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1 SEGUNDA MODIFICACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL RESUMEN EJECUTIVO DE LA IMAGEN OBJETIVO 1) ANTECEDENTES. 1.1) Marco institucional atingente: El presente documento tiene por objeto resumir en forma concisa los antecedentes, diagnóstico, fundamentos, objetivos, estrategia y propuesta de Imagen Objetivo correspondiente a la Segunda modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz, cuyos detalles están consignados en el capítulo 6 de este documento y su anexo 14. Cabe destacar que la Imagen Objetivo es la primera fase del proceso modificatorio y en tal sentido este documento no pretende hacer un diagnóstico urbano acabado, como tampoco fundamentar detalladamente la propuesta de modificación del PRC. Por ello, y tal como señala el artículo 28 octies del DFL 458 el resumen ejecutivo “sintetizará, en un lenguaje claro y simple el diagnóstico y sus fundamentos técnicos; los objetivos generales y los principales elementos del instrumento a elaborar”. En efecto, los artículos 28 octies y 43 del DFL 458 a través de las modificaciones que resultaron de la Ley 21078, incorpora una fase de anteproyecto al proceso de modificación del instrumento de planificación comunal a objeto de permitir una participación ciudadana temprana y posibilitar correcciones durante la Evaluación Ambiental Estratégica. Esta nueva fase incluye una Imagen Objetivo y un Anteproyecto los que tienen por finalidad discutir ante el Concejo Municipal, la ciudadanía y servicios públicos competentes; los preceptos básicos de una modificación al instrumento de planificación comunal, dando la posibilidad que estos se rectifiquen tempranamente antes de iniciar la aprobación final. Así mismo, la Ley 21078 modifica el DFL 458 incorporando el artículo 28 nonies, el cual regula como los particulares pueden intervenir en la elaboración y aprobación de los planes reguladores comunales. Para ello, dispone que los particulares pueden hacer solicitudes de modificación en tanto la fundamenten e identifiquen las funciones o intereses que cumplen en el territorio. Por último, la misma ley antes señalada incorpora el artículo 28 decies en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En este nuevo apartado de la ley urbana, se establece que las modificaciones a los instrumentos de planificación deberán tener información suficiente que respalde sus fundamentos y “ajustarse a los principios de sustentabilidad, cohesión territorial y eficiencia energética, procurando que el suelo se ocupe de manera eficiente y combine los usos en un contexto urbano seguro, saludable, accesible universalmente e integrado socialmente” 1.2) Instrumentos de gestión locales: 1.2.1) Plan de Desarrollo Comunal. El Plan de Desarrollo Comunal define a San Pedro de la Paz como “una ciudad parque, amigable para vivirla y visitarla, promotora de la calidad de vida a través de la participación, inclusión e integración social y territorial; generadora de oportunidades para un desarrollo sustentable basada en la valoración del patrimonio natural y la corresponsabilidad de su comunidad”. Derivado de ello, emergen seis lineamientos entre los cuales destaca el lineamiento N°3: “San Pedro de la Paz, ciudad conectada, integrada y segura espacialmente, que resguarda la conservación de su patrimonio natural” y su

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SEGUNDA MODIFICACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL RESUMEN EJECUTIVO DE LA IMAGEN OBJETIVO

1) ANTECEDENTES.

1.1) Marco institucional atingente:

El presente documento tiene por objeto resumir en forma concisa los antecedentes, diagnóstico, fundamentos, objetivos, estrategia y propuesta de Imagen Objetivo correspondiente a la Segunda modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz, cuyos detalles están consignados en el capítulo 6 de este documento y su anexo 14. Cabe destacar que la Imagen Objetivo es la primera fase del proceso modificatorio y en tal sentido este documento no pretende hacer un diagnóstico urbano acabado, como tampoco fundamentar detalladamente la propuesta de modificación del PRC. Por ello, y tal como señala el artículo 28 octies del DFL 458 el resumen ejecutivo “sintetizará, en un lenguaje claro y simple el diagnóstico y sus fundamentos técnicos; los objetivos generales y los principales elementos del instrumento a elaborar”. En efecto, los artículos 28 octies y 43 del DFL 458 a través de las modificaciones que resultaron de la Ley 21078, incorpora una fase de anteproyecto al proceso de modificación del instrumento de planificación comunal a objeto de permitir una participación ciudadana temprana y posibilitar correcciones durante la Evaluación Ambiental Estratégica. Esta nueva fase incluye una Imagen Objetivo y un Anteproyecto los que tienen por finalidad discutir ante el Concejo Municipal, la ciudadanía y servicios públicos competentes; los preceptos básicos de una modificación al instrumento de planificación comunal, dando la posibilidad que estos se rectifiquen tempranamente antes de iniciar la aprobación final. Así mismo, la Ley 21078 modifica el DFL 458 incorporando el artículo 28 nonies, el cual regula como los particulares pueden intervenir en la elaboración y aprobación de los planes reguladores comunales. Para ello, dispone que los particulares pueden hacer solicitudes de modificación en tanto la fundamenten e identifiquen las funciones o intereses que cumplen en el territorio. Por último, la misma ley antes señalada incorpora el artículo 28 decies en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. En este nuevo apartado de la ley urbana, se establece que las modificaciones a los instrumentos de planificación deberán tener información suficiente que respalde sus fundamentos y “ajustarse a los principios de sustentabilidad, cohesión territorial y eficiencia energética, procurando que el suelo se ocupe de manera eficiente y combine los usos en un contexto urbano seguro, saludable, accesible universalmente e integrado socialmente” 1.2) Instrumentos de gestión locales:

1.2.1) Plan de Desarrollo Comunal.

El Plan de Desarrollo Comunal define a San Pedro de la Paz como “una ciudad parque, amigable para vivirla y visitarla, promotora de la calidad de vida a través de la participación, inclusión e integración social y territorial; generadora de oportunidades para un desarrollo sustentable basada en la valoración del patrimonio natural y la corresponsabilidad de su comunidad”. Derivado de ello, emergen seis lineamientos entre los cuales destaca el lineamiento N°3: “San Pedro de la Paz, ciudad conectada, integrada y segura espacialmente, que resguarda la conservación de su patrimonio natural” y su

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objetivo específico “Mejorar las condiciones de movilidad urbana comunal” Es decir que es un elemento central de la gestión comunal para los próximos 4 años el desarrollo de acciones concretas enfocadas a integrar el territorio y sus habitantes con foco especifico en la protección del patrimonio natural. 1.2.2) Plan Regulador Comunal.

El Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz definió los siguientes objetivos de planificación:

- Definición y articulación del territorio a través de los grandes sistemas naturales y grandes parques urbanos.

- Definición y articulación del territorio a través de una red vial metropolitana a la manera de “umbral” y una red vial comunal integrada a los barrios.

- Definición de las principales centralidades de servicio y de equipamiento capaces de potenciar y organizar estratégicamente la comuna.

- Definición de las unidades barrio asegurando su territorialidad, identidad y provisión de una red de servicios.

- Definición de las áreas de expansión como los territorios necesarios de ocupar para satisfacer la demanda de suelo esperada y la consolidación de área desarticuladas.

Dentro de estas líneas de trabajo destacan la congruencia parcial con el Plan de Desarrollo Comunal en lo que refiere a la integración del territorio, pero también la promoción de centralidades de servicios replicada explícitamente en el PLADECO en su lineamiento N°6 (San Pedro de la Paz ciudad inclusiva que generadora de oportunidades para el emprendimiento y la innovación). Como contrapunto y si bien la planificación urbana comunal ha dado pasos muy relevantes en términos de restringir el desarrollo urbano en zonas de riesgo, este mandato no está explicitado entre los objetivos de planificación originales, Así mismo, el Plan Regulador Comunal vigente no explicita la necesidad de densificar en territorio y contener la expansión aun cuando en los hechos si se identifican áreas de densificación preferente en la comuna. Por último, y si bien se coloca énfasis en la conectividad territorial, se acentúa la importancia en la inversión en infraestructura y no en la promoción de la movilidad eficiente. 1.2.3) Plan Local de Cambio Climático.

Este es un instrumento de planificación con énfasis ambiental elaborado por la Dirección de Medio Ambiente de la Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz en el marco del proyecto de “Fortalecimiento y Expansión de la Red Chilena de Municipios ante el Cambio Climático” financiado por la Unión Europea, con el apoyo de Adapt Chile. De este instrumento emanaron, entre otros, los siguientes compromisos:

- Declarar el humedal Los Batros-Laguna Grande de San Pedro de la Paz como Santuario de la Naturaleza.

- Elaborar de la Estrategia Energética Local. - Elaborar un Plan de protección de áreas silvestres. - Incorporación de criterios ambientales en los instrumentos de planificación territorial - Elaborar un plan de movilidad con énfasis en los modos de transporte no motorizados.

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1.3) Solicitudes de modificación de particulares en el marco de lo dispuesto en el artículo 28 nonies del DFL 458 y el numeral 14 del artículo 19 de la Constitución Política de la Republica:

En base a lo anteriormente expuesto y específicamente lo dispuesto en el artículo 28 nonies del DFL 458 y el numeral 14 del artículo 19 de la Constitución política de la Republica, se han recibido tres propuestas de modificación al Plan Regulador Comunal por parte de particulares:

- Propuesta de modificación llevada a cabo por Inmobiliaria AYS S.A y Agrícola Los Batros Ltda en calidad de propietarios. (anexo 1): Esta propuesta se hizo mediante solicitud fundada ingresada por carta de fecha 24 de mayo de 2019. Esta propuesta tiene por finalidad eliminar la declaratoria de utilidad pública de avenida El Venado en un tramo en el cual su ejecución es muy dificultosa, reemplazándola por una vía ya existente de igual capacidad ya ejecutada en un sector topográficamente más idóneo. Dado que la vía original era una referencia para los límites de zonas, es necesario también replantearlos sin con ello alterar los criterios topográficos y ambientales que originalmente los justificaron. En términos normativos la modificación consiste en:

- Modificar declaratoria de utilidad pública para avenida El Venado. - Modificar límites de zonas ZE-1, ZRQ y ZRR. - Creación de zonas residenciales exclusivas y vivienda unifamiliar.

- Propuesta de modificación llevada a cabo Glen Rybertt W, Gerente General de BO Paper

Biobio SA en calidad de propietarios (anexo 2): Esta propuesta se hizo mediante solicitud fundada ingresada por en carta de fecha 7 de mayo de 2019 y tiene por finalidad agregar dos nuevas declaratorias de utilidad pública en terrenos de propiedad de BO Paper Biobio SA, a objeto de conectar Avenida Pedro Aguirre Cerda con la futura Costanera Rivera Sur y Jorge Alessandri con la nueva vía antes descrita.

- Propuesta de modificación llevada a cabo Carmen Martinez Muñoz, propietaria bien raíz ubicado en calle Los Claveles 50, Huertos Familiares(anexo 3): Esta propuesta se hizo mediante solicitud fundada ingresada por en carta de fecha 9 de noviembre de 2018 y tiene por finalidad modificar la declaratoria de utilidad pública para calle Los Claveles, eliminando el ensanche previsto en la intersección de calle Pedro Aguirre Cerda y cuya finalidad original era prever espacio para la construcción de la pasarela peatonal.

2) DIAGNOSTICO.

La comuna ha experimentado un fuerte crecimiento demográfico que la ha llevado de una población de 89 mil habitantes en 2002 a 131 mil en 2017. En términos globales, esto conlleva tres efectos principales:

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2.1) Enfoque se sustentabilidad.

El crecimiento urbano expansivo, principalmente hacia Coronel y en la cordillera de Nahuelbuta, amenaza afectar los humedales Los Batros y Junquillar, así como las Lagunas Grande y Chica. Si bien las disposiciones actuales prohíben los usos residencial y productivo y limitan los de equipamiento (Ver anexos 4ª, 4b, 4c, 4d, 8 a, b, c, d y e): zonas residenciales y de equipamiento), no existen disposiciones normativas que permitan cautelar el uso público de los bordes y con ello su control social. Complementariamente, las vialidades propuestas por el Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz deben ser revisadas a objeto de evitar que estas afecten innecesariamente las quebradas de la Cordillera de Nahuelbuta. (Ver anexo 5: vialidad estructurante en zonas de quebradas y anexo 6: alternativas de reestructuración en zonas de quebradas). Este mismo crecimiento expansivo ha implicado un incremento en los costos de operación de la ciudad, en especial la extracción de residuos y mantención del espacio público y muy particularmente, el aumento en el consumo de agua para riego, alumbrado público y reposición de mobiliario urbano. Se hace necesario revisar las disposiciones normativas locales a objeto de poder disponer a futuro de espacios públicos más sustentables lo cual también responde a los desafíos planteados por el Plan Local de Cambio Climático. Cabe destacar que este desafío excede el ámbito de competencias del Plan Regulador Comunal ya que si bien las normas de diseño del espacio público son de la competencia de este instrumento, otras más específicas como las disposiciones sobre riego y alumbrado público deben ser reguladas por ordenanzas municipales. 2.2) Enfoque de Cohesión social.

La dispersión espacial de las urbanizaciones, ha generado barrios aislados segregados según nivel socio económico. Acentúa esta condición, el predominio de la ruta 160 y Pedro Aguirre Cerda como vía de conexión comunal y una vía ferroviaria que escinde la ciudad en dos partes, dificultando la integración entre barrios (Ver anexo 7 y 7a: Oferta de accesibilidad). A esto se agrega la falta de espacios públicos de mayor estándar y tamaño accesibles desde diferentes puntos de la ciudad, así como el déficit de equipamiento en los barrios de menor poder adquisitivo. Sin perjuicio de lo anterior, en los sectores en que se ha consolidado una considerable oferta de equipamiento, es posible transitar hacia una normativa más restrictiva que posibilite uso residencial exclusivo. (Ver anexo 8a) a e): oferta de equipamiento) La precariedad legal de los espacios comunes, está presente en los barrios más antiguos de la ciudad como son Villa San Pedro, Loma Colorada, San Pedro Viejo y Boca Sur; entre otros. En efecto, no hay registro de recepción municipal de obras de urbanización en estos barrios, y con ello, que las áreas verdes y calles fuesen transferidas al dominio público. A pesar de ello, se consolidaron en estos barrios “plazas públicas” reconocidas como tal por los vecinos de cada sector, en circunstancias que en algunos casos estos espacios eran propiedad privada y se proyectaba en ellos destinos diferentes al área verde. Con todo y dada la ausencia de documentos de respaldo, los “espacios públicos” de los barrios más antiguos tienen un grado importante de vulnerabilidad legal. (Anexo 9: dominio de plazas públicas) La heterogeneidad de los espacios comunes, al año 2017 en San Pedro de la Paz existían 997 plazas que en conjunto sumaban 1.362.705 metros cuadrados. Teniendo en cuenta la población comunal al año del catastro, esta cantidad de áreas verdes equivalen a 10,29 m2/hab que se reducen a 7,68 m2/hab si se contabilizan exclusivamente las áreas verdes habilitadas para el uso público. A pesar de estos datos que parecieran alentadores, la desigualdad territorial en esta materia es muy considerable. Mientras en las zonas céntricas la cantidad de áreas verdes por habitante alcanza

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incluso los 68 m2/hab, en la periferia puede llegar a los 0,6 m2/hab (Figuras 1 a 7). Estas condiciones favorables del centro, se reducen si se tiene en cuenta la vulnerabilidad legar del “espacio público” céntrico (Anexo 9: dominio de plazas públicas). Figura 1: Áreas verdes por habitante por barrios (con y sin condiciones de uso público)

Fuente: elaboración propia

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Figura 2: densidad de áreas verdes por barrio.

Fuente: elaboración propia

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Figura 3: densidad de áreas verdes por barrio.

Fuente: elaboración propia

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Figura 4: densidad de bancas por barrios.

Fuente: elaboración propia

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Figura 5: densidad de juegos por barrios.

Fuente: elaboración propia

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Figura 6: densidad de prado por barrios.

Fuente: elaboración propia

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Figura 4: densidad de arbolado por barrios.

Fuente: elaboración propia

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El aumento del valor del suelo dificulta que las viviendas de valores medio y bajo se instalen en las áreas urbanas de mayor plusvalía. Esto ocurre muy especialmente en los sectores en los cuales se permiten mejores condiciones urbanísticas como la altura, coeficiente de ocupación de suelo y coeficiente de constructibilidad. Si bien este fenómeno no puede ser manejado con precisión por la norma urbana, si pueden corregirse los excedentes normativos que no están siendo ocupados por el agente inmobiliario. En la actualidad, esto ocurre en las zonas céntricas de San Pedro de la Paz, así como en los corredores urbanos. Del mismo modo, estos mismos excedentes podrían tener un efecto en la tasación fiscal y con ello el impuesto territorial. (Anexo 10: alturas de edificación). Desde otro punto de vista, la excesiva densificación en altura puede producir efectos de segregación espacial que no contribuyan a la integración social. (Anexo 11: densidades máximas). 2.3) Enfoque de eficiencia energética.

La gran cantidad viajes motorizados que se realizan hacia fuera de la comuna (Figura 8: Viajes generados y atraídos en el Gran Concepción) se acentúa por la todavía escasa cobertura de servicios en los barrios. Si se tienen en cuenta las deficiencias de la infraestructura vial y como ello desincentiva el uso del transporte público, la bicicleta, la caminata y por el contrario estimula el uso del transporte particular; tenemos una matriz de transporte poco eficiente energéticamente y muy contaminante. En efecto, de acuerdo a datos de la encuesta origen destino 2019, San Pedro de la Paz es la comuna con mayor tasa de motorización del Gran Concepción (0,78) y donde la caminata tiene la menor participación en la partición modal (16%). (Figura 9: Tasa de motorización y Figura 10: Partición modal por comuna) Figura 8: Viajes generados y atraídos en el Gran Concepción

Fuente: Encuesta Origen Destino Gran Concepción 2019

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Figura 9: Tasa de motorización.

Fuente: Encuesta Origen Destino Gran Concepción 2019 Figura 10: Partición modal por comuna.

Fuente: Encuesta Origen Destino Gran Concepción 2019

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El sobre consumo de energía en calefacción domiciliaria y prestación de servicios públicos resulta entre otros del tipo de crecimiento en extensión con tipología edificatoria en 1 y 2 pisos. En efecto, estos tipos edificatorios tienen mayor cantidad de muros expuestos a la intemperie y van asociados a urbanizaciones con más espacios públicos y más distantes unas de otras. Esto implica mayor gasto de combustible en desplazamientos por parte de los vehículos que prestan servicios públicos, como también un mayor gasto de energía en alumbrado público. 2.4) Ajustes normativos.

Existen vacíos normativos, normativas no ajustadas a derecho o simplemente normas que no están teniendo el efecto deseado y solo constituyen un obstáculo inconducente para los propietarios. Esto queda en evidencia con la sobre demanda de suelo y en lo especifico, con los conflictos de uso de suelo y en general una sobre demanda al sistema normativo urbano (ordenanzas locales, Plan Regulador Comunal, Plan Regulador Metropolitano, Ley General de Urbanismo y Construcciones y su reglamento, etc.). Es el caso de la declaratoria de utilidad pública en calle Los Claveles que consideraba un ensanche al llegar a Pedro Aguirre Cerda, la asignación de condiciones urbanísticas en función de usos de suelo o tipos de densificación, la asignación de usos de suelo en función de condiciones imprecisas y no ajustadas a derecho.

3) EL PROBLEMA DE DECISIÓN.

Sobre la base de lo anteriormente expuesto, se evidencia que la ciudad experimenta un fuerte proceso de expansión urbana que deriva en conflictos con los espacios naturales y comunitarios, dificultades de movilidad urbanas, mayores costos de mantención del espacio público, segregación urbana; frente a los cuales el Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz no tiene herramientas o si las tiene, están siendo ineficaces. Es decir, el problema de decisión se puede resumir y explicar mediante el siguiente esquema:

INTENSAEXPANSIÓNURBANA

Dificultades demovilidadurbana

Presión sobre losespacios naturales ycomunitarios

Mayores costos demantención delespaciopúblico

Segregaciónurbana

Lanormativanoestimulalamaterialización deinfraestructura demovilidad

Lanormativaesinsuficientepara contener o evitar losconflictos socio-ambientales

Lanormativanocontribuyea disminuir los costos demantención del espaciopúblico

La normativa no essuficiente para cautelar lacohesión social delterritorio

El PlanRegulador Comunal no está siendoeficienteencontenerlaexpansiónurbanaysusefectos

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4) OBJETIVOS DE PLANIFICACIÓN.

Los fundamentos técnicos antes expuestos constituyen las bases para la planificación urbana comunal tanto en la presente modificación como en las siguientes, en el entendido por supuesto, que el marco diagnostico no cambie sustancialmente. En respuesta al diagnóstico y fundamentos antes enunciados, los objetivos generales y específicos de planificación son los siguientes: 4.1) Objetivo General.

Contribuir paulatinamente al mejoramiento de la calidad de vida de San Pedro de la Paz; promoviendo el resguardo de los bienes naturales y públicos, la movilidad eficiente; en un marco de concentración e integración social y urbana. 4.2) Objetivos específicos.

- OE1: Cautelar la sustentabilidad ambiental del territorio resguardando normativamente el

patrimonio natural y comunitario y promoviendo espacios públicos de menor costo de operación.

- OE 2: Promover la cohesión social incorporando normas de densificación equilibrada en las áreas centrales.

- OE 3: Contribuir a la disminución de viajes motorizados mejorando la conectividad barrial e incorporando normas de compensación a la densificación.

- OE 4: Contribuir a eficacia regulatoria ajustando la normativa al derecho y evitando afectar innecesariamente a los propietarios de suelo.

5) ESTRATEGIA DE MODIFICACIÓN.

En respuesta a los objetivos antes enunciados, el Concejo Municipal resolvió, por Acuerdo de Concejo Municipal N°851-95-2019 de fecha 9 de julio de 2019, llevar a cabo un conjunto de modificaciones al Plan Regulador Comunal. Este acuerdo responde a los requerimientos hechos por los propios Concejales, comunidad o directores municipales y constituye un compromiso a mediano y largo plazo que estará sujeto al desarrollo de estudios y tramitaciones establecidas por la institucionalidad urbana vigente. El listado de las modificaciones comprometidas y sus fundamentos es el siguiente: 5.1) Propuestas de modificaciones futuras (ver anexo N°13: estrategia de modificación).

OE1: CAUTELAR LA SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL DEL TERRITORIO RESGUARDANDO NORMATIVAMENTE EL PATRIMONIO NATURAL Y COMUNITARIO Y PROMOVIENDO ESPACIOS PÚBLICOS DE MENOR COSTO DE OPERACIÓN. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN FUNDAMENTACIÓN PREREQUISITOS SOLICITANTE 1.1 Modificación de declaratoria de

utilidad pública para Avenida El Venado entre William Condom y Camino a la Laguna.

La propuesta se emplaza en cabeza de quebradas y por ende contribuye a la sustentabilidad ambiental del territorio

No hay Inmobiliaria AYS S.A y Agrícola Los Batros Ltda.

1.2 Declarar de utilidad pública plazas diversos sectores de la comuna

La propuesta busca dar certeza jurídica a las plazas públicas que no fueron recepcionadas como Bien Nacional de Uso Público, resguardando su patrimonio ambiental y por ende

No hay Concejal Javier Guerrero

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contribuir a la sustentabilidad ambiental del territorio

1.3 Declarar utilidad pública para parque comunal sector de Humedal Los Batros, Parque Laguna Grande y Laguna Junquillar

La propuesta busca a limitar las actividades urbanas en las áreas afectadas, reservándolas para su uso público una vez expropiadas. Con ello se espera contener su deterioro y darles control social, contribuyendo a la sustentabilidad ambiental del territorio

No hay Plebiscito Comunal

1.4 Disponer de normas de diseño sostenible en el espacio público

La propuesta busca regular el diseño de las áreas verdes publicas disponiendo de un máximo de prado para controlar el consumo de agua de riego. Con ello se espera contribuir a disminuir los costos de mantención del espacio público y con ello a la sustentabilidad ambiental del territorio.

No hay Asesoría Urbana

1.5 Eliminar declaratoria de utilidad pública para Avenida San Pedro del Valle entre Progreso y Avenida Padre Hurtado.

La propuesta busca eliminar una propuesta vial sobre el Humedal Los Batros y con ello disminuir riesgos de deterioro del patrimonio natural por concepto de obras civiles y contribuyendo de esa forma a la sustentabilidad ambiental del territorio.

ECV Plebiscito Comunal

1.6 Eliminar declaratoria de utilidad pública para calle Ambrosio O´Higgins

La propuesta busca eliminar una propuesta de ensanche vial que, de ocurrir, reduciría el ancho del área verde, incrementaría el tráfico vehicular y con ello la contaminación. Es decir, la propuesta contribuye a la sustentabilidad ambiental del territorio.

ECV Asesoría Urbana

1.7 Disminuir ancho entre líneas oficiales para calle Enrique Soro

La propuesta busca eliminar una propuesta de ensanche vial que, de ocurrir, reduciría el ancho del área verde, incrementaría el tráfico vehicular y con ello la contaminación. Es decir, la propuesta contribuye a la sustentabilidad ambiental del territorio.

ECV Concejal Javier Guerrero

OE2: PROMOVER LA COHESIÓN SOCIAL INCORPORANDO NORMAS DE DENSIFICACIÓN EQUILIBRADA EN LAS ÁREAS CENTRALES. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN FUNDAMENTACIÓN PREREQUISITOS SOLICITANTE 2.1 Creación de zona residencial

exclusiva en baja densidad en sector El Venado

La propuesta busca posibilitar la coexistencia de las densidades medias y bajas al interior de un mismo barrio. Esto se hará sobre la base de una zonificación que separe la vivienda unifamiliar de la vivienda colectiva en altura. Con ello se busca posibilitar integración social al nivel de barrio, mitigando los efectos negativos de la coexistencia de ambas tipologías de edificación.

Inmobiliaria AYS S.A y Agrícola Los Batros Ltda.

2.2 Permitir centros de rehabilitación conductual en otras zonas a parte las ya permitidas

La propuesta busca permitir en todos los barrios, actividades educativas estigmatizadas como son los centros de rehabilitación conductual y que en la actualidad solo están permitidas en algunos sectores. Con ello se busca contribuir a corregir la estigmatización de algunos barrios residenciales y con ello a mayores niveles de cohesión social.

Concejal Javier Guerrero

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2.3 Rectificar alturas de edificación en ZM-1, ZM-3 y ZH-12

La propuesta busca avanzar hacia una ciudad compacta con barrios menos dispersos y donde se posibilite el contacto social. Con ello se espera reducir los niveles de segregación y promover la cohesión social.

Estudio de tendencias de desarrollo.

Vecinos de San Pedro de la Paz

2.4 Re denominar zona ZRI-2 como ZH-3

La propuesta es habilitar para residencia en densidad media, terrenos sub densificados contiguos a áreas consolidadas de Loma Colorada. Con ello se busca diversificar la composición social de este barrio y con ello, promover su cohesión social

EAE Vecinos Lomas Coloradas

OE3: CONTRIBUIR A LA DISMINUCIÓN DE VIAJES MOTORIZADOS MEJORANDO LA CONECTIVIDAD BARRIAL E INCORPORANDO NORMAS DE COMPENSACIÓN A LA DENSIFICACIÓN. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN

FUNDAMENTACIÓN PREREQUISITOS SOLICITANTE

3.1 Incorporar exigencias de estacionamientos para bicicletas

La propuesta busca incentivar el uso de la bicicleta en viajes cortos y con ellos la disminución de los viajes en vehículo y locomoción colectiva.

Asesoría Urbana

3.2 Crear declaratoria de utilidad pública para calle Nueva 1, sector Michaihue.

La propuesta busca reservar espacio para calle en el sector Michaihue Boca Sur para acercar estos barrios a los corredores de transporte y centros de servicio, contribuyendo con ello a la disminución de los tiempos de viaje

EAE, ECV SERVIU región del Biobío

3.3 Prolongar declaratoria de utilidad pública para conectar Galvarino con Vicente Huidobro.

La propuesta busca reservar espacio para calle para conectar los barrios al sur y norte del parque Industrial Loma Colorada y que actualmente están desconectados. Se busca con ello acercar estos barrios a los corredores de transporte y centros de servicio, entregar opciones de conectividad alternativas a la ruta 160, contribuyendo con ello a la disminución de los tiempos de viaje

EAE, ECV Dirección de Obras Municipales.

3.4 Creación de declaratoria de utilidad pública para calle Michimalonco Interior

La propuesta busca cambiar la categoría del actual pasaje Michimalonco a objeto que las casas que acceden por este puedan ofrecer actividades de equipamiento. Con ello se busca mejorar la oferta de servicios en el centro de la comuna y con ello, contribuir a la disminución de viajes motorizados entre barrios y fuera de la comuna

EAE, ECV Dirección de Obras Municipales.

3.5 Crear declaratoria de utilidad pública para Prolongación Calle Victoria entre Pedro Aguirre Cerda y Costanera Ribera Sur

La propuesta busca reservar espacio para calle para conectar los barrios al sur de Pedro Aguirre Cerda con la futura Costanera. Se busca con ello acercar estos barrios a los corredores de transporte y centros de servicio locales y metropolitanos, entregar opciones de conectividad alternativas para acceder a los puentes sobre el río Biobío, contribuyendo con ello a la disminución de los tiempos de viaje

EAE, ECV Glen Rybertt W, Gerente General de BO Paper Biobio SA

3.6 Crear declaratoria de utilidad pública para Prolongación Calle Alto Llacolén

La propuesta busca reservar espacio para calle para conectar el barrio de Idahue con Ernesto Pinto Lagarrigue. Se busca con ello entregar opciones de conectividad alternativas para el barrio y disminuir la congestión

EAE, ECV Junta de vecinos de Idahue

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vehicular, contribuyendo con ello a la disminución de los tiempos de viaje

3.7 Modificar Declaratoria de Utilidad Pública para calle Diagonal Biobío

La propuesta busca desplazar hacia el poniente la actual calle Diagonal Biobío a objeto de alinearla con Avenida Los Batros. Se busca con ello simplificar el cruce para los peatones y vehículos motorizados y con ello la seguridad y tiempos de viaje entre barrios.

EAE, ECV Asesoría Urbana

OE 4: CONTRIBUIR A EFICACIA REGULATORIA AJUSTANDO LA NORMATIVA AL DERECHO Y EVITANDO AFECTAR INNECESARIAMENTE A LOS PROPIETARIOS DE SUELO. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN

FUNDAMENTACIÓN PREREQUISITOS SOLICITANTE

4.1 Corrección de Declaratoria de Utilidad Pública para calle Los Claveles.

La propuesta busca eliminar el ensanche adicional que tiene la calle Los Claveles en la intersección con Pedro Aguirre Cerda. Ello porque ya se llevaron a cabo las expropiaciones necesarias y no se van a requerir expropiaciones adicionales. Es decir, la norma existente ya no tiene utilidad.

Vecina propietaria

4.2 Especificar características de cuerpos salientes

Se propone corregir la norma del PRC a objeto que el articulo 8 no haga diferencia entre cuerpos salientes y marquesinas puesto que son lo mismo. Ello evitaría confusiones de interpretación y con ello haría la norma más eficaz

Dirección de Obras Municipales.

4.3 Modificar artículo 12, para eliminar condicionamientos para usos de suelo

Se propone eliminar los condicionamientos para los usos de suelo equipamiento que en la actualidad están limitados a viviendas de cuidadores o a la ejecución de obras de mitigación. En efecto, este tipo de normas han sido objetadas por la Contraloría General de la Republica y por ende en la actualidad son inútiles

Dirección de Obras Municipales.

4.4 Modificar toponimia reemplazando ZEC por ZE4

Se propone eliminar la zona ZEC que actualmente pretende regular el cementerio municipal ubicado en San Pedro Viejo. En efecto, esta zona no tiene norma asociada y por tanto no tiene utilidad práctica. SE propone reemplazarla por la zona ZE4 que regula el cementerio Parque San Pedro.

Dirección de Obras Municipales.

4.5 Eliminación de Declaratoria de Utilidad Pública para calle Los Claveles.

La propuesta busca eliminar la totalidad de la declaratoria de utilidad pública dado que toda la calle está ejecutada, no tiene interconexión con otras calles que le den un valor estratégico, habiendo otras calles contiguas como Diagonal Biobío que interconectan mejor el barrio con el resto de la ciudad. Es decir, la norma existente ya no tiene utilidad.

ECV Asesoría Urbana

4.6 Disminución de ancho entre líneas oficiales en calle José Donoso.

La propuesta busca reducir la el ancho de la declaratoria de utilidad pública dado que toda la calle está ejecutada, no tiene interconexión con otras calles que le den un valor estratégico, habiendo otras calles contiguas como 4 Sur que

ECV Concejal Javier Guerrero

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interconectan mejor el barrio con el resto de la ciudad. Es decir, la norma existente ya no tiene utilidad.

4.7 Disminución de ancho entre líneas oficiales en calle Javiera Carrera

La propuesta busca reducir la el ancho de la declaratoria de utilidad pública a un ancho que, en Loma Colorada, coincida con la distancia entre cercos existentes. Ello evitaría incurrir en mayores expropiaciones y por tanto disponer de una norma que por un lado obligue la construcción de la vía en donde no está ejecutada y evite expropiaciones adicionales en donde ya existe ancho público suficiente. Es decir, la norma la norma debe adecuarse para que sea más eficaz.

ECV Departamento de Diseño, estudios y proyectos SECPLA

4.8 Rectificación de declaratorias de utilidad pública para calles, Diagonal Biobío, 4 norte, Progreso, Javiera Carrera Laguna Junquillar, 2 sur, 5 y 6 Poniente.

La propuesta busca corregir el trazado de las calles 4 norte, Progreso, Javiera Carrera Laguna Junquillar, 2 sur, 5 y 6 Poniente; dado que han sido ejecutadas en forma diferente a lo previsto por el Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz, generando una potencial duplicidad de gravámenes no justificados técnicamente y por tanto innecesarios. Es decir, la norma la norma debe adecuarse para que sea más eficaz.

ECV* Dirección de Obras Municipales.

4.9 Eliminar declaratoria de utilidad Pública para calles Las Garzas, Segunda Longitudinal, Los Batros y Los Batros oriente

La propuesta busca eliminar la totalidad de estas declaratorias de utilidad pública dado que no tienen interconexión con otras calles que le den un valor estratégico, habiendo otras calles contiguas como Diagonal Biobío y Puente Industrial que interconectan mejor el barrio con el resto de la ciudad. Es decir, la norma existente ya no tiene utilidad.

ECV Asesoría Urbana

4.10 Precisar límites de zonas ZM-1, ZM-4 y ZH-7

Se propone precisar el límite de las zonas mencionadas porque en la actualidad sus límites son imprecisos o cortan predios en formas que dificultan su aplicación.

EAE, ECV* Dirección de Obras Municipales.

4.11 Corrección de articulo 7 letra a de la Ordenanza Local

Se propone eliminar las exigencias de cumplir las disposiciones del Anexo III del estudio de riesgo, porque de acuerdo al oficio 10.347 de la Contraloría General de la Republica no estaría ajustado a derecho.

EAE. Contraloría General de la Republica

5.2) Dificultades y estrategia de modificación.

Como se evidencia en el punto anterior, la cartera de modificaciones al Plan Regulador Comunal es diversa en contenido, complejidad y estudios necesarios para fundamentarla. En efecto, del análisis de la circular MINVU DDU en el punto 3.2.1.2.1, se puede inferir que la eliminación o creación de nuevas vías en el PRC o el incremento de viajes como resultado la mayor constructibilidad o densidad dan lugar a la elaboración de un estudio de capacidad vial. Por otro lado, el punto 3.2.1.2.2 indica que la modificación de áreas residenciales o productivas implicaría modificar o realizar un estudio de Equipamiento. Finalmente, DS N°32 que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica indica en su artículo 29 que se requerirá dicho trámite cuando la modificación al Plan

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Regulador Comunal conlleve “cambios sustanciales”, dentro de los cuales la creación de nuevas declaratorias de utilidad pública para vías colectoras, se incrementen alturas o densidades. Sin perjuicio de lo anteriormente indicado, se estima que las demandas de reducción de altura y densidades máximas permitidas solicitadas por la comunidad ameritan ser analizadas en función de las demandas de suelo que se proyectan en San Pedro de la Paz en un horizonte de 15 años a lo menos. En efecto, es necesario conocer ese valor a objeto de evaluar la presión que dicha reducción podría conllevar sobre las áreas naturales que en este momento no están edificadas como son las quebradas y humedales. Del mismo modo, la expansión como resultado de la reducción de altura y densidades puede traer como consecuencia el aumento de viajes, congestión vial y mayor contaminación. Con todo, se estima necesario que las modificaciones que implican cambios a densidades y alturas máximas de edificación sean respaldadas por un Estudio de Tendencias de Desarrollo. Como resultado de todo lo anterior, los tiempos de tramitación de las modificaciones más complejas dilatarán innecesariamente los de las modificaciones más simples si es que van en un mismo expediente de modificación. Por lo anteriormente expuesto, se propone separar en dos procesos aprobatorios diferentes, las modificaciones que no requieren prerrequisitos (evaluación ambiental estratégica (EAE), estudio de capacidad vial (ECV) y estudio de tendencias de desarrollo (ETD)) y las que si lo necesitan. Se llevarían a cabo una modificación al PRC más simple y corta (2° Modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz) y en un momento diferente, otra modificación compleja y de más largo proceso aprobatorio (3° Modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz). Con fines de registro y transparencia pública se recomienda aprobar por acuerdo de concejo el inicio de la modificación al Plan Regulador Comunal con más materias más simples y un segundo acuerdo de Concejo comprometiendo una futura modificación una vez que se hagan los estudios necesarios para su fundamentación. Este planteamiento estratégico fue ratificado por acuerdo de Concejo Municipal N°1028-111-2019 de fecha 1 de octubre de 2019 y las modificaciones categorizadas según estos criterios son:

6) PROPUESTA PARA LA 2° MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ (Ver Anexo 14: Láminas IO – 1 a IO – 5).

La propuesta que a continuación se presenta, corresponde a la segunda modificación al Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz, la cual deberá iniciar la tramitación de su imagen objetivo con posterioridad a su aprobación por parte del Concejo Municipal. A continuación se enuncian sus contenidos específicos sus fundamentos y relación con los objetivos específicos, así como su análisis comparativo con la situación normativa existente. 6.1) Propuesta de 2° Modificación Plan Regulador Comunal de San Pedro de la Paz.

OE1: CAUTELAR LA SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL DEL TERRITORIO RESGUARDANDO NORMATIVAMENTE EL PATRIMONIO NATURAL Y COMUNITARIO Y PROMOVIENDO ESPACIOS PÚBLICOS DE MENOR COSTO DE OPERACIÓN. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN FUNDAMENTACIÓN 1.1 Modificación de declaratoria de

utilidad pública para Avenida El Venado entre William Condom y Camino a la Laguna.

La propuesta se emplaza en cabeza de quebradas y por ende contribuye a la sustentabilidad ambiental del territorio

1.2 Declarar de utilidad pública plazas diversos sectores de la comuna

La propuesta busca dar certeza jurídica a las plazas públicas que no fueron recepcionadas como Bien Nacional de Uso Público, resguardando su

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patrimonio ambiental y por ende contribuir a la sustentabilidad ambiental del territorio

1.3 Declarar utilidad pública para parque comunal sector de Humedal Los Batros, Parque Laguna Grande y Laguna Junquillar

La propuesta busca a limitar las actividades urbanas en las áreas afectadas, reservándolas para su uso público una vez expropiadas. Con ello se espera contener su deterioro y darles control social, contribuyendo a la sustentabilidad ambiental del territorio

1.4 Disponer de normas de diseño sostenible en el espacio público

La propuesta busca regular el diseño de las áreas verdes publicas disponiendo de un máximo de prado para controlar el consumo de agua de riego. Con ello se espera contribuir a disminuir los costos de mantención del espacio público y con ello a la sustentabilidad ambiental del territorio.

OE2: PROMOVER LA COHESIÓN SOCIAL INCORPORANDO NORMAS DE DENSIFICACIÓN EQUILIBRADA EN LAS ÁREAS CENTRALES. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN FUNDAMENTACIÓN 2.1 Creación de zona residencial

exclusiva en baja densidad en sector El Venado

La propuesta busca posibilitar la coexistencia de las densidades medias y bajas al interior de un mismo barrio. Esto se hará sobre la base de una zonificación que separe la vivienda unifamiliar de la vivienda colectiva en altura. Con ello se busca posibilitar integración social al nivel de barrio, mitigando los efectos negativos de la coexistencia de ambas tipologías de edificación.

2.2 Permitir centros de rehabilitación conductual en otras zonas a parte las ya permitidas

La propuesta busca permitir en todos los barrios, actividades educativas estigmatizadas como son los centros de rehabilitación conductual y que en la actualidad solo están permitidas en algunos sectores. Con ello se busca contribuir a corregir la estigmatización de algunos barrios residenciales y con ello a mayores niveles de cohesión social.

OE3: CONTRIBUIR A LA DISMINUCIÓN DE VIAJES MOTORIZADOS MEJORANDO LA CONECTIVIDAD BARRIAL E INCORPORANDO NORMAS DE COMPENSACIÓN A LA DENSIFICACIÓN. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN

FUNDAMENTACIÓN

3.1 Incorporar exigencias de estacionamientos para bicicletas

La propuesta busca incentivar el uso de la bicicleta en viajes cortos y con ellos la disminución de los viajes en vehículo y locomoción colectiva.

OE 4: CONTRIBUIR A EFICACIA REGULATORIA AJUSTANDO LA NORMATIVA AL DERECHO Y EVITANDO AFECTAR INNECESARIAMENTE A LOS PROPIETARIOS DE SUELO. IDENTIFICADOR DE MODIFICACIÓN

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN

FUNDAMENTACIÓN

4.1 Corrección de Declaratoria de Utilidad Pública para calle Los Claveles.

La propuesta busca eliminar el ensanche adicional que tiene la calle Los Claveles en la intersección con Pedro Aguirre Cerda. Ello porque ya se llevaron a cabo las expropiaciones necesarias y no se van a requerir expropiaciones adicionales. Es decir, la norma existente ya no tiene utilidad.

4.2 Especificar características de cuerpos salientes

Se propone corregir la norma del PRC a objeto que el articulo 8 no haga diferencia entre cuerpos salientes y marquesinas puesto que son lo mismo. Ello evitaría confusiones de interpretación y con ello haría la norma más eficaz

4.3 Modificar artículo 12, para eliminar condicionamientos para usos de suelo

Se propone eliminar los condicionamientos para los usos de suelo equipamiento que en la actualidad están limitados a viviendas de cuidadores o a la ejecución de obras de mitigación. En efecto, este tipo de normas han sido objetadas por la Contraloría General de la Republica y por ende en la actualidad son inútiles

4.4 Modificar toponimia reemplazando ZEC por ZE4

Se propone eliminar la zona ZEC que actualmente pretende regular el cementerio municipal ubicado en San Pedro Viejo. En efecto, esta zona no tiene norma asociada y por tanto no tiene utilidad práctica. SE propone reemplazarla por la zona ZE4 que regula el cementerio Parque San Pedro.

6.2) Comparación de normativa existente y normativa propuesta.

- Se propone modificar el artículo 5 eliminando la frase “Incluye aumentar ancho a 48 m en los

últimos 45 m antes de llegar a Pedro Aguirre Cerda” que se encuentra al final del recuadro.

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SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA

Artículo 5: Los Claveles *: “Incluye aumentar ancho a 48 m en los últimos 45 m antes de llegar a Pedro Aguirre Cerda”.

Artículo 5: Los Claveles (se elimina nota asociada a “*”

- Se propone modificar el artículo 8 reemplazando el título “Cuerpos salientes, marquesinas y

portales” por el título “Cuerpos salientes y portales”.

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA Artículo 8:Cuerpos salientes, marquesinas y portales Artículo 8: Cuerpos salientes y portales

- Se propone modificar el artículo 12, zona ZM-5, campo uso de suelo; reemplazando la frase

“Permitido, solo vivienda en altura” por la palabra “permitido”

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA RESIDENCIAL Permitido, solo vivienda en

altura. RESIDENCIAL Permitido

- Se propone modificar el artículo 12, zona ZH-6, campo uso de suelo; reemplazando la frase

“Permitido sólo vivienda en extensión” por la palabra “permitido”.

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA RESIDENCIAL Permitido, solo vivienda en

extensión RESIDENCIAL Permitido

- Se propone modificar el artículo 12, creando las zonas ZH-17 y ZH-18. Estas nuevas zonas solo

se emplazarían en el barrio El Venado y reemplazarían las actuales ZH-10 y ZH-11 de la siguientes nuevas normas:

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Se Reemplaza la actual Zona ZH-10 con las siguientes normas (se destacan en color amarillo las materias cambiadas):

USOS DE SUELO TIPO DE USO Permitidos - Condicionados - Prohibidos RESIDENCIAL Permitido ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Industria Bodegaje y Talleres

Prohibido Prohibido

EQUIPAMIENTO CIENTIFICO Permitido COMERCIO Permitido, excepto discotecas, bares y similares. CULTO Y CULTURA Permitido DEPORTE Permitido excepto estadio EDUCACION Permitido excepto centros de orientación y rehabilitación conductual. ESPARCIMIENTO Permitido excepto zoológicos SALUD Permitido excepto cementerio y crematorio SEGURIDAD Permitido excepto cárcel y centros de detención SERVICIOS Permitido SOCIAL Permitido

CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN Y EDIFICACION SUPERFICIE PREDIAL MÍNIMA 450 m2 COEFIC. MÁXIMO DE OCUPACIÓN DE SUELO

0.6 para vivienda en extensión y otros usos 0.3 para vivienda en altura

COEFIC. MÁXIMO DE CONSTRUCTIBILIDAD 2 ALTURA MÁXIMA DE EDIFICACIÓN 30 m SISTEMA DE AGRUPAMIENTO Aislado ALTURA MÁXIMA DE CONTINUIDAD No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE PAREO No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE CONTINUIDAD No se permite ADOSAMIENTO No se permite DISTANCIA MINIMA DE ADOSAMIENTO No se permite DISTANCIA MÍNIMA A LOS DESLINDES Según OGUC y 4 m para edificación en altura en primer y

segundo piso ANTEJARDÍN MÍNIMO 3 m. DENSIDAD HABITACIONAL MÁXIMA BRUTA 140 hab/ha para vivienda en extensión

600 hab/ha para vivienda en altura CONDICIONES ESPECIALES Se deberán considerar estudios de riesgo de conformidad a lo

establecido en artículo 7 de esta Ordenanza. En esta zona, la Municipalidad podrá establecer normas de morfología o estilo arquitectónico de fachadas de conformidad a lo establecido en el artículo 2.7.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

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Por la zona ZH-18 con las siguientes normas (se destacan en color amarillo las materias cambiadas):

USOS DE SUELO TIPO DE USO Permitidos - Condicionados - Prohibidos RESIDENCIAL Permitido ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Industria Bodegaje y Talleres

Prohibido Prohibido

EQUIPAMIENTO CIENTIFICO Prohibido COMERCIO Permitido solo locales comerciales CULTO Y CULTURA Prohibido DEPORTE Permitido solo gimnasios y multicanchas EDUCACION Prohibido ESPARCIMIENTO Prohibido SALUD Prohibido SEGURIDAD Prohibido SERVICIOS Prohibido SOCIAL Prohibido

CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN Y EDIFICACION SUPERFICIE PREDIAL MÍNIMA 450 m2 COEFIC. MÁXIMO DE OCUPACIÓN DE SUELO 0.6 COEFIC. MÁXIMO DE CONSTRUCTIBILIDAD 2

ALTURA MÁXIMA DE EDIFICACIÓN 30 m SISTEMA DE AGRUPAMIENTO Aislado ALTURA MÁXIMA DE CONTINUIDAD No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE PAREO No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE CONTINUIDAD No se permite ADOSAMIENTO Se permite DISTANCIA MINIMA DE ADOSAMIENTO 3 m

DISTANCIA MÍNIMA A LOS DESLINDES Según OGUC

ANTEJARDÍN MÍNIMO 3 m

DENSIDAD HABITACIONAL MÁXIMA BRUTA 600 hab/ha

CONDICIONES ESPECIALES Se deberán considerar estudios de riesgo de conformidad a lo establecido en artículo 7 de esta Ordenanza. En esta zona, la Municipalidad podrá establecer normas de morfología o estilo arquitectónico de fachadas de conformidad a lo establecido en el artículo 2.7.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

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Se Reemplaza la actual Zona ZH-11 con las siguientes normas (se destacan en color amarillo las materias cambiadas):

USOS DE SUELO TIPO DE USO Permitidos - Condicionados - Prohibidos RESIDENCIAL Permitido ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Industria Bodegaje y Talleres

Prohibido Prohibido

EQUIPAMIENTO CIENTIFICO Permitido COMERCIO Permitido, excepto discotecas, bares y similares. CULTO Y CULTURA Permitido DEPORTE Permitido excepto estadio EDUCACION Permitido excepto centros de orientación y rehabilitación

conductual. ESPARCIMIENTO Permitido excepto zoológicos SALUD Permitido excepto cementerio y crematorio SEGURIDAD Permitido excepto cárcel y centros de detención SERVICIOS Permitido SOCIAL Permitido

CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN Y EDIFICACION SUPERFICIE PREDIAL MÍNIMA 400 m2 COEFIC. MÁXIMO DE OCUPACIÓN DE SUELO 0.6 COEFIC. MÁXIMO DE CONSTRUCTIBILIDAD 1 ALTURA MÁXIMA DE EDIFICACIÓN 10,5 m SISTEMA DE AGRUPAMIENTO Aislado ALTURA MÁXIMA DE CONTINUIDAD No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE PAREO No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE CONTINUIDAD No se permite ADOSAMIENTO Si se permite DISTANCIA MINIMA DE ADOSAMIENTO No se exige DISTANCIA MÍNIMA A LOS DESLINDES Según OGUC ANTEJARDÍN MÍNIMO 3 m. DENSIDAD HABITACIONAL MÁXIMA BRUTA 100 hab/ha

CONDICIONES ESPECIALES Se deberán considerar estudios de riesgo de conformidad a lo establecido en artículo 7 de esta Ordenanza. En esta zona, la Municipalidad podrá establecer normas de morfología o estilo arquitectónico de fachadas de conformidad a lo establecido en el artículo 2.7.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

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Por la zona ZH-17 con las siguientes normas (se destacan en color amarillo las materias cambiadas):

NORMAS URBANÍSTICAS DE LA ZONA ZH-17 (ZONA RESIDENCIAL)

USOS DE SUELO

TIPO DE USO Permitidos - Condicionados - Prohibidos RESIDENCIAL Permitido ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Industria Bodegaje y Talleres

Prohibido Prohibido

EQUIPAMIENTO CIENTIFICO Prohibido COMERCIO Prohibido CULTO Y CULTURA Prohibido DEPORTE Prohibido EDUCACION Prohibido ESPARCIMIENTO Prohibido SALUD Prohibido SEGURIDAD Prohibido SERVICIOS Prohibido SOCIAL Prohibido

CONDICIONES DE SUBDIVISIÓN Y EDIFICACION SUPERFICIE PREDIAL MÍNIMA 400 m2 COEFIC. MÁXIMO DE OCUPACIÓN DE SUELO

0.6 COEFIC. MÁXIMO DE CONSTRUCTIBILIDAD

1

ALTURA MÁXIMA DE EDIFICACIÓN 9,5 m SISTEMA DE AGRUPAMIENTO Aislado ALTURA MÁXIMA DE CONTINUIDAD No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE PAREO No se permite PORCENTAJE MÁXIMO DE CONTINUIDAD

No se permite ADOSAMIENTO Se permite DISTANCIA MINIMA DE ADOSAMIENTO 3 m DISTANCIA MÍNIMA A LOS DESLINDES 3 m

ANTEJARDÍN MÍNIMO 3 m

DENSIDAD HABITACIONAL MÁXIMA BRUTA

100 hab/ha

CONDICIONES ESPECIALES Se deberán considerar estudios de riesgo de conformidad a lo establecido en artículo 7 de esta Ordenanza. En esta zona, la Municipalidad podrá establecer normas de morfología o estilo arquitectónico de fachadas de conformidad a lo establecido en el artículo 2.7.9 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Page 27: SEGUNDA MODIFICACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL …

[Escribaaquí]

- Se propone modificar el artículo 12, zona ZI-1, campo uso de suelo; reemplazando la frase “Prohibido, excepto vivienda complementaria a la actividad” por la palabra “prohibido”.

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA

RESIDENCIAL Prohibido, excepto vivienda complementaria a la actividad

RESIDENCIAL prohibido

- Se propone modificar el artículo 12, zona ZPH, campo uso de suelo; reemplazando las

frases “Permitido inofensivo y molesto sólo con *2” por la frase “Permitido inofensivo y molesto”.

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA

INDUSTRIA

Permitido inofensivo y molesto sólo con *2” INDUSTRIA

Permitido inofensivo y molesto

BODEGAJE Y TALLERES

Permitido inofensivo y molesto sólo con *2” BODEGAJE Y TALLERES

Permitido inofensivo y molesto

- Se propone modificar el artículo 12, zona ZPH, campo “condiciones de subdivisión y

edificación”; reemplazando la frase “Permitido sólo con *2” por la palabra “permitido”

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTACIENTIFICO Permitido sólo con *2 CIENTIFICO Permitido COMERCIO Permitido sólo con *2 COMERCIO Permitido CULTO Y CULTURA Prohibido CULTO Y CULTURA Permitido DEPORTE Permitido sólo con *2 DEPORTE Permitido EDUCACION Permitido sólo con *2 EDUCACION Permitido ESPARCIMIENTO Prohibido ESPARCIMIENTO Permitido SALUD Prohibido SALUD Permitido SEGURIDAD Permitido sólo con *2 SEGURIDAD Permitido SERVICIOS Permitido sólo con *2 SERVICIOS Permitido SOCIAL Permitido sólo con *2 SOCIAL Permitido

- Se propone modificar el artículo 12, zona ZE-2, campo “uso de suelo”¨; reemplazando la

frase “Prohibido, excepto hospedaje complementario a la actividad turística”, por la frase “Prohibido, excepto hospedaje”.

SITUACIÓN EXISTENTE SITUACIÓN PROPUESTA

RESIDENCIAL Prohibido, excepto hospedaje complementario a la actividad turística

RESIDENCIAL Prohibido, excepto hospedaje

Page 28: SEGUNDA MODIFICACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL …

[Escribaaquí]

- Se propone modificar el artículo 14 reemplazando el cuadro de exigencias para áreas verdes públicas por un nuevo cuadro que enfatice su sustentabilidad. Específicamente se busca limitar la cantidad de césped, regular el diseño de espacios públicos en áreas naturales y disponer de espacios exclusivos para mascotas. En lo específico:

El cuadro de exigencias actualmente vigente es: superficie

involucrada( m2)

% mínimo a cubrir con prado

% superficie mínima a cubrir con pavimento sólido*.

Cantidad de árboles (un/m2)

Cantidad de papeleros (un/m2)

Cantidad de bancas (un/m2)

Juegos infantiles (un/m2)

Instalaciones deportivas** en ZH – 14 m2 de instalación/m2 de área verde

Parque Sobre 10.000 60 30

0.002 0.005 con máx. de 100 un

0.01 con máx. de 200 un

0.002 0.1 (máx. 2000 m2) Plaza 1.000 – 9.999 20 3

0 0.002 0.005 0

.01

0.002 0.1

Plazoleta 500 – 999 30 20

0.005 0.01 0.02

0.005 0.1

Área Verde 0 - 499 _ 20

_ 0.01 0.02

0.005 (min. 3)

0.1 Bandejones

centrales (hasta 3 m)

Sin limite 100 0 0.005 0 0 0 0

*: pavimento sólido: recubrimiento de superficie horizontal compacto como el radier, asfalto, hormigón o pastelón de cemento; diferente al suelo natural, arena, maicillo, polvo roca o árido en general. **. Instalaciones deportivas: Multicanchas, circuitos de ejercicios para adultos, canchas de skate y canchas de patinaje.

Los cuadros de exigencias propuestos son:

EXIGENCIA DE PLANTACIONES

TIPO DE AREA VERDE PUBLICA

%PRADO %ARBUSTOS Y CUBRESUELOS %PAVIMENTOS* ARBOLES

(% máximo de superficie de área verde publica a cubrir con prado.)

(% máximo de superficie de área verde publica a cubrir con arbustos o cubresuelos.)

(% máximo de superficie de área verde publica a cubrir con pavimentos.)

(unidades de árboles por unidad de superficie destinada a area verde publica

BANDEJONES 25% 75% No es exigible 0,06 (máximo 3 m de ancho sin

límite de superficie)

PARQUES Y PLAZAS 35% 50% 10% 0,08

(sobre 10000 m2)

PLAZAS 25% 50% 15% 0,07

(entre 1000 u 9999 m2)

PLAZOLETAS 25% 50% 25% 0,06

(entre 500 y 999 m2)

PLAZA DE BOLSILLO 25% 50% 25% 0,06

(inferiores a 499 m2) Áreas verdes publicas ubicadas en ZRR, ZRQ, ZRI – 1 y ZRI - 2

No es exigible No es exigible No es exigible No es exigible

Page 29: SEGUNDA MODIFICACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL …

[Escribaaquí]

EXIGENCIAS DE INSTALACIONES JUEGOS INFANTILES,

MAQUINAS DE EJERCICIOS Y PERGOLAS

BANCAS PAPELEROS ESPACIO PARA MASCOTAS

Instalaciones deportivas** en ZH – 14

(unidades de juegos infantiles o máquinas de ejercicios por

superficie de área verde publica)

(unidades de bancas por superficie de área verde publica)

(unidades de papeleros por superficie de área verde publica)

(% de área verde publica destinado a mascotas)

m2 de

grandes pequeños instalación/m2 de área verde

No es exigible No es exigible No es exigible No es exigible No es exigible No es exigible

0,001 0,003 0,010 0,020 5% 0.1

0,002 0,005 0,014 0,028 10% 0.1

0,002 0,014 0,029 0,058 No es exigible 0.1

0,000 0,022 0,047 0,095 No es exigible 0

No es exigible

0.01 (Max 200 unidades) No es exigible No aplica

Se propone agregar un artículo que especifique como tienen los espacios públicos destinados a mascotas. Se propone que estén señalizados a modo de indicar que están destinados a estos fines, ser delimitados con rejas segregadoras y protectoras, poseer mobiliario urbano e infraestructura para el uso de mascotas y propietarios, debiendo evitar materiales y espacios de difícil limpieza.

- Se propone incorporar un artículo que señale que todas las nuevas urbanizaciones

deberán contemplar arborización en sus calles y avenidas. En dichos casos, se exigiría un árbol cada 15 metros.

- Se propone agregar un artículo que especifique que los espacios públicos destinados a permanencia deberán tener formas y pendientes que permitan la recreación, deporte y esparcimiento, así como el aseo de toda la superficie. Se propone que las formas de estos espacios no tendrán ángulos agudos inferiores a 60 grados y las pendientes deberán ser inferiores a 10 grados a objeto de posibilitar el desplazamiento de personas de toda edad o condición física.

- Se propone incorporar un artículo que regule la ejecución de vías de evacuación. Se propone que para mitigar los riesgos de desastres, los loteos y urbanizaciones deberán favorecer la evacuación peatonal por el espacio público. Para ello, se deberán disponer

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[Escribaaquí]

de veredas de mínimo 240 cm, libre de obstáculos, continuas, señalizando el sentido de la evacuación y la distancia a las áreas de seguridad. Para estos efectos, corresponderá que los loteos y urbanizaciones dispongan de vías de evacuación, cuando estén en área de riesgo de Tsunami o que incluyan en su predio una vía de evacuación según lo indicado en el Plano de Evacuación correspondiente.

- Se propone agregar un artículo que exija que las veredas ocupen todo el ancho disponible entre los cierros de la propiedad y la postación eléctrica contigua, con un máximo de 240 cms, salvaguardando siempre el espacio para el arbolado urbano. Así mismo se propone que se dispongan de plataformas peatonales a objeto de mantener la rasante de la vereda en los cruces de calles.

RODRIGO ULLOA TESSER ARQUITECTO

ASESOR URBANISTA RUT/rut

12 de agosto de 2020