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Demanda contra vías de hecho y abstenciones de la Administración Pública  Nicolás Badell Benítez Sumario: I Introducción II Antecedentes !Ine"istencia de un #rocedimiento es#ecial$ III %mbito de control de la demanda & %mbito sub'etivo ( %mbito material )b'eto de im#u*nación (& +ías de hecho (&& ,once#to (&( Su#uestos de vías de hecho como ob'eto de im#u*nación de la demanda (( Abstención ((& ,once#to ((( Su#uestos Inter#retación e"tensiva del t-rmino .abstención/ como ob'eto de im#u*nación de la demanda ((0 Pretensiones de contenido #atrimonial I+ %mbito or*ánico 1-*imen de com#etencias + %mbito #rocesal & 1e2uisitos #ara la inter#osición de la demanda ( 3e*itimación 0 1ece#ción y admisión de la demanda 4 ,aducidad 5 ,itación 6 7edidas cautelares 8 Audiencia )ral 9 ,ontenido de la sentencia A#elación &; <'ecución de la sentencia I Introducción  <n #rimer lu*ar 2uiero a*radecer a los or*anizadores de este evento y= en es#ecial= al Instituto de <studios >urídicos 1icardo ?ernández %lvarez= #or la *entil invitación 2ue me han @ormula do #ara #artici#ar como #onente en estas .+III >ornadas >7 Domín*uez <scovar sobre Avances >uris#rudenciales del ,ontencioso Administrativo/ 3a or*anización disci#linada y sistemática de unas >ornadas 2ue= cada diez !&;$ aos y su#erando cual2uier contratiem#o= se llevan cabo #ara o@recer un #ro@undo análisis de la evolución 'uris#rudencial del contencioso administrativo en +enezuela= lo cual constituye un a#orte @undamental #ara la doctrina administrativa venezolana ?oy= ba'o la vi*encia de la #rimera 3ey )r*ánica de la >urisdicción ,ontenciosoCAdministrativa de +enezuela !3)>,A$= ten*o el honor de #artici#ar #ara desarrollar el tema de la .Demanda contra vías de hecho y abstenciones de la Administración/= cuyo as#ecto #rocesal constituye una de las novedades más im#ortantes de esa reciente le*islación= en tanto se re*ula #or vez #rimera un medio y un #roceso es#ecial #ara someter al control del >uez contencioso adminis trativo las vías de hecho y las conductas omisivas de la Administración Pública  

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Demanda contra vías de hecho y abstenciones de la Administración Pública

  Nicolás BadellBenítez

 

Sumario: I Introducción II Antecedentes !Ine"istencia de un #rocedimientoes#ecial$ III %mbito de control de la demanda & %mbito sub'etivo ( %mbitomaterial )b'eto de im#u*nación (& +ías de hecho (&& ,once#to (&(Su#uestos de vías de hecho como ob'eto de im#u*nación de la demanda ((Abstención ((& ,once#to ((( Su#uestos Inter#retación e"tensiva delt-rmino .abstención/ como ob'eto de im#u*nación de la demanda ((0Pretensiones de contenido #atrimonial I+ %mbito or*ánico 1-*imen decom#etencias + %mbito #rocesal & 1e2uisitos #ara la inter#osición de lademanda ( 3e*itimación 0 1ece#ción y admisión de la demanda 4,aducidad 5 ,itación 6 7edidas cautelares 8 Audiencia )ral 9 ,ontenidode la sentencia A#elación &; <'ecución de la sentencia

I Introducción

 

<n #rimer lu*ar 2uiero a*radecer a los or*anizadores de este evento y= enes#ecial= al Instituto de <studios >urídicos 1icardo ?ernández %lvarez= #or la*entil invitación 2ue me han @ormulado #ara #artici#ar como #onente en estas

.+III >ornadas >7 Domín*uez <scovar sobre Avances >uris#rudenciales del,ontencioso Administrativo/ 3a or*anización disci#linada y sistemática deunas >ornadas 2ue= cada diez !&;$ aos y su#erando cual2uier contratiem#o= sellevan cabo #ara o@recer un #ro@undo análisis de la evolución 'uris#rudencial delcontencioso administrativo en +enezuela= lo cual constituye un a#orte@undamental #ara la doctrina administrativa venezolana

?oy= ba'o la vi*encia de la #rimera 3ey )r*ánica de la >urisdicción,ontenciosoCAdministrativa de +enezuela !3)>,A$= ten*o el honor de #artici#ar

#ara desarrollar el tema de la .Demanda contra vías de hecho y abstencionesde la Administración/= cuyo as#ecto #rocesal constituye una de las novedadesmás im#ortantes de esa reciente le*islación= en tanto se re*ula #or vez#rimera un medio y un #roceso es#ecial #ara someter al control del >uezcontencioso administrativo las vías de hecho y las conductas omisivas de laAdministración Pública

 

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<n claro desarrollo del #rece#to constitucional consa*rado en el artículo (5 dela ,arta 7a*na y raticando los criterios e"#uestos #or la doctrina nacional y la

 'uris#rudencia de nuestro 7á"imo Eribunal= la 3)>,A consa*ró el #rinci#io deuniversalidad de esa 'urisdicción= sometiendo a su ámbito de control todas las@ormas de mani@estación de la actividad administrativa= incluyendo no sólo el

control de la le*alidad de los actos administrativos y las demandas#atrimoniales= sino tambi-n la #rotección contra las vías de hecho y lasomisiones de la Administración Eal #roceder se corres#onde con el es#íritu dela nueva 3ey 2ue destaca de @orma más clara el carácter sub'etivo de la

 'urisdicción contenciosoCadministrativa= el cual si bien doctrina y 'uris#rudenciahabían #roclamado #or muchos aos= no había sido aco*ido en su totalidad=#ues= a#arte de las demandas #atrimoniales= el le*islador únicamente había#revisto el #roceso de nulidad contra los actos administrativos de e@ectos*enerales y #articulares

 

<l tema 2ue nos ocu#a desarrollar constituye la materialización en lale*islación venezolana de dos #resu#uestos @undamentales del contenciosoadministrativo= como son la universalidad y su carácter sub'etivo Así= de@orma #articular y se#arada de la demanda de nulidad de actosadministrativos= el le*islador diseó un #roceso 'udicial es#ecial #ara controlarla actividad material y las abstenciones de la Administración Pública= lo cualcom#ortó= i*ualmente= un verdadero avance res#ecto a la conce#ción sub'etivade esa 'urisdicción= desde 2ue con la nueva re*ulación Fcomo recientemente lo#recisó la Sala ,onstitucionalel 'uez no se limita a un mero control de lale*alidad o inconstitucionalidad ob'etiva de la actividad administrativa= sino seconstituye: .Gen un verdadero sistema de tutela sub'etiva de derechos eintereses le*ítimos= #or lo 2ue los 'usticiables #ueden accionar contra laAdministración Pública a n de solicitar el restablecimiento de situaciones

 'urídicas sub'etivas lesionadas #or su actividad o inactividad C vías de hecho ode actuaciones materialesC/

 

3a 3)>,A res#onde a la inter#retación #ro*resiva 2ue res#ecto al artículo (5de la ,onstitución de & venía realizando= como má"imo int-r#rete de la,arta 7a*na= la Sala ,onstitucional del Eribunal Su#remo de >usticia= con elob'eto de @ortalecer el sistema contencioso administrativo @rente a los demásmedios de #rotección de derechos y *arantías constitucionales

<n este sentido= el le*islador ado#tó de @orma e"#resa la *ura de la .lademanda/ en lu*ar de un .recurso/ como medio de im#u*nación y control dela actividad administrativa= y dentro de este es2uema= diseó una demanda

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es#ecial #ara #rote*er a los #articulares contra las actuaciones materiales y lainactividad administrativa Se estableció así un nuevo #roceso= dotado de las*arantías de sumariedad y brevedad= lo cual lo di@erencia de la demanda denulidad

  Para el análisis del alcance del nuevo #rocedimiento breve= estimamosnecesario la re@erencia a los antecedentes de estos dos medios deim#u*nación ob'eto de nuestra #onencia Se*uidamente= analizaremos elámbito de control de la demanda= e"aminando en #rimer t-rmino= el as#ectosub'etivo= es decir los ór*anos y entes 2ue #ueden verse sometidos a dicho#roceso 'udicial 3ue*o revisaremos= se*ún los a#ortes doctrinarios y

 'uris#rudenciales= el conce#to y las características de las .vías de hecho/ y.abstenciones/ de la Administración= a modo de limitar el ob'eto deim#u*nación en los t-rminos en los 2ue lo establece el artículo 65 de la 3)>,A<n tercer lu*ar= e"#ondremos el tema desde una #ers#ectiva #rocesal=revisando el r-*imen de com#etencias de los Eribunales de la 'urisdicción

contenciosoCadministrativa a los cuales les corres#onde conocer de lademanda se*ún el ór*ano o ente administrativo accionadoH y los distintos actos2ue inte*ran el #rocedimiento breve re*ulado mediante los artículos 65 ysi*uientes de la 3)>,A

 

II Antecedentes !Ine"istencia de un #roceso 'udicial es#ecial #ara controlar lasvías de hecho y abstenciones de la administración$

 

3as vías de hecho y la abstención son dos com#ortamientos de laAdministración Pública con características y consecuencias 'urídicas di@erentes=#ero 2ue= sin embar*o= se tratan en el #resente traba'o de @orma con'unta #orcuanto la 3)>,A consa*ró un mismo tratamiento #rocesal #ara su im#u*naciónante la 'urisdicción contenciosoCadministrativa a hemos sealado 2ue antesde la entrada en vi*encia de la 3ey= no e"istía un #roceso 'udicial es#ecial en la

 'urisdicción contenciosoCadministrativa #ara tramitar las acciones o recursos2ue se e'ercieran contra esos com#ortamientos o abstenciones de laAdministración <n e@ecto:

 C 1es#ecto las vías de hecho= el control de esa mani@estación de la actividadadministrativa estuvo #or muchos aos a#artado del ámbito de la 'urisdiccióncontenciosoC administrativa= debido a la resistencia del >uez contencioso #araconocer de recursos de nulidad cuyo ob'eto no @uera un acto administrativo#revio= bien se tratare de un acto e"#reso o #resunto

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Así lo indicó la anti*ua ,orte Jederal mediante sentencia del ( de 'unio de&59: .Son las decisiones de la Administración Pública y no sus hechos los 2ue#ueden im#u*narse #or recurso 'urisdiccional con el n de lo*rar su revocacióno anulación 3os hechos #ueden ser causa de un interdicto= o de unaindemnización #or daos y #er'uicios= o de una denuncia o acusación #enal=#ero es im#osible ace#tar 2ue #uedan ser @undamento de la tal recurso

 'urisdiccional o administrativo/

 

De ese modo= y ante la conce#ción tradicional de la vía de hecho comouna actuación material de la Administración= carente de @undamento 'urídico yde acto administrativo= bien sea tácito o #resunto 2ue las avale y= #or ende=violatoria de derechos constitucionales !derecho a la de@ensa= debido #roceso=derecho de #ro#iedad$= su control 'udicial se encomendó tradicionalmente al

 >uez de am#aro constitucional ba'o el @undamento 2ue los recursos 'udicialesúnicamente #odían inter#onerse contra actos administrativos #ro#iamentedichos <n ese sentido= @ue determinante #ara el asentamiento del re@eridocriterio lo e"#uesto #or la Sala PolíticoCAdministrativa de la e"tinta ,orteSu#rema de >usticia= mediante la c-lebre sentencia dictada el 9 de marzo de&& !,aso: Kanadería <l ,antón$= se*ún la cual: .<n atención a lo e"#uesto=esta ,orte estima= 2ue aun y cuando la acción de am#aro es de naturalezae"traordinaria= no #uede de'ar de reconocerse 2ue es admisible la utilizacióndel am#aro como derecho y mecanismo de carácter sumario y e"#edito= 2ue#ermita el restablecimiento inmediato de la situación 'urídica in@rin*ida= cuando

los administrados vean amenazados sus derechos constitucionales contra la#resunta vías de hecho de la AdministraciónG/

 

3a doctrina nacional com#artía tal criterio al armar como medio idóneo #arael control de las vías de hecho= la acción autónoma de am#aro constitucional=en virtud de lo dis#uesto en el artículo ( de la 3ey )r*ánica de Am#aro SobreDerechos y Karantías ,onstitucionales 2ue de @orma e"#resa incluyó dentro delámbito de #rotección de esa acción: .cual2uier hecho de los ór*anos del PoderPúblico Nacional= <stadal o 7unici#al/

 

No obstante= la situación descrita cambió a #artir de la entrada envi*encia de la ,onstitución de &= en virtud de una inter#retación am#lia 2ueres#ecto al artículo (5 eiusdem realizó la Sala ,onstitucional del EribunalSu#remo de >usticia= la cual= con el ob'eto de @ortalecer la 'urisdiccióncontenciosoCadministrativa como un verdadero sistema de #rotección de

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derechos y *arantías constitucionales= trasladó el control de las vías de hechode la Administración al ámbito del >uez contencioso= reduciendo a casos muye"ce#cionales la #rocedencia del am#aro constitucional

<n e@ecto= mediante sentencia del (( de octubre de (;;( !,aso: KiselaAnderson y otros vs Presidente de la 1e#ública= 7inistro de In@raestructura y,)NAE<3$= la Sala ,onstitucional determinó 2ue dentro de las #otestades de la

 'urisdicción contenciosoCadministrativa= no sólo se encuentra .G la anulaciónde actos administrativos= la condena de #a*o de sumas de dinero #or conce#tode indemnización de daos y #er'uicios y el conocimiento de las reclamacionesrelativas a la #restación de los servicios #úblicos= sino tambi-n= elrestablecimiento de situaciones 'urídicas sub'etivas lesionadas #or la actividadmaterial o 'urídica de la Administración/ !Ln@asis a*re*ado$ Por tanto= comoindicó la Sala .G la 'urisdicción contenciosoCadministrativa= no está limitada aase*urar el res#eto de la le*alidad en la actuación administrativa G/= sino 2ue@unciona como .G un sistema de tutela sub'etiva de derechos e intereses

le*ítimos G/ 2ue . G no #ermite reducir= limitar o e"cluir las lesiones#roducidas #or actuaciones materiales o vías de hecho G/

De ese modo= aun ante la ine"istencia de un medio @ormal mediante el cual se#ermitiera im#u*nar las vías de hecho= la Sala ,onstitucional consideró 2ue losmedios ordinarios del contencioso administrativo eran suciente #ara ello=resaltando= además= los #oderes cautelares del >uez contencioso administrativocomo instrumento idóneo #ara evitar los #osibles #er'uicios 2ue #odíaocasionar a los #articulares el transcurso del tiem#o #or la tramitación del#roceso contencioso administrativo

 

,on @undamento en ese criterio 'uris#rudencial= la 3ey )r*ánica del EribunalSu#remo de >usticia de (;;4 incor#oró dentro del catálo*o de com#etencias dela Sala Político Administrativa= el conocimiento de las reclamaciones contra .Gvías de hecho im#utadas a los ór*anos del <'ecutivo Nacional y demás altasautoridades de ran*o nacional 2ue e'erzan el Poder Público/ Mna re*ulación2ue 2uedó incom#leta= #ues dicha 3ey no estableció #rocedimiento es#ecialal*uno #ara tramitar tales reclamaciones= resultando a#licable F#or vía

 'uris#rudencialC el #roceso #revisto #ara el recurso de nulidad se*ún loestableció la Sala PolíticoCAdministrativa mediante sentencias dictadas el & de@ebrero de (;;6 y las ,ortes de lo ,ontencioso Administrativo= en sentencia del0& de a*osto de (;;5 !,aso: Ban#lus <ntidad de Ahorro y Pr-stamo$

C <l control de la abstención de la Administración tuvo antecedentes similares=#ues si bien se consa*ró un recurso contencioso #articular #ara suim#u*nación !recurso #or abstención o carencia$= es lo cierto 2ue -ste siem#re

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estuvo des#rovisto de un #roceso es#ecial #ara su tramitación <l antecedentehistórico más remoto de la demanda de abstención es el artículo &&= ordinal &de la 3ey )r*ánica de la ,orte Jederal de 'ulio de &(5= el cual= al am#liar lascom#etencias de la ,orte relativas al contencioso administrativo= incor#oró lacom#etencia de conocer de la ne*ativa de los @uncionarios @ederales a cum#lir

determinados actos a 2ue estuvieren obli*ados #or leyes @ederales

,on #osterioridad= la 3ey )r*ánica de la ,orte Su#rema de >usticia= en suartículo 4(= numeral (0= consa*ró dentro de las com#etencias de la SalaPolíticoCAdministrativa la com#etencia #ara .G conocer de la abstención one*ativa de los @uncionarios nacionales a cum#lir determinados actos a 2ueest-n obli*ados #or las leyes= cuando sea #rocedente= en con@ormidad conellas/

 

<se recurso carecía Fy así se mantuvo hasta la entrada en vi*encia de la 3)>,ACde un #roceso es#ecial #ara su sustanciación= lo 2ue llevó a la Sala PolíticoCAdministrativa= mediante la c-lebre sentencia de @echa (9 de @ebrero de &95!,aso: <usebio I*or +izcaya Paz$= a a#licar su#letoriamente el #roceso #autado#ara el recurso de nulidad contra los actos administrativos de e@ectos#articulares= aun2ue teniendo en consideración .las #articularidades delrecurso #or abstención/ Posteriormente= el artículo 5= numeral (6 de la 3ey)r*ánica del Eribunal Su#remo de >usticia de (;;4 mantuvo la mismare*ulación= al raticar la e"istencia ese recurso sin #rever un #rocedimiento

 'udicial es#ecial #ara su tramitación

 De @orma similar a lo 2ue ocurría con la im#u*nación de las vías de hecho de laAdministración= 'uris#rudencia y doctrina admitían la #rocedencia de la acciónautónoma de am#aro constitucional contra .las abstenciones u omisiones delos ór*anos del Poder Público 2ue violen o amenacen violar derechos o*arantías constitucionales= es#ecícamente el derecho de #etición y o#ortunares#uesta= tal y como se des#rende de los artículos ( y 5 de la 3ey )r*ánica deAm#aro !+id Sentencia del 0; de 'unio de (;;;= ,aso: Nora <udivi*usKraterol$

 Sin embar*o= la situación en el ámbito de la inactividad de la Administraciónresultaba más com#le'a= #ues los re2uisitos del recurso #or abstención ycarencia di@erían notablemente con res#ecto a los del am#aro constitucional=se*ún la naturaleza de la obli*ación administrativa 2ue se denunciara comoincum#lida <n e@ecto= el recurso #or abstención= con@orme la 'uris#rudenciareiterada de la Sala PolíticoCAdministrativa= era admisible ante la #retensión de

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condena de la Administración de una obli*ación es#ecíca de actuaciónHmientras 2ue el am#aro constitucional se ace#taba únicamente como medio de#rotección de los derechos y *arantías constitucionales ante violacionesdirectas del derecho de #etición y de obtener o#ortuna res#uesta= ante la @altade cum#limiento de obli*aciones *enerales #or #arte de la Administración

<sa distinción @ue #osteriormente revisada #or la Sala ,onstitucional del Eribunal Su#remo de >usticia= 2uien en su a@án de concentrar en el >uezcontencioso administrativo el conocimiento de todas las acciones 2ue seintentaran contra la Administración Pública= estimó en sentencia del 6 de abrilde (;;4 !,aso: Ana Beatriz 7adrid$ 2ue a la luz de la ,onstitución de &=carecía de sustento 'urídico la di@erenciación 2ue había realizado la

 'uris#rudencia entre obli*aciones es#ecícas y obli*aciones *en-ricas=concluyendo 2ue el recurso #or abstención era suciente .G#ara dar cabida a

la #retensión de condena y al cum#limiento de toda obli*ación administrativaincum#lida= sin 2ue se distin*a si -sta es es#ecíca o *en-rica/

Asimismo= tal y como lo hizo la Sala res#ecto a las vías de hecho= en sentenciadel &( de 'ulio de (;;4 !,aso: Samuel <nri2ue Jabre*as arate$= estableció 2uecual2uier #er'uicio 2ue #udiera ocasionar la dilación en la tramitación delrecurso #or abstención se evitaría mediante la utilización de la medida cautelarde am#aro= #osición con la cual la Sala redu'o si*nicativamente la #osibilidadde atacar #or la vía del am#aro autónomo a2uellas situaciones de inactividad

administrativa 2ue com#ortaran violaciones de derechos constitucionales=residenciando todas las acciones contra abstenciones en el contenciosoadministrativo

 

Así entonces= @ue la 'uris#rudencia de la Sala ,onstitucional la 2ue de @ormadenitiva concentró en el ámbito de la 'urisdicción contenciosoCadministrativala im#u*nación de las vías de hecho y las abstenciones de la Administración=inde#endientemente de 2ue com#ortaran o no violaciones directas de derechosconstitucionalesH ello con el ob'eto de @ortalecer los #oderes del >uez

contencioso administrativo= de modo 2ue= en los t-rminos en los 2ue loestablece el artículo (5 de la ,onstitución= @uera esa 'urisdicción la 2ueconociera realmente de cual2uier #retensión #rocesal 2ue se inter#usiera #ara#rote*er los derechos y *arantías de los #articulares @rente a todas las @ormasde la actividad administrativa 3o anterior se raticó en la sentencia NO (54dictada #or la Sala PolíticoCAdministrativa del Eribunal Su#remo de >usticia el 5de mayo de (;;6 !,aso: DIAK<) +<N<M<3A= ,A$= mediante la cual seestableció= con res#ecto a los medios #rocesales #ara enervar las lesiones

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constitucionales #roducidas #or la actividad de la Administración= 2ue .!G$todos los tribunales de la 'urisdicción contenciosoCadministrativa tienen#otestad #ara res*uardar los derechos constitucionales 2ue resulten lesionados#or actos= hechos= actuaciones= omisiones o abstenciones de la Administración=incluso= al mar*en de 2ue las circunstancias @ácticas denunciadas no

encuadren dentro de los recursos le*almente establecidos= dado el carácterconstitucional 2ue ostenta dicha 'urisdicción res#ecto de su ob'eto es#ecícode im#u*nación/

 

<sa #osición 'uris#rudencial= sin embar*o= no alcanzaba verdadera ecacia ni*arantizaba realmente el e'ercicio #leno de la tutela 'udicial e@ectiva en lost-rminos en 2ue lo #rev- el artículo (6 de la ,onstitución= en tanto no e"istíaun #roceso es#ecial y uni@orme en la sede contenciosoCadministrativa 2ue#ermitiera canalizar= sin distinciones= las acciones 2ue se e'ercieran contra las

vías de hecho y las abstenciones= y 2ue además= estuviera dotado de labrevedad y ecacia 2ue se re2uiere #ara controlar de @orma e@ectiva talescom#ortamientos de la Administración

Ante esa necesidad= el le*islador incor#oró en la 3)>,A un #roceso es#ecial 2ue@unciona #ara los #articulares como mecanismo de #rotección contra las víasde hecho y las abstenciones de la Administración= y 2ue #or sus característicasde brevedad y sumariedad #uede considerarse Fahora síC como un instrumentoordinario de a#licación #re@erente @rente a las demás acciones 2ue establece el

ordenamiento 'urídico 

III %mbito de ,ontrol de la demanda

 

& %mbito Sub'etivo

 

3a demanda ba'o análisis constituye un medio de im#u*nación de las víasde hechos y abstenciones en 2ue incurra= en sentido am#lio= cual2uier ente yór*ano de la Administración 2ue e'erza @unciones administrativas Así sedes#rende del artículo 8 de la 3)>,A 2ue de manera *en-rica y sin distin*uir la@orma de com#ortamiento de la actividad administrativa= somete al control deese ambito de control del 'uez contencioso a los si*uientes su'etos:

 

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& 3os ór*anos 2ue com#onen la Administración PúblicaH

( 3os ór*anos 2ue e'ercen el Poder Público= en sus di@erentesmani@estaciones= en cual2uier ámbito territorial o institucionalH

0 3os institutos autónomos= cor#oraciones= @undaciones= sociedades=

em#resas= asociaciones y otras @ormas or*ánicas o asociativas de derecho#úblico o #rivado donde el <stado ten*a #artici#ación decisivaH

4 3os conse'os comunales y otras entidades o mani@estaciones #o#ularesde #lanicación= control= e'ecución de #olíticas y servicios #úblicos= cuandoactúen en @unción administrativaH

5 3as entidades #restadoras de servicios #úblicos en su actividad#restacionalH y

6 ,ual2uier su'eto distinto a los mencionados anteriormente= 2ue dicte

actos de autoridad o actúe en @unción administrativa

 

( %mbito 7aterial )b'eto de im#u*nación de la Demanda

 

De con@ormidad con lo #revisto en el artículo 65 de la 3)>,A= lademanda ba'o análisis tiene como ob'eto de im#u*nación lo si*uiente: i$ losreclamos #or la omisión= demora o deciente #restación de los servicios#úblicosH ii$ las vías de hechoH y iii$ abstención Nos corres#onde re@erirnos al

se*undo y tercer su#uesto= en tanto las reclamaciones #or la #restación deservicios #úblicos= si bien com#arten el mismo #rocedimiento= esca#an delob'eto de estudio del #resente traba'o

 

(& +ías de hecho

 

(&& ,once#to de +ías de hecho

 

3a vía de hecho administrativa se con*ura FKarcía de <nterríaC cuandola Administración Pública actúa sin haber ado#tado #reviamente una decisión2ue le sirva de @undamento 'urídico o= cuando en el cum#limiento de unaactividad material de e'ecución la Administración comete una irre*ularidad*rosera en #er'uicio del derecho de #ro#iedad o de una libertad #ública <ni*ual sentido= 3ó#ez 7enudo calica a las vías de hecho como .G una

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actuación realizada sin com#etencia o sin a'ustarse al #rocedimientoestablecido en la ley/

 

<n sentido similar se reere la doctrina nacional FArau'o >uarezC al

denir la vía de hecho como una .G conducta Facto o acción materialC de laAdministración viciada de una *rave irre*ularidad y causante de #er'uicios aciertos derechos @undamentales de los individuos= #ro#iedades y libertades#úblicasH es= #ues= un acto u o#eración e@ectuados #or la Administración/

 

De i*ual @orma= la 'uris#rudencia dene la vía de hecho como una actuación dela Administración contraria a derecho= ca#az de lesionar la es@era 'urídicasub'etiva del #articular= sin llevar a cabo un #rocedimiento #revio= 2uedandoe"cluidas de esta cate*oría las actuaciones materiales e"#editas necesarias

#ara la e@ectiva #rotección del inter-s *eneral !sentencia NO (95 de la SalaPolíticoCAdministrativa del Eribunal Su#remo de >usticia= de @echa && de abril de(;&(= caso: Alcaldía del 7unici#io Simón 1odrí*uez del <stado Anzoáte*ui vs

 >esús >oao Dos Santos$

<n denitiva= la vía de hecho como ob'eto de im#u*nación en el contenciosoadministrativo debe entenderse como toda actuación material de laAdminitración 2ue carece de título 'urídico= realizada @uera del alcance de las#otestades 2ue el ordenamiento 'urídico le ha atribuido e"#resamente

 

(&( Su#uestos de vías de hecho como ob'eto de im#u*nación

 

3as vías de hecho #ueden vericarse de varias @ormas= todas las cuales seránob'eto de im#u*nación en el contencioso administrativo Si*uiendo laenumeración 2ue hace la doctrina es#aola CKonzález P-rezC las vías de hechoocurren en los si*uientes su#uestos:

 

& ,uando no e"ista un acto administrativo 2ue le*itime la actuaciónmaterial de la Administración Pública <n ese caso= la actuación material de laAdministración carecería de título 'urídico <sa carencia de acto administrativo#uede darse #or diversas #osibilidades= como a*re*a >ose I*nacio ?ernández=al indicar 2ue ello se #resenta .Gante la ine"istencia del acto administrativo#revioH acto administrativo #revio sus#endido en sus e@ectos #or la

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AdministraciónH #or el 'uez o e" le*eH acto administrativo revocado o anulado#or el 'uezH acto administrativo 2ue decayó en sus e@ectos o el actoadministrativo cuya e'ecución @orzosa aun no #uede ser llevada a cabo comosucede Fcomo re*la *eneralC en los actos sancionadores no rmes/

 

( ,uando aún e"istiendo un acto 2ue sirve de @undamento a la actuaciónde la Administración y -ste sea válido= la e'ecución material se a#artasustancialmente del contenido de dicho acto

 

0 ,uando e"iste un acto administrativo válido y las actuaciones 2ue serealizan #ara su e'ecución no son di@erentes a su contenido= #ero sonirre*ulares #or llevarse a cabo @uera del #rocedimiento o los re2uisitos e"i*idos#or la ley #ara su e'ecución= o #or2ue se hace con medios des#ro#orcionados

<ste su#uesto ha sido reconocido #or la Sala ,onstitucional en sentencia del 5de mayo de (;;6 al indicar 2ue .Gtambi-n e"iste vía de hecho en a2uellossu#uestos en los 2ue aún e"istiendo acto #revio y siendo -ste #er@ectamentere*ular= la actividad material de e'ecución e"cede del ámbito cubierto #or elacto en cuestión cualitativa y cuantitativamente /

 

4 ,uando el acto 2ue sirve de @undamento a la actuación e"iste #ero esile*al= #or cuanto @ue dictado #or una autoridad maniestamente incom#etenteo con #rescindencia absoluta de #rocedimiento administrativo y= #or tanto=

carece de @uerza le*itimadora de la actuación material <sta última no lacom#artimos ya 2ue al e"istir un acto administrativo 2ue sirva de @undamentoa la actuación del ór*ano= aun2ue sea ile*al= no #uede considerarse vía dehecho= ya 2ue la voluntad de la Administración en ese caso se ha #roducido atrav-s del mecanismo @ormal le*almente establecido #ara ello y no su#one=realmente una actuación material 3o #rocedente en ese caso es la nulidad deese acto administrativo 2ue se denuncia ile*al 3a #resunción de le*alidad delacto su#one= 2ue aún ante vicios de nulidad absoluta= el acto se #resumeválido y #uede ser e'ecutado #or la Administración hasta tanto no seadeclarado ile*al #or la #ro#ia Administración o #or el >uez contencioso

administrativo

(( Abstención Inter#retación del t-rmino como ob'eto de im#u*nación de lademanda

 

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((& ,once#to

 

<l t-rmino .abstención/= se*ún el Diccionario de la 1eal Academia<s#aola alude a .acción y e@ecto de abstenerse/= es decir= de'ar de hacer

al*o= de'ar de cum#lir con al*una actuación u obli*ación 2ue estabaencomendada= constituyendo así una @alta de actuación debida <n ese sentido=tradicionalmente la abstención= como materia del control de la 'urisdiccióncontenciosoCadministrativa= ha sido concebida como la ne*ativa del @uncionario#úblico a actuar o cum#lir un determinado acto 2ue se encuentra #revisto en laley es#ecíca Así se des#rende inclusive del artículo de la 3)>,A 2ue= alre@erirse a la materia susce#tible de control #or #arte del >uez contenciosoadministrativo= incluye en el numeral ( .la abstención o la ne*ativa de lasautoridades a #roducir un acto al cual est-n obli*ados #or ley/

  Eradicionalmente se entendía 2ue la única @orma de inactividadadministrativa 2ue #odía ser atacada mediante el recurso contencioso es#ecialera a2uella derivada de la omisión de cum#limiento de obli*acionesadministrativas concretas y e"#resamente establecidas en el ordenamiento

 'urídico Así se des#rendía= entre otras sentencias= de los @allos dictados #or laSala PolíticoCAdministrativa el (9 de mayo de &95 !,aso: <usebio I*or +izcayaPaz$H el &0 de 'unio de && !caso: 1an*el Bour*oin* y <lías >os- Sar2uis1amos$H el &; de abril de (;;; !caso: Instituto <ducativo ?enry ,lay$H y el (0de mayo de (;;; !caso: Sucesión A2uiles 7ona*as ?ernández$

 

((( Inter#retación del t-rmino .abstención/ como ob'eto de im#u*nación dela demanda

 

<n nuestro criterio= el alcance del t-rmino abstención al 2ue hacere@erencia el artículo 65 de la 3),>,A debe ser am#lio y abarcar cual2uier@orma de inactividad de la Administración Pública= #ues esa @ue la #osiciónasumida #or la Sala ,onstitucional del Eribunal Su#remo= inclusive= antes de laentrada en vi*encia de esa ley

<ne@ecto= en la sentencia dictada #or la Sala ,onstitucional del EribunalSu#remo de >usticia el 6 de abril de (;;4 !,aso: Ana Beatriz 7adrid$= seestableció 2ue a la luz de la vi*ente ,onstitución carece de sustento 'urídicodistin*uir entre obli*aciones es#ecícas y obli*aciones *en-ricas= concluyendo2ue el recurso #or abstención era suciente .G#ara dar cabida a la #retensiónde condena y al cum#limiento de toda obli*ación administrativa incum#lida=sin 2ue se distin*a si -sta es es#ecíca o *en-rica/

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I*ualmente lo consideró la Sala PolíticoCAdministrativa del Eribunal Su#remo de >usticia al ace#tar en sentencia del ao (;;2ue #ueden im#u*narse=mediante la acción #or abstención o carencia= omisiones de la Administraciónres#ecto el cum#limiento de una obli*ación es#ecíca consa*rada en unanorma le*al= así como la inactividad con relación a actuaciones 2ue son

 'urídicamente e"i*ibles sin 2ue sea necesaria una #revisión concreta en la 3ey

 

1ecientemente mediante sentencia N 89( dictada el ;5 de 'unio de (;&(!,aso: ,arlos >os- ,orrea Barros$= la Sala ,onstitucional #recisó 2ue el criteriorestrin*ido es.G un criterio de la 'uris#rudencia contenciosoC administrativa2ue no se ada#ta a los actuales cánones constitucionales 2ue enmarcan alcontencioso administrativo= y 2ue #ersi*ue ada#tarse a la letra de las normasle*ales 2ue sirven de asidero a este medio #rocesal !artículo 5= cardinal (6= dela 3ey )r*ánica del Eribunal Su#remo de >usticia= anti*uo artículo 4(= cardinal(0= de la 3ey )r*ánica de la ,orte Su#rema de >usticia$= sin tener enconsideración 2ue dichas normas le*ales no obstan= en modo al*uno= #ara 2uesean 'udicialmente atacables otras @ormas de inactividad administrativadistinta a la abstención o carencia= incluso a trav-s de demandas #orabstención / Asimismo= la ,orte Se*unda de lo ,ontencioso Administrativo=mediante sentencia de @echa &0 de @ebrero de (;&(= estableció 2ue medianteese recurso #uede im#u*narse no sólo la omisión de la Administración encuanto al cum#limiento de una obli*ación e"#resamente determinada en la ley=.!G$ sino tambi-n res#ecto a la inactividad en relación a las actuaciones 2ue

 'urídicamente le sean e"i*ibles= sin 2ue sea necesaria una #revisión concretade la ley/

 

De modo #ues 2ue @ue la #ro#ia 'uris#rudencia 2ue la 'ó un conce#to muchomás am#lio res#ecto al ob'eto del control de la inactividad de laAdministración= el cual en nuestro criterio debe mantenerse vi*ente ba'o la3)>,A= aún cuando -sta únicamente utilice el t-rmino .abstención/ 3ainter#retación e"tensiva de los artículos 65 y = numeral (= en concordanciacon el #rinci#io de la universalidad del control= y el criterio 2ue hoy aco*e

nuestro 7á"imo Eribunal= nos #ermite armar 2ue son atacables mediante lademanda #or abstención o carencia= cual2uier ti#o de inactividad 2ue se#resenten en el marco de la actividad administrativa= #ues se entiende 2uee"isten obli*aciones administrativas o del <stado 2ue son 'urídicamentee"i*ibles= aun2ue no se encuentren e"#resamente establecidas como deberesdel <stado en una norma 'urídica Eal y como lo arma Mrosa .G#oco im#orta=a los nes del #lanteamiento de la #retensión #rocesal de condena a actuación

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administrativa= el 2ue la obli*ación haya debido materializarse o no a trav-s deun acto administrativo o de un hecho administrativoH lo 2ue si es relevante es2ue se trate del incum#limiento de una obli*ación derivada de un títuloe'ecutivo= o bien se #retenda el cum#limiento de una obli*ación contem#adaen norma 'urídica= cuya condena e"i'a la #revia determinación y declaración

 'udicial del derecho a la actuación administrativa/

 

Por tanto= en nuestro criterio la .abstención/ administrativa como ob'eto decontrol 'urisdiccional= en el ámbito material de control de la demanda= debe serhoy entendida como cual2uier inactividad de la Administración=inde#endientemente de sus @ormas= cual2uier incum#limiento de obli*acioneso deberes 2ue le sean 'urídicamente e"i*iblesH #or e"istir en el ordenamiento

 'urídico #rinci#ios o normas de los cuales se des#renda 2ue el cum#limiento dedichas obli*aciones se traduce en la satis@acción de necesidades de inter-s

*eneral y #or e"istir= como contra#artida de esas obli*aciones= un derecho delos #articulares= sin 2ue sea necesario 2ue tal obli*ación est- e"#resamenteconsa*rada en una norma de ran*o le*al

 

Así se des#rende de la sentencia N 504 dictada #or la Sala ,onstitucional del Eribunal Su#remo de >usticia el (5 de abril de (;&( !,aso: 7i*uel Qilden de la,ruz A*uilar$= la cual= en reiteración del criterio 'ado #or esa misma Salamediante sentencia NO 0 dictada el ;& de @ebrero de (;;6= estableció 2ue lademanda #or abstención o carencia es un medio #rocesal administrativo

mediante el cual #uede demandarse la #retensión de condena @rente adeterminada @orma de inactividad administrativa= denominada abstención ocarencia= 2ue consiste en el incum#limiento= #or #arte de la AdministraciónPública= de una obli*ación

 

3as anteriores consideraciones llevan a la conclusión 2ue el recurso #orabstención o carencia es un medio 'udicial contenciosoCadministrativo con elcual cuentan los #articulares #ara restablecer la situación 'urídica in@rin*ida@rente a una abstención administrativa= #ero 2ue además de eso= constituye un

recurso 2ue #uede= y debe= dar cabida a la #retensión de condena alcum#limiento de toda obli*ación administrativa incum#lida= sin 2ue se distin*asi es es#ecíca o *en-rica

 

(0 Pretensiones #atrimoniales

 

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  <n tercer lu*ar= debe analizarse si la demanda contra las vías de hechoy abstenciones en los t-rminos 2ue se encuentra re*ulada en el artículo 65 dela 3)>,A #uede contener #retensiones de carácter #atrimonial <l asunto se#lantea #or cuanto la norma #areciera incurrir en una contradicción= #ues elencabezado del artículo advierte e"#resamente 2ue dichas demandas se

tramitarán #or el #rocedimiento breve .cuando no ten*an contenido#atrimonial o indemnizatorio/= #ero la #arte nal de la misma norma #rev- 2ue.Gla inclusión de #eticiones de contenido #atrimonial no im#edirá 2ue el

 Eribunal de curso e"clusivamente a las acciones mencionadas/

 

3a re@erida redacción ha sido e"#licada de distintas @ormas #or ladoctrina <s claro 2ue en nin*ún caso sería admisible la inter#retación en elsentido de 2ue 2uede e"cluida la #osibilidad de hacer reclamaciones#atrimoniales en las acciones de abstención y vía de hecho= #ues ello sería

ciertamente contrario al #rinci#io de universalidad del control y tutela 'udiciale@ectiva 3o 2ue debe resolverse es si la #retensión de daos hace ina#licableel #rocedimiento breve y en este caso deban tramitarse mediante el#rocedimiento de las demandas !Eorrealba$= o como sostiene Ririaidis si esalimitación debe entenderse desa#licada #or la sentencia del (0 de abril de(;&; dictada #or la Sala ,onstitucional del Eribunal Su#remo de >usticia cuandoal conocer el carácter or*ánico de la 3ey= indicó 2ue la 3)>,A establece .Gun#rocedimiento breve #ara la reclamación de servicios #úblicos= vías de hecho yabstenciones= el cual inicia #or demanda= 2ue #uede incluir #retensión decondena #atrimonialG/

 

Por nuestra #arte com#artimos el criterio e"#uesto #or 1o'as Kómez=se*ún el cual no resulta #osible la tramitación= mediante el #rocedimientobreve re*ulado en los artículos 65 y si*uientes de la 3)>,A= de demandas 2ueincluya #eticiones de contenido #atrimonial= ya 2ue la brevedad del#rocedimiento #odría ser contraria e incom#atible con los #rivile*ios y#rerro*ativas de al*unos ór*anos y entes administrativos !ie ante'uicioadministrativo$

De modo 2ue= en nuestro criterio= no se trata de una #rohibición

e"#resa 2ue im#ide incor#orar reclamaciones de carácter #atrimonial 'untocon la demanda= sino 2ue en caso de 2ue ello ocurra el >uez debe tramitarmediante el #rocedimiento breve .e"clusivamente/la demanda de #roteccióncontra la vía de hecho o abstención= debiendo lue*o remitirse la #retensión#atrimonial a n de 2ue sea tramitada a trav-s del #rocedimiento ordinario dedemandas #atrimoniales

 

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I+ %mbito )r*ánico 1-*imen de com#etencias

 

<n la actualidad= tanto la 3)>,A como 3a 3ey )r*ánica del EribunalSu#remo de >usticia del ao (;&;= incluyen de @orma e"#resa dentro de las

com#etencias de la >urisdicción ,ontencioso Administrativa= el conocimiento delas demandas 2ue se intenten contra las vías de hecho en las 2ue incurra al*únór*ano 2ue con@orme la Administración Pública

<n ese sentido= de con@ormidad con el artículo (0= numerales 0 y 4 de la 3)>,A=la Sala Político Administrativa es com#etente #ara conocer de las demandas2ue se inter#on*an contra las vías de hecho y las abstenciones= ne*ativas=omisiones o carencias en 2ue incurran el Presidente de la 1e#ública= el+ice#residente <'ecutivo= los 7inistros y las má"imas autoridades de los demásór*anos de ran*o constitucional !De@ensor del Pueblo= Procurador Keneral de la1e#ública y Jiscal Keneral de la 1e#ública$

 

Por su #arte= el artículo (4= numerales 0 y 4 de la 3)>,A establece 2uelos >uz*ados Nacionales de la >urisdicción ,ontenciosoCAdministrativa= loscuales se encuentran actualmente re#resentados #or las ,ortes de lo,ontencioso Administrativo hasta tanto no culmine la restructuración de la

 >urisdicción ,ontenciosoCAdministrativa de con@ormidad con las dis#osicionestransitorias de la 3ey= son los com#etentes #ara conocer de las demandas 2uese inter#on*an contra las vías de hecho y las abstenciones u omisiones en 2ueincurran las demás autoridades distintas a las establecidas en el artículo (0e'usdem

 

Se*ún el criterio reiterado de la 'uris#rudencia emanada de nuestromá"imo Eribunal= debe entenderse 2ue esas autoridades distintas a lasestablecidas en el artículo (0 e'usdem se reeren en #rimer lu*ar a todasa2uellas 2ue no sean las má"imas autoridades de la Administración Pública,entral u ór*anos administrativos desconcentrados I*ualmente debenentenderse incluidos en esa cate*oría= los entes de la Administración PúblicaDescentralizada Juncionalmente= dentro de los se encuentran los InstitutosAutónomos= <m#resas del <stado= Asociaciones ,iviles y Jundaciones

 

Jinalmente= con@orme al artículo (5= numerales 4 y 5 de la 3)>,A= los >uz*ados Su#eriores <statales de la >urisdicción ,ontenciosoCAdministrativa=aún en #roceso de creación e instalación #ues en la actualidad estánre#resentados #or los Eribunales Su#eriores en lo ,ontencioso Administrativo=

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son los com#etentes #ara conocer de las demandas 2ue se inter#on*an contralas vías de hecho y las abstenciones u omisiones en 2ue incurran lasautoridades estatales o munici#ales= lo cual abarca las autoridades de laAdministración Pública ,entral o Descentralizadas 2ue #ertenezcan a esosniveles #olítico territoriales

+ %mbito Procesal Procedimiento Breve Proceso común a#licable al controlde las vías de hecho y abstenciones de la Administración

 

<l #rocedimiento breve #revisto en la 3)>,A se sustancia con@orme a lossi*uientes actos:

& 1e2uisitos de la Demanda

 

3os re2uisitos 2ue debe contener la demanda contra las vías de hecho oabstenciones u omisiones de la Administración Pública son los mismos 2ueestablece la 3)>,A #ara todas las acciones contencioso administrativas y 2uese encuentran establecidos en el artículo 00 de la 3ey= los cuales se resumenen: !i$ identicación del tribunal ante el cual se inter#oneH !ii$ nombre= a#ellidoy domicilio de las #artes= carácter con 2ue actúan= su domicilio #rocesal ycorreo electrónico= si lo tuviereH !iii$ si al*una de las #artes @uese #ersona

 'urídica deberá indicar la denominación o razón social y los datos relativos a sucreación o re*istroH !iv$ la relación de los hechos y los @undamentos de derechocon sus res#ectivas conclusionesH !v$ si lo 2ue se #retende es la indemnizaciónde daos y #er'uicios= deberá indicarse el @undamento del reclamo y suestimaciónH !vi$ los instrumentos de los cuales se derive el derecho reclamado=los 2ue deberán #roducirse con el escrito de la demanda= y !vii$ identicacióndel a#oderado y la consi*nación del #oder

  Sin embar*o= #ara el caso de las demandas #or abstenciones uomisiones= el artículo 66 de la 3ey e"i*e= además de los re2uisitos 2ue debe

contener toda demanda= los documentos 2ue acrediten los trámitese@ectuados= #ues= de lo 2ue se trata es #recisamente de evidenciar la mora dela Administración en el cum#limiento de una obli*ación Así lo ha establecido laSala Político Administrativa del Eribunal Su#remo de >usticia= mediantesentencia NO 64; dictada el &9 de mayo de (;&&

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<n casos 'usticados la 3ey establece 2ue la demanda #odrá #resentarse de@orma oral= siendo necesario 2ue el Eribunal ordene su transcri#ción 3ane*ativa a ace#tar la #resentación oral deberá estar motivada #or escrito Porsu #arte= el artículo 04 de la 3ey establece 2ue la demanda #odrá inter#onerseante un Eribunal de 7unici#io= cuando en el domicilio del demandado no e"ista

un Eribunal de la >urisdicción ,ontenciosoCAdministrativa <n este caso el Eribunal de 7unici#io deberá remitir el e"#ediente= @oliado y sellado al Eribunal2ue hay indicado el demandante y el la#so de caducidad comenzará a contarsea #artir de la inter#osición inicial de la demanda

 

( 3e*itimación

 

<l #roceso breve no establece dis#osición es#ecial res#ecto a la

le*itimación #ara inter#oner la demanda contra vías de hecho y abstenciones1esulta a#licable en ese sentido la dis#osición contenido en el artículo ( de la3)>,A= con@orme a la cual están le*itimados #ara actuar en la 'urisdiccióncontencioso administrativa todas las #ersonas 2ue ten*an un inter-s 'urídicoactual <l re@erido *rado de le*itimación alude= se*ún la 'uris#rudencia de laSala ,onstitucional del Eribunal Su#remo de >usticia= a la necesidad elementalde resolver el conTicto necesariamente acudiendo a los ór*anos

 'urisdiccionales= ba'o el sustento de una utilidad #ráctica @undamentalAsimismo= tambi-n alude a una esencial cone"ión 2ue debe tener eldemandante con la situación #articular 2ue se im#u*na= la necesidad de

obtener la tutela de una situación 'urídica lesionadaU(V  <n el caso 2ue nos ocu#a= el citado *rado de le*itimación abarca a todoa2uel su'eto 2ue resulte a@ectado #or la actuación material o #or la abstenciónde la Administración= y 2ue ten*a inter-s en la im#u*nación de esa actuación alos nes de #rote*er su es@era 'urídicoCsub'etiva <sa le*itimación a la 2ue hacere@erencia el citado artículo ( abarca= #or una #arte= al titular de un derechosub'etivo= es decir= a2uel su'eto 2ue tiene un título 'urídico @rente a laAdministración 2ue le conere la @acultad de e"i*ir un com#ortamientoes#ecíco de a2uella= bien sea de hacer o dar !lo cual sucede ante lainactividad$ o de abstenerse o modicar una conducta !en el caso de las vías

de hecho$H y= #or otra= al su'eto 2ue de al*una manera se encuentra en unasituación de hecho @rente a la actuación de la Administración 2ue tiene uninter-s en 2ue se controle el com#ortamiento accionado= el cual debe ser.actual/ es decir #ró"imo a la situación 'urídica del accionante

 

0 1ece#ción y admisión de la demanda

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De con@ormidad con los artículos 06 y 88 de la 3)>,A= el Eribunal debe#ronunciarse sobre la admisibilidad de la demanda dentro de los tres !0$ díasde des#acho si*uientes a su rece#ción o dentro de los tres !0$ días dedes#acho si*uientes a 2ue el demandante haya subsanado los errores 2ueconten*a la demanda <n concreto= el Eribunal no admitirá la demanda encaso 2ue constate 2ue se encuentra incursa en al*uno de los su#uestosestablecidos en el artículo 05 de la 3ey= es decir: !i$ 2ue la acción hayacaducadoH !ii$ se hayan acumulado #retensiones 2ue se e"cluyen mutuamenteH!iii$ no se acom#aen los documentos @undamentales #ara determinar suadmisibilidadH !iv$ 2ue e"ista cosa 'uz*adaH !v$ conten*a conce#tosirres#etuososH o !vi$ sea contraria al orden #úblico

 

Si el Eribunal vericase 2ue el escrito libelar es con@uso y ambi*uo= leotor*ará al demandante tres !0$ días de des#acho #ara 2ue subsane loserrores= caso en el cual el >uz*ado decidirá sobre la admisibilidad de lademanda dentro de los tres !0$ días si*uientes a la subsanación Decon@ormidad con el artículo 06 de la 3)>,A= la decisión 2ue declare inadmisiblela demanda #odrá a#elarse libremente dentro de los tres !0$ días de des#achosi*uientes ante el Eribunal de alzada= el cual deberá decidir con los elementoscursantes en autos dentro de los diez !&;$ días de des#acho si*uientes a larece#ción del e"#ediente

 

3a 3)>,A no se #ronuncia res#ecto a la #osibilidad de a#elar del auto2ue declare admisible la demanda= sin embar*o= a#licando su#letoriamente elartículo 8 eiusdem= el recurso de a#elación #odrá inter#onerse dentro de lostres !0$ días de des#acho si*uientes a la @echa en 2ue @ue dictado el auto yserá oído en el sólo e@ecto devolutivo= en a#licación del #rinci#io *eneralestablecido en el artículo 99 de la 3ey <l Eribunal de alzada contará i*ualmentecon un la#so de diez !&;$ días de des#acho #ara decidir el recurso

4 ,aducidad

  <l artículo 0( de la 3)>,A establece 2ue las acciones #ara im#u*nar víasde hecho y las abstenciones o carencias de la Administración caducan en ella#so de ciento ochenta !&9;$ días continuos= contados a #artir de lamaterialización de la vía de hecho o del momento en 2ue la Administraciónincurrió en la abstención u omisión

  <n el caso es#ecíco de las abstenciones= el la#so de caducidad deberácomenzar a contarse una vez 2ue haya vencido el la#so 2ue la Administración

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tenía le*almente establecido #ara #ronunciarse res#ecto la solicitudU0(V= o lo2ue es lo mismo= desde el momento en 2ue la administración debió haber dadocum#limiento a la obli*ación 2ue derivó en inactividad

 

5 ,itación

 

<l artículo 68 de la 3)>,A establece 2ue una vez admitida la demanda= el Eribunal re2uerirá= con la citación del demandado= 2ue in@orme sobre las causas2ue ori*inaron las vías de hecho o abstenciones= se*ún sea el caso Dichoin@orme debe #resentarse en un la#so no mayor de cinco !5$ días contados a#artir de 2ue conste en autos la citación del demandado= so #ena de sersancionado con multa 2ue #odrá oscilar entre cincuenta !5;$ y cien unidadestributarias !&;; ME$ <l re@erido debe com#utarse #or días de des#acho= tal y

como lo estableció la Sala Político Administrativa en sentencia NO &&88 del (4de noviembre de (;&;

 

+isto 2ue la #resentación de ese in@orme se e2ui#ara desde el #unto devista #rocesal a la contestación de la demanda= su omisión acarreará comoconsecuencia 2ue el demandado se entienda #or con@eso= a menos 2ue setrate de al*ún ente u ór*ano administrativo al cual la 3ey le atribuya losmismos #rivile*ios y #rerro*ativas #rocesales 2ue la 1e#ública

 

6 7edidas ,autelares

 

<l artículo 6 de la 3)>,A establece 2ue una vez admitida la demanda=el Eribunal #odrá= de ocio o a instancia de #arte= realizar las actuaciones 2ueestime #ertinentes #ara constatar la situación denunciada y dictar medidascautelares

<n el caso concreto de las vías de hecho y atendiendo a los am#lios

#oderes cautelares del >uez contencioso administrativo= el >uez #odría ordenar2ue cese la e'ecución arbitraria el acto administrativo e"istente o la actuaciónmaterial sin título 'urídico= hasta tanto se decida sobre la demanda contra lavía de hecho= con el ob'eto 2ue los daos 2ue #ueda causar dicha actuación noha*a ilusoria la sentencia denitiva

 

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Por su #arte= #or lo 2ue res#ecta al #oder cautelar en el caso de una demanda#or abstención= si bien debe entenderse admitido= la Sala ,onstitucional del

 Eribunal Su#remo de >usticia ha inter#retado restrictivamente esa #osibilidad=al cuestionar= mediante su sentencia del 6 de 'unio de (;;0 !,aso: >ose AlbertoDíaz Pea$= la inter#osición de una medida cautelar de am#aro con'untamente

con el recurso de abstención 2ue im#licara un #ronunciamiento #rovisionalmientras se tramita la accion #rinci#al= ya 2ue a 'uicio de la Sala .!G $deacordarse lo solicitado= esto es= 2ue la Administración actúe o dictedeterminado acto administrativo= no se estarWa restableciendo ni si2uiera en@orma #rovisional n derecho o *arantía constitucional= sino creando oconstituyendo una situaciXn 2ue se hace invariable o inmutable a @avor delrecurrente !G$/

 

8 Audiencia )ral

 

,on@orme lo establecido en el artículo 8; de la 3)>,A= se realizará unaaudiencia oral dentro de los diez !&;$ días de des#acho si*uientes a larece#ción del in@orme del demandado o transcurrido el t-rmino #ara su#resentación Si el demandante no asistiere a la audiencia se entenderádesistida la demanda= salvo 2ue otra #ersona de las convocadas manieste suinter-s en la resolución del asunto

De esa manera= la 3)>,A introdu'o de @orma novedosa la realización deuna audiencia= con lo cual se ve materializado el #rinci#io de la oralidad=#artici#ando directamente los tres su'etos #rocesales a saber: el demandante=el demandado y el >uez= !Eribunal y las #artes$H esta necesaria #resencia de lossu'etos en la audiencia= #rocura la e@ectiva realización de los #rinci#ios deinmediación= #ublicidad= concentración y #ara ello la oralidad resulta el sistemamás ecaz

  <n la o#ortunidad de la audiencia oral= el tribunal oirá a los asistentes y#ro#iciará la conciliación <n casos es#eciales el tribunal #odrá #rolon*ar laaudiencia 3as re@eridas audiencias deberán constar en medios audiovisuales=además de las actas corres#ondientes 3as *rabaciones @ormarán #arte dele"#ediente Posteriormente el Eribunal #asará a #ronunciarse sobre la admisiónde las #ruebas= el mismo día o al si*uiente= ordenando la evacuación 2ue así lore2uiera= de con@ormidad con el artículo 8& e'usdem Jinalizada la audiencia= lasentencia será #ublicada dentro de los cinco !5$ días de des#acho si*uientes

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Al re@erirse a la a#licación del #rocedimiento breve #ara las demandasrelacionadas con reclamos #or vías de hecho y abstención= cuando no ten*ancontenido #atrimonial o indemnizatorio= la Sala Político Administrativa= enatención a la naturaleza breve de dicho #rocedimiento= armó 2ue sutramitación !admisión= noticación= audiencia oral y decisión$ en los tribunales

cole*iados debe realizarse directamente ante el 'uez de m-rito= ya 2ue debidoa ese carácter breve= es a dicho 'uez al 2ue le corres#onde instruirdirectamente el e"#ediente= #or lo 2ue sólo #rocederá la remisión de lasolicitud al >uz*ado de Sustanciación= en a2uellos casos en 2ue los asistentes ala audiencia= si así lo consideran #ertinente= #resenten sus #ruebas y lasmismas #or su naturaleza= necesiten ser evacuadas

 

9 ,ontenido de la Sentencia

 

<l artículo 84 de la 3)>,A e"i*e 2ue la sentencia 2ue decida el asuntorelativo a las vías de hecho o abstenciones cum#la= además de los re2uisitosestablecidos en el artículo (40 del ,ódi*o de Procedimiento ,ivil= con lossi*uientes:

a$ Deberá indicar las medidas inmediatas necesarias #ara restablecer lasituación 'urídica in@rin*ida bien #or la actuación material o la inactividad de laAdministración

b$ Deberá indicar las sanciones a 2ue haya lu*ar

 

A#elación de la sentencia

 

<l artículo 85 de la 3)>,A establece 2ue la sentencia dictada #odrá a#elarse enun solo e@ecto= esto es= el devolutivo= más no en el sus#ensivo= de allí 2ue elvalor de la sentencia de #rimera instancia no ve menoscabada su ecacia #orla inter#osición de la a#elación Eal re*ulación resulta ló*ica y se com#adece2ue la e@ectividad y sumariedad 2ue el le*islador otor*ó Fen t-rminos similaresa la acción de am#aroC a esta demanda= de modo 2ue #ueda obtenerse la#rotección re2uerida lue*o de emitirse la sentencia en #rimera instancia Dichaa#elación deberá e'ercerse dentro de los cinco !5$ días de des#acho si*uientesa la #ublicación de la sentencia y se tramitará de con@ormidad con el#rocedimiento común de se*unda instancia establecido en el ,a#ítulo III de la3)>,A

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&; <'ecución de la sentencia

 

<l artículo &;8 de la 3)>,A establece 2ue la e'ecución de la sentencia lecorres#onderá al Eribunal 2ue haya conocido de la causa en #rimera instanciaPor su #arte= el artículo &; de la 3ey #rev- 2ue: .,uando los institutosautónomos= entes #úblicos o em#resas en los cuales estas ten*an #artici#acióndecisiva resultasen condenados #or sentencia rme= el Eribunal= a #etición de#arte interesada= ordenará su e'ecución/ De esa manera= la e'ecución de lassentencias 2ue decidan un recurso #or abstención o las demandas contra lasvías de hecho en 2ue ha incurrido la Administración= deberán ser im#ulsadas#or la #arte interesada

 

A tales nes= se establece un la#so de e'ecución voluntaria consistenteen diez !&;$ días de des#acho si*uientes la noticación res#etiva= la#sodurante el cual se #odrá #ro#oner al e'ecutante una @orma de cum#limientoMna vez vencido el la#so re@erido el artículo &&; de la 3ey establece 2ue el

 Eribunal determinará la @orma de e'ecución y 2ue cuando -sta recai*a sobreuna obli*ación de hacer= el Eribunal 'ará un la#so de treinta !0;$ díasconsecutivos #ara 2ue la Administración !o #arte condenada= cual2uiera 2uesea$ de cum#limiento a lo ordenado en la sentencia

 

<n caso 2ue no @uese cum#lida= se #rocederá al cum#limiento @orzoso=#ara lo cual el Eribunal se trasladará a la ocina corres#ondiente y re2uerirá elcum#limiento Si a #esar de ello no se cum#le= el Eribunal hará 2ue se e'ecutela sentencia <n caso 2ue la obli*ación no @uere de #osible cum#limiento en lamisma @orma en como @ue contraída= debido a su naturaleza= se 'ará un valor#ecuniario e2uivalente y se #rocederá como si se tratase de la e'ecución desumas de dinero Jinalmente= en caso 2ue la e'ecución recai*a sobreobli*aciones de no hacer= como sucede ante la im#u*nación de vías de hecho=el Eribunal ordenará directamente el cum#limiento de esa obli*ación

<n denitiva= el >uez contencioso administrativo *oza de am#lios#oderes de e'ecución= los cuales no tienen cuestionamiento al*uno en+enezuela= #ues de acuerdo al mandamiento contenido en el artículo (5 de la,onstitución se reconocen am#lias @acultades del >uez #ara lo*rar elrestablecimiento de la situación 'urídica in@rin*ida= incluso= dentro de esas@acultades= no sólo se reconoce la #osibilidad de emitir mandamientos de hacer

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o no hacer #ara la Administración como resulta necesario ante la #roteccióncontra las vías de hecho= sino 2ue además= se reconoce las @acultades desustitución en la Administración cuando e"iste una ne*ativa en acatar elmandamiento 'udicial del >uez contencioso

Así= de acuerdo a lo e"#uesto= en el caso de las vías de hecho el 'uez #uedecondenar a la Administración al cese de la vía de hecho y a la ado#ción detodas las medidas necesaria #ara restablecer la situación 'urídica in@rin*ida=bien sea ordenando a la Administración abstenerse de realizar las conductasmateriales anti'urídicas= modicar o ado#tar una conducta determinada

<n el caso de las conductas omisivas= el >uez #uede ace#tar la condenasolicitada #or el accionante contra la inactividad de la Administración a n de2ue se ordene la emisión del acto o una determinada actuación del ór*anodemandado= bien sea mediante el cum#limiento del acto dar o hacer ,omoindica Ayala ,orao al considerar 2ue el 'uez contencioso .G tiene #lenitud de

#otestades #ara hacer e'ecutar lo 'uz*ado Dicho #oder se @undamenta en la#ro#ia norma constitucional la cual @aculta al 'uez contencioso administrativo#ara restablecer la situación 'urídicoCsub'etiva lesionada= y ello incluye= en casode ser necesario= el restablecimiento 'udicial directamente

 

No cabe duda #ues 2ue en el caso es#ecíco de las sentencias 2ue se dictenen el marco de una demanda #or vías de hecho o abstención ad2uiere es#ecialim#ortancia la e'ecución sustitutiva= #uesto 2ue en esos casos= la inter#osiciónde la demanda no #ersi*ue meramente la declaratoria de ile*alidad de la

conducta de la Administración= sino 2ue en acatamiento del artículo (5 del Ee"to Jundamental= se restituya la situación 'urídica in@rin*ida mediante elcum#limiento de otros actos o actuaciones= ordenandose la emisión del acto2ue la Administración ha dicho 2ue no cum#le= o 2ue sim#lemente se abstienede cum#lir= o el cese de la vía de hecho