Ley federal del trabajo (Motivos de despido y utilidades)
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Este apartado lo incluyen los artículos 46, 47, 48, 49, 50, 51 y 52.
CAPITULO IV Rescisión de las Relaciones de Trabajo
El patrón puede cortar la relación de trabajo por causa
justificada sin incurrir en responsabilidad en caso de…
Engañar al patrón con certificados falsos
Falta de honradez
Actos de violencia
Perjuicios materiales
Imprudencia
Actos inmorales
Faltar al trabajo 3 días injustificadamente en un plazo de 30 días
Artículos 46 y 47
El trabajador podrá solicitar ante la junta de
conciliación y arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario
Artículos 48
Casos en que el patrón no tiene la obligación de
reinstalar un trabajador pero si del pago de indemnización
Tiempo
Tipo de empleo
Relación de trabajo
Articulo 49
Este articulo menciona los tipos de indemnización
Menos de un año
Mas de un año
Tiempo indefinido
Articulo 50
Casos en que el trabajador puede rescindir el contrato sin
responsabilidad alguna
Engaño Violencia Reducción de salario Incumplimiento de salario Falta de seguridad Imprudencia
El trabajador puede separarse del trabajo dentro de los 30 días siguientes.
Articulo 51 y 52
Este articulo lo componen los artículos 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127,
128, 129, 130 y 131.
Capitulo VIII Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las
Empresas
Todos los trabajadores participaran en el reparto de
utilidades según el porcentaje que determine la Comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.
Articulo 117
118. Para determinar el porcentaje la comisión
investigara para conocer las condiciones en general de la economía.
119. La comisión puede revisar el porcentaje fijado
120. El porcentaje fijado por la comisión constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa
Artículos 118, 119 y 120
El derecho de los trabajadores para formular
objeciones a la declaración que presente el patrón a la secretaria de hacienda y crédito publico
122. El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando este en tramite objeción de los trabajadores.
Articulo 121 y 122
La utilidad repartible se dividirá en dos partes
iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el numero de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. la segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
Articulo 123
Se entiende por salario la cantidad que perciba cada trabajador
Articulo 124
Excepciones para repartir utilidades
Empresas nuevas con menos de un año
Empresas dedicadas a la elaboración de un producto nuevo
Instituciones humanitarias
Instituciones culturales
IMSS
Empresas de capital menor
Articulo 126
Trabajadores sin derecho a utilidades
Directores y administradores generales
Trabajadores de confianza
Trabajadores domésticos
Articulo 127
No habrá compensaciones de los años de perdida
con los de ganancia
Las utilidades no se tomaran como parte del salario en caso de indemnización
Las cantidades de utilidades quedan protegidas por el articulo 98
El derecho de participar en las utilidades no implica que el trabajador tenga facultad de intervenir en la dirección de la empresa.
Artículos 128, 129, 130 y 131