Litigacion Oral Edwar 2

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    LI TI GACI N ORAL

    DR. EDWAR ALVAREZ YRAL A

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    MARCOINTRODUCTORIO

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    MODELO ACUSATORIO CONRASGOS ADVERSARIALES

    INV. PREPARATORIA- Si la conducta es defectuosa.

    - Circunstancias o mviles

    - identidad del autor o partcipe y

    vctima

    - Dao causado

    FASE INTERMEDIA- Decidir si hay causa o

    base para proceder a juicio.

    JUICIO- Probar la comisin del delito

    - Responsabilidad del imputad

    - Actuacin probatoria.

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    Etapa I ntermedia o de Preparacindel Juicio

    - HECHO NO SE REALIZO- NO PUEDE ATRIBURSELE AL IMPUTADO- NO ES TPICO O CONCURRE UNA CAUSA EXHIMENTE DERESPONSABILIDAD

    - CONCURRE CAUSA DE EXTINCIN DE LA ACCINPENAL

    REQUERIMIENTODE

    SOBRESEIMIENTO

    DEBATE ENAUDIENCI

    CONTROLDE LA

    ACUSACIN

    SUSTANCIAL

    F

    UNCI

    ONABILIDA

    D

    FORMAL ACLARACIONES SUBSANACIONES AL DICTAMEN ACU

    RESOLVER MEDIOS DE DEFENSA

    ADMISIN DE MEDIOS DE PRUEBA, PRUEBA ANTICIPADA, CONVENPROBATORIAS

    ADOPTAR O VARIAR MEDIDAS DE COERCIN

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    El JuzgamientoI. INSTALACIN

    JUEZ DEL JUICIO

    FISCAL

    ABOG. ACTOR

    CIVIL

    ABOGADODEFENSOR

    ACUSADO

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    II. ALEGATOS PRELIMINARES: TEORA DEL CASOArt. 371, 2 C.P.P. JUEZ DEL JUICIO

    FISCAL

    ABOG. ACTORCIVIL

    ABOGADODEFENSOR

    ACUSADO

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    B. CONVENCIONES PROBATORIASART. 156,3 C.P.P.

    NO TESTIGOSPERITOSPRUEBA MATERIAL

    EXAMEN DEL ACUSADO

    REALIZACIN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA

    ORALIZACIN DE MEDIOS PROBATORIOS

    C. ORDEN EN LAACTUACIN DE LAPRUEBA

    D. ALEGATOS

    E. DELIBERACIN

    F. SENTENCIA

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    TCNICAS DE LITIGACIN

    ORAL

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    LA TEORIA DEL CASO1. NOCIN .- Es la idea bsica y subyacente atoda nuestra presentacin en juicio y por lacual no solo se explica la teora legal y loshechos de la causa, sino que vincula tanto dela evidencia como es posible dentro de un todocoherente y creble

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    2. CARACTERISTICAS.-

    Solo se puede defender una teoria del caso

    Ejemplo :Lo cierto es que mi representado no estaba en el lugarde los hechos al momento del homicidio.

    Ahora si se prueba que estaba en el lugar de loshechos, l no fue quien dispar el arma

    Pero bueno si se prueba que l si dispar el arma,entonces lo hizo en legitima defensa

    * Tiene que ser creble* Tiene que ser simple

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    INTERROGATORIO DIRECTO

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    CONCEPTO Y OBJETIVOS

    CONCEPTOEs el primerinterrogatorio quese le hace a untestigo y es el

    realizado por elsujeto procesalque lo propuso.

    OBJETIVOSEstablecer loselementos que la parte se propone probar y que stasea creble ante eljuzgador.

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    DIEZ MANDAMIENTOS

    DEL INTERROGATORIODIRECTO

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    Primer Mandamiento:

    ACREDITAR AL TESTIGO EL Juez debe conocer a testigo, humanizarlo

    Ejemplo de interrogatorio directo aagraviada de delito contra la libertad

    sexual.Fiscal : Testigo su nombre. Agraviada : Juana Ros PrezF : Sra. Juana A qu se dedica? A : Secretaria.

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    F : Su Estado civil. A : Divorciada.

    F : Dnde trabaja? A: Trabajo en el Estudio Arias Arias.F : Qu labor realiza?

    A : Preparo cartas, saco fotocopias, archivo documentos y toda labor auxiliar.F : Desde cundo labora ah? A : Hace 5 aos.F : Trabaj antes? A : S a medio tiempo, pues simultneamente estudiaba

    secretariado jurdico y requera dinero para pagar misestudios y mantener a mis hijos y madre.

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    QUNO SE DEBE HACER EN ELMARCO DEL PRIMER

    MANDAMIENTO?No se puede presentar prueba del buen carcter deltestigo, porque ser objetable por impertinente. Slose acepta cuando cuestiona la otra parte su buencarcter.Ejemplo:

    F : Sra. Tiene antecedentes penales? A : No, ningn delito.F : Tiene Ud. buena reputacin? A : S, de persona respetuosa, honrada, trabajadora y

    catlica. Asistente todos los domingos a misa.

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    Segundo Mandamiento:

    SENCILLO Preguntas y respuestas que se

    entiendan, destacar lo indispensableclaramente sin utilizar lenguaje tcnico,que afecte la interpretacin que se d.

    Este mandamiento se obvia cuandose interroga al Perito, para impresionarsignificativamente al Juez y a la partecontraria.

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    Ejemplo de interrogatorio directo a perito

    Abogado : Seor Miranda (Perito) pudo evaluar al acusado? Perito : S. A : Con que finalidad. P : Para determinar si era inimputable. A: A qu resultado lleg? P : Que es inimputable, tiene problema de capacidad cognitiva

    y de control volitivo, que le impidieron conocer el carcterdelictivo de sus actos.

    A : Seor Miranda Qu quiere decir Ud. con capacidadcognitiva?

    P : Que el acusado tiene una enfermedad mental que no le permite poseer inteligencia suficiente para comprender que loque hacia era ilegal.

    A : Doctor Miranda Qu significa control volitivo? P : Que el acusado no contaba con los controles y recursos

    para dirigir sus acciones conforme a la ley.

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    Ejemplo de interrogatorio directo atestigo comn

    Se tiene que tomar en cuenta que ste puedeutilizar jerga y se tienen que simplificar tambinestas expresiones.

    Fiscal : Sr. Linares Qu hizo Juan Peralta? Testigo : Le entrego pastel, cloro y marimba a JulioDaz. F : Sr. Linares qu quiere decir con pastel? T : Pasta Bsica de Cocana. F : Y con cloro? T : Clorhidrato de de cocana. F : Y con marimba? T : Marihuana.

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    Tercer Mandamiento: UTILIZAR

    PREGUNTAS DE TRANSICION YORIENTACIN Estas preguntas ayudan al testigo a recordar

    y reconstruir su testimonio. Asimismo, ayudan al juzgador en el proceso

    mental de recordar y entender el interrogatorio

    directo. Estas preguntas permiten al interrogadormover al testigo de tema en tema.

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    Ejemplo de preguntas de transicin y orientacin

    La pregunta usual para mover al testigo deltema de la acreditacin a los aspectosintroductorios es la siguiente:

    Fiscal: Sr. Linares, Podra Ud. Decirnos quepas el 12 de agosto, en el puente Villena a esode las 03:00 a.m.?

    Testigo: Ese da me encontraba caminando porel puente Villena, cuando en eso ...

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    Cuarto Mandamiento:DESCRIPTIVO.

    El Fiscal o Abogado debe ubicar al Juez en ellugar mas importante de los hechos para queentiendan mejor lo acontecido.

    La descripcin que el testigo haga debecomprender: 1. Iluminacin. 2. Personas presentes. 2. Sonidos. 3. Distancias. 4. Tiempo.

    5. Conocimiento previo.

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    EJEMPLO DE PREGUNTA Y RESPUESTADESCRIPTIVA

    Fiscal : Sr. Juan (agraviado) podra describir ellugar donde fue asaltado?

    Testigo : S. Haba mucha iluminacin, pueseran las 2 de la tarde y se encontraban los vecinos Jos Ramrez y Henry Medina. Y algolpearme con la cacha del revlver en la

    cabeza grite fuertemente. Mis citados vecinosse encontraban a 4 metros de mi persona. Elasalto dur 50 segundos aprox. y yo conozco ellugar pues vivo hace 20 aos.

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    Quinto Mandamiento: CONTROLAREL RITMO DEL DIRECTO .

    Testimonio ameno e interesante ser escuchado condetenimiento por el Juez.

    Ritmo = con que detenimiento testigo abarca reas desu declaracin. rea importante se baja ritmo y testigo expone y

    profundiza con lujo de detalles. Cmara Lenta.

    reas no importantes el ritmo testimonio esacelerado. Obligacin del interrogador de lograr ritmo

    adecuado.

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    EJEMPLO DE CONTROL DEL RITMO

    Fiscal : Podra decirnos qu dijo el acusado antes de hacer losdisparos?.

    Testigo : Dijo : No te escondas que de esta no te salva nadie. F : Qu hizo el acusado inmediatamente despus?T : lo persegua porque la vctima se esconda detrs de las

    mesas.F : Qu pas despus?T : El acusado le gritaba, No te escondas mientras que se

    segua acercando a la vctima. Entonces lleg donde estaba la vctima agarro la mesa donde se esconda y la tir quedandoeste al descubierto.

    F : Qu paso entonces?T : yo no poda creer lo que pasaba Fiscal, ah vino ese seor,

    mir con odio a la vctima y le a punto con el arma de fuego.F : A qu distancia se encontraban?

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    EJEMPLO DE CONTROL DEL RITMO

    T : Estaban prcticamente uno encima del otro.Porque la vctima estaba sentado en el piso y el acusado estaba de pieapuntndole.

    F : A qu parte del cuerpo le apuntaba?

    T : a la cabeza.F : Qu paso luego de que le apuntara con el arma.T : le dispar varias veces.F : especficamente Cuntas veces?T : Yo escuch 5 detonaciones.F : Cmo fueron las detonacionesT : No fueron seguidas, las primeras 2 una detrs de la otra,

    luego l se acerc, mir la vctima como unos 15 segundos y lehizo otros 3 disparos.

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    Sexto Mandamiento:NO HACERPREGUNTAS SUGESTIVAS.

    Pregunta sugestiva es aquella en la que se hace unaaseveracin en la cual el testigo acepta o rechaza la m

    Estn descartadas porque el testigo es el que debe hacaseveraciones y conclusiones, NO el interrogador.

    Le quita protagonismo al testigo y crea interrogante socapacidad de percepcin o recordar del testigo.

    No permite que se evale su expresin corporal, gestomaneras, miradas.

    Demuestra mala preparacin del Fiscal o Abogado.

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    Qu se hace para evitar realizar preguntas sugestivas?

    Durante la parte investigativa del caso, elabogado le haya explicado al testigo laimportancia de su testimonio y anticipado las

    preguntas que le pretende hacer.

    Utilizar preguntas abiertas, iniciando con

    Qu? Cmo? Cundo? Dnde? Por quExplique? Describa?

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    Se puede utilizar en algn caso las preguntassugestivas en el interrogatorio directo?

    La sugestividad es aceptada por razn de edad (niode 5 aos), pobre educacin, dificultad de expresiny pudor.

    Tambin en testigos hostiles e identificados con laparte adversa (Fiscal inicia interrogatorio a acusadocomo si fuera su testigo, ste no va aceptar loscargos).

    Prctica permite sugestividad aspectos preliminarescomo preguntas introductorias, acreditacin,presentacin de evidencia tangible.

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    STIMO MANDAMIENTO:ANUNCIAR DEBILIDADES?

    Debemos presentar a travs del testigoinformacin perjudicial al caso?

    No es fcil contestar la interrogante anterior, pero, en principio SI se debe presentar.

    Juez lo percibir favorablemente.

    Se minimiza efecto adverso. le resta impacto,evita que se siga repitiendo pero podra proveerla un dato beneficioso a la otra parte queno lo conoca

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    Cundo presentar la evidencia adversa de untestigo durante su interrogatorio Directo?

    Cuando sepamos que la otra parte la presentar durante su contrainterrogatorio o en su turno de prueba.Criterios: 1.- Naturaleza del dato.

    Cuando es informacin de conocimiento general, antecedentes penales.

    Importante que testigo justifique su conducta anterior y que notiene que ver con el presente caso!

    2.- Conocer al abogado de la otra parte. Si es diligente. Si investiga cabalmente su caso. Si es riguroso en procedimientos de descubrimiento de prueba.Si contestamos afirmativamente alguno de los criteriosestablecemos que conoce o tiene acceso al hecho adverso.

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    Ejemplo :

    Seor Juez ud. escucho al testigo : Jos Crdova.El le dijo la verdad. Admiti que en el pasado habacometido el delito de falsificacin. Pero tambin ledijo que estaba arrepentido y se presento aquvoluntariamente en contra de las actividadesdelictivas del acusado.

    Responsablemente y con la honestidad que noscaracteriza presentamos ante su consideracin elhecho de que Jos Crdova ha sido convicto de undelito

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    Octavo Mandamiento: ESCUCHAR LACONTESTACIN DEL TESTIGO.

    Debemos escuchar prestando atencin, para saber qu hemos logrado establcon el testigo

    Identificar: Si tono de voz permite escuchar al Juez. Si testigo habla muy rpido o sin claridad.

    Estar atento a objeciones de Parte contraria que interrumpirn respuestas Si se declara NO HA LUGAR objecin se repite la pregunta, pues te

    se olvid; ejemplo: Fiscal : Seor Jos Qu le dijo la vctima antes de morir? Testigo : Que su vecino Luis Arbul le disparo. Abogado : Objecin, prueba de referencia. Juez : no ha lugar. Se permite como excepcin a la prueba de referencia. Abogado : Seor Jos nuevamente, Qu le dijo la vctima antes de morir? Testigo : Que su vecino Luis Arbul le dispar y que se haba ido corriendo.

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    Noveno Mandamiento: POSICINDEL INTERROGADOR

    El interrogador es el Director de la pelcula,pero el testigo es el protagonista, la

    atencin tiene que estar centrada en el testigo Se tiene que elaborar formulario o bosquejo

    de lo que se va a preguntar al testigo; en el

    que se tenga en cuenta: acreditacin, hechos odatos a ser establecidos, identificacin delacusado, evidencia tangible a ser sealada y

    sealamiento.

    l i i d b li d

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    El Interrogatorio Directo, debe realizarse detrsde un podio, solo por excepcin el Abogado sale

    del podio y se mueve con los siguientes propsitos

    Para el manejo de lasidentificaciones

    Presentacin de evidenciatangible algunos Juecesinstruyen que fiscal oabogado la lleven alsecretario para ser marcadacomo identificacin o paramostrrsela al testigo y a larepresentacin legal de laotra parte

    Para enfatizar parte deltestimonio

    Momento emotivo, dramticoy se realza si el interrogadorsale del podio y se acerca altestigo como muestra desolidaridad, logrando toda laatencin del juzgador, luegoregresa al podio. Ej: vctima de violacin sexual es interrogadasobre el momento en quesufri la agresin.

    D i M d i t

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    Dcimo Mandamiento:ORGANIZACIN.

    Para que el interrogatorio sea recordado yentendido es necesario que sea organizado.Una gran ayuda nos la brinda el ordencronolgico.

    Si determinado incidente aconteci en uncentro comercial, debe comenzarse el

    testimonio indicando que el testigo seaperson a dicho centro y desarrollando elrelato con lo acontecido posteriormente.

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    Ejemplo de interrogatorio directo organizado

    Ejemplo: robo en centro comercial Fiscal : seora Juana Qu paso el 19 de marzo

    del 2005 a las 5:30 de la tarde?

    Testigo : sal de mi casa y me dirig al centrocomercial San Miguel, llegando en 5 minutos. Fiscal : Qu paso al llegar al centro comercial

    san miguel? Testigo : estacion mi vehculo, baj y vino una

    persona y me dijo: esto es un asalto, no semueva, deme la cartera!

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    se debe seguir otra gua aparte del aspecto

    cronolgico para ser organizados? Adems del elemento cronolgico se debe

    maximizar el principio y final delinterrogatorio destacando lo mas importantedel testimonio.

    Juez recuerda con mayor facilidad lo queescucha al principio y final del testimonio.

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    Formato de interrogatorio d

    a) Preguntas de acreditacin. b) Preguntas introductorias. c) Narracin principal. d) Preguntas descriptivas. e) Presentacin de evidencia. f) Corroboracin. g) Final climtico

    En aquellos casos en que desee presentar evidencia tangibleesta deber ser presentada, luego de la narracin principal yantes de la etapa final del interrogatorio

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    NARRACI NPRI NCI PAL

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    NARRACI N PRI NCI PAL Abogado ( a) : Y que paso mientras se encontraba

    usted esperando a su esposo?Testigo : Apareci esta seora vestida de

    enfermera, quien me informo quequera tomarle una foto a Juanito parauna promocin y que me dara variascajas de paales para ello. Me indicque todo tardara unos pocos minutos

    Abogado (a ) : Que hizo Usted?Testigo : Pensando que no haba nada raro le

    entregue a Juanito en lo que esperaba ami esposo

    Abogado (a) : Y que pas despus? Testigo : A los 10 minutos comenc a

    preocuparme y comenc a preguntarsobre esta persona en el Hospital Abogado (a) : Y que respuesta tuvo usted? Testigo : Que nadie la conoca, comenc a llorar y

    a gritar .

    Abogado (a) : Como se senta usted en esemomento?.(VARIACIN EN TIEMPO

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    Testigo : Me sent engaada por esta persona

    que me haba robado a mi hijo. Y mesent totalmente desesperada, todavez que pensaba que no lo volvera aver

    Abogado (a ) : Que paso despus?Testigo : A pocos minutos de aperson la

    polica, as como las personasencargadas de seguridad delHospital

    Abogado (a) : Que hicieron estas personas ? Testigo : Comenzaron a buscar por los

    alrededores y despus meentrevistaron sobre lo acontecidoparticularmente sobre la descripcinde esta persona

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    NARRACI N RESTANTE

    Abogado ( a) : Podra usted describir a lapersona la cual usted dijo que lehaba robado a su hijo( PREGUNTA DESCRIPTIVA)(PREGUNTA DE TRANSICIN)

    Testigo : Era una mujer de 55 aos . Trigueaclara, tena el pelo largo y lacio, eracomo tipo indiecita.

    Abogado (a ) : Cuanto tiempo pudo ustedobservarla?

    Testigo : Como tres minutos Abogado (a) : A que distancia estuvo Ud, duranteesos tres minutos? Testigo : Como a 2 pies Abogado (a) : Que hacia usted mientras

    conversaba con ella?

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    Testigo : Tenia a mi bebe entre mis brazos,pero siempre estuve mirndola a lacara.

    Abogado (a) : Despus de ese da Qu si algopas en relacin a este asunto?(PREGUNTA DE TRANSICIN )

    Testigo : Como a los 5 meses me llamandel cuartel de la polica y me dicenque me tenan buenas noticias.

    Abogado (a ) : Cmo reacciono usted a esto? Testigo : Pues imagnese, yo presenta que

    mi hijo haba aparecido y meapersone de inmediato al cuartelde la polica.

    Abogado : Y que pas en el cuartel de lapolica.

    Testigo : Tan pronto entre me entregaron ami bebe

    Abogado (a) : Cmo se sinti?

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    Abogado (a) : Cmo se sinti? Testigo : Con una gran tranquilidad

    espiritual. Tan pronto lo vi sabiaque era mi hijo

    Abogado (a ) : Luego de que se lo entregaron alnio Qu pas? Testigo : Los policas me pidieron que

    entrara en un cuarto oscuro dondea travs de una luna poda ver acinco mujeres con un numero Abogado (a) : Y que hizo usted all?

    Testigo : Tan pronto la mir inmediatamentey sin ninguna duda identifique a lanumero 3 como la persona que mehaba robado el beb

    Abogado(a) : Como comparaba esta personacon la que le haba robado a suhijo?

    Testigo : Era esa misma, nunca olvidar esacara. ( CORROBORACIN)

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    FINAL

    Abogado ( a) : Doa Petra ha vuelto usted aver a la persona que lerobo el nio

    Testigo : Si.. Abogado (a ) : En donde? Testigo : Aqu en sala Abogado (a) : Podra usted sealarla? Testigo : Si como no es la acusada, la que

    esta sentada al lado dellicenciado ( CORROBORACINY FINAL CLIMATICO)

    Abogado (a) : Seora queremos consignarpara el registro que doa

    Petra a sealado a la acusada.No tenemos mas preguntas

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    ORDEN DE LA PRUEBA ENINTERROGATORIO DIRECTO.

    PRINCIPIOS BSICOS.

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    Juzgador escucha con mayor facilidad lo que

    escucha al principio y final. Seleccionar 2 testigos impactantes para elprincipio y el final.

    Juez entender ms fcil lo que es narradocronolgicamente. Admisibilidad de varios testimonios o de

    evidencia tangible, depende que seestablezcan determinadas bases evidenciaras

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    Se puede obviar el orden cro SI, porque a veces al seguir el orden

    cronolgico, el primer testigo no esimpactante o se trata de un testigo

    excepcional pero que debe declarar despusde 2 testigos (en el orden cronolgico) En estos casos lasconsideraciones

    evidenciaras tienen prelacin sobre lasdems, aunque nuestro primer testigo no seacontundente o no haya un orden cronolgico

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    ORDEN IDNEO CRONOLGICO YNO PRESENTA PROBLEMA

    EVIDENCIARIO .CASO ASESINATO.

    Testigo I ; Presencio asesinato.

    Testigo II ; Presencio asesinato. Testigo III ; Presencio asesinato. Testigo IV ; Polica que investiga y arresta. Testigo V ; Fiscal que toma confesin. Testigo VI ; Mdico legista que realiza

    necropsia.

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    CUESTIONES A TOMAR EN CUENTA

    El testigo mas importante es el que mejor presenci el asesinato y el Fiscal que tomo laconfesin

    Por consideraciones evidenciaras el Fiscal debeser el ltimo.

    Tres testigos que declaran sobre mismoshechos pueden generar inconsistencias, se debelimitar Interrogatorio.

    Incluso si primer testigo es impactante norequerimos examinar a otros 2.

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    CONTRA INTERROGATORIO

    CONCEPTO Y OBJETIVO DEL

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    CONCEPTO Y OBJETIVO DELCONTRAINTERROGATORIO

    CONCEPTOSe realiza despus del

    interrogatoriodirecto y es realizado por la parte contraria

    OBJETIVO Tachar la credibilidad del

    testigo. Procurar que el testigoreconozca aspectos positivos para su caso ynegativos para elcontrario.

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    cules son los benefici

    contrainterrogator Testigo fcilmente puede memorizar o regresar

    una narracin durante interrogatorio directoindependiente que sea veraz

    El contra interrogatorio lo har salir del libreto ya memorizado.

    Es muy difcil que un testimonio inventado oadornado sea inmune a un contra interrogatorioefectivo.

    Es el motor mas efectivo para la bsqueda de a

    verdad.

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    10 MANDAMIENTOS DELCONTRAINTERROGATORIO

    Primer Mandamiento: SER

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    Primer Mandamiento: SERBREVE.

    Porque estamos contrainterrogando a untestigo identificado con la parte contraria.

    Se debe identificar e interrogar sobre reasbeneficiosas a nuestra teora y nada ms queeso.

    Fiscal o Abogado que no investig ni estudioa cabalidad su caso, en el Juicio Oral es muytarde.

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    Todo lo que le beneficie debe ser trado aconsideracin del Juez.

    Desarrollar puntos sueltos, que en conjuntoafectan la credibilidad del testigo. Utilizarmuchas preguntas generando datos para elalegato final.

    Cuando se presenta a declarar a variostestigos sobre el mismo hecho con un

    contrainterrogatorio extenso a cada unosurgirn discrepancias, impugnndose lacredibilidad de los declarantes.

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    Segundo Mandamiento:

    PREGUNTAS SENCILLAS El juzgador debe entender todas las

    preguntas. No preguntas compuestas, que contienen

    varias a la vez y la respuesta con unmonoslabo no establece con certeza a cual se

    refiere.

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    TERCER MANDAMIENTO:

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    TERCER MANDAMIENTO:SOLO PREGUNTAS

    SUGESTIVAS El abogado es el protagonista, el testigo es

    secundario. Se le debe hacer aseveraciones al testigo, quedebe afirmar o negar, las mismas permitentener el control del testigo NO se le provee laoportunidad de que explique su contestacin.

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    Nos permite cumplir con el 1er mandamiento( la brevedad). La sugestividad facilitadirigirnos directamente a las reas quequeremos contrainterrogar al testigo.

    Facilita el 2do mandamiento (de preguntassencillas). Pregunta sugestiva por suestructura es de fcil entender por eljuzgador.

    Importante! Por que el abogado puedeincorporar su lenguaje o vocabulario a lacontestacin del testigo.

    FORMAS DE HACER LAS

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    FORMAS DE HACER LASPREGUNTAS DEL

    CONTRAINTERROGATORIO 1. Lo cierto es (expresar la aseveracin) punto

    muy importante. 2.Dgame si es o no es cierto (expresar la

    aseveracin)

    3. (expresar la aseveracin) es eso correcto Tener cuidado que el testigo no se sienta

    tentado a explicar su contestacin.

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    FORMAS DE HACER LAS

    PREGUNTAS DELCONTRAINTERROGATORIO

    4. No es un hecho (expresar la aseveracin) so no. NO RECOMENDABLE. Por sernegativa.

    5. (expresar la Aseveracin) si o no.Punto muyimportante.

    6. (expresar la aseveracin solamente)

    Existen excepciones al tercer

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    Existen excepciones al tercermandamiento?

    SI Cuando hacemos preguntas de temas introductorios. Preguntas abiertas para pasar de un tema a otro. Cuando se tenga evidencia extrnseca que obligara

    al testigo a responder en determinado sentido. El riesgo que el testigo empiece a explicar es

    mnimo. Del testigo incurrir en dicha conductao no ser responsivo, ste podr ser confrontadocon aquella evidencia extrnseca que permitirestablecer el hecho o dato en controversia

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    Ejemplo de preguntas no sugestivas permitidas en elcontrainterrogatorio

    Fiscal: Dnde trabaja ud? Testigo : en la compaa Mar y tierra. Fiscal : Dnde trabaja el acusado? Testigo : En la misma compaa. Fiscal : Qu funciones lleva a cabo el acusado en

    dicha compaa? Testigo : Es mi jefe inmediato.

    Si testigo lo niega, el fiscal presenta la prueba pertinente que acredita que el acusado era jefeinmediato del testigo, por lo que incluso poda hacer pregunta abierta, pues tiene como refutarlo.

    Cuarto Mandamiento: SLO

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    Cuarto Mandamiento: SLOPREGUNTAR LO QUE SE SABE

    LA CONTESTACIN. Terminada la Investigacin Preparatoria

    debemos saber lo que cada testigo de la partecontraria puede aportar en beneficio nuestro. Aunque no se debe esperar su cooperacin.

    La norma general es que no se pueden hacerpreguntas que no se sepa respuestas por elriesgo de perjudicar la teora del caso.

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    Existen excepciones a este mandamiento? Se puede hacer excepcin evaluando:1.- Identidad del testigo: Experiencia testifical, menos

    recomendable preguntar sin saber respuesta.2.- Naturaleza del testimonio: durante interrogatorio de testigo

    surge dato importante aparentemente favorable a intereses del

    caso del abogado del contrainterrogatorio. Si es temainvestigado por el abogado exhaustivamente, puede pronosticar razonablemente si hay perjuicio o beneficio ydecidir si pregunta o no.

    3.- Novedad del testimonio : si surge durante elcontrainterrogatorio y a pesar de haberlo investigado estotalmente nuevo. Se infiere que es favorable a nuestro caso pues si fuera

    adversa la otra parte a hubiera presentado.

    Surge por descuido o inadvertencia del testigo.

    Quinto Mandamiento:

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    Quinto Mandamiento:ESCUCHAR LA

    CONTESTACIN Prestar la atencin debida y escuchar

    atentamente la contestacin del testigo. Puede surgir informacin que no se

    contemplaba y obtener otra. No distraersemirando sus notas o pensando en la prxima pregunta.

    Las preguntas y respuestas deben presentarseininterrumpidamente, si hay objecin, se repitela pregunta.

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    SEXTO MADAMIENTO : NO

    PELEAR CON EL TESTIGO. Conducta respetuosa y decorosa del fiscal y

    abogado hacia testigos. Salvo ataques del testigo, donde se solicita

    auxilio del Juez o se reacciona directamente

    con moderacin.

    l

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    Ejemplo: RECURRIR AL JUEZ

    Abogado : Testigo, lo cierto es que Ud. nicamente pudo ver al acusadespalda.

    Testigo : Yo lo pude ver bien licenciado. Abogado : Testigo, la pregunta es sencilla, lo cierto es que Ud. nicam

    pudo ver al acusado de espalda. Testigo : licenciado le estoy diciendo que lo muy bien. Abogado : Test

    por favor conteste la pregunta. Testigo : Licenciado lo que pasa es que Ud. no quiere escuchar la verd

    Ud. quiere que yo conteste lo que Ud. le d le gana Abogado : Sr. Juez, solicito el auxilio del tribuna a los fines de que se

    instruya al testigo a no dirigirse a nuestra a nuestra persona en esa forno manera. Tribunal : el tribunal instruye al testigo de que tiene que contestar la

    pregunta del abogado y que tiene que modificar su comportamiento ocontrario el tribunal tendr que tomar medidas para asegurarse que eltestigo recuerde que est en un Tribunal de Justicia.

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    EJEMPLO : REACCIONAR DIRECTAMENTE. Abogado : testigo, lo cierto es que Ud.. nicamente

    pudo ver al acusado de espalda. Testigo : Yo lo pude ver bien licenciado. Abogado : Testigo, la pregunta sencilla, lo cierto es

    que Ud. nicamente pudo ver al acusado de espalda. Testigo : Licenciado le estoy diciendo que lo vi muy

    bien. Abogado : testigo por favor conteste la pregunta. Testigo : Licenciado lo que pasa es que Ud. no

    quiere escuchar la verdad, Ud. quiere que yo contestelo que Ud. le de le gana.

    Abogado : aqu la nica persona que no quiere decirla verdad es Ud.. conteste la pregunta.

    Stimo Mandamiento: NO

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    Stimo Mandamiento: NOPERMITIR QUE EL

    TESTIGO EXPLIQUE Recuerde que el abogado es el protagonista.

    Interrogatorio con aseveraciones querequieren rechazo o aceptacin por testigopues testigo es hostil, es de la parte contraria,tiene pocas cosas favorables para aportar anuestra teora del caso.

    Li it i t g t i t d l ig i t

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    Limitar interrogatorio a travs de lo siguiente:1.- Hacer preguntas sugestivas por su estructura no propician ni

    permiten explicaciones.2.- Solicitar el auxilio del Tribunal si testigo insiste en explicar.

    Solicitar al juez instrucciones al testigo que debe limitarse aresponder. Cualquier explicacin se le permitir por la otra parte en el redirecto.

    3.- Hacer otra pregunta.Tan pronto testigo comience a responder hacer otra preguntainstintivamente terminar con su explicacin y escucharnueva pregunta.

    4.- Interrumpir al testigo:Cuando explicacin es muy nociva es laltima alternativa.

    5.- Repetir la pregunta.Si el testigo no quiere contestar la pregunta, se le puede repetir y

    repetir, hasta que se vea obligado a contestarla

    Octavo Mandamiento: NO

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    Octavo Mandamiento: NOREPETIR EL DIRECTO.

    Demuestra falta de preparacin, falta deun plan desarrollado durante el

    contrainterrogatorio e inexperiencia. No se puede improvisar, repitiendo el

    directo se vuelve a traer evidencia adversa

    al Juez.

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    Excepciones de prohibicin del

    repetir el directoa. Cuando el interrogatorio Directo aporteevidencia favorable a nuestro caso o advers

    a la otra parte y conviene que testigo larepita como parte del contrainterrogatorio.b. Tambin como introduccin a un tema

    favorable, como impugnacin de testigo.

    Ejemplo de repeticin del directo permi

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    j p p pcontrainterrogatori

    Abogado : Testigo durante el interrogatorio directo Ud.testifico que los hechos acontecieron a las seis de latarde.

    Testigo : Eso es correcto. Abogado : Mire a ver si en la Investigacin Preparatoria

    Ud. testific que los hechos acontecieron a las siete dela noche cuando ya la visibilidad no era la misma. Se repite parte del directo con el propsito decomprometer al testigo con su testimonio y as poder destacar la inconsistencia del testimonioanterior.

    Noveno Mandamiento: SABER

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    Noveno Mandamiento: SABERCUANDO PREGUNTAR.

    Slo cundo vamos a obtener dato favorable

    a nuestro caso o desfavorable para la otraparte o podamos impugnar a testigo. En ocasiones el mejor contrainterrogatorio es

    el que no se hace.

    Dcimo Mandamiento: SABER

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    CUANDO TERMINAR.

    Recordar que el testigo est identificado con la otra parte. Identificar informacin que realistamente podamos obtene

    sta debe desarrollarse durante el alegato de clausura.

    Si se ubican inconsistencia del testigo frente a declaracionprevias, confrontarlo para impugnar su credibilidad. Una vez que el testigo acepto la inconsistencia o fue

    confrontado con las declaraciones anteriores inconsistente

    resulta innecesario y hasta contraproducente-continuar interrogando al testigo sobre ese aspecto.

    QU NO SE DEBE HACER

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    QU NO SE DEBE HACER

    !No buscar la yugular del testigo! Testigo no aceptar ser un mentiroso y que invent todo. Ejemplo :

    Abogado : testigo a preguntas del Fiscal Ud. mencion que persona que lo haba asaltado era de pelo negro.

    Testigo : S, Doctor Abogado : Ud. describi en esa declaracin al asaltante de

    cabello canoso. Testigo : Doctor, reconozco que dije eso en tal declaracin. NO MAS PREGUNTAS! Contradiccin importante para el Alegato final.

    ORDEN DE LA PREGUNTAS EN

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    ORDEN DE LA PREGUNTAS EN EL CONTRAINTERROGATORIO

    Iniciar y terminar contrainterrogatorio con lopuntos mas favorables a nuestro caso.

    Dividir nuestro contrainterrogatorio portemas, cada tema requiere un sin nmero depreguntas.

    No se debe seguir un orden cronolgico. paraevitarle prever stas al testigo.

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    EL RE DIRECTO

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    Para qu sirve hacer un Re

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    qDirecto?

    Rehabilitar al testigo impugnado, o sea devolverlecredibilidad mediante prueba de su carcter o sobrecontenido de su testimonio para explicar o negar la

    prueba impugnatoria. Solo se realiza si el testigo pueda aclarar o rehabilitar

    porque puede producir recontrainterrogatorio quepuede perjudicar mas al testigo.

    Dirigirse a rea a aclarar a travs de pregunta detransicin u orientacin

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    Ejemplo N 1

    Fiscal : Seor Juan, a preguntas del abogadoUd. indic que en una declaracin anterior nohaba escuchado cuando el acusado le admitilos hechos podra Ud. indicar por qu?

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    RECONTRAINTERROGATORIO

    RE- CONTRA

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    INTERROGATORIO

    Interrogatorio a testigo posterior al re -directolimitado a reas cubiertas en el re- directo.

    Seguirse diez mandamientos delcontrainterrogatorio Slo se realiza cuando es necesario.

    QU SUCEDE SI EL RE- DIRECTO

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    QU SUCEDE SI EL RE DIRECTOHA SIDO SUMAMENTE POBRE?

    Puede ser innecesario re- contrainterrogar, perodebe aprovechar la oportunidad para expresarle

    Tribunal la decisin de no re contrainterrogar, demanera estratgica, ejemplo: Tribunal: Sr. Abogado, desea efectuar un re

    contrainterrogatorio? Abogado: Su seora, no nos parece necesario.

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    FORMAS DE REALIZAR EL RE-

    CONTRAINTERROGATORIO COMO MEDIODE CUESTIONAR LA INFORMACIN VERTIDAPOR LA PARTE CONTRARIA

    Cuestionando la razonabilidad de la explicacin Volver sobre impugnacin original o datosobtenidos durante contrainterrogatorio y hacer testigo se reafirme.

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    IMPUGNACIN

    CREDIBILIDAD DE TESTIGOS Es el propsito fundamental del

    contrainterrogatorio. Requiere mayores destrezas y tcnicas,

    porque testigo se resistir a ser impugnado Slo se puede impugnar credibilidad de

    testigo conociendo existencia de dato ohecho con evidencia real y verosmil.

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    QU MODALIDADES DE

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    QU MODALIDADES DEIMPUGNACION EXISTEN?

    1. Manifestaciones inconsistentes; impugnacin consiguiente orden: Comprometer al testigo con lo declarado en el

    interrogatorio directo. Establecer la importancia de la inconsistencia en ecaso.

    Acreditar las circunstancias en que fue prestada laprimera declaracin del testigo.

    dar oportunidad de que el testigo acepte o nieguedeclaracin anterior.

    QU MODALIDADES DE

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    IMPUGNACION EXISTEN?2. Impugnacin por omisin: RESALTAR lo que el testigo declara en el Juicio, per

    lo hizo anteriormente. Procedimiento:

    a) Comprometer al testigo con lo declarado en elinterrogatorio directo.b) Establecer la importancia de lo omitido en el caso.c) Acreditar las circunstancias en que fue prestada la pri

    declaracin del testigo.d) Dar oportunidad que el testigo acepte o niegue la

    admisin incurrida.e) Confrontacin con declaracin anterior.

    QU MODALIDADES DE

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    QU MODALIDADES DEIMPUGNACIN EXISTEN?

    3.CARCTER MENDAZ DEL TESTIGO: A : EN FORMA DE OPININ : Se debe presentar a untestigo que pueda declarar sobre al opinin que tiene dtestigo a ser impugnado.

    Procedimiento: Testigo conoce al declarante a ser impugnado. Testigo establece las bases por las cuales conocer al

    declarante a ser impugnado. Testigo que tiene una opinin formada relacionada al carcte

    mendaz del declarante a ser impugnado. Testigo verbaliza su opinin.

    QU MODALIDADES DEIMPUGNACIN EXISTEN?

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    IMPUGNACIN EXISTEN?

    3.CARCTER MENDAZ DEL TESTIGO:B. REPUTACION DEL DECLARANTE:Se debe

    presentar a un testigo que pueda establecer y proceder, dsiguiente manera: Testigo es miembro de la misma comunidad (Residenc

    social, laboral) que el declarante a ser impugnado. testigo indica su vinculacin con la determinada

    comunidad testigo conoce la reputacin relacionada a mendacidad

    que goza el declarante a ser impugnado en dichacomunidad.

    Testigo verbaliza la reputacin

    QU MODALIDADES DEIMPUGNACIN EXISTEN?

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    IMPUGNACIN EXISTEN?

    4. IMPUGNACION POR CONDENA ANTERIOR: Se puede impugnar un testigo por razn de tener

    ste una condena anterior, siempre y cuando,tenga que ver con deshonestidad y falsotestimonio y no sea remota.

    Se preguntar a testigo si fue condenado, si loniega se presentar boletn de antecedentespenales.

    QU MODALIDADES DE

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    QU MODALIDADES DEIMPUGNACIN EXISTEN?

    5. IMPUGNACIN POR PERCEPCIN:Permite la presentacin de toda aquellaevidencia que pudiera haber afectado lacapacidad del declarante de percibirdeterminado hecho o de recordar ciertoincidente, as como la de declarar ante el Juzgador. por ejemplo: Haberse encontrado en el momento que percibi loshechos o en el momento que est declarando en

    estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas (legaleso no), o en estado de nerviosismo o excitacin.

    QU MODALIDADES DEIMPUGNACIN EXISTEN?

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    IMPUGNACIN EXISTEN?

    6. PARCIALIDAD: Existencia o inexistencia de cualquier prejuiciointers u otro motivo de parcialidad por parte del testigo.Entre e Amistad. Parentesco. Inters pecuniario. Venganza. Inmunidad. Inters sexual o afectivo. Adelantar alguna causa o visin del mundo8.- razones poltic Miedo. Identificacin con alguna de las partes (raza, sexo, religin)

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    CONCEPTO

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    CONCEPTO

    Procedimiento utilizado para oponerse a lapresentacin de evidencia inadmisible y tambipara objetar un comportamiento indebido duranel Juicio.

    Objecin requiere mucho ms que elconocimiento del Derecho de la Prueba. Se debe identificar:

    Que la pregunta o contestacin sea objetable. Identificar los fundamentos correctos de la objecin Evaluar la deseabilidad de objetar.

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    10 MANDAMIENTOS DELAS OBJECIONES

    Primer Mandamiento:ACTUAR

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    RPIDAMENTE.

    Est referido a cuestiones de tiempo. Setiene que objetar en el momento en quesurge la mcula de inadmisibilidad. Ya seaen la estructura de la pregunta o en larespuesta del testigo.

    Debe objetarse antes de la contestacin deltestigo, de objetarse despus de larespuesta sera en vano.

    Segundo Mandamiento: SERCORTEZ

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    CORTEZ.

    Dada la naturaleza de la objecin unainterrupcin en la presentacin de la evidencia-debe hacerse de manera muy profesional. No depercibirse como un acto personalista o impetuoporque de manera general se percibe negativamuna objecin. Se debe seguir el procedimientosiguiente: Ponerse de pie. Verbalizar la expresin objecin. Articular el fundamento correspondiente.

    Tercer Mandamiento:

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    CONOCER AL JUEZ

    Porque dependiendo que juez o juzgadocolegiado nos toque puede variarse la

    estrategia del caso, porque podremos saber: La profundidad en los fundamentos de las

    objeciones.

    El momento que debe objetarse.

    Cuarto mandamiento: OBJETARNICAMENTE CUANDO SEA

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    NICAMENTE CUANDO SEANECESARIO.

    Es el mandamiento ms importante y a la vez, el que mse violenta en la prctica. Solo objetar cuando seanecesario:NO OBJETAR TODO LO QUE SEAOBJETABLE.Y CUANDO ES NECESARIO? Si se contestaafirmativamente alguna de las siguientes interrogantes el medio de prueba en controversia reafirma o

    fortalece la teora del caso de la parte contraria o la

    credibilidad de los testigos de la parte? el medio de prueba en controversia es contraria anuestra teora del caso o la credibilidad de nuestrostestigos?

    Quinto mandamiento: CONOCER

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    DERECHO A LA PRUEBA

    La objecin que se realice tiene que sercorrecta tericamente, porque se debeexplicar el fundamento de la inadmisinde una prueba. A veces una prueba esobjetable desde varios puntos de vista.

    SEXTO MANDAMIENTO: PREVER

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    LOS INCIDENTES OBJETABLES.

    Para ello se tiene que conocer cabalmentenuestro caso y el de la parte contraria. Parapoder replicar, plantear y/o fundamentar lasposibles objeciones que se formulen.

    Setimo mandamiento: DISCUTIR OBJECIONES SIN LA PRESENCIA

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    OBJECIONES SIN LA PRESENCIADEL TESTIGO

    Durante el interrogatorio de un testigo puedesurgir que la parte contraria objete alguna

    parte de su testimonio. Durante la discusinde la objecin la parte proponente del testigopodra poner al mismo en condiciones desuperar aquel escollo que su testimoniopresenta.

    Octavo mandamiento: CONOCER A

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    PARTE CONTRARIA.

    Se debe evaluar la competencia de la otra parte conrelacin al derecho a la prueba.

    Tambin se debe evaluar lo errores repetitivos quecomete la parte contraria; por ejemplo: la capacidade realizar interrogatorios directos por estaracostumbrados a hacer contrainterrogatorios,

    estarn acostumbrados a hacer preguntas sugestivasmucha atencin con ello, para objetar.

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    Noveno mandamiento: UTILIZAR GU

    Porque permiten identificar aquellas preguntaso medios de prueba que pudieran ser objetadas, pero an as tendrn que pasar los dems

    tamices establecidos por los otrosmandamientos.La mejor manera de utilizar las guas esclasificndolas: Guas en el directo. Guas en el contraInterrogatorio. Guas en la presentacin de pruebas.

    Guas por materia