Justicia y derecho

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Introducción al Estudio del Derecho JUR1000 Tema “Justicia y Derecho” Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Instituto de Ciencias Sociales y Administración Departamento de Ciencias Jurídicas Carlos Murillo Martínez Docente Contacto [email protected] www.carlosmurillo.wordpress.com twitter.com/murillonet

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Introducción al Estudio del DerechoJUR1000

Tema“Justicia y Derecho”

Universidad Autónoma de Ciudad JuárezInstituto de Ciencias Sociales y Administración

Departamento de Ciencias Jurídicas

Carlos Murillo MartínezDocente

Contactomurillonet@yahoo.comwww.carlosmurillo.wordpress.comtwitter.com/murillonet

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Introducción

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

IgualdadLibertad

Seguridad

Valores que satisface la

justicia

Aristóteles

DistributivaProporción aritmética, geométrica,

distribución de honores y demás cosas que el Estado puede dividir entre los

ciudadanos.

ConmutativaVoluntaria (contratos) e involuntaria

(delito-pena)

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Algunas visiones de la igualdad

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

Anarquía extremaA cada uno lo mismo.

Sociedad conservadoraA cada uno según lo atribuido por la ley.

Sociedad esclavista o estamental

A cada uno según su rango.

Sociedad capitalista (libre competencia económica)A cada uno según sus méritos o su

capacidad

Sociedad socialistaA cada uno según su trabajo.

Sociedad comunistaA cada uno según sus necesidades.

Igualdad políticaIgualdad ante la ley

Igualdad en la ley o a través de la ley(Acción afirmativa)

En las constituciones de los sistemas jurídicos

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Justicia y libertad

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

Nociones de libertad

o Libertad como facultad de hacer o no hacer determinadas acciones sin ser obstaculizado por los demás.

o Libertad negativa, es la obligación de los no titulares de la libertad, incluido el Estado, consiste en no hacer, en no intervenir en ciertas esferas de actuación de

los individuos o de un grupo.

Estado garantista-represivo.

oTambién se puede pensar que libre no es quien no se ve coaccionado por los demás en su actuación, sino quien no tiene que obedecer otras normas que las

que él mismo se ha impuesto. (concepción democrática de la libertad)

o Libertad material o real, el Estado debe poner los medios que permitan al individuo y a los grupos dotar de contenido a las otras libertades.

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Justicia y seguridad jurídica

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

Orden.- Debe tener un mínimo de previsibilidad.Certeza.- Debe contener un alto grado de previsibilidad.

Seguridad Jurídica en sentido estricto.- La capacidad de un determinado ordenamiento jurídico para hacer previsibles y seguros los otros valores

estos, la igualdad y la libertad.

Principios de legalidadAdministración sometida a la ley

Delitos sólo pueden crearse por la leyLas normas jurídicas obligan hasta a quienes las ignoran

Jerarquía normativaCosa juzgada

Irretroactividad de la leyRespeto a los derechos adquiridos

Inexcusabilidad de decidir por parte de los juecesInterdicción de arbitrariedad de los poderes públicos

Prohibición de la interpretación analógica en materia penal

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Concepción de justicia

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

ÉticaÉtica descriptiva

Ética normativa moral o prescriptivaMetaética o Ética TeóricaJusticia

CognocitivistasLos valores son inherentes a las cosas o a las acciones y que, en consecuencia, se puede conocer en qué consiste la justicia. (Naturalistas, intuicionistas, utilistarismo e iusnaturalismo)

No CognocitivistasNo cabe propiamente conocimiento de los valores y que, en consecuencia, los juicios valorativos no pueden ser calificados como verdaderos o falsos.

Kelsen “Ideal irracional” Ross “Hablar sobre justicia es como dar un puñetazo en la mesa”

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Tesis iusnaturalista

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

1) Lo justo se identifica con una serie de principios, más o menos amplios según el autor o la escuela de que se trate, que derivan de la naturaleza y que son

conocidos por el hombre.

2) Estos principios son verdaderos en la medida en que describen fidedignamente la naturaleza.

3) Cuando menos, uno de tales principios tiene carácter inmutable y universal pues la naturaleza, en sus rasgos esenciales, es aquello que no cambia con el tiempo

ni con le espacio.

N. Bobbio le llama “falacía naturalista”, se muestra con el enunciado “X es natural, X es justo”.

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Kant y la moral

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

Teoría DeontológicaA través de la razón práctica Kant dice “el discurso moral presupone que el hombre es libre en su actuar, pues en otro

caso carecerían de sentido los conceptos morales como deber, culpa o responsabilidad”.

Teoría de los imperativosHipotéticos.- Ordenan algo para lograr cierto fin.

Categóricos.- Ordenan algo como un fin absoluto, sin condición alguna.

Moral según Kant es:FormalA priori

AutónomaUniversalista

Unívoca

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Otras visiones de la justicia

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

Utilitarismo “Se debe hacer lo que tenga mejores consecuencias”

Hedonismo: placer-dolorJeremías Bentham

“Se debe hacer lo que proporciona más felicidad al mayor número”

Historicista“Lo que hoy es lo justo pudo no haberlo sido en el pasado y viceversa”.

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La justicia según John Rawls

Fuente: Manuel Atienza, El Sentido del Derecho, Ed. Ariel

Situación hipotética:La posición originaria en que sitúa a ciertos agentes que han de establecer por consenso los

principios de justicia aplicables a la sociedad futura.Los agentes tienen un velo de la ignorancia, que supone que se encuentran privados de ciertos

conocimientos.Ellos deben llegar por consenso a la formulación de los principios de justicia.

De la labor de los agentes se desprenden estos dos principios:Primer principio: Cada persona ha de tener un derecho igual al más amplios sistema

total de libertades básicas, compatible con un sistema similar de libertad para todos.

Segundo principio.- Las desigualdades económicas y sociales han de estar estructuradas de manera que sean para: a) mayor beneficio de los menos

aventajados, de acuerdo con un principio de ahorro justo (principio de diferencia) y b) unido a que los cargos y funciones sean asequibles para todos, bajo condiciones

de justa igualdad de oportunidades.