Estado democratico de derecho y justicia

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PROFUNDIZAR LA DEMOCRACIA Lineamiento central de la nueva Constitución y tarea fundamental de los nuevos actores políticos.

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PROFUNDIZAR LA DEMOCRACIA

Lineamiento central de la nueva Constitución y tarea fundamental de los nuevos actores políticos.

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Preámbulo de la Constitución

Refundar la Repúblicapara establecer una

sociedad:• Democrática,• Participativa,• Protagónica,• Multiétnica,• Pluricultural.

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Preámbulo de la ConstituciónMODELO DE ESTADO

Constitución 1961Constitución 1961 Constitución 1999Constitución 1999

• Estado DemocráticoEstado Democrático

• Estado DemocráticoEstado Democrático

• Democracia PolíticaDemocracia Política • Democracia SocialDemocracia Social

• Democracia FormalDemocracia Formal

• Democracia ParticipativaDemocracia Participativa

• Democracia RepresentativaDemocracia Representativa

• Democracia ProtagónicaDemocracia Protagónica

• Estado de DerechoEstado de Derecho • Estado de Derecho y de JusticiaEstado de Derecho y de Justicia

• Federal CentralizadoFederal Centralizado • Federal DescentralizadoFederal Descentralizado

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Preámbulo de la Constitución

Consolidar Valores y Asegurar DerechosConsolidar Valores y Asegurar Derechos

VALORESVALORES DERECHOSDERECHOS

• La libertadLa libertad

• La independenciaLa independencia

• La pazLa paz

• La solidaridadLa solidaridad

• El bien comúnEl bien común

• La integridad territorialLa integridad territorial

• La convivenciaLa convivencia

• El imperio de la leyEl imperio de la ley

• Derecho a la vidaDerecho a la vida

• Derecho a la saludDerecho a la salud

• Derecho al trabajoDerecho al trabajo

• Derecho a la culturaDerecho a la cultura

• Derecho a la educaciónDerecho a la educación

• Derecho a la Justicia SocialDerecho a la Justicia Social

• Derecho a la igualdadDerecho a la igualdad

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Contenido Democrático de Nuestra Constitución

• Art. 2: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derecho y de justicia.

• Art. 3: Defensa y desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad.

• Art. 4: Estado federal descentralizado.

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EJERCICIO DE LA DEMOCRACIA

• Art. 5: La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la

ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley,

e indirectamente mediante el sufragio.

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EJERCICIO DE LA DEMOCRACIA

Art. 70: Son medios de participación y protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía, en lo político:

• La elección de cargos públicos,• El referéndum,• La consulta popular,• La revocatoria de mandato,• La iniciativa legislativa,constitucional y constituyente,• El cabildo abierto,• La Asamblea de Ciudadanos (as).

SUS DECISIONES SON DE

CARÁCTER VINCULANTE

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EJERCICIO DE LA DEMOCRACIA

Art. 70: Son medios de participación y protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía, en social y económico:

• Las instancias de atención ciudadana• La autogestión• La cogestión

• Las cooperativas en todas sus formas

• Las cajas de ahorro

• Las empresas comunitarias.

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Promoción y Difusión

Campañas destinadas a:

Informar

PromoverDifundir

Orientar

EducarMotivar

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•CONCIENCIA DEMOCRÁTICA

•PARTICIPACIÓN Y PROTAGONISMO

•UNIVERSALIZACIÓN DE LOS DERECHOS

LA EDUCACIÓN DEMOCRATICA

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•Formación de una CONCIENCIA DEMOCRÁTICAPromoción de valores como la tolerancia, la convivencia y la paz, aceptando la diversidad, el respeto a las diferencias y el ejercicio

del diálogo en el marco de un sistema de libertades públicas. EJERCICIO PLENO DE DERECHOS

EN LIBERTAD

CONCIENCIA DEMOCRÁTICA

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• Exige la PARTICIPACIÓN y el PROTAGONISMOde todos los actores que intervienen en la educación,

en la toma de decisiones.(Construcción colectiva del modelo educativo, pedagógico

y curricular)Principio de corresponsabilidad entre el

Estado y la Sociedad (Familia- Escuela –Sociedad)

PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA

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•Garantizar a todas y todos, el ejercicio del derecho a la educación, como un DERECHO HUMANO

FUNDAMENTAL.

Promover una Educación de Calidad para Todos, mediante la transformación del Sistema Educativo y

el impulso de las Misiones como un Sistema de inclusión social.

UNIVERSALIZACIÓN DE LOS DERECHOS

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En nuestros pueblos, la garantía de una democracia política sólo es

posible en el marco del desarrollo de una democracia social.

DEMOCRACIA

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ESTADO DEMOCRATICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA

• La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en  el articulo 2  consagra que”Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.  Esta constitución democrática compromete su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares.

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ESTADO DEMOCRATICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA

Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar general. Por ello, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la sociedad y del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, siendo funciones indelegables del Estado

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La justicia social

Comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de organización de la sociedad en general, o en su caso, de acuerdo a un colectivo social determinado. Comprende por tanto el tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos, defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan un estándar de justicia legítimo.

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La Justicia Social

• Un estándar de justicia sería aquello que se considera más razonable para una situación dada.

• Razonable significa que determinada acción es defendible ante los demás con independencia de sus intereses u opiniones personales, esto es, desde una perspectiva imparcial; así, para justificar algo hay que dar razones convincentes que los demás puedan compartir y comprender.

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ESTADO SOCIAL DE DERECHO

Sentencia Nº 85 de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, Expediente Nº 01-1274 de fecha 24/01/2002

 Asunto: Estado Social de Derecho. Naturaleza. Conceptos actuales “...sobre el concepto de Estado Social de Derecho, la Sala considera que él

persigue la armonía entre las clases, evitando que la clase dominante, por tener el poder económico, político o cultural, abuse y subyugue a otras clases o grupos sociales, impidiéndoles el desarrollo y sometiéndolas a la pobreza y a la ignorancia; a la categoría de explotados naturales y sin posibilidad de redimir su situación. A juicio de esta Sala, el Estado Social debe tutelar a personas o grupos que en relación con otros se encuentran en estado de debilidad o minusvalía jurídica, a pesar del principio del Estado de Derecho Liberal de la igualdad ante la ley, el cual en la práctica no resuelve nada, ya que situaciones desiguales no pueden tratarse con soluciones iguales.

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DEMOCRACIA

La palabra democracia viene del griego “demos” (pueblo), y “kratie” (poder). Democracia significa literalmente “el poder del pueblo”. El primer objetivo de un gobierno democrático es el equilibrio y distribución del poder, que ya no se deja en manos de una élite gobernante, sino que se supone está en manos de todo el mundo. ¿Qué tiene de malo el poder del pueblo? Si la gente pudiera ser más razonable y menos emotiva, la democracia —y el buen uso del poder— podría funcionar. Pero sin conciencia de cómo interactuamos con otras personas, el poder social por sí sólo nunca resolverá nuestros problemas relacionales.

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Democracia Formal

La democracia formal realmente existente comparte con el socialismo “realmente existente” una característica sustancial: la lejanía con los planteamientos originales de sus padres fundadores; lejanía que es comparable a la distancia que separaba, digamos, el socialismo soviético de la filosofía socialista de los Manuscritos de París, de Karl Marx.La diferencia entre los fundamentos doctrinarios de la democracia formal y su realidad contemporánea, es manifiesta en toda su estructura política, comenzando por la pretensión de que se trata de una democracia representativa.

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Democracia Profunda

En democracia profunda hay espacio para todas las personas, para todas las partes de una misma persona y para todos los sentimientos. La democracia profunda aprecia las formas democráticas actuales pero añade la necesidad de una mayor conciencia de los sentimientos y de la atmósfera presente en las interacciones entre la gente y dentro de las prácticas institucionales. La democracia profunda utiliza también los rituales organizativos de tipo lineal, los derechos y los procedimientos justos, pero sólo después de que las sutiles experiencias no verbales han sido articuladas y valoradas.”

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Democracia Participativa

Democracia participativa o semidirecta es una expresión amplia, que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.Es una de las democracias mas usadas en el mundo.

Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. En la actualidad se manifiesta usualmente por medio de referendos o plebiscitos que los representantes elaboran para consultar de iniciativas de consulta que los ciudadanos presentan a los representantes. En una etapa más avanzada, el proyecto fundamental de la democracia participativa es la creación de un mecanismo de deliberaciones mediante el cual el pueblo, con su propia participación, esté habilitado para manifestarse por igual con puntos de vista tanto mayoritarios como minoritarios ... Sin negar que todo sistema democrático eventualmente ha de descansar en decisiones mayoritarias, los mecanismos o instituciones de participación tienen el propósito de hacer hincapié en el pleno respeto a las minorías, sus opiniones y su amplia manifestación a través de un mecanismo participativo e institucionalizado

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Derecho a la Información

• El derecho a la información es un pilar del Estado de derecho; no puede haber vigencia del Estado de derecho sin derecho a la información, ya que éste a su vez garantiza la libertad de pensamiento. En consecuencia, sin derecho a la información tampoco podría ejercerse el control ciudadano de la gestión pública.

• El concepto de libertad de expresión, que no es más ni menos que la exteriorización de otro derecho fundamental, la libertad de pensamiento, ya había estado establecido en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y 150 años después fue ampliado por la Declaración de las Naciones Unidas con el concepto de libertad de información. Se trata de un derecho fundamental que alcanza no sólo a los periodistas o empresarios de la información, sino a toda persona, independientemente de su condición.

• Si a las personas se les niega el acceso a la información, se les veda

expresar sus pensamientos o se las priva de su derecho a emitir y conocer opiniones, la manifestación de sus ideas no será libre y se estará así cometiendo una flagrante violación de sus derechos, en nuestro país de raigambre constitucional