Parcial 1 Derecho Societario Pregunta 1

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Derecho societario Primer parcial Módulos 1, 2 y 3 Actividad Usted es un importante abogado especializado en Derecho Societario. Una tarde lo visitan en su estudio jurídico los Sres. Martín Yofre y Facundo Soria, quienes le exponen la siguiente situación: Martín comienza contándole que días atrás se encontró con su viejo amigo, Facundo, a quien no frecuentaba desde hace bastante tiempo, pese a estar viviendo actualmente en la misma ciudad (Rosario), razón por la cual decidieron distraerse un rato de sus actividades y tomar un café en la peatonal. Continúa relatándole que durante la conversación, en la que recordaron tantos buenos momentos vividos, Facundo le comentó que desde hace siete años, y con gran éxito, se está dedicando a la venta mayorista de flores (más precisamente rosas de gran calidad) que importa desde Ecuador y que comercializa en toda la Región Centro de la Argentina, proveyendo a una gran cantidad de pequeñas y medianas florerías ubicadas en distintas localidades (incluida Rosario). Mientras compartían el café, Facundo le explicó que cada docena de rosas tiene para él un costo total de $ 2,50 (puesta en sus cámaras frigoríficas, incluyendo transporte aéreo, impuestos, honorarios del despachante de aduana, costos de mantenimiento hasta su distribución, etc.), que a su vez él vende la docena a $ 8,40 y que luego las florerías las expenden a un precio que oscila los $30 cada docena. Tras esa breve introducción de Martín, Facundo pasa a contarle a usted que él está convencido de la gran oportunidad comercial que ofrece el negocio minorista de la venta directa de rosas, aun más pensando en que por su condición de importador de rosas puede reducir los costos y desarrollar eficientemente el negocio. Por eso, Facundo se ha planteado el siguiente objetivo comercial: instalar una cadena de florerías en la región central del país. Sabe que eso no es fácil ni lleva poco tiempo, por lo cual desea empezar instalando cinco florerías en Rosario, ubicadas en puntos estratégicos, que vendan solamente rosas –las que él importa– y a un costo muy inferior al que se las puede conseguir en otras florerías comunes, que no solo venden rosas, sino todo tipo de flores y plantas pequeñas. Ahora bien, Facundo sabe de sus conocimientos, de las ventajes que tiene por estar interiorizado en el negocio, pero al mismo

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Derecho societario

Primer parcial

Módulos 1, 2 y 3

Actividad

Usted es un importante abogado especializado en Derecho Societario. Una tarde lo visitan en su estudio jurídico los Sres. Martín Yofre y Facundo Soria, quienes le exponen la siguiente situación:Martín comienza contándole que días atrás se encontró con su viejo amigo, Facundo, a quien no frecuentaba desde hace bastante tiempo, pese a estar viviendo actualmente en la misma ciudad (Rosario), razón por la cual decidieron distraerse un rato de sus actividades y tomar un café en la peatonal. Continúa relatándole que durante la conversación, en la que recordaron tantos buenos momentos vividos, Facundo le comentó que desde hace siete años, y con gran éxito, se está dedicando a la venta mayorista de flores (más precisamente rosas de gran calidad) que importa desde Ecuador y que comercializa en toda la Región Centro de la Argentina, proveyendo a una gran cantidad de pequeñas y medianas florerías ubicadas en distintas localidades (incluida Rosario). Mientras compartían el café, Facundo le explicó que cada docena de rosas tiene para él un costo total de $ 2,50 (puesta en sus cámaras frigoríficas, incluyendo transporte aéreo, impuestos, honorarios del despachante de aduana, costos de mantenimiento hasta su distribución, etc.), que a su vez él vende la docena a $ 8,40 y que luego las florerías las expenden a un precio que oscila los $30 cada docena.Tras esa breve introducción de Martín, Facundo pasa a contarle a usted que él está convencido de la gran oportunidad comercial que ofrece el negocio minorista de la venta directa de rosas, aun más pensando en que por su condición de importador de rosas puede reducir los costos y desarrollar eficientemente el negocio. Por eso, Facundo se ha planteado el siguiente objetivo comercial: instalar una cadena de florerías en la región central del país. Sabe que eso no es fácil ni lleva poco tiempo, por lo cual desea empezar instalando cinco florerías en Rosario, ubicadas en puntos estratégicos, que vendan solamente rosas –las que él importa– y a un costo muy inferior al que se las puede conseguir en otras florerías comunes, que no solo venden rosas, sino todo tipo de flores y plantas pequeñas. Ahora bien, Facundo sabe de sus conocimientos, de las ventajes que tiene por estar interiorizado en el negocio, pero al mismo tiempo está convencido de la necesidad de compartir este emprendimiento, ya que no cuenta con todo el capital necesario para lanzarse solo. Por eso le propuso a Martín, a quien le tiene afecto personal y mucha confianza, que lo acompañe en esta empresa, constituyendo una sociedad comercial que sea la que explote la actividad que se plantea desarrollar. En la propuesta que realiza Facundo, él sería el socio mayoritario con el 75% de participación; podría aportar a la sociedad $ 60.000, cinco heladeras especiales para mantener las rosas en cada local y dos utilitarios para realizar distribución domiciliaria de mercadería. Asimismo, se compromete a brindar, a favor de la sociedad, todos sus conocimientos y contactos personales en el rubro (floristas, potenciales clientes, etc.). Finalmente, pone como condición que él sea el único y exclusivo proveedor de rosas a la sociedad, que pueda integrar el órgano de administración de la sociedad, y que esta asociación no le impida continuar siendo proveedor de rosas a las otras florerías de Rosario (y por supuesto a las del resto de la región en que está operando). Martín se muestra muy interesado frente a la propuesta de Facundo, porque considera que es una muy buena oportunidad de negocio que le permitirá diversificar su actividad y que, en definitiva, los riesgos que corre son acotados, pues no se le está requiriendo una gran inversión y al mismo tiempo puede especular con una alta rentabilidad, en mérito a que se estaría asociando con un empresario muy conocedor y exitoso en el negocio de la venta de rosas con quien, aparte, lo une una vieja amistad. Por eso, ambos desean formalizar una asociación y empezar a transitar este camino juntos.

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Martín y Facundo recurren a usted porque lo conocen y saben de su idoneidad profesional. Intente, entonces, brindarles el mejor asesoramiento, contemplando la situación personal de cada uno de ellos y las condiciones que han sido planteadas. En primer término, usted deberá evaluar la conveniencia de que Martín y Facundo constituyan una sociedad. Si así lo considera, deberá asesorarlos sobre cómo organizar jurídicamente el emprendimiento pretendido.  (Identifique las principales instituciones y contenidos de la materia estudiados que están involucrados en el caso planteado.)

En base a los hechos antes enunciados, se le propone la siguiente tarea:

Pregunta 1:

Realice un informe preliminar que contenga una explicación a Martín y Facundo sobre los siguientes aspectos:

Ventajas de organizarse como sociedad. (5 puntos)

o La predisposición de los integrantes de la sociedad de actuar en forma coordinada para obtener el fin perseguido con la constitución de la misma, postergando los intereses personales en aras del beneficio común.

o La posibilidad de diversificar negocios que en forma particular difícilmente pueden llegar a concretarse, la existencia del ánimo de colaboración y su lealtad de parte de los socios hacia los fines societarios; y la posibilidad de compartir opiniones de trabajo ya que dos personas aportan más ideas que una sola.

o Diversificar los riesgos en relación a los aportes realizados; limitar la responsabilidad de los aportes efectuados, en caso de optar por SRL o SA, lo que genera como consecuencia no exponer el patrimonio personal de cada socio o al menos exponiéndolo menos.

o Invertir un capital menor al que podrían aportar en forma particular dada las características de la sociedad.

Conveniencia de que Facundo realice uno u otro tipo de aportes: bienes en especie (las heladeras y los utilitarios) o dinero. (5 puntos)

El aporte es la contribución de cada socio al fondo común que debe constituirse para el desarrollo del objeto social, y el conjunto de los aportes, en dinero o en especie, estimados en una cifra determinada, forman el capital social de la compañía. Los aportes pueden transferirse a la sociedad en propiedad o en uso y goce.

Respecto a los bienes aportados el socio deberá responder por la evicción de los aportes en especie, corriendo el riesgo de su exclusión de la sociedad en caso de no ser reemplazado por otro de igual especie y calidad, e indemnizar a la sociedad por los daños y perjuicios ocasionados, o bien recayendo en el la obligación de pagar a la sociedad el valor del bien y la indemnización aludida.

En las SRL para el aporte de los socios se indicaran en el contrato constitutivo los antecedentes justificativos de la valuación, dicha valuación puede ser impugnada por los acreedores de la sociedad, en el plazo de 5 (cinco) años de realizado el aporte, solo

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en caso de insolvencia o quiebra del ente, pera la impugnación no procederá si la valuación se realizo judicialmente.

Teniendo en cuenta los recaudos antes mencionados, facundo al aportar no solo dinero sino también bienes en especie (5 heladeras y 2 utilitarios) logra conformarse como socio mayoritario aportando el 75% del capital da la sociedad.

Si legalmente fuera posible que Facundo integrara el órgano de administración y al mismo tiempo la sociedad, realice un contrato de suministro con él para que le provea las rosas que importa de Ecuador. (10 puntos)

Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 157 y 271 de la ley 19.550, Facundo como integrante del órgano de administración puede celebrar con la sociedad este tipo de contratos, constituyéndose como un tercero.

CONTRATO DE SUMINISTRO

Martin Yofre y Facundo Soria acuerdan para este contrato las siguientes clausulas:

PRIMERA: El Sr Facundo Soria se compromete a brindar a favor de la sociedad todos sus conocimientos y contactos personales en el rubro (floristas, potenciales clientes, etc.).

SEGUNDA: Facundo Soria deberá constituirse como el único y exclusivo proveedor de rosas a la sociedad.

TERCERA: que esta asociación no le impida continuar siendo proveedor de rosas a las otras florerías de la zona.

CUARTA: El SR Soria al aportar bienes en especie y mayor cantidad de dinero se constituye como el socio mayoritario con el 75% de participación.

Sin más nada que agregar y estando de acuerdo ambos socios, damos por concluido y aceptado dicho contrato.

Incluya las principales cláusulas que podría tener el contrato de sociedad para proteger a Martín como socio minoritario de la sociedad. (20 puntos)

Las cláusulas que podrían contener el contrato de sociedad para proteger a Martín son las siguientes:

o EL DERECHO DE INFORMACIÓN: le permite al socio conocer la marcha de la administración de la sociedad, facultándolo para examinar los libros y papeles sociales, acceder a la presentación de los estados contables, a las actas de los órganos colegiados que nunca pueden ser secretas para los socios, etc.

EL DERECHO DE RECESO: le permite al socio retirarse de la sociedad cuando por decisión del órgano de gobierno se resuelva modificar de manera sustancial el contrato social o estatuto, encontrándose aquel, luego de ese acontecimiento con una sociedad diferente a aquella en la cual resolvió oportunamente integrarse.

EL DERECHO DE VOTO: le permite al socio participar actualmente en el gobierno de la sociedad.

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EL DERECHO DE MANTENER INTANGIBLE SU PARTICIPACIÓN SOCIETARIA: Se garantiza de la siguiente manera:

mediante el ejercicio del derecho de preferencia en los casos de aumentos de capital. mediante el derecho de recibir el mismo porcentaje de acciones que era titular. mediante el derecho de receso.

EL DERECHO DE ACRECER: este derecho fue otorgado para preservar el elenco original de los socios y evitar el ingreso de terceros a la sociedad.

EL DERECHO A LA CONVOCATORIA DE ASAMBLEA DE ACCIONISTAS O REUNIONES DE SOCIOS: La asambleas ordinarias o extraordinarias serán convocadas por el directorio o el síndico en los casos previstos por la ley, o cuando cualquiera de ellos lo juzgue necesario o cuando sea requerida por accionistas que representen por lo menos el 5% del capital social.

DERECHO AL DIVIDENDO: por ley existe una reglamentación del dividendo para evitar abusos y garantizar una repartición equitativa entre los socios.

DERECHO A LA CUOTA DE LIQUIDACIÓN: constituye el derecho del socio al reembolso de una suma de dinero proporcional a la participación societaria.

¿Cuáles son los mecanismos que pueden preverse en el contrato para hacer viable y duradera la sociedad entre ambos, evitando el futuro ingreso de terceros a la sociedad? (20 puntos)

Los mecanismos que pueden preverse en el contrato para hacer viable y duradera la sociedad entre ambos son:

Duración de la sociedad: el plazo de duración de la sociedad de 99 años (según derecho);

Derecho de acrecer: consiste en suscribir e integrar las acciones de otros u otros socios, en caso de aumento del capital, cuando estos no hubieran suscripto tales participaciones; este derecho fue otorgado para preservar el elenco original de los socios y evitar el ingreso de terceros a la sociedad.

Cláusulas especiales o Anexos: cláusula que no permita al acreedor particular del socio, cobrarse su deuda con las cuotas o acciones, sin previa aprobación de los demás socios; cláusula que proteja a los socios sobrevivientes ante la muerte de uno de los socios, frente al posible ingreso de sus herederos a la sociedad, por ejemplo el derecho de la sociedad a elegir entre incorporar a los herederos a la sociedad, en su caso con qué mecanismos, o bien la opción de que la propia sociedad o los socios le compren a los herederos las cuotas o acciones; cláusula que prevea el derecho de preferencia de los socios frente a la eventual venta de su participación de uno de los socios.

¿Qué disposiciones podría tener el contrato de sociedad a fin de evitar que la actividad comercial pueda verse afectada por el accionar de Facundo como empresario individual de venta de flores? (5 puntos)

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Las disposiciones que podría tener el contrato de sociedad al fin de evitar que la actividad comercial pueda verse afectada por el accionar de Facundo como empresario individual de venta de flores son:

Facundo podrá desempeñarse como empresario individual de venta de flores, en relación a los clientes que atendía hasta la fecha de constitución de la sociedad, remitiendo a un anexo donde se detallen los nombres de dichos clientes y las cantidades y volumen de ventas en pesos anuales con respecto a los últimos cinco años, estipulándose que las ventas en exceso de un determinado porcentaje con respecto al promedio de los últimos cinco años, serán de beneficio de la sociedad y no de Facundo en forma personal;

Facundo deberá responder a la sociedad de los daños y perjuicios que por su culpa le hubiere causado y además deberá abstenerse de tomar decisiones dentro de la sociedad cuando estén en juego actividades en las que el actúe en competencia con la misma

Según el tipo societario que adopten, ¿cómo es la responsabilidad que asumen Martín y Facundo como socios de la sociedad? (5 puntos)

SEGÚN EL TIPO SOCIETARIO QUE ADOPTEN, DEPENDERÁ LA RESPONSABILIDAD DE MARTÍN Y FACUNDO:

Tratándose de una sociedad de capital los socios limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas (S.A.)

Tratándose de una sociedad de persona los socios limitan su responsabilidad a la integración, a las cuotas de los que suscriben e integran. Además garantizan solidaria y limitadamente a los terceros la integración de los aportes en efectivo y son responsables de la misma manera por la sobre valuación de los aportes en especie. (S.R.L)

Tratándose de una sociedad con objeto ilícito. Los socios responden limitada y solidariamente por el pasivo social y los perjuicios causados.

Tratándose de una sociedad con objeto lícito y actividad ilícita los socios responderán de igual modo que en el caso anterior salvo que acrediten su buena fe.

Sociedades no constituidas regularmente, los socios responden solidariamente por las operaciones sociales.

¿Cuál es la responsabilidad que tendrán Martín y Facundo como administradores de la sociedad? (5 puntos)

Según el ART 59 DE LA LEY 19.550, se establece que los administradores de la sociedad deben actuar con la lealtad y diligencia de un buen hombre de negocio y los que faltaren a sus obligaciones son ilimitados y solidariamente responsables por los daños y perjuicios que resultaren de su acción u omisión. Además se sostiene que los administradores de sociedades comerciales responden ilimitada y solidariamente hacia la sociedad, los socios y los terceros, por el mal desempeño de su cargo, así como por la violación de la ley, el estatuto o el reglamento o por cualquier otro daño producido por dolo, abuso de facultades o culpa grave, responsabilidad que podrá hacerse efectiva a través de las acciones sociales e individuales.