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Fundamentos de Administración y Gestión Curso 2011-2012 Tema 4: IVA y Aprovisionamiento ______________________________________________________________________________ ________________ Tema 4.- EL APROVISIONAMIENTO DE LA EMPRESA. EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 1. LA FUNCIÓN DE COMPRAS: a. Importa ncia b. Objetiv os. c. Ciclo de compra. 2. SELECCIÓN DE PROVEEDORES: 3. PROCESO ADMINISTRATIV O DE LA COMPRA: a. El pedido. b. El albarán . c. La factura . 4. El PROCESO DE PAGO: a. Pago al contado b. Pago a crédito . 1.- Introducción 2.- Conceptos básicos de los impuestos 3.- Características de los impuestos 4.- El impuesto sobre el Valor Añadido Hecho imponib le La base imponib le Tipo imposit ivo Deducci ones Liquida ción del impuest o Obligac iones formale s derivad as del impuest o 5.- Regímenes especiales del IVA --------------------- 1. LA FUNCIÓN DE COMPRAS: 1

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Fundamentos de Administración y Gestión Curso 2011-2012Tema 4: IVA y Aprovisionamiento______________________________________________________________________________________________

Tema 4.- EL APROVISIONAMIENTO DE LA EMPRESA.

EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

1. LA FUNCIÓN DE COMPRAS:

a. Importancia

b. Objetivos.c. Ciclo de

compra.

2. SELECCIÓN DE PROVEEDORES:

3. PROCESO ADMINISTRATIVO DE LA COMPRA:

a. El pedido.b. El albarán.c. La factura.

4. El PROCESO DE PAGO:

a. Pago al contado

b. Pago a crédito.

1.- Introducción

2.- Conceptos básicos de los impuestos

3.- Características de los impuestos

4.- El impuesto sobre el Valor Añadido

Hecho imponible

La base imponible

Tipo impositivo

Deducciones

Liquidación del impuesto

Obligaciones formales derivadas del impuesto

5.- Regímenes especiales del IVA

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1. LA FUNCIÓN DE COMPRAS:

A. IMPORTANCIA:

Una de las operaciones más comunes que se realiza en todo tipo de empresas es la compra de productos, bien para revenderlos (empresas comerciales) o bien para integrarlos en el proceso productivo (empresas industriales y de servicios). Esta operación tiene un proceso administrativo propio que debe documentar todas las relaciones que se generan entre comprador y vendedor. El orden documental es el siguiente:

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Además se pueden generar otra serie de documentos: correspondencia comercial propia de la toma de

contacto y desarrollo de relaciones comerciales carta de porte y contrato de seguro documentos

relativos al transporte y entrega de la mercancía cheques y letras de cambio relativos al cobro y

pago de la operación.

La importancia de la función de compras radica en que con una buena gestión de compras y de stocks (conjunto de materias primas, productos semiterminados y productos acabados, almacenados por la empresa en espera de su utilización o venta) se puede generar un incremento de los beneficios y de la rentabilidad de la empresa (relación que se establece entre lo que se ha invertido en una determinada operación y el beneficio que proporciona). Además una buena gestión de compras condiciona seriamente la calidad del producto final.

B. OBJETIVOS:

La función de compras tiene como objetivo primordial adquirir adecuadamente materias primas, materiales, suministros…

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Contrato

COMPRADORVENDEDOR

Pedido

AlbaránFacturaReciboOtros documentos

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Para alcanzar este objetivo es preciso que se cumplan las siguientes condiciones de compra:

Que el producto o servicio comprado sea de calidad.

Que el plazo de entrega por parte del proveedor no retrase o paralice el proceso productivo.

Que el precio sea el adecuado para las condiciones de la empresa.

C. CICLO DE COMPRA:

Se puede resumir en las siguientes fases:

1. Determinación de las necesidades, es decir, decidir sobre lo que hay que comprar, la cantidad, el momento, etc.

2. Selección de proveedores que mejor se ajusten a las necesidades de la empresa. Para ello, se debe localizar a los proveedores potenciales, solicitarles ofertas y seleccionar aquellas que correspondan a los intereses de la empresa por el precio, calidad, plazo y condiciones de pago.

3. Realización de la compra mediante el pedido.4. Puesta a disposición del comprador de las mercancías. 5. El pago al proveedor.

2. SELECCIÓN DE PROVEEDORES

La selección de los proveedores es un tema importante, y la empresa deberá hacer un estudio de las distintas ofertas que reciba para ver cuál es la que más le interesa.

Para ello deberá fijarse en distintos aspectos, tales como: calidad del producto, descuentos, si los hay, plazo de entrega, forma de envío y gastos de envío si los hay, forma de pago, asistencia técnica… En función de todas estas variables en su conjunto, y de las circunstancias de la empresa en un momento determinado, esta decidirá a quién comprar.

Búsqueda de información sobre proveedores: Guías

telefónicas Cámaras de

Comercio Asociacione

s de empresarios

Publicaciones especializadas

Ferias Polígonos

industriales

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Ejemplo

1. HC, SL ha de decidir entre las ofertas recibidas por diferentes proveedores, por lo que ha elaborado un cuadro comparativo que resume los aspectos más importantes.

Condiciones ProveedoresVirases, SL Format, SL Microshock, SL

Precio unitario 1 000€ 990 € 1 100 €Descuentos 5% 2% 10%Transporte A su cargo A nuestro cargo 207 € A su cargoCalidad Alta Media/Alta MediaCaracterísticas del producto

Coincidentes Coincidentes Coincidentes

Forma y condiciones de pago

30 días 60 Días Contado

Plazo 7 días 15 días 3 díasServicio postventa y garantías

Garantía 3 meses Garantía 6 meses Garantía 1 año

Realiza un estudio comparativo de todos los proveedores y toma una decisión en cuanto al proveedor que abastecerá a la empresa HC, SL.

3.- PROCESO ADMINISTRATIVO DE LA COMPRA:

El proceso de compra se caracteriza por las siguientes operaciones:

1. Emisión y seguimiento del pedido.2. Recepción e inspección de la mercancía recibida. El

proveedor entrega la mercancía con el correspondiente albarán.

3. Comprobación de la factura. La empresa cuando recibe la factura del proveedor comprueba que se ajusta a lo indicado en el pedido y en el albarán.

4. Pago de la factura al proveedor.

Marco legal:

Normas mercantiles: Código de ComercioNormas fiscales: Impuesto sobre el Valor Añadido (Regulado por la Ley 37/1992, del

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Impuesto sobre el Valor Añadido, y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992)

A. EL PEDIDO:

El pedido es un documento en que se detallan los artículos que demanda el cliente y las condiciones en las que se efectuará la compra.

En él deben figurar:

Los datos que identifiquen a la empresa que emite el pedido.Los datos identificativos de la empresa a la que se formula el pedido.Nº de pedido, lugar y fecha en la que se efectúa.Condiciones del pedido:

o Dirección a la que se debe mandar el material.o Fecha en la que se debe entregar.o Condiciones del transporte.o Forma de pago.o Descuento.

Descripción de los géneros solicitados, cantidad, precioFirma de la persona que emite el pedido.

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Membrete

HOJA DE PEDIDO nº

Datos del pedido Proveedor (dirección completa)

CIF:Tel.:

Fecha del pedido:

Cantidad Descripción Precio unidad Importe

Total

Forma de pago

Firma de quien emite el pedido

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Membrete

HOJA DE PEDIDO nº

Datos del pedido Proveedor (dirección completa)

CIF:Tel.:

Fecha del pedido:

Cantidad Descripción Precio unidad Importe

Total

Forma de pago

Firma de quien emite el pedido

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Membrete

HOJA DE PEDIDO nº

Datos del pedido Proveedor (dirección completa)

CIF:Tel.:

Fecha del pedido:

Cantidad Descripción Precio unidad Importe

Total

Forma de pago

Firma de quien emite el pedido

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Ejercicio 1.

El día 21 del 11 del 20XX la empresa Rada, S.L. lleva a acabo un pedido de diversos materiales a Pisuerga, SL, Polígono San Cristóbal, 19 47100 Valladolid.

a. Tres cajas de tuercas H7, a un precio de 10 € unidad; 5 ejes cilíndricos, a un precio de 14 € /unidad; 36 placas metálicas modelo X3, a un precio unitario de 9 euros; y, 20 cajas de rodamientos Y4, a un precio de 20 €/caja.

b. El pago se llevará a cabo mediante letra de cambio a 90 días vista, con un descuento del 5 %. La entrega se efectuará el 10/12/2002, en la dirección de la empresa en Segovia, C/ Antares 33, 40555, con el transporte a cargo de Rada, SL.

Se pide:Confecciona el pedido correspondiente. Inventa los datos de los que no dispongas.

B. EL ALBARÁN:

Es un documento que acredita la entrega de las mercancías. Sirve de prueba en el caso de desacuerdo en la operación de compra venta.

La entrega de las mercancías al cliente irá acompañada por dos copias del albarán:

Una de ellas debe ser firmada por el cliente y devuelta al proveedor para acreditar que se ha recibido la mercancía.

La otra copia será archivada por la empresa compradora.

Debe contener la siguiente información:

Identificación de la empresa vendedora. Características el envío:

Fecha en la que se ha emitido Empresa que efectúa el transporte. Referencia del pedido al que

corresponde el albarán. Empresa que se hará cago de os

gastos de transportes. Domicilio d entrega. Descuento en su caso

Identificación de la empresa compradora. Detalle del envío: Referencia de cada artículo,

descripción, cantidad y precio.

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Lugar en el que el cliente firmará para acreditar la entrega de las mercancías y la fecha en la que se ha llevado a cabo.

Observaciones relativas al envío, tanto por parte del proveedor como por parte del cliente.

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Membrete

ALBARAN Nº

Cliente Datos para la entregaDirección completa Dirección de entrega

Tel.:CiF: Tfno: Día:

Código cliente CIF Proveedor Pedido nº Albarán nº Fecha

Cantidad Descripción Precio unidad Importe

Base imponible

IVA

Total

Firma de la empresaRecibí

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Membrete

ALBARAN Nº

Cliente Datos para la entregaDirección completa Dirección de entrega

Tel.:CiF: Tfno: Día:

Código cliente CIF Proveedor Pedido nº Albarán nº Fecha

Cantidad Descripción Precio unidad Importe

Base imponible

IVA

Total

Firma de la empresaRecibí

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Ejercicio:

A partir del pedido emitido por la empresa Rada S.L., en el ejercicio anterior, inventa un modelo de albarán que acompañe el suministro de materiales.

C. LA FACTURA:

Finalmente el proveedor remite a la empresa la factura de la compra. La factura es un documento que acredita legalmente una operación de compraventa.

La información mínima que debe contener una factura es la siguiente:

1. Identificación de la empresa que efectúa la venta: nombre y dirección, CIF, (si es una Sociedad mercantil). Si es un empresario individual, nombre y dirección, junto con el NIF

2. Datos identificativos de la empresa compradora, nombre, dirección y CIF, si es una sociedad mercantil, NIF si es un empresario individual.

3. Datos relacionados con la factura: Numero de la factura y serie a la

que pertenece. Fecha y localidad en la que ha sido

expedida. Referencia con el albarán que se

relaciona

4. Descripción y referencia de los artículos vendidos, indicando cantidad, precio unitario y el importe.

5. Importe bruto, que es la suma de los importes de los diferentes artículos vendidos.

6. Descuento aplicado, indicando el porcentaje aplicado y el importe.

7. Gastos de la operación: transporte si ha sido efectuado por la empresa vendedora y está a cargo de la compradora, embalajes, seguros…

8. La base imponible: es la cantidad sobre la cual se calculará el importe del impuesto del IVA:

Base imponible = Importe Bruto – Descuentos + Gastos

8. Impuesto aplicable y tipo impositivo.

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9. El total de la factura será el resultado de sumar a la base imponible la cuota tributaria (Base imponible * tipo impositivo).

Quién debe emitir facturaLos empresarios y profesionales, sean personas físicas

o jurídicas, están obligados a emitir factura por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad (Normativa fiscal, ley del IVA)

Operaciones que deben ser facturadasDeben ser objeto de facturación la totalidad de las

entregas de bienes y prestaciones de servicios realizados por los empresarios y profesionales en el ejercicio de su actividad, con las excepciones:

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Datos de la factura ClienteNº factura: Dirección completa

Ref. factura:

FechaCIF/NIF:

Código CantidadDescripción

Precio unidad Dto. Importe

Forma de pago:

Tipo impositivo _____% _____% _____% _____% _____%

Base imponible

Cuota de IVA

Total factura

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Datos de la empresa Vendedora:

CIF/NIF: FACTURA Nº

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Las operaciones realizadas por sujetos pasivos del IVA (empresarios) acogidos al Régimen de recargo de Equivalencia (modalidad de declaración del IVA a la que pueden acogerse el comercio minorista, siempre que no sean una sociedad mercantil.)

No obstante, los empresarios o profesionales estarán siempre obligados a expedir factura cuando el destinatario de la operación así lo exija. No es necesario realizar una factura para cada operación; se pueden incluir en una sola factura las operaciones realizadas para un mismo destinatario en el plazo máximo de un mes natural.

Cuando el destinatario de la factura sea una persona física que no desarrolle actividades empresariales o profesionales, bastará que, con respecto a ella consten nombre y apellidos y número de identificación fiscal (NIF), no es necesario que conste el domicilio, siempre que el importe facturado supere los 90 euros.

La ley permite sustituir las facturas por talonarios de vales numerados o tickets expedidos por máquinas registradoras en determinadas operaciones.

Los empresarios sujetos al IVA deben llevar obligatoriamente dos libros de registros: el libro de registro de facturas emitidas y el libro de registro de facturas recibidas, libro que puede llevarse en una hoja de Excel, o bien en papel.

Las facturas deben conservarse durante un periodo de 4 años.

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Una vez recibida la factura es necesaria su comprobación para subsanar posibles errores. Para efectuar las comprobaciones de los cálculos realizados en las facturas y obtener el importe a pagar, hay que tener en cuenta la siguiente estructura:

CALCULO DEL IMPORTE DE LA FACTURACantidad x precio por unidad = Importe brutoImporte bruto – descuento en factura = neto de compraNeto compra + Gastos(Portes, envases…) = Base imponible del IVABase imponible del IVA x % IVA = Cuota del impuesto.Base imponible del IVA + Cuota del impuesto = Total a pagar

Tipos de descuentos:

Descuentos comerciales: Se realizan en función del producto (promociones, ofertas). Se aplican y figuran en factura, y reducen el precio de adquisición del producto.

El descuento por pronto pago y los rappels, no tienen porqué figurar en la propia factura. En este caso la empresa proveedora debe enviar una nueva factura en la que se rectifique la cuota del IVA, ya que la base imponible se ha reducido a raíz del

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descuento. Los descuentos por pronto pago y por volumen se aplican después de haber descontado el comercial.

Las devoluciones de envases y las devoluciones de mercancías suponen una minoración de la base imponible, y por tanto la empresa proveedora debe expedir una nueva factura en la que se haga constar esta modificación.

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Ejercicios:

1.- Elabora la factura correspondiente de la empresa Rada, SL.

2 - La Sociedad A, S.A., con domicilio en el Polígono de Raos, s/n, 39018 de Santander, ha vendido a la sociedad B, S.A., con domicilio en el Polígono del Besaya, 39411, Corrales de Buelna, Cantabria, los siguientes productos:

300 unidades del producto A, a 200 euros/unidad400 unidades del producto B a 250 euros /unidad500 unidades del producto C a 300 euros/ unidad

Se facturan además envases, 1.200 unidades a 10 euros/unidad, que tienen facultad de devolución.

Se concede en factura un descuento comercial del 10%. Todos los productos están sujetos al tipo general del IVA (16%). Realizar la factura.

3.- Posteriormente, los envases son devueltos. Realizar la factura correspondiente.

4.- El pago estaba fijado para 60 días/fecha. La sociedad B, paga anticipadamente, por lo que se le concede un descuento por pronto pago del 5%. Realizar la factura correspondiente.

5.- Un fabricante de estufas compra 300 unidades de un determinado componente al precio unitario de 50 €. Por el transporte hasta la empresa, el proveedor le carga 55€ y le hace un descuento comercial del 5%. Realiza su factura.

6.- Posteriormente cuando la mercancía llega a la empresa se observa que 10 unidades están deterioradas. Una vez comunicado el suceso al proveedor, este acuerda devolverle una cantidad de 500€. Realiza la factura de rectificación.

7.- Un fabricante compra 1500 unidades a un precio unitario de 30 €. La mercancía viene en unos envases valorados en 1000€. El proveedor nos concede un descuento comercial del 5%. Como el pago de la mercancía se hace de forma inmediata nos concede un descuento por pronto pago del 3%. Realiza su factura.

8.- Posteriormente se devuelven los envases. Realiza la factura correspondiente.

9.- Un empresario compra 1000 unidades de un artículo a 18 € unidad al proveedor B, quien le hace un descuento del 2 por ciento. El transporte corre a cargo de la empresa y asciende a

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60 €. Para colocar la mercancía en el almacén contrata por 30 € a GRUASA. Tipo de IVA el 16 por ciento.

Calcula el precio total de la compra y el precio unitario de cada artículo. Realiza la correspondiente factura.

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4. EL PROCESO ADMINISTRATIVO DE PAGO:

A. COMPRAS AL CONTADO:

El importe de la operación se paga en el momento de la compra. Dicho pago puede hacerse de varias formas:

1. PAGO EN EFECTIVO: Entregándose dinero en efectivo.

2. PAGO CON CHEQUE DE C/C: Al formalizar la operación de compra se entrega cheque por su importe, lo que supondrá una disminución de dinero de la cuenta corriente bancaria.

El cheque es un documento por el cual una persona (librador) manda a otra (librado) que se pague una determinada cantidad en beneficio de un tercero (beneficiario).

El librador es el que extiende el cheque y es el titular de la c/c.

El librado ha de ser un banco.

El beneficiario es la persona que se designa para que cobre el cheque.

Podemos definir cheque como un documento mediante el cual se da una orden de pago a una entidad financiera para que abone una determinada cantidad de dinero a la persona a quien va destinado o que lo presente al cobro.

Tipos de cheques:

1. Cheque nominativo: Cuando se especifica el beneficiario por su nombre y solamente puede ser cobrado por este.

2. Cheque conformado: El banco garantiza la autenticidad de la firma del librador y la existencia de fondos en la cuantía que se indica en el cheque.

3. Al portador: cuando se especifica que el beneficiario del cheque es el portador del mismo, es decir, la persona que va a cobrarlo, sea quien sea esa persona.

4. Cheque barrado o cruzado: En estos cheques hay dos líneas paralelas que los cruzan en diagonal en el interior de las cuales:

No contiene designación alguna o no especifica un banco determinado entre las barras paralelas.

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El librado sólo puede pagar el cheque cruzado así a un banco.

Designa un banco determinado. En este caso el librado, sólo puede pagar el cheque a ese banco, mediante un abono en cuenta corriente, no pueden cobrarse en metálico.

Según la Ley Cambiaria y del Cheque el cheque ha de presentarse a su cobro en un periodo no superior a 15 días.

Las partes del cheque son:

1. Nombre y dirección de quién ha de pagar el cheque (librado). Ha de ser una Caja o un Banco.

2. Número de la cuenta corriente.3. Importe que se debe pagar expresado en números.4. Persona o personas que pueden cobrarlo.5. Importe que se debe pagar expresado en letras.6. Lugar y fecha en la que se ha emitido el cheque.7. Serie y número del cheque.8. Firma del titular de la cuenta corriente.

Ejercicios:

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1. El día 9/12/02 Juan Martínez paga la compra de una motocicleta en la tienda Motocrash, por un importe de 1 000€ mediante un cheque nominativo por esta cantidad.a. Cumplimenta un cheque.b. Supón que una vez formalizado, el Sr. Martínez lo cruza con dos barras. ¿Cuáles son las consecuencias que comportará esta acción?

2. El Sr. Martínez acude al banco a cobrar un cheque por un importe de 480 € extendido por la señorita Amelia Rodríguez.La entidad financiera le informa que la cuenta corriente de la señorita Amelia tiene un saldo de 450 €, por lo que no dispone de fondos suficientes para hacer frente al pago.Razona si el señor Martínez, puede pedir que de momento se le entregue esa cantidad, inferior a la consignada en el cheque.

3. PAGO CON TARJETA:

Hay dos tipos de tarjetas: de crédito y de débito. Con las tarjetas de débito el banco descuenta de forma inmediata el dinero de la compra, mientras que en las de crédito no carga en cuenta el importe de la operación hasta los primeros días del mes siguiente.

B. COMPRAS A CRÉDITO:

Cuando se realiza una compra a crédito el importe de la operación no se paga en el momento, sino que se deja a deber. A la hora de pagar, al comprador le interesa hacerlo cuanto más tarde mejor, sin embargo al vendedor le interesará cobrar cuanto antes mejor. De ahí surge la pugna entre ambos por fijar una fecha de pago que convenga a ambas partes. Una vez fijada la fecha de pago, esta puede hacerse de varias formas:

PAGO EN EFECTIVO: El pago se hace posteriormente entregando su importe en efectivo.PAGO CON CHEQUE C/C: Al realizar el pago se entrega el cheque por el importe correspondiente.PAGO POR TRANSFERENCIA BANCARIA: El comprador da orden a su banco para que transfiera una determinada cantidad de dinero a su proveedor, para saldar el importe de la deuda. El banco cobrará por dichos servicios una determinada cantidad de dinero, lo cual supone que nuestra cuenta se verá minorada por el valor de la deuda más los gastos ocasionados por la transferencia.

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PAGO MEDIANTE LETRA DE CAMBIO: Es un documento por el cual una persona (librador, que es el vendedor) manda pagar a otra (Librado, que es el comprador) una determinada cantidad (Nominal) a la orden de un tercero (tomador, normalmente un banco), en una fecha determinada (vencimiento) y en un lugar también determinado.

Letra de cambio: (anverso)

Gráficamente:

Tipos de vencimiento:

A fecha fija, en este caso el vencimiento será el día indicado. Ejemplo 20/02/2012A días fecha (d/f), en este caso el vencimiento se produce en los días indicados contados a partir de la fecha de emisión de la letra. Suele ser a 30, 60, 90 o 120 días/fechaA días vista (d/v), en este caso el vencimiento se produce en los días indicados contados a partir de la fecha de aceptación de la letra por parte del librado. Suele ser a 30,60,90 o 120 días/vista.

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Orden de pago

Pago Letra

VendedorLibrador

CompradorLibrado

Tomador(Banco)

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Si el vendedor desea cobrar la letra antes de su vencimiento, la presenta al banco para que este le adelante el dinero, pero por ello el banco le exigirá un interés y no le entregará el nominal de la letra, sino el resultado de restarle al nominal el interés que corresponda y los gastos adicionales por la gestión de cobro.

Cuando llega el vencimiento, el banco le presentará la letra al comprador para que le pague. Si el comprador la paga, es como si le estuviera pagando al proveedor o vendedor, liquidándose así la deuda que tenía con este. Si no le paga la letra le irá devuelta al vendedor, la deuda no se liquida y el proveedor tratará de cobrar posteriormente el importe pendiente más los gastos de devolución de la letra.

A veces el librado (comprador) firma la letra comprometiéndose a su pago de manera formal, en este caso se dice que la letra está aceptada (si se incumple el compromiso de pago se puede demandar por vía ejecutiva – embargo de bienes-).

En el anverso del documento debe figurar:

1. Lugar de expedición de la letra.2. Importe de la letra en números.3. Fecha en que se libra la letra. Debe consignarse día,

mes y año.4. Fecha en la que ha de ser pagada por el librador.5. Nombre del tomador.6. Sello con el importe que ha de ser acuerdo con el

de la letra según las tablas correspondientes.7. Aceptación del librado con su firma autógrafa.8. Firma autógrafa del librador. En caso de tratarse de

una empresa deberá firmar el apoderado.9. Nombre y domicilio del librado.10. Cláusulas de la letra referentes al caso de que el

librado no haga efectivo su importe a su vencimiento. Normalmente se consigna sin gastos.

11. Lugar en el que ha de ser pagada la letra y las claves de identificación bancaria del librado.

12. Importe en letras.

En cuanto al reverso:

1. Aparecerán los datos del aval y del avalista, en caso de que existan.

2. Los datos del endosante y endosatario, en el caso de que exista endoso.

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Aval: En algunas ocasiones en la letra de cambio interviene un avalista que es una persona que se compromete al pago de la letra en caso de que no lo haga el librado. De esta manera el vendedor dispone de más garantías de pago.

Endoso: El endoso es una cláusula por la cual el librador puede ceder la propiedad de la letra de cambio a otra persona. En la operación de endoso intervienen el endosante, que es el que trasmite la letra, y el endosatario, que es el que la recibe.

El protesto: Puede darse el caso de que el librado se niegue a pagar la letra de cambio a su vencimiento, o a aceptarla en el momento de su presentación. En este caso el librador deberá hacer constar esta circunstancia mediante un protesto. La declaración de protesto podrá efectuarse levantando un acta notarial, y posteriormente se podrá acudir a la vía judicial para reclamar la cantidad adeudada.

Letra de cambio: (reverso)

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Ejercicio:1. Confecciona la letra de cambio correspondiente al pago

de la factura de R2D2, SL, teniendo en cuenta que Gargar, SL la presentará al Banco Lucas para que esta entidad financiera proceda a su cobro a su vencimiento. El domicilio de cobro de Rada, SL será el Banco Vader.Identifica librador, librado y tenedor de la letra.

2. El Sr. Primo recibe la visita d un amigo de la infancia, al que no veía desde hace varios años. Este le propone firmar como avalista en una letra de cambio que ha de aceptar por la compra de un coche nuevo por un importe de 30 000 €. Argumenta las consecuencias que puede tener para el señor Primo la aceptación de la propuesta.

3. El Sr. Sahún acepta una letra de cambio emitida por el Sr. Medina. Razona: ¿Quién es librador? ¿Y el librado? ¿Quién deberá pagar la letra?

C. EL RECIBO:

Una vez se ha efectuado el pago, la empresa vendedora ha de emitir el correspondiente recibo. Es el documento que acredita el pago de la cantidad adeudada.

Las partes del recibo son:

1. Número del recibo.2. Persona o empresa que ha efectuado el pago.3. Fecha en la que ha tenido lugar.4. Importe del pago en letras. En caso de efectuarse

mediante cheque es recomendable anotar el número.5. Motivo por el que se entrega el recibo.6. Importe en cifras.7. Firma de la persona que extiende el recibo.

En general los recibos suelen ir en talonarios que están divididos en dos partes: una de ellas es el recibo propiamente dicho que se entrega para justificar el pago, mientras que la otra denominada matriz, queda en el talonario y sirve de control.

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El impuesto sobre el Valor Añadido

1.- IntroducciónHemos visto en el proceso de compra-venta que la

empresa una vez elegidos los proveedores de materias primas o existencias, inicia la comunicación con ellos para llegar a un acuerdo sobre las condiciones en las que se realizará el aprovisionamiento, de precios, plazo de entrega, condiciones de pago, etc.

El acuerdo al que llegan comprador y vendedor para realizar operaciones de compra-venta, genera unas obligaciones y unos derechos para ambas partes, sujetas a diferentes normas:

a.- Normas mercantiles (Código de Comercio)

El vendedor se obliga a entregar el bien o a prestar el servicio En la cantidad y calidad

acordada En el plazo previsto y

en el lugar designado.

El comprador debe: Recibir la mercancía Pagar el importe en el

momento acordado.

b.- Normas fiscales

En su aspecto fiscal, referido a los impuestos, la compra-venta está sujeta a la normativa sobre IVA (impuesto sobre el valor añadido).

2.- Conceptos básicos de los impuestos

Conocemos ya que el Estado necesita obtener ingresos para financiarse y poder atender el Gasto Público. La mayor parte de los ingresos del Estado proceden de los tributos. Estos obligan a los contribuyentes (ciudadanos sujetos al mismo) a realizar los pagos previstos por la ley, a favor del Estado o entidad pública con capacidad para exigirlos, con el fin de obtener los recursos necesarios para financiar el gasto público y corregir, en su caso, los fallos del mercado.

La Ley General Tributaria distingue tres clases de tributos:

Tasas: tributo pagado obligatoriamente por parte de quien utiliza el dominio público o recibe un servicio público, que previamente ha solicitado, o que sea de recepción obligatoria, y que no puede ser prestado por el sector privado. (solicitar el DNI, el pasaporte, una licencia de obra, recogida de basuras, etc…)

Contribuciones especiales: son tributos que gravan el beneficio obtenido por los particulares como consecuencia

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de la realización de algunas obras públicas o de la mejora y ampliación de ciertos servicios públicos. La justificación técnica se fundamenta en que dichas obras o mejoras responden al interés común y, al mismo tiempo, producen un beneficio directo en determinados ciudadanos o en sus propiedades, las cuales incrementan su valor como consecuencia de las mismas. (alumbrado público, etc). Tributo esencialmente municipal.

Impuestos: Podemos definir el impuesto como una detracción económica que se exige por los poderes públicos sin contrapartida y atendiendo a la capacidad de pago del contribuyente que se encuentre en la situación prevista por la correspondiente ley tributaria. Es destacable que se exige sin contrapartida, ya que no existe relación entre la cantidad a pagar por el contribuyente y el nivel de uso de los servicios públicos que realiza.

Vamos a centrarnos en el estudio de los impuestos. Elementos básicos que los definen:

Hecho imponible: es la operación causante de la obligación de contribuir (la compra-venta en el IVA).Sujeto pasivo: es la persona, física o jurídica, sobre la que recaen las obligaciones tributarias y el pago del impuesto.Base imponible: es la cuantificación monetaria de las operaciones sujetas al impuesto (importe de la factura sobre el que se calcula el importe de la cuota de IVA).Tipo impositivo: Es el porcentaje aplicable a la base imponible (4%, 7% y 16% en el IVA)Cuota: Es el importe que el sujeto pasivo ha de ingresar a la Hacienda Pública.

Deuda tributaria: Es el importe final a ingresar en Hacienda:

3.- Características de los impuestos

Los impuestos pueden ser: Directos: con aquellos que tienen en cuenta la capacidad

de pago del contribuyente, atendiendo al patrimonio o a la renta que obtiene por diferentes conceptos (trabajo por cuenta ajena, actividad empresarial, actividad profesional):

IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas)

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Deuda tributaria = Cuota - deducciones + recargos + intereses de demora

Cuota = Base imponible X tipo impositivo

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IS (impuesto sobre sociedades mercantiles) IP (impuesto sobre el patrimonio)

Indirectos: gravan la aplicación de la renta o de la capacidad económica del contribuyente puesta de manifiesto en la adquisición de bienes y servicios:

IVA (impuesto sobre el valor añadido) TP (impuesto sobre transmisiones

patrimoniales) AJD (actos jurídicos documentados) Impuestos especiales:

Hidrocarburos Bebidas alcohólicas Tabaco, etc

Proporcionales: Son impuestos cuyo tipo impositivo no varía con el nivel de renta. Se paga lo mismo independientemente de la riqueza o nivel de renta de cada sujeto pasivo. (son impuestos proporcionales los indirectos)

Progresivos: Impuestos cuyo tipo impositivo aumenta gradualmente al aumentar el nivel de renta. (los impuestos directos)

Escala de gravamen del IRPF para el ejercicio 2010 (declarado en mayo de 2011). El IRPF es regulado por la Ley 35/2006 de 28 de noviembre.

Ejercicio

¿Cuánto habrá pagado en concepto de IRPF una familia con una base imponible de 31.200 euros, suponiendo que no tiene derecho a ninguna deducción y que no ha pagado nada previamente?

4.- El impuesto sobre el valor añadido (IVA)

Está regulado por la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor añadido y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992. Es un impuesto de naturaleza indirecta, no grava la renta, recae sobre el consumo.

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Hecho imponible (Art. 4 de la Ley)

Grava las entregas de bienes y la prestación de servicios efectuados por empresarios y profesionales, con carácter habitual u ocasional, en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional y a título oneroso, es decir, a cambio de una contraprestación monetaria.

Las adquisiciones intracomunitarias de bienes (entre países de la unión)

Las importaciones de bienes de terceros países (fuera de la unión europea).

Tipos de operaciones:

Operaciones interiores : operaciones realizadas en la península y Baleares. Dentro de ellas hay que distinguir:

Operaciones sujetas: se consideran sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales a título oneroso en el desarrollo de su actividad y en el ámbito de aplicación del impuesto.Operaciones no sujetas: (Art 7 de la Ley) operaciones que no están dentro de la aplicación del impuesto según indica la ley:

Entregas gratuitas de muestras comerciales con fines de promociónLos servicios prestados por las personas físicas que trabajan por cuenta ajena (asalariados)Transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial o profesional de sujeto pasivo a favor de un solo adquirente, cuando este continúe la actividad empresarial o profesional.La entregas de bienes o prestaciones de servicios de la Administración cuando se efectúen sin contraprestación o esta sea de naturaleza tributaria.

Operaciones exentas: (Art. 20 de la ley) son ciertas actividades que la ley contempla como excepción:

Servicios de educación realizados por entidades públicasServicios públicos postalesArrendamiento de viviendas y sus garajes anexos, no así los locales comerciales.Operaciones de seguros

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Servicios de hospitalización o asistencia sanitaria, etcPrestaciones de la Seguridad Social, excepto medicamentos……..

Operaciones exteriores: adquisiciones intracomunitarias e importaciones de bienes.

Adquisición intracomunitaria es la entrada en el territorio español de bienes procedentes de otro Estado miembro de la Unión. Las entregas de bienes a empresarios o profesionales, sujetos pasivos del IVA, tributan en el país de destino, es decir, en el país del empresario que adquiere. Así, un empresario español:

o Compra a Francia u otro Estado de la Unión: adquisición intracomunitaria, gravada con el IVA en España

o Vende a Alemania u otro Estado de la Unión, entrega intracomunitaria, gravada con el IVA en el país de destino.

La importación es la entrada en el territorio de la Comunidad de mercancías procedentes de terceros países.

La exportación es la venta de mercancías desde cualquier país de la Comunidad a terceros países. Se consideran operación exenta de IVA.

La Base imponible

La base imponible está constituida por el importe de la contraprestación de las operaciones sujetas al impuesto, procedente del destinatario o de terceras personas. Se incluirán en la base imponible:

El importe de la contraprestación Las comisiones, los transportes, los seguros, los

envases, los embalajes.

No se incluirán en la Base imponible:

Los descuentos y bonificaciones que se justifiquen y se concedan previa o simultáneamente al momento de la operación, y que deben ser consignados separadamente en la factura.

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Ejercicio

La sociedad A, vende mercancías por 6000 euros. El tipo impositivo es el 16%. Además, existen las siguientes partidas que hay que cargar al comprador:

Envases 300 Transporte 60 Primas de seguros 36 Se concede un descuento por volumen de operaciones

del 5% y descuento comercial del 10%.

Determinar la factura de esta venta, base imponible del IVA y todos los elementos del impuesto.

Modificaciones de la base imponible: Por la devolución de existencias. Por los envases y embalajes devueltos Por los descuentos y bonificaciones otorgados con

posterioridad al momento en que se realice la operación.

Ejercicio

Continuando con el ejercicio anterior, la sociedad B, compradora, devuelve los envases, y se le concede un descuento por pronto pago del 5%. Calcular las modificaciones a realizar en la Base imponible y en el IVA repercutido.

Tipos impositivos en el IVA (art. 90 de la Ley)

Se establecen tres tipos: General: 18% a partir de

enero de 2010 Reducido: 8% a partir de

enero de 2010 Superreducido 4%

Tipo general: Se aplicará a todos los casos, salvo los expresamente aplicables el reducido o superreducido.

Tipo reducido: se aplica entre otros a los siguientes bienes o servicios:

Alimentación en general, excepto bebidas alcohólicas y tabaco.

Material médico, productos

farmacéuticos de veterinaria

Viviendas Transporte de viajeros Hostelería Entrada a espectáculos

recreativos culturales

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Peluquería

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Tipo superreducido: se aplica por ejemplo a Pan común y cereales Leche, queso y huevos Frutas, verduras, hortalizas, legumbres Libros periódicos y revistas, excepto los dedicados

fundamentalmente a publicidad Medicamentos Viviendas de protección oficial de régimen especial.

Deducciones

Los empresarios y profesionales que sean sujetos pasivos del IVA podrán deducir de las cuotas devengadas por las operaciones gravadas en cada periodo de liquidación, las cuotas soportadas en las adquisiciones que hayan realizado en el mismo período.

Tendrán derecho a deducir: Los que tengan la condición de empresario o profesional. Haber presentado la declaración de comienzo de la actividad Haber iniciado ya la actividad de la empresa.

Cuotas deducibles:

Cuotas soportadas en la adquisición de bienes o servicios, que estén directa y exclusivamente afectados por sus actividades empresarial o profesional.

Importaciones realizadas

Procedimiento para la Liquidación del IVA en Hacienda (art. 99 de la ley del impuesto)

Es un impuesto que paga únicamente el consumidor final. Los empresarios y profesionales son los recaudadores del impuesto (puesto que como ya sabemos este impuesto grava el consumo y, por tanto, va destinado al consumidor).

En la aplicación del impuesto por empresarios o profesionales se pueden distinguir dos partes:

Por sus ventas de bienes o prestaciones de servicios REPERCUTEN a sus clientes el impuesto correspondiente (es decir, reciben las cantidades por IVA que pagan los compradores).

Por sus adquisiciones y otros gastos necesarios para desarrollar la actividad empresarial SOPORTAN el IVA correspondiente (el cual será deducible si se cumplen los requisitos exigidos por la ley.)Empresa: Compras, paga IVA (IVA soportado)

Ventas: cobra IVA (IVA repercutido)

La Declaración –Liquidación por IVA se hace de forma periódica; en cada declaración-liquidación se indica el IVA repercutido a los clientes,

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restando de éste el IVA soportado por los gastos relacionados con la actividad empresarial en los que incurre el empresario. Si la diferencia es una cantidad positiva, traerá como consecuencia el pago de dicha cifra a Hacienda; si es una cantidad negativa, supondrá un derecho de cobro frente a Hacienda a compensar en la siguiente declaración.

Por tanto, el IVA no afecta para nada a los costes e ingresos de las empresas, debido a que en ningún momento se integra en los precios de compra o de venta; tan sólo el consumidor final asume el IVA como gasto. Las empresas ejercen una labor de intermediación entre el consumidor y Hacienda.

Ejercicios de liquidación:

1.- Operaciones realizadas por la empresa A, sujeta al régimen general de IVA en el ejercicio 2005:

Trimestre iva repercutido iva soportado1º 340000 2100002º 390000 4100003º 420000 4000004º 400000 430000

Calcular las liquidaciones de cada trimestre, indicando si el resultado es a ingresar, a devolver o a compensar.

2.- La sociedad Libros Vivos, S. A. Sujeta al régimen general del IVA, presentas los siguientes datos, relativos a sus operaciones de compra-venta y de IVA soportado y repercutido:

Trimestre iva repercutido iva soportado

1 2000 12002 2400 25203 2500 22004 1500 1680

Efectuar la liquidación del IVA y rellenar el impreso de la declaración correspondiente a cada uno de los cuatro trimestres del año.

Las liquidaciones ante Hacienda se presentan de forma trimestral, más una declaración resumen anual: (ORDEN EHA/3786/2008, de 29 de diciembre): 7

1º trimestre del 1 al 20 de abril2º trimestre del 1 al 20 de julio3º trimestre del 1 al 20 de octubre

Si IVA repercutido > IVA soportado Ingresar en Hacienda

Si IVA repercutido < IVA soportado Hacienda devuelve o compensa a la empresa

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4º trimestre del 1 al 30 de enero.Declaración resumen anual del 1 al 30 de enero.

El sujeto pasivo también puede optar por presentar las liquidaciones con periodicidad mensual, y estará obligado si su volumen de facturación supera unos límites. Además, junto a la declaración del cuarto trimestre se presentará una declaración resumen anual.

Los documentos oficiales son: Modelo 303 para la liquidación trimestral Modelo 390 para la liquidación anual.

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Obligaciones formales derivadas del Impuesto (art. 164 de la ley)

Los sujetos pasivos del IVA (empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad) están obligados a:

1. Presentar declaraciones relativas al comienzo, modificación y cese de actividad. (modelo 036)

2. Expedir y entregar facturas o documentos equivalentes y conservar duplicados de los mismos (también se deben conservar las factura recibidas).

3. Llevar la contabilidad y los libros-registro establecidos.4. Presentar periódicamente, o a requerimiento de la administración,

información relativa a sus operaciones económicas con terceras personas.

5. Presentar las declaraciones-liquidaciones correspondientes e ingresar el importe del impuesto resultante, así como una declaración-resumen anual.

Libros registro obligatorios:

1. Libro de registro de facturas emitidas 2. Libro de registro de facturas recibidas 3. Libro de registro de bienes de inversión.

4.- Regímenes especiales de IVA

La ley del IVA ha establecido dos grupos de régimen (sistema) de aplicación del IVA:

a.- Régimen General del IVA, al que están sujetas las sociedades mercantiles y los empresarios o profesionales a los que la ley les permite acogerse a este régimen. La liquidación del impuesto en este caso se realiza según lo indicado anteriormente.

b.- Regímenes especialesCon el objeto de adaptar el IVA a las distintas peculiaridades de los

diversos sectores económicos, se establecen diversos regímenes especiales:

El régimen simplificado Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. Régimen especial de bienes usados, objetos de artes, antigüedades

y objetos de colección. Régimen especial de agencias de viajes Régimen especial del recargo de equivalencia *

Algunos casos son de elección voluntaria, otros de aplicación obligatoria, como son:

Agencias de viajes Recargo de equivalencia

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La sujeción al resto de regímenes especiales es de elección voluntaria. Se entiende una actividad sujeta al régimen simplificado, al régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, o al régimen de bienes usados, siempre que no haya renunciado al mismo. En caso de renuncia, se le aplicará automáticamente el Régimen general. La elección de un régimen o renuncia al mismo, se realiza en la declaración censal, modelo 036.

Régimen especial Carácter Sujetos pasivos CaracterísticasRégimen simplificado Voluntario

Personas físicas que realicen determinadas actividades (indicadas en la Orden Ministerial que regula este régimen, carpintería, fontanería, cafetería, etc)

Se calcula la cuota de forma objetiva, en función de los módulos de la actividad

Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca

Voluntario Titular de la explotación No repercuten IVA. Reciben una compensación en sus ventas.

Régimen especial de recargo de equivalencia

Obligatorio Comerciantes minoristas, personas físicas

Sin obligación de liquidación y pago del impuesto.

Ejercicio

Determinar, a qué régimen de IVA deberá ajustarse la empresa que vamos a crear en nuestro proyecto empresarial.

Régimen especial de recargo de equivalencia

Se aplica obligatoriamente a comerciantes minoristas que sean personas físicas, las cuales operen en determinados sectores. Son minoristas los empresarios que realicen habitualmente ventas de bienes muebles sin haberlos sometido a proceso alguno de transformación.

Los minoristas sometidos a este régimen no están obligados a efectuar liquidaciones ni al pago del impuesto, ni podrán deducir el IVA soportado en sus compras (lo que supondrá un mayor coste de éstas.)

El proveedor del minorista está obligado a repercutir a éste, además del tipo que se haya de aplicar, un recargo adicional. Este recargo representa la cuota que debe ingresar el comerciante por diferencia entre el IVA repercutido y el soportado por él:

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Tipo de IVA Recargo 4% 0,5%8% 1%

18% 4%

La base imponible para el recargo de equivalencia es la misma que para el IVA.

Los comerciantes que realicen exclusivamente esta actividad no tienen, a efectos del IVA, obligación de emitir documento de facturación por las ventas, si bien, cuando le sea solicitado por el destinatario, deben emitir una factura completa.

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Ejercicio 1:

Benito García, posee una empresa que se dedica a la venta al por menor de calzado; realiza en el ejercicio económico las siguientes operaciones:

Compra lotes de calzado de caballero: A una empresa mayorista distribuidora de calzado 3.000 A un minorista en régimen de recargo de equivalencia 1.000 Adquiere estanterías para su almacén 300 Recibo de la luz 120 Alquiler del establecimiento 800

Cuál será el régimen de IVA a aplicar y las consecuencias de cara al impuesto para este empresario.

Ejercicio 2.-

Doña Mercedes Negrita, posee un establecimiento de venta de bebidas, se trata de un comerciante minorista, que la mayor parte lo vende a particulares. Tributa en el régimen especial de recargo de equivalencia. Durante el último trimestre realizó las siguientes operaciones de compras:

100 botellas de ron a 8 euros (IVA 8%) 200 botellas de agua a 0.30 euros (IVA 8%) un ordenador personal para las gestiones por 1.250 euros.

(IVA 18%)

Determinar, cuotas soportadas de IVA, qué iva repercutirá, y qué obligaciones tiene con respecto al IVA.

Ejercicio3.-

Una empresa acogida al régimen de recargo de equivalencia adquiere los siguientes productos:

50 unidades del producto A, a 3,52 euros/unidad (tipo superreducido)

20 unidades del producto B, a 1,80 euros/unidad, (tipo reducido)

30 unidades del producto C, a 22 euros/unidad, (tipo general)

Le conceden y aplican en factura un descuento comercial del 6%. Determina la factura e indica bases imponibles, cuotas del impuesto y obligaciones tributarias de esta empresa.

Ejercicio 4

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Una empresa acogida al recargo de equivalencia adquiere los siguientes productos:

210 unidades del producto A, a 80 euros/unidad (4%) 325 unidades del producto B, a 12,5 euros/unidad (7%) 150 unidades del producto C, a 120 euros unidad (12%)

Le conceden y aplican en factura un descuento comercial del 5%. Además se incluye el coste de transporte (16%) que asciende a 100 euros. Determina la factura e indica bases imponibles, cuotas del impuesto y obligaciones tributarias de esta empresa.

Ejercicios de repaso (Gestión de compra-venta. Thomson)

1.- La empresa REPACAR, S.L. que se dedica a la reparación de vehículos, ocasionalmente presta un servicio de transporte por el cual cobra 200 euros. ¿Es esta una operación sujeta?

2.- La empresa PULCRA, S.A., que fabrica productos de limpieza, realiza las siguientes operaciones:

a.- compra materias primas en territorio nacional por 8.000 eurosb.- entrega muestras gratuitas de su producto en un supermercado.c.- Cede una de sus furgonetas cobrando por ello 200 euros.

Explica de qué tipo de operación se trata en cada caso, sujeta, no sujeta o exenta.

3.- La sociedad Todoca, S.A., dedicada a la distribución de electrodomésticos, con CIF: A-25252623, y con domicilio en C/La Rosa, 21, Getafe, Madrid, 28075, ha realizado las siguientes operaciones durante los dos últimos trimestres del año 2003:

Concepto Tercer Trimestre Cuarto Trim.

Adquiere mercancías a un fabricante 1.5001.200

Venta de artículos 2.0005.800

Arrendamiento del local comercial 750 800Venta a un empresario portugués -------- 900Compra artículos a un empresario francés 1.000

1.000

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Realizar las liquidaciones del tercer y cuarto trimestre del ejercicio 20xx, además de la declaración resumen anual para esta empresa. (Las operaciones van gravadas al 18%).

4.- Realiza la liquidación del IVA de las siguientes empresas, (primer trimestre). El tipo de IVA aplicable es el general (18%)

Gastos/empresas Empresa A Empresa B Empresa CCompras interiores 2.100 2.410 3.850Gastos de personal 600 280 1.400Otros gastos (luz, tf) 300 600 500Ventas interiores 6.000 2.500 2.680