situación de los derechos humanos en palestina y otros territorios ...
Otros territorios: información y análisis sobre derechos y justicia
-
Upload
otros-territorios -
Category
Documents
-
view
215 -
download
1
description
Transcript of Otros territorios: información y análisis sobre derechos y justicia
INFORMACIÓN Y ANÁLISISSOBRE DERECHOS Y JUSTICIA
año 1número 24
17 de septiembre de 2011
Un suplemento de
Las prácticas religiosas en la Universidad Nacionalcuestiona los principios de la autonomía y la libertad.A cincuenta años del laica o libre, en Salta se sigueotorgando supremacía a una expresión religiosa.
Educación laicaEducación laicaEducación laicaEducación laicaEducación laica
Páginas 2, 3, 4, 5, 6 y 7Páginas 2, 3, 4, 5, 6 y 7Páginas 2, 3, 4, 5, 6 y 7Páginas 2, 3, 4, 5, 6 y 7Páginas 2, 3, 4, 5, 6 y 7
¿Qué pasa en la UNSa?
AR
IAS
JUDICIALES
Desaparición de María CashA dos meses de ladesaparición de ladiseñadora porteña, no haypistas sobre su paredero.Los antecedentes de lasmuertes de Diego RodríguezLaguens y de SebastiánBordón impidendescartar la hipótesisde la complicidadpolicial.
Páginas 12 y 13
2 / otrosterritorios
derechos humanos hoy/ educación universitaria laica
COMÚN, GRATUITA, OBLIGATORIA Y LAICA
EducaciónE. C.
otros territorios
información y análisis
sobre derechos y justicia
Producción: Colectivo editorial Otrosterritorios
Colaboradores: Elena Corvalán, Florencia Lance, Eloy López,
Germán Banek, Santiago Kalinsky, Stella Pérez de Bianchi,
Juan Barboza
Corrección: Marita Couto
Arte de tapa: Andrea Fernández
Ilustraciones: Andrea Fernández
Fotografías: Rolando Díaz
Comercialización: Norberto Barbieri
(0387) 154194417 / 0387 154138884
Suplemento de Nuevo Diario /otros territorios
17 de septiembre de 2011año 1 • número 24
La educación argentina
nació religiosa, católica para
ser más precisos. Así nos la
legaron los españoles que
trajeron consigo a
franciscanos, dominicos y
jesuitas. La escolaridad era una
herramienta más de las
utilizadas para lograr la
“pacificación” en estas tierras
de salvajes.
De la mano de la educación
se impuso la cultura del
colonizador: el español era
obligatorio, y la religión era
parte de la enseñanza. Bien
utilizado está el término.
Educar, dice el diccionario de
la Real Academia Española, es
“dirigir, encaminar, doctrinar”.
Más adelante, surgieron
pensadores y educadores de la
talla de Domingo Faustino
Sarmiento, tan destacado
cuando se trata de defender
otras posiciones menos
progresistas. Como muchos
otros educadores, Sarmiento
era partidario de la educación
laica, es decir independiente de
cualquier organización o
confesión religiosa.
Con el perfeccionamiento
de la organización republicana,
el Estado fue separándose de
la Iglesia y la educación pública
se hizo laica. Eso ocurrió hace
más de cien años. Fue todo un
debate, ya superado en casi
En sus comienzos en el país la educación fueeducación, para que fuera libre, no atada a
todo el país. No es el caso de
Salta. Salta tiene esas
características: discusiones
que pertenecen al pasado están
todavía vivas en ella o se
zanjan con un paso hacia atrás,
como ocurrió con la
imposición de la educación
religiosa en las escuelas
públicas.
Lo de la capilla de la
Universidad Nacional de Salta
se ubica en ese ámbito, de una
salida hacia atrás. Porque para
mantenerla allí se violan leyes
fundamentales. Claro que a los
autores de la última dictadura
cívico-militar eso no les
importaba, pero en
democracia esas cuestiones
deberían importar, aunque se
profese la religión católica.
Contrariamente a lo que
algunos creen, la concepción
de una educación laica no
atenta contra las religiones. El
laicismo en este caso responde
a la necesidad de asegurar la
libertad de conciencia, de
afianzar una forma de vida y de
gobierno democrático que
exprese el pluralismo social y
político del país y en el que se
respeten las garantías
individuales y los derechos de
todos sus habitantes, profesen
la religión que profesen. Esa es
la fundamentación de un
estado laico, como es el
argentino, y de una educación
Aquí brotó la Reforma
Universitaria que sacudió a
toda América Latina en 1918,
medio siglo antes del estallido
estudiantil de París y de
México. Gracias a la energía
que Córdoba desató, las cosas
han cambiado, y aunque
todavía queda mucho por
cambiar en el campo de la
educación y en todo lo demás,
no viene mal recordar que en
aquellos tiempos todavía la
cátedra cordobesa de Filosofía
del Derecho enseñaba un tema
llamado “Deberes para con los
siervos” y los estudiantes de
Medicina se recibían sin haber
visto jamás un enfermo. Los
profesores, venerables
espectros, copiaban a Europa
con algunos siglos de atraso, y
con orlas y con borlas
recompensaban los méritos de
quienes mejor repetían esas
lecciones ajenas.
Fue entonces que los
estudiantes cordobeses,
hartos, estallaron. Se
declararon en huelga contra
Las cosas por su nombre*los carceleros del espíritu y
convocaron a los estudiantes y
a los trabajadores de toda
América Latina a luchar juntos
por una cultura propia.
Poderosos ecos respondieron,
desde México hasta Chile, a ese
grito que en Córdoba resonó,
en aquel manifiesto fundador
que ya ha cumplido noventa
años de edad y no ha perdido
ni un poquito de energía
juvenil.
Suenan como de ahora
aquellas palabras que supieron
decir: Hemos resuelto llamar a
todas las cosas por el nombre
que tienen. Córdoba se redime.
Desde hoy contamos para el
país una vergüenza menos y
una libertad más. Los dolores
que quedan son las libertades
que faltan.
(*) Palabras de agradecimiento
pronunciadas durante la
entrega del Doctorado Honoris
Causa que la Universidad
Nacional de Córdoba le otorgó
el pasado 15 de octubre.
EDUARDO GALEANO
otrosterritorios / 3
derechos humanos hoy/ educación universitaria laica
no es religiónlaica, como establece la
Constitución Nacional.
La primera universidad del
país, la que hoy es la
Universidad Nacional de
Córdoba, fundada en 1613,
también fue obra de los
religiosos. Los dominicos y
jesuitas la pensaron como
medio para formar al alto clero
y a la burocracia colonial. La
educación no estaba vista
como un bien al que pudieran
acceder todos. En 1918, con la
Reforma Universitaria, los
estudiantes cordobeses
cuestionaron y conmovieron
de raíz la organización
universitaria dada por los
jesuitas.
Recién en 1853, ya pasada
la Ilustración que concibió a
la educación con fines
prácticos y utilitarios, la
Constitución Nacional empezó
a delinear la concepción de una
educación pública: estableció
que el derecho de educar y
enseñar es responsabilidad de
los gobiernos provinciales.
En 1884, durante la
presidencia de Julio Argentino
Roca, se produjo un gran
debate sobre la educación y la
religión. El resultado fue la
sanción de la ley 1420, de
educación común, gratuita y
gradual. La ley se aprobó a
pesar de la oposición de la
Iglesia Católica. Es que la
iniciativa limitó la religión en
la educación pública.
“La instrucción primaria
debe ser obligatoria, gratuita,
gradual y dada conforme a los
preceptos de la higiene”,
sostenía el artículo segundo de
la normativa. A la presión de
la Iglesia se le respondió con
el artículo octavo
estableciendo: “La enseñanza
religiosa solo podrá ser dada
en las escuelas públicas por los
ministros autorizados de los
diferentes cultos, a los niños de
su respectiva comunión y antes
o después de las horas de
clase.” La concesión –que
dejaba la religión fuera
de la enseñanza oficial
pero la mantenía en las
aulas- no dejó conforme
a los religiosos que
aspiraban a conseguir la
obligatoriedad total de la
enseñanza religiosa.
Iniciando una zaga de
retrocesos inherentes, al
parecer, a los períodos de
dictadura, la educación
religiosa se reimplantó en
las escuelas públicas en
diciembre de 1943,
durante la
dictadura de
Pedro Pablo
Ramírez.
La enseñanza religiosa
recién fue derogada en 1954,
durante el conflicto entre Juan
Domingo Perón y la Iglesia
Católica, y tuvo un nuevo
capítulo de confrontación en
las luchas estudiantiles de 1958
conocidas como “laica o libre”.
En los comienzos de los
intensos años sesenta hubo
una nueva tendencia de
renovación en la educación: la
influencia de
religiosa. Sin embargo, pronto destellaron pensadores que reivindicaron el laicisimo en ladogmatismos. La situación en la Universidad Nacional de Salta.
Pablo Freire se hizo sentir y
empezó a fortalecerse la
concepción de una educación
problematizadora. El proceso
fue interrumpido por las
dictaduras de 1966 a 1973 y de
1976 a 1983. Fue al final de esta
última dictadura cívico-militar
cuando la intervención en la
Universidad Nacional de Salta
construyó la capilla en ese
ámbito de estudios que está
obligado a ser laico.
AN
DR
EA
FE
RN
ÁN
DE
Z
4 / otrosterritorios
derechos humanos hoy/ educación universitaria laica
Durante los últimos meses un importante sector de la comunidad de la Universidad Nacionalde Salta ha debatido sobre la inclusión de prácticas religiosas en las actividades oficiales.
UNIVERSIDADES NACIONALES, PRÁCTICAS RELIGIOSAS, PIRÁMIDE JURÍDICA Y AUTONOMÍA
PluralismoA partir de dicho debate, considero
interesante formular algunas reflexiones
y entonces pensar ¿qué principios rigen
en la iniversidad pública y qué normas los
reglamentan?
Para ello, recordé a Miguel Rojas Mix
quien sostiene que la educación pública
es la que responde a un mandato
constitucional, ejercita la autonomía,
brinda igualdad de oportunidades,
practica el laicismo, es pluralista y
desarrolla su calidad con pertinencia.
También recordé cuáles son las
normas que pesan sobre las autoridades
universitarias, de obligatorio
cumplimiento desde el punto de vista
institucional.
Y allí aparece, entonces, lo que los
abogados llaman “pirámide jurídica”, es
decir las leyes y normas que con distintos
grados de prelación rigen los actos de
todas las autoridades de las universidades
nacionales argentinas.
Para analizar la pirámide, debemos
comenzar por la Constitución Nacional
que al enunciar los derechos de los
habitantes de la nación argentina
enumera, entre otros, el de profesar
libremente su culto. Esto
significa, en pocas
palabras, que cada uno
de nosotros puede optar
por el culto que su fe y
su conciencia le
indique.
Siguiendo con la
C o n s t i t u c i ó n
Nacional veremos
que el artículo 75, en
STELLA PÉREZ DE BIANCHI* su inciso 19, establece que son
atribuciones del Congreso “el sancionar
leyes de organización y de base de la
educación… que promocionen los valores
democráticos y la igualdad de
oportunidades y posibilidades sin
discriminación alguna y que garanticen
los principios de gratuidad y equidad de
la educación pública estatal y la
autonomía y autarquía de las
universidades nacionales”.
Se observa que nuestra Constitución
expresa claramente la posibilidad de no
discriminación en el ámbito educativo;
cuando se consulta el diccionario para
conocer el significado del término
“discriminar” encuentra que es
“seleccionar excluyendo”; “dar trato de
inferioridad a una persona o colectividad
por motivos raciales, religiosos, políticos,
etcétera”.
Y justamente es “seleccionar
excluyendo” tomar posición a favor de
un culto desde las autoridades de una
Universidad Nacional.
Pero sigamos con la pirámide
jurídica; la atribución del
Congreso para
sancionar leyes se
transmite al
sistema universitario con la Ley de
Educación Superior número 24521, que
en su artículo 12 a) establece como
deberes de los docentes de las
instituciones estatales de educación
superior: “Observar las normas que
regulan el funcionamiento de la
institución a la que pertenecen.”
En este caso, la norma que regula el
funcionamiento de la UNSa es su estatuto
y ése es justamente el otro gran escalón
de nuestra pirámide. Estatuto que en sus
bases expresa:
“La Universidad es prescindente en
materia ideológica, política y religiosa,
entendiendo en los problemas sociales,
políticos e ideológicos, estudiándolos
científicamente. Es ajena a todo interés
sectorial o c o n c e p c i ó n
d o g m á t i c a .
Promueve la actitud
crítica, asegurando
en su seno la más
amplia libertad de
expresión”.
Y también es
parte de la
pirámide la
resolución 212/
07 del Consejo
Superior de la
Universidad que
establece la fórmula de
juramento para las
autoridades de la Casa, que
juran respetar la
Constitución Nacional, las
leyes del Estado, el estatuto de
la Universidad Nacional de
Salta y sus normas…
ANDREA FERNÁNDEZ
otrosterritorios / 5
derechos humanos hoy/ educación universitaria laica
Hasta aquí entonces las normas de la
pirámide. Normas que no son opcionales,
sino que son de cumplimiento obligatorio.
Por esto, no se pueden incluir prácticas
religiosas entre las actividades oficiales de
la Universidad.
Pero además, hay otros principios que
influyen sobre las prácticas universitarias
de las universidades públicas de
occidente.
Más de mil años han transcurrido
desde la creación de la Universidad de
Bologna y más de noventa desde la
Reforma Universitaria de 1918 en la
República Argentina. Desde entonces y
hasta nuestros días, en las iniversidades
públicas argentinas rige el principio de
autonomía universitaria, actualmente de
rango constitucional.
Para recordar ese principio, me
permito rescatar de la memoria aquél
párrafo que los jóvenes de 1918
proclamaron a “Los hombres libres de
Sudamérica” diciendo:
Hombres de una República libre,
acabamos de romper la última cadena
que, en pleno siglo XX, nos ataba a la
antigua dominación monárquica y
monástica. Hemos resuelto llamar a todas
las cosas por el nombre que tienen.
Córdoba se redime. Desde hoy contamos
para el país una vergüenza menos y una
libertad más. Los dolores que quedan son
las libertades que faltan. Creemos no
equivocarnos, las resonancias del corazón
nos lo advierten: estamos pisando sobre
una revolución, estamos viviendo una
hora americana.
Esa hora americana que inundó todas
las universidades de América, hoy está
más vigente que nunca y expresada en el
principio de la autonomía universitaria.
Autonomía que exige disponer de una
independencia moral y científica frente a
cualquier poder político y económico para
poder cumplir con los principios
estatutarios de la Universidad.
Autonomía que se define como la
facultad de la comunidad universitaria
para dirigir la propia institución, que
implica a su vez la posibilidad de preservar
a la Universidad de los enfrentamientos
políticos coyunturales, de las presiones
del poder político, de influencias
eclesiásticas, para que pueda cumplir su
función, que es la de formar profesionales
capaces de resolver los problemas del país,
actuando como artífices del proceso de
cambio permanente que exige toda
sociedad.
Como hombres libres de Sudamérica
debemos rescatar ese postulado y
practicarlo diariamente, en el aula con
nuestros alumnos, en el análisis crítico de
los problemas, en las actividades de
investigación y extensión, porque
sostenemos que trabajando con total
libertad intelectual y sin dogmatismos
seremos artífices de ese proceso de
cambio que nuestra sociedad exige.
*Ex Rectora de la Universidad Nacional
de Salta
Esa hora americana, que inundó todas lasuniversidades de América, hoy está másvigente que nunca y expresada en elprincipio de la autonomía universitaria.
6 / otrosterritorios
derechos humanos hoy/ educación universitaria laica
AUTORIDADES DE LA UNSa CONVOCAN A PARTICIPAR DE FESTIVIDADES RELIGIOSAS
“Visto que durante el
corriente mes se llevan a cabo
las tradicionales Fiestas del
Señor y la Virgen del Milagro,
que culminan con la histórica
procesión de sus Sagradas
Imágenes el día 15 y teniendo
en cuenta que la Universidad
participa también de esta
demostración de fe y
espiritualidad,
El rector de la Universidad
Nacional de Salta resuelve:
Artículo 1º.- Adherir a los
feriados fijados por el gobierno
de la provincia de Salta, con
motivo de los solemnes cultos
que en honor al Señor y la
Virgen del Milagro se realizan
en el mes de setiembre.”
Por segundo año, el rector
de la Universidad Nacional de
Salta, Víctor Hugo Claros, violó
la Constitución Nacional, leyes
nacionales y el propio estatuto
de la Universidad, que
establecen la prescindencia
religiosa de esta casa de
estudios. El texto que encabeza
esta nota es parte de la
resolución, 0621/11, del 8 de
este mes, que el rector firma
junto al secretario general,
Ricardo Manuel Falú, y el
secretario administrativo,
Miguel Nina.
Lo de Claros y los
secretarios actuales no es
único. Es la continuidad de una
tradición entre las autoridades
de la Universidad Nacional
salteña: la de adherir a las
festividades del Señor y la
Virgen del Milagro afirmando
que la Universidad “participa
también de esta demostración
de fe y espiritualidad”.
Lo destacable no está en la
adhesión a feriados
provinciales, algo que es de
práctica habitual en los
E. C.
Nacional ¿y católica?A más de cincuenta años de saldada la discusión sobre la educación, si laica o libre,la Universidad Nacional de Salta sigue sin darse un debate sobre la supremacía que
en su ámbito le otorga a una expresión religiosa.
Por segundo año, el rector de la Universidad Nacional deSalta, Víctor Hugo Claros, violó la ConstituciónNacional, leyes nacionales y el propio estatuto de laUniversidad, que establecen la prescidencia religiosa de esta casa deestudios.
AN
DR
EA
FE
RN
ÁN
DE
Z
otrosterritorios / 7
derechos humanos hoy/ educación universitaria laica
La construcción de una Capilla en la Universidad Nacional de
Salta merece un párrafo aparte. Denominada “María Madre de la
Sabiduría” fue promovida desde el rectorado del contador Gustavo
Enrique Wierna, aprobada por el Consejo Asesor de la Universidad
–donde no participaban estudiantes– y avalada por el Ministerio
de Educación de la Nación, a cargo del doctor Cayetano Liciardo.
La Universidad, que ya entonces contenía en sus estatutos el
principio de ser prescindente en materia política y religiosa fue
consagrada bajo el patrocinio de la virgen, como se describe en
párrafos del discurso del entonces rector Wierna: “La Comunidad
Universitaria –directivos, docentes, alumnos, administrativos,
personal de servicios y de obras públicas– cumpliendo un acto de
Fe, postrada ante ti, en este año Santo de 1.983, y en el día en que
celebramos tu asunción a los cielos, ofrecemos este Templo para tu
veneración…”.
Y agrega:
“Señora: En mi carácter de Rector de esta Casa de Altos Estudios,
en el día en que conmemoramos tu gloriosa asunción a los Cielos,
implorando la bendición del Altísimo, consagro a tu patrocinio la
Universidad Nacional de Salta.”
La religión católica adquiere, entonces, el carácter de religión
oficial, no solo por un templo sostenido desde la administración y
construido con presupuesto de la universidad, “materiales
sobrantes y con un saldo presupuestario de obras por
administración ya ejecutadas” Basta agregar que se disponía de un
cargo de Profesor Adjunto con dedicación exclusiva destinado a
cumplir las funciones de “Capellán de la Universidad”. Hay
estudiantes, que comentan con miedo lo que se supone que estaba
pasando, otros que cierran sus ojos. “Yo a la Universidad vengo a
estudiar”, una negación que en si misma denota un conocimiento:
algo saben, algo vieron, saben de docentes y compañeros que ya
no están, de compañeros expulsados. Están aterrorizados.
El control absoluto sobre los estudiantes queda evidenciado
también con la imposición de algunos rituales como la figura del
abanderado a cargo de un alumno que: “…posea condiciones
morales, espirituales, intelectuales y representativas del ser
nacional intachables.”, de acuerdo al ceremonial de la Armada
Nacional impuesto a esta Universidad por su comando en jefe.
*Extracto de un trabajo presentado en las VIII Jornadas de
Investigación y Docencia de la Escuela de Historia, realizadas en la
Universidad Nacional de Salta los días 13,14 y 15 de diciembre de
2007. Basado en el libro Medio siglo de docencia de Gustavo
Wierna. Imprenta de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas
y Sociales de la UNSa, 2005.
organismos nacionales
asentados en una provincia. En
Salta se hace también con otros
feriados, como el del 20 de
Febrero. Lo llamativo, y que ha
generado críticas de distintos
ámbitos, es que en el visto de
esa resolución se afirma que la
Universidad Nacional de Salta
“participa también de esta
demostración de fe y
espiritualidad”, en referencia a
la Fiesta del Señor y la Virgen
del Milagro, parte de la liturgia
de la Iglesia Católica. Es decir
que la Universidad se declara
católica.
El catolicismo en la UNSa,
que por definición debe ser
laica, es decir, respetar todas
las religiones por igual y por lo
tanto no adoptar ninguna, está
tan naturalizado que hasta
cuenta con capilla propia,
inaugurada durante la última
parte de la dictadura cívico-
militar.
La naturalización de la
práctica religiosa católica
dentro de los claustros
universitarios públicos es tal
que el año pasado Claros llegó
al extremo de convocar,
utilizando el correo oficial, a
una peregrinación desde la
capilla hasta la Catedral
Basílica. Dicen que para el
apoyo logístico se utilizaron
vehículos oficiales, y personal
de la Universidad. Esa
convocatoria generó un debate
que se extendió por las redes
sociales y trascendió el ámbito
provincial y nacional. Claros
recibió varias notas
recordándole que las
universidades públicas tienen
la obligación de ser
prescindentes en materia
religiosa.
Iglesia y dictaduraJUAN BARBOSA
Este año no se supo que el
rector convocara a la
peregrinación. Pero sí lo hizo
un vicedecano. También usó
el correo oficial para convocar
a la comunidad universitaria a
participar de una
peregrinación que salió, el 1 de
septiembre, de la capilla de la
Universidad.
El año pasado, en el marco
del debate desatado por la
decisión de Claros de
acompañar la rúbrica de la
tradicional resolución con la
convocatoria a la
peregrinación, se generó un
debate que impulsó la apertura
de una cuenta en Facebook:
Noala Religión Enla UNSa, en
la que se brindan argumentos
en contra de esta práctica.
Allí se difundió también un
petitorio, dirigido a Claros,
recordándole que la
Universidad “no tiene
patronos ni patronas” . “¿Qué
Universidad es ésta, nos
preguntamos, que sigue
imponiendo criterios de
supremacía de una religión
sobre otras y sobre la libertad
de pensamiento?
“La misma palabra
‘universitas’ nos habla de
universalismo y mencionarla
significa amplitud, diversidad,
debate… ¿Es que se ha resuelto
retrotraer la historia hacia un
pasado insoportable, donde el
dogma y las camarillas de “hoy
por ti y mañana por mí”, se
enquisten nuevamente?”, se
señala en ese texto.
Se añade también que una
vez superada la dictadura
militar la UNSa “avanzó en el
respeto de la libertad
religiosa”.
8 / otrosterritorios
derechos humanos hoy/ ambiente
Existe una rama de la economía
destinada a calcular el valor monetario de
los denominados recursos naturales de
nuestra Tierra. Esta rama se denomina
economía ecológica. Una vez más, y
debatido en mil espacios, rectifico que la
ciencia tiene un fuerte componente político
que se orienta a quienes han diseñado este
mundo capitalista en el que vivimos, y del
cual participamos todos, seamos urbanos,
originarios, campesinos y/o criollos.
Propongo debatir y analizar el discurso
“verde” que se propone desde distintos
ámbitos en relación del valor monetario
que se le asigna a los elementos que
componen a la Madre Tierra: animales,
plantas, tierra, agua y el complejo
ecológico que forman todos juntos. Me
refiero al análisis de los discursos más
El valor de laECONOMÍA ECOLÓGICA
ELOY LÓPEZ
visibles de las dos grandes franjas que se
disputan políticamente la forma de uso de
estos recursos. Por un lado, el discurso
verde fundamentalista que expone una
idea del hombre como parte de la Tierra,
con una actividad idealmente no intensiva
de los recursos naturales, en donde la
subsistencia sea el tópico por excelencia
de esta tendencia. Por otro lado, el otro
discurso verde, el de la responsabilidad
social de las empresas –y de muchos
políticos relacionados con ellas, quienes
través de leyes y/u omisiones permiten
hacer usos intensivos de la naturaleza– y
que, con el fin de seguir recaudando
capital, buscan sus soluciones ecológicas
para estos usos haciendo manejo de
montes, de bosques y de aguas;
obviamente, a través de financiamientos
caudalosos de esta responsabilidad social,
con el fin de parchar lo agotado.
Madre Tierra¿Se pueden medir en dinero los recursos de la
Madre Tierra? Efectivamente, sí. Una rama de la
economía se dedica a ello y discute sobre precios y
valores. Entre el progresismo y el fundamentalismo
verde, ¿queda otra alternativa?
Miles de años igual
Ambas posiciones tienen al hombre
como principal elemento desequilibrante
de la armonía en la Madre Tierra.
Históricamente los hombres, aún en los
estadios primitivos (en aparente armonía
con la naturaleza y entre nosotros) hemos
desarrollado manejo, hemos
domesticados especies de flora y fauna,
hemos canalizado agua y, a partir de ello,
se han generado diversidad de franjas
sociales con mayor o menor acceso a los
recursos y beneficios, de acuerdo al lugar
social donde tocaba transitar la vida. Por
ende, la Tierra soporta nuestras presiones
desde hace mucho tiempo.
otrosterritorios / 9
ambiente / derechos humanos hoy
Entonces, ¿es posible seguir midiendo
con un valor simbólico, monetario y
universal un pedazo de tierra, un paisaje,
un animal o una planta? ¿Es ético pagar
por la convivencia armónica con la
naturaleza o para reparar daños
irreparables? ¿Es lícito que algunas
personas se beneficien económicamente
sobre territorios naturales con protección
del Estado? ¿O sobre territorios pre-
existentes al Estado nacional, que son
propiedad de otras personas que
habitaron y habitan allí antes de la llegada
del Estado con sus formas privatistas?
Las personas tenemos diversas ideas
de precio y valor de los elementos
naturales de la Tierra. Los economistas
ecológicos se desvelan para formalizar
nuevos paradigmas de la sustentabilidad
de los recursos naturales. Las diferencias
entre estos conceptos son, en su mayoría,
de orden filosófico, donde valor no es
igual a precio, aunque en la práctica
pareciera lo mismo.
¿Quién se beneficia?
Para los economistas ecológicos, el
valor ambiental que tiene un área
protegida, por ejemplo, no debiera tener
precio monetario. Sin embargo, los
servicios ambientales que ofrece un área
protegida, ya sea el agua que protege en
sus cuencas o los paisajes naturales con
su flora y su fauna, se convierten
irremediablemente en dinero para
productores que aprovechan esa agua o
para empresas de turismo que “venden”
la naturaleza a compradores de sitios
turísticos. Así, se cierra el circuito
capitalista que detecta en cada tramo de
este ejercicio económico al que está
dispuesto a pagar por el servicio
ambiental para beneficiar a alguien. ¿A
quién? ¿A la naturaleza? ¿Al guía turístico
o productor? ¿A los pobladores pre-
existentes de esos sitios naturales? ¿A los
dueños privados de la empresa turística o
del campo productivo?
Finalmente, beneficien a quien
beneficien, presentados en estos
términos, los servicios ambientales
contemplados por la economía ecológica
están clasificados en valor monetario,
desde diversos puntos de análisis
filosófico y político: el de las grandes
corporaciones que invierten en
responsabilidad social para poder seguir
recaudando y usufructuando de estos
servicios ambientales; el de las
comunidades originarias que proyectan
acciones en el marco de esta estructura
capitalista de las inversiones en sus
territorios; el de la figura veinteñal que
persiguen los colonos o criollos para poder
alambrar un pedazo de tierra e invertir en
ganadería y productos alimenticios varios;
o los más visibles en esto de recaudar como
lo son la popular franja de los propietarios
privados que despliegan sus elementos de
la modernidad capitalista para levantar las
ganancias en base al uso intensivo de la
Tierra.
De una o de otra manera, estamos
supeditados a las externalidades (usando
un término de los economistas ecológicos)
en relación a la acción directa sobre los
elementos naturales por parte del
humano, tengan o no, mayor o menor
presión sobre la Pacha.
Las propuestas de soluciones
ecológicas a favor del ambiente, por parte
de progresistas y/o fundamentalistas, con
discursos verdes, no vienen siendo
compatibles con la realidad debido a la
proliferación de, por ejemplo: empresas
mundiales de agro-químicos para zonas
productivas, el bio-diesel como una
solución a la falta de combustible, los
alimentos transgénicos, la reforestación de
bosques solo para uso maderero, la
promoción del granero del mundo para
fundamentar el avance desmedido y
sectorizado de la frontera agrícola y de
tantas otras soluciones que obvian al otro.
Por otro lado, la carga humana sobre este
planeta es cada vez mayor, por lo que las
respuestas alimenticias deben ser
concretas para todos los sectores que están
invisibilizados en las estadísticas
mundiales, ya que efectivamente cada 15
segundos, muere un niño por falta de
comida.
Es necesario entonces, analizar bien
estos discursos, des-romantizar ideales de
sustentabilidad primitiva y desarrollar
acciones holísticas para forjar una idea
integral para construir un vivir bien en
nuestra Tierra. Los caminos de la
economía ecológica, por ahora, parecieran
llevarnos todos para un mismo lado.
QU
INO
. A m
í no me grite. S
iglo XX
I. 1975
10 / otrosterritorios
derechos humanos hoy/ ambiente
UN REPASO POR LA LEY DE BOSQUES, SUS OBJETIVOS Y SU APLICACIÓN
La norma exigía a las provincias que,
en el plazo de un año, realizaran un
ordenamiento de sus territorios, para
definir qué bosques deberían permanecer
en pie y cuáles podrían eliminarse para
dedicar la tierra a otros usos.
En Salta, el proceso que llevó a la
sanción de la ley de ordenamiento
territorial de los bosques nativos (ley
7.543) y a la firma de los decretos y
resoluciones que la reglamentan fue
notoriamente turbulento. Hubo intensas
campañas de opinión, solicitadas furiosas,
manifestaciones, funcionarios removidos
en plena tarea, organismos que se crearon
y se reestructuraron, y dos causas
radicadas ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación.
No fue así en todas las provincias.
Algunas, como Jujuy y Santiago del
Estero, ya contaban con un ordenamiento
territorial de bosques antes de que se
sancionara la ley nacional. Otras, como
Tucumán, realizaron un proceso mucho
menos conflictivo y cuestionado. En
Catamarca, por completar el panorama
del NOA, el proyecto de ordenamiento
estuvo empantanado entre la
Subsecretaría de Ambiente y la
Legislatura por más de dos años. Fuera
de la región se encuentra una diversidad
similar.
En cuanto a su contenido, las normas
aprobadas en cada provincia también
muestran diferencias importantes, que
iremos destacando en esta serie de notas.
El marco común para todas las
provincias está dado, precisamente, por
la ley nacional 26.331, conocida como Ley
de Bosques o Ley Bonasso, que es una ley
de presupuestos mínimos. Según el
artículo 41 de la Constitución Nacional,
corresponde a la Nación dictar las normas
de presupuestos mínimos de protección
ambiental que definen un piso de
protección al que las provincias deben
adecuarse. Para ello sancionan normas
complementarias, en este caso, las de
ordenamiento territorial de bosques
nativos.
La ley nacional define tres categorías
de conservación para los ordenamientos
territoriales: la categoría I (que en el mapa
de ordenamiento lleva el color rojo)
representa los bosques de alto valor de
conservación, que deben permanecer
intactos. La categoría II (amarillo)
designa los bosques de mediano valor de
conservación, que deben mantenerse
como tales pero que pueden ser
aprovechados con un manejo sustentable.
La categoría III (verde) se refiere a los
bosques de bajo valor de conservación,
que pueden ser desmontados siguiendo
las normas vigentes.
Las provincias han hecho diferentes
interpretaciones de esta pauta. Muchas
han definido subcategorías, de manera
que dentro de la categoría II, por ejemplo,
se imponen diferentes limitaciones de uso
según algún criterio como la pendiente del
terreno o la aptitud productiva del suelo.
En Santiago del Estero las limitaciones
difieren a su vez según la superficie total
de cada predio. En Tucumán, además de
las tres categorías correspondientes a
bosques, se incluye una categoría
complementaria para las zonas
adyacentes donde se prohíbe realizar
Cuatro años no es nadaEl próximo 28 de noviembre se cumplirán cuatro años desde que el Congreso
Nacional sancionó la Ley de Bosques, con el objetivo de promover la conservaciónde los bosques nativos y de poner límites a la expansión de la frontera agrícola.
actividades que afecten al bosque, salvo
que se realice previamente un estudio de
impacto ambiental.
La autoridad nacional encargada de
aplicar la Ley de Bosques es la Secretaría
de Ambiente y Desarrollo Sustentable de
la Nación, pero este organismo no tiene
la potestad de modificar los
ordenamientos de las provincias. Sin
embargo, el ingeniero Eduardo Manghi,
coordinador de área en esa Secretaría,
señala que desde allí se realizan
“observaciones” para ir logrando un
criterio más homogéneo entre las
provincias y una mejor adecuación de los
ordenamientos provinciales a la ley
nacional.
“En un primer momento, se decidió
bajar un poco la expectativa, porque
ningún ordenamiento provincial
corresponde estrictamente a lo que exige
la ley”, explica el funcionario. Pero esto
implica un cierto riesgo jurídico, ya que
cualquier persona o institución que se
considere afectada puede recurrir a la
justicia, como sucedió en Córdoba, en
Corrientes y en Salta. Por esa razón, desde
la Secretaría de Ambiente buscan
impulsar una gradual convergencia de
criterios. “No se trata de desautorizar la
legislación provincial”, explica Manghi. “A
partir de lo existente se irá mejorando
gradualmente”.
Un fondo para los bosques
Una herramienta importante para esto
es el Fondo Nacional para el
Enriquecimiento y la Conservación de los
Bosques Nativos, creado también por la
ley 26.331. Este fondo se distribuye entre
LORENZO LANGBEHN
otrosterritorios / 11
derechos humanos hoy/ ambiente
las provincias que conservan sus bosques,
con un 70% destinado a compensar a los
productores que tienen bosques en sus
predios y un 30% a fortalecer las
estructuras estatales.
La distribución de ese dinero se decide
por consenso entre las provincias en el
ámbito del Cofema (Consejo Federal del
Medio Ambiente), con asistencia técnica
de la Secretaría de Ambiente, y ha dado
ocasión para establecer algunas pautas
comunes. Así, en octubre de 2010 las
provincias acordaron una “Guía de
procedimientos generales y contenidos
mínimos de los planes de manejo y
conservación” que se hizo sobre la base
de las reglamentaciones vigentes en
aquellas que tienen alguna
tradición forestal. Para acceder
a los beneficios del Fondo de
Conservación, las
provincias deben
enmarcarse dentro de
esa guía.
Sin embargo, la
dotación actual del
Fondo está muy por
debajo de lo que
estipula la Ley de
Bosques. Ésta indica
que debe
asignársele como
mínimo un 0,3%
del presupuesto
nacional, lo que
h u b i e r a
equivalido a más
de 800 millones
de pesos para el
p r e s u p u e s t o
2010. En su lugar, el Congreso, que en ese
presupuesto incluyó por primera vez una
partida destinada al Fondo de
Conservación, le otorgó solo 300
millones. Este retaceo logró, por una vez,
la unanimidad entre las organizaciones
ambientalistas y las asociaciones
agroempresariales que reclamaron por lo
insuficiente del monto asignado. Como se
sabe, el presupuesto 2010 ha sido
prorrogado para el presente año.
Más allá de lo que indican las leyes,
todas las provincias tienen serias
dificultades para implementar algún tipo
de control sobre el territorio, sea por falta
de voluntad política o por insuficiencias
técnicas y administrativas. También en
este aspecto las diferencias entre una y
otra son importantes. En los próximos
números haremos una recorrida por la
situación en varias provincias del NOA.
Más allá de lo que indican las leyes, todas las provincias tienen seriasdificultades para implementar algún tipo de control sobreel territorio, sea por falta de voluntad política o porinsuficiencias técnicas y administrativas.
AN
DR
EA
FE
RN
ÁN
DE
Z
12 / otrosterritorios
judiciales/ la desaparición de maría cash
¿Dónde está?DOS ANTECEDENTES PARA PENSAR EL CASO DE LA DISEÑADORA PORTEÑA
María Cash llegó a Retiro el 4 de julio
pasado con sus bolsos y una esperanza a
cuestas. Su amigo, Juan Pablo Dumon, la
esperaba en Jujuy con la promesa de un
hospedaje y la posibilidad de conseguir
trabajo. Cash, de 29 años, no lo dudó:
cargó algunos diseños y emprendió el
viaje.
Casi 20 años atrás, en febrero de 1994,
el ingeniero forestal Diego Rodríguez
Laguens terminaba su trabajo en Los
Toldos, al noroeste de la provincia de
Salta. Antes de regresar a Santiago del
Estero, donde vivía con su novia. El joven
de 26 años debía pasar por Salta para
cobrar su sueldo. Nunca llegó a destino.
Sebastián Bordón había trabajado en
una pizzería durante todo 1997 para
pagarse el viaje de egresados con sus
compañeros de la Escuela 13 de Moreno,
provincia de Buenos Aires. El grupo se
alojaba en la localidad mendocina de
Nihuil para, desde allí, recorrer los centros
turísticos de la provincia. En una cabaña,
Sebastián sufrió un desmayo y en las
noches siguientes no pudo dormir. Un
médico diagnosticó un cuadro de
depresión y aconsejó que el joven regrese
a Buenos Aires.
Viajes interrumpidos
Una de las pocas certezas de la
investigación de la desaparición de María
Cash es que bajó del colectivo en Rosario
de la Frontera, sin que pudieran
determinarse hasta hoy las razones que
la llevaron a tomar esa decisión. Al
mediodía del 5 de julio, Cash se comunicó
con su amigo de Jujuy desde un locutorio.
Le dijo que no le gustaba el ambiente del
colectivo y le pidió que le comprara otro
pasaje.
La novia de Rodríguez Laguens
comenzó a preocuparse cuando Diego no
llegó a Santiago del Estero. Tras un par
de días de ausencia, se puso en contacto
con compañeros de trabajo en Salta, que
le confirmaron que Diego nunca había
llegado a cobrar su sueldo. Cuando
comenzó la búsqueda, la Policía insistía
en que el joven se había ido por propia
voluntad. Sin embargo, se pudo saber que
Rodríguez Laguens viajaba en el colectivo
rumbo a Salta, cuando comenzó a
comportarse de manera extraña, por lo
que tuvieron que bajarlo en la terminal de
la localidad jujeña de San Pedro. Allí
quedó a cargo de la Policía.
Pese a los consejos médicos que
indicaban que Sebastián Bordón debía
volver a Buenos Aires y a la repetición
de cuadros de ataque de pánico, las
docentes que acompañaban al
contingente decidieron continuar con las
excursiones. En el viaje de ida hacia Las
Leñas, el joven sufrió varios episodios
con extraños comportamientos. Durante
el regreso, Bordón comenzó a gritar que
lo querían matar. Las docentes
decidieron dejarlo en el destacamento
policial de Nihuil.
Mientras realizaban un paseo, la
Policía se presentó en el lugar y se llevó a
las docentes para declarar. Dijeron que
Sebastián se había escapado de la
comisaría.
Pistas que despistan
Poco se supo sobre el destino de
Rodríguez Laguens en los días posteriores
a su desaparición. Los familiares del
Ingeniero comenzaron a desandar el
recorrido del viaje de regreso. Un testigo
aportado por la Policía aseguró que lo
habían visto en la terminal de Tartagal,
con indicios de estar drogado y perdido.
El dato, del que más tarde se comprobaría
su falsedad, desviaba la investigación
hacia la provincia de Salta y apoyaba la
hipótesis de la pesquisa policial, que
indicaba que el joven se había escapado
por propia voluntad.
Luis Bordón, el papá de Sebastián, llegó
a Mendoza ni bien se enteró que su hijo
estaba desaparecido. Al llegar, la policía le
dijo que alguien lo había visto en una ruta
de San Luis, haciendo dedo. Desde el primer
momento, los familiares de Sebastián
denunciaron que no había un plan de
búsqueda por parte de la policía. Incluso,
su papá acusó al juez de la causa, Waldo
Yacante, de desviar la investigación. El
magistrado le respondió que seguramente
el joven estaría en otra provincia.
Los datos certeros respecto al
paradero de María Cash parecen
desvanecerse desde la filmación del 8 de
julio, en la estación de peaje de la ruta 34.
Desde entonces, aparecieron testigos que
la vieron en Santiago del Estero,
Catamarca, Tucumán, Jujuy, Santa Fe y
Formosa, todos ellos fuera de la provincia
de Salta y sin resultado positivo. En la
mayoría de las declaraciones aseguran
haberla visto desorientada, como si
estuviera drogada.
A dos meses de la desaparición de María Cash, aun no hay pistas firmes para darcon su paradero. Los antecedentes de las muertes de Diego Rodríguez Laguens y de
Sebastián Bordón impiden descartar la hipótesis de la complidad policial.
GERMÁN BANEK
otrosterritorios / 13
judiciales/ la desaparición de maría cash
Dos desenlaces trágicos y
una historia inconclusa
Rodríguez Laguens fue hallado por
azar. Mientras la familia lo buscaba en San
Pedro, una mujer que alojaba a su madre
recordó que había leído en el diario que
una persona con ese nombre había
muerto en un accidente de tránsito.
Habían pasado diez días desde su
desaparición.
Una vez que encontraron el cuerpo se
pudieron reconstruir sus últimos días.
Recién allí aparecieron los testimonios de
los pasajeros del colectivo que recordaron
que Diego había bajado de la unidad y
había quedado en poder de la policía
jujeña. Se comprobó que había sido
asentado como detenido, pero habían
borrado su nombre, para luego
sobrescribir el registro.
Luego de realizada la autopsia, se
determinó que los miembros de la policía
lo golpearon para robarle una
computadora portátil y una cámara de
fotos. Como consecuencia de una patada
en el rostro, los anteojos de Rodríguez
Laguens se rompieron, lo que le ocasionó
la pérdida del ojo. Como la policía ya no
podía hacer pasar esa herida como la
consecuencia de un intento de fuga, lo
mataron, lo siguieron golpeando y
crearon la escena del accidente. Tres
policías fueron condenados por homicidio
simple y siete personas, incluido el médico
legal, por encubrimiento.
El cuerpo de Bordón fue encontrado
en una barranca de Nihuil el 12 de octubre
de 1997, diez días después de su
desaparición. La autopsia determinó que
había muerto cinco días antes,
producto de una feroz golpiza. En el
juicio, quedaron descartadas las
hipótesis de un accidente y un
ajuste de cuentas por
narcotráfico. Cuatro policías
fueron condenados por el delito
de homicidio, mientras que un
cabo y una parapsicóloga
resultaron culpables de encubrimiento.
Desde la desaparición de María Cash
no hay rastros firmes que permitan saber
qué ocurrió con ella. Si bien cada caso es
único y tiene características que hacen a
su singularidad, la persistencia de ciertos
elementos y falencias en la investigación
en los casos de Rodríguez Laguens y
Bordón, que se repiten en la búsqueda
fallida de la diseñadora porteña, obligan
a permanecer atentos a la posibilidad de
algún tipo de participación policial.
AN
DR
EA
FE
RN
ÁN
DE
Z
La persistencia de ciertos elementos y falencias en lainvestigación en los casos de Rodríguez Laguens yBordón, que se repiten en la búsqueda fallida de la
diseñadora porteña, obligan a permaneceratentos a la posibilidad de algúntipo de participación policial.
14 / otrosterritorios
memoria/ juicio por la desaparición de miguel ragone
Garante de la impunidadLA CÁMARA DE CASACIÓN PENAL REVOCÓ EL SOBRESEIMIENTO DE RICARDO LONA
Está acusado de encubrir el secuestro y desaparición del ex gobernador. Ahora el fiscalconsidera que debe ser imputado por delitos más graves. El ex juez se vale de sus vínculos en
el entramado judicial para evitar ser investigado.
El ex juez federal Ricardo
Lona fue noticia en estos días
por una resolución de la
Cámara Nacional de Casación
Penal que lo ubica, otra vez, en
el ámbito de los imputados en
relación al secuestro y
desaparición del ex
gobernador Miguel Ragone, el
homicidio de Santiago Arredes
y las lesiones –para la
acusación fue un intento de
homicidio– de Margarita
Martínez de Leal.
Otra decisión judicial que le
cierra el paso a una de las
tantas bifurcaciones del
camino seguido por el ex juez
para intentar escabullirse de
quienes pretenden que
responda por su supuesta
participación en la represión
estatal.
En relación a Ragone,
merced a la resolución de
Casación, el ex juez está
nuevamente imputado por
encubrimiento y prevaricato
pero ya hay pedidos de las
querellas y del fiscal federal
Horacio Azzolín para que sea
investigado “como un ejecutor
más” de la estructura
represiva.
En su alegato en el juicio
que se está llevando a cabo
actualmente contra siete
acusados por el secuestro de
Ragone, el homicidio de
Arredes y la agresión a
Martínez de Leal, el fiscal
recordó que el propio Lona
reconoció no haber investigado
denuncias por apremios
ilegales y entendió que esa
tolerancia “terminó erigiendo
una especie de garantía de
impunidad para los delitos
cometidos por los miembros
de las fuerzas de seguridad.
Todo esto, en conjunto,
permite suponer una conducta
del ex juez que excede el mero
favorecimiento real por lo que
su intervención adquiere un
significado en relación al ilícito
cometido por otro lo que lo
pone directamente en la
estructura represiva como si
fuera un ejecutor más”.
Ricardo Lona fue juez
federal de primera instancia
durante la dictadura, ratificado
en democracia (en 1984) y
llegó a presidir la Cámara
Federal de Apelaciones de
Salta. Las causas contra él se
remontan a 2003, cuando el ex
diputado provincial Pablo
Ismael Outes, hijo de Pablo
Eliseo Outes, uno de los once
presos políticos asesinados
cerca de Palomitas el 6 de julio
de 1976, le promovió un jury de
enjuiciamiento acusándolo de
haber ordenado el traslado que
terminó en el fusilamiento de
los detenidos.
El juicio político,
sustanciado ante el Consejo de
la Magistratura,en Buenos
Aires, tuvo un trámite mucho
más rápido que las causas
penales que le siguieron. Sin
embargo, no fue destituido,
merced al voto salvador de
cuatro consejeros. Lona había
intentado evitar la vergüenza
de una destitución
presentando su renuncia, pero
el entonces presidente Néstor
Kirchner no se la aceptó.
Cuando terminó el proceso,
mantuvo su renuncia.
Ya como ex juez, tuvo que
afrontar los procesos penales.
Se mostró habilidoso para
sortear citaciones a
indagatorias y pedidos de
investigación. Es evidente que
en esa tarea le sirvió su amplio
conocimiento del
funcionamiento del Poder
Judicial Federal salteño, y de
sus integrantes.
Lona niega participación
en la represión. Sobre
Palomitas llegó hasta a
reivindicarse como quien
realizó los avances más
significativos en la
investigación del hecho, según
afirmó el 31 de julio de 2007,
cuando –tras dos años de
citaciones e incidentes- fue
indagado por la jueza ad hoc
Gladis Comas. Sin embargo,
nunca pudo explicar por qué
no investigó qué pasó con los
once detenidos asesinados, a
pesar de que varios de ellos
estaban a su disposición. La
causa recién se abrió siete años
después, cuando la Justicia
Federal de Rawson le remitió
la denuncia realizada por el
detenido político Daniel
Cabezas.
A Lona se le atribuyen
delitos de violación de los
deberes de funcionario
público, encubrimiento y
prevaricato en relación a los
secuestros y desapariciones de
unas veinte personas. Se le
reprocha no haber atendido
planteos realizados por presos
políticos durante la dictadura.
Respecto del secuestro de
Ragone está acusado por
encubrimiento y prevaricato.
En marzo de 2009 consiguió el
fallo favorable de la Cámara
Federal de Apelaciones de
Salta, que lo sobreseyó
interpretando que esos delitos
están prescriptos.
La Secretaría de Derechos
Humanos de la Nación,
representada por el delegado
local, Martín Ávila, apeló esa
decisión que ahora fue
revocada por la Sala II de la
Cámara Nacional de Casación
Penal que criticó errores de
forma de la resolución de la
Cámara salteña y sostuvo que
estos delitos son conexos a los
ELENA CORVALÁN
otrosterritorios / 15
memoria/ juicio por la desaparición de miguel ragone
principales y por lo tanto,
constituyen delitos de lesa
humanidad.
Aplicando el mismo
criterio, Casación revocó
también el sobreseimiento del
ex subjefe de la Policía salteña,
Virtom Mendíaz, acusado por
encubrimiento y omisión de
represión de delincuentes.
Partícipe necesario
Lona ya suma cuatro
pedidos para ser investigado
por delitos más graves que los
de encubrimiento y
prevaricato. El 30 de agosto
pasado, en su alegato ante el
Tribunal Oral en lo Criminal
Federal de Salta, el querellante
Martín Ávila pidió que se
ordene la detención e
indagatoria del ex juez “por la
participación que le cabe en
este proceso”.
Añadió que Lona cometió
“enormes irregularidades” en
relación a la causa Ragone”.
El pedido fue acompañado
por el fiscal Azzolín para quien
la intervención del ex juez en el
caso “descartando toda línea de
investigación posible en un
sumario en el que aparece
directamente involucrado
desde sus primeros momentos
parece exceder, si se analiza
globalmente la situación en
esos años, el mero
encubrimiento y el prevaricato
como viene imputado hasta
ahora”.
Lona, abundó el fiscal, “no
solo archivó Ragone de la forma
en que lo hizo, sino que igual
proceder se repitió en forma
sistemática en muchas otras
denuncias por desaparición de
personas que se realizaron”.
Recordó asimismo que el
propio ex magistrado reconoció
“haber recibido denuncias de
apremios ilegales que decidió
no investigar”. En el mismo
tono señaló “su (el de Lona)
aparentemente directo
involucramiento en el traslado
de los presos asesinados en
Palomitas y, en
contraposición, su férrea
investigación en las causas
iniciadas por infracción a la
ley 20.840 (sobre actividades
subversivas)”.
Los otros dos pedidos son
de más larga data. En agosto
de 2008 el abogado Gustavo
Ariel Ricciutti, representante
legal de Ruperta Rodríguez,
madre del desaparecido
Santos Abraham Garnica
Rodríguez, solicitó que el ex
juez federal fuera detenido e
indagado acusado por
desaparición forzada de
personas, encubrimiento,
prevaricato e incumplimiento
de los deberes de funcionario
público.
En septiembre de 2008
Ávila solicitó la detención de
Lona y que fuera investigado
como partícipe necesario de la
Masacre de Palomitas.