO - D.N.I. N° 25.771.508

- TITULAR: DIS. IND. DIEGO IGNACIO MARTÍN - D.N.I. N° 25.895.192

- SUPLENTE: DIS. IND. JAVIER GONZÁLEZ KING - D.N.I. N° 27.144.427

- TITULAR: A.G. DR. JORGE EDUARDO LOSADA - D.N.I. N° 4.415.679

- SUPLENTE: A.G. DR. MANUEL REINOSO - D.N.I. N° 14.822.456

e. 05/08/2015 N° 133081/15 v. 05/08/2015#F4940624F#

#I4938279I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 579/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0043396/2014, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las resoluciones Nros. 24 de fe-cha 6 de marzo de 2008 y 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, creó el denomi-nado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución N° 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENER-GÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS incorpo-

Page 40: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 40ró una serie de modificaciones y complementos a lo establecido en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la Empresa TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA, ha solicitado la aprobación de un proyecto, bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 15 de abril de 2014 la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRODUC-CIÓN Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUS-TIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVER-SIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación a la solicitud ingresada en el presente trámite, concluyendo que “este es un proyecto de carácter exploratorio en los niveles de las formaciones Quintuco - Vaca Muerta (Gas No Convencional - Shale Gas), en los que aún no están probadas la existencia de hidrocarburos comercialmente explotables. Para ajustarse a los requisitos técnicos que debe cumplir un proyecto “Gas Plus” deberá probarse producción comercial de gas natural de dichas formaciones. De resolverse favorablemente esta instancia, el proyecto “PROYECTO EXPLORATORIO FORTÍN DE PIEDRA VACA MUERTA - QUINTUCO” a desarrollarse la Concesión de Explotación Fortín de Piedra, Cuenca Neuquina, Provincia del NEUQUÉN, cumplimentará con las especificaciones técnicas previstas en el Anexo I, Punto 2 d, de la Resolución 24/2008 respecto a proyectos Gas Plus”.

Que con fecha 21 de abril de 2014 la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDRO-CARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación a la solicitud de TECPETROL S.A.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS indica que no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en atención a que no se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, ni una carta de intención destinada a fijar el precio para su comercialización.

Que ello tiene relación con el nivel de avance que tiene la evaluación del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que sin perjuicio de ello, la Empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condicio-nes aún remanentes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los artículos 3° y 6° de la Ley N° 17.319 y de conformidad a lo establecido en las resoluciones Nros. 24/2008 y 1.031/2008 am-bas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FE-DERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado en el presente trámite, por la Empresa TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA, correspondiente al Proyecto “PROYECTO EX-PLORATORIO FORTÍN DE PIEDRA VACA MUERTA - QUINTUCO” a desarrollarse la Concesión de Explotación Fortín de Piedra, Cuenca Neuquina, Provincia del NEUQUÉN.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural de TECPETROL S.A. que se ob-tenga del proyecto indicado, se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

ARTÍCULO 2° — El beneficio otorgado deberá ser aplicado a las producciones que se su-cedan luego de que se declare la existencia de hidrocarburos comercialmente explotable en las Formaciones QUINTUCO - VACA MUERTA.

ARTÍCULO 3° — La aprobación otorgada en el artículo precedente queda supeditada a la pre-via comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Con tal objeto, la Empresa TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA, titular y operador de la Con-cesión de Explotación, deberá acompañar a esta Secretaría, en forma previa al inicio de la produc-ción de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intención que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

ARTÍCULO 4° — La Empresa TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA deberá exponer, ante esta Secretaría, el esquema de medición y producción independiente con el que se manejará el reser-vorio en cuestión, el cual deberá ser de la entera satisfacción de esta Secretaría.

Queda establecida la obligación para la Empresa de llevar una contabilidad por separado para la explotación de este reservorio, de modo de poder verificar, en todo momento, el cumplimien-to de las condiciones fijadas en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 5° — Elévese a consideración del Señor Ministro de Planificación Federal, Inver-sión Pública y Servicios a efectos de refrendar lo resuelto por la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 6° — Notifíquese a la Empresa TECPETROL SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 05/08/2015 N° 132071/15 v. 05/08/2015#F4938279F#

#I4938290I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 581/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0247631/2013, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las resoluciones Nros. 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SER-VICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, creó el denomi-nado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución N° 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENER-GÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS incorpo-ró una serie de modificaciones y complementos a lo establecido en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ha presentado una solicitud de apro-bación de un proyecto de explotación de gas natural, para que el mismo sea llevado adelante bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 2 de diciembre de 2013 la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRO-DUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COM-BUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación a la solicitud de PETROBRAS ARGEN-TINA S.A.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRODUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HI-DROCARBUROS concluye que el proyecto cumplimenta las especificaciones técnicas previstas en el Anexo I, Punto 2 b) de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, que es-tipula “...b) una Concesión de Explotación otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución, mientras provenga del desarrollo de yacimientos caracterizados como de “Tight Gas”, a los cuales se los define como “Reservorios de gas caracterizados por la presencia de areniscas o arcillas muy compactadas de baja permeabilidad y porosidad, que impiden que el fluido migre naturalmente y por lo cual la producción comercial resulta posible únicamente me-diante la utilización de tecnologías de avanzada”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRODUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HI-DROCARBUROS indica que “no se considerará la producción de los pozos SCh.e-10 y SCh-41 dentro del proyecto Gas Plus ya que el reservorio del cual producen dichos pozos tienen un com-portamiento anómalo con respecto al resto de la zona Oeste de la concesión de explotación Sierra Chata”.

Que la Empresa deberá demostrar, luego de finalizada la terminación de los pozos y pre-via a su puesta en producción comercial, la independencia de la producción en la forma que determine la SECRETARÍA DE ENERGÍA. Como así también deberá informar mensualmente a la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRODUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HIDRO-CARBUROS.

Que con fecha 10 de diciembre de 2013 la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación a la solicitud de PETROBRAS ARGENTINA S.A.

Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS indica que no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en atención a que si bien se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, no se ha presentado una carta de intención destinada a fijar el precio y el destino de su comercia-lización.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que sin perjuicio de ello, la Empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condicio-nes aún remanentes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los artículos 3° y 6° de la Ley N° 17.319 y de conformidad a lo establecido en las resoluciones Nros. 24/2008 y 1.031/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Page 41: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 41Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FE-DERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado por la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el presente trámite, correspondiente al Proyecto “SIERRA CHATA OESTE”, Concesión de Explotación SIERRA CHATA, ubicado en la Provincia del NEU-QUÉN.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural de PETROBRAS ARGENTINA S.A. que se obtenga del proyecto indicado, se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

ARTÍCULO 2° — La aprobación otorgada en el artículo precedente queda supeditada a la previa comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Con tal objeto, la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, deberá acom-pañar a esta Secretaría, en forma previa al inicio de la producción de gas natural, las cartas de intención que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

ARTÍCULO 3° — La Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá ex-poner, ante esta Secretaría, el esquema de medición y producción independiente con el que se manejará el reservorio en cuestión, el cual deberá ser de la entera satisfacción de esta Secretaría.

Queda establecida la obligación para la Empresa de llevar una contabilidad por separado para la explotación de este reservorio, de modo de poder verificar, en todo momento, el cum-plimiento de las condiciones fijadas en el segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese a la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, y remítanse luego las actuaciones para la ratificación del Señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, de conformidad con lo oportunamente reglado por la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 05/08/2015 N° 132082/15 v. 05/08/2015#F4938290F#

#I4938291I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 582/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0260291/2014, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las resoluciones Nros. 24 de fe-cha 6 de marzo de 2008 y 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, creó el denomi-nado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución N° 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENER-GÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS incorpo-ró una serie de modificaciones y complementos a lo establecido en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ha solicitado la aprobación de un proyecto, bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 13 de enero de 2015 la DIRECCIÓN DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación a la solicitud ingresada en el presente trámite, concluyendo que “este es un proyecto de carácter exploratorio para la formación Agrio, en la que aún no está “probada la existencia de hi-drocarburos comercialmente explotables”. Para ajustarse a los requisitos técnicos que debe cum-plir un proyecto “Gas Plus” deberá probarse producción comercial de gas natural de dicha forma-ción. De resolverse favorablemente esta instancia, el proyecto exploratorio “Mangrullo Formación Agrio” a desarrollarse la Concesión de Explotación El Mangrullo, Cuenca Neuquina, Provincia del Neuquén, cumplimentará con las especificaciones técnicas previstas en el Anexo I, Punto 2 d, de la Resolución 24/2008 respecto a proyectos Gas Plus”.

Que con fecha 09 de febrero de 2015 la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRO-DUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COM-BUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS envía el presente proyecto a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS.

Que con fecha 28 de abril de 2015 la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDRO-CARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación a la solicitud de PETROBRAS ARGENTINA S.A.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS indica que no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del

Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en atención a que no se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, ni una carta de intención destinada a fijar el precio para su comercialización.

Que ello tiene relación con el nivel de avance que tiene la evaluación del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que sin perjuicio de ello, la Empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condicio-nes aún remanentes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los artículos 3° y 6° de la Ley N° 17.319 y de conformidad a lo establecido en las resoluciones Nros. 24/2008 y 1.031/2008 am-bas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FE-DERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado en el presente trámite, por la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, correspondiente al Proyecto “MAN-GRULLO FORMACIÓN AGRIO” a desarrollarse la Concesión de Explotación El Mangrullo, Cuenca Neuquina, Provincia del NEUQUÉN.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural de PETROBRAS ARGENTINA S.A. que se obtenga del proyecto indicado, se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

ARTÍCULO 2° — El beneficio otorgado deberá ser aplicado a las producciones que se su-cedan luego de que se declare la existencia de hidrocarburos comercialmente explotable en la Formación Agrio.

ARTÍCULO 3° — La aprobación otorgada en el artículo precedente queda supeditada a la pre-via comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Con tal objeto, la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, operador de la Concesión de Explotación, deberá acompañar a esta Secretaría, en forma previa al inicio de la producción de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intención que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

ARTÍCULO 4° — La Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá ex-poner, ante esta Secretaría, el esquema de medición y producción independiente con el que se manejará el reservorio en cuestión, el cual deberá ser de la entera satisfacción de esta Secretaría.

Queda establecida la obligación para la Empresa de llevar una contabilidad por separado para la explotación de este reservorio, de modo de poder verificar, en todo momento, el cumplimien-to de las condiciones fijadas en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 5° — Elévese a consideración del Señor Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios a efectos de refrendar lo resuelto por la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 6° — Notifíquese a la Empresa PETROBRAS ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

NOTA: Esta Resolución se publica sin anexos.

e. 05/08/2015 N° 132083/15 v. 05/08/2015#F4938291F#

#I4938303I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 583/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0027042/2012, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las resoluciones Nros. 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENER-GÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, creó el denomi-

Page 42: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 42nado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución N° 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENER-GÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS incor-poró una serie de modificaciones y complementos a lo fijado en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la Empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA, ha presentado una solicitud de aprobación del proyecto de desarrollo gasífero “COMPRESIÓN ANTICLINAL GRANDE Y DESA-RROLLO CENTRO-OESTE DISTRITO 5”, para que el mismo sea llevado adelante bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 16 de octubre de 2012 la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRO-DUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COM-BUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se expidió en relación con la solicitud ingresada en el pre-sente trámite, concluyendo que: “el proyecto podría encuadrarse en las previsiones del Artículo 3° de la Resolución N° 1.031/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA en la medida en que resulten también aprobados los aspectos económicos del proyecto en el marco del propio Artículo N° 3 antes citado”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS se expidió en relación a la solicitud de PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS indica que no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en atención a que no se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, ni una carta de intención destinada a fijar el precio para su comercialización.

Que ello tiene relación con el nivel de avance que tiene la evaluación del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que sin perjuicio de ello, la Empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condicio-nes aún remanentes.

Que conforme al Memorandum de la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLOTACIÓN, PRODUC-CIÓN Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS N° 232, se entiende que solo cabe encuadrar el Proyecto “COMPRESIÓN ANTICLINAL GRANDE Y DESARROLLO CENTRO-OESTE DISTRITO 5” bajo el Artículo N° 3 de la Resolución N° 1.031/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que debe considerarse en esta instancia el carácter de excepcionalidad establecido en el artículo precedentemente descripto, de acuerdo a lo impartido por la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS en el Memorandum N° 173 de fecha 14 de mayo de 2013.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los artículos 3° y 6° de la Ley N° 17.319 y de conformidad a lo establecido en las resoluciones Nros. 24/2008 y 1.031/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FE-DERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado en el presente trámite, por la Empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA, correspondiente al Proyecto “COMPRESIÓN ANTICLINAL GRANDE Y DESARROLLO CENTRO-OESTE DISTRITO 5” a desarro-llarse en el yacimiento Anticlinal Grande de la Concesión de Explotación ANTICLINAL GRANDE-CERRO DRAGÓN, yacimientos El Patacón y Koro pertenecientes a la concesión de explotación CHULENGO y yacimientos Huetel y Bayo pertenecientes a la concesión CERRO DRAGÓN, Cuen-ca Golfo de San Jorge, Provincias de CHUBUT y SANTA CRUZ.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural de PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA que se obtenga del proyecto indicado, se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

ARTÍCULO 2° — La aprobación otorgada en el artículo 1° precedente queda supeditada a la previa comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA. Con tal objeto, la Empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA, titular de las Concesiones de Explotación, deberá acompañar a la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en forma previa al inicio de la producción de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intención que haya acordado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

ARTÍCULO 3° — La Empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA, deberá exponer, ante esta Secretaría, el esquema de medición y producción independiente con el que se manejará el reservorio en cuestión, el cual deberá ser de la entera satisfacción de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Queda establecida la obligación para la Empresa de llevar una contabilidad por separado para la explotación de este reservorio, de modo de poder verificar, en todo momento, el cumplimien-

to de las condiciones fijadas en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 4° — Elévese a consideración del Señor Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios a efectos de refrendar lo resuelto por la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 5° — Notifíquese a la Empresa PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL AR-GENTINA.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 05/08/2015 N° 132095/15 v. 05/08/2015#F4938303F#

#I4938305I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 584/2015

Bs. As., 30/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0246698/2012, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y lo dispuesto en las resoluciones Nros. 24 de fecha 6 de marzo de 2008 y 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVI-CIOS y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, creó el denomi-nado Programa Gas Plus, mediante el cual se generó un esquema de incentivos a la incorporación de nueva producción de gas natural.

Que la Resolución N° 1.031 de fecha 9 de septiembre de 2008 de la SECRETARÍA DE ENER-GÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS incor-poró una serie de modificaciones y complementos a lo fijado en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que en base a lo dispuesto en la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, la empresa TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA en su carácter de representante y operador de la Unión Transitoria de Empresas que integra junto con otras empresas productoras, cuya denomi-nación es “TOTAL AUSTRAL S.A. - WINTERSHALL ENERGÍA S.A. - PAN AMERICAN ENERGY LLC (SUCURSAL ARGENTINA) - YPF S.A. “AGUADA PICHANA” UTE” ha presentado una solicitud de aprobación de un proyecto de exploración de gas natural, para que el mismo sea llevado adelante bajo las reglas del Programa Gas Plus.

Que con fecha 2 de octubre de 2012 la DIRECCIÓN NACIONAL DE EXPLORACIÓN, PRO-DUCCIÓN Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se expidió en relación con la solicitud ingre-sada en el presente trámite, concluyendo que “Este es un proyecto de carácter exploratorio en los niveles de la formación VACA MUERTA en los que aún no están “probadas la existencia de hidrocarburos comercialmente explotables”. Para ajustarse a los requisitos técnicos que debe cumplir un proyecto “Gas Plus” deberá probarse producción comercial de gas natural de dicha formación. Que de resolverse favorablemente esta instancia, el proyecto “SHALE GAS POZO AP.XP-1001” a desarrollarse en la Concesión de Explotación AGUADA PICHANA, Cuenca NEU-QUINA, Provincia DEL NEUQUÉN, cumplimentará con las especificaciones técnicas previstas en el Anexo I, Punto 2 d de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA respecto a proyectos Gas Plus”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE HIDROCARBUROS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COMBUSTIBLES de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se expidió en relación a la solicitud de TOTAL AUSTRAL S.A., en su carácter de Operador de la Concesión de Explotación AGUADA PICHANA.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ECONOMÍA DE LOS HIDROCARBUROS indica que no resulta posible aún evaluar el cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en atención a que no se ha presentado una exposición de los costos asociados a la explotación proyectada, ni una carta de intención destinada a fijar el precio para su comercialización.

Que ello tiene relación con el nivel de avance que tiene la evaluación del proyecto, ya que en esta etapa no es posible efectuar estos cálculos con una aproximación razonable.

Que por todo ello corresponde dejar la pertinente evaluación en torno al cumplimiento, o no, de tales parámetros para otra oportunidad, previa al inicio de la comercialización, una vez que se posean los elementos necesarios a tal efecto.

Que sin perjuicio de ello, la Empresa peticionante deberá instrumentar, para la producción que surja de este proyecto, una contabilidad por separado, a efectos de habilitar el permanente contralor del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que siendo estas verificaciones una cuestión de orden instrumental, dado que se encuentra ya acreditado el cumplimiento de las restantes condiciones de aprobación, corresponde el dictado de la presente Resolución, cuya operatividad quedará supeditada al cumplimiento de las condi-ciones aún remanentes.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente acto se dicta en función de lo dispuesto en los artículos 3° y 6° de la Ley N° 17.319 y de conformidad a lo establecido en las resoluciones Nros. 24/2008 y 1.031/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 43Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase, en el marco de lo establecido por la Resolución N° 24 de fecha 6 de marzo de 2008 de la SECRETARIA DE ENERGÍA, del MINISTERIO DE PLANIFICA-CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el proyecto ingresado por la Empresa TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA, en su carácter de representante y operador de la Unión Transitoria de Empresas que integra junto con otras empresas productoras, cuya de-nominación es “TOTAL AUSTRAL S.A. - WINTERSHALL ENERGÍA S.A. - PAN AMERICAN ENERGY LLC (SUCURSAL ARGENTINA) - YPF S.A. “AGUADA PICHANA” UTE” en el presente trámite, correspondiente al Proyecto “SHALE GAS POZO AP.XP-1001” a desarrollarse en la Concesión de Explotación AGUADA PICHANA, Provincia del NEUQUÉN.

En virtud de dicha aprobación, la producción de gas natural que se obtenga del mismo se regirá por las reglas del Programa Gas Plus.

ARTÍCULO 2° — El beneficio otorgado deberá ser aplicado a las producciones que se sucedan luego de que se declare la existencia de hidrocarburos comercialmente explotables en la Formación VACA MUERTA.

ARTÍCULO 3° — La aprobación otorgada en el artículo precedente queda supeditada a la previa comprobación del cumplimiento del parámetro establecido en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARIA DE ENERGÍA.

Con tal objeto, TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA, deberá acompañar a esta Se-cretaría, en forma previa al inicio de la producción de gas natural, un detalle de los costos involucrados en el desarrollo del proyecto, junto con las cartas de intención que haya acor-dado con quienes se vayan a proveer de este gas natural, de donde deberá surgir el precio que se ha proyectado para el mismo.

ARTÍCULO 4° — La Empresa TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA deberá exponer, ante esta Secretaría, el esquema de medición y producción independiente con el que se manejará el reservorio en cuestión, el cual deberá ser de la entera satisfacción de esta Se-cretaría.

Queda establecida la obligación para la Empresa de llevar una contabilidad por separa-do para la explotación de este reservorio, de modo de poder verificar, en todo momento, el cumplimiento de las condiciones fijadas en el Segundo Párrafo del Punto 4 del Anexo I de la Resolución N° 24/2008 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 5° — Elévese a consideración del Señor Ministro de Planificación Federal In-versión Pública y Servicios a efectos de refrendar lo resuelto por la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 6° — Notifíquese a la Empresa TOTAL AUSTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 05/08/2015 N° 132097/15 v. 05/08/2015#F4938305F#

#I4938614I#MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SECRETARÍA DE COMERCIO

SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

Disposición 31/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N° S01:0101828/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRÓNICA (AFARTE) de la REPÚBLICA ARGENTINA solicitó el inicio de un proceso de verificación de origen no preferencial para los productos clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.50.00 de-clarados como originarios de MALASIA, en los términos de lo establecido por la Resolución N° 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que por la Resolución N° 103 de fecha 13 de diciembre de 2002 del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN se dispuso durante TRES (3) años la aplicación de una medida antidum-ping para las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de hornos de microondas mecánicos y digitales con o sin grill de capacidad inferior o igual a TREINTA Y SIETE LITROS (37 I) originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.50.00.

Que mediante la Resolución N° 98 de fecha 5 de marzo de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN se mantuvieron vigentes los valores mínimos de exportación FOB establecidos mediante la Resolución N° 103/02 del ex - MINISTERIO DE LA PRODUC-CION durante el período de CINCO (5) años.

Que posteriormente la Resolución N° 491 de fecha 5 de septiembre de 2013 del MINIS-TERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS prorrogó el plazo de la vigencia de la medida establecida por la Resolución N° 98/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN por otros CINCO (5) años.

Que la ASOCIACIÓN DE FÁBRICAS ARGENTINAS TERMINALES DE ELECTRÓNICA (AFARTE) plantea que se estarían declarando importaciones de las citadas mercaderías, clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.)

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 448516.50.00, como originarias de MALASIA, cuando en realidad serían originarias de la RE-PÚBLICA POPULAR CHINA.

Que como fundamento de su solicitud indica que durante el período 2011-2014, hubo una disminución marcada en el volumen de las importaciones provenientes de la REPÚBLICA POPULAR CHINA y al mismo tiempo un incremento sustancial en el volumen de importacio-nes de esos productos declarados como originarios de MALASIA.

Que asimismo la citada Asociación manifiesta que los precios de importación de los hornos de microondas que se declaran como originarios de MALASIA, se encuentran entre un CINCUENTA Y OCHO (58) y CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO (55 %) por debajo de los precios del mismo producto de fabricación nacional.

Que de acuerdo a las estadísticas de importación, se refleja un aumento de los valores unitarios promedio, medidos en DÓLARES ESTADOUNIDENSES por unidad, de los produc-tos originarios de la REPÚBLICA POPULAR CHINA y una marcada disminución de los mis-mos declarados como originarios de MALASIA.

Que, asimismo agrega que, se verifica de los informes de ingeniería realizados por las empresas asociadas a la entidad que como resultado del análisis efectuado, la mayoría de los componentes, partes piezas de los productos bajo inspección, son originarios de la RE-PÚBLICA POPULAR CHINA, no constatándose la presencia de elementos malayos.

Que por otra parte, el análisis de las estadísticas de comercio exterior efectuado por el Área Origen de Mercaderías entonces dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS refleja que a partir de la entrada en vigencia de las medidas antidumping señalas con anterioridad y durante el período 2009 al primer cuatrimestre del año 2015 disminuyeron sustancialmente las importaciones de las ci-tadas mercaderías desde la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mientras que las importaciones desde MALASIA tuvieron un crecimiento significativo.

Que los precios unitarios promedios medidos en DÓLARES ESTADOUNIDENSES de los hornos de microondas declarados como originarios de MALASIA resultan ser sustancial-mente inferiores a los precios unitarios promedios medidos en DÓLARES ESTADOUNIDEN-SES originarios de la REPÚBLICA POPULAR CHINA.

Que además, las estadísticas de comercio exterior han reflejado que el valor FOB anual de la importaciones declaradas como originarias de MALASIA se ha incrementado durante el período señalado mientras que los valores FOB anuales de la importaciones originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA han descendido bruscamente en el año 2011 manteniéndose en niveles bajos durante el final del período evaluado.

Que el análisis y evaluación de todos los antecedentes del caso reflejan que resultaría necesario verificar el carácter originario de las mercaderías en cuestión.

Que por lo tanto resulta procedente la apertura de un proceso de verificación de origen no preferencial para determinar el carácter originario de hornos de microondas mecánicos y digitales con o sin grill de capacidad inferior o igual a TREINTA Y SIETE LITROS (37 I), de-clarados como originarios de MALASIA, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.50.00, en los términos de lo es-tablecido en la Resolución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que la Dirección de Legales de Comercio, dependiente de la Dirección General de Asun-tos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en función de lo previsto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y por la Resolución N° 437/07 del ex - MI-NISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COMERCIO EXTERIORDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Procédese a la apertura de un proceso de verificación de origen no pre-ferencial, en los términos de lo establecido en la Resolución N° 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, para los hornos de microondas mecánicos y digitales con o sin grill de capacidad inferior o igual a TREINTA Y SIETE LITROS (37 I), clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8516.50.00, declarados como originarios de MALASIA.

ARTÍCULO 2° — Notifíquese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la AD-MINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, que corresponde la remisión de copia autenticada de la documentación aduanera y comercial (despacho de importación, factura comercial, certificado de origen y documento de transporte) a través de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de la Subdirección General de Ope-raciones Aduaneras del Interior, ambas dependientes de la Dirección General de Aduanas, al Área Origen de Mercaderías entonces dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, sita en la Avenida Julio Argentino Roca N° 651 - Piso 6 - Sector 31, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los despachos de las mercaderías comprendidas en el Artículo 1° de la presente disposición, que se declaren como originarias de MALASIA. La citada documentación deberá ser remitida de manera que se encuentre a disposición de esta autoridad en un plazo no mayor a DIEZ (10) días contados a partir de la fecha de presentación del despacho.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a la Dirección General de Aduanas que corresponde la constitución de garantías de acuerdo a lo establecido en el Artículo 453, inciso g) de la Ley N°  22.415 (Código Aduanero), para las mercaderías indicadas en el Artículo 1° de la pre-sente medida, declaradas como originarias de MALASIA, cuyos despachos de importación se oficialicen a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición, por el importe correspondiente a la diferencia de tributos entre el monto resultante de la aplicación de los valores mínimos de exportación FOB establecidos en el Artículo 2° de la Resolución N° 491 de fecha 5 de septiembre de 2013 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y el valor FOB declarado.

ARTÍCULO 4° — Exceptúase de lo dispuesto en la presente medida a todas aquellas importaciones indicadas en el Artículo 1° de la presente medida que encuadren en alguno de los siguientes casos:

a) Que la mercadería se halle expedida con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire, y cargada en el respectivo medio de transporte aduanero con anterioridad a la fecha de puesta en vigencia de la presente disposición.

b) Que la mercadería se halle en zona primaria aduanera por haber arribado con anterio-ridad a la fecha de puesta en vigencia de la presente disposición.

ARTÍCULO 5° — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. PAULA ESPAÑOL, Subsecretaria de Comercio Exterior, Secreta-ría de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

e. 05/08/2015 N° 132298/15 v. 05/08/2015#F4938614F#

#I4938615I#MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

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SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

Disposición 32/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N° 1-256683/2014 del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente N° S01:0282566/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONO-MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, CUDAP del expediente mencionado en el Visto, se desarrolló un procedimiento de verificación de origen no preferencial para las gafas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, de-claradas como originarias de TAIWÁN, en los términos de lo establecido por la Resolución N° 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que mediante la Resolución N°  18 de fecha 6 de febrero de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se dio inicio a un proceso de verificación de origen no preferencial, en los términos de lo establecido en la Re-solución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, para anteojos de sol, armazones para anteojos y gafas (anteojos) correctoras o pregraduadas clasificados en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9003.11.00, 9003.19.10, 9003.19.90, 9004.90.10 y 9004.10.00, indicados en el Artículo 1° de la Resolución N° 588 de fecha 4 de octubre de 2012 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLI-CAS, declarados como originarios de TAIWÁN y de HONG KONG.

Que en el contexto del procedimiento de verificación de origen desarrollado, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2° de la Resolución N° 18/14 de la SECRETARÍA DE COMERCIO, el Departamento Operacional Aduanero de la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, remitió a la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del mencionado Ministerio, copia autenticada de la documentación aduanera y comercial correspondiente a la Destinación de Importación N° 14 001 IC04 203416 X de fecha 22 de octubre de 2014 en la cual consta como exportador de las gafas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED y como importador la firma OPTITECH S.R.L.

Que en cumplimiento con lo establecido por el Artículo 9° de la Resolución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, mediante la Nota N° 334 de fecha 2 de diciembre de 2014 del Área Origen de Mercaderías entonces dependiente de la SECRETA-RÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se remitió a la firma importadora el Cuestionario de Verificación de Origen para que el mismo sea cumpli-mentado por el exportador o fabricante e intervenido por la Oficina Comercial y Cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA en TAIWÁN.

Que asimismo y en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Resolución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, mediante la Nota N° 335 de fecha 2 de diciembre 2014 del Área Origen de Mercaderías, se solicitó a través de la Di-rección de Negociaciones Económicas Bilaterales con Asia y Oceanía de la Dirección Nacio-nal de Negociaciones Económicas Bilaterales de la SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS IN-TERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, que se instruya a la Oficina Comercial y Cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA en TAIWÁN, a efectos que solicite a la Autoridad Gubernamental Competente que corresponda información referente a la firma exportadora y antecedentes tenidos en cuenta para la emisión del Certificado de Origen N° EB14PA13876 de fecha 5 de septiembre de 2014 emitido por TAIWÁN CHAMBER OF COMMERCE.

Que en respuesta al requerimiento efectuado a través de la Nota N° 335/2014 del Área Origen de Mercaderías, mediante la Nota N° 512 de fecha 12 de diciembre de 2014 la Direc-ción de Negociaciones Económicas Bilaterales con Asia y Oceanía remitió la información solicitada.

Que según lo informado por la Oficina Comercial y Cultural de la REPÚBLICA ARGEN-TINA en TAIPEI CHINO, la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED actualmente se denomina AGS GLOBAL MARKETING INC., con domicilio en 1F., No. 118, Wuncheng 3rd Rd., North District, Tainan City, TAIWÁN.

Page 45: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 45Que, asimismo, no se encontró inscripción oficial en el Registro Industrial de TAIWÁN

bajo el nombre ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED ni AGS GLOBAL MARKETING INC.

Que según registros del Departamento de Comercio del Ministerio de Economía de TAI-WÁN, la firma AGS GLOBAL MARKETING INC. está habilitada para la venta minorista y ma-yorista, importación y exportación (Trader).

Que con nota de fecha 17 de diciembre de 2014 la firma importadora OPTITECH S.R.L. presentó el Cuestionario de Verificación de Origen debidamente cumplimentado e interveni-do por la representación consular de la REPÚBLICA ARGENTINA en TAIWÁN.

Que en dicho Cuestionario de Verificación de Origen figura como fabricante de las ga-fas exportadas hacia la REPÚBLICA ARGENTINA la firma HWA MEEI OPTICAL CO., LTD. de TAIWÁN.

Que en la producción de las gafas de sol clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00 exportadas hacia la REPÚBLICA ARGENTINA por parte de la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED se utilizan Polia-mida (TR 90) provista por la firma ARKEMA domiciliada en Pennsylvania, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Lentes provistos por la firma TEIJIN situada Tokyo, JAPÓN.

Que como insumo originario se utiliza elastómero termoplástico (TPR) provisto por la Empresa EMPILON de TAIWÁN.

Que el proceso productivo llevado a cabo para la fabricación de las gafas exportadas hacia la REPÚBLICA ARGENTINA consiste en la inyección de los armazones de plástico, el corte de los marcos de plástico, la pintura de los armazones, el corte de los lentes, el ensam-ble de las piezas y el posterior embalaje, realizándose en TAIWÁN.

Que en ese contexto, mediante la Nota N° 11 de fecha 15 de enero de 2015 del Área Origen de Mercaderías, se solicitó a la Dirección de Negociaciones Económicas Bilaterales con Asia y Oceanía información y documentación adicional referente a la firma HWA MEEI OPTICAL CO., LTD.

Que mediante la Nota N° 152 de fecha 19 de marzo de 2015 la citada Dirección comunicó que la firma HWA MEEI OPTICAL CO., LTD. está inscripta en el Registro Industrial de TAIWÁN hallándose habilitada como fabricante de equipos y materiales médicos con fecha de apro-bación de la inscripción el 26 de septiembre de 1980.

Que, asimismo, las autoridades consulares remitieron el catálogo comercial de los pro-ductos elaborados por la firma HWA MEEI OPTICAL CO. LTD. en el cual se observan los diferentes modelos de gafas fabricados por la misma.

Que el análisis y evaluación de la totalidad de los antecedentes y documentación obran-te en el expediente citado en el Visto, permite constatar que la productora de las gafas en cuestión es la firma HWA MEEI OPTICAL CO. LTD. con domicilio en Tainan City, TAIWÁN.

Que por lo tanto el análisis y evaluación de todos los antecedentes refleja que los pro-ductos en cuestión exportados por la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED, co-rrespondientes al Despacho de Importación N° 14 001 IC04 203416 X de fecha 22 de octubre de 2014, reúnen las condiciones para ser considerados originarios de TAIWÁN en los térmi-nos del Artículo 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero).

Que, asimismo, se ha podido constatar que la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED es una Trader y no la productora de los anteojos exportados hacia la REPÚBLICA ARGENTINA, observándose que la documentación complementaria aduanera, correspon-diente a la Destinación de Importación N° 14 001 IC04 203416 X de fecha 22 de octubre de 2014, está referida exclusivamente a la citada firma.

Que la Dirección de Legales de Comercio, dependiente de la Dirección General de Asun-tos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en función de lo previsto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y por la Resolución N° 437/07 del ex - MI-NISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COMERCIO EXTERIORDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Determínase que las gafas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, exportadas por la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED de TAIWÁN, correspondientes al Despacho de Importa-ción N° 14 001 IC04 203416 X de fecha 22 de octubre de 2014, cumplen con las condiciones para ser consideradas originarias en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero).

ARTÍCULO 2° — Notifíquese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la AD-MINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, que corresponde la devolución de las garantías constituidas en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3° de la Resolución N° 18 de fecha 6 de febrero de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONO-MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, para la Destinación de Importación N° 14 001 IC04 203416 X de fecha 22 de octubre de 2014, en la que se declara como país de origen TAIWÁN, y en la que consta como exportador la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED de ese país.

ARTÍCULO 3° — Las operaciones de importación de las gafas clasificadas en las posi-ciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00 en las que conste como exportador la firma ARGUS VISION INTERNATIONAL LIMITED, actualmen-te denominada AGS GLOBAL MARKETING INC., de TAIWÁN, continuarán sujetas al proceso de verificación de origen no preferencial en los términos de la Resolución N°  18/14 de la SECRETARÍA DE COMERCIO.

ARTÍCULO 4° — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. PAULA ESPAÑOL, Subsecretaria de Comercio Exterior, Secreta-ría de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

e. 05/08/2015 N° 132299/15 v. 05/08/2015#F4938615F#

#I4938616I#

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

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SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR

Disposición 33/2015

Bs. As., 31/07/2015

VISTO el Expediente N° 1-254389/2014 del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente N° S01:0162816/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONO-MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, CUDAP del expediente mencionado en el Visto, se desarrolló un procedimiento de verificación de origen no preferencial para las gafas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, de-claradas como originarias de TAIWÁN, en los términos de lo establecido por la Resolución N° 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que mediante la Resolución N°  18 de fecha 6 de febrero de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se dio inicio a un proceso de verificación de origen no preferencial, en los términos de lo establecido en la Re-solución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, para anteojos de sol, armazones para anteojos y gafas (anteojos) correctoras o pregraduadas clasificados en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9003.11.00, 9003.19.10, 9003.19.90, 9004.90.10 y 9004.10.00, indicados en el Artículo 1° de la Resolución N° 588 de fecha 4 de octubre de 2012 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLI-CAS, declarados como originarios de TAIWÁN y de HONG KONG.

Que en el contexto del procedimiento de verificación de origen desarrollado, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2° de la Resolución N° 18/14 de la SECRETARÍA DE COMERCIO, el Departamento Operacional Aduanero de la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, remitió a la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del mencionado Ministerio, copia autenticada de la documentación aduanera y comercial correspondiente a la Destinación de Importación N° 14 001 IC04 123681 N de fecha 2 de julio de 2014 en la cual consta como exportador de las gafas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, la firma SHIMANO INC. y como importador la firma VOUGA S.A.

Que en cumplimiento con lo establecido por el Artículo 9° de la Resolución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, mediante la Nota N° 265 de fecha 26 de septiembre de 2014 del Área Origen de Mercaderías entonces dependiente de la SECRETA-RÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se remitió a la firma importadora el Cuestionario de Verificación de Origen para que el mismo sea cumpli-mentado por el exportador o fabricante e intervenido por la Oficina Comercial y Cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA en TAIWÁN.

Que asimismo y en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Resolución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, mediante la Nota N° 264 de fecha 26 de septiembre 2014 del Área Origen de Mercaderías, se solicitó a través de la Di-rección de Negociaciones Económicas Bilaterales con Asia y Oceanía de la Dirección Nacio-nal de Negociaciones Económicas Bilaterales de la SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES de la SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS IN-TERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, que se instruya a la Oficina Comercial y Cultural de la REPÚBLICA ARGENTINA en TAIWÁN, a efectos que solicite a la Autoridad Gubernamental Competente que corresponda información referente a la firma exportadora y antecedentes tenidos en cuenta para la emisión del Certificado de Origen N° DE14AA07135-1 fecha 2 de abril de 2014 emitido por TAICHUNG IMPORTERS & EXPORTERS CHAMBER OF COMMERCE.

Que en dicho Certificado de Origen se consignó como exportador de las gafas en cues-tión a la firma HYPERSTAR ENTERPRISES CO., LTD.

Que en respuesta al requerimiento efectuado, a través de la Nota N° 393 de fecha 8 de octubre de 2014 la Dirección de Negociaciones Económicas Bilaterales con Asia y Oceanía dio respuesta al requerimiento efectuado mediante la Nota N°  264/14 del Área Origen de Mercaderías.

Que según lo informado por la Oficina Comercial y Cultural de la REPÚBLICA ARGENTI-NA en TAIPEI CHINO, la firma HYPERSTAR ENTERPRISES CO., LTD. no posee planta fabril, sino que la firma HWA MEEI OPTICAL CO., LTD. fabrica las gafas.

Que ambas empresas se hallan sitas en TAIWÁN, a saber, la firma HYPERSTAR ENTER-PRISES CO., LTD. posee domicilio en 1F., N° 23, Gongyequ 24TH RD., Nantun Dist., Taichung City 40850, TAIWÁN y la firma HWA MEEI OPTICAL CO., LTD. se domicilia en 1F. N° 28-2, Shalun, Zhong Sha Vil., Anding Dist., Tainan City, TAIWÁN.

Que la firma HYPERSTAR ENTERPRISES CO., LTD. está inscripta en el Registro de Co-mercio Industrial de TAIWÁN como agente de ventas de empresas nacionales y extranjeras, mayorista de productos varios como ropa, calzado, cartera, barco y repuesto, bicicleta y repuesto/accesorio con el CUIT N° 86155951.

Page 46: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 46Que por su parte, la firma HWA MEEI OPTICAL CO., LTD. está inscripta en el Registro

Industrial de TAIWÁN como manufacturera de equipos y materiales médicos, con el CUIT N° 69314511.

Que encontrándose cumplido el plazo establecido en la Resolución N° 437/07 del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN sin que la firma importadora haya presentado el Cuestionado de Verificación de Origen, mediante la Nota N° 348 de fecha 23 de diciembre de 2014 del Área Origen de Mercaderías, se reiteró a la firma VOUGA S.A. la remisión del citado Cuestionario solicitado oportunamente a través de la Nota N° 265/14 del Área Origen de Mercaderías.

Que finalmente, mediante la nota de fecha 20 de marzo de 2015, la firma VOUGA S.A. remitió el Cuestionario de Verificación de Origen debidamente cumplimentado e intervenido por la representación consular de la REPÚBLICA ARGENTINA en TAIWÁN.

Que el análisis y evaluación de la totalidad de los antecedentes y documentación obran-te en el expediente citado en el Visto, permite constatar que la productora de las gafas en cuestión es la firma HWA MEEI OPTICAL CO. LTD. con domicilio en Tainan City, TAIWÁN.

Que en la producción de las gafas de sol exportadas hacia la REPÚBLICA ARGENTINA por parte de la firma SHIMANO INC., clasificadas en la posición arancelaria de la Nomencla-tura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, se utilizan Poliamida (TR 90) provista por la firma ARKEMA domiciliada en Pennsylvania, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y Lentes provistos por la firma TEIJIN situada en Tokyo, JAPÓN como materiales no originarios.

Que como insumo originario se utiliza elastómero termoplástico (TPR) provisto por la Empresa EMPILON de TAIWÁN.

Que el proceso productivo llevado a cabo para la fabricación de las gafas exportadas hacia la REPÚBLICA ARGENTINA consiste en la inyección de los armazones de plástico, el corte de los marcos de plástico, la pintura de los armazones, el corte de los lentes, el en-samble de las piezas y el posterior embalaje, siendo el proceso realizado enteramente en TAIWÁN.

Que por lo tanto el análisis y evaluación de todos los antecedentes refleja que los pro-ductos en cuestión exportados por la firma SHIMANO INC., correspondientes al Despacho de Importación N° 14 001 IC04 123681 N de fecha 2 de julio de 2014, reúnen las condicio-nes para ser considerados originarios de TAIWÁN en los términos del Artículo 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero).

Que, asimismo, se ha podido constatar que la firma HYPERSTAR ENTERPRISES CO., LTD. es una Trader y no la productora de los anteojos exportados hacia la REPÚBLICA AR-GENTINA, observándose que la documentación complementaria aduanera, correspondiente a la Destinación de Importación N° 14 001 IC04 123681 N de fecha 2 de julio de 2014, está referida exclusivamente a la citada firma.

Que la Dirección de Legales de Comercio, dependiente de la Dirección General de Asun-tos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en función de lo previsto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y por la Resolución N° 437/07 del ex - MI-NISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COMERCIO EXTERIORDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Determínase que las gafas clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00, exportadas por la firma SHIMA-NO INC. de TAIWÁN, correspondientes al Despacho de Importación N° 14 001 IC04 123681 N de fecha 2 de julio de 2014 cumplen con las condiciones para ser consideradas originarias en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero).

ARTÍCULO 2° — Notifíquese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la AD-MINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, que corresponde la devolución de las garantías constituidas en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3° de la Resolución N° 18 de fecha 6 de febrero de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONO-MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS para la Destinación de Importación N° 14 001 IC04 123681 N de fecha 2 de julio de 2014, en la que se declara como país de origen TAIWÁN y en la que consta como exportador la firma SHIMANO INC. de ese país.

ARTÍCULO 3° — Las operaciones de importación de las gafas clasificadas en la posi-ción arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 9004.10.00 en las que conste como exportador la firma SHIMANO INC. de TAIWÁN, continuarán sujetas al proceso de verificación de origen no preferencial en los términos de la Resolución N°  18/14 de la SECRETARÍA DE COMERCIO.

ARTÍCULO 4° — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. PAULA ESPAÑOL, Subsecretaria de Comercio Exterior, Secreta-ría de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

e. 05/08/2015 N° 132300/15 v. 05/08/2015#F4938616F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 47#I4939134I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1166/2015

Bs. As., 12/05/2015

VISTO el Expediente N° E-29964-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-61686-2014 se tramitó la Licitación Pública N° 128/2014 llevada a cabo para la adquisición de hornos pizzeros y hornos pasteleros, emitiéndose la Orden de Compra N° 48/2015, a favor de la firma CASA REIG S.A.

Que la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA solicita la am-pliación en un veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra 48/2015 acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 355/2002 y N° 357/2002, modificatorios y complementarios y N° 13 del 10 de Diciembre de 2011.

Por ello,

LA MINISTRADE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ampliase la Orden de Compra N° 48/2015, a favor de la firma CASA REIG S.A. correspondiente a la Licitación Pública N° 128/2014, en la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 746.240.-), por las causales expuestas en Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS SETECIEN-TOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($746.240.-) con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 4° — La presente Resolución es refrendada por el señor SECRETARIO DE COOR-DINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dra. ALICIA M. KIRCHNER, Ministra de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132442/15 v. 05/08/2015#F4939134F#

#I4939147I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 695/2015

Bs. As., 08/04/2015

VISTO el Expediente N° E-13286-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-17892-2014 se tramitó la Licitación Pública N° 60/2014 llevada a cabo para la adquisición de insumos textiles para la confección de guardapolvos, emitiéndose, entre otras, la Orden de Compra N° 1026/2014, a favor de la firma ANNIKIAN E HIJOS S.A.C.e I.

Que la Dirección Nacional de Promoción de Comercialización solicita la ampliación en un vein-te por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra 1026/2014 acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 355/2002 y N° 357/2002, modificatorios y complementarios y N° 13 del 10 de Diciembre de 2011.

Por ello,

LA MINISTRADE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 1026/2014, a favor de la firma ANNIKIAN E HIJOS S.A.C.e I., correspondiente a la Licitación Pública N° 60/2014, en la suma de PESOS OCHO-CIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 892.587.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS OCHOCIEN-TOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE ($ 892.587.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 4° — La presente Resolución es refrendada por el señor SECRETARIO DE COOR-DINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dra. ALICIA M. KIRCHNER, Ministra de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132455/15 v. 05/08/2015#F4939147F#

#I4939094I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 9718/2015

Bs. As., 22/06/2015

VISTO el Expediente N° E-1723-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Pública N° 41/2015, auto-rizada por Resolución SCyMI N° 2901 de fecha 13 de Marzo de 2015, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, regla-mentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de chapas de zinc, a fin de recuperar el stock habitual para asistir a las poblaciones de las distintas regiones de nuestro país, que se encuentran en situación de emergencia climática, solicitadas por la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL.

Que conforme el acta de apertura de fecha 27 de Abril de 2015, en la Licitación Pública N° 41/2015, se presentaron las siguientes firmas: ANACON S.A. (oferta 1), COCO MARIO (oferta 2), MASIDER S.A. (oferta 3), LO BRUNO S.A. (oferta 4) y BENEDETTI S.A.I.C. lamentando no cotizar.

Que obra Nota SIGEN N° 2552/2015- SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 429/2015, informando el Precio Testigo solicitado para el renglón 1, en virtud de lo normado por el Anexo II de la Resolución SIGEN N° 122/2010.

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos prelimina-res y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 284/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 284/2015 y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATA-CIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modifica-torios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de septiembre de 2014.

Que no se efectuaron impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 284/2015.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos Nros. 357/2002, modifica-torios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIODE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Pública N° 41/2015, autorizada por Resolución SCy-MI N° 2901 de fecha 13 de Marzo de 2015, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 y 26 inciso a) apartado 1 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 15, 34 inciso c) y 35 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la ad-quisición de chapas de zinc, a fin de recuperar el stock habitual para asistir a las poblaciones de las distintas regiones de nuestro país, que se encuentran en situación de emergencia climática, solicitadas por la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE TERRITORIAL.

ARTÍCULO 2° — Adjudícase en la Licitación Pública N° 41/2015, acorde lo expuesto en el Dic-tamen de Evaluación N° 284/2015, a la firma, renglón, cantidad, marca y monto consignados en el Anexo que forma parte de la presente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL ($ 4.047.000.-).

ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir la Órden de Compra correspondiente.

ARTÍCULO 4° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL ($ 4.047.000.-), conforme surge del Anexo que integra la pre-sente, con cargo a los créditos específicos de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institu-cional, Ministerio de Desarrollo Social.

Page 48: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 48ANEXO

EXPEDIENTE N° E-1723-2015

LICITACIÓN PÚBLICA N° 41/2015

e. 05/08/2015 N° 132432/15 v. 05/08/2015#F4939094F#

#I4939098I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 9719/2015

Bs. As., 22/06/2015

VISTO el Expediente N° E-42024-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-91953-2013, se tramitó la Licitación Publica N° 93/2014, tendiente a lograr la contratación de un (1) servicio de provisión y colocación de carpintería de aluminio anodizado natural mate para la realización de cerramientos en fachadas, patio interior y accesos de la sede de este Ministerio, sito en la calle Huergo N° 131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 815/2014, a favor de la empresa HABITAL DESIGN S.A.

Que el DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES solicita la ampliación en un importe menor al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra antes mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 815/2014, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacio-nal y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modifi-catorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

EL SECRETARIODE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONALDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 815/2014 emitida a favor de la empresa HABITAL DESIGN S.A., correspondiente a la Licitación Publica N° 93/2014, en la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 688.280.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS SEISCIEN-TOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 688.280.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Moni-toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132436/15 v. 05/08/2015#F4939098F#

#I4939141I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 2561/2015

Bs. As., 26/03/2015

VISTO el Expediente N° E-106731-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-83547-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 451/2014 llevada a cabo para la contratación de un servicio de corte, estampado, confección y terminación de reme-

ras manga corta, emitiéndose la Orden de Compra N° 1001/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO RDB TEXTIL LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en un treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando prece-dente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 1001/2014, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 1001/2014, emitida a favor de la COOPERA-TIVA DE TRABAJO RDB TEXTIL LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 451/2014, en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 59.850.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 59.850.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132449/15 v. 05/08/2015#F4939141F#

#I4939145I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 2572/2015

Bs. As., 26/03/2015

VISTO el Expediente N° E-3207-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la adquisición de buzos de frisa, que serán utilizados por los cooperativistas que participarán del PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, solicitadas por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 90/2015.

Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO TEXTIL PUNTADITAS DE BRANDSEN LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 9926 de fecha 15 de Agosto de 2012.

Que obra Nota complementaria de fecha 05 de Enero de 2015, de estimación de precio por los insumos y avíos, por los servicios de corte, estampado, confección y terminación de buzos de frisa realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por cada buzo de frisa que asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES CON OCHENTA CENTAVOS ($ 133,80.-).

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N° 109/2015 de fecha 15 de Enero de 2015, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado prece-dentemente, solicitó se informe el Valor Indicativo para la adquisición de buzos de frisa.

Que obra Nota N° 215/2015 - SCyMI - O.T. N° 89/2015 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando para el renglón 1 el Valor Indicativo de Merca-do en concordancia al punto Il.b. del Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera, inciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.

Que, con fecha 18 de Febrero de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO TEXTIL PUNTADITAS DE BRANDSEN LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 154/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Page 49: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 49Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 154/2015 a los fines de su difusión en el sitio

de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 154/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 108/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas y modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la adquisición de buzos de frisa, que serán utilizados por los cooperativistas que participarán del PROGRAMA DE INGRESO SOCIAL CON TRABAJO, soli-citado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrata-ciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 108/2015, conforme las pautas deta-lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 108/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO TEXTIL PUNTADITAS DE BRANDSEN LIMITADA para la adquisición de un mil (1.000) buzos de frisa, hasta la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 133.800.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ($ 133.800.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132453/15 v. 05/08/2015#F4939145F#

#I4939092I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 2771/2015

Bs. As., 09/04/2015

VISTO el Expediente N° E-DEPO-122-2015 del registro de la SECRETARÍA DE DEPORTE, de-pendiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-DEPO-688-2013 se tramitó la Licitación Privada N° 28/2013 llevada a cabo para la contratación de un servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del tablero electrónico instalado en el Complejo Natatorio del Ce.N.A.R.D., emitiéndose la Orden de Compra N° 9/2014, a favor de la firma OSVALDO S.A.C.I., la cual contempla un período de doce (12) meses, con opción a prórroga a favor de este Ministerio por un período igual al originalmente contratado, para el renglón N° 2 de dicha Orden de Compra.

Que la SECRETARIA DE DEPORTE solicita prorrogar el renglón N° 2 de la Orden de Compra N° 9/2014, a partir de su vencimiento.

Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N°  1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIONDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento el renglón N° 2 de la Orden de Compra N° 9/2014 emitida a favor de la firma OSVALDO S.A.C.I., correspondiente a la Licitación Privada N° 28/2013, en la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL ($ 108.000.-), por el término de doce (12) meses, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL ($  108.000.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132430/15 v. 05/08/2015#F4939092F#

#I4939148I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 3107/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° E-50295-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 467/2014, autorizada por Disposición DGA N° 7983 del 10 de Noviembre de 2014, enmarcada en los alcances del artículo 25 inciso d) apartado 1) del Decreto N° 1023/2001 y mo-dificatorios, reglamentado por los artículos 19, 20, 34 inciso a) apartado 2), 35 y 137 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la adquisición de materiales de seguridad, solicitados por el Departamento de Servicios Generales.

Que conforme el acta de apertura de fecha 10 de Diciembre de 2014, en la referida Contrata-ción, se presentaron las siguientes firmas: MATAFUEGOS DONNY S.R.L. (oferta 1) y PRECINCOR S.A. (oferta 2).

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros solicita mejora de precio a la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2) para el renglón 1 en razón de superar el Precio unitario estimado para la Licitación de marras.

Que la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2) informa la mejora para el renglón requerido.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros pone en conocimiento al área requirente que las ofertas recibidas ha superado ampliamente el monto estimado para el renglón 1, por lo cual se procedió a implementar el mecanismo de mejora de precios y solicita al Departamento de Servi-cios Generales, se expida en la conveniencia o no de proseguir con el trámite para el renglón 1.

Que el Departamento de Servicios Generales informa que no resulta viable la prosecución del trámite para el renglón 1 dado que el precio ofertado por la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2) supera el valor de mercado.

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de los análisis técnicos prelimina-res y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evalua-ción N° 173/2015, sugiriendo la oferta a desestimar, el renglón fracasado y estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha efectuado la notificación pertinente del Dictamen de Evaluación N° 173/2015 y se ha remitido al sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014, su com-plementaria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 173/2015 precitado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decretos N° 893/2012 y modificatorios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, el Decreto N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 467/2014, autorizada por Disposición DGA N° 7983 del 10 de Noviembre de 2014, enmarcada en los alcances

Page 50: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 50del artículo 25 inciso d) apartado 1) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 20, 34 inciso a) apartado 2), 35 y 137 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modifi-catorios, tendiente a lograr la adquisición de materiales de seguridad, solicitados por el Departa-mento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Desestímase en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 467/2014, para el renglón 1 la oferta presentada por la firma MATAFUEGOS DONNY S.R.L. (oferta 1), acorde el Dictamen de Evaluación N° 173/2015.

ARTÍCULO 3° — Téngase por no considerada la oferta de la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2) acorde a los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 4° — Declárase fracasado en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 467/2014, el renglón 1, acorde el Dictamen de Evaluación N° 173/2015.

ARTÍCULO 5° — Adjudícase en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 467/2014, acorde el Dictamen de Evaluación N° 173/2015, a la firma, cantidades, renglón y montos consigna-dos en el Anexo que forma parte de la presente, cuya adjudicación asciende a la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS ($ 63.900.-).

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la Orden de Compra correspondiente conforme la adjudicación consignada en el Anexo que integra la presente.

ARTÍCULO 7° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS ($ 63.900.-), con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

ANEXO

EXPEDIENTE N° E-50295-2014

CONTRATACION DIRECTA POR COMPULSA ABREVIADA N° 467/2014

e. 05/08/2015 N° 132456/15 v. 05/08/2015#F4939148F#

#I4939146I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 3248/2015

Bs. As., 27/04/2015

VISTO el Expediente N° E-9054-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 105/2015, señalando que las condiciones técnicas re-queridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NA-CIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCy-MI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012.

Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, al efector social PROYECTO PRODUCTIVO TIEMPO DE SOÑAR, cuya ins-cripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución MDS N° 760 de fecha 06 de Mayo de 2005.

Que obra la actualización del precio por el servicio de confección de guardapolvos realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para la confección de cada guar-dapolvo que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 47,80).

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N° 246/2015 - Letra DGA/DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado precedentemente, solicita se informe si los servicios de industria —corte, confección y terminación de guardapolvos— se encuentran contemplados en el Convenio precitado.

Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable

a aquellas contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concor-dancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.

Que, con fecha 12 de Marzo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por el efector social PROYECTO PRODUCTIVO TIEMPO DE SOÑAR.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 198/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 198/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 198/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 135/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decre-to N°  1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sis-temas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N°  1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETA-RÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 135/2015, conforme las pautas deta-lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 135/2015 al efector social PROYEC-TO PRODUCTIVO TIEMPO DE SOÑAR, señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE TEC-NOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012, por el servicio de confección de un mil (1.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 47.800.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 47.800.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

Page 51: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 51

CLAUSULAS PARTICULARES:

1. Presentación de la oferta - Obligaciones del oferente:

La oferta se deberá presentar por duplicado, debidamente firmada en todas sus hojas. Podrá presentarse hasta la fecha y hora indicada, en sobre cerrado, con identificación de la presente con-tratación. Deberá ser formulada en moneda nacional, sin discriminar el I.V.A, y no podrá referirse en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No se aceptarán propuestas en moneda extranjera.

2. Contenido de la Oferta: La oferta económica deberá ser presentada con:

a) Documentación que acredite su inscripción en el Registro Nacional de Efectores.

b) Constancia de Inscripción al Sistema de Proveedores (SIPRO)

c) Constancia de Inscripción ante la AFIP.

d) Domicilio Especial: Es requisito imprescindible constituir domicilio especial, correo electró-nico y fax, donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen.

3. Forma de cotización:

La cotización será hecha por renglón, consignándose el precio unitario.

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, no reconocerá ningún adicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en su Presupuesto.

4. Plazo de mantenimiento de oferta: SESENTA (60) días corridos. Dicho plazo será prorroga-do automáticamente por sucesivos lapsos iguales al inicial, en caso que el oferente no manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

5. Plazo de entrega: Dentro de los NUEVE (9) meses, contados a partir de la notificación fe-haciente de la Orden de Compra. Se admitirán entregas parciales, permitiendo la facturación de las mismas.

6. Lugar de entrega: Las entregas deberán realizarse en el INTI - Textiles, sito en la Av. Gral. Paz N° 5445, San Martín, Pcia. de Buenos Aires, previa coordinación con el área requirente: Direc-ción Nacional de Promoción de la Comercialización, tel. 4867-7239/7151/7153.

7. Forma de entrega: Al sólo efecto de evitar demoras al momento de la descarga de los produc-tos, el adjudicatario deberá coordinar el horario de las entregas con el responsable del área requirente.

8. La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el organismo, te-niendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, y demás condiciones de la oferta.

9. Conformidad de la recepción: la recepción definitiva se llevará a cabo dentro de los DIEZ (10) días corridos de completada la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, instancia en la cual la Comisión de Recepción Definitiva labrará el acta correspondiente.

10. Facturación:

10.1 Lugar de presentación de las facturas: serán presentadas en la Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, ubicada en la planta baja del edificio de la Av. 9 de Julio 1925 (esq. Moreno) - C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 18:00 hs.

10.2 Forma y tiempo de presentación: se indicará en cada factura:

a) Número y fecha de la Orden de Compra;

b) Número del expediente;

c) Número de informe emitido por el INTI - Textiles, donde consta la aprobación del producto;

d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado;

e) Importe total bruto de la factura;

f) Monto y tipo de descuentos, de corresponder;

g) Importe neto de la factura.

h) Deberá acompañarse conjuntamente con la factura, la constancia de validez que emite la A.F.I.P. En caso de tratarse de facturas tipo “C”, deberá acompañarse la constancia de inscripción respectiva en la A.F.I.P.

Moneda de pago: La moneda de pago será la de curso legal en el país.

11. Pago: Dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados a partir del día siguiente al de la incorporación por parte de la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria del Acta emitida por la Comisión de Recepción Definitiva, de acuerdo a lo indicado en la Cláusula N° 9.

12. A todos los efectos legales emergentes de la presente contratación/licitación serán com-petentes los Juzgados Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirse respecto de la presente contratación e independientemente de la notificación que le cursemos, se recomienda visitar la página de Internet: www.argentinacompra.gov.ar, “OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES”.

e. 05/08/2015 N° 132454/15 v. 05/08/2015#F4939146F#

#I4939140I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4047/2015

Bs. As., 27/05/2015

VISTO el Expediente N° E-19437-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para el servicio de confección y terminación de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 155/2015, señalando que las condicio-nes técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012.

Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO CM LIMITADA, cuya inscripción en el Re-gistro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 11874 de fecha 27 de Septiembre de 2012.

Que obran las actualizaciones de los precios por el servicio de confección y terminación de guardapolvos realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIO-NAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para la con-fección y terminación de cada guardapolvo que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIE-TE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 47,80) y PESOS NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 9,50) respectivamente.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N° 246/2015 - Letra DGA/DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado precedentemente, solicita se informe si los servicios de industria —corte, confección y terminación de guardapolvos— se encuentran contemplados en el Convenio precitado.

Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concor-dancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.

Que, con fecha 20 de Abril de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO CM LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 240/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 240/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 240/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 162/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Page 52: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 52Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para los servicios de confección y terminación de guardapolvos, solicitados por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrata-ciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 162/2015, conforme las pautas deta-lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 162/2015 al efector social COO-PERATIVA DE TRABAJO CM LIMITADA, señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITO-REO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012, por el servicio de confección de cinco mil (5.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL ($ 239.000.-); y por la terminación de doce mil (12.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($ 114.000.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS TRESCIEN-TOS CINCUENTA Y TRES MIL ($ 353.000.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132448/15 v. 05/08/2015#F4939140F#

#I4939095I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4337/2015

Bs. As., 08/06/2015

VISTO el Expediente N° E-16477-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas, y enseres necesarios para la ejecución del solado del patio en el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 19 de Marzo de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 10604 de fecha 26 de Agosto de 2014.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obran Informes N° 1085/2015 y 1185/2015, de fechas 08 y 17 Abril de 2015 respectiva-mente, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expe-diente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2438/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Que, con fecha 19 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA.

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 269/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 269/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 269/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 199/2015, enmar-cada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificato-rios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del ar-tículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artícu-los 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para para la provisión de materiales, realización de tareas, y enseres necesarios para la ejecución del solado del patio en el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 199/2015, conforme las pautas deta-lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 199/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO BUENAS TAREAS LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS DIECISIETE MIL DOS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 617.002,45).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SEISCIEN-TOS DIECISIETE MIL DOS CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 617.002,45), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132433/15 v. 05/08/2015#F4939095F#

#I4939096I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4475/2015

Bs. As., 12/06/2015

VISTO el Expediente N° E-106568-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la instalación sanitaria de agua fría, caliente y cloacal, para el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 19 de Marzo de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO MANOS DE LA RIBERA LIMITA-DA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 8280 de fecha 21 de Julio de 2014.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obran Informes N° 1087/2015 y N° 1184/2015, de fechas 08 de Abril de 2015 y 17 de Abril de 2015 respectivamente, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICA-TURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2421/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Page 53: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 53Que, con fecha 20 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por

la COOPERATIVA DE TRABAJO MANOS DE LA RIBERA LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 273/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 273/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 273/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 208/2015, enmar-cada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificato-rios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la instalación sanitaria de agua fría, caliente y cloacal, para el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Mi-nisterio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Ge-nerales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COOR-DINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 208/2015, conforme las pautas deta-lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 208/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO MANOS DE LA RIBERA LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 486.350.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS CUATRO-CIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 486.350.-), con cargo a los crédi-tos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132434/15 v. 05/08/2015#F4939096F#

#I4939093I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4804/2015

Bs. As., 22/06/2015

VISTO el Expediente N° E-DEPO-1097-2014 del Registro de la SECRETARÍA DE DEPORTE; dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificato-rios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Licitación Privada N° 01/2015, auto-rizada por Disposición DGA N° 9121 de fecha 18 de Diciembre de 2014, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de materiales eléctricos, a fin de cubrir las necesidades de mantenimiento del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Ce.N.AR.D.), solicitados por la Dirección de Infraestructura de la SECRETARÍA DE DEPORTE.

Que conforme el acta de apertura de fecha 28 de Enero de 2015, en la Licitación Privada N° 01/2015, se presentaron las siguientes firmas FCM FORWARDER S.A. (oferta 1), PRECINCOR S.A. (oferta 2), BERTERI MARCELO ESEQUIEL (oferta 3), REGGIO MARCELO FERNANDO (oferta

4), LO BRUNO S.A. (oferta 5), ELECTRICIDAD CHICLANA S.H. de SANTOIANNI ROBERTO Y RO-DRIGUEZ OSCAR S. (oferta 6), CAVEGO S.A. (oferta 7) y MADUEÑA HUMBERTO DIEGO (oferta 8).

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros solicita mejora de precio a la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2) para el renglón 38, a la firma REGGIO MARCELO FERNANDO (oferta 4) para los renglones 6, 48 y 58, a la firma LO BRUNO S.A. (oferta 5) para los renglones 27 y 28, a la firma ELECTRICIDAD CHICLANA S.H. de SANTOIANNI ROBERTO Y RODRIGUEZ OSCAR S. (oferta 6) para los renglones 8 y 19, a la firma CAVEGO S.A. (oferta 7) para los renglones 13, 17 y 18 en razón de superar el precio unitario estimado para el presente procedimiento licitatorio.

Que la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2) informa la mejora requerida para el renglón 38.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros invita a igualar la cotización unitaria para el ren-glón 57, a la firma PRECINCOR S.A. (oferta 2), en virtud de haber acreditado su calidad de empresa PyME, a los efectos de otorgarle el derecho de preferencia establecido en el artículo 39 de la Ley 25.300, LEY DE FOMENTO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que la firma precitada informa la igualación de precio requerida.

Que obra Informe DGA.DPS. N° 1108/2015 de la Dirección de Patrimonio y Suministros por la que pone en conocimiento al área requirente que las ofertas recibidas han superado el margen de tolerancia por sobre los Precios Testigo suministrados para los renglones 6, 8, 13, 17, 18, 19, 27, 28, 38, 48 y 58, por lo cual se procedió a implementar el mecanismo de mejora de precios y solicita a la Dirección de Infraestructura dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE, merituar la conveniencia o no de proseguir con el trámite de los renglones precitados.

Que, asimismo, informa que no se tendrá en cuenta la cotización del renglón 57, entre otros, de la firma PRECINCOR S.A. debido a que no consigna marca para el producto, incumpliendo con el punto 11 de las Cláusulas Particulares del Pliego.

Que obra Nota N° 90/2015 de la SUBSECRETARÍA DE DEPORTE FEDERADO Y ALTO RENDI-MIENTO mediante la cual informa, que debido al tiempo transcurrido desde el inicio de la presente contratación, se acepten las ofertas con los menores precios valederos, en virtud de que los mis-mos se adecúan a los valores actuales de mercado.

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio en función de los análisis técnicos preliminares y la documentación obrante en el expediente respectivo suscribió el Dictamen de Evaluación N° 276/2015, estableciendo las ofertas a desestimar, la oferta desistida y el Orden de Mérito correspondiente.

Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 276/2015 y se ha remitido para su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATA-CIONES según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modifica-torios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que no se ha efectuado impugnación al Dictamen de Evaluación N° 276/2015.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos Nros. 357/2002, modificatorios y complementarios, 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Licitación Privada N° 01/2015, autorizada por Disposición DGA N° 9121 de fecha 18 de Diciembre de 2014, enmarcada en los alcances de los artículos 24, 25 inciso c) y 26 del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 17, 34 inciso b) y 50 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios; tendiente a lograr la adquisición de materiales eléctri-cos, a fin de cubrir las necesidades de mantenimiento del Centro Nacional de Alto Rendimiento De-portivo (Ce.N.AR.D.), solicitados por la Dirección de Infraestructura de la SECRETARÍA DE DEPORTE.

ARTÍCULO 2° — Dáse por desistida en la Licitación Privada N° 01/2015, la oferta de la firma BERTERI MARCELO ESEQUIEL (oferta 3), acorde el Dictamen de Evaluación N° 276/2015.

ARTÍCULO 3° — Desestímase en la Licitación Privada N° 01/2015, la oferta presentada por la firma FCM FORWARDER S.A. (oferta 1), acorde el Dictamen de Evaluación N° 276/2015.

ARTÍCULO 4° — Desestímanse en la Licitación Privada N° 01/2015, la oferta de la firma PRECIN-COR S.A. (oferta 2) para los renglones 1, 2, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 18, 22, 23, 24, 25, 26, 56, 57, 58, 59 y 62; la oferta de la firma REGGIO MARCELO FERNANDO (oferta 4) para los renglones 1, 2, 4, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 26, 27, 28, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 44, 45, 62, 63, 70, 72 y 73; la oferta de la firma LO BRUNO S.A. (oferta 5) para los renglones 1, 2, 3, 5, 6, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 26, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 44, 45, 48, 51, 58, 59, 71 y 72; la oferta de la firma CAVEGO S.A. (oferta 7), para los renglones 1 y 2 (oferta Alternativa Marca SKYWATCH), 3 (oferta Alternativa Marca ITALAVIA para lámpara PHILIPS), 26 (oferta Alternativa Marca Schneider), 6, 8, 27, 28, 38, 56, 58 y 62; la oferta de la firma ELECTRICIDAD CHICLANA S.H. de SANTOIANNI ROBERTO Y RODRIGUEZ OSCAR S. (oferta 6) para los renglones 6, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 27, 28, 38, 48, 55, 58, 59, 62 y 71 y la oferta de la firma MADUEÑA HUMBERTO DIEGO (oferta 8) para los renglones 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41, acorde el Dictamen de Evaluación N° 276/2015.

ARTÍCULO 5° — Adjudícase en la Licitación Privada N° 01/2015, acorde lo expuesto en el Dic-tamen de Evaluación N° 276/2015, a las firmas, renglones, cantidades y montos consignados en el Anexo que forma parte de la presente, cuyo monto total asciende a la suma de PESOS QUINIEN-TOS CUARENTA MIL VEINTISEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 540.026,68.-).

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir las Ordenes de Compra correspondientes conforme la adjudicación consignada en el Anexo que integra la presente.

ARTÍCULO 7° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL VEINTISEIS CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 540.026,68.-), con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

Page 54: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 54ANEXO

EXPEDIENTE N° E-DEPO-1097-2014

LICITACIÓN PRIVADA N° 01/2015

Page 55: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 55

Page 56: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 56

e. 05/08/2015 N° 132431/15 v. 05/08/2015#F4939093F#

#I4939090I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4844/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° E-45138-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-2365-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 29/2015 llevada a cabo para la contratación de un servicio de corte, estampado, confección y terminación de reme-ras de manga larga, emitiéndose la Orden de Compra N° 219/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO OSITO FELIZ LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en un importe del treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 219/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N°  1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°  357/2002, modificatorios y complementarios, N°  693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 219/2015, emitida a favor de la COOPERA-TIVA DE TRABAJO OSITO FELIZ LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 29/2015, en la suma de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($  22.680.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 22.680.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Minis-terio para el ejercicio 2015.

Page 57: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 57ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva

Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132428/15 v. 05/08/2015#F4939090F#

#I4939132I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4847/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° E-45194-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-2452-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 35/2015 llevada a cabo para la contratación de un servicio de corte, estampado, confección y terminación de reme-ras de manga larga, emitiéndose la Orden de Compra N° 184/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO BERICOOP LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en un importe del treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 184/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 184/2015, emitida a favor de la COOPERA-TIVA DE TRABAJO BERICOOP LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 35/2015, en la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA ($ 68.040.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA ($ 68.040.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132440/15 v. 05/08/2015#F4939132F#

#I4939131I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4850/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° E-45184-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-2020-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 51/2015 llevada a cabo para la contratación de un servicio de corte, estampado, confección y terminación de reme-ras de manga larga, emitiéndose la Orden de Compra N° 196/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DARIO SANTILLAN LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en un importe del treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 196/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N°  1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°  357/2002, modificatorios y complementarios, N°  693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 196/2015, emitida a favor de la COOPE-RATIVA DE TRABAJO DARIO SANTILLAN LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 51/2015, en la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 45.360.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 45.360.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132439/15 v. 05/08/2015#F4939131F#

#I4939133I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Disposición 4851/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° E-45183-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-2432-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 41/2015 llevada a cabo para la contratación de un servicio de corte, estampado, confección y terminación de reme-ras de manga larga, emitiéndose la Orden de Compra N° 213/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO 27 DE OCTUBRE LIMITADA.

Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en un importe del treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 213/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N°  1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°  357/2002, modificatorios y complementarios, N°  693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N°  213/2015, emitida a favor de la COO-PERATIVA DE TRABAJO 27 DE OCTUBRE LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 41/2015, en la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA ($ 68.040.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA ($ 68.040.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. ANDREA S. STEFANI, Directora General de Administración, Mi-nisterio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132441/15 v. 05/08/2015#F4939133F#

Page 58: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 58#I4939143I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 108/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° E-10004-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la adquisición de ciento ochenta (180) puestos de venta móviles, solicitados por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 119/2015.

Que, asimismo, la Dirección citada en el considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRIUNFO LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Re-solución SCyMI N° 3714 de fecha 14 de Abril de 2011.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizado según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que mediante Informe N° 7/2015, la Dirección de Patrimonio y Suministros, en virtud del Con-venio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado en el Considerando precedente, solicitó se informe el “VALOR INDICATIVO” para la adquisición de 180 puestos de venta móviles.

Que obra NOTA SIGEN N° 85/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, O.T. N° 32/2015, informando que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas con-trataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3° inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera, inciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.

Que, con fecha 16 de Marzo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO EL TRIUNFO LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 185/15 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 185/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 185/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 141/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la adquisición de ciento ochenta (180) puestos de venta móviles, solicitados por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo a lo solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo pre-cedente, que integra la presente como Anexo el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 141/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 141/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO EL TRIUNFO LIMITADA, para la adquisición de ciento ochenta (180) puestos de venta móviles, hasta la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 882.000.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS OCHOCIEN-TOS OCHENTA Y DOS MIL ($ 882.000.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Minis-terio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, públiquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132451/15 v. 05/08/2015#F4939143F#

#I4939088I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 135/2015

Bs. As., 11/05/2015

VISTO el Expediente N°  E-DEPO-1572-2014 del registro de la SECRETARIA DE DEPORTE dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modi-ficatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para un servicio de limpieza, parquizado, mantenimiento de las instalaciones, rectificación, poda y extracción de árboles y fumigación del predio Centro Deportivo Recreativo Nacional de Zona Nor-te, Partido de Escobar, Provincia de Buenos Aires, por un período de seis (6) meses con opción a prórroga por un período igual al originalmente contratado o parciales mensuales, solicitado por la Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE, mediante Nota de fecha 14 de Octubre de 2014.

Que, asimismo, la Subsecretaría citada en el Considerando anterior, propone para la realiza-ción del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO MALAR LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Reso-lución MDS N° 2146 de fecha 11 de Junio de 2009.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obra Informe N° 4793/2014, de fecha 22 de Diciembre de 2014 de la Dirección de Patrimo-nio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN la determinación del Valor Indicativo de Mercado del servicio que por este expediente se tramita.

Que, obra NOTA SIGEN N° 61/2015 - SCyMI - O.T. N° 1945/2014 de la SINDICATURA GENE-RAL DE LA NACION de fecha 13 de Enero de 2015, informando el Valor Indicativo de Mercado para los renglones 1, 2 y 3 en concordancia al punto II.b. del Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera, inciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Ges-tión precitado.

Que, con fecha 29 de Enero de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO MALAR LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 159/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 159/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en el artículo 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 159/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 18/2015, en-marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contrata-ción de un efector social para un servicio de limpieza, parquizado, mantenimiento de las instalaciones,

Page 59: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 59rectificación, poda y extracción de árboles y fumigación del predio Centro Deportivo Recreativo Na-cional de Zona Norte, Partido de Escobar, Provincia de Buenos Aires, por un período de seis (6) meses con opción a prórroga por un período igual al originalmente contratado o parciales mensuales, soli-citado por la Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Subsecretaría de Deporte Co-munitario, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 18/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 18/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO MALAR LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHENTA ($ 1.246.080.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHENTA ($ 1.246.080.-), con cargo a los créditos del Pre-supuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132426/15 v. 05/08/2015#F4939088F#

#I4939091I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 143/2015

Bs. As., 13/05/2015

VISTO el Expediente N° E-28593-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-50287-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 398/2014 llevada a cabo para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para reparaciones edilicias, en el edificio ubicado en la calle Huergo 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 1066/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO SOLES NUEVOS LIMITADA.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita la ampliación en un importe menor al treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 1066/2014, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 1066/2014, emitida a favor de la COO-PERATIVA DE TRABAJO SOLES NUEVOS LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 398/2014, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 400.438.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CUATRO-CIENTOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 400.438.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132429/15 v. 05/08/2015#F4939091F#

#I4939149I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 145/2015

Bs. As., 13/05/2015

VISTO el Expediente N° E-16475-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la colocación de perfile-rías para carpinterías, la provisión y ejecución de piso de cemento alisado para el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, so-licitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 18 de Marzo de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA FRAGATA LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue apro-bada por Resolución SCyMI N° 13896 de fecha 25 de Septiembre de 2014.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obra Nota N° 338/2015, de fecha 01 de Abril de 2015, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 1970/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Que, con fecha 16 de Abril de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO LA FRAGATA LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 215/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 215/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 215/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 157/2015, en-marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la co-locación de perfilerías para carpinterías, la provisión y ejecución de piso de cemento alisado, para el edificio ubicado en la calle Roldán N° 4415, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 157/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 157/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO LA FRAGATA LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Ar-tículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 886.198,80.-).

Page 60: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 60ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS OCHOCIEN-

TOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 886.198,80.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132457/15 v. 05/08/2015#F4939149F#

#I4939089I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 146/2015

Bs. As., 19/05/2015

VISTO el Expediente N° E-32988-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-80695-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 456/2014 lle-vada a cabo para la contratación de un servicio integral de carga y descarga para el depósito de la Provincia de Tucumán, perteneciente a este Ministerio, emitiéndose la Orden de Compra N° 1071/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DESAFIO LIMITADA, por un período de seis (6) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.

Que la Coordinación de Monitoreo de Depósitos solicita prorrogar la Orden de Compra aludi-da a partir de su vencimiento, por un periodo igual al originalmente contratado.

Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra N° 1071/2014 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DESAFIO LIMITADA, correspondiente a la Con-tratación Directa N° 456/2014, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIOCHO MIL CUA-TROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 1.128.492.-), por un período similar al originalmente contratado, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 1.128.492.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132427/15 v. 05/08/2015#F4939089F#

#I4939142I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 148/2015

Bs. As., 19/05/2015

VISTO el Expediente N° E-32992-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-80694-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 455/2014 llevada a cabo para la contratación de un servicio integral de carga y descarga para el depósito de la Provin-cia de Tucumán, perteneciente a este Ministerio, emitiéndose la Orden de Compra N° 1086/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO 13 DE JUNIO LIMITADA, por un período de seis (6) meses, con opción a prórroga a criterio de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.

Que la Coordinación de Monitoreo de Depósitos solicita prorrogar la Orden de Compra aludi-da a partir de su vencimiento, por un período igual al originalmente contratado.

Que consecuentemente procede realizar la prórroga solicitada en el Considerando precedente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento la Orden de Compra N° 1086/2014 emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO 13 DE JUNIO LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 455/2014, en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 1.128.492.-), por un período similar al originalmente contra-tado, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 1.128.492.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132450/15 v. 05/08/2015#F4939142F#

#I4939139I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 167/2015

Bs. As., 29/05/2015

VISTO el Expediente N° E-17335-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la provisión y ejecución de escaleras y barandas nave Clay y nave Dorrego y cambio de solado de patio en el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 19 de Marzo de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO AMANECER LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue apro-bada por Resolución SCyMI N° 12129 de fecha 02 de Octubre de 2012.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obran Nota N° 339/2015 e Informe N° 1161/2015, de fechas 01 y 16 Abril de 2015 respec-tivamente, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2355/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mer-cado.

Que, con fecha 30 de Abril de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO AMANECER LIMITADA.

Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 238/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 238/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 238/2015 precitado.

Page 61: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 61Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 175/2015, en-

marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y ense-res necesarios para la provisión y ejecución de escaleras y barandas nave Clay y nave Dorrego y cambio de solado de patio en el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servi-cios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 175/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 175/2015 al efector social COO-PERATIVA DE TRABAJO AMANECER LIMITADA, para la realización del de servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN SETENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 1.070.639.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN SETENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE ($ 1.070.639.-), con cargo a los créditos del Pre-supuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132447/15 v. 05/08/2015#F4939139F#

#I4939117I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 179/2015

Bs. As., 11/06/2015

VISTO el Expediente N° E-17328-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar trabajos de canalizaciones, alimentadores eléctricos y tableros seccionales para la puesta en funcionamiento de un centro de distribución eléctrica; puestos eléctricos y estructurado en diferentes salones, para el edificio ubicado en la Avenida Chivilcoy N° 3301, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 08 de Abril de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO 22 DE DICIEMBRE LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 11804 de fecha 20 de Septiembre de 2013.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obran Informes N° 1189/2015 y N° 1268/2015, de fechas 17 de Abril de 2015 y 23 de Abril de 2015 respectivamente, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICA-TURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N°  2565/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Que, con fecha 19 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO 22 DE DICIEMBRE LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 272/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 272/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 272/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 201/2015, en-marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar trabajos de canalizaciones, alimentadores eléctricos y tableros secciona-les para la puesta en funcionamiento de un centro de distribución eléctrica; puestos eléctricos y estructurado en diferentes salones, para el edificio ubicado en la Avenida Chivilcoy N° 3301, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 201/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 201/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO 22 DE DICIEMBRE LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS SETECIENTOS DIECISIETE MIL NOVECIEN-TOS VEINTITRES ($ 717.923.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SETECIEN-TOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS VEINTITRES ($ 717.923.-), con cargo a los créditos del Pre-supuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132438/15 v. 05/08/2015#F4939117F#

#I4939116I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 182/2015

Bs. As., 11/06/2015

VISTO el Expediente N° E-39386-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

Page 62: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 62CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-28687-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 383/2014, llevada a cabo para tareas de remodelación edilicia en el edificio ubicado en la calle Huergo 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitiéndose la Orden de Compra N° 897/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO CONSTRUC-TODO LIMITADA.

Que el Departamento de Servicios Generales solicita la ampliación en un importe menor al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.

Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 897/2014, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 897/2014, emitida a favor de la COOPE-RATIVA DE TRABAJO CONSTRUC-TODO LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 383/2014, en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 135.850.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 135.850.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132437/15 v. 05/08/2015#F4939116F#

#I4939138I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 201/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° E-19910-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar trabajos de canalizaciones, cableados y tableros para la puesta en funcionamiento de un centro de distri-bución eléctrica, alimentadores eléctricos y tableros seccionales en el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, soli-citado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 15 de Abril de 2015.

Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución MDS N° 3602 de fecha 19 de Septiembre de 2007.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obra Informe N° 1399/2015 de fecha 29 de Abril de 2015, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2701/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mer-cado.

Que, con fecha 20 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 287/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 287/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 287/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 210/2015, en-marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para realizar trabajos de canalizaciones, tableados y tableros para la puesta en fun-cionamiento de un centro de distribución eléctrica, alimentadores eléctricos y tableros seccionales en el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 210/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 210/2015 al efector social COOPE-RATIVA DE TRABAJO ANTONIO ALAK LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETE-CIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 738.775.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SETECIEN-TOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 738.775.-), con cargo a los cré-ditos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132446/15 v. 05/08/2015#F4939138F#

#I4939097I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 202/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° E-19932-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para los trabajos de nuevo cableado de electricidad, datos y telefonía, la provisión e instalación de un tablero eléctrico, la realización de canalizaciones, la provisión y colocación de sesenta (60) puestos de trabajo, la instalación eléctrica para aire acondicionado y nuevos artefactos de iluminación en oficinas del 1° Piso, del sector Dorrego, para el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo N° 131, C.A.B.A. en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 20 de Abril de 2015.

Page 63: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 63Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la

realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCIÓN JOR-GE CANELLES LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución MDS N° 979 de fecha 14 de Junio de 2005.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obra Informe N° 1492/2015, de fecha 07 de Mayo de 2015, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2823/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mer-cado.

Que, con fecha 22 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCIÓN JORGE CANELLES LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 279/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 279/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 279/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 216/2015, en-marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para los trabajos de nuevo cableado de electricidad, datos y telefonía, la provisión e instalación de un tablero eléctrico, la realización de canalizaciones, la provisión y colocación de sesenta (60) puestos de trabajo, la instalación eléctrica para aire acondicionado y nuevos arte-factos de iluminación en oficinas del 1° Piso, del sector Dorrego, para el edificio ubicado en la calle Delfín Huergo N° 131, C.A.B.A. en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 216/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 216/2015 al efector social COO-PERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCIÓN JORGE CANELLES LIMITADA, para la realiza-ción del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS SEISCIEN-TOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 699.888,50).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SEISCIEN-TOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 699.888,50), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132435/15 v. 05/08/2015#F4939097F#

#I4939137I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 213/2015

Bs, As., 29/06/2015

VISTO el Expediente N° E-43721-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-1531-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 69/2015, llevada a cabo para la adquisición y colocación de carteles tipo tótem, emitiéndose la Orden de Compra N° 507/2015 a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO CHICAS DEL SUR LIMITADA.

Que la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL solicita la amplia-ción en un importe del veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 507/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 507/2015, emitida a favor de la COOPE-RATIVA DE TRABAJO CHICAS DEL SUR LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 69/2015, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL CUARENTA ($ 140.040.-), por las cau-sales expuestas en los Considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO CUA-RENTA MIL CUARENTA ($ 140.040.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132445/15 v. 05/08/2015#F4939137F#

#I4939136I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 214/2015

Bs. As., 29/06/2015

VISTO el Expediente N° E-43716-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-1532-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 70/2015, llevada a cabo para la adquisición de carteles tipo tótem, emitiéndose la Orden de Compra N° 247/2015 a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO LA SEGUNDA LIMITADA.

Que la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL solicita la amplia-ción en un importe del veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 247/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 247/2015, emitida a favor de la COOPERATI-VA DE TRABAJO LA SEGUNDA LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 70/2015, en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 139.380.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.

Page 64: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 64ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO

TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 139.380.-), con cargo a los créditos del pre-supuesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132444/15 v. 05/08/2015#F4939136F#

#I4939135I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 217/2015

Bs. As., 29/06/2015

VISTO el Expediente N° E-43718-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente N° E-1534-2015 se tramitó la Contratación Directa N° 71/2015 llevada a cabo para la adquisición y colocación de carteles tipo tótem, emitiéndose la Orden de Compra N° 286/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO DE CONSTRUCCION SERVICIO PUBLICO Y ASFALTO EL LIGUE LIMITADA.

Que la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL solicita la amplia-ción en un importe del veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra mencionada en el Conside-rando precedente.

Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 286/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N°  1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°  357/2002, modificatorios y complementarios, N°  632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 286/2015, emitida a favor de la COOPERA-TIVA DE TRABAJO DE CONSTRUCCION SERVICIO PUBLICO Y ASFALTO EL LIGUE LIMITADA, correspondiente a la Contratación Directa N° 71/2015, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO ($ 140.568.-), por las causales expuestas en los Consideran-dos de la presente.

ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO ($ 140.568.-), con cargo a los créditos del presu-puesto de este Ministerio para el ejercicio 2015.

ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

e. 05/08/2015 N° 132443/15 v. 05/08/2015#F4939135F#

#I4939144I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 76/2015

Bs. As., 19/03/2015

VISTO el Expediente N° E-99360-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para prestar un servicio mensual de guardias ambientales, tareas de control y vigilancia, para el predio del ex Instituto Capitán Sarmiento, Mercedes, Provincia de Buenos Aires, en uso por este Ministerio de Desarrollo Social, por un período de SEIS (6) meses, con opción a prórroga por un

período igual al originalmente contratado o períodos parciales, solicitado por la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL, mediante Nota de fecha 18 de Noviembre de 2014.

Que, asimismo, la SECRETARÍA mencionada en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO GUARDIAS AMBIENTALES LI-MITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 6958 de fecha 17 de Septiembre de 2010.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re-solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que mediante Informe N° 4579/2014, la Dirección de Patrimonio y Suministros, en virtud del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado en el Considerando precedente, solicitó se informe el Valor Indicativo de Mercado para el Renglón N° 1.

Que obra NOTA SIGEN N° 7599/2014 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, OT N° 1882/2014, informando los Valores Indicativos de Mercado para el Renglón N° 1, en concor-dancia al punto II.b del Anexo II de la Resolución SGN N° 122/2010, y lo estipulado en la Cláusula Primera, inciso a) del Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión precitado.

Que, con fecha 09 de Febrero de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO GUARDIAS AMBIENTALES LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre-cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 158/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 158/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi-ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 158/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 24/2015, en-marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIADE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICADEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para prestar un servicio mensual de guardias ambientales, ta-reas de control y vigilancia, para el predio del ex Instituto Capitán Sarmiento, Mercedes, Provincia de Buenos Aires, en uso por este Ministerio de Desarrollo Social, por un período de SEIS (6) me-ses, con opción a prórroga por un período igual al originalmente contratado o períodos parciales, solicitado por la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE-TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 24/2015, conforme las pautas detalla-das en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 24/2015 al efector social COO-PERATIVA DE TRABAJO GUARDIAS AMBIENTALES LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y UN MIL ($1.041.000.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN CUARENTA Y UN MIL ($1.041.000.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para el presente ejercicio.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/08/2015 N° 132452/15 v. 05/08/2015#F4939144F#

Page 65: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 65#I4938277I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL 10 DE JUNIO, Matrícula BA 990, (EXPTE. N° 2.457/2.006); y ASOCIACION MUTUAL DE AYUDA SOLIDARIA DE AMERICA LATINA AMASAL, Matrícula BA 2.467, (EXPTE. N° 1.763/2.008); todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina; que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumaria-les por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican entre paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3.369/09, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Re-solución N° 3.369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1° inc. F ap 1 y 2 de la Ley 19.549). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley N° 19.549 (T.O. 1991) BAJO APERCI-BIMIENTO, DE DECLARAR LA CUESTIÓN DE PURO DERECHO. Fdo. Abogada MARIA CELESTE ECHEVERRIA INSTRUCTORA SUMARIANTE.

MARIA CELESTE ECHEVERRIA, Abogada, Instructora Sumariante INAES.

e. 05/08/2015 N° 132069/15 v. 07/08/2015#F4938277F#

#I4938278I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica a la entidad “COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO MULTICREDITO BELGRANO LTDA”, Matrícula 24163 (Exp-te. N° 6000/2013, Resolución N° 4161/2013) que por medio de la Disposición N° 508/2015, se ha resuelto dar por decaído el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer prueba en los términos del artículo 1°, inciso e), apartado N° 8, de la Ley 19.549/72 y declarar la cuestión de puro derecho. Asimismo, por medio de la Providencia N° 814/2015, se le corre traslado por el término de cinco días del informe de veeduría remitido por la Gerencia de Intervenciones e Infrac-ciones a los fines de que ejerza su derecho de defensa en el caso de considerarlo pertinente. Por último, de acuerdo con las normas de vigor, se fija el plazo de DIEZ días para que, de considerarlo pertinente, la entidad proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el art. 60 del Decreto 1759/12. Dicho plazo comenzará a correr, una vez cum-plido el mencionado anteriormente. El presente deberá publicarse por TRES DIAS EN EL BOLETIN OFICIAL, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). Dr. Emilio Mariano Gaggero, Instructor Sumariante, INAES.

Dr. EMILIO MARIANO GAGGERO, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 05/08/2015 N° 132070/15 v. 07/08/2015#F4938278F#

#I4938280I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA a la ASOCIACION MUTUAL 25 DE MAYO - Mat. BA 891, que mediante la Resolución N° 972/12 se ha resuelto: DISPONGO: Artículo 1°: Declarar cerrada la etapa instructoria en el sumario que se instruye bajo expediente N° 3548/2008 a la ASOCIACION MUTUAL 25 DE MAYO - Matricula BA 891, con domicilio legal en calle 10 N° 770 de 25 de Mayo - Pcia. de Buenos Aires. Artículo 2°: Hacer saber a ala sumariada que en el plazo de diez (10) días de notificada podrá presentar su alegato sobre el mérito de las pruebas producidas (artículo 60 del Decreto N° 1.759/72 —T.O 1.991— y articulo 28 de la Reso-lución 3098/98 - TO Resolución N° 3792/10. Artículo 3°: Registrese y notifíquese en los términos previstos por el art. 41 del Decreto N° 1.759/72 (T.O. 1.991). Fdo.: Dr. Ricardo Rubén Peyrano, Coordinador de Intervenciones y Liquidaciones. Mediante Providencia N° 2283/2012 se ha resuel-to notificar en los términos previstos art. 42 del Decreto N° 1.759/72 (T.O 1.991). Fdo.: Dr. Ricardo Rubén Peyrano. Coordinador de Intervenciones y Liquidaciones. Firmado: Dra. Vanesa Cristina Vasquez, Abogada, Instructora Sumariante - INAES.”.

Dra. VANESA CRISTINA VASQUEZ, Asesora Legal, I.N.A.E.S.

e. 05/08/2015 N° 132072/15 v. 07/08/2015#F4938280F#

#I4938281I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA a la COOPERATIVA DE TRABAJO CULTURA PIRCA LTDA. - MAT. CF 29.865 que en el EXPTE. N° 1786/08, mediante la Disposición N° 769/12 se ha resuelto: (...) Artículo 1°: Declárase clausurado el período probatorio. Artículo 2°: Acuérdase a la causante el plazo de diez (10) días, mas los ampliatorios que corres-

pondan en razón de la distancia, para que proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales, en los términos y a los efectos previstos en el art. 60 del Decreto N° 1759/72 T.O. 1991. Artículo 3°: Notifíquese en los términos prescriptos por el art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1.759/72 (T.O. 1.991). Firmado: Dra. Vanesa Cristina Vasquez, Abogada, Asesora Legal - INAES.”.

Dra. VANESA CRISTINA VASQUEZ, Asesora Legal, I.N.A.E.S.

e. 05/08/2015 N° 132073/15 v. 07/08/2015#F4938281F#

#I4938286I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que se ha ordenado ins-truir sumario N° 3158/08 a la ASOCIACION MUTUAL CANCILLERIA - MAT. CF 2199, mediante la Resolución N° 316/09. Dicho sumario tramita por el procedimiento abreviado establecido en los arts. 1 y 2 de la Resolución 3369/09 de este organismo encontrándose suspendidas su autori-zación para funcionar. Se notifica que se ha designado, a la Dra. Vanesa Cristina Vasquez como Instructora Sumariante y se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por de-recho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la C.A.B.A., para que presenten el descargo y ofrezcan las pruebas de que intenten valerse plazo que comenzará a regir desde el último día de publicación (Art 1 inc. f aps.1 y 2 Ley N° 19.549 T.O. 1991), admitiéndose solo prueba documental. Intímasela, para que en el mismo plazo denuncien su domicilio real y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin in-tervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Art. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 T.O. 1991). FDO: Dra. Vanesa Cristina Vasquez, Abogada, Instructora Sumariante- INAES.”.

Dra. VANESA CRISTINA VASQUEZ, Asesora Legal, I.N.A.E.S.

e. 05/08/2015 N° 132078/15 v. 07/08/2015#F4938286F#

#I4938287I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, Capital Federal, notifica que se dispone el cierre de la etapa instructoria, se declara la cuestión de puro derecho de las siguientes entidades: MUTUAL DE FERROVIARIOS Y ADHERENTES (Expte. N° 105/2007, Mat.: CAT.12), ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS TRA-BAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS, CIVILES Y ANEXOS DE LA PROVINCIA DE CHACO (Expte. N° 99/2006, Mat.: CHA.96). De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) días, para que de considerarlo pertinente, las entidades procedan a tomar vista de la actuación sumarial, conforme resolución 3098/08 INAES por Res. 2869/10 INAES T.O. Res. 3792/10, a fin de la presentación del alegato. FDO.: DR. DANIEL BARROS, INSTRUCTOR SUMARIANTE.

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 05/08/2015 N° 132079/15 v. 07/08/2015#F4938287F#

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4938517I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

EDICTO BOLETÍN OFICIAL NACIONAL

NOTIFÍQUESE a la ex agente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, Doña María Elena MONZO L.C. 4.456.221 (Legajo N° 21.673-9), que habiéndose formulado conclusiones de estilo en el Sumario Administrativo N° 224/00, se le solicita sirva concurrir a la sede del Departamento Sumarios Administrativos, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 370 Piso 5°, Oficina 5323, de la Ciudad de Buenos Aires en el horario de 9:30 a 17:00 horas a efectos de tomar vista del mencionado sumario administrativo, por el plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente, al de la presente publicación.

Firmado: MARCELO EDGARDO LIZZI - JEFE (INT.) DEPARTAMENTO SUMARIOS ADMINISTRATI-VOS - ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Abogado MARCELO EDGARDO LIZZI, Jefe (Int.), Departamento Sumarios Administrativos.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 03/08/2015 N° 132251/15 v. 05/08/2015#F4938517F#

#I4931548I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor ENRIQUE EDUARDO VESSURI (DNI N° 21.833.042) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.267/14, Sumario N° 6153, que se sustancia

Page 66: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 66en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Pu-blíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129432/15 v. 05/08/2015#F4931548F#

#I4931549I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Roberto Daniel Estévez (DNI N° 16.131.134) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.412/08, Sumario N° 5225, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129433/15 v. 05/08/2015#F4931549F#

#I4931554I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días há-biles bancarios al señor Carlos Alberto Martínez (DNI N° 10.488.643) y a la firma G.N.C. S.A. (CUIT N° 30-62981611-5) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.307/07, Sumario N° 6087, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129438/15 v. 05/08/2015#F4931554F#

#I4931555I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Patricio Lamarca (DNI N° 10.141.100) y la firma CALIMBOY S.A. (CUIT N° 30-63831571-4) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.735/12, Sumario N° 5405, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIO-RRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129439/15 v. 05/08/2015#F4931555F#

#I4931556I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al representante legal de la firma, HELMASI S.R.L. (C.U.I.L. N° 30-70554959-8) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.456/09, Sumario N° 6108, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declararan sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — GABRIELA BRAVO, Analista Senior de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Conten-ciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129440/15 v. 05/08/2015#F4931556F#

#I4931568I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma COPSENOR COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PRODUCTO-RES RURALES LA CEREALERA DEL NORTE LIMITADA (CUIT N° 30-70852117-1) y a los señores Luis Antonio González (DNI N° 12.875.774) y Gustavo Modesto González (DNI N° 14.292.970) para que com-parezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.074/08, Sumario N° 4951, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustan-ciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 30/07/2015 N° 129452/15 v. 05/08/2015#F4931568F#

#I4935095I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la señora Asunta Pérez Sarabia (DNI N° 94.016.943) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.531/14, Sumario N° 6152, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130866/15 v. 07/08/2015#F4935095F#

#I4935097I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Edgardo Miguel Bittancourt (DNI N° 26.615.481) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.566/09, Sumario N° 5140, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130868/15 v. 07/08/2015#F4935097F#

#I4935098I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores José María Boaventura (CUIT N° 20-60309016-1) y René Gomes de Sousa (CUIT N° 20-60309991-6) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.723/09, Sumario N° 5154, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130869/15 v. 07/08/2015#F4935098F#

#I4935100I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor MANUEL MORA DOMINGUEZ (Nacionalidad Española, Pasaporte N° 22890434-Y) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.800/08, Sumario N° 4685, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIO-RRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130871/15 v. 07/08/2015#F4935100F#

#I4935114I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Masafumi Hirama (CUIT N° 20-60345367-1) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.153/12, Sumario N° 5576, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130885/15 v. 07/08/2015#F4935114F#

#I4935116I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor Eduardo Aldo Royo (DNI N° 10.868.503) y a la firma LOUCEN INTERNATIONAL S.A. —SUCURSAL ARGENTINA— (CUIT N° 30-70775019-3) para que comparezcan en la Gerencia

Page 67: Smario LEYES - Erreparftp2.errepar.com/bo/2015/08/05-08-2015.pdf2015/08/05  · artículos y un (1) anexo, cuyas copias autenticadas en idiomas español e inglés, forman parte de

Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 67de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.100/07, Sumario N° 5267, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por De-creto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130887/15 v. 07/08/2015#F4935116F#

#I4935117I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábi-les bancarios al señor ROBERTO GUSTAVO MORRISON YONGE (CÉDULA DE IDENTIDAD N° RUN 5.126.775-3) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Re-conquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.099/10, Sumario N° 5852, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régi-men Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incompare-cencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130888/15 v. 07/08/2015#F4935117F#

#I4935118I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días há-biles bancarios a los señores José María Pujol (CUIT N° 20-00575799-2) y Roberto Carlos Cortassa (DNI N° 10.064.622) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.648/10, Sumario N° 5117, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130889/15 v. 07/08/2015#F4935118F#

#I4935120I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábi-les bancarios al señor EDUARDO MANUEL MARTINEZ (DNI N° 8.515.551) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.290/06, Sumario N° 4751, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Pu-blíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 03/08/2015 N° 130891/15 v. 07/08/2015#F4935120F#

#I4935185I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Edicto

El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario N° 1388 Expediente N° 101.151/12 caratulado “Banco Cetelem Argentina Sociedad Anónima”, que mediante Resolución N°  628 del 10.07.15, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, im-poner al Señor DECLA Patrick Eugene Marie Joseph (D.N.I. N° 94.003.968) multa de $ 56.000 (pesos cincuenta y seis mil). Dentro de los 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir de la notificación, deberá abonar el importe de la multa aplicada u optar por solicitar el acogimiento al régimen de faci-lidades para el pago de las multas previsto en la Comunicación “A” 5682 del 17.12.2014 - Sección 2 y 3 (antes Comunicación “B” 10451 del 18.09.2012), bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. En ambos casos deberá concurrir a la Gerencia de Administración de Activos Control de Fideicomisos, sita en Sarmiento 1118, P. 2° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De inter-poner recurso de apelación deberá cumplir con lo dispuesto por el art. 2°, inc. 3° de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal y, en consecuencia, acompañar al escrito el formulario correspondiente. En caso de requerirse fotocopias del expediente, su costo será a cargo del interesado. Asimismo se le hace saber que todos los escritos deberán dirigirse a la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.

Por último se informa que por Resolución del Directorio del Banco Central de la República Argenti-na N° 181 del 25.06.15 se dejó sin efecto la Feria en la tramitación de los sumarios que se sustancian en los términos del artículo 41° de la Ley N° 21.526.

Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial.

MARIA CRISTINA GARCIA, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. — VANINA R. LANCIOTTI, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.

e. 03/08/2015 N° 130922/15 v. 05/08/2015#F4935185F#

#I4936607I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Bel-grano N° 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por la Resolución del I.N.A.E.S. N° 2589/09 se ha ordenado instruir sumario a la: “COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSU-MO FIDUCIARIA LIMITADA Expte: 1015/2006 Matrícula: CF 362) designándose al suscripto Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1° inc. f) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el tramité sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DR. DANIEL BARROS. Instructor sumariante.

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/08/2015 N° 131423/15 v. 05/08/2015#F4936607F#

#I4936610I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Bel-grano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, notifica que en mérito a lo establecido por la Resolución del I.N.A.ES N° 501/2007 de fecha 20 de marzo de 2007, se ha ordenado instruir Sumario a la entidad que a continuación se detalla: COOPERATIVA DE TRABAJO DE PROMOCION DE PLAN DE SA-LUD VIVIR LIMITADA (Expte: 3982/2006 Mat. 14679. Ella con domicilio dentro de la República Argentina. Se notifica, además, que en la actuación enumerada “ut supra” he sido designado el suscripto como Instructor Sumariante y en tal carácter se le acuerda a la entidad el plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los descargos y ofrezcan la prueba que haga a su derecho (Art. 1° inc. f) de la Ley N° 19.549, que comenzará a regir desde el último día de la publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T:O: 1991).

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/08/2015 N° 131426/15 v. 05/08/2015#F4936610F#

#I4936612I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Bel-grano N° 1656, Capital Federal, notifica que por medio de la disposición N° 420/11 se ha resuelto dar por decaído el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1° inciso e) apartado N° 8 de la Ley N° 19549/72 y declarar la cuestión de puro derecho a la COOPERATIVA DE TRABAJO MARIA ROSA MISTICA LIMITADA (Expte.: 3047/2007 Mat.: 29.314). De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) días, para que de considerarlo pertinente, la entidad proceda a tomar vista de la actuación sumarial, en los términos y a los efectos previstos con-forme Resolución 3098/08 INAES, por Resolución 2869/10 INAES T.O. Resolución 3792/10. FDO.: DR. DANIEL BARROS. INSTRUCTOR SUMARIANTE.

Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 03/08/2015 N° 131428/15 v. 05/08/2015#F4936612F#

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Miércoles 5 de agosto de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.186 68