Regimen de Importacion y Exportacion

72
IMPORTACION Y EXPORTACION

Transcript of Regimen de Importacion y Exportacion

Page 1: Regimen de Importacion y Exportacion

IMPORTACION Y EXPORTACION

Page 2: Regimen de Importacion y Exportacion

Es el organismo responsable de la aplicación de la Legislación Aduanera y del control de la recaudación de los derechos de aduana y demás tributos; encargados de aplicar, en lo que concierne, la legislación sobre comercio exterior, generar las estadísticas que ese tráfico produce y ejercer las demás funciones que las leyes le encomiendan.

El término también designa una parte cualquiera de la administración aduanera, un servicio o una oficina.

ADUANA

Page 3: Regimen de Importacion y Exportacion

¿Por qué existe el comercio exterior?

• Por que existen necesidades insatisfechas que requieren ser atendidas.

• Hay países que necesitan comprar y hay países que necesitan vender.

• Existe una demanda insatisfecha y una oferta puesta de manifiesto para cubrir la misma.

Page 4: Regimen de Importacion y Exportacion

ROL DE LA SUNATEN EL COMERCIO INTERNACIONAL

Page 5: Regimen de Importacion y Exportacion

FUNCIONES DE LA ADUANA EN EL PERÚ

ROL DE LA ADUANA EN EL COMERCIO INTERNACIONAL

Facilita el Comercio Exterior

Facilita el Comercio Exterior

Regula el Comercio Exterior

Regula el Comercio Exterior

Recauda TributosRecauda Tributos

Page 6: Regimen de Importacion y Exportacion

Grupo operativo de Aduanas

Page 8: Regimen de Importacion y Exportacion

• Inmovilización• Descarga• Desembalaje• Verificación• Reconocimiento• Imposición de marcas,

sellos y precintos• Establecimiento de rutas• Custodia para el traslado

o almacenamiento, y • Cualquier otra acción

necesaria para el control

de las mercancías

ACCIÓN NECESARIA

PARA EL CONTROL DE

LAS MERCANCÍAS

Page 9: Regimen de Importacion y Exportacion

INGRESO DE MERCANCIAS

Page 10: Regimen de Importacion y Exportacion

INGRESO

LUGARES HABILITADOS

DEBE DIRIGIRSE A ADUANAS - CONTROL

PRESENTAR: MANIFIESTO

AUTORIZACIÓN DE DESCARGA

ZONA PRIMARIA

TERMINAL DE ALMACENAMIENT

O

30 DIAS DESTINACIÓN

Tratamiento aplicable a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera y que según la naturaleza y fines pueden ser:

Page 11: Regimen de Importacion y Exportacion

Plazo de 30 días, computado a partir del día siguiente del término de la

descarga

Plazo de 30 días, computado a partir del día siguiente del término de la

descarga

ABANDONO ABANDONO

DEFINICIÓN: Institución jurídica aduanera que se produce en los supuestos contemplados por la presente Ley y que permite a la

SUNAT rematar, adjudicar, destruir o entregar al sector competente las mercancías

DEFINICIÓN: Institución jurídica aduanera que se produce en los supuestos contemplados por la presente Ley y que permite a la

SUNAT rematar, adjudicar, destruir o entregar al sector competente las mercancías

DISPOSICIÓN DE LAS MERCANCÍAS: Las mercancías en situación de abandono legal y las que hayan sido objeto de comiso serán REMATADAS, ADJUDICADAS, ENTREGADAS al sector competente o DESTRUIDAS por la autoridad aduanera

DISPOSICIÓN DE LAS MERCANCÍAS: Las mercancías en situación de abandono legal y las que hayan sido objeto de comiso serán REMATADAS, ADJUDICADAS, ENTREGADAS al sector competente o DESTRUIDAS por la autoridad aduanera

Podrán permanecer

Vencido el plazo

TERMINAL DE ALMACENAMIENTOTERMINAL DE ALMACENAMIENTO

Terminal de Almacenamiento

Terminal de Almacenamiento

Page 12: Regimen de Importacion y Exportacion

Mediante resolución,se PODRÁ AUTORIZAR el almacenamiento de

mercancías por un plazo de treinta (30) días,

contados a partir del día siguiente del término de

la descarga

LOCALES SITUADOS FUERA DE LA ZONA

PRIMARIA

(considerados zona primaria)

• Cantidad• Volumen• naturaleza de las

mercancías• necesidades de la

industria y el comercio así lo ameriten

ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS FUERA DE ZONA PRIMARIA

Page 13: Regimen de Importacion y Exportacion

DESPACHO ADUANERO

Page 14: Regimen de Importacion y Exportacion

DESPACHO ADUANERO DE MERCANCÍAS

El Despacho Aduanero de Mercancías es el cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes, operaciones o destinos aduaneros.

DEFINICIONES BÁSICAS

Page 15: Regimen de Importacion y Exportacion

DESPACHO ADUANERODESPACHO ADUANERO

MODALIDADES DE DESPACHO

ADUANERO

Para efectuar el DESPACHO NORMAL se requiere que las mercancías se ENCUENTREN EN EL TERRITORIO ADUANERO y contar con todos los documentos exigidos por la Ley y en el Reglamento.

Para efectuar el DESPACHO NORMAL se requiere que las mercancías se ENCUENTREN EN EL TERRITORIO ADUANERO y contar con todos los documentos exigidos por la Ley y en el Reglamento.

a) NORMAL

b) ANTICIPADO

c) URGENTE

Page 16: Regimen de Importacion y Exportacion

DESPACHO ADUANERODESPACHO ADUANERO

Las declaraciones sujetas a las MODALIDADES DE DESPACHO ANTICIPADO Y URGENTE, no eximen al declarante de la obligación de cumplir con todas las formalidades y documentos exigidos por el régimen solicitado.

Las declaraciones sujetas a las MODALIDADES DE DESPACHO ANTICIPADO Y URGENTE, no eximen al declarante de la obligación de cumplir con todas las formalidades y documentos exigidos por el régimen solicitado.

Para el LEVANTE de las mercancías sujetas a las modalidades de DESPACHO ANTICIPADO Y URGENTE, éstas deben HABER ARRIBADO AL TERRITORIO ADUANERO.

Para el LEVANTE de las mercancías sujetas a las modalidades de DESPACHO ANTICIPADO Y URGENTE, éstas deben HABER ARRIBADO AL TERRITORIO ADUANERO.

Page 17: Regimen de Importacion y Exportacion

DESPACHO ANTICIPADO

Permite la NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANTES DE LA LLEGADA DE LAS MERCANCÍAS

Permite la NUMERACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANTES DE LA LLEGADA DE LAS MERCANCÍAS

Las mercancías pueden ser TRASLADADAS AL ALMACÉN DEL DUEÑO O CONSIGNATARIO ANTES DEL LEVANTE

Las mercancías pueden ser TRASLADADAS AL ALMACÉN DEL DUEÑO O CONSIGNATARIO ANTES DEL LEVANTE

NO PROCEDE cuando el MEDIO DE TRANSPORTE HAYA ARRIBADO AL LUGAR DE INGRESO AL PAÍS

NO PROCEDE cuando el MEDIO DE TRANSPORTE HAYA ARRIBADO AL LUGAR DE INGRESO AL PAÍS

Page 18: Regimen de Importacion y Exportacion

DESPACHOS URGENTESSu trámite se INICIA ANTES DE LA

LLEGADA DEL MEDIO DE TRANSPORTE o HASTA TRES (3) DÍAS DESPUÉS del

término de la descarga

Su trámite se INICIA ANTES DE LA LLEGADA DEL MEDIO DE TRANSPORTE o

HASTA TRES (3) DÍAS DESPUÉS del término de la descarga

Las mercancías que por su naturaleza o el lugar donde deben ser almacenadas, requieran de un tratamiento preferencial, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación, admisión temporal para perfeccionamiento activo, importación temporal o depósito de aduana.

Las mercancías que por su naturaleza o el lugar donde deben ser almacenadas, requieran de un tratamiento preferencial, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación, admisión temporal para perfeccionamiento activo, importación temporal o depósito de aduana.

Las mercancías destinadas a ayudar a las víctimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación e importación temporal.

SÓLO ESTÁ SUJETO A CONTROL DOCUMENTARIO

Las mercancías destinadas a ayudar a las víctimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros, pudiendo ser destinadas a los regímenes de importación e importación temporal.

SÓLO ESTÁ SUJETO A CONTROL DOCUMENTARIO

ENVÍOS DE URGENCIA

ENVÍOS DE SOCORRO

Page 19: Regimen de Importacion y Exportacion

REGÍMENES, OPERACIONES Y DESTINOS ADUANEROS

I. DEFINITIVOS:- Importación- Exportación

II. SUSPENSIVOS:-Tránsito-Transbordo- Depósito de Aduana

III. TEMPORALES:- Importación Temporal

para reexportación en el mismo estado.

- Exportación Temporal

IV. DE PERFECCIONAMIENTO- Admisión Temporal para

Perfeccionamiento Activo- Drawback- Reposición de Mercancías en

Franquicia

V. OPERACIÓN ADUANERA:- Reembarque.

VI. DESTINOS ADUANEROS ESPECIALES O DE EXCEPCIÓN

- Los señalados en el Art. 83º de la Ley General de Aduanas

Page 20: Regimen de Importacion y Exportacion

REGÍMENESDEFINITIVO

Page 21: Regimen de Importacion y Exportacion

IMPORTACION DEFINICION

Es el Régimen Aduanero que permite el ingreso legal de mercancías provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo. Se lleva a cabo nacionalizando dichas mercancías mediante el pago de derechos de importación.

Una importación de un bien

Las importaciones de servicios.

Page 23: Regimen de Importacion y Exportacion

• Se puede importar todo tipo de tipo mercancías con excepción de aquellas que se encuentran prohibidas.

• Las mercancías restringidas pueden ser objeto de importación siempre que cumplan los requisitos exigidos por la normatividad legal específica para su internamiento al país.

• Las mercancías extranjeras se consideran nacionalizadas, cuando se haya concedido el levante por la autoridad aduanera, momento en que culmina el Despacho de importación

IMPORTACIÓN DEFINITIVA IMPORTACIÓN DEFINITIVA

Page 24: Regimen de Importacion y Exportacion

La relación de mercancías de importación prohibida se encuentra en una relación referencial en el portal de la SUNAT en Internet .

ORIENTACIÓN ADUANERA /CLASIFICACIÓN ARANCELARIA / Relación de Productos de Importación Prohibida.

Mercancías de Importación Prohibida

Page 25: Regimen de Importacion y Exportacion

Plaguicidas organocloradosResiduos o desechos peligrosos o radiactivosProductos pirotécnicosVestido y calzado usadosTextos, diskettes, videocasettes y cualquier material en el que aparezca mutilado el territorio nacional o diferente al de los límites del Perú.Bebidas fabricadas en el extranjero denominadas como PISCO

Page 26: Regimen de Importacion y Exportacion

Mercancías de Importación Restringida

Las mercancías restringidas, se pueden importar, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad legal específica para su internamiento al país.

La relación referencial de mercancías restringidas puede ser consultada en el portal de la SUNAT en Internet ARANCELES Y VALORES EN ADUANA / ARANCEL INTEGRADO / Mercancías Restringidas.

Page 30: Regimen de Importacion y Exportacion

PASOS Y REQUISITOS PASOS Y REQUISITOS

Estudio de mercado y factibilidad económica de la importación del producto. MINCOMERCIO

2. Permisos, autorizaciones y demás trámites ante otras entidades. MINCOMERCIO, DIAN

3. Trámite del registro o Licencia de Importación, trámite que se cumple en cada una de las siguientes dependencias del MINCOMERCIO.

MINCOMERCIO

4. Pago de la importación: Que incluye solicitud apertura Carta de Crédito, Declaración de Cambio, Depósito y Registro de la Operación en Banco de la Republica si financiación es mayor a 6 meses.

Contratación de la Sociedad Certificadora que expida Certificado de Inspección, previo al embarque, cuando se requiera.

EXPORTADOR

5. Despacho, transporte y entrega de la mercancía a depósito de Aduanas.

MINCOMERCIO, BANCOS

Page 31: Regimen de Importacion y Exportacion

IMPORTACION DE MERCADERIA

Page 32: Regimen de Importacion y Exportacion

EXPORTACIÓN

Page 33: Regimen de Importacion y Exportacion

Es un régimen aduanero que permite la salida legal de mercancías del territorio nacional para su uso o consumo en el mercado exterior.

DEFINICIÓN

La institución encargada de autorizar la salida de las mercancías del país es la SUNAD.

No se encuentra afecta al pago de tributos y para efectos de control deberá ser puesta a disposición de la ADUANA.

Page 34: Regimen de Importacion y Exportacion

EXPORTACIÓN

PUERTOSMARÍTIMOS

PUERTOSFLUVIALES

PUERTOSLACUSTRES FRONTERAS

AEROPUERTOS

Page 35: Regimen de Importacion y Exportacion
Page 36: Regimen de Importacion y Exportacion

¿QUIENES PUEDEN EXPORTAR?

Contar con el REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) y poder emitir facturas. Se debe especificar en la ficha de RUC de la SUNAT, en el acápite de actividad de comercio exterior: “EXPORTADOR – IMPORTADOR”.

Estar inscrito en el Registro Unificado

Especificar dentro de la minuta de constitución; en el objeto social, la actividad empresarial que van a desarrollar (comercio nacional e internacional, producción, comercialización).

Page 37: Regimen de Importacion y Exportacion

¿QUE SE PUEDE EXPORTAR?

Cualquier producto que no se encuentre restringido o prohibido, como porejemplo: armas, químicos tóxicos, algunas especies animales, patrimonionacional, drogas.

Page 38: Regimen de Importacion y Exportacion
Page 39: Regimen de Importacion y Exportacion

Contacto inicial con el Importador

Envío de muestras

Contrato de exportación

Page 40: Regimen de Importacion y Exportacion

ELEMENTOS DEL CONTRATO Información del exportador e importador. Condiciones de entrega - INCOTERMS Ley aplicable al contrato Descripción de la mercancía objeto del contrato, especificándose

el peso, embalaje, calidad, cantidad, etc. Precio unitario y total. Condiciones y plazos de pago. Bancos que intervienen en la operación. Documentos exigidos por el importador. Plazo de entrega o de disponibilidad. Modalidad de seguro. Modalidad de transporte y pago de flete. Lugar de embarque y desembarque. Inclusión de los costos en el precio de la mercancía, para la

obtención de documentos requeridos para la exportación.

Page 41: Regimen de Importacion y Exportacion

TRÁMITES DE EXPORTACIÓN

Factura comercial

Lista de empaque

Certificado de origen

Certificado zoosanitario

Certificado fitosanitario

Certificado CITES

Certificado sanitario

Certificado textil

Page 42: Regimen de Importacion y Exportacion

VALOR FOB

< $ 2000 > $ 2000

No interviene un Agente de Aduanas.

Llenar LA DECLARACIÓN SIMPLIFICADA.

Interviene un Agente de Aduanas.

Llenar LA DECLARACIÓN ÚNICA DE ADUANAS

(DUA).

Page 43: Regimen de Importacion y Exportacion

ETAPAS DELPROCEDIMIENTO

DE LA ORDEN DE EMBARQUE

Transmisión electrónicaEl Agente de Aduana transmite electrónicamente la información de la Orden de Embarque.La Aduana llevará a cabo los siguientes pasos:

SIGADConvalida información, numera la Orden de Embarque y deja expedita la mercancía para ser ingresada a la Zona Primaria.

Zona PrimariaEl exportador, Agente de Aduana ingresa mercancía que va a ser embarcada en cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre, la cual queda sometida a potestad aduanera hasta que el funcionario de Aduanas autorice la salida del medio de transporte.

Page 44: Regimen de Importacion y Exportacion

SIGADDetermina la selección aleatoria de las Órdenes de Embarque que serán sometidas a reconocimiento físico, cuyo porcentaje no será mayor al 5%.

Reconocimiento FísicoSe verifica naturaleza y valor de la mercancía o se establece su peso o medida. Asimismo, se verifica que las mismas hayan sido correctamente clasificadas.

Control de EmbarqueSe verifica el embarque de la mercancía en el medio de transporte, la misma que deberá ser despachada dentro del plazo máximo de diez (10) días útiles contados desde la fecha de numeración de la Orden de Embarque o Declaración Simplificada.

DE LA DECLARACIÓN ÚNICA DE ADUANAS

El Despachador de Aduana presentará ante la Intendencia de la Aduana, dentro del plazo de 15 días computados a partir del término del último embarque, la DUA, la Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, el Conocimiento de Embarque, según el medio de transporte utilizado y la Factura Comercial.

Page 45: Regimen de Importacion y Exportacion

RÉGIMENES SUSPENSIVOS

Page 46: Regimen de Importacion y Exportacion

RÉGIMEN SUSPENSIVO

TRANSITO

TRANSBORDO

DEPOSITO DE ADUANA

Page 47: Regimen de Importacion y Exportacion

Es el Régimen Aduanero mediante el cual las mercancías pueden ser trasladadas sólo con destino al exterior con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación.

BASE LEGAL

D.Leg. Nº 809 del 19.04.96 Ley General de Aduanas. D.S. 121-96-EF del 24.12.96 Reglamento de la Ley General de Aduanas. D.S. 122-96-EF del 24.12.96 Tabla de Sanciones por Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.

TRANSITO

Page 48: Regimen de Importacion y Exportacion

REQUISITOS PARA EL REGIMEN

Declaración Única de Aduanas (Tránsito), consignando el Código correspondiente de Tránsito. Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado. Manifiesto de Carga. Factura Comercial, en caso que se requiera. Constancia de Autorización expedida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, cuando el transporte se efectúe por vía terrestre. Garantía, cuando corresponda.

PARA LA PRORROGA

Solicitud, la que deberá estar debidamente justificada. Copia de Declaración Única de Aduanas (Tránsito) debidamente diligenciada.

Page 49: Regimen de Importacion y Exportacion

30 DIASMANIFIESTO

DE CARGA PRESENTACION DE GARANTIA

VEHICULOS AUTORIZADOS15 DIAS

SE NECESITA

Page 50: Regimen de Importacion y Exportacion

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

• Transmisión electrónica• Presentación y revisión documentaria• Verificación exterior• Salida del almacén• Recepción de mercancía y salida

Page 51: Regimen de Importacion y Exportacion

TRANSBORDO

Es el Régimen Aduanero por el cual, bajo el control de ADUANAS, se efectúa la transferencia de mercancías con destino al extranjero, del medio de transporte utilizado para su llegada a aquél utilizado para su salida, con la sólo presentación de la copia del Manifiesto.

REQUISITOS• Formato de Transbordo • Copia del Manifiesto de Carga. • Comprobante de Pago de Derechos por

servicio de Despacho Aduanero.Copia del Volante de Despacho y de la diligencia de trasciego o cambios, cuando corresponda.

Page 52: Regimen de Importacion y Exportacion

30 DIAS ZONA PRIMARIA

NORMAL

ANTES DE LLEGAR A

LA NAVE

NO RECONOCIMINTO

FISICO

SE NECESITABajo modalidades

Forma total

UNICO PAGO TASA DE SS DE

DESPACHO

Page 53: Regimen de Importacion y Exportacion

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

• Solicitud• Recepción• Autorización• Salida de mercancía

Page 54: Regimen de Importacion y Exportacion

DEPOSITO DE ADUANAEs el Régimen Aduanero que permite almacenar las mercancías que llegan al territorio aduanero bajo control de la Aduana, en lugares autorizados, sin el pago de los Derechos Arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, siempre que no hayan sido solicitadas a ningún régimen aduanero ni se encuentren en situación de abandono. BASE LEGAL - D. Leg. N° 809 del 19.04.96Ley General de Aduanas. - D.S. N° 121-96- EF del 24.12.96, y su modificatoría D.S. 013-2001-EF del 20.01.2001. Reglamento de la Ley General de Aduanas. - D.S. N° 122-96-EF del 24.12.96.Modificado por los Decretos Supremos Ns° 027-2000-EF del 27.03.2000, 050-2000-EF del 25.05.2000 y 030-2001-EF del 23.02.2001. (Las fechas que se indican corresponden a su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”)

Page 55: Regimen de Importacion y Exportacion

Requisitos

DESPACHO NORMAL - Declaración Única de Aduanas (Depósito de Aduana), consignando el Código correspondiente al Régimen de Depósito.- Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta porte, según el medio de transporte utilizado.- Factura Comercial.- Certificado de Inspección o Constancia de Inspección emitidos por la empresa supervisora de corresponder.- Otros documentos que la naturaleza de la operación requiera.

PARA EL SISTEMA ANTICIPADO DE DESPACHO ADUANERO O ENVIOS DE URGENCIA. - Declaración Unica de Aduanas (Depósito de Aduana).- Copia de la Factura Comercial.- Certificado de Inspección o Constancia de Inspección emitido por la empresa supervisora, de corresponder.- Certificado Fito o Zoosanitario, de corresponder.- Autorización para el Despacho Urgente en los casos de mercancías que requieran

calificación del Intendente de Aduana.

Page 56: Regimen de Importacion y Exportacion

ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

• Transmisión electrónica• Presentación de la DUA• Reconocimiento físico• Certificado de deposito• Transferencia de mercaderías de un deposito aduanero

a otro• regularización• Recepción de mercancía y salida

Page 57: Regimen de Importacion y Exportacion

RÉGIMENES TEMPORALES

Page 58: Regimen de Importacion y Exportacion

Es el régimen aduanero que permite el ingreso al territorio nacional, con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación, de las mercancías extranjeras que se determinen por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas, siempre que sean identificables.

IMPORTACION TEMPORAL

Page 59: Regimen de Importacion y Exportacion

Importación con suspensión de pago de

DERECHOS ARANCELARIOS y demás impuestos (Garantizados)

Utilización de la Mercancía

18 meses computados a partir de la fecha de

Numeración de la DUA(fin determinado y lugar

específico)

REEXPORTADAS(sin modificación

salvo depreciación normal )

IMPORTACION TEMPORAL

Mercancías: Resolución Ministerial

de Economía y Finanzas

Mercancías: Resolución Ministerial

de Economía y Finanzas

VENCIDO EL

PLAZOSe dará por

NACIONALIZADA AUTOMÁTICAMENTE y

CONCLUIDO el régimen, EJECUTÁNDOSE LA

GARANTÍA

Si en el RECONOCIMIENTO FÍSICO se encuentran MERCANCÍAS DECLARADAS QUE NO PUEDEN ACOGERSE AL RÉGIMEN, la autoridad aduanera procederá a su SEPARACIÓN para su posterior

destinación aduanera

Si en el RECONOCIMIENTO FÍSICO se encuentran MERCANCÍAS DECLARADAS QUE NO PUEDEN ACOGERSE AL RÉGIMEN, la autoridad aduanera procederá a su SEPARACIÓN para su posterior

destinación aduanera

TUO LGA 951: Artículo 12º.- La OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA NACE:d) En la importación temporal y la admisión temporal, en la fecha de numeración de la declaración con la que se solicitó el régimen

TUO LGA 951: Artículo 12º.- La OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA NACE:d) En la importación temporal y la admisión temporal, en la fecha de numeración de la declaración con la que se solicitó el régimen

Page 60: Regimen de Importacion y Exportacion

Podemos citar: Material profesional, técnico, científico o pedagógico,

sus repuestos y accesorios, destinados a ser utilizados en un trabajo específico.

Aparatos y materiales para laboratorio y los destinados a investigación.

Mercancías que en calidad de muestras son destinadas a la demostración de un producto para su venta en el país. Material de propaganda.

Diques y embarcaciones tales como dragas, remolques y otros similares destinados a prestar un servicio auxiliar.

MERCANCIAS QUE PUEDEN SER OBJETO DE IMPORT. TEMPORAL

Page 61: Regimen de Importacion y Exportacion

Moldes y matrices, clisés y material de reproducción para uso industrial y artes gráficas. Aparatos e instrumentos de utilización directa en el

prestación de servicios. Maquinarias, motores, herramientas, instrumentos ,

aparatos y sus elementos o accesorios averiados para ser reparados en el país.

Equipos, maquinarias, aparatos e instrumentos de utilización directa en el proceso productivo

Otros señalados en la ley de la materia.

MERCANCIAS QUE PUEDEN SER OBJETO DE IMPORT. TEMPORAL

Page 62: Regimen de Importacion y Exportacion

• Es el régimen aduanero que permite salida al exterior de mercancías nacionales o nacionalizadas con la obligación de ser reimportadas en el mismo estado o después de haber sido sometidas a reparación, cambio o mejoramiento de sus características.

EXPORTACIÓN TEMPORALEXPORTACIÓN TEMPORAL

Page 63: Regimen de Importacion y Exportacion

Valor Agregado

Valor Agregado

Mismo Estado

Mismo Estado

SALIDAREGRESA

:

EXPORTACIÓN TEMPORALEXPORTACIÓN TEMPORAL

El valor de la REPARACIÓN O PERFECCIONAMIENTO DE LA MERCANCÍA en el exterior

El valor de la REPARACIÓN O PERFECCIONAMIENTO DE LA MERCANCÍA en el exterior

En el caso de mercancías exportadas temporalmente que se reimporten después de ser REPARADAS O PERFECCIONADAS EN EL EXTERIOR, el VALOR AGREGADO ESTÁ COMPUESTO POR:

En el caso de mercancías exportadas temporalmente que se reimporten después de ser REPARADAS O PERFECCIONADAS EN EL EXTERIOR, el VALOR AGREGADO ESTÁ COMPUESTO POR:

Los GASTOS DE TRANSPORTE y SEGURO ocasionados por la salida y retorno de la mercancía

Los GASTOS DE TRANSPORTE y SEGURO ocasionados por la salida y retorno de la mercancía

El VALOR AGREGADO de la

mercancía se encuentra

AFECTO AL PAGO de los

derechos arancelarios y demás tributos

El VALOR AGREGADO de la

mercancía se encuentra

AFECTO AL PAGO de los

derechos arancelarios y demás tributos

PLAZO: 12 meses, computados a partir de la fecha del término del embarque de la mercancíaEl PLAZO podrá ser AMPLIADO por ADUANAS a solicitud del interesado en casos debidamente

justificados

PLAZO: 12 meses, computados a partir de la fecha del término del embarque de la mercancíaEl PLAZO podrá ser AMPLIADO por ADUANAS a solicitud del interesado en casos debidamente

justificados

Page 64: Regimen de Importacion y Exportacion

Es el régimen que permite el ingreso de ciertas mercancías extranjeras al territorio aduanero con suspensión de pagos de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables a la importación de mercancías, para ser exportadas dentro de un plazo determinado, luego de haber sufrido una transformación o elaboración, debiendo estar dichas mercancías materialmente incorporadas en el producto exportado.

ADMISIÓN TEMPORALADMISIÓN TEMPORAL

Page 65: Regimen de Importacion y Exportacion

REG. DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO.

Page 66: Regimen de Importacion y Exportacion

REGÍMENES DEPERFECCIONAMIENTO

Page 67: Regimen de Importacion y Exportacion

INGRESA: CAUCHO

TRANSFORMACIÓN o ELABORACIÓNComprende:PROCES

OS DE MAQUILA

EXPORTADASMaterialmente

incorporado en producto exportación

ADMISIÓN TEMPORALADMISIÓN TEMPORAL

Ingreso con suspensión de pago de DERECHOS ARANCELARIOS y demás impuestos (Garantizados)

SUNAT dará por NACIONALIZADA

AUTOMÁTICAMENTE la mercancía y concluido el

régimen de admisión temporal, ejecutándose la

garantía

SUNAT dará por NACIONALIZADA

AUTOMÁTICAMENTE la mercancía y concluido el

régimen de admisión temporal, ejecutándose la

garantía

EXPORTA: LLANTAS

VENCIDO EL PLAZO

VENCIDO EL PLAZO

PLAZO (24 M)

PLAZO (24 M)

TUO LGA 951: Artículo 12º.- La OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA NACE:d) En la importación temporal y la admisión temporal, en la fecha de numeración de la declaración con la que se solicitó el régimen

TUO LGA 951: Artículo 12º.- La OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ADUANERA NACE:d) En la importación temporal y la admisión temporal, en la fecha de numeración de la declaración con la que se solicitó el régimen

Computadoas a partir de la fecha de Numeración de la

DUA

Page 68: Regimen de Importacion y Exportacion

De conformidad a lo previsto en el artículo 76 de la Ley General de Aduanas concordante con el artículo 131 de su Reglamento, el Drawback (Restitución de derechos arancelarios) es definido como el régimen que permite, como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios, que hayan gravado la importación de las mercancías contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción.

RESTITUCION DE DERECHOS ARANCELARIOS O DRAWBACKRESTITUCION DE DERECHOS

ARANCELARIOS O DRAWBACK

Page 69: Regimen de Importacion y Exportacion

PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO DE RESTITUCION DE DERECHOS

ARANCELARIOS

Transformación

Exportación

FOB US$ 18 000

5% FOB

100% DE DERECHOS ARANCELARIOS.

Page 70: Regimen de Importacion y Exportacion

REPOSICIÓN DE MERCANCÍAS EN FRANQUICIA

REPOSICIÓN DE MERCANCÍAS EN FRANQUICIA

Es el Régimen Aduanero por el cual se

importan ...................................................... de los derechos

arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, mercancías equivalentes a las que habiendo

sido nacionalizadas han sido transformadas, elaboradas o

materialmente incorporadas en productos exportados

definitivamente.

Es el Régimen Aduanero por el cual se

importan ...................................................... de los derechos

arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, mercancías equivalentes a las que habiendo

sido nacionalizadas han sido transformadas, elaboradas o

materialmente incorporadas en productos exportados

definitivamente.

Con EXONERACIÓN AUTOMÁTICA

(Antes)

Con EXONERACIÓN AUTOMÁTICA

(Antes)

SIN EL PAGO(D.LEG 951)

SIN EL PAGO(D.LEG 951)

DRAWBACKDRAWBACK NO HA SIDO MODIFICADONO HA SIDO MODIFICADO

Page 71: Regimen de Importacion y Exportacion

REPOSICIÓN DE MERCANCÍAS EN FRANQUICIA

Mercancía que paga impuestos de importación

EXPORTACIÓN (Certificado de Exportación)

PROCESO PRODUCTIVO

Certificado de Reposición

Con la presentación del Certificado de Reposición en una siguiente importación, ésta ya no pagaría derechos arancelarios; siempre y cuando se importe la misma cantidad de mercancías que indica el Certificado. La segunda importación debe efectuarse dentro de un año contado desde la fecha de expedición del Certificado de Reposición.

Page 72: Regimen de Importacion y Exportacion

NACIONALIZACION DE MERCANCIAS:

500 Kg insumo “A”

Transformación de 300 Kg “A”

ExportaciónCertificado de

Reposición por 300 Kg.