La revocación y apelación como recursos procesales
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REVOCACIÓNy
APELACIÓN
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¿Qué son la revocación y apelación?
• Son recursos en el campo procesal como medios de impugnación ;
• “son los instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales para corregir, modificar o anular los actos y las resoluciones judiciales, cuando adolecen de deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia”. Fix Zamudio
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¿Qué se entiende por apelación?
• La apelación o alzada es el recurso concedido a un litigante que a sufrido agravio por la sentencia del juez inferior para reclamar de ella y obtener su revocación por el juez superior.
Juez de primer
a instanc
ia
Juez de segunda instancia
APELACIÓN
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Artículo 305 Código de Procedimientos penales
para el Estado de Nayarit
• El recurso de apelación tiene por objeto examinar si en la resolución recurrida se aplicó inexactamente la ley; si se violaron los principios reguladores de la valoración de la prueba, o si se alteraron los hechos.
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Art. 307 Código de procedimientos penales para el
estado de Nayarit. Tienen derecho a apelar;• el Ministerio
Público,
• el inculpado o los defensores, y
• la parte civil en su caso.
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¿Qué se entiende por revocación?
• Es un recurso dentro de la averiguación previa.
• Es un medio de impugnación
• El recurso de revocación es el que procede ante todo aquello que no proceda el recurso de apelación.
Lic. Ricardo Jaime Lozada
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Art. 304 Código de Procedimientos Penales
para el Estado de Nayarit• El recurso deberá interponerse en el acto de
la notificación o dentro de las veinticuatro horas siguientes. El tribunal del conocimiento lo resolverá de plano si estimare que no es necesario oír a las partes; en caso contrario, la citará a una audiencia verbal que se efectuará dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes y en ella dictará su resolución, contra la que no procede recurso alguno.
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Averiguación
Previa
Autoridades
Acción penal
NO Acción penal
Archivo provisional
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Autoridad
Juez
Parte 1Ministeri
o Público
Parte 2Imputad
o
Conclusiones
A.P
Revocaci
ón
2dainstanci
a
Instrucción
Sentencia
Consignación
Apelación
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¿Cuándo no proceden los recursos?
• No procederán los recursos interpuestos por personas que no estén expresamente facultadas por la ley para interponerlos