Declaración mensual/trimestral IVA - Septiembre 2012 · MODELOS 300-320-330 GIPUZKOA SEPT 2012 / 8...

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MODELOS 300/320/330 - GIPUZKOA Declaración mensual/trimestral IVA - Septiembre 2012

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MODELOS 300/320/330 - GIPUZKOA

Declaración mensual/trimestral IVA - Septiembre2012

Primera Edición. octubre 2012.

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ÍndiceÍndice

MODELOS 300-320-330 GIPUZKOA SEPT 2012

............................................................................................................................... 3Introducción

............................................................................................................................... 5Novedades

............................................................................................................................... 7Normativa

.............................................................................................................................. 7Obligación de presentar los modelos 300-320-330

.............................................................................................................................. 9Plazo de presentación

.............................................................................................................................. 9Cómo presentar los modelos 300-320-330

.............................................................................................................................. 10Programa de ayuda

............................................................................................................................... 11Operativa en Sigrid

.............................................................................................................................. 11Consideraciones previas

.............................................................................................................................. 12Parametrización del informe

.............................................................................................................................. 15Generación del fichero

............................................................................................................................... 17Presentación telemática

Introducción / 3

Introducción

Prosoft le da la bienvenida a esta Guía Práctica. En ella encontrará de forma resumida las

indicaciones necesarias para la correcta cumplimentación y posterior presentación de los

MODELOS 300,320 y 330 en la Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa, partiendo de los

datos introducidos en Sigrid.

Novedades / 5

Novedades

La Hacienda Foral de Gipuzkoa modifica el diseño de los modelos 300, 320 y 330 para contemplar

los nuevos tipos impositivos al 10 y 21% para las declaraciones a partir del mes de septiembre y

3er trimestre 2012.

En Sigrid, se modifica el fichero generado adaptándolo a las modificaciones reseñadas por la

Hacienda Foral de Gipuzkoa y se añada la posibilidad de generar el fichero para la declaración del

modelo 330.

Normativa / 7

Normativa

El presente manual se apoya en las siguientes ordenes y decretos:

ORDEN FORAL 844/2012, de 6 de septiembre, por la que se aprueban los modelos 300, 310, 320,

330 y 370 de declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Orden Foral 1.011/2010, de 24 de noviembre, por la que se regula la obligación de efectuar

determinados trámites de carácter tributario por vía electrónica (PDF)

Orden Foral 536/2010, de 16 de junio, por la que se modifican los modelos 300, 310, 320, 330 y

370 de declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (PDF)

Orden Foral 1.332/2001, de 26 de diciembre, por la que se aprueban los modelos 320, 347,

349,370, 390, 391 y 392 del Impuesto sobre el Valor Añadido. (B.O.G. 4/01/2002) (PDF)

Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre, por el que se adapta la normativa fiscal del

Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor

Añadido (PDF)

Real Decreto 1.624/1992 - Reglamento del I.V.A., de 29 de diciembre 1992. (B.O.E. 31-12-1992)

(PDF)

Obligación de presentar los modelos 300-320-330

Modelo 300 (trimestral)

Deberán presentar el modelo 300 los contribuyentes que realicen actividades a las que se

aplique el Régimen General del Impuesto o cualquier otro de los Regímenes especiales, con

excepción de los regímenes especiales de Agricultura Ganadería y Pesca, el de Recargo de

Equivalencia y el Simplificado.

Se declaran las operaciones efectuadas en el trimestre anterior. No se presentará modelo 300 en

el cuarto trimestre, toda vez que las operaciones referidas al mismo se declararán en el modelo

MODELOS 300-320-330 GIPUZKOA SEPT 2012 / 8

anual 390.

La declaración deberá presentarse aunque no se hayan soportado o repercutido cuotas en el

periodo correspondiente, señalándolo con una X en la casilla Sin actividad.

No lo utilizarán quienes presenten el modelo 320 Declaración-liquidación de IVA para Grandes

Empresas y el modelo 330 Declaración-liquidación de IVA para Exportadores y Otros

Operadores Económicos.

Si además de realizar la actividad de arrendamiento en Régimen General, efectuara otras por las

que tuviera que declarar en el Régimen Simplificado, deberá presentar el modelo 370.

También presentará el modelo 370 cuando, estando en Régimen Simplificado, inicie, a lo largo

del año, cualquier actividad en Régimen General. En este caso, en el siguiente ejercicio,

presentará el modelo 300 (puesto que quedará excluido del Régimen Simplificado).

Modelo 320 (mensual)

Contribuyentes que hayan realizado en el ejercicio anterior un volumen de operaciones (PDF)

superior a 6.010.121,04 euros, y no estén inscritos en el Registro de devoluciones mensuales.

Empresarios/as y profesionales que operen dentro y fuera de Gipuzkoa y su volumen de

operaciones del año anterior exceda de los 7 millones de euros, tributará a la Diputación Foral

de Gipuzkoa en proporción al volumen de sus operaciones efectuadas en Gipuzkoa.

Se declaran las operaciones efectuadas en el mes anterior. No se presentará modelo 320 en el

mes de diciembre, toda vez que las operaciones referidas al mismo se declararán en el modelo

anual 390.

La declaración deberá presentarse aunque no se hayan soportado o repercutido cuotas en el

periodo correspondiente, señalándolo con una X la casilla Sin actividad.

Quienes figuren inscritos en el Registro de Exportadores y Otros Operadores Económicos

presentarán el modelo 330.

La determinación del volumen de operaciones viene regulado en el art. 121 del Decreto Foral

102/92, de 29 de diciembre, del IVA.

Modelo 330 (mensual)

Contribuyentes que estén inscritos en el registro de devoluciones mensuales.

Normativa / 9

Plazo de presentación

Modelo 300

Trimestral. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de abril, julio y

octubre.

Modelo 320

Mensual. A presentar dentro de los 25 primeros días naturales de los meses de febrero a

diciembre. La correspondiente a julio podrá efectuarse desde el 1 de agosto al 25 de

septiembre.

Modelo 330

Mensual. Se declaran las operaciones efectuadas en el mes anterior. No se presentará modelo

330 en el mes de diciembre, toda vez que las operaciones referidas al mismo se declararán en el

modelo anual 390.

Cómo presentar los modelos 300-320-330

Modelo 300

Internet: Mediante transmisión efectuada desde Gipuzkoataria del archivo obtenido de los

programas de ayuda (domiciliando el resultado en caso de que el resultado sea A Ingresar).

Modalidad obligatoria para entidades con personas empleadas.

Papel: Mediante cumplimentación y entrega del impreso 300.

Modelo 320

Internet: Mediante transmisión efectuada desde Gipuzkoataria del archivo obtenido de los

programas de ayuda (domiciliando el resultado en caso de que el resultado sea a Ingresar).

Modalidad obligatoria para entidades con personas empleadas.

Papel: Mediante cumplimentación y entrega del impreso 320.

Modelo 330

Internet: Mediante transmisión efectuada desde Gipuzkoataria del archivo obtenido de los

programas de ayuda (domiciliando el resultado).

MODELOS 300-320-330 GIPUZKOA SEPT 2012 / 10

Importante: La inscripción en el registro se coordina con la obligación de suministrar

información sobre las operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340.

Lugares de presentación (modelos 300 y 320)

Para modalidad papel:

A ingresar (la persona contribuyente paga a Hacienda): Entidades financieras colaboradoras.

A compensar (saldo negativo a favor de la persona contribuyente, que podrá compensar con

saldos positivos de declaraciones posteriores): Entidades financieras colaboradoras, en el

Servicio de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación

Foral de Gipuzkoa (Paseo de Errotaburu 2, 20.018 San Sebastián) y Oficinas de Atención

Ciudadana.

Para modalidad Internet:

Con la transmisión correcta se tendrá por cumplida la obligación de presentación.

Programa de ayuda

El programa de ayuda de los modelos 300 y 320 de la Hacienda Foral de Gipuzkoa no permite la

importación de archivos generados por programas de contabilidad o ERP, por lo Sigrid generará

un fichero que se transmitirá directamente a Hacienda a través de su sede electrónica sin pasar

por el programa de ayuda.

Operativa en Sigrid / 11

Operativa en Sigrid

Consideraciones previas

Ficha de Impuestos/Tasas: Es aconsejable crear una ficha de Impuesto/tasa por cada tipo de IVA

a declarar, separando los IVA no sólo por los distintos porcentajes, por operación interior o

intracomunitaria, sino también identificando el impuesto por bienes de inversión y, si se da el caso,

distinguir entre bienes de inversión interiores e intracomunitarios o por importación.

MODELOS 300-320-330 GIPUZKOA SEPT 2012 / 12

Parametrización del informe

El informe que genera el soporte magnético de los modelos 300 y 320 para ser presentado

telemáticamente, se encuentra en la carpeta de informes Contabilidad Impuestos Soporte

magnético Forales, de la ventana de impresión a que se accede a través del menú Herramientas

:

Desde la ventana de impresión, se selecciona la carpeta de informes correspondiente a Forales y

el informe M300-320_Gipuzkoa.xjs

Al hacer doble clic sobre el informe, se abre la siguiente ventana, que solicita la obligada

introducción de parámetros:

Operativa en Sigrid / 13

Pestaña General

Ejercicio: se introduce el ejercicio de los datos que se quieren presentar.

Mensual/Trimestral: se escoge el periodo a declarar, mensual o trimestral y el mes o al

trimestre en función de la opción anterior. En el caso del periodo mensual, se indicará si se

declara utilizando el modelo 320 ó 330.

Archivo destino: ruta donde se guardará el archivo con los registros a declarar.

Nombre archivo: Nombre del archivo que generará Sigrid (ej. M320). No es necesario indicar

extensión.

Pestaña Empresa

En esta pestaña se rellenarán el NIF de la empresa, el porcentaje atribuible a Gipuzkoa y el banco

para ingreso o devolución. En este último campo, al digitar un asterisco, se abrirá la ventana de

selección de bancos.

MODELOS 300-320-330 GIPUZKOA SEPT 2012 / 14

Pestaña Declaración

La pestaña Declaración consta de los siguientes campos:

Cuotas a compensar en periodos anteriores: si existieran importes a compensar de periodos

anteriores se consignarán en este campo.

En declaraciones negativas del modelo 330, solicitar Devolver/Compensar: se indica la

modalidad de devolución marcando el radio correspondiente:

Pestaña Parámetros

Por último, en la pestaña de Parámetros, se indicarán - según el tipo de operaciones efectuadas

- el código o los códigos de los IVA creados en Sigrid y utilizados en la generación de los

registros de IVA.

Si se digita un asterisco en cualquiera de estos campos, se abrirá la ventana de selección de

Impuestos.

Si se han utilizado tipos de IVA no vigentes en el periodo a declarar (18% y 8%), se

indicarán conjuntamente con los que sí están en vigor para cada tipo de operaciones en los

campos correspondientes, como se muestra en la pantalla siguiente.

Operativa en Sigrid / 15

Generación del fichero

Al pulsar el botón Acepta, se generará el fichero y una previsualización del informe de la

declaración.

Saldrá el siguiente aviso:

Al aceptar, se abrirá el preliminar del informe:

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Presentación telemática / 17

Presentación telemática

Sólo queda entrar en la Sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa y tramitar la

declaración indicando la ruta al fichero generado por Sigrid.