LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

21
LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL La Formación y Funciones de los Cabildos en la Venezuela Colonial A partir de 1499, la Corona española ordenó que en los territorios que se fueran anexando a su jurisdicción se designaran unos funcionarios denominados alcaldes, quienes se encargaron de aplicar justicia en materia civil y criminal, de acuerdo con las leyes contempladas en el derecho español vigente para la época. Posteriormente, en 1523, el gobierno español estableció como norma a ser cumplida permanentemente, que en cada ciudad fundada se nombraran unos funcionarios llamados regidores, cuyo número dependió del total de pobladores de dicha ciudad. Conjuntamente con los alcaldes, y otros funcionarios establecidos posteriormente (alfereces, procuradores, fieles ejecutores, alguaciles mayores y escribanos), los regidores conformaron los Cabildos de la Venezuela Colonial. La cronología de fundación de los principales Cabildos en la Venezuela colonial fue la siguiente: • Cubagua, en 1527. Éste fue el primer Cabildo constituido en Venezuela

Transcript of LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

Page 1: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

La Formación y Funciones de los Cabildos en la Venezuela Colonial

A partir de 1499, la Corona española ordenó que en los territorios que se fueran

anexando a su jurisdicción se designaran unos funcionarios denominados alcaldes, quienes

se encargaron de aplicar justicia en materia civil y criminal, de acuerdo con las leyes

contempladas en el derecho español vigente para la época.

Posteriormente, en 1523, el gobierno español estableció como norma a ser cumplida

permanentemente, que en cada ciudad fundada se nombraran unos funcionarios llamados

regidores, cuyo número dependió del total de pobladores de dicha ciudad. Conjuntamente

con los alcaldes, y otros funcionarios establecidos posteriormente (alfereces, procuradores,

fieles ejecutores, alguaciles mayores y escribanos), los regidores conformaron los Cabildos

de la Venezuela Colonial.

La cronología de fundación de los principales Cabildos en la Venezuela colonial fue

la siguiente:

• Cubagua, en 1527. Éste fue el primer Cabildo constituido en Venezuela

• Coro, en 1529.

• El Tocuyo, en 1545.

• Barquisimeto, en 1551.

• Valencia, en 1555.

• Trujillo, en 1557.

• Mérida, en 1558.

• San Cristóbal, el 1561.

• Caracas, en 1567.

• Cumaná y Maracaibo, en 1569.

En los momentos iniciales del proceso de conquista y colonización, los miembros

del Cabildo fueron designados por los jefes de cada expedición y/o por los gobernadores de

Page 2: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

las provincias. En una segunda etapa, los cargos de los cabildos fueron sometidos a

elección entre los hombres libres de cada ciudad. Finalmente, a partir de 1591, los cargos

de los cabildos comenzaron a ser vendidos por la Corona a quien tuviera la capacidad

económica para comprarlos.

Desde ese momento, y como resultado de tal decisión del gobierno español, los

cabildos pasaron a estar integrados y controlados, exclusivamente, por los grandes

propietarios de tierras, encomenderos y esclavistas, descendientes directos de los primeros

conquistadores y colonizadores.

Desde el Cabildo se ejerció el gobierno municipal de los territorios coloniales, lo

cual incluyó funciones como:

• Fijación de los impuestos internos de la ciudad.

• Prestación de los servicios de aseo, sanidad y alumbrado público.

• Establecimiento y normalización de pesos y medidas.

• Regulación del comercio interno de la ciudad.

• Autorización para la apertura de pulperías y otros negocios.

• Conservación de los caminos y demás vías de movilización.

• Dirección de los actos públicos.

• Supervisión del sistema educativo

• Administración de la justicia local.

• Organización de las fiestas religiosas.

• Solicitud ante la Corona para que se otorgaran prerrogativas especiales a los

propios integrantes del Cabildo.

Los cabildos estuvieron conformados por los siguientes funcionarios:

• El Gobernador. De la Provincia, quien lo presidía.

• Los Alcaldes. Que en cada Cabildo fueron 2. La responsabilidad fundamental de

los alcaldes fue la de administrar justicia en los asuntos civiles de la ciudad. En los casos de

ausencia temporal del gobernador, los alcaldes ejercieron la gobernación de la provincia, lo

cual quedó establecido legalmente en las Reales Cédulas del 8 de diciembre en 1560 y del

18 de septiembre de 1676.

Page 3: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

Por esta razón, entre 1527 y 1736, el 40% de los gobernadores de la

Provincia de Venezuela fueron alcaldes; vale decir, 39 de 97. Esta prerrogativa fue

eliminada, también mediante una Real Cédula, en 1736. Los alcaldes tuvieron voz y voto

en las decisiones del Cabildo.

• Los Regidores. Las funciones de los regidores estuvieron centradas en la

administración civil de la ciudad, el establecimiento de los impuestos al comercio y el

aseguramiento de que se cumplieran las disposiciones del Cabildo, conocidas como

ordenanzas. Los regidores tenían voz y voto en las decisiones del Cabildo. En las ciudades

grandes llegaron a designarse 12 regidores, mientras que en las ciudades pequeñas su

número ascendió tan sólo a 6.

• El Alférez. Quien era el encargado de portar el estandarte Real en los días de

fiesta. El cargo de alférez fue honorífico. Sin embargo, este funcionario tuvo voz y voto en

las decisiones del Cabildo.

• El Procurador. Hizo las veces de interlocutor entre los vecinos y el Cabildo, y

entre el Cabildo y los reyes. En las decisiones del Cabildo, tuvo voz pero no voto.

• El Fiel Ejecutor. Fue el responsable de fijar los precios máximos de los productos

y de controlar los pesos y medidas. Al igual que el procurador, tuvo voz pero no voto en las

decisiones del Cabildo.

• El Alguacil Mayor. Dirigió la policía local, razón por la cual estuvo bajo su

responsabilidad la tarea de hacer cumplir los dictámenes penales de los alcaldes. Sólo el

alguacil mayor estuvo autorizado para portar armas dentro del Cabildo. Tuvo voz y voto en

las decisiones del Cabildo.

• El Escribano. Fue el ciudadano encargado de transcribir las actas y documentos

del Cabildo, y fue el equivalente a lo que hoy se conoce como escribiente público. No tuvo

voz ni voto en las decisiones del Cabildo.

La Autonomía de los Cabildos en la Venezuela Colonial

En sus relaciones con el gobierno monárquico, los cabildos gozaron de gran

autonomía, básicamente por dos razones:

Page 4: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

• Dada la lejanía geográfica entre las colonias y la metrópoli española, para esta

última fue difícil ejercer un control absoluto sobre el funcionamiento de los Cabildos.

• En el caso concreto de Venezuela, los cabildos aquí constituidos estuvieron

alejados de los principales centros de poder establecidos por la Corona española en

América, de los cuales dependieron las provincias, tales como la Real Audiencia de Santo

Domingo y el Virreinato de Nueva Granada.

Por lo anterior, en múltiples oportunidades, los miembros del Cabildo pusieron en

práctica la máxima “se acata pero no se cumple”. De esta forma, buena parte de los

mandatos y disposiciones reales no fueron obedecidos por los cabildos, especialmente

aquellos que contrariaron los intereses particulares de sus integrantes.

El Cabildo desempeñó un papel trascendental en el sistema político de la Venezuela

colonial, dado el caso que operó como una especie de parlamento, en el cual se ventilaron,

tramitaron y defendieron los intereses y aspiraciones de los nacidos en territorio americano.

Desde el Cabildo, los criollos defendieron sus prebendas económicas, sociales y

políticas, independientemente que éstas fueran contrarias a los dictados del gobierno

español. Estos enfrentamientos con la voluntad de los monarcas, y la participación de los

criollos en los asuntos de gobierno de las ciudades a través de los cabildos, sembraron en su

alma y pensamiento, un sentimiento de libertad que con el correr de los años condujo al

estallido del movimiento independentista. En consecuencia, no fue casual que los sucesos

que culminaron con la Declaración de la Independencia de Venezuela, se iniciaron en el

cabildo caraqueño el 19 de abril de 1810.

La Organización del Territorio Colonial en Provincias y Gobernaciones

En la medida en que fueron derrotando militarmente a los indígenas, los

conquistadores y colonizadores españoles fundaron ciudades, pueblos, villas y caseríos, que

progresivamente agruparon, desde el punto de vista político-administrativo, en provincias.

Page 5: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

El orden de conformación de las provincias sometidas al sistema colonial español en

el territorio venezolano fue el siguiente:

• En 1525 se fundó la provincia de Margarita, cuya capital fue la Asunción, la cual

comprendió las islas de margarita y Cubagua. Política, judicial y militarmente, la provincia

de Margarita dependió de la Audiencia de Santo Domingo, establecida por los

conquistadores en la isla La Española, hoy República Dominicana.

• En 1528 se fundó la provincia de Venezuela, también llamada provincia de

Caracas, cuya extensión geográfica abarcó los actuales estados Miranda, Aragua, Carabobo,

Yaracuy, Lara, Falcón, Trujillo, Portuguesa, Cojedes, Guárico y el Distrito Metropolitano.

La porción del territorio comprendida en los límites de la provincia de Venezuela, fue la

cedida en capitulación por la Corona española a los Belzares en 1528. La capital de esta

provincia varió con el tiempo: inicialmente fue Coro, luego El tocuyo y finalmente Caracas.

Al igual que la provincia de margarita, en un primer momento, la provincia de

Venezuela dependió política, judicial y militarmente de la Audiencia de Santo Domingo.

En 1717, la dependencia se mudó al Virreinato de Nueva Granada (hoy Colombia). En

1742, retornó a la Audiencia de Santo Domingo, hasta que finalmente obtuvo su autonomía

con la creación de la Capitanía General de Venezuela.

Welser, familia de banqueros alemanes, procedentes de Augsburgo, que se

convirtieron en una de las principales casas financieras de Europa a principios del siglo

XVI, y pugnaron con los Fugger y los Doria por pasar a ser los principales prestamistas del

emperador Carlos V (rey español Carlos I). Las necesidades de liquidez de este último

superaban en mucho sus disponibilidades financieras, y tuvo que recurrir a banqueros de

toda Europa para financiar sus guerras contra Francia, los otomanos y los protestantes

alemanes. Como pago parcial de la enorme deuda que el Emperador había contraído con

ellos, los Welser capitularon en 1528 una concesión real para la gobernación del aún ignoto

territorio entre los cabos de la Vela y Maracapana, correspondiente a la actual Venezuela.

La provincia de Venezuela fue creada el 27 de marzo de 1528. El primer gobernador

y capitán general fue el alemán Ambrosio Alfínger, representante de los Welser, quien

llegó a Coro en 1529 y estableció allí la capital.

Page 6: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

• En 1529 se fundó la provincia de Trinidad, Isla que le sería arrebatada a España

por Inglaterra en 1797. Inicialmente, la provincia de Trinidad dependió política, judicial y

militarmente a la Audiencia de santo Domingo. Luego pasó a depender del Virreinato de La

Nueva Granada. Y posteriormente dependió de la provincia de Guayana. Su última

dependencia bajo la autoridad española correspondió a la Capitanía General de Venezuela.

La capital de esta provincia fue la población de San José de Oruña.

• En 1568 se fundó la provincia de Guayana, conformada por los actuales estados

Amazonas, Bolívar, parte de Delta Amacuro y el Territorio Esequibo en reclamación.

Desde su fundación dependió política, judicial y militarmente del Virreinato de Nueva

Granada. Entre 1742 y 1762, Guayana estuvo incorporada a la provincia de Cumaná, y en

1777 fue adscrita a la Capitanía General de Venezuela.

• También en 1568 se fundó la provincia de Nueva Andalucía o Cumaná, integrada

por lo que hoy son los estados Anzoátegui, Monagas, Sucre y parte de Delta Amacuro.

Inicialmente dependió política, judicial y militarmente de la Audiencia de Santo Domingo.

En 1739 pasó a depender del Virreinato de nueva Granada, pero en 1742 la dependencia

retornó a la Audiencia de Santo Domingo.

• La última provincia fundada fue la de Maracaibo, en 1676. Abarcó el área de los

actuales estados Zulia, Táchira, Mérida, Barinas y Apure.

Al mando de cada provincia, la Corona española colocó un funcionario denominado

gobernador, de tal forma que en cada provincia se estableció una gobernación. El

gobernador fue la máxima autoridad de estos territorios, y en su condición se desempeñó

como:

← Jefe político de la jurisdicción.

← Juez.

← Presidente del Cabildo establecido en la ciudad en que fijó su residencia.

← Presidente de la Audiencia, si ésta estaba asentada en el territorio de la

provincia.

Entre las funciones de los gobernadores destacaron las siguientes:

Page 7: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

← Fundar y/o mudar ciudades

← Repartir tierras y encomendar indios a los conquistadores.

← Designar a los funcionarios de la administración pública.

← Ordenar la construcción de obras como mataderos públicos, hospitales, cárceles,

caminos, puentes, conventos, iglesias, etc.

← Reglamentar el comercio interior de la provincia.

← Mantener el orden público.

← Velar por el decoro y la moral entre los pobladores.

← Defender y propagar la religión católica.

← Ejercer el patronato real, figura mediante la cual el Rey nombraba a los clérigos

y financiaba a la Iglesia.

El ejercicio del cargo de gobernador duraba cinco años. La designación del mismo

fue potestad del Rey y a él le rendían cuentas a través del Consejo de Indias, órgano con

autoridad para dirimir los asuntos relacionados con las colonias españolas en América.

Al concluir su gobierno, los gobernadores eran sometidos al llamado Juicio de

Residencia, mediante el cual algunos funcionarios reales, designados especialmente para

ello, evaluaban su honestidad y eficacia en el desempeño de su cargo. De resultar positiva

la evaluación, eran premiados con un cargo similar o uno de mayor jerarquía. En caso

contrario, pagaban condena por su mala ejecutoria.

En el diario ejercicio de su mandato, los gobernadores fueron supervisados por los

jueces que integraron la Audiencia de la cual dependía jerárquicamente la provincia. Esta

supervisión se efectuó a través de las llamadas Visitas, las cuales se realizaban sin previo

aviso. Si en estas Visitas los jueces constataban algún tipo de ilícito por parte del

gobernador, o de sus subalternos, inmediatamente eran suspendidos de sus cargos y

encarcelados.

La Intendencia

Page 8: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

El 8 de diciembre de 1776, la Corona española decretó la creación de la Intendencia

de Ejército y Real Hacienda, con sede en la provincia de Caracas. Esta jurisdicción abarcó

también, las provincias de Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita y Trinidad.

Su misión fue fundamentalmente económica y cumplió las siguientes funciones.

← Fomentó las actividades productivas, especialmente la agricultura y el

comercio.

← Ejecutó las políticas formuladas por la Corona en materia de impuestos.

← Aupó el crecimiento de la población, con la intención de poblar los territorios

aún no colonizados para ese momento.

La Intendencia estuvo conformada por los siguientes funcionarios:

← El Intendente. Fue el funcionario de mayor jerarquía y sus funciones fueron de

tipo económico, financiero, político y militar. La importancia del intendente llegó a ser tal

que los gobernadores de las provincias se convirtieron en sus delegados. Entre otras tareas

se encargó de:

o Censar terrenos y repartir tierras.

o Conceder licencias de exportación e importación.

o Cobrar impuestos.

o Supervisar la construcción de fuertes y hospitales.

o Ejercer el mando de las fuerzas militares.

← El Administrador General. Quien se encargó de la supervisión global de las

rentas de las provincias a su cargo.

← Los Administradores Particulares. Cada uno atendió una renta en concreto.

← El Contador General. Este funcionario llevó las cuentas generales de la Real

Hacienda y rindió los informes correspondientes a la Corona.

← El Tesorero. Quien tuvo bajo su responsabilidad el cobro de los ingresos de la

Corona y la cancelación de las obligaciones financieras que ésta asumió durante el período

colonial.

La creación de la Intendencia significó la unificación económica de las provincias

venezolanas, y creó el clima propicio para que un año después, 1777, pudiese darse la

Page 9: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

unificación política, administrativa y militar, que representó la conformación de la

Capitanía General de Venezuela.

La Capitanía General de Venezuela

Los gobernadores ejercieron el comando de las fuerzas militares de sus provincias.

Las funciones militares básicas de los gobernadores fueron:

← Impedir que las potencias enemigas de España(Holanda, Francia e

Inglaterra)conquistaran territorios españoles en América.

← Evitar el contrabando ejercido por nacidos en territorio americano y extranjeros,

quienes, sin consentimiento de la Corona española, a fin de evitar los impuestos

establecidos por ésta sobre las actividades comerciales, negociaban con productos agrícolas

de las colonias y manufacturas europeas.

La lucha contra el contrabando y las apetencias territoriales de las naciones

enemigas, fue de mayor complejidad en aquellos países donde se conjugaron factores,

como los siguientes:

➢ Grandes extensiones de costas que dificultaron el impedimento del contrabando

y permitieron el ataque de barcos enemigos.

➢ Las sostenidas rebeliones de la población indígena.

➢ Producción agrícola elevada y enormes reservas naturales de elementos

altamente codiciados. Este fue el caso de las salinas, donde se encontraba la sal utilizada

como principal medio de preservación de los alimentos.

Para abordar la problemática particular de estos territorios, la Corona española

constituyó las llamadas Capitanías Generales, a fin de unificar bajo un solo comando

militar a varias provincias. A la cabeza de estas entidades político-administrativas la

Corona designó a unos funcionarios llamados Capitanes Generales. Ésta fue la situación de

lo que hoy en día son los países: Guatemala, Cuba, Chile y Venezuela.

Page 10: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

Los Capitanes Generales duraban 7 años en el ejercicio de sus cargos y dependían

directamente del Rey, a través del Consejo de Indias. La evaluación de su actuación fue

ejercida por la Corona española mediante los Juicios de Residencia y las Visitas. Su

desempeño tuvo muchas restricciones establecidas por los monarcas, a tal punto que

mientras ocuparon sus cargos les estuvo vedado cosas como casarse con mujeres nacidas en

las colonias y participar en fiestas familiares (bautizos, primeras comuniones, bodas, etc.).

La Real Cédula del 8 de septiembre de 1777 y el Nacimiento de la Nación

Venezolana.

En el caso de Venezuela, las provincias de Caracas, Maracaibo, Cumaná, Margarita,

Guayana y Trinidad dependieron política y militarmente, durante la mayor parte del

período colonial, del Virreinato de Nueva Granada. Esta situación se modificó el 8 de

septiembre de 1777 cuando, por mandato establecido en Real Cédula, se creó la Capitanía

General de Venezuela, cuya capital fue la ciudad de Caracas.

Con esta decisión del gobierno español, las provincias venezolanas fueron

unificadas desde el punto de vista político, administrativo y militar, y pasaron a tener

autonomía propia, pues la Capitanía General de Venezuela dependió exclusivamente de la

Corona.

La creación de la Capitanía General de Venezuela respondió a la importancia

geoestratégica que la Corona española valoró en estas provincias al norte de la América del

Sur, ya que constituían la puerta de entrada natural a la porción meridional del continente.

Dicha relevancia quedó de manifiesto por el hecho de que Venezuela lideró la mayor parte

del proceso de independencia suramericano.

La creación de la Capitanía General de Venezuela sentó las bases territoriales sobre

las cuales, a posteriori, se estructuró lo que hoy en día constituye la República Bolivariana

de Venezuela. Esto es así en tanto que la formación de la república partió del principio que

en materia de derecho internacional se conoce como uti possidetis juris.

Page 11: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

Mediante esta figura jurídica, al continuar poseyéndose en el presente lo que en el

pasado se poseyó, cuando se establece un país independiente, las fronteras del mismo pasan

a estar definidas por los límites que conformaron su anterior denominación colonial. Esta es

la razón por la cual en todas las constituciones venezolanas promulgadas desde la

proclamación de la república, se ha establecido que el territorio de la misma será el que

correspondió a la Capitanía General de Venezuela.

La Real Audiencia de Caracas

Las reales audiencias fueron los máximos tribunales españoles en la América

colonial, el equivalente a lo que hoy es el Tribunal Supremo de Justicia. De hecho, las

decisiones tomadas en esta instancia sólo podían ser modificadas por el Rey a través del

Consejo de Indias. Entre sus funciones se destacan:

• Ser la instancia máxima para dirimir las apelaciones intentadas por los súbditos

españoles en contra de los dictámenes de los tribunales de menor jerarquía. En tal sentido,

las reales audiencias estuvieron facultadas para revisar o confirmar las sentencias penales

dictadas por los alcaldes, gobernadores o capitanes generales y, en materia civil o

mercantil, tenían la potestad para decidir si aceptaban o no las apelaciones, dependiendo del

monto litigado. Fueron los tribunales encargados de conocer los llamados casos de Corte,

es decir, los relacionados con las conspiraciones, rebeliones o movimientos tendentes a

socavar el poder español en América.

• Supervisar el funcionamiento de las finanzas públicas.

• Asesorar a los virreyes, capitales generales y gobernadores en los asuntos

relacionados con el gobierno de sus jurisdicciones. En muchos casos, la ausencia temporal

de cualquiera de estos funcionarios fue cubierta por los miembros principales de las

audiencias.

• Dirigir o ejecutar los Juicios de Residencia y las Visitas.

• Dirimir los asuntos religiosos de mayor trascendencia.

Page 12: LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA COLONIAL

La Corona española estableció varias audiencias en suelo americano, entre las

cuales resaltaron las siguientes: Santo Domingo, Guatemala, Santa Fe de Bogotá, Quito,

Lima, Charcas, Chile y Caracas.

Las provincias venezolanas dependieron judicialmente de la Real Audiencia de

Santo Domingo, desde los mismos inicios del proceso de conquista y colonización en el

siglo XVI. Luego, a partir de 1717, las provincias de Maracaibo Guayana y Caracas,

pasaron a depender de la Real Audiencia de Santa Fe de Bogotá, quedando el resto de las

provincias bajo la jurisdicción de la Audiencia de Santo Domingo. Posteriormente, en

1777, cuando se conformó la Capitanía General de Venezuela, todas las provincias

comprendidas en esta entidad político-administrativa, volvieron a depender de la Audiencia

de Santo Domingo. Pero esta situación se modificó radicalmente cuando, el 31 de julio de

1786, por mandato establecido en Real Cédula, se constituyó la Real Audiencia de Caracas,

bajo cuya jurisdicción se adscribió la totalidad de las provincias integradas en la Capitanía

General de Venezuela.

Este hecho revistió gran trascendencia histórica para la conformación de la nación

venezolana, por cuanto a través del mismo las provincias que pasaron a formar parte de la

jurisdicción de dicha Audiencia, adquirieron su autonomía en materia judicial, y pasaron a

depender directamente de la Corona española, en este sentido, lo cual propició un

sentimiento de unidad que sirvió de base para la conformación de la identidad nacional.

Este hecho puede tomarse como un indicador claro de la importancia política que los

gobernantes españoles le dieron al territorio venezolano.

La Real Audiencia de Caracas fue presidida por el Capitán General, habida cuenta

que éste fue el funcionario español de mayor jerarquía radicado en tierra venezolana. El

resto de sus integrantes, fue similar al de los tribunales metropolitanos de la época, es decir:

un regente, tres oidores, un fiscal, un archivano y los escribanos.

En muchos casos, dado su carácter de máximo órgano judicial de la Corona

española en la Capitanía General de Venezuela, la Real Audiencia de Caracas sirvió de

contrapeso del gobierno colonial, frente a las desmedidas apetencias de los ricos

propietarios y esclavistas que controlaron los cabildos.[pic]