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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.154.675 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 4,00 Buenos Aires, lunes 8 de septiembre de 2014 Año CXXII Número 32.963 Pág. Continúa en página 2 DECRETOS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1473/2014 Dase por designado el Director de Impacto Ambiental y Social. ................................................... 1 Decreto 1469/2014 Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión... 2 Decreto 1470/2014 Designación en la Dirección Nacional de Integración y Desarrollo Nacional. ................................ 2 Decreto 1474/2014 Dase por prorrogada designación en la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero de apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo............................................................. 3 FUERZA AEREA ARGENTINA Decreto 1471/2014 Promoción. ................................................................................................................................. 3 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1475/2014 Designaciones en la Oficina Nacional de Innovación de Gestión. ................................................. 4 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Decreto 1462/2014 Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. ................. 4 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1472/2014 Nombramientos. ......................................................................................................................... 4 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1461/2014 Designación en la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial......................... 5 Decreto 1467/2014 Dase por designada la Directora General de Recursos Humanos. ................................................ 5 Decreto 1468/2014 Dase por designado el Director Técnica-Operativa....................................................................... 5 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 1463/2014 Designación en la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional............................. 6 Decreto 1464/2014 Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales. .................................................. 7 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 1476/2014 Dase por prorrogada designación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. ............................... 7 DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 711/2014 Dase por aprobada contratación en la Dirección de Residuos Peligrosos. .................................... 8 Decisión Administrativa 712/2014 Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.............. 8 Primera Sección Sumario DECRETOS #I4660488I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1473/2014 Dase por designado el Director de Impac- to Ambiental y Social. Bs. As., 1/9/2014 VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0016251/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decre- to Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, la Resolución Conjunta de la ex SUBSE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MI- NISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 13 de fecha 10 de mayo de 2007 y lo so- licitado por la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación transitoria, ad honorem, a partir del 1º de abril de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, como Director de Impacto Ambiental y Social de la DIRECCION NA- CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS- TENTABLE de la SECRETARIA DE AM- BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MI- NISTROS, del Ingeniero D. Luis Fernando REINOSO (D.N.I. Nº 24.704.571), en un car- go Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III. Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra- ción Pública, centralizada y descentraliza- da, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente. Que en la SUBSECRETARIA DE PROMO- CION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA- RROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuen- tra vacante y financiado un cargo Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva de Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU- BLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologa- do por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de di- ciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio. Que por la Resolución Conjunta de la ex SUB- SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MI- NISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 13 de fecha 10 de mayo de 2007, se in- corporaron, homologaron y reasignaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTEN- TABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre ellos, el correspondiente a la DIRECCION DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTA- BLE de la SUBSECRETARIA DE PROMO- CION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE con un Nivel de Ponderación III. Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y rein- corporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detalla- da en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA- CION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002. Que el agente involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo estable- cido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar- tículos 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y 1º del Decreto Nº 491/02.

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.154.675

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 4,00

Buenos aires,lunes 8de septiembre de 2014

año CXXiinúmero 32.963

Pág.

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DECRETOS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 1473/2014Dase por designado el Director de Impacto Ambiental y Social. ................................................... 1

Decreto 1469/2014Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión. .. 2

Decreto 1470/2014Designación en la Dirección Nacional de Integración y Desarrollo Nacional. ................................ 2

Decreto 1474/2014Dase por prorrogada designación en la Dirección General del Servicio Administrativo Financiero de apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo. ............................................................ 3

FuerZa aerea argentinaDecreto 1471/2014Promoción. ................................................................................................................................. 3

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 1475/2014Designaciones en la Oficina Nacional de Innovación de Gestión. ................................................. 4

Ministerio De agriCultura, ganaDeria Y PesCaDecreto 1462/2014Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. ................. 4

Ministerio De DeFensaDecreto 1472/2014Nombramientos. ......................................................................................................................... 4

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCasDecreto 1461/2014Designación en la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial. ........................ 5

Decreto 1467/2014Dase por designada la Directora General de Recursos Humanos. ................................................ 5

Decreto 1468/2014Dase por designado el Director Técnica-Operativa. ...................................................................... 5

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialDecreto 1463/2014Designación en la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional. ............................ 6

Decreto 1464/2014Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales. .................................................. 7

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 1476/2014Dase por prorrogada designación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. ............................... 7

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 711/2014Dase por aprobada contratación en la Dirección de Residuos Peligrosos. .................................... 8

Decisión Administrativa 712/2014Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. ............. 8

Primera Sección

Sumario DECRETOS

#I4660488I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1473/2014

Dase por designado el Director de Impac-to Ambiental y Social.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0016251/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decre-to Nº  491 de fecha 12 de marzo de 2002, la Resolución Conjunta de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MI-NISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 13 de fecha 10 de mayo de 2007 y lo so-licitado por la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la designación transitoria, ad honorem, a partir del 1º de abril de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, como Director de Impacto Ambiental y Social de la DIRECCION NA-CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS-TENTABLE de la SECRETARIA DE AM-BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS, del Ingeniero D. Luis Fernando REINOSO (D.N.I. Nº 24.704.571), en un car-go Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel III.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública, centralizada y descentraliza-da, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en la SUBSECRETARIA DE PROMO-CION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuen-tra vacante y financiado un cargo Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva de Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologa-do por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de di-ciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que por la Resolución Conjunta de la ex SUB-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MI-NISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 13 de fecha 10 de mayo de 2007, se in-corporaron, homologaron y reasignaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTEN-TABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre ellos, el correspondiente a la DIRECCION DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTA-BLE de la SUBSECRETARIA DE PROMO-CION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE con un Nivel de Ponderación III.

Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y rein-corporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detalla-da en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo estable-cido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y 1º del Decreto Nº 491/02.

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Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 2

Pág.JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 714/2014Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incorporación. .................................................................. 9

Decisión Administrativa 716/2014Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público. ..................... 9

Decisión Administrativa 717/2014Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión. ......................... 9

Decisión Administrativa 718/2014Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Monitoreo y Estrategias de la Comu-nicación. ..................................................................................................................................... 10

RESOLUCIONES

Congreso De la naCionResolución S/N-HCDNDeclárase la validez del Decreto Nº 351/2014. ............................................................................ 10

Resolución S/N-HCDNDeclárase la validez del Decreto Nº 641/2014. ............................................................................ 10

Resolución S/N-HCDNDeclárase la validez del Decreto Nº 810/2014. ............................................................................ 10

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 12

REMATES OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 12

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 12Anteriores ................................................................................................................................... 23

ASOCIACIONES SINDICALES

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialResolución 893/2014-MTESSReconócese ampliación al Sindicato de Profesionales Universitarios de la Sanidad. .................... 23

Resolución 894/2014-MTESSApruébase modificación del estatuto social del Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas. ............................................................................................................................ 24

Resolución 895/2014-MTESSApruébase el texto del Estatuto Social de la Federación Argentina de los Trabajadores de Prensa. ............................................................................................................................ 24

Resolución 896/2014-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Peones de Taxis Región Centro de la Provincia de Córdoba. ......................................................................... 25

Resolución 899/2014-MTESSReconócese al Sindicato Unico de Trabajadores de Concesionarias Viales y Afines de la Provincia de Santa Fe................................................................................................................................. 25

Resolución 900/2014-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de la Ciudad de Diamante. ..................................................................... 25

Resolución 906/2014-MTESSResolución Nº 1543/2013. Modificación. ..................................................................................... 26

Resolución 898/2014-MTESSRecházase Pedido de Inscripción Gremial. .................................................................................. 26

Resolución 892/2014-MTESSApruébanse las modificaciones al texto del estatuto social del Sindicato de Trabajadores de Industrias Químicas, Petroquímicas y Explosivas. ........................................................................ 27

Resolución 901/2014-MTESSApruébase transformación de la Federación Argentina de Trabajadores del Turf. ......................... 27

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado, ad ho-norem, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 1º de abril de 2013, al Ingeniero D. Luis Fer-nando REINOSO (D.N.I. Nº  24.704.571) como Director de Impacto Ambiental y Social de la DIRECCION NACIONAL DE GESTION DEL DE-SARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRE-TARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARIA DE AM-BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel B - Grado 0 Función Ejecutiva de Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, den-tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1º de abril de 2013.

Art. 3° — La presente medida no implicará erogación alguna.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4660488F#

#I4660484I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1469/2014

Dase por prorrogada designación en la Subsecretaría de Comunicación y Conte-nidos de Difusión.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0014560/2014 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 1786 de fecha 12 de noviembre de 2013 y lo solicitado por la SECRETARIA DE COMUNICACION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2014.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública, centralizada y descentraliza-da, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº  1786 de fe-cha 12 de noviembre de 2013 se dio por designado transitoriamente, por el térmi-no de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les, a D. Miguel Angel SCHAPOVALOFF (D.N.I. Nº 10.326.952), en un cargo Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP), perteneciente a la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRE-TARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir funciones de Responsable de Prensa.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, motivo por el cual resulta necesario efec-tuar la prórroga de la designación mencio-nada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 25 de febrero de 2014, por el término de CIEN-TO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada oportunamente mediante el Decreto Nº 1786 de fecha 12 de noviembre de 2013, a D. Miguel Angel SCHAPOVALOFF (D.N.I. Nº 10.326.952), en un cargo Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, perteneciente a la SUBSECRE-TARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE COMUNICA-CION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir funciones de Res-ponsable de Prensa, con autorización excep-cional por no reunir los requisitos mínimos es-tablecidos en el artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decre-to Nº 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el ar-tículo 1° de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto por la presente me-dida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 -Prensa y Difusión de Actos de Gobierno - de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4660484F#

#I4660485I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1470/2014

Designación en la Dirección Nacional de Integración y Desarrollo Nacional.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0027423/2014 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.895, el Decreto Nº 491 del 12 de mar-zo de 2002, la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 378 del 16 de mayo de 2014 y lo solicitado por la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIO-NAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

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Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 3CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como Coordinadora de Desarrollo Productivo Regional de la DIRECCION NA-CIONAL DE INTEGRACION Y DESARRO-LLO NACIONAL de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL de la SECRE-TARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de la Doctora Da. Juliana ROMERO.

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2014.

Que el artículo 7° de la mencionada ley es-tablece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y finan-ciados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Perma-nente será efectuada por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-risdicción correspondiente.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 378 del 16 de mayo de 2014, se aprobó la COORDI-NACION DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL de la DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION Y DESARROLLO NA-CIONAL de la SUBSECRETARIA DE PLA-NIFICACION Y GESTION PARA LA INTE-GRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en la SUBSECRETARIA DE PLANIFI-CACION Y GESTION PARA LA INTEGRA-CION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, se en-cuentra vacante y financiado UN (1) cargo Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial, homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifi-catorios, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.895 se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, po-drán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la Administración General del País y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITU-CION NACIONAL.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que el Decreto Nº  601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decre-to que propicien designaciones, contra-taciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.

Que la agente involucrada en la presente medida, ha dado cumplimiento a lo esta-blecido en el referido artículo 6° del Decre-to Nº 601/02 y su modificatorio reglamenta-rio del Decreto Nº 491/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, con carácter transi-torio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de la presen-te medida, a la Doctora Da. Juliana ROMERO (D.N.I. Nº  24.619.383) como Coordinadora de Desarrollo Productivo Regional de la DIREC-CION NACIONAL DE INTEGRACION Y DESA-RROLLO NACIONAL de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA IN-TEGRACION NACIONAL de la SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios. La mencionada designa-ción se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de se-lección vigentes según lo establecido, respecti-vamente, en los Títulos II, Capítulos Ill y IV; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, dentro del pla-zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de la medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las par-tidas específicas del presupuesto para el co-rriente Ejercicio de la JURISDICCION 25 - JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4660485F#

#I4660489I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1474/2014

Dase por prorrogada designación en la Di-rección General del Servicio Administrati-vo Financiero de apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP:JGM: 0021631/2014 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº  26.895, los Decretos Nros. 491 de fe-cha 12 de marzo de 2002, 1601 de fecha 4 de noviembre de 2010 y 2227 de fecha 18 de diciembre de 2013 y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2014.

Que mediante el Decreto Nº 1601 de fecha 4 de noviembre de 2010 se dio por desig-nado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en un cargo Nivel B - Grado 0 Función Ejecutiva de Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE. EMPLEO PUBLICO (SINEP), a D. Mariano Alejandro CABEZA (D.N.I. Nº  23.033.234)

para cumplir funciones de Coordinador de Bienes, Contrataciones y Administración de Recursos Humanos de la DIRECCION GENERAL del SERVICIO ADMINISTRATI-VO FINANCIERO DE APOYO A LA AUTORI-DAD DE CUENCA MATANZA - RIACHUELO de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la ex SECRE-TARIA DE COORDINACION ADMINISTRA-TIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, y cuya última prórroga operó me-diante el Decreto Nº 2227 de fecha 18 de diciembre de 2013 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación precedente-mente citada por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administra-ción Pública, centralizada y descentraliza-da, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de de-creto que propicien designaciones, con-trataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fe-cha 15 de marzo de 2002.

Que el agente involucrado en la presente me-dida, se encuentra exceptuado de lo estable-cido en el artículo 6° del Decreto Nº 601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decre-to Nº 491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de la SECRETARIA LE-GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención co-rrespondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles a partir del 21 de mayo de 2014, la de-signación transitoria de D. Mariano Alejandro CABEZA (D.N.I. Nº  23.033.234) efectuada por el Decreto Nº 1601 de fecha 4 de noviembre de 2010 y cuya última prórroga operó mediante el Decreto Nº 2227 de fecha 18 de diciembre de 2013 por el mismo término, en un cargo Nivel B - Grado 0 Función Ejecutiva de Nivel IV, para cumplir funciones como Coordinador de Bie-nes, Contrataciones y Administración de Re-cursos Humanos de la DIRECCION GENERAL del SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO DE APOYO A LA AUTORIDAD DE CUENCA MA-TANZA - RIACHUELO de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SINEP), aprobado por el Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº  2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14, Título II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de

selección vigentes y según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles contados a partir del 21 de mayo de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, Servicio Administrativo Financiero Nº 342, de conformi-dad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 26.895.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4660489F#

#I4660486I#FUERZA AEREA ARGENTINA

Decreto 1471/2014

Promoción.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO lo informado por el señor Jefe del ES-TADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA y lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que la Alférez Da. Cecilia WALTER (E. Com-pl. 102.221) del Cuerpo de los Servicios Profesionales de la FUERZA AEREA AR-GENTINA - F.A.A., habiendo cumplimen-tado el Tiempo Deseable de Permanencia en el Grado, establecido en la Resolución Nº 389 de fecha 29 de abril del año 2011 del Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL de la citada Fuerza, no fue considerada para as-censo por la Junta de Calificaciones de Ofi-ciales Subalternos en agosto de 2011, en razón de no disponerse el procedimiento administrativo que confirme su Alta Efec-tiva.

Que el Alta Efectiva fue resuelta por el MI-NISTERIO DE DEFENSA con fecha 28 de octubre de 2011, con posterioridad a las sesiones de la Junta de Calificaciones de Oficiales Subalternos del año 2011.

Que la Junta de Calificaciones de Oficiales Subalternos correspondiente al año 2012 procedió al tratamiento de la misma con-forme a lo establecido en Párrafo Nº  173 inciso 2º) apartado b) Casos Especiales de Convocatoria del Título II Capítulo III “Per-sonal Militar en Actividad”, de la Reglamen-tación para la FUERZA AEREA ARGEN-TINA - F.A.A. de la Ley Nº  19.101 para el Personal Militar (RLA 1) para su regulariza-ción administrativa, proponiendo calificarla “Apto para las Funciones del Grado Inme-diato Superior” con fecha 31 de diciembre de 2011.

Que dichas actuaciones fueron aprobadas por el Señor Jefe del ESTADO MAYOR GE-NERAL DE LA FUERZA AEREA ARGENTI-NA.

Que tomó intervención el Departamento de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Personal y Bienestar de la citada Fuerza emitiendo dictamen favorable.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE DEFENSA ha intervenido sin efectuar objeción alguna para el dictado del acto administrativo co-rrespondiente, que conceda el ascenso al grado inmediato superior a la citada oficial subalterna.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL está facultado para dictar la medida ad-ministrativa correspondiente en virtud de lo establecido por el Artículo 45 de la Ley para el Personal Militar Nº 19.101 y sus mo-dificatorias.

Page 4: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 4Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Promuévese al grado inmedia-to superior con fecha 31 de diciembre de 2011, a la Alférez Da. Cecilia WALTER (E. Compl. 102.221 - D.N.I. Nº 25.546.026), del Cuerpo de los Servicios Profesionales de la FUERZA AE-REA ARGENTINA - F.A.A.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi.

#F4660486F#

#I4660490I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1475/2014

Designaciones en la Oficina Nacional de Innovación de Gestión.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM 0032541/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, el De-creto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 470 del 23 de junio de 2011, las Resolu-ciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 955 del 22 de noviem-bre de 2012, 980 del 28 de noviembre de 2012 y 750 del 13 de septiembre de 2013 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la ex SE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y su modifi-catoria, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por la Decisión Administrativa Nº 470 del 23 de junio de 2011 se exceptuó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y comple-mentada por el Decreto Nº 2054/10, a los efectos de posibilitar la cobertura de CIEN-TO SETENTA Y NUEVE (179) cargos vacan-tes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 892 del 13 de noviembre de 2012 se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA (90) cargos vacantes y financiados de la Planta Per-manente, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y su modificatoria.

Que mediante la Resolución de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 955 del 22 de noviembre de 2012, con las acla-raciones de su similar Nº 980 del 28 de no-viembre de 2012, se aprobaron las Bases de los Concursos para la cobertura de NOVEN-TA (90) cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos de la misma, y se llamó a concurso mediante convocatoria extraordinaria y abierta, para la cobertura de los cargos vacantes y finan-ciados detallados en su Anexo II.

Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo concurso correspon-dientes al Comité de Selección Nº 8.

Que dicho Comité se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados, el cual fue aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 750 del 13 de septiembre de 2013.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios dispone que todo ingre-so del personal se realizará en el Grado y Tramo inicial del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera selecciona-do. Cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorpo-ración en el Grado siguiente al establecido precedentemente.

Que por el artículo 31 del Anexo del De-creto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escala-fonario superior dentro de su agrupamien-to de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.

Que por el artículo 128 del Anexo del De-creto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al me-nos TRES (3) Ejercicios Presupuestarios se desempeñara como personal no per-manente, mediante contratos o designa-ciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superio-res equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la propor-ción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del presente, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de equiparación reconocidos en dichos con-tratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispues-to en el inciso c) del citado artículo.

Que por el Acta Nº  9 del 19 de julio de 2013, el Comité de Selección de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo del Decreto Nº 2098/08, y sus mo-dificatorios, y considerando que la postu-lante Licenciada Da. Martina SAUDINO vie-ne desarrollando tareas afines con las del puesto, recomienda incorporar a la nom-brada en el Grado DOS (2) del nivel esca-lafonario concursado y asignar a la Licen-ciada Da. Irene Margarita Diana GORINI el Grado UNO (1) del nivel escalafonario del cargo concursado en virtud de lo dispuesto por el artículo 24 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI-NEP) homologado por el referido Decreto.

Que las designaciones en los cargos de que se trata no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Perma-nente será efectuada por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-risdicción correspondiente.

Que se ha dado cumplimiento a lo estable-cido por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.895, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacan-tes financiados cuyo detalle obra en el artículo siguiente.

Art. 2° — Desígnense a las Licenciadas Da. Martina SAUDINO (D.N.I. Nº  25.134.720) y Da. Irene Margarita Diana GORINI (D.N.I. Nº 20.506.459), en la Planta Permanen-te, ambas como Profesional Asistente de Pro-gramas y Sistemas de Gestión de Calidad, con Nivel C, Grado 2 y Nivel C, Grado 1, respectiva-mente, del Tramo General, Agrupamiento Pro-fesional, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSE-CRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti-das específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCION 25 - JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4660490F#

#I4657154I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 1462/2014

Dase por prorrogada designación en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº  S05:0545600/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 2.104 de fecha 29 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº  2.104 de fe-cha 29 de diciembre de 2010 se designó transitoriamente a la agente Doña Marcela Lisete KOTARAS (M.l. Nº  23.306.279), en un cargo Nivel C, de Analista Superior del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SI.N.E.P.) del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el De-creto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, existente en la Planta Permanente de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA.

Que el citado cargo debía ser cubierto, conforme al proceso de selección previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homolo-gado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que encontrándose cumplido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no ha-biéndose efectuado la correspondiente con-vocatoria, razones operativas hacen necesa-rio prorrogar dicha designación transitoria.

Que la citada agente se encuentra actual-mente desempeñando el cargo referido en el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí-dicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artícu-los 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NA-CIONAL y 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 29 de septiembre de 2011, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, con-tados a partir del dictado de la presente me-dida, la designación transitoria dispuesta por el Decreto Nº  2104 de fecha 29 de diciembre de 2010, de la agente Doña Marcela Lisete KOTARAS (M.I. Nº 23.306.279), en un cargo Ni-vel C, de Analista Superior, del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homo-logado por el Decreto Nº 2098/08, existente en la Planta Permanente de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANA-DERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 2° — El cargo involucrado en el Artícu-lo 1° de la presente medida deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respec-tivamente, en el Título II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupues-to de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRI-CULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.

#F4657154F#

#I4660487I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 1472/2014

Nombramientos.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente del MINISTERIO DE DE-FENSA Nº 7280/14, lo propuesto por el Mi-nistro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario proceder al nom-bramiento de Oficiales Superiores para la cobertura de los cargos de la conducción superior de la FUERZA AEREA y del ES-TADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUER-ZAS ARMADAS.

Que los Oficiales Superiores propuestos cuentan con el perfil profesional adecuado para el desempeño de las funciones que se les asignan.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que esta instancia se halla facultada para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido en el artículo 99, inciso 12), de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Nómbranse en los cargos que se indican, a los siguientes Oficiales Superiores de la FUERZA AEREA:

Page 5: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 5Director General de Aeronavegabilidad Militar

Conjunta del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS:

Brigadier Hugo Gustavo DI RISIO (D.N.I. Nº 12.255.303)

Director General de Educación:

Brigadier Enrique Víctor AMREIN (D.N.I. Nº 12.884.628)

Secretario General de la Fuerza Aérea:

Brigadier Alfredo Horacio AMARAL (D.N.I. Nº 13.631.724)

Subdirector General de Educación:

Brigadier Fernando Luis NIETO (D.N.I. Nº 14.040.939)

Jefe III Operaciones - COMANDO OPERA-CIONAL del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS:

Brigadier Héctor Aníbal ASCAZURI (D.N.I. Nº 13.503.246)

Director de la ESCUELA DE AVIACION MI-LITAR:

Brigadier Oscar CHARADIA (D.N.I. Nº 12.843.986)

Director General de Aeronavegabilidad Mi-litar: Brigadier Víctor Antonio PÉREZ (D.N.I. Nº 12.833.273)

Jefe I Personal - ESTADO MAYOR CONJUN-TO DE LAS FUERZAS ARMADAS:

Brigadier Víctor Raúl BROCCOLI (D.N.I. Nº 13.360.824)

Director General de Comunicaciones e Infor-mática:

Brigadier Marcelo Adrián ALEJANDRO (D.N.I. Nº 13.749.622)

Director de Administración de Personal:

Brigadier Carlos Norberto FERRO (D.N.I. Nº 13.983.163)

Jefe del Cuartel General de la Subjefatura del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA:

Brigadier Darío Eugenio ALCALDE (D.N.I. Nº 13.556.106)

Jefe del ESTADO MAYOR DEL COMANDO DE ADIESTRAMIENTO Y ALISTAMIENTO:

Brigadier Roberto ANDREASEN (D.N.I. Nº 14.435.451)

Subdirector de la ESCUELA DE AVIACION MILITAR:

Brigadier Gustavo Alfredo TESTONI (D.N.I. Nº 14.408.770)

Jefe de la VI Brigada Aérea:

Brigadier José Javier VIDELA (D.N.I. Nº 14.015.852)

Comandante de la Fuerza de Tareas Conjun-tas de Control Aeroespacial - Fortín II - ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMA-DAS:

Brigadier Edgardo Ítalo Daniel BUSETTI (D.N.I. Nº 13.647.985)

Director General de Asuntos Jurídicos:

Brigadier Armando Alberto BONADEO (L.E. Nº 7.696.928)

Director General de Administración y Fi-nanzas:

Brigadier César Eduardo ALFAYA (D.N.I. Nº 11.747.408)

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi.

#F4660487F#

#I4657153I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1461/2014

Designación en la Subsecretaría de Admi-nistración y Normalización Patrimonial.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0235159/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, se dispuso el conge-lamiento de los cargos vacantes finan-ciados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con pos-terioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propues-ta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA LEGAL Y AD-MINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se consi-dera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, de Coordinador Area Organiza-ción y Análisis de Información del Centro de Documentación e Información depen-diente de la SUBSECRETARIA DE ADMI-NISTRACION Y NORMALIZACION PATRI-MONIAL de la mencionada Secretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Que si bien el profesional propuesto po-see los requisitos de experiencia e idonei-dad necesarios para cubrir dicho cargo, deberá ser exceptuado de los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que el cargo aludido no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisi-tos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en vir-tud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITU-CION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado tran-sitoriamente, a partir del 1 de noviembre de

2013 y hasta el 2 de febrero de 2014, al Ana-lista de Computación Don Rodrigo Germán OCHOAIZPUR ITURAIN (M.l. Nº  18.783.796) en el cargo de Coordinador Area Organiza-ción y Análisis de Información del Centro de Documentación e Información de la SUBSE-CRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMA-LIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel B, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel IV del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº  2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y con autorización excepcio-nal por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 14 del citado convenio.

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONO-MIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4657153F#

#I4660482I#

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1467/2014

Dase por designada la Directora Gene-ral de Recursos Humanos.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº  S01:0207567/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Le-yes Nros. 26.784 y 26.895 y los Decre-tos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, se dispuso el conge-lamiento de los cargos vacantes finan-ciados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con pos-terioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propues-ta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Función Ejecutiva Nivel I, de Director General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la mencionada Secretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Que la profesional propuesta posee los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir dicho cargo.

Que el cargo aludido no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisi-tos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en vir-tud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITU-CION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada tran-sitoriamente, a partir del 23 de septiembre de 2013 y hasta el 10 de enero de 2014, a la Licenciada en Administración Doña Vir-ginia Isabel MAYER (M.I. Nº  14.087.990) en el cargo de Director General de Recursos Humanos de la SUBSECRETARIA DE AD-MINISTRACION Y NORMALIZACION PATRI-MONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMI-NISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel A, autorizán-dose el pago por Suplemento de Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fe-cha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONO-MIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4660482F#

#I4660483I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1468/2014

Dase por designado el Director Técni-ca-Operativa.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº  S01:0011942/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº  26.895 y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895, se dispuso el congelamiento de los car-gos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Admi-nistración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo deci-sión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposicio-nes del Artículo 10 de la citada ley.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PO-

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Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 6DER EJECUTIVO NACIONAL a propues-ta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE AD-MINISTRACION Y NORMALIZACION PA-TRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Función Eje-cutiva Nivel III, de Director Técnica-Ope-rativa de la Dirección General de Adminis-tración de la mencionada Subsecretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una ex-cepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que el profesional propuesto reúne los re-quisitos de experiencia e idoneidad nece-sarios para cubrir dicho cargo.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº  4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LE-GAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado transi-toriamente, a partir del 13 de enero de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Ingeniero Civil Don Raúl Facundo BONALDI (M.I. Nº  18.898.601) en el cargo de Director Técnica-Operativa de la Dirección Ge-neral de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PA-TRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMI-NISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel B, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 13 de enero de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Ju-risdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. – Axel Kicillof.

#F4660483F#

vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte de la citada medida.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL Nº 619 del 11 de junio de 2010 y su rectificatoria Nº 716 del 16 de julio de 2010, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de TRES-CIENTOS (300) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régi-men de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte de la referida resolución.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL Nº 670 del 6 de julio de 2010 y su rectificatoria Nº 715 del 16 de julio de 2010, se apro-baron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de los mencionados cargos.

Que por el artículo 2° de la resolución citada en primer término en el considerando ante-rior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los cuales se encuentran los cargos de Analista en Formación Profesional de la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional de la SUB-SECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y con los procedimientos de selección es-tablecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL Nº 153 del 21 de febrero de 2011, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para DIEZ (10) cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Analista en Formación Profe-sional de la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional de la SUBSE-CRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL, ocupando el primer lugar la Lic. Paula BEVACQUA (M.I.: 30.201.543), el segundo lugar la Lic. Carolina LIOTTI (M.I.: 20.442.684), el tercer lugar la Lic. Na-talia Giselle ROCHA (M.I.: 26.194.297), el cuarto lugar el Lic. Daniel Oscar LOPEZ (M.I.: 16.401.779), el quinto lugar la Lic. Mariquena VALLEJO (M.I.: 28.866.749), el sex-to lugar la Lic. Valeria Silvina MITRE (M.I.: 24.595.148), el séptimo lugar la Lic. Andrea Soledad AGUIRRE (M.I.: 28.032.089), el octavo lugar la Lic. Gabriela Edith BROOK (M.I.: 16.019.457), el noveno lugar la Lic. Karen Elena ESTEVE (M.I.: 23.863.352), el décimo lugar el Lic. Matías AIZCORBE (M.I.: 26.473.459), el décimo primer lugar el CPN Claudio Fernando PEREZ (M.I.: 17.856.258), el décimo segundo lugar el Lic. Héc-tor Hernán IZURIETA (M.I.: 25.071.840), el décimo tercer lugar el Dr. Ariel Gerardo ARANA (M.I.: 25.142.264), el décimo cuarto lugar la Lic. María José SANTIAGO (M.I.: 27.607.808) y el décimo quinto lugar el Dr. Juan Patricio PUTZEYS (M.I.: 28.895.402), conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de dicha Resolución.

Que mediante el Decreto Nº 620 del 25 de abril de 2012, se designó, en el ámbito del MI-NISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO, a las perso-nas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la citada medida.

Que corresponde designar a la Lic. María José SANTIAGO (M.I.: 27.607.808), en razón de que las Licenciadas Carolina LIOTTI (M.I.: 20.442.684) y Mariquena VALLEJO (M.I.: 28.866.749) han presentado sus renuncias a los cargos en los que fueron designadas.

Que asimismo, el Dr. Juan Patricio PUTZEYS (M.I.: 28.895.402) ha presentado su renuncia al cargo, debiendo declararse desierto, en consecuencia, UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Analista en Formación Profesional.

Que el artículo 24 del Anexo al Decreto Nº 2.098/08 dispone que todo ingreso del personal a la carrera establecida por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento correspondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado. Cuando el órgano selector estimara condicio-nes de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que por el Acta Nº 15 del Comité de Selección Nº 11, se ha recomendado que en las incorporaciones de los aspirantes calificados en primer término en el Orden de Méri-to como la de aquellos que habiendo participado en los referidos concursos estuvieran eventualmente en condiciones de ingresar a la jurisdicción, se aplique lo establecido por el artículo 24 del Anexo al Decreto Nº 2.098/08 y se los designe e incorpore en el Grado 1 del Nivel escalafonario correspondiente, todo ello por haber demostrado condiciones especialmente relevantes a lo largo de todas las etapas y evaluaciones practicadas.

Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 la Ley Nº 26.895 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL, en la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional de la SUBSECRE-TARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL dependiente de la SECRETA-RIA DE EMPLEO, a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

#I4657155I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 1463/2014

Designación en la Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.395.464/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, 620 del 25 de abril de 2012, las Decisiones Administrativas Nros. 180 del 15 de abril de 2010, 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias y 1 del 3 de enero de 2014, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL Nros. 619 del 11 de junio de 2010, 670 del 6 de julio de 2010, 715 y 716 del 16 de julio de 2010, y 153 del 21 de febrero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.895 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que mediante el Decreto Nº  491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción corres-pondiente.

Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005, y sus modificatorios, y la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, se aprobó la estructura del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU-RIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público.

Que por la Decisión Administrativa Nº 180 del 15 de abril de 2010 se exceptuó al MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.546, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos

Page 7: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 7Art. 2° — La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo dis-

puesto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.

ANEXO

APELLIDO Y NOMBRE M.I. N° AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO CARGO

LUGAR DE PRESTACION DE

SERVICIOS

SANTIAGO, María José 27.607.808 Profesional C General 1

Analista en Formación Profesional

Dirección Nacional de Orientación y Formación

Profesional

#F4657155F#

#I4657156I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 1464/2014

Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales.

Bs. As., 28/8/2014

VISTO el Expediente Nº 1.394.450/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 180 del 15 de abril de 2010, 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias y 1 del 13 de enero de 2014, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010 y las Resolu-ciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 619 del 11 de junio de 2010, 670 del 6 de julio de 2010, 715 y 716 del 16 de julio de 2010, 358 del 25 de abril de 2011, 99 del 27 de enero de 2012 y el Acta Nº 25 del Comité de Selección Nº 4 del 22 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.895 se dispuso que las facultades otorgadas por dicha ley al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable Político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que mediante el Decreto Nº  491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción corres-pondiente.

Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, se aprobó la estructura del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU-RIDAD SOCIAL.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 260 del 18 de marzo de 2011, se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel ope-rativo de la estructura de esa Cartera de Estado.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL Nº 99 del 27 de enero de 2012 se aprobaron las aperturas inferiores correspon-dientes a los niveles de departamento y división de la SECRETARIA DE TRABAJO de esa Jurisdicción.

Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por la Decisión Administrativa Nº 180 del 15 de abril de 2010 se exceptuó al MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.546, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la citada medida.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 619 del 11 de junio de 2010 y su rectificatoria Nº 716 del 16 de julio de 2010, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de TRESCIENTOS (300) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la referida resolución.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SO-CIAL Nº 670 del 6 de julio de 2010 y su rectificatoria Nº 715 del 16 de julio de 2010, se apro-

baron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de los mencionados cargos.

Que por el artículo 2° de la primera de las resoluciones citadas en el considerando an-terior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Asistente Técnico Administrativo (Territorial) de la Delegación Regional Catamarca de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y con los procedimientos de selección es-tablecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 358 del 25 de abril de 2011, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) car-go del Agrupamiento General, Nivel D, Asistente Técnico Administrativo Territorial de la Delegación Regional Catamarca de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ocupando el primer lugar la Sra. Patricia del Carmen AGUIRRE (M.l. Nº 30.805.753), conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2.098/08 dispone que todo ingreso del per-sonal a la carrera establecida por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento correspondiente al pues-to de trabajo para el que fuera seleccionado y que cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que por el Acta Nº 25 del Comité de Selección Nº 4 del 22 de diciembre de 2010, se recomendó que en las incorporaciones de los aspirantes calificados en primer término en el Orden de Mérito se aplique lo establecido por el artículo 24 del Anexo al Decreto Nº 2.098/08 y se los designe e incorpore en el Grado 1 del Nivel escalafonario correspon-diente, todo ello por haber demostrado condiciones especialmente relevantes a lo largo de todas las etapas y evaluaciones practicadas.

Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7 y 10 de la Ley Nº 26.895 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURI-DAD SOCIAL en la Delegación Regional Catamarca de la Dirección Regional NOA de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, a la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2° — La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo dis-puesto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.

ANEXO

APELLIDO Y NOMBRE DNI AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO CARGO

LUGAR DE PRESTACION DE

SERVICIOS

Patricia del Carmen, AGUIRRE

30.805.753 General D General 1Asistente Técnico

Administrativo (Territorial)

Delegación Regional Catamarca

#F4657156F#

#I4660491I#

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 1476/2014

Dase por prorrogada designación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº  S02:0003134/2014 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Des-

centralizado actuante en la órbita del MI-NISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPOR-TE, la Ley Nº 26.895, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 1787 del 5 de noviembre de 2008, Nº 384 del 9 de abril de 2013, y la Disposición de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Nº 375 del 16 de noviembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº  491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ám-bito de la Administración Pública, cen-

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Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 8tralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTI-VO NACIONAL a propuesta de la juris-dicción correspondiente.

Que a través del Decreto Nº 1787/08 se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), Organismo Descentraliza-do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la Disposición ANSV Nº  375/10 aprobó las aperturas inferiores corres-pondientes a los niveles de Departa-mento de las áreas de apoyo de dicho organismo.

Que por el Decreto Nº 384/13 se designó transitoriamente en la Planta Permanen-te de la AGENCIA NACIONAL DE SEGU-RIDAD VIAL a la persona aludida en el artículo 1° de dicho acto administrativo.

Que resulta necesario prorrogar la men-cionada designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, toda vez que aún no se ha rea-lizado el proceso de selección previsto.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGEN-CIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTE-RIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del ar-tículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogado a partir del 27 de diciembre de 2013 y por el térmi-no de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto, el plazo establecido por el Decre-to Nº  384 del 9 de abril de 2013, con rela-ción a la designación con carácter transito-rio en la Planta Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organis-mo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE, del Sr. D. Miguel Ángel LOBIANCO (D.N.I. Nº 26.796.090), en el cargo de ANA-LISTA ADMINISTRATIVO de la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS, Ni-vel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº  2098 del 3 de diciembre de 2008, y con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Art. 2° — El cargo involucrado en el ar-tículo 1° deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los Títulos II, Capí-tulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº  2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS-PORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS-TRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4660491F#

#I4660527I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 711/2014

Dase por aprobada contratación en la Dirección de Residuos Peligrosos.

Bs. As., 3/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0016941/2014 del Registro de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 de fecha 3 de di-ciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del con-trato suscripto con fecha 28 de marzo de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado en-tre el titular de la SECRETARIA DE AM-BIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS y Da. Daiana Antonella LÓPEZ (D.N.I. Nº 38.612.296) de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del per-sonal por tiempo determinado, aprobán-dose mediante Resolución de la ex SUB-SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente de que se trata, según sur-ge de los actuados, se encuentra afec-tada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el De-creto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previen-do para el Nivel D diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad ne-cesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contrata-ción solicitada como excepción a lo esta-blecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº  491 de fecha 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.

Que la agente de que se trata ha efectua-do una real y efectiva prestación de servi-cios a partir del 1° de abril de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

DECISIONESADMINISTRATIVAS

Que previo a dar trámite a la presente medida, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuesta-rios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Admi-nistración Nacional Nº 26.895 - Servicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artícu-lo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efectos al 1° de abril de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SE-CRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y Da. Daiana Antonella LÓPEZ (D.N.I. Nº  38.612.296), para desem-peñar funciones de Asistente Administrativa en la DIRECCION DE RESIDUOS PELIGRO-SOS de la DIRECCION NACIONAL DE CON-TROL AMBIENTAL de la SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIEN-TAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINA-CION de la citada Secretaría, equiparada al Nivel D - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164, su reglamenta-ción dispuesta por el Decreto Nº 1421 de fe-cha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artícu-lo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 regla-mentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendi-do con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, de confor-midad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº  26.895 - Ser-vicio Administrativo Financiero Nº  317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4660527F#

#I4660528I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 712/2014

Dase por aprobada contratación en la Se-cretaría de Ambiente y Desarrollo Susten-table.

Bs. As., 3/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0020089/2014 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modifica-torios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Ad-ministrativa Nº 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de di-ciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto con fecha 30 de diciembre de 2013, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE AMBIEN-TE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Oscar Carlos FERNANDEZ (D.N.I. Nº  28.488.226) de acuerdo con las previ-siones del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la apli-cación del mismo.

Que el agente de que se trata, según sur-ge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de activida-des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solici-tada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, ad-juntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de enero de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibi-lidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-

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Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 9ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupues-to General de la Administración Nacional Nº 26.895 - Servicio Administrativo Financie-ro Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han toma-do la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº  577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1º — Dase por aprobado con efec-tos al 1º de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Mi-nistros, celebrado entre el titular de la SECRE-TARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUS-TENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Dn. Oscar Carlos FERNANDEZ (D.N.I. Nº 28.488.226), para desempeñar fun-ciones de Asesor Especializado en la UNIDAD SECRETARIO de la citada Secretaría, equipa-rado al Nivel B - Grado 2 del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Pú-blico Nacional Nº  25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLI-CA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2º — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente deci-sión administrativa, como excepción a lo esta-blecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3º — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Adminis-tración Nacional Nº 26.895 - Servicio Adminis-trativo Financiero Nº 317 de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4660528F#

#I4660530I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 714/2014

Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incor-poración.

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0006124/2014 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley

Nº 26.895 aprobatoria del Presupuesto Ge-neral de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014, el Decreto Nº 769 del 25 de junio de 2009 y la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Nº 769 del 25 de junio de 2009 se modifica la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la JURISDICCION 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para el Ejercicio del año 2009 creando, mediante el artículo 2° del referido decre-to, con dependencia directa de la entonces SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICA-CION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de Asesores, con ran-go y jerarquía de Subsecretario.

Que en consecuencia, resulta necesario incorporar con carácter de excepción, a partir de la vigencia de la presente medida, el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el in-ciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITU-CION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Incorpórase, con carácter de excepción a partir del dictado de la presen-te medida, el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores creado mediante el artículo 2° del Decreto Nº 769 del 25 de junio de 2009, con dependencia directa de la entonces SECRE-TARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS actual SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de esta Jurisdicción, en los artícu-los 1°, 2° y 3°, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Ad-ministrativa Nº  477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 2° — El gasto que demande la presente medida será atendido con las partidas presu-puestarias de la JURISDICCION 25 - JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4660530F#

#I4660531I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 716/2014

Dase por aprobada contratación en la Sub-secretaría de Gestión y Empleo Público.

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0021521/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Na-cional Nº 25.164, reglamentada por el De-creto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa

Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modi-ficatorias y la Resolución de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de abril de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDI-NACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Facun-do Javier VARGAS (D.N.I. Nº  30.637.812), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decre-to mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mis-mo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios vigentes de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 26.895.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han toma-do la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de mayo de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINE-TE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Facundo Javier VARGAS (D.N.I. Nº 30.637.812), para desempeñar funciones de Analista Técni-co Especializado en la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRE-TARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo. #F4660531F#

#I4660532I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 717/2014

Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0014964/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifica-torios la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 28 de febrero de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COOR-DINACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Marcelo Jorge ALAIS (D.N.I. Nº 10.555.128), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-ción del mismo.

Page 10: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 10Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mí-nimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel A di-versas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo pre-cedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funcio-nes asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de marzo de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Juris-dicción han verificado la respectiva disponi-bilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos Presupuestarios vigentes de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 26.895.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de marzo de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINE-TE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Marcelo Jorge ALAIS (D.N.I. Nº 10.555.128), para desempeñar funciones de Asesor Informático Experto en la SUBSECRETARIA DE TECNOLO-GIAS DE GESTION de la citada Secretaría, equi-parado al Nivel A - Grado 0, del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), apro-bado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABI-

NETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4660532F#

#I4660533I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 718/2014

Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Monitoreo y Estra-tegias de la Comunicación.

Bs. As., 4/9/2014

VISTO el Expediente Nº  CUDAP: EXP-JGM: 0017366/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacio-nal Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley Nº 26.895, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifica-torios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del con-trato suscripto con fecha 31 de octubre de 2013, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GES-TION ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARIA DE COMUNICACION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Leandro Manuel AGILDA (D.N.I. Nº 28.696.237), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº  1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que es-tará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose median-te la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mí-nimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B di-versas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el conside-rando precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mismo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la

contratación del mismo como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del ar-tículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el agente involucrado en el presen-te acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de noviembre de 2013, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Juris-dicción han verificado la respectiva disponi-bilidad de créditos presupuestarios.

Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a las Partidas Presupuestarias correspondientes del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, de conformidad con la Ley de Presu-puesto General de la Administración Nacio-nal Nº 26.895.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRE-TARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec-tos al 1° de noviembre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, el contrato suscripto ad refe-réndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETA-RIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Lean-dro Manuel AGILDA (D.N.I. Nº 28.696.237), para desempeñar funciones de Asesor en Comunica-ción en la DIRECCION GENERAL DE MONITO-REO Y ESTRATEGIAS DE LA COMUNICACION de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previ-siones del artículo 9° del Anexo de la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacional Nº  25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medi-da, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Re-gulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4660533F#

RESOLUCIONES

#I4660503I#Honorable Cámara de Diputados de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución S/N

Declárase la validez del Decreto Nº 351/2014.

Bs. As., 27/8/2014

Señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presiden-ta, comunicándole que esta H. Cámara ha aproba-do, en sesión de la fecha, la siguiente resolución.

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIONRESUELVE:

Artículo 1° — Declarar la validez del decreto 351 de fecha 21 de marzo del año 2014.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Dios guarde a la señora Presidenta.

JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese.#F4660503F#

#I4660504I#Honorable Cámara de Diputados de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución S/N

Declárase la validez del Decreto Nº 641/2014.

Bs. As., 27/8/2014

Señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presiden-ta, comunicándole que esta H. Cámara ha aproba-do, en sesión de la fecha, la siguiente resolución.

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIONRESUELVE:

Artículo 1° — Declarar la validez del decreto 641 de fecha 6 de mayo de 2014.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Dios guarde a la señora Presidenta.

JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese.#F4660504F#

#I4660505I#Honorable Cámara de Diputados de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución S/N

Declárase la validez del Decreto Nº 810/2014.

Bs. As., 27/8/2014

Señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Presiden-ta, comunicándole que esta H. Cámara ha aproba-do, en sesión de la fecha, la siguiente resolución.

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIONRESUELVE:

Artículo 1° — Declarar la validez del decreto 810 de fecha 29 de mayo de 2014.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Dios guarde a la señora Presidenta.

JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese.#F4660505F#

Page 11: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes 8 de septiembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 11

Page 12: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 12SUBASTA: el próximo 15 de septiembre, a las 11, en Esmeralda 660, 3° Piso, Salón Audito-

rio “Santa María de los Buenos Ayres”, Ciudad de Buenos Aires.

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Las deudas por expensas comunes, impuestos, gravámenes en general, que pesan sobre los bienes, serán asumidas por el Gobierno de la Ciudad, hasta el monto máximo que resulte del producido de los bienes.

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CONCURSOS OFICIALESNuevos

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Concurso Público y Abierto 9/2014

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LLAMADO A CONCURSO PUBLICO Y ABIERTO N° 09/2014 PARA LA COBERTURA DEL CAR-GO DE “AYUDANTE GENERAL DE TECNICA.” DEPENDIENTE DE LA GERENCIA DE OPERACIO-NES DE RADIO Y TELEVISION ARGENTINA S.E., UNIDAD DE NEGOCIOS CANAL 7.

Para obtener información acerca de las condiciones para la preinscripción, documentación obligatoria requerida y presentación al concurso, consultar las páginas Web: www.rta-se.com.ar o www.tvpublica.com.ar, Concursos Públicos y Abiertos. (Concurso informatizado - Concurweb).

Lugar, días y horarios de inscripción: Sede del Sindicato Argentino de Televisión, Servicios Audiovisuales lnteractivos y de Datos (SATSAID), Quintino Bocayuva Nº 50, 3° Piso, Oficina de Prensa, C.A.B.A., desde el 08-09-2014 hasta el 16-09-2014 inclusive, de lunes a viernes de 10 a 12.30 y de 14 a 17 hs.

Para hacer efectiva la inscripción es requisito indispensable presentar: Certificado de preins-cripción impreso por duplicado, copia impresa del CV cargado en el sistema concurweb, fotocopia de Documento Nacional de Identidad, copia de la documentación que acredite la formación y/u otros conocimientos declarados en el currículum vitae y/o estipulado en las Bases y Condiciones del concurso, así como cualquier otra documentación obligatoria requerida. Toda la documenta-ción presentada deberá estar firmada en original por el postulante.

RUBEN RIBBA, Jefe Dpto. Adm. de Personal, R.T.A. S.E., UNC7.

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Otamendi 468 - Piso 8 Depto. “C” UF. 34 - Caballito.

Se trata de un departamento en octavo piso, que consta de living - comedor, dormitorio, cocina, baño y lavadero. Sup. Cub.: 32,72 m2 - Lavadero: 1,24 m2

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Se trata de un departamento en quinto piso, que consta de una habitación, con espacio para cocina y baño. Sup. Cub.: 21,17m2

Exhibición: 11 de septiembre de 12 a 15. Base: $ 370.000.-

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Se trata de un departamento en decimo piso, que consta de hall de acceso, estar come-dor, dos dormitorios, baño, cocina y lavadero. Sup. Total: 51,41 m2

Exhibición: 12 de septiembre de 12 a 15. Base: $ 500.000.-

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4657942I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 1409/2014

Bs. As., 2/9/2014

VISTO el Expediente S04:0019484/2014 del registro de este Ministerio, el Decreto Nº 910 del 18 de julio de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto y en el marco del Decreto Nº 910/06, se tramita la contratación de los trabajos para la ejecución de la obra: “COMPLEJO FEDERAL PENI-TENCIARIO DEL LITORAL ARGENTINO - CORONDA - PROVINCIA DE SANTA FE”.

Que el Presupuesto Oficial asciende a la suma de pesos DOSCIENTOS CINCUENTA MILLO-NES DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CINCUENTA Y DOS CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 250.281.052,98), calculado a valores del mes de abril de 2014.

Que a fojas 457 luce la constancia de publicación del pre pliego, elaborado para la presente licitación, dando cumplimiento a lo resuelto en la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 122 del 23 de enero de 2008 - Programa de Transparencia para las Contrataciones.

Que corresponde proceder al llamado a Licitación Pública Nacional para contratar la ejecu-ción de la obra: “COMPLEJO FEDERAL PENITENCIARIO DEL LITORAL ARGENTINO - CORONDA - PROVINCIA DE SANTA FE”, y a la aprobación de los Pliegos de Cláusulas Generales, Cláusulas Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas, Memoria, Planos y Anexos que regirán el aludido procedimiento licitatorio.

Que de conformidad con las previsiones del artículo 2° último párrafo del Decreto Nº 910/06 y por razones de operatividad y economía en la gestión corresponde delegar en el señor Director Nacional de Obras y Mantenimiento Penitenciario, la facultad de dictar los actos que resulten necesarios, eva-cuar las consultas pertinentes y realizar en general todas las gestiones tendientes a la concreción del trámite para la presente contratación, a excepción de la autorización y adjudicación de la licitación respectiva, la aprobación de la solicitud de anticipo financiero, las modificaciones al contrato, la apro-bación de las recepciones provisorias y definitivas de la obra y la rescisión del contrato.

Que han tomado intervención la DIRECCION DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESU-PUESTARIO y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la competencia para el dictado del presente acto surge de lo dispuesto por la Ley Nº 13.064 y las facultades conferidas por el Decreto Nº 910/06.

Por ello;

EL MINISTRODE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorízase a la DIRECCION DE COMPRAS Y SERVICIOS GENERALES de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional para contratar la ejecución de la obra: “COMPLEJO FEDERAL PENITENCIARIO DEL LITORAL ARGENTINO - CORONDA - PROVINCIA DE SANTA FE”.

ARTICULO 2º — Apruébanse la Memoria, los Pliegos de Cláusulas Generales, de Cláusulas Especiales obrantes a fojas 472 a 473, 474 a 513, 514 a 563 respectivamente; Pliego de Especifica-ciones Técnicas y sus Anexos obrantes a fojas 564 a 1393 y Planos obrantes a fojas 1395 a 1511.

ARTICULO 3º — Delégase en el señor Director Nacional de Obras y Mantenimiento Peniten-ciario, la facultad para dictar los actos que resulten necesarios, evacuar las consultas pertinentes y realizar en general todas las gestiones tendientes a la concreción del trámite para la presente contratación, a excepción de la autorización y adjudicación de la licitación respectiva, la apro-bación de la solicitud de anticipo financiero, las modificaciones al contrato, la aprobación de las recepciones provisorias y definitivas de la obra y la rescisión del contrato, reservadas al suscripto.

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 13ARTICULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará con cargo

a las partidas específicas del Presupuesto General de Gastos para los ejercicios 2014-2016.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

e. 08/09/2014 Nº 65561/14 v. 08/09/2014#F4657942F#

#I4658859I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL

Disposición 3/2014

Bs. As., 1/9/2014

VISTO lo dispuesto por los artículos 1°, 11°, 36°, 37° y cctes. del Decreto-Ley Nº 6070/58 (rati-ficado por la Ley Nº 14.467), los artículos 1°, 2°, 8° y cctes. del Decreto Nº 2148/84, normativa que regula el ejercicio de la Ingeniería y de profesiones con títulos afines a ésta, la Disposición Técnico Registral Nº 7/08 y la solicitud formulada por el “Consejo Profesional de Ingeniería Civil”, de otorgar interés legítimo a los Técnicos Matriculados en el mencionado Consejo para solicitar Informes de Dominio ante este Registro, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-Ley Nº 6070/58, reglamenta el ejercicio de la profesión de Ingeniería y títulos afines, en jurisdicción nacional o ante autoridades o tribunales nacionales (conf. art. 1° del cit. Decreto-Ley).

Que, a fin de ejercer las actividades reguladas por el mencionado Decreto-Ley, resulta obli-gatoria la inscripción en la matrícula del Consejo Profesional correspondiente (conf. arts. 11° y 16 inc. 3) del cit. Decreto-Ley).

Que, por su parte, los artículos 36° y 37° del referido Decreto-Ley establecen que aquellos diplomados por escuelas industriales, técnicas o especiales de la Nación, que desarrollan activi-dades afines con las profesiones reglamentadas por dicha norma, ejercerán sus actividades bajo la supervisión de la Junta Central, con intervención del Consejo Profesional que en cada caso aquélla determine.

Que, al respecto, el artículo 1° del Decreto Nº 2148/84 de “Incorporación de los Técnicos a los Distintos Consejos Profesionales”, define a las actividades afines con las profesiones reglamenta-das por el Decreto-Ley Nº 6070/58, como aquellas “que guardan relación con éstas y que sean de competencia de la actividad de técnico”.

Que, por su parte, el artículo 8° del Decreto Nº 2148/84 establece que, desde su entrada en vigencia, “la autorización para el ejercicio de la actividad de técnico sólo podrá extenderla el Con-sejo Profesional que comprenda a la respectiva especialidad o a la afín (...)”.

Que, en el caso particular de los “Ingenieros Civiles”, como así también de aquellos “Técni-cos” que desempeñan tareas afines al campo de actuación profesional de la ingeniería civil, los mismos, a fin de ejercer en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben matricularse por ante el “Consejo Profesional de Ingeniería Civil” (en adelante “CPIC”).

Que, en lo que respecta a la publicidad registral, el Decreto Nº 2080/80 (T.O. Dec. Nº 466/99) en su artículo 54 inc. b) reconoce interés legítimo, a los efectos establecidos en el artículo 21 de la Ley Nº 17.801, entre otros, a los Ingenieros —incluidos, entre ellos, los ingenieros civiles—.

Que, mediante la Disposición Técnico Registral Nº 7/08 se habilitó, a aquellos “Técnicos” con-signados en su artículo 1°, que desempeñan tareas afines al campo de actuación profesional de la ingeniería civil, a solicitar informes de dominio por ante este Registro, exigiéndoseles, asimismo, a fin de acreditar “interés legítimo” (conf. art. 21 de la Ley Nº 17.801), que acompañaran, conjunta-mente con el formulario de solicitud de publicidad registral respectivo, el original del “Certificado de Encomienda de Tarea Profesional” o, en forma indistinta, que la firma del profesional requirente se encontrara refrendada con firma y sello de autoridad responsable del “CPIC”.

Que, con relación a la nómina prevista en el artículo 1° de la DTR Nº 7/08, informa el “CPIC” que correspondería su actualización.

Que, en lo que respecta a los requisitos exigidos por el artículo 2° de la DTR Nº 7/08, cabe se-ñalar que los mismos generan una situación de inequidad entre los matriculados ante dicho Con-sejo Profesional, basada, ella, en la distinción que se hace entre “Ingenieros Civiles” y “Técnicos” de la ingeniería civil; y, en tal sentido, nos lo ha informado el “CPIC”, mediante Nota.

Que, asimismo, el “CPIC”, en la mencionada Nota, nos ha comunicado que, en la actualidad, el “Certificado de Encomienda de Tareas Profesional” no constituye un requisito indispensable en las gestiones que requieren acompañar un Informe de Dominio expedido por este Registro.

Que, por lo antes expuesto, corresponde dictar la presente Disposición Técnico Registral, a fin de adecuar los requisitos exigidos a aquellos “Técnicos” que desempeñan tareas afines al campo de actuación profesional de la ingeniería civil, para solicitar el servicio de publicidad registral (in-forme de dominio) por ante este Registro.

Que, por ello, y en virtud de las facultades que le confiere la Ley;

EL DIRECTOR GENERALDEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERALDISPONE:

ARTICULO 1° — Derógase la Disposición Técnico Registral Nº 7/08.

ARTICULO 2° — Podrán requerir Informes de Dominio por ante este Registro, aquellos “Técni-cos” que se hallen matriculados ante el “Consejo Profesional de Ingeniería Civil” (CPIC), conforme la nómina proporcionada por el referido Consejo Profesional, a saber:

1.- Maestro Mayor de Obras.

2.- Técnico Constructor.

3.- Técnico Constructor de Obras.

4.- Técnico Constructor Nacional.

5.- Constructor.

6.- Constructor de Segunda Categoría.

7.- Constructor de Tercera Categoría.

8.- Constructor de Obras.

9.- Constructor de Edificios.

10.- Técnico Constructor de Tercera Categoría.

11.- Técnico en Construcción.

12.- Técnico Superior en Proyecto y Construcción de Obras.

13.- Técnico en Construcción de Edificios.

14.- Técnico en Construcciones.

15.- Maestro mayor de obras con incumbencias en estructuras sismo-resistentes.

ARTICULO 3° — A los fines del artículo anterior, los “Técnicos” allí mencionados deberán con-signar, como es de estilo, en el Rubro 1 del Formulario de Solicitud respectivo, el acto para el cual se solicita la información, en forma precisa, debiendo resultar de ello la correlación entre el acto indicado y la condición del “Técnico” solicitante, a fin de acreditar el “interés legítimo” exigido por el artículo 21 de la Ley Nº 17.801. Asimismo, del Formulario de Solicitud correspondiente deberán surgir firma y sello aclaratorio del “Técnico” solicitante, de donde surjan sus datos de matriculación ante el “CPIC”.

ARTICULO 4° — La presente Disposición Técnico Registral entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 5° — Póngase en conocimiento de la Secretaría de Asuntos Registrales y de la Subsecretaría de Coordinación y Control de la Gestión Registral. Hágase saber al Consejo Pro-fesional de Ingeniería Civil. Publíquese en el Boletín Oficial. Notifíquese a todas las Direcciones de este Registro y, por su intermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones. Regístrese. Cumplido, archívese. — Dr. LUIS F. J. CIGOGNA, Director General, Registro de la Propiedad In-mueble de la Capital Federal.

e. 08/09/2014 Nº 65845/14 v. 08/09/2014#F4658859F#

#I4658580I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 1-9-2014

Expediente

5190488 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM GRISINO 2014 Autor: MATIAS POZO

Autor: TOMAS RODRIGUEZ

Autor: TRINIDAD PADILLA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY

5190489 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM GRISINO 2014 Autor: MATIAS POZO

Autor: TOMAS RODRIGUEZ

Autor: TRINIDAD PADILLA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5190490 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SUEÑO VERDE Autor: MARCELO CARLOS FALCON

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: BYTE AND MUSIC SRL

5190491 Obra Publicada Género: LETRA Título: SUEÑO VERDE Autor: HORACIO PEÑALVA

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: BYTE AND MUSIC SRL

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 145190492 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM MILES CORAZONES 2006 (ESO QUE NUNCA SABEMOS) Autor: RICARDO COHEN

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5190493 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM MILES CORAZONES 2006 (ESO QUE NUNCA SABEMOS) Autor: RICARDO COHEN

Editor: EPSA PUBLISHING SA

5190494 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LEY DE ATRACCION Autor: VICTOR GUILLERMO MANSO

Autor: DARIO ANTONIO CARAMBULA GALEANO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190495 Obra Publicada Género: LETRA Título: LEY DE ATRACCION Autor: VICTOR GUILLERMO MANSO

Autor: DARIO ANTONIO CARAMBULA GALEANO

Autor: IVANA CATALINA FITZ PATRICK

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190505 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: + 4 MATEMATICA Autor: ANABEL INES IUORNO FLOREZ

Autor: SILVANA PASTRANA

Autor: WALTER LARUCCIA -I

Editor: ASOCIACION CASA EDITORA SUDAMERICANA

5190506 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: ¡ANIMO, ANIMALES! Autor: WALTER P POSER

Director: ADELA BASCH

Editor: EDICIONES ABRAN CANCHA DE ADELA MONICA BASCH

5190507 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: LA RUTA DE LISBOA. UNA CIUDAD FRANCA EN LA EUROPA NAZI Autor: RONALD WEBER

Traductor: JORDI BELTRAN FERRER

Editor: TUSQUETS EDITORES SA

5190508 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL VENENO DE LAS ADELFAS Autor: SIMONETTA AGNELLO HORNBY

Traductor: CARLOS GUMPERT

Editor: TUSQUETS EDITORES SA

5190509 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: TEXTOS GRAFICOS Y ALFABETIZACION MULTIPLE Autor: EVA TEUBAL

Autor: AINAT GUBERMAN

Traductor: TAMARA IRENE RAJCZYK

Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5190510 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: CRONICAMENTE Autor: JORGE DANIEL MORENO

Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5190511 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: NIÑOS EN ANALISIS Autor: ALBA FLESLER

Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF

5190512 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: RETORNO A BRIDESHEAD Autor: EVELYN WAUGH

Traductor: CAROLINE PHIPPS

Editor: TUSQUETS EDITORES SA

5190513 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: REENCUENTRO Autor: FRED UHLMAN

Traductor: EDUARDO GOLIGORSKY

Editor: TUSQUETS EDITORES SA

5190514 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CONVIVENCIA OBLIGADA Autor/Titular: ERNESTO HORACIO MEDELA

5190515 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: BOOGIE EL ACEITOSO EL LIBRO DE ORO Autor: ROBERTO FONTANARROSA

Editor: GRUPO EDITORIAL PLANETA SAIC

5190694 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MIL ESTACIONES Autor: NANCY ESTER BERRONDO

Autor: MIRTA FELISA BENEGAS SCAREL

Autor: SONIA GABRIELA ROSAS

Autor: BLANCA ERCILIA FARO

Editor: QUELION DE REYES DEL BUSTO MICAIAS ELIEL

5190695 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SELVA MIA Autor: RODOLFO OSCAR MARTIN

Editor: QUELION DE REYES DEL BUSTO MICAIAS ELIEL

5190696 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DOS PLUMAS Autor: GRISELDA NELLY MARIA BOSI DE GAYDOU

Autor: ADA NOEMI ZAGAGLIA

Editor: QUELION DE MICAIAS ELIEL REYES DEL BUSTO

5190727 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: MI FORTUNA Productor: VICTOR BRATINA

5190729 Obra Publicada Género: TECNICO Título: NEGOCIOS, SOCIEDAD Y VALORES Autor: ENRIQUE GUSTAVO HERRSCHER

Editor: CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CABA

5190730 Obra Publicada Género: TECNICO Título: PRACTICA PROFESIONAL CONTABLE Autor: OBRA COLECTIVA

Director: MARISA LAURA SHOCRON

Editor: CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CABA

5190731 Obra Publicada Género: TECNICO Título: TRANSFORMANDO MIPYMES Autor: CLAUDIA CAO

Editor: CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CABA

5190733 Obra Publicada Género: TECNICO Título: LA INFLACION COMO COMPRENDER Y COMBATIR LA ENFERMEDAD CRONICA DE LA ARGENTINA Autor: GASTON EZEQUIEL UTRERA

Editor: CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CABA

5190742 Obra Publicada Género: LETRA Título: SERA QUE DA Autor: CAMILA LORENA BOUQUILLARD

Autor: JUAN EMILIO SATORRE

Autor: RICARDO HERNANDEZ MAFFEI

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190743 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SERA QUE DA Autor: CAMILA LORENA BOUQUILLARD

Autor: JUAN PABLO LUIS RIVEROS GRACIUSSO

Autor: LUCAS RUSSO

Autor: RICARDO HERNANDEZ MAFFEI

Autor: JUAN EMILIO SATORRE

Autor: DANIEL RICARDO GOMEZ

Autor: JOSE IVAN CONCEICAO DE OLIVEIRA ROSAS

Autor: GERONIMO ANDRES ACUÑA

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190744 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MUSSI BANDA Autor: DANIEL HORACIO CURTO

Autor: CARLOS DANIEL VERDINO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190745 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AGAPORNIS Autor: DANIEL ADRIAN IANNIRUBERTO

Autor: JUAN PERSICO

Autor: LEANDRO JOSE ZINGALE MORRONE

Autor: AGUSTIN CAIRO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190746 Obra Publicada Género: LETRA Título: AGAPORNIS Autor: DANIEL ADRIAN IANNIRUBERTO

Autor: JUAN PERSICO

Autor: LEANDRO JOSE ZINGALE MORRONE

Autor: AGUSTIN CAIRO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5190757 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: 1000 CARACTERES Autor: NICOLAS FORTUÑO

Titular: FUNDACION PARA LA DIGNIFICACION DEL HOMBRE EDUCANDO PARA EL TRABAJO

5190759 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: HISTORIA DE UN MITO Autor/Editor: GUILLERMO FRANCISCO REGNIER

5190769 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: PASEOS MAGICOS Autor/Titular: TATIANA TEMERLIN

5190796 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MORIR Y DEJAR VIVIR - HEAVY Autor: LUIS ALBERTO CARRIL

Editor: ART DEVISE DE LUIS ALBERTO CARRIL

5190797 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MORIR Y DEJAR VIVIR - ESTABLECIDOS Autor: LUIS ALBERTO CARRIL

Editor: ART. DEVISE DE LUIS ALBERTO CARRIL

5190798 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BONIFACE Autor: ERNESTO JORGE LOHOLABERRY

Editor: ART-DEVISE DE LUIS ALBERTO CARRIL

Dr. ARIEL VACCARO, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 08/09/2014 Nº 65663/14 v. 08/09/2014

#F4658580F#

Page 15: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 15#I4658783I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA

ADUANA DE SALTA

EDICTO PARA ANUNCIAR MERCADERIA SIN TITULAR CONOCIDO O SIN DECLARAR

La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS en virtud de lo dispuesto en el Art. 1° de la ley 25.603, para las mercaderías que se encuentren en situación prevista en el art. (417) de la ley 22.415, co-munica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho le correspon-dieren. Transcurrido el plazo mencionado el SERVICIO ADUANERO, procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos (2), (3), (4) y (5) de la ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas, presentarse en la División Aduana de Salta, Deán Funes Nº 190 1° Piso de Salta, Capital.

Abog. OSVALDO JAVIER ACOSTA, Administrador, Aduana de Salta, Dirección Regional Adua-nera Salta.

e. 08/09/2014 Nº 65769/14 v. 08/09/2014#F4658783F#

#I4658794I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION REGIONAL ADUANERA SALTA

ADUANA DE SALTA

Por ignorarse el domicilio o documento, se cita a las personas que más abajo se detallan para que dentro de los diez (10) días hábiles comparezcan en los sumarios que se mencionan más aba-jo, a presentar sus defensas y ofrecer toda la prueba por la presunta infracción a los artículos de la Ley 22.415 Código Aduanero, y bajo apercibimiento de Rebeldía. Deberá constituir domicilio den-tro del radio urbano de esta Aduana artículos 1001 y 1101 Código Aduanero, bajo apercibimiento del artículo 1004 del citado texto legal. Monto mínimo de la multa artículos 930; 932 según detalle. Aduana de Salta sita en calle Deán Funes nº 190, 1° Piso, Salta-Capital.

Causante DNI/CUIT Infracción C.A. Multa

ARAGÓN, Néstor 23271743 986;987 $ 96.390,93

MENA, Candelario 18062936 986;987 $ 65.029,36

DÁVALOS, Gustavo Antonio 24611662 986;987 $ 280.014,41

DAVÁLOS, Gustavo Antonio 24611662 986;987 $ 27.209,55

Abog. OSVALDO JAVIER ACOSTA, Administrador, Aduana de Salta, Dirección Regional Adua-nera Salta.

e. 08/09/2014 Nº 65780/14 v. 08/09/2014#F4658794F#

#I4658864I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Cód. Aduanero)

Por desconocerse el domicilio de la persona que a continuación se individualizará, se hace saber que en la actuación SC82-310-2010 que tramitan por ante esta ADUANA DE BERNAR-DO DE IRIGOYEN, sito en Av. Andrés Guacurarí Nº 121, Bernardo de Irigoyen, Departamento Gral. Manuel Belgrano, Provincia de Misiones, República Argentina, se le notifica lo siguiente: “SC82-310-2010. Actuación Nº 12262-112-2010. RESOLUCION FALLO Nº 262/2014 (AD BEIR). BDO. DE IRIGOYEN, 06 DE AGO 2014.-... CONSIDERANDO... EL JEFE SECCION “C” A/C DI-VISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN RESUELVE:... ARTICULO 6°: ORDENAR la restitución del vehículo secuestrado en autos marca Volkswagen, modelo Saveiro 1.6, dominio brasileño AKK-3737 a quien resulte representante legal de la firma “Kurshaidt Comercio de Combustiveis Ltda”, a tales efectos se le informa que deberá presentarse ante esta División Aduana de Bernardo de Irigoyen, sita en la Av. Andres Guacurari Nº 121 de la localidad de Bernardo de Irigoyen, Provincia de Misiones, República Argentina, en el horario de 08:00 horas a 16:00 horas, en el plazo de diez (10) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de tenerlo por abandonado a favor del Fisco Nacional... Cumplido por Sección “S”, DESE AL AR-CHIVO.- RESOLUCION FALLO Nº 262/2014 (AD BEIR) drb. Fdo. LAUDELINO NOLAZCO - JEFE SECCION “C” - A/C AD BEIR”.

BERNARDO DE IRIGOYEN, 15 DE AGOSTO DE 2014

LUIS ALBERTO GALEANO, Administrador (I), AD BEIR.

e. 08/09/2014 Nº 65850/14 v. 08/09/2014#F4658864F#

#I4658865I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Cód. Aduanero)

Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan, se les notifica por este medio que ha recaído Resolución Fallo en las actuaciones que se detallan, asimismo que contra las resoluciones fallo que se notifican se podrá interponer demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Eldorado-Misiones, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, cuando el monto controvertido sea una suma mayor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) (art. 1024 del Código Aduanero); cuando el monto controvertido sea mayor a pesos veinticinco mil C/00/100 ($ 25.000) se podrá interponer en forma optativa y ex-cluyente, dentro de los quince (15) días de notificada la presente, demanda contenciosa ante el Juzgado Federal de Eldorado o Recurso de Apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 1025 del Código Aduanero), de igual manera cuando el monto controvertido sea igual o menor a pesos dos mil C/00/100 ($ 2.000) se podrá interponer la acción prevista en el art. 25 inc. a) de la ley 19.549, dentro del plazo de noventa (90) días de notificada la presente.

SC82 N°CAUSANTE

IDENTIDAD

INF. ART. C.A. CONDENA/

MULTA/TRIBUTOS

Resolución Fallo AD BEIR N°APELLIDO Y

NOMBRE LEY 22.415

310/2010 DE CAMPOS JOSE NILSON C.I. (BR) 1432766-5 947 Y 995 $ 25.131,52 262/2014

433-2013/3 GONZALEZ GIMENEZ MANUEL C.U.I.T. 23-05540988-9 954 C $ 1.778.810,40 243/2014

22-2014/9 RIQUELME FELIX SILVESTRE D.N.I. 21.875.048 977 $ 5.200,00 242/2014

BDO. DE IRIGOYEN, 15 DE AGOSTO DE 2014

LUIS ALBERTO GALEANO, Administrador (I), AD BEIR.

e. 08/09/2014 Nº 65851/14 v. 08/09/2014#F4658865F#

#I4658866I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Cód. Aduanero)

Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan y/o por encontrarse en el extranjero, se les notifica por este medio para que dentro del plazo de diez (10) días com-parezcan a presentar sus defensas y ofrecer pruebas en los sumarios que en cada caso se indi-

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 16can, bajo apercibimiento de rebeldía, asimismo deberán constituir domicilio legal dentro del radio urbano de esta Aduana (Art. 1.001 Código Aduanero) bajo apercibimiento del Art. 1.004 Código Aduanero. En los casos que correspondan podrán gozar de los beneficios del Art. 930/931 del Código Aduanero. Para el caso de mercaderías cuya permanencia en depósito implicare peligro para su inalterabilidad o para la de la mercadería contigua, transcurrido cinco (5) días de notificada la presente se procederá conforme a los términos de los Arts. 438; 439 o 448 del Código Aduanero según corresponda.

SC82 N°CAUSANTE INF. ART.

C.A. MULTATRIBUTO $

NOMBRE Y APELLIDO D.N.I./C.U.I.T. N° LEY 22.415 MINIMA $

496-2013/2 GAMARRA SILVIA CARINA C.U.I.T. 27-24107689-5 954 C) 1.471.495,67 ---------

74-2014/5 CIBILS ALCIDES D.N.I. 31.761.093 985 $ 6.749,42 ----------

76-2014/1 WERNER JILMAR LUIS D.N.I. 22.767.194 985 $ 13.550,24 ----------

77-2014/K BENEDITO MARIO ALBERTO D.N.I. 26.798.652 985 $ 7.317,13 ----------

78-2014/8 VEDOY DANIEL D.N.I. 30.694.545 987 $ 84.565,02 ---------

110-2014/0 DIOP MEDOUNE D.N.I. 95.175.398 987 $ 1.488,18 ----------

115-2014/7 SORANCE IZAIR C.I. (BR) 422.290 970 $ 26.393,75 ----------

128-2014/K LUCIO ALMEIDA XAVIER C.I. (BR) 5.114.657 987 $ 22.665,60 ----------

147-2014/8 TREVISAN ADRIANO C.I. (BR) 6.479.933-9 947 $ 24.012,46 ---------

148-2014/1 ROGERIO PRESTES PEREIRA

C.I. (BR) 4.933.430 947 $ 24.502,50 ----------

149-2014/K ALBERI CARDOZO DA SILVA

C.I. (BR) 24.526.390-8 987 $ 2.195,41 ----------

150-2014/9 GIUBEL ERNESTO ROQUE

C.I. (BR) 9045935121 947 $ 15.788,68 ----------

151-2014/7 NERY WIRTI C.I. (BR) 8025695051 987 $ 10.077,60 ----------

BERNARDO DE IRIGOYEN, 15 DE AGOSTO DE 2014

LUIS ALBERTO GALEANO, Administrador (I), AD BEIR.

e. 08/09/2014 Nº 65852/14 v. 08/09/2014#F4658866F#

#I4658874I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Cód. Aduanero)

Atento el estado de las presentes actuaciones y conforme constancias en autos por las que demuestran que habiéndose practicado notificación no se ha presentado de persona alguna a estar a derecho en estos autos a fin de evacuar la vista conferida por lo cual se re-suelve DECLARAR REBELDES a las firmas y/o personas físicas que se detallan, conforme lo estatuido por el art. 1105 del Código Aduanero. Tener por constituido el domicilio a los efec-tos legales, en esta sede aduanera, donde quedará notificado de pleno derecho de todas las providencias y resoluciones que se dictaren en el presente en la forma prevista en el art. 1013 inc. g) del ordenamiento legal citado. Atento no haberse ofrecido elementos que hagan a la defensa del imputado, no aperturar la causa a prueba. Por este mismo acto se informa al administrado que dentro del perentorio plazo de tres (3) días hábiles administrativos, conta-dos a partir de la notificación del presente, podrá interponer contra éste acto administrativo RECURSO DE REVOCATORIA, de conformidad a lo estatuido en el CODIGO ADUANERO - TITULO III - RECURSOS - CAPITULO PRIMERO - Arts. 1129/1130 bajo apercibimiento que para el caso de no hacerlo, en la forma y plazo señalado el presente acto causará ejecutoria (Art. 1131 del C.A.).

Actuación SC82 N°CAUSANTE

NOMBRE Y APELLIDO D.N.I./C.U.I.T. N°

12262-60-2011 22-2012/2 AQUINO MARTINEZ PABLO C.I. (PY) 1.646.207

12262-168-2013 302-2013/2

ROGELIO DAVID BITANCOURT D.N.I. 37.970.955

RAMON BITANCOURT D.N.I. 14.753.658

MARTA ALVEZ D.N.I. 17.289.045

12262-53-2012 308-2013/1 WILHELM JOSE MILTON C.I. (BR) 6.876.216-2

12258-375-2013 531-2013/5 MARILAR S.A. C.U.I.T. 30-71237118-4

12262-228-2013 18-2014/K ORLICZEK MAURICIO JOSE C.I. (BR) 12880302-5

12262-227-2013 19-2014/8 NOLASCO ENRIQUE D.N.I. 36.464.548

12328-168-2013 25-2014/3 DA SILVERO SIRLEI D.N.I. 18.870.807

12262-197-2013 29-2014/5 MORAES CLAUDEMAR C.I. (BR) 4.578.653

12262-192-2013 31-2014/9 LAIRTON DA ROSA C.I. (BR) 04016322

12262-220-2013 46-2014/8 DE LIMA COSTA ULISES ELIAS D.N.I. 38.776.267

12262-218-2013 47-2014/5 BALDOVINO JUN o WALDEVINO YUNG D.N.I. 17.175.291

12260-94-2013 49-2014/1 PEREIRA DOS SANTOS CESAR C.I. (BR) 4.144.629

BERNARDO DE IRIGOYEN, 15 DE AGOSTO DE 2014

LUIS ALBERTO GALEANO, Administrador (I), AD BEIR.

e. 08/09/2014 Nº 65853/14 v. 08/09/2014#F4658874F#

#I4658909I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Cód. Aduanero)

Por desconocerse el domicilio de la persona que a continuación se individualizará, se hace saber que en la actuación DN82-2011-0286 que tramita por ante esta ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN, sito en Av. Andrés Guacurarí Nº 121, Bernardo de Irigoyen, Departamento Gral. Manuel Belgrano, Provincia de Misiones, República Argentina, se le notifica lo siguiente: “REFERENCIA: DN82-2011-286. ACTUACION Nº 12262-90-2011. BDO DE IRIGOYEN, 13 AGO 2014. VISTO... CON-SIDERANDO... EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN RESUELVE:... Artículo 1°: DECLARAR LA NULIDAD de todo lo actuado por Gendarmería Nacional - Escuadrón 13 “IGUAZU” mediante el Parte de Contrabando de Exportación Nº 01/11, conforme las previsiones del art. 1050 sgtes. y concordantes del Código Aduanero, sin necesidad de elevar el presente acto administrativo a los fines de su aprobación al superior por no encontrarse previsto por el art. 1115 del Código Aduanero; Artículo 2°: TENER POR ABANDONADAS A FAVOR DEL FISCO NACIONAL en los términos previstos por el Art. 429 y siguientes del Código Aduanero, las mercaderías objeto de autos, en mérito a los considerandos que preceden. ARTICULO 3°: REGISTRESE; Notifíquese. Tome intervención Sección “G” a los fines de otorgar alguna destinación aduanera en relación a las mercaderías objeto de autos. Cumplido y con constancias por Sección “S” ARCHIVESE. RESO-LUCION Nº 265/2014 (AD BEIR) Fdo. LUIS ALBERTO GALEANO - ADMINISTRADOR (I) AD BEIR”.

BERNARDO DE IRIGOYEN, 15 DE AGOSTO DE 2014

LUIS ALBERTO GALEANO, Administrador (I), AD BEIR.

e. 08/09/2014 Nº 65854/14 v. 08/09/2014#F4658909F#

#I4658917I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIVISION ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

Edicto de Notificación (Art. 1013 Inc. “H” Cód. Aduanero)

Por desconocerse la identidad y/o el domicilio de las personas que más abajo se detallan y/o por encontrarse en el extranjero, se les notifica por este medio, que en las actuaciones que se indi-can, se dispuso desestimar las mismas, en los términos del art. 1090 inc. b) del Código Aduanero, Ley 22.415. Resultando que el hecho que se investiga no constituye infracción aduanera.

DN82 N° INTERESADO DOC. NUMERO RESOL. ACTUACION

341-2009 AUTORES IGNORADOS ----------- ----------- 292/2013 (AD BEIR) -

741/14 (SDG TLA) 12262-163-2009

Bernardo de Irigoyen, 15 de agosto de 2014.

LUIS ALBERTO GALEANO, Administrador (I), AD BEIR.

e. 08/09/2014 Nº 65862/14 v. 08/09/2014#F4658917F#

#I4660189I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013 inc. H)

Por ignorarse el domicilio, se notifica a la firma que más abajo se menciona, la Resolución SDG OAM Nº 69 de fecha 9 de Junio de 2014 que resuelve: ARTICULO 1°.- “Aplicar al Agente de Transporte Aduanero JAYBEES FREIGHT S.R.L. (REGISTRO Nº 1448) la sanción de DOS (2) días de suspensión en el registro respectivo en los términos del artículo 64 inciso b) del Código Adua-nero...” ARTICULO 2°.- “...contra la que podrá la administrada interponer el recurso de apelación previsto en el artículo 69 del Código Aduanero, presentando al efecto el escrito correspondiente por ante la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS den-tro del plazo de DIEZ (10) días de notificada...”. Fdo. DANIEL SANTANNA, SUBDIRECTOR GENE-RAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS.

SUMARIO: 12209-64-2004INCONDUCTA: art. 61 ap. 2° del Código Aduanero.CAUSANTE: JAYBEES FREIGHT S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-69350944-7)

Abog. SILVIA N. COSTAS, Jefe (Int.), Div. Sumarial y Repeticiones, Dept. Procedimientos Le-gales Aduaneros.

e. 08/09/2014 Nº 66272/14 v. 08/09/2014#F4660189F#

#I4660190I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013 inc. H)

Por ignorarse el domicilio, se notifica a la firma que más abajo se menciona, la Resolución SDG OAM Nº 57 de fecha 30 de Mayo de 2014 que resuelve ARTICULO 1°.- “Aplicar al Agente de Transporte Aduanero RUIZ DAVID ANGEL (C.U.I.T. 20-12427585-8) la sanción de TRECE (13) días de suspensión en el registro respectivo en los términos del artículo 64 inciso b) del Código Adua-nero...” ARTICULO 2°.- “...contra la que podrá Ia administrada interponer el recurso de apelación

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 17previsto en el artículo 69 del Código Aduanero, presentando al efecto el escrito correspondiente por ante la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS den-tro del plazo de DIEZ (10) días de notificada...”. Fdo. DANIEL SANTANNA, SUBDIRECTOR GENE-RAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS.

SUMARIO: 12225-217-2006INCONDUCTA: art. 61 ap. 2° del Código Aduanero.CAUSANTE: RUIZ DAVID ANGEL (C.U.I.T. Nº 20-12427585-8)

Abog. SILVIA N. COSTAS, Jefe (Int.), Div. Sumarial y Repeticiones, Dept. Procedimientos Le-gales Aduaneros.

e. 08/09/2014 Nº 66273/14 v. 08/09/2014#F4660190F#

#I4660172I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

RESOLUCION GENERAL Nº 2300 - TITULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

“La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio “Registro Fiscal de Operadores de Granos” de la página web institucional (www.afip.gov.ar) al que se acce-de mediante Clave Fiscal, así como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclusiones previstas en los incisos a), c), d) y f) del artículo 47”.

Exclusión Productor

Exclusión Acopiador

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 08/09/2014 Nº 66255/14 v. 08/09/2014#F4660172F#

#I4658850I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 281/2014

Asunto: Designación de Agente Notificador. Art. 100, inc. e) de la Ley Nº 11.683 (texto ordena-do en 1998 y sus modificaciones). Dirección Regional Neuquén.

Bs. As., 2/9/2014

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº  11412-61-2014 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Neuquén solicita la designación de un nuevo agente notificador en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas del área.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modifi-caciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de Julio de 1997 y por las Disposiciones Nros. 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12 (AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVADISPONE:

ARTICULO 1° — Desígnase como Agente Notificador para que actúe conforme a la Ley Nº 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Neuquén, al agente Ricardo Javier VITTAZ (D.N.I. Nº 24.234.455 - Legajo Nº 73.530/90).

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL RUBEN TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 08/09/2014 Nº 65836/14 v. 08/09/2014#F4658850F#

#I4658851I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 282/2014

Asunto: Designación de Agentes Notificadores. Art. 100 inc. e) Ley Nº 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata.

Bs. As., 2/9/2014

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 11858-201-2014 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO la Dirección Regional Mar del Plata solicita la de-signación de nuevos agentes notificadores en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas del área.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Operaciones Impositivas del Interior.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modifi-caciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, las Disposiciones Nros. 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12 (AFIP) de fecha 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVADISPONE:

ARTICULO 1° — Desígnanse como Agentes Notificadores para que actúen conforme a la Ley Nº 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata, a los agentes Hernán Walter ACCONCI (D.N.I. Nº 21.604.092 - Legajo Nº 36.877/47), Hugo Daniel BARNAO (D.N.I. Nº 13.856.675 - Legajo Nº 29.339/82), Stella Maris Ramona BER-NABÉ (D.N.I. Nº 12.799.070 - Legajo Nº 27.023/52), Ignacio Martín BOUBEE (D.N.I. Nº 13.763.942 - Legajo Nº  24.562/00), Alejandro DE LA TORRE KRISKOVICH (D.N.I. Nº  23.538.412 - Legajo Nº  37.397/17), Patricia Andrea GALLARDO (D.N.I. Nº  34.292.816 - Legajo Nº  42.981/62), María Laura GARCÍA (D.N.I. Nº 28.803.876 - Legajo Nº 41.358/25), Leonardo Félix Carmelo GRASSO (D.N.I. Nº 18.227.096 - Legajo Nº 37.792/01), Alberto Demián JESSURUM (D.N.I. Nº 21.644.701 - Legajo Nº 37.880/80), Alejandro Carlos PALLERO (D.N.I. Nº 33.866.668 - Legajo Nº 43.043/53), Celia María del Carmen PERALTA (D.N.I. Nº 12.130.229 - Legajo Nº 28.981/08), Silvina Marisol SÁN-CHEZ (D.N.I. Nº 24.704.011 - Legajo Nº 40.645/05), María Elsa SOSA (D.N.I. Nº 10.475.970 - Legajo Nº 30.243/26), Marcelo Fabián VARCASIA (D.N.I. Nº 24.711.304 - Legajo Nº 40.353/66) y Norma Susana VARISCO (D.N.I. Nº 13.267.148 - Legajo Nº 29.277/91).

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL RUBEN TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 08/09/2014 Nº 65837/14 v. 08/09/2014#F4658851F#

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 18#I4658797I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL NEUQUEN

Disposición 50/2014

Asunto: Régimen de Reemplazos Transitorios en Jurisdicción de la Dirección Regional Neu-quén - Disposición Nº 90/2012 (DI RNEU) S/Modificación.

Neuquén, 26/8/2014

VISTO la Disposición Nº 27/2011 (DI RNEU) de fecha 15/03/2011, —B.O. del 25 de Abril de 2011— mediante la cual se estableció el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de au-sencia o impedimento de las Jefaturas de Unidades de Estructura en el ámbito de la Dirección Regional Neuquén —Divisiones, Agencias y Distritos—;

QUE la aludida Disposición delineó el Régimen de Reemplazos transitorios para casos de ausencia o impedimento de las jefaturas de Unidades de Estructura —Secciones/Oficinas—, que de acuerdo a la estructura organizativa vigente dependen de esta Dirección Regional;

QUE, con el objeto de lograr una adecuada gestión que atendiera razones de orden operativo, la misma fue modificada mediante Disposición Nº 32/2012 (DI RNEU) fechada el 26/03/2012.

QUE por otra parte y teniendo en cuenta las modificaciones funcionales introducidas me-diante Disposición Nº 372/12 (SGRH) del 23/10/2012, se introdujeron cambios en el Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de las Jefaturas de las Unidades de Estructura involucradas en aquélla, las cuales entraron en vigencia a partir del dictado de la Disposición Nº 90/2012 (DI RNEU) del 9/11/2012.

En lo concerniente a la División Jurídica de esta Dirección Regional, la Disposición Nº 90/2012 (DI RNEU) ordenó un nuevo Régimen de reemplazos transitorios, manteniendo vigencia los procedi-mientos de reemplazo no alterados con relación a otras áreas operativas mencionadas en la misma.

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Disposición Nº 221/2014 (SDG RHH) fechada el 18/06/2014, se designaron —de manera interina— a los jefes de las Secciones Penal Tributaria y Juicios Universa-les, de conformidad a la propuesta oportunamente elevada por esta Dirección Regional Neuquén.

Que por Disposición Nº 487/07 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007—modificada por Dis-posición Nº 116/10 (AFIP) de fecha 31 de Marzo de 2010—, se designan las autoridades con facul-tades de decisión en materia de Recursos Humanos, en relación a la determinación y modificación de Regímenes de Reemplazos Transitorios y Naturales.

Que en virtud de las consideraciones expuestas corresponde modificar la Disposición Nº 90/2012 (DI RNEU) en lo atinente al trámite de reemplazos actualmente vigente para la División Jurídica de esta Jurisdicción; manteniendo plena vigencia los regímenes de sustitución que no resultan alterados por la presente.

POR ELLO,

LA DIRECTORADE LA DIRECCION REGIONAL NEUQUENDE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVADE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOSDISPONE:

ARTICULO 1° — Modificar la Disposición Nº 90/2012 (DI RNEU) en lo alusivo al Régimen de Reemplazos Transitorios para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la Unidad de Estructura División Jurídica de esta Dirección Regional Neuquén, el cual queda dispuesto de la siguiente manera:

UNIDAD DE ESTRUCTURA REEMPLAZANTE

DIVISION JURIDICA 1° Reemplazo - Sección Penal Tributario

2° Reemplazo - Sec. Juicios Universales

3° Reemplazo - División Revisión y Recursos

Sección Penal Tributario 1° Reemplazo - Sec. Dictámenes y Sumarios

2° Reemplazo - Sec. Juicios Universales

ARTICULO 2° — Dejar sin efecto la parte pertinente de la Disposición Nº 90/2012 (DI RNEU) de fecha 9 de Noviembre de 2012, en lo concerniente al Régimen de Reemplazos oportunamente dispuesto en dicha norma.

ARTICULO 3° — La presente Disposición tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, notifíquese a los interesados, publíquese en el Bo-letín Oficial y archívese. — C.P.N. MIRIAM NOEMÍ AZZA, Directora, Dirección Regional Neuquén.

e. 08/09/2014 Nº 65783/14 v. 08/09/2014#F4658797F#

#I4660174I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

RESOLUCION GENERAL Nº 2300 - TITULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

“La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio “Registro Fiscal de Operadores de Granos” de la página web Institucional (www.afip.gov.ar) al que se acce-de mediante Clave Fiscal, así como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclusiones previstas en los incisos a). c), d) y f) del artículo 47”.

Exclusión Productor

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 08/09/2014 Nº 66257/14 v. 08/09/2014#F4660174F#

#I4660176I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

RESOLUCION GENERAL Nº 2300 - TITULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

Suspensión Productor

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 08/09/2014 Nº 66259/14 v. 08/09/2014#F4660176F#

#I4660186I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION DE ANALISIS DE FISCALIZACION ESPECIALIZADA

RESOLUCION GENERAL Nº 2300 - TITULO II

REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS

Suspensión Productor

Page 19: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 19Suspensión Acopiador

Cont. Púb. ALFREDO RICARDO SAMPERI, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza-ción Especializada.

e. 08/09/2014 Nº 66269/14 v. 08/09/2014#F4660186F#

#I4658816I#ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución 605/2014

Bs. As., 2/9/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0073854/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita la presentación efectuada por la Empre-sa LAN AIRLINES SOCIEDAD ANONIMA (LAN CHILE) con fecha 15 de abril de 2014, quien solicitó la aprobación del Anexo 1 al Acuerdo de Código Compartido con la Empresa IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA (IBERIA), con vigencia entre los días 30 de marzo y 25 de octubre de 2014.

Que mediante el anexo referido, LAN AIRLINES SOCIEDAD ANONIMA (LAN CHILE) —o su línea aérea filial— proyecta operar los tramos SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) - MENDOZA (REPUBLICA ARGENTINA) - SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) y SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) - CORDOBA (REPUBLICA ARGENTINA) - SANTIAGO DE CHILE (REPUBLI-CA DE CHILE) como puntos más allá de SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE), en conexión con los vuelos operados por IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERA-DORA (IBERIA) entre MADRID (REINO DE ESPAÑA) y SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE).

Que el Artículo 110 de la Ley Nº 17.285 (CODIGO AERONAUTICO) establece que los acuer-dos que impliquen arreglos de “pool”, conexión, consolidación o fusión de servicios o negocios, deberán someterse a la aprobación previa de la autoridad aeronáutica y que si ésta no formulase objeciones dentro de los NOVENTA (90) días, el acuerdo se considerará aprobado.

Que el Decreto Nº 1.401 de fecha 27 de noviembre de 1998 establece en su Artículo 1° que la compartición de códigos se encuentra comprendida entre los arreglos determinados por el Artícu-lo 110 de la Ley Nº 17.285 (CODIGO AERONAUTICO).

Que el Artículo 2° del mencionado Decreto Nº 1.401/98 dispone que para poder aprobarse las propuestas de operación en código compartido, los explotadores deberán ser titulares de las autorizaciones o concesiones que les permitan realizar el servicio aéreo de que se trate.

Que las transportadoras han sido designadas por las respectivas Autoridades Aeronáuticas de sus Estados, de conformidad con lo dispuesto a nivel bilateral para la realización de servicios en dicha modalidad.

Que el tipo de operatoria propuesto se encuentra contemplado en el Acta de la Reunión de Consulta entre Autoridades Aeronáuticas de la REPUBLICA ARGENTINA y del REINO DE ESPAÑA de fecha 15 de junio de 2005 y en el Acta de la Reunión de Consulta de Autoridades Aeronáuticas de la REPUBLICA ARGENTINA y la REPUBLICA DE CHILE, suscripta el 14 de agosto de 1996.

Que en los mencionados entendimientos se prevé que las empresas aéreas designadas de cada una de las Partes —que dispongan de los derechos necesarios para realizar los servicios aéreos convenidos— podrán suscribir acuerdos de código compartido con empresas aéreas de terceros países, con sujeción a los requisitos reglamentarios aplicados a dichas operaciones.

Que en el entendimiento celebrado con el REINO DE ESPAÑA se estableció expresamente que las Empresas designadas que actuaran como comercializadoras, no ejercerían derechos de tráfico de quinta libertad en los servicios realizados bajo código compartido.

Que en el caso en que una tercera Empresa (aunque sea una filial) decidiera prestar los servicios cuya autorización solicita LAN AIRLINES SOCIEDAD ANONIMA (LAN CHILE), corresponde peticionar una nueva autorización en los términos del Artículo 110 de la Ley Nº 17.285 (CODIGO AERONAUTICO).

Que el Artículo 3° del citado Decreto Nº 1.401/98 establece que en toda operación de servi-cios de compartición de código, los explotadores y sus agentes autorizados deberán informar al público usuario con total transparencia quién será el transportador, el tipo de aeronave utilizada en cada etapa del servicio, los puntos de transferencia y toda otra información relevante sobre las características del servicio.

Que la DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEREO de la ADMINISTRACION NACIO-NAL DE AVIACION CIVIL se pronunció favorablemente respecto de la factibilidad de aprobación del Anexo 1 mencionado, con las restricciones establecidas por el Artículo 3° del Decreto Nº 1.401/98.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Artículo 110 de la Ley Nº 17.285 (CODIGO AERONAUTICO) y en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVILRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Anexo 1 al Acuerdo de Código Compartido celebrado entre las Empresas LAN AIRLINES SOCIEDAD ANONIMA (LAN CHILE) e IBERIA LINEAS AEREAS

DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA (IBERIA), para la explotación conjunta de los tramos SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) - MENDOZA (REPUBLICA ARGENTINA) - SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) y SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) - CORDOBA (REPUBLICA ARGENTINA) - SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) como puntos más allá de SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE), en conexión con los vuelos de IBERIA entre MADRID (REINO DE ESPAÑA) y SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE), con vigencia entre los días 30 de marzo y 25 de octubre de 2014.

ARTICULO 2° — Hágase saber a la Empresa IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA (IBERIA) que no podrá comercializar los servicios que se realicen en el tramo SANTIAGO DE CHILE (REPUBLICA DE CHILE) y la REPUBLICA ARGENTINA, como tráfico de quinta libertad entre el REINO DE ESPAÑA y la REPUBLICA ARGENTINA.

ARTICULO 3° — Hágase saber a la Empresa LAN AIRLINES SOCIEDAD ANONIMA (LAN CHI-LE) que en el caso en que una línea aérea filial decidiera realizar los servicios que se aprueban mediante la presente resolución, deberá previamente solicitar la aprobación de la ADMINISTRA-CION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, de conformidad con lo previsto por el Artículo 110 de la Ley Nº 17.285 (CODIGO AERONAUTICO).

ARTICULO 4° — Hágase saber a ambas Empresas el contenido del Artículo 3° del Decreto Nº 1.401 de fecha 27 de noviembre de 1998, que textualmente dice: “Establécese que en toda operación de servicios que se realicen en las modalidades establecidas en el artículo prece-dente, los explotadores y sus agentes autorizados deberán informar al público usuario con total transparencia quién será el transportador, el tipo de aeronave utilizada en cada etapa del servicio, los puntos de transferencia y toda otra información relevante sobre las características del servicio.”

ARTICULO 5° — Las Empresas operarán sus servicios de conformidad con la autorización, la designación y la asignación de frecuencias efectuadas por los Gobiernos de sus Estados y con estricta sujeción a lo acordado en el marco bilateral aplicable en materia de transporte aéreo, así como también a las leyes y demás normas nacionales e internacionales vigentes y a las condiciones de reciprocidad de tratamiento por parte de las Autoridades de la REPUBLICA DE CHILE y del REINO DE ESPAÑA para con las empresas de bandera argentina que soliciten similares servicios.

ARTICULO 6° — Regístrese, notifíquese a las Empresas LAN AIRLINES SOCIEDAD ANO-NIMA (LAN CHILE) e IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA SOCIEDAD ANONIMA OPERADORA (IBERIA), publíquese mediante la intervención del BOLETIN OFICIAL y cumplido archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

e. 08/09/2014 Nº 65802/14 v. 08/09/2014#F4658816F#

#I4658454I#COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Gerencia de Ingeniería de la CNC ha dispuesto otorgar la inscripción de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por el término de tres años, cumpli-dos los cuales caducarán automáticamente de no ser renovados. Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas disposiciones, cada unidad deberá identificarse indicando marca, modelo, Nº de inscripción —según consta seguidamente— y Nº de fabricación.

Ing. GUILLERMO AGUEDO MONTENEGRO, Gerente de Ingeniería (A/C), Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 08/09/2014 Nº 65610/14 v. 08/09/2014#F4658454F#

#I4658455I#COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Registro de Materiales de Telecomunicaciones

La Gerencia de Ingeniería de la CNC ha dispuesto otorgar la renovación de inscripción de los siguientes equipos en el Registro de Materiales de Telecomunicaciones, por el término de tres años, cumplidos los cuales caducarán automáticamente de no ser renovados.

Conforme a lo establecido en el Artículo 2° de las respectivas disposiciones, cada unidad de-berá identificarse indicando marca, modelo, Nº de inscripción —según consta seguidamente— y Nº de fabricación.

Ing. GUILLERMO AGUEDO MONTENEGRO, Gerente de Ingeniería (A/C), Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 08/09/2014 Nº 65611/14 v. 08/09/2014#F4658455F#

Page 20: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 20#I4658443I#

INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION

Resolución 23/2014

Bs. As., 31/7/2014

VISTO las Leyes Nros. 26.940, la Resolución Conjunta M.T.E. y S.S. Nº 634/08 e IERIC Nº 14/08, la Reglamentación IERIC Nº 1/08 y los Estatutos del IERIC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la sanción de la Ley Nº 26.940, se persigue la promoción del trabajo regis-trado, como así también, la profundización de la lucha contra el fraude laboral.

Que a tales fines dicha norma creó el Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado, en línea con el Programa de Trabajo Decente de la Organización Inter-nacional del Trabajo (OIT).

Que en el marco aludido en los considerandos anteriores, el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), entiende que resulta necesario adoptar todas aquellas medidas tendientes a facilitar la regularización de las infracciones a la Ley 22.250, en particular aquellas referidas a la inscripción de los empleadores y trabajadores de la Industria de la Construcción.

Que a tal efecto, se estima conveniente modificar la tasa de interés establecida por el Art. 7 de la Reglamentación IERIC Nº 1/08, en base a lo dispuesto por el Art. 3 de la Resolu-ción Conjunta MTE y SS Nº 634/08 e IERIC Nº 14/08, para todos aquellos planes de pago en cuotas de multas por infracciones verificadas y/o impuestas hasta el 31 de julio de 2014 que se acuerden a partir de la vigencia de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2015 inclusi-ve, procediendo a aplicar la tasa del uno punto cinco por ciento (1.5%) mensual.

Que la Dirección de Legales del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) ha tomado la intervención que le compete.

Que es facultad del Directorio del IERIC, adoptar todas aquellas medidas que permitan el debido cumplimiento de la finalidad perseguida por la Ley Nº 22.250 y sus normas regla-mentarias y complementarias.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1309/96, la Resolución Conjunta Nº 4/2008 y 12/2008 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, la Resolu-ción Conjunta Nº 634/2008 y 14/2008 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción y los artículos 2 y 12 incisos a) y j) del Estatuto del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción.

Por ello;

EL DIRECTORIODEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRODE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIONRESUELVE:

ARTICULO 1° — Aplicar una tasa de interés de financiamiento del uno punto cinco por ciento (1.5%) mensual, determinado según el sistema francés, a los planes de pago en cuo-tas de multas por infracciones verificadas o impuestas hasta el 31 de julio de 2014 que se acuerden a partir de la vigencia de la presente y hasta el 31 de Diciembre de 2015 inclusive.

ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a las entida-des representativas del sector y archívese. — Sr. HUGO D. FERREYRA, Presidente - IERIC. — Ing. ROBERTO PIÑEIRO, Secretario.

e. 08/09/2014 Nº 65599/14 v. 08/09/2014#F4658443F#

#I4658863I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 23/2013

LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3° piso de la C.A.B.A. comunica que con fecha 17 de diciembre de 2013 se dictó la Disposición Nº 23/2013, mediante la cual la Directora Nacional de la Oficina Nacional de Contrataciones dispuso:

ARTICULO 1°.- Aplícase al proveedor ORELANNA DE BRAKELEER, FERNANDO JAVIER (C.U.I.T. Nº 20-22976506-0) la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional, por el plazo de TRES (3) meses, en los términos del artículo 131, inciso b), apartado 2.1 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 893/12, y por aplicación del principio de la ley penal más benigna, como conse-cuencia de la rescisión total por culpa del proveedor del contrato perfeccionado en el marco de la Licitación Pública Nº 04/12 del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO de la ARMADA ARGENTINA.

ARTICULO 2°.- Aplícase al proveedor ORELANNA DE BRAKELEER, FERNANDO JAVIER (C.U.I.T. Nº 20-22976506-0) la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional por el plazo de UN (1) mes, en los términos del artículo 145, inciso b), apartado III del Regla-mento aprobado por el Decreto Nº 436/00, como consecuencia del incumplimiento de pago del valor de la garantía perdida en el plazo fijado al efecto, al que fuera intimado en el marco de la Licitación Pública Nº 04/12 del ARSENAL NAVAL PUERTO BELGRANO de la ARMADA ARGENTINA.

ARTICULO 3°.- La sanción impuesta en el artículo 1° de la presente iniciará su vigencia una vez notificado el presente acto administrativo y realizada su difusión en el sitio de Inter-net de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

ARTICULO 4°.- La sanción impuesta en el artículo 2° de la presente iniciará su vigencia ininterrumpidamente en forma sucesiva al vencimiento del plazo de vigencia de la sanción impuesta por el artículo 1°.

ARTICULO 5°.- En el caso que el proveedor ORELANNA DE BRAKELEER, FERNANDO JAVIER (C.U.I.T. Nº 20-22976506-0) tuviera sanciones vigentes al momento de hacer efectiva la sanción de suspensión que se aplica por el artículo 1° de la presente, la misma iniciará su vigencia ininterrumpidamente en forma sucesiva al vencimiento del plazo de vigencia de la sanción que en esa oportunidad estuviera vigente.

ARTICULO 6°.- Hágase saber al proveedor ORELANNA DE BRAKELEER, FERNANDO JAVIER (C.U.I.T. Nº 20-22976506-0), que contra la presente medida podrá interponer el re-curso de reconsideración —que lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio— dentro de los DIEZ (10) días de notificado, conforme los artículos 84 y s.s. del Reglamento de Pro-cedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991), o bien podrá interponer recurso jerárquico dentro de los QUINCE (15) días de notificado, conforme los ar-tículos 89 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

ARTICULO 7°.- Regístrese, notifíquese y archívese. — Abog. MARÍA VERÓNICA MON-TES, Directora Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

e. 08/09/2014 Nº 65849/14 v. 10/09/2014#F4658863F#

#I4657843I#REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS

Resolución 298/2014

Bs. As., 2/9/2014

Visto el Expediente Nº 4263/13, la Ley Nº 25.191 modificada por la Ley Nº 26.727, el De-creto Nº 1478 de fecha 24 de agosto de 2012, el Decreto Reglamentario Nº 300/13 de fecha 21 de marzo de 2013, la Resolución RENATEA D.G. Nº 101 de fecha 31 de octubre de 2012, la Resolución General AFIP Nº 3451/13 de fecha 22 de marzo de 2013, la Resolución RENATEA D.G. Nº 162 de fecha 4 de abril de 2013, la Resolución RENATEA D.G. Nº 203 de fecha 22 de agosto de 2013, la Resolución RENATEA D.G. Nº 242 de fecha 1° de noviembre de 2013, la Resolución RENATEA D.G. Nº 95 de fecha 31 de enero de 2014 y la Resolución RENATEA D.G. Nº 171 de fecha 14 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 106 de la Ley Nº 26.727 modificó la Ley Nº 25.191 y creó el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA) como entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como organismo específico del Régimen de Trabajo Agrario en materia registral, inspectiva y de subsistema de seguridad social.

Que de acuerdo al Artículo 106 de la Ley Nº 26.727 el gobierno y la administración del RENATEA están a cargo de un Director General y de un Subdirector General que reemplazará a aquél, en caso de ausencia o impedimento temporarios; habiéndose designado mediante Decreto Nº 1478 de fecha 24 de agosto de 2012 al Ing. Agr. Guillermo Daniel MARTINI (M.I. Nº 10.366.989) como máxima autoridad del organismo.

Que por Resolución D.G. RENATEA Nº 101 de fecha 31 de octubre de 2012 se aprobó la estructura organizativa de este Registro, el organigrama y las responsabilidades primarias y acciones que le corresponden a cada área.

Que el artículo 14 de la Ley Nº 25.191 determina que los empleadores agrarios deberán abonar una contribución mensual con destino al RENATEA del UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) del total de la remuneración abonada a cada trabajador agrario.

Que el artículo 16 ter de la Ley Nº 25.191, establece que los empleadores deberán re-tener e ingresar al RENATEA, en concepto de Aporte por Seguro de Servicio de Sepelio, un importe equivalente al UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) del total de las remuneraciones de los trabajadores que se devenguen a partir de la vigencia de la Ley que aprueba el Régimen de Trabajo Agrario.

Que el artículo 15 de la Ley Nº 25.191 establece las sanciones ante el incumplimiento por parte del empleador de las obligaciones establecidas en la misma.

Que mediante la Resolución RENATEA D.G. Nº 171 de fecha 14 de mayo de 2014 se ha esta-blecido un régimen de facilidades para empleadores agrarios, a fin de promover la regularización de sus obligaciones con el RENATEA, todo ello a los efectos de que este Registro pueda dar cum-plimiento a los objetos que por Ley Nº 25.191, modificada por la Ley 26.727, le fueron asignados.

Que los planes de facilidades de pago son una herramienta que permiten regularizar la deuda de aportes, contribuciones y demás obligaciones que mantienen los empleadores con este Registro, garantizando a este último la efectiva percepción de los recursos corres-pondientes a partir del compromiso de pago que asumen los deudores en la adhesión al convenio.

Que es indubitable la facultad de este Registro, en razón de su naturaleza jurídica de or-ganismo descentralizado del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de determinar sus propios Planes de Pago para deudores y/o infractores a la Ley Nº 25.191.

Que el Plan de Facilidades de Pago que se impulsa pretende adecuarse a los fines que la Ley asigna al organismo y a las características de los sujetos pasibles de adherirse al mismo.

Que el cobro de los importes adeudados por los empleadores permite al Registro mejo-rar la eficiencia en la recaudación de los recursos asignados por la Ley Nº 25.191 modificada por la Ley Nº 26.727 para dar cumplimiento a los objetivos dispuestos en la misma.

Que la suscripción de un convenio de pago implica el diferimiento del ingreso de las obligaciones que mantienen los empleadores con este Registro mediante la participación del pago en cuotas mensuales y, por lo tanto, corresponde aplicar una tasa de interés de financiación que garantice la integralidad de los créditos debidos al Organismo.

Que se encuentra próximo a vencer el Plan de Facilidades de Pago establecido mediante la RENATEA D.G. Nº 171 de fecha 14 de mayo de 2014.

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 21Que conforme lo referido en los párrafos precedentes, resulta necesario extender el Régi-

men de Facilidades de Pago a efectos de permitir que la mayor cantidad de empleadores puedan regularizar su situación frente al Registro.

Que han tomado intervención en orden a sus respectivas competencias la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Subgerencia de Recaudación y Finanzas del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERALDEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese hasta el día 31 de Diciembre de 2014 la vigencia del proce-dimiento tributario de facilidades para el pago de deuda que los empleadores agrarios, compren-didos en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 25.191, mantienen con el REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADORES AGRARIOS (RENATEA), establecido por la Resolución RENATEA D.G. Nº 171 de fecha 14 de mayo de 2014.

ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. GUILLERMO D. MARTINI, Director General, RENATEA.

e. 08/09/2014 Nº 65505/14 v. 08/09/2014#F4657843F#

#I4658491I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución 58/2014

Bs. As., 3/9/2014

VISTO el Expediente Nº 8.083/2009 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNI-CACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES depen-diente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa CABLE VIDEO SAN JAVIER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-63050406-2) solicitó que se le otorgue Licencia Unica de Servicios de Telecomunica-ciones y el registro del Servicio de Valor Agregado.

Que el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 aprobó, a través de su Artículo 1°, el Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones.

Que el aludido Reglamento, estableció los principios y disposiciones que rigen el otor-gamiento de la Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones, el registro de nuevos servi-cios y la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Que de conformidad con lo previsto en el Punto 4.3 del Artículo 4° del Reglamento citado precedentemente, el otorgamiento de la licencia es independiente de la existencia y asignación de los medios requeridos para la prestación del servicio.

Que si un servicio requiere la utilización de frecuencias del espectro radioeléctrico, la licen-cia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar su disponibilidad, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante esta Secretaría, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamen-to General de Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico, aprobado como Anexo IV del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que se han expedido las Areas Técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE CO-MUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES de-pendiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento por parte de la Empresa CABLE VIDEO SAN JAVIER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-63050406-2) de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el otorgamiento de la Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones y el registro de servicio a su nombre.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETA-RIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Otórgase a la Empresa CABLE VIDEO SAN JAVIER SOCIEDAD DE RES-PONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-63050406-2) Licencia Unica de Servicios de Telecomuni-caciones, que la habilita a prestar al público todo servicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

ARTICULO 2° — Regístrese a nombre de la Empresa CABLE VIDEO SAN JAVIER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT 30-63050406-2) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4. del Artículo 5° del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de Valor Agregado.

ARTICULO 3° — La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante esta Secretaría de conformidad con los términos y condiciones

estipulados en el Reglamento General de Administración, Gestión y Control del Espectro Radio-eléctrico vigente y en la demás normativa aplicable.

ARTICULO 4° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Admi-nistrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 08/09/2014 Nº 65647/14 v. 08/09/2014#F4658491F#

#I4658492I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución 59/2014

Bs. As., 3/9/2014

VISTO el Expediente Nº 10.979/2010 del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMU-NICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES depen-diente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que el Señor Don MARCELO GABRIEL PERRICONE (CUIT 20-17393077-2) solicitó que se le otorgue Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones y el registro del Servicio de Valor Agregado (Acceso a Internet).

Que el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 aprobó, a través de su Artículo 1°, el Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones.

Que el aludido Reglamento, estableció los principios y disposiciones que rigen el otor-gamiento de la Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones, el registro de nuevos servi-cios y la prestación de servicios de telecomunicaciones.

Que de conformidad con lo previsto en el Punto 4.3 del Artículo 4° del Reglamento citado precedentemente, el otorgamiento de la licencia es independiente de la existencia y asignación de los medios requeridos para la prestación del servicio.

Que si un servicio requiere la utilización de frecuencias del espectro radioeléctrico, la licen-cia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar su disponibilidad, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante esta Secretaría, de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamen-to GeneraI de Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico, aprobado como Anexo IV del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Que se han expedido las Areas Técnicas pertinentes de la COMISION NACIONAL DE CO-MUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVI-CIOS, cuyas intervenciones dan cuenta del cumplimiento por parte de Don MARCELO GABRIEL PERRICONE (CUIT 20-17393077-2) de los requisitos previstos en el Reglamento de Licencias mencionado para el otorgamiento de la Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones y el registro de servicios a su nombre.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETA-RIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y el Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Otórgase a Don MARCELO GABRIEL PERRICONE (CUIT 20-17393077-2) Licencia Unica de Servicios de Telecomunicaciones, que la habilita a prestar al público todo ser-vicio de telecomunicaciones, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000.

ARTICULO 2° — Regístrese a nombre de Don MARCELO GABRIEL PERRICONE (CUIT 20-17393077-2) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4. del Artículo 5° del Anexo I del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el servicio de Valor Agregado (Acceso a Internet).

ARTICULO 3° — La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico tramitarse ante esta Secretaría de conformidad con los términos y condiciones estipulados en el Reglamento General de Administración, Gestión y Control del Espectro Radio-eléctrico vigente y en la demás normativa aplicable.

ARTICULO 4° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Admi-nistrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 1991.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 08/09/2014 Nº 65648/14 v. 08/09/2014#F4658492F#

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 22#I4661162I#

CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 9/2014

Bs. As., 4/9/2014

VISTO la Ley N° 24.922, la Resolución N° 26 de fecha 16 de diciembre de 2009, del CON-SEJO FEDERAL PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la resolución citada en el Visto se establecieron las medidas de mane-jo y administración de la especie merluza común (Merluccius hubbsi ), entre las que se fija un área de veda a la pesca por arrastre para todo tipo de buque, en forma permanente.

Que a fin de analizar la posibilidad de habilitar la captura de ciertas especies en deter-minadas áreas de la zona de veda, el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESA-RROLLO PESQUERO, a solicitud del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, diseñó un plan de prospección para evaluar la estructura y abundancia de las especies demersales de interés y de la merluza común (Merluccius hubbsi ), en la cuadrícula 4159 y la mitad oeste de la cua-drícula 4158.

Que en el Acta N° 24 de fecha 25 de junio de 2014 se aprobó la realización de la pros-pección y se establecieron las condiciones para su desarrollo.

Que el INIDEP ha remitido el Informe de Asesoramiento y Transferencia N° 91, de fecha 25 de agosto de 2014: “Resultados de la prospección científica en los R.E. 4158 y 4159 co-rrespondientes al área de veda patagónica de merluza (Merluccius hubbsi ). Julio 2014”.

Que según surge del informe antes citado el cuadrado estadístico 4159 presentó los mayores rendimientos de merluza respecto de los registrados en el cuadrado 4158, con una alta proporción de ejemplares juveniles y que, por el contrario, en el 4158 se registraron los menores porcentajes de juveniles.

Que asimismo se explica en el informe que el sector prospectado en esta ocasión fue vedado en 2008-2009 por la alta presencia de ejemplares correspondientes a los grupos de edad 0 y 1, situación que, en esta oportunidad, no fue observada en el R.E. 4158.

Que el INIDEP concluye el informe manifestando que en virtud de los resultados obteni-dos podría considerarse la apertura de la mitad oeste del rectángulo estadístico 4158.

Que por otra parte, la Autoridad de Aplicación de la Ley 24.922 ha elevado a conside-ración del CONSEJO FEDERAL PESQUERO una propuesta para adecuar el artículo 11 de la

Resolución N° 26 de fecha 16 de diciembre de 2009, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, a los límites del área de veda permanente establecida por el artículo 8° de la misma resolución, dado que el área presenta en la actualidad límites occidentales en aguas de jurisdicción nacional que antes no tenía.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9°, incisos a) y f) y el artículo 17 de la Ley N° 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERORESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyense los puntos geográficos b4) y b5) del artículo 8° de la Re-solución N° 26 del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, de fecha 16 de diciembre de 2009, por los siguientes:

“b4) Latitud 41° Sur y Longitud 59° Oeste.

b5) Latitud 42° Sur y Longitud 59° Oeste.”

ARTICULO 2° — Sustitúyese el artículo 11 de la Resolución N° 26 del CONSEJO FEDE-RAL PESQUERO, de fecha 16 de diciembre de 2009, por el siguiente:

“ARTICULO 11.- Los buques congeladores no podrán operar en un ancho de CINCO (5) millas náuticas de los límites Norte, Este, Sur y Oeste de la zona de veda establecida en el artículo 8° de la presente resolución. La infracción a esta restricción será sancionada con-forme a lo previsto por el Artículo 21, inciso h) de la Ley N° 24.922.”

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a los diez días hábiles con-tados desde la publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Presidente Suplente del Consejo Federal Pesquero. — Sr. CARLOS ALFREDO CANTÚ, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Dra. VERÓNICA NATALIA OJEDA, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — HÉCTOR AMADO ROJAS, Representante, Provincia de Chubut, Consejo Federal Pesquero. — DIEGO LUIS MARZIONI, Representante, Provincia de Santa Cruz, Consejo Federal Pesquero. — Lic. RAÚL JORGE BRIDI, Repre-sentante, Provincia de Río Negro, Consejo Federal Pesquero. — JUAN ANTONIO LÓPEZ CAZORLA, Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero.

e. 08/09/2014 N° 66642/14 v. 08/09/2014#F4661162F#

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 23

ASOCIACIONES SINDICALES

#I4656645I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Mario Julio CASTILLO (DNI Nº 11.095.081), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 173 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 “E” Laudo Nº 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10) para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pen-dientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina Nº 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.

Fecha: 25/08/2014.

Lic. ABEL EDUARDO AGUIRRE MANDL, Jefe A/C Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 05/09/2014 Nº 64864/14 v. 09/09/2014#F4656645F#

#I4655632I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3° piso de la C.A.B.A. comunica que con fecha 11 de diciembre de 2013 se dictó la Disposición Nº 60/2013, mediante la cual la Directora Nacional de la Oficina Nacional de Contrataciones dispuso:

ARTICULO 1°.- Aplícase al proveedor LA ITALO COMERCIAL S.R.L. (C.U.I.T. Nº  30-55972730-6) la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional, por el plazo de CUATRO (4) MESES, en los términos del artículo 131, inciso b), apartado 2.1 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 893/12 y del principio de la ley penal más benigna, como consecuencia de la rescisión total por culpa del proveedor del contrato perfeccionado en el marco de la Contratación Directa Nº 89/11 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”.

ARTICULO 2°.- La sanción impuesta en el artículo 1° de la presente iniciará su vigencia una vez notificado el presente acto administrativo y realizada su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

ARTICULO 3°.- En el caso que el proveedor LA ITALO COMERCIAL S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-55972730-6) tuviera sanciones vigentes al momento de hacer efectiva la sanción de suspensión que se aplica por el artículo 1° de la presente, la misma iniciará su vigencia ininterrumpidamente en forma sucesiva al vencimiento del plazo de vigencia de las sanciones registradas.

ARTICULO 4°.- Hágase saber al proveedor LA ITALO COMERCIAL S.R.L. (C.U.I.T. Nº  30-55972730-6) que contra la presente medida podrá interponer el recurso de reconsideración —que lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio— dentro de los DIEZ (10) días de notificado, confor-me los artículos 84 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991), o bien podrá interponer recurso jerárquico dentro de los QUINCE (15) días de notifica-do, conforme los artículos 89 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

ARTICULO 5°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

DISPOSICION ONC Nº 60/2013. ABOG. MARÍA VERÓNICA MONTES- DIRECTORA NACIO-NAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Abog. MARÍA VERÓNICA MONTES, Directora Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

e. 04/09/2014 Nº 64658/14 v. 08/09/2014#F4655632F#

#I4655633I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3° piso de la C.A.B.A. comunica que con fecha 9 de abril de 2014 se dictó la Disposición Nº 26/2014, median-te la cual la Directora Nacional de la Oficina Nacional de Contrataciones dispuso:

ARTICULO 1º — Aplícase al proveedor ESTEVAN CHRISTIAN GABRIEL (C.U.I.T. Nº  20-29904860-9) la sanción de apercibimiento, en los términos del artículo 131, inciso a), apartado 1

AVISOS OFICIALESAnteriores

del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 893/12, como consecuencia de la rescisión parcial por culpa del proveedor del contra-to perfeccionado en el marco de la Licitación Pública Nº 37/2012 de la ESCUELA DE LAS ARMAS del EJERCITO ARGENTINO.

ARTICULO 2° — Aplícase al proveedor ESTEVAN CHRISTIAN GABRIEL (C.U.I.T. Nº  20-29904860-9) la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional, por el plazo de TRES (3) meses, en los términos del artículo 131, inciso b), apartado 2.2 del Reglamento del Régi-men de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 893/12, como consecuencia del incumplimiento del pago proporcional del valor de la garantía de cumplimiento de contrato, en el plazo fijado al efecto al que fuera intimado en el marco de la Licitación Pública Nº 37/2012 de la ESCUELA DE LAS ARMAS del EJERCITO ARGENTINO.

ARTICULO 3° — Las sanciones impuestas por la presente iniciarán su vigencia una vez noti-ficado el presente acto administrativo y realizada su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

ARTICULO 4° — En el caso que el proveedor ESTEVAN CHRISTIAN GABRIEL (C.U.I.T. Nº 20-29904860-9) tuviera sanciones vigentes al momento de hacer efectiva la sanción de suspensión que se aplica por el artículo 2° de la presente, la misma iniciará su vigencia ininterrumpidamente en forma sucesiva al vencimiento del plazo de vigencia de las sanciones registradas.

ARTICULO 5° — Hágase saber al proveedor ESTEVAN CHRISTIAN GABRIEL (C.U.I.T. Nº 20-29904860-9), que contra la presente medida podrá interponer el recurso de reconsideración —que lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio— dentro de los DIEZ (10) días de notificado, con-forme artículos 84 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991), o bien podrá interponer recurso jerárquico dentro de los QUINCE (15) días de notifi-cado, conforme artículos 89 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).

ARTICULO 6° — Regístrese, notifíquese y archívese.

DISPOSICION ONC Nº 26/2014. ABOG. MARÍA VERÓNICA MONTES- DIRECTORA NACIO-NAL DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Abog. MARÍA VERÓNICA MONTES, Directora Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

e. 04/09/2014 Nº 64659/14 v. 08/09/2014#F4655633F#

#I4656873I#MINISTERIO DE SALUD

DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS

Conforme lo dispuesto por el art. 49 párrafo 2 de la Ley 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por el presente se cita al Sr. Miguel Angel Conde DNI 13.266.012 —en carácter de propietario de la Farmacia “La Argentina” sita en la calle Charlone Nº 1999 de esta Ciudad— para que en el plazo de DIEZ (10) días a contar del quinto de esta publicación, comparezca ante el DEPARTAMENTO DE FALTAS SANITARIAS de la DIRECCION DE SUMARIOS del MI-NISTERIO DE SALUD sito en la Av. 9 de Julio 1925, Piso 3, CAPITAL FEDERAL en el horario de 09:30 a 17:30 a los efectos de tomar vista del Expediente Nº 12002-14331-12-5 para pos-teriormente formular descargo y ofrecer la prueba que haga al derecho de su defensa por la presunta infracción al art. 4 de la Ley 17.565 en que habría incurrido bajo APERCIBIMIENTO, en caso de incomparecencia, de juzgarlo en rebeldía. — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 04/09/2014 Nº 64983/14 v. 08/09/2014#F4656873F#

#I4658919I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 893/2014

Reconócese ampliación al Sindicato de Profesionales Universitarios de la Sanidad.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el expediente Nº 1.617.701/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Leyes Nº 25.674 y Nº 26.390; De-cretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SANIDAD (SI.PR.U.S.), con domicilio en 9 de Julio Nº 981, 1° Piso, Departamento “A”, Rosario, Provincia de SANTA FE, solicita la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial otorgada por Resolución Nº 714 de fecha 7 de julio de 2008 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el Nº 2633.

Que en la mencionada Resolución Nº 714/08 se aprobó el Estatuto Social de la peticionante, en cuyo texto se encuentra reconocido en forma estatutaria la zona de actuación cuya ampliación con carácter de Inscripción Gremial peticiona.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la perso-

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 24nería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con ca-rácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Reconócese al SINDICATO DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DE LA SANIDAD (SI.PR.U.S.), la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial respecto de los profesionales que, bajo relación de dependencia con centros de atención primaria de la salud y con la Agencia Santafecina de Seguridad Alimentaria, todos dependientes del Minis-terio de Salud de la Provincia de SANTA FE, presten servicios en la promoción, protección, recu-peración y rehabilitación de la salud y se encuentren matriculados en algún Colegio Profesional desempeñando actividades para las que se requiera título profesional universitario. Asimismo se otorga con carácter de Inscripción Gremial, la ampliación del ámbito de actuación respecto de los profesionales que bajo relación de dependencia con el Ministerio de Desarrollo Social de la Pro-vincia de SANTA FE, presten servicios en la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud y se encuentren matriculados en algún Colegio Profesional desempeñando actividades para las que se requiera título profesional universitario, con zona de actuación en la Provincia de SANTA FE. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solici-tar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la adminis-tración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

#F4658919F#

#I4658920I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 894/2014

Apruébase modificación del estatuto social del Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº 133.877/13 del Registro de la DELEGACION REGIONAL SAN MARTIN del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modifica-torias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390 Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS, con do-micilio en calle Alsina Nº 666, Ciudad de Pilar, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la aprobación de la modificación parcial de su Estatuto Social y ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada me-diante Resolución Nº 450 de fecha 4 de diciembre de 1972 del entonces MINISTERIO DE TRABA-JO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla inscripta en el Registro respectivo bajo el Nº 1324.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467/88, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y su Decreto Re-glamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatu-tarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, confor-me surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cum-plimiento a lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la perso-nería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente corresponde aprobar la modificación parcial del Estatuto de la Enti-dad, la ampliación de su ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la modificación parcial del Estatuto Social del SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS, con domicilio en calle Alsina Nº 666, Ciudad de Pilar, Provincia de BUENOS AIRES, obrante a fojas 26/91 del Expediente Nº 134.207/13

agregado a fojas 9 del Expediente Nº 133.877/13, respecto a los artículos 1, 9 y 29 de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88. Los mencionados artículos pasarán a formar parte del texto del estatuto que fuera aprobado por Resolución Nº 491 de fecha 10 de mayo de 2010 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTICULO 2° — Reconócese la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Ins-cripción Gremial para agrupar a los trabajadores, no jerarquizados, de industrias químicas de la localidad de Escobar de la Provincia de BUENOS AIRES. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Direc-ción Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

#F4658920F#

#I4658922I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 895/2014

Apruébase el texto del Estatuto Social de la Federación Argentina de los Trabajadores de Prensa.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.614.171/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA (FATPREN), con domi-cilio en Solís Nº 1158, 2° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la aprobación de la modificación de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada me-diante Resolución Nº 36 de fecha 21 de enero de 1960 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el Nº 367.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, confor-me surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gre-mial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que teniendo en cuenta que la entidad posee su estatuto social modificado parcialmente en dos ocasiones y que la presente reforma estatutaria contempla la incorporación de un nuevo artículo produciendo un corrimiento en su numeración, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del es-tatuto de la entidad y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el texto del Estatuto Social de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE PRENSA (FATPREN), con domicilio en Solís Nº 1158, 2° Piso, Ciudad Autóno-ma de Buenos Aires, obrante a fojas 131/238 del Expediente Nº 1.614.171/14, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88.

ARTICULO 2° — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance me-ramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical peticionante, como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley 23.551.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Direc-ción Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 25#I4658923I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 896/2014

Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Peones de Taxis Región Centro de la Provincia de Córdoba.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el expediente Nº 370.727/09 del Registro de la DELEGACION REGIONAL COR-DOBA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº  25.674 y Ley Nº  26.390, Decretos Reglamentarios Nº  467/88 y Nº 514/03; y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE PEONES DE TAXIS REGION CENTRO DE LA PROVINCIA DE COR-DOBA, con domicilio en Buenos Aires Nº 1341, Ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de CORDOBA, solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL es com-petencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el regis-tro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº  23.551, encontrándose acre-ditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no me-reciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad pe-ticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE PEONES DE TAXIS REGION CENTRO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, con domicilio en Buenos Aires Nº 1341, Ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de CORDOBA, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores que se desempeñen como peones de taxis; con zona de actuación en la Ciudad de Villa María, Departamento General San Martín, Provincia de CORDOBA.

ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 193/317 del Expediente Nº 1.353.983/09 que corre como fojas 161 del Expediente 370.727/09, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sinte-tizada conforme a lo previsto en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situa-ción institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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#I4658925I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 899/2014

Reconócese al Sindicato Unico de Trabajadores de Concesionarias Viales y Afines de la Provincia de Santa Fe.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el expediente Nº 1.608.337/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Leyes Nº 25.674 y Nº 26.390; De-cretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, con domicilio en calle Luis Borghi Nº 619, Planta Baja, Ciudad de San Lorenzo, Provincia de SANTA FE, solicita la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial.

Que la mencionada entidad obtuvo Personería Gremial otorgada por Resolución Nº 668 de fecha 2 de agosto de 2012 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla inscripta bajo el Nº 1832.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 21 inciso “b” de la Ley Nº 23.551 y el artículo 19 del Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que por Resolución Nº 757 de fecha 12 de agosto de 2013 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL se aprobó el Estatuto Social de la peticionante, en cuyo texto se encuentra reconocido en forma estatutaria como zona de actuación el territorio de las Provincias de SANTA FE, ENTRE RIOS, CORRIENTES, MISIONES, CHACO Y FORMOSA.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la perso-nería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente corresponde aprobar la ampliación del ámbito de actuación con ca-rácter de Inscripción Gremial acreditado por la peticionante.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Reconócese al SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCE-SIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, con domicilio en calle Luis Borghi Nº 619, Planta Baja, Ciudad de San Lorenzo, Provincia de SANTA FE, la ampliación del ámbito de actuación con carácter de Inscripción Gremial al Departamento de Victoria de la Provincia de ENTRE RIOS; para agrupar a los trabajadores en relación de dependencia con empresas concesionarias de servicios viales, con exclusión del personal comprendido en la Ley 22.250. Ello sin perjuicio de los recaudos que pueda exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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#I4658926I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 900/2014

Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de la Ciudad de Diamante.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el expediente Nº 225.133/12 del Registro de la DELEGACION REGIONAL PARANA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, modificada por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE DIA-MANTE, con domicilio en calle Almirante Brown Nº 427, Ciudad de Diamante, Provincia de ENTRE RIOS, solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es competen-cia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el registro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 23.551, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, no mereciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse.

Page 26: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 26Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley

Nº 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, confor-me surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la perso-nería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad peticio-nante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autori-dades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modifi-catorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE DIAMANTE, con domicilio en calle Almirante Brown Nº 427, Ciudad de Diamante, Provincia de ENTRE RIOS, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores en relación de dependencia con la Municipalidad de Diamante; con zona de actuación en la Ciudad de Diamante, Provincia de ENTRE RIOS.

ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 3/164 del Expediente Nº 226.830/14 agregado a fojas 218 del Expediente Nº 225.133/12 procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley Nº 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo estable-cido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley Nº 23.551.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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#I4658929I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 906/2014

Resolución Nº 1543/2013. Modificación.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO la Resolución Nº 1543 de fecha 27 de diciembre de 2013 del MINISTERIO DE TRABA-JO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente Nº 1.520.829/12 se dictó la Resolución de referencia por la que se otorga Inscripción Gremial al SINDICATO DE EMPLEADOS DE ALBERGUES TRANSITORIOS (S.E.A.T.).

Que en el mencionado acto administrativo se consignó en forma errónea el domicilio de la entidad sindical.

Que resulta necesario subsanar el mencionado error mediante el dictado de la presente Re-solución.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Rectifícase el artículo 1° de la Resolución Nº  1543 de fecha 27 de diciembre de 2013 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 1°.- “Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE EMPLEADOS DE ALBERGUES TRANSITORIOS (S.E.A.T.), con domicilio en Avenida Belgrano Nº  1315, Piso 7°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para

agrupar a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia en esta-blecimientos de alojamiento por horas denominados albergues transitorios; con zona de actuación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y respecto de la Provincia de BUENOS AIRES, el Partido de Tigre”.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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#I4660274I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 898/2014

Recházase Pedido de Inscripción Gremial.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el expediente Nº 1.601.193/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO UNICO DE AGENTES DE GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, con domicilio en Avenida Santa Fe Nº 822, Departamento “F”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita su Inscripción Gremial.

Que para obtener la materialización del derecho a acceder a la Inscripción Gremial, las enti-dades sindicales deben acreditar el cumplimiento de los requisitos que exige la Ley 23.551 y su Decreto Reglamentario.

Que esta Autoridad de Aplicación tiene como deber el control del cumplimiento de los recau-dos que la normativa legal establece.

Que el artículo 9 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, establece que la legislación nacional de los estados miembros, podrán determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas y policiales, las garantías de libertad sindical.

Que se ha considerado que la excepción señalada, permite excluir totalmente o bien limitar los derechos de sindicación a esta categoría de trabajadores, habiendo señalado el Comité de Libertad Sindical, que esta posibilidad “ha sido dejada claramente a la apreciación de los estados miembros”.

Que en la queja incoada contra el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA, presentada por el SINDICATO POLICIAL BUENOS AIRES (SIPOBA) y la FEDERACION ARGENTINA DE SINDICATOS POLICIALES Y PENITENCIARIOS (FASIPP), el Comité de Libertad Sindical en el Caso 2240 en su Informe Definitivo recordó que la REPUBLICA ARGENTINA ha ratificado el Convenio Nº 87 en cuyo artículo 9° se dispone que cada legislación nacional deberá determinar hasta qué punto se aplica-rán a las fuerzas armadas y de la policía las garantías previstas por el citado Convenio, razón por la cual “no cabe duda que la Conferencia Internacional del Trabajo tuvo intención de dejar que cada Estado juzgue en qué medida considera oportuno acordar a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía los derechos previstos en el Convenio, o sea, implícitamente, que los Estados que hubieren ratificado el Convenio no están obligados a reconocer los derechos mencionados a esa categoría de trabajadores”.

Que la tarea de seguridad que la ley impone a las fuerzas armadas y policiales, a partir de una organización jerárquica vertical, en un marco de disciplina, es esencial para el mantenimiento del orden interno de la fuerza y la operatividad en el cumplimiento de los objetivos a su cargo, los que se dificultarían considerablemente, a partir de la constitución de un sindicato para estas categorías.

Que en nuestro país, no se ha dictado legislación alguna que recepte la posibilidad de sin-dicación de las fuerzas armadas o policiales, coordinando armónicamente los derechos que se derivan del ejercicio de la libertad sindical y las obligaciones propias de estos trabajadores.

Que los listados de afiliados adjuntados por la entidad han sido cotejados con el SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO habiendo dado como resultado, en la mayoría de los ca-sos, diferencias con el sistema, motivo por el cual no se ha podido verificar la efectiva prestación de servicios en la actividad.

Que conforme lo normado en el artículo 19 del Decreto Nº 467/88, reglamentario del artículo 21 de la Ley 23.551, se dispone que la Autoridad de Aplicación podrá requerir la acreditación de que los afiliados se desempeñan, efectivamente, en la actividad, oficio, profesión, categoría o em-presa que sirvan para establecer el ámbito personal de la asociación sindical.

Que por lo expuesto se aconseja rechazar la Inscripción Gremial solicitada por el SINDICATO UNICO DE AGENTES DE GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 23, inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Recházase el pedido de Inscripción Gremial formulado por el SINDICA-TO UNICO DE AGENTES DE GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, con domicilio en Aveni-da Santa Fe Nº  822, Departamento “F”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Expediente Nº 1.601.193/13.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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Page 27: Sumario DECRETOS - Erreparftp2.errepar.com/bo/2014/09/08-09-2014.pdf · CIONAL DE GESTION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUS - TENTABLE

Lunes8deseptiembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.963 27#I4658918I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 892/2014

Apruébanse las modificaciones al texto del estatuto social del Sindicato de Trabajado-res de Industrias Químicas, Petroquímicas y Explosivas.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO el Expediente Nº 1.590.488/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y EXPLOSIVAS, con domicilio en calle Lavalle Nº 126, Florencio Varela, Provincia de BUE-NOS AIRES, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada entidad sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada me-diante Resolución Nº 112 de fecha 20 de septiembre de 1956 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION, se halla registrada bajo el Nº 323.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace re-ferencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las dispo-siciones de la Ley Nº 23.551 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modifica-torias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRODE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse las modificaciones realizadas al texto del Estatuto Social del SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y EX-PLOSIVAS, con domicilio en Calle Lavalle Nº 126, Florencio Varela, Provincia de BUENOS AIRES, obrante a fojas 17/83 del Expediente Nº  1.590.488/13, respecto a los artículos 1, 16 y 29, prevaleciendo de pleno derecho las disposiciones de la Ley 23.551 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, sobre las normas estatutarias en cuanto pudieren oponerse. Los mencionados artículos pasarán a formar parte del texto del Estatuto que fue-ra aprobado por Resolución Nº 1162 de fecha 7 de diciembre de 2012 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTICULO 2° — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos territorial y personal que, con carácter de Personería Gremial, le fuera oportunamente otorgado a la entidad.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la noti-ficación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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#I4658928I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 901/2014

Apruébase transformación de la Federación Argentina de Trabajadores del Turf.

Bs. As., 1/9/2014

VISTO la Resolución Nº 1270 de fecha 30 de octubre de 2007 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente Nº 1.203.157/07 se dictó la Resolución de referencia por la que se aprueba la transformación de la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DEL TURF en una entidad de primer grado denominada UNION DE TRABAJADORES DEL TURF Y AFINES.

Que en el Artículo 5° del mencionado acto administrativo se condicionó la referida trans-formación a que las entidades de base afiliadas a la Federación debían convocar a Asamblea de su máximo órgano deliberativo incluyendo en el orden del día el tratamiento de dicha transformación, de acuerdo con el procedimiento establecido en sus respectivos estatutos, y con la debida comunicación a esta Autoridad de Aplicación.

Que, conforme las constancias del expediente, han cumplido con la mencionada con-vocatoria de acuerdo a los recaudos requeridos, las siguientes entidades afiliadas a la Fe-deración: ASOCIACION GREMIAL EMPLEADOS Y PROFESIONALES DEL TURF DE VENADO TUERTO con Personería Gremial Nº 205 SINDICATO DEL PERSONAL DE JOCKEY CLUB DE SANTA FE con Personería Gremial Nº 1327, SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL JOCKEY CLUB PARANA con Personería Gremial Nº  1074, SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB DE RAFAELA con Personería Gremial Nº 1520, CENTRO DE EMPLEADOS DEL TURF DE TANDIL con Inscripción Gremial Nº 1137, CENTRO DE EMPLEA-DOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB GUALEGUAYCHU con Personería Gremial Nº  945, ASOCIACION DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB DE TUCUMAN Y ACTIVIDA-DES HIPICAS con Personería Gremial Nº 725, SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB MENDOZA con Personería Gremial Nº 258, ASOCIACION PROFESIONALES Y VAREADORES DEL TURF DE AZUL con Personería Gremial Nº  275 y ASOCIACION DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB DE CORRIENTES con Inscripción Gremial Nº 422.

Que, asimismo, no han acreditado en las actuaciones el llamado a convocatoria, las siguientes entidades afiliadas a la Federación: AGREMIACION BONAERENSE EMPLEADOS DE REUNION DEL HIPODROMO DE LA PLATA E INTERIOR con Personería Gremial Nº 390 y SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB DE ROSARIO, HIPODROMOS Y AGENCIAS HIPICAS con Personería Gremial Nº 109.

Que dentro del ámbito territorial que le fuera reconocido por Resolución de esta Carte-ra de Estado Nº 112, a la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DEL TURF no se encuentran afiliadas las siguientes entidades que poseen personería gremial: ASOCIACION GREMIAL PROFESIONALES DEL TURF con Personería Gremial Nº  24, ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA con Personería Gremial Nº 19, SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL JOCKEY CLUB LA PLATA con Personería Gremial Nº 302, ASOCIACION PROFESIONALES DEL TURF LA PLATA con Personería Gremial Nº 1513, ASOCIACION GREMIAL DE CUIDA-DORES, JOCKEYS Y APRENDICES DE ROSARIO con Personería Gremial Nº 779, ASOCIA-CION GREMIAL ENTRAINEURS, JOCKEYS Y PEONES DE PARANA con Personería Gremial Nº 278, SINDICATO DE PROFESIONALES DEL TURF, CUIDADORES Y JOCKEYS DE TUCU-MAN con Personería Gremial Nº 1038 y ASOCIACION DE EMPLEADOS DEL JOCKEY CLUB CORDOBA con Personería Gremial Nº 192.

Que la transformación pretendida no afecta los ámbitos de representación personal y territorial de las entidades que se encuentran afiliadas a la Federación y que no cumplieron con la condición impuesta en el artículo 5° de la Resolución Nº 1270/07 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, como asimismo, no afecta a las entidades que no se encuentran afiliadas a la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DEL TURF, ámbitos que deberán ser excluidos de la representación pretendida por la UNION DE TRA-BAJADORES DEL TURF Y AFINES.

Que el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL garantiza la constitución de organizaciones sindicales libres y democráticas, reconocidas por la simple inscripción, en el registro pertinente.

Que por Ley 14.932 se ha ratificado el Convenio Nº 87 de la Organización Internacional del Trabajo que garantiza a los trabajadores el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, respetando la legalidad.

Que el artículo 11 de la Ley 23.551 faculta a las asociaciones a asumir las siguientes tipologías: a) sindicatos o uniones, b) federaciones y c) confederaciones.

Que consecuentemente, corresponde tener por acreditado el cumplimiento de los re-caudos previstos por el artículo 5° de la Resolución Nº 1270/07 del MINISTERIO DE TRABA-JO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 23, inciso 7º, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase en forma definitiva la transformación de la FEDERACION AR-GENTINA DE TRABAJADORES DEL TURF en una entidad de primer grado denominada UNION DE TRABAJADORES DEL TURF Y AFINES. atento la acreditación del cumplimiento de los recaudos establecidos en el artículo 5º de la Resolución Nº 1270 de fecha 30 de octubre de 2007 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, reconociéndose per-sonería gremial para agrupar a todos los trabajadores, obreros, empleados, sin distinción de jerarquías, que presten servicios en los Jockeys Clubs e Hipódromos con zona de actuación en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, con exclusión de los ámbitos de represen-tación reconocidos con carácter de personería gremial a las siguientes entidades: AGREMIA-CION BONAERENSE EMPLEADOS DE REUNION DEL HIPODROMO DE LA PLATA E INTERIOR con Personería Gremial Nº 390, SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL JOCKEY CLUB DE ROSARIO, HIPODROMOS Y AGENCIAS HIPICAS con Personería Gremial Nº 109, ASOCIA-CION GREMIAL PROFESIONALES DEL TURF con Personería Gremial Nº  24, ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS HIPODROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLI-CA ARGENTINA con Personería Gremial Nº 19, SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DEL JOCKEY CLUB LA PLATA con Personería Gremial Nº  302, ASOCIACION PROFESIONALES DEL TURF LA PLATA con Personería Gremial Nº 1513, ASOCIACION GREMIAL DE CUIDADO-RES, JOCKEYS Y APRENDICES DE ROSARIO con Personería Gremial Nº 779, ASOCIACION GREMIAL ENTRAINEURS, JOCKEYS Y PEONES DE PARANA con Personería Gremial Nº 278, SINDICATO DE PROFESIONALES DEL TURF, CUIDADORES Y JOCKEYS DE TUCUMAN con Personería Gremial Nº 1038 y ASOCIACION DE EMPLEADOS DEL JOCKEY CLUB CORDOBA con Personería Gremial Nº 192.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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