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Curso de Operaciones Curso de Operaciones Bancarias y Bancarias y de Seguros de Seguros

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Curso de Operaciones Bancarias yCurso de Operaciones Bancarias yde Segurosde Seguros

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Alberto Saavedra QuirozAlberto Saavedra Quiroz

Economista Magíster en Administración Especialista en Finanzas Profesor y Consultor

BCRP Tel. 4276250 anexo 4137 [email protected] www.gratisweb.com/asaavedra

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SistemaFinanciero

BancoOperaciones

Bancarias

Medios de pago CE

Financiamientode C E

AplicaciónCasos

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Banco

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Banco

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Banco

Sistema Bancario

Sistema Financiero

Sistema Monetario

Economía

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Economía por SectoresEconomía por Sectores

Sector Productivo Sector Externo

Sector MonetarioSector Público

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Economía por MercadosEconomía por Mercados

Mercado de Bienesy Servicios

Mercado de Divisas

Mercado MonetarioMercado de Trabajo

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Economía por PreciosEconomía por Precios

Mercado de Bs y Ss.

IPCMercado de Divisas

T/C

Mercado Monetario

iMercado de Trabajo

W

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Sistema Financiero PeruanoSistema Financiero Peruano

Intermediación

Indirecta

Intermediación financiera

Intermediación

Directa

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Sistema Financiero PeruanoSistema Financiero Peruano

Intermediación

Indirecta

Intermediación financiera

Intermediación

Directa

MercadoSecundario

Mercado Primario

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Sistema Financiero PeruanoSistema Financiero Peruano

IntermediaciónDirecta

IntermediaciónIndirecta

Bursátil

No Bursátil

MercadoSecundario

Mercado Primario

Intermediación financiera

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Sistema Financiero PeruanoSistema Financiero Peruano

IntermediaciónDirecta

IntermediaciónIndirecta

Bursátil

No Bursátil

MercadoSecundario

Sistema NoBancario

SistemaBancario

Mercado Primario

Intermediación financiera

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Sistema Financiero PeruanoSistema Financiero Peruano

IntermediaciónDirecta

IntermediaciónIndirecta

BCRP

SBS

Organos de Regulación y Supervisión Bursátil

No Bursátil

MercadoSecundario

Sistema NoBancario

SistemaBancario

Mercado Primario

Intermediación financiera

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Sistema Financiero PeruanoSistema Financiero Peruano

IntermediaciónDirecta

IntermediaciónIndirecta

BCRP

SBS

Organos de Regulación y Supervisión Bursátil

No Bursátil

MercadoSecundario

Sistema NoBancario

SistemaBancario

Mercado Primario

Intermediación financiera

Organos de Regulación y Supervisión

CONASEV

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Banco

Balance General

PasivoActivo

Fuera del Balance

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* Depósitos

* Interbancarios

* Redescuento

* Líneas de crédito del exterior

Operaciones PasivasOperaciones Pasivas

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* Créditos

* Encaje

* Inversiones

* Inmuebles

Operaciones ActivasOperaciones Activas

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•Reporto•Factoring•Leasing•Underwriting•Fideicomiso•Securitización

Servicios BancariosServicios Bancarios

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* Cartas fianzas

* Avales

* Cobranzas

* Cartas de Crédito

Medios de pago en el comercio exterior

Operaciones fuera del BalanceOperaciones fuera del Balance

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El Negocio BancarioEl Negocio Bancario

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Objetivo del BancoObjetivo del Banco

Elevar al máximo su valorMaximizar sus utilidades

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¿¿Cómo lograr maximizar Cómo lograr maximizar el valor del bancoel valor del banco??

Optimizar las fuentes y usos de fondos Mantener una estructura ideal del balance general Evitar excesos de caja Evitar financiamientos de emergencia Reducir su riesgo de los créditos que otorga Seleccionando bien a sus clientes

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Riesgo bancarioRiesgo bancario

Es un aspecto complejo Presenta factores nacionales e internacionales Se define como la exposición del Banco a una

pérdida, si la contraparte incumple sus obligaciones contractuales. Esto es una demora en el desembolso de los intereses o capital.

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Riesgos que asume el bancoRiesgos que asume el banco

Riesgo de Inflación

Riesgo de Convertibilidad

Riesgo de Transferibilidad

Riesgo de Mercado

Riesgo de Liquidez

Rentabilidad

Riesgo de Devaluación

Riesgo Sistémico

Riesgo de Solvencia

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Relación entre las decisiones y el Relación entre las decisiones y el valor del Bancovalor del Banco

Liquidez

Tasa de i

Crédito

Capital

Costos

Rentabilidad

Riesgo

Valor del

Banco

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Balance GeneralBalance General

Activo– Caja– Títulos Valores– Inmuebles y equipo– Préstamos

Total

Pasivo– Depósitos– Deudas a corto plazo– Deudas a largo plazo– Capital

Total– Partidas fuera del

Balance

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Servicios BancariosServicios Bancarios

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ReportoReporto Es un contrato por medio del cual el reporteador compra

al reportado, títulos-valores, con la obligación de revendérselos después, los mismos u otros de idéntica especie, a un precio superior que representa los intereses de la operación.

Reporteador(Comprador)

Reporteado(vendedor)

Vende T-V después

Compra T-V hoy

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FactoringFactoring

Es una operación a través de la cual un especialista denominado FACTOR adquiere las acreencias de un comerciante el producto de sus ventas. Si las acreencias no son pagadas, el comerciante no tiene que devolver el monto recibido. El factor asume todo riesgo de cobranza.

Factoring operativo. cuando sólo realiza los servicios de cobranza

Factoring financiero. cuando proporciona recursos por anticipado.

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Flujo del FactoringFlujo del Factoring

Comerciantevende acreencia

FactorAsume riesgo

Deudororiginal

1 2

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LeasingLeasing(Arrendamiento)(Arrendamiento)

Contrato mercantil que tiene por objeto el arrendamiento de bienes por una empresa para el uso del arrendatario, mediante el pago de cuotas periódicas y con opción de comprar los bienes por un valor pactado.

Empresa Banco Cliente

Compra bien Alquila bien

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UnderwritingUnderwriting

Es un contrato celebrado entre un Banco y una sociedad emisora de valores mobiliarios por medio de la cual la primera se compromete a prefinanciar a la empresa total o parcialmente, los recursos que se obtendrán por la venta de tales valores en el mercado, garantizando la suscripción total o parcial por parte de los inversionistas, dentro de un plazo determinado bajo el compromiso de adquirir el saldo.

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Medios de Pago en el Comercio Medios de Pago en el Comercio InternacionalInternacional

Cobranzas

Cartas de Crédito

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Posibles ProblemasPosibles Problemas

Distancia entre países El idioma Las legislaciones Las regulaciones cambiarias La salud económica del comprador La solvencia moral del comprador- vendedor

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CobranzasCobranzasPUBLICACIÓN 522 - CCI

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DefiniciónDefinición

Consiste en la gestión que realiza un banco por orden y riesgo de un cliente para cobrar a un deudor determinada suma de dinero por intermedio de un banco corresponsal.

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El término cobranzas significa tramitación por los bancos de documentos, de acuerdo a instrucciones recibidas a fin de: – Obtener un pago – Entregar documentos contra pago

La Cobranza es uno de los medios de pago más riesgoso para el exportador.

La Cobranza sólo podrá usarse como forma de pago cuando la confianza entre exportador e importador sea muy alta.

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Si nuestra condición es de importador la cobranza es una excelente forma de pago ya que disminuye en alta proporción los gastos adicionales que generan las otras formas de pago como las Cartas de Crédito que son más seguras pero sus costos son mayores.

CostosCostos

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DocumentosDocumentos

Documentos Financieros

Documentos Comerciales

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Documentos FinancierosDocumentos Financieros

Letras de cambio Pagarés Cheques Documentos de derecho patrimonial

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Documentos ComercialesDocumentos Comerciales

Facturas Documentos de transporte

– Conocimiento de Embarque– Guía Aérea

Documentos que no sean financieros

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Partes que intervienenPartes que intervienen

Cedente (Exportador) Banco Remitente (Banco del Exportador) Banco Cobrador (Banco del Importador 1) Banco Presentador (Banco del Importador 2) Girador (Importador)

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Flujo de una CobranzaFlujo de una Cobranza

GiradorM

Bco.CobradorBco. Remitente

Bco X

CedenteX

Bco.Presentador

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Tipos de CobranzasTipos de Cobranzas

Cobranzas Simples

Cobranzas Documentarias

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Cobranzas SimplesCobranzas Simples

Es la tramitación de una cobranza de documentos financieros (letras de cambio, pagarés, cheques, bonos, certificados de depósitos) que no vaya acompañada de documentos comerciales.

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Cobranzas DocumentariasCobranzas Documentarias

– Las Cobranzas Documentarias se hallan necesariamente vinculadas con operaciones de Comercio Exterior.

– Los términos bajo los que se establece los trámites de cobro estarán condicionados por las negociaciones previas que dieron lugar a la transacción comercial.

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Cobranzas DocumentariasCobranzas Documentarias

– El cobro de los documentos dependerá exclusivamente de la buena voluntad del girado y no del vencimiento de los papeles comerciales.

– La Cobranza Documentaria es susceptible de representar respaldo al otorgamiento de financiamientos con mayor grado de certeza y/o variedad que una cobranza simple.

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Formas de CobroFormas de Cobro

Pago a la vista

Pago a plazo diferido

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Crédito Crédito DocumentarioDocumentario

Publicación Nº 500 de la CCI

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DefiniciónDefinición

La carta de crédito es un contrato a través del cual un comprador (importador) solicita a su banco la apertura de un crédito a favor de su proveedor (exportador), pagadero contra la entrega de determinados documentos requeridos por éste para desaduanar su mercadería.

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¿Como logra reducir el riesgo?¿Como logra reducir el riesgo?

Exportador:– Entrega los documentos de embarque contra el pago.

Importador :– Paga contra la entrega de los documentos de

embarque.

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Trato comercialTrato comercial

* Producto

* Precio

* Características técnicas

* Medio de pago

M XContratoCompra - Venta

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Flujo de la Emisión de una C/CFlujo de la Emisión de una C/C

2

M

Banco M

1

Banco X

X

3Solicita Notifica

Apertura

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Flujo del Pago de una C/CFlujo del Pago de una C/C

M

Banco M Banco X

X

$. doc.$. doc. 1

2

3

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Requisitos para abrir una C/CRequisitos para abrir una C/C

Tener cuenta corriente

Presentar documentos

Cumplir con garantías

Solicitud

Seguro

Sol.Crédito externo

Licencia previa

Proforma

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Clases de Cartas de CréditoClases de Cartas de Crédito

Por plazo de pago

Por garantía de pago

Por obligación de cumplimiento

Por requerimiento de documentos

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Por Requerimiento de documentosPor Requerimiento de documentos

Limpias (Clean)

DocumentadasDocumentary Letter of Credit

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Por obligación de cumplimientoPor obligación de cumplimiento

Irrevocables

Revocables

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Por garantía de pagoPor garantía de pago

No confirmadas

Confirmadas

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Por plazo de pagoPor plazo de pago

A la vista

A plazoAceptación

Pago diferido

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C/C especialesC/C especiales

Stand-By Renovables o Rotativas Con cláusula Roja y Verde Transferible Back to Back

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C/C Stand-ByC/C Stand-By Conocida también como C/C contingente Carta garantía utilizada para respaldar el

cumplimiento de contratos de obras, de licitaciones y suministro de mercancías.

El beneficiario puede hacerla efectiva en caso de que la contraparte no cumpla con el compromiso adquirido.

Es muy utilizada en las licitaciones internacionales

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C/C Renovables o RotativasC/C Renovables o Rotativas

El banco emisor se compromete a renovarla en forma automática, de acuerdo a las condiciones originales, cada vez que se utilice dentro del plazo estipulado.

Es utilizada mayormente cuando existe un contrato entre comprador y vendedor para el suministro en forma periódica de mercancía similar.

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C/C con Cláusula RojaC/C con Cláusula Roja

Es una carta de crédito a la cual se le inserta la cláusula roja, permitiendo al beneficiario obtener el pago total o parcial en forma anticipada, (riesgo asumido por el banco emisor o confirmador de ser el caso), por cuenta del ordenante, contra un compromiso escrito de que cumplirá lo exigido en el crédito documentario.

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C/C con Cláusula VerdeC/C con Cláusula Verde

A diferencia de la C/C con Cláusula Roja, para que proceda el “adelanto”, es necesario que el exportador presente un documento que acredite que la mercadería se encuentra en un Depósito Autorizado (Warrant).

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C/C TransferiblesC/C Transferibles

La C/C con Cláusula Transferible permite al beneficiario instruir al banco negociador transferirla, parcial o totalmente, a otro beneficiario.

Se utiliza mayormente cuando el vendedor actúa como intermediario, siendo ésta una garantía de pago a su proveedor.

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C/C Back to BackC/C Back to Back En base a una C/C no transferible abierta a favor

del exportador, éste solicita a su banco que emita una carta de crédito "back to back" a favor de otro beneficiario.

Esto es posible siempre y cuando el banco resuelva su apertura una vez estudiadas las condiciones de riesgo implícitas, ya que la carta de crédito en sí no constituye una garantía.

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Legislación aplicable a las C/CLegislación aplicable a las C/C Las Reglas y Usos Uniformes de la Publicación 500 de la

CCI no están incluidas en las legislación peruana Cuando existan diferencias entre las partes, se recurre a

las legislaciones nacionales de cada país. Entre el banco emisor y el beneficiario:

– legislación nacional del banco emisor. Entre el banco emisor y el banco confirmador

– legislación del país del banco que realizó el pago. Entre el banco confirmador y el beneficiario

– legislación del país banco confirmador.

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Publicación 500Publicación 500Reglas y Usos UniformesReglas y Usos Uniformes

Auto regulación del comercio internacional– Mejor que los tratados internacionales– Normas gubernamentales

Primera versión : 1929 Ultima versión: 1 de enero de 1994

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Algunas notas Algunas notas

importantes de las C/Cimportantes de las C/C

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1. Las partes intervinientes en las C/C negocian sobre documentos y no con mercancías.

2. Las instrucciones para emitir C/C deben ser completas y precisas, evitando excesivos detalles y no deben hacer referencia a otras C/C .

3. Las instrucciones para emitir C/C deben expresar claramente los documentos contra los que se tiene que efectuar el pago y de ser posible quién lo emite.

1. Las partes intervinientes en las C/C negocian sobre documentos y no con mercancías.

2. Las instrucciones para emitir C/C deben ser completas y precisas, evitando excesivos detalles y no deben hacer referencia a otras C/C .

3. Las instrucciones para emitir C/C deben expresar claramente los documentos contra los que se tiene que efectuar el pago y de ser posible quién lo emite.

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4. Toda las C/C deben indicar si es revocable o irrevocable. A falta de tal indicación se considera irrevocable

5. La C/C revocable puede ser modificada o cancelada por el Banco Emisor en cualquier momento y sin previo aviso al beneficiario.

6. La C/C debe indicar si el pago de la cartas de crédito debe hacerse: a la vista, diferido, contra la aceptación de documentos o por negociación.

4. Toda las C/C deben indicar si es revocable o irrevocable. A falta de tal indicación se considera irrevocable

5. La C/C revocable puede ser modificada o cancelada por el Banco Emisor en cualquier momento y sin previo aviso al beneficiario.

6. La C/C debe indicar si el pago de la cartas de crédito debe hacerse: a la vista, diferido, contra la aceptación de documentos o por negociación.

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7. Si el Banco Emisor solicita al Banco Avisador confirmar la C/C, a éste se le denominara Banco Confirmador

8. Las comunicaciones entre los Bancos Emisor y Avisador podrá realizarse utilizando medios de tele transmisión.

9. Cuando el Banco Avisador recibe información incompleta puede comunicar al beneficiario a título informativo y sin responsabilidad.

7. Si el Banco Emisor solicita al Banco Avisador confirmar la C/C, a éste se le denominara Banco Confirmador

8. Las comunicaciones entre los Bancos Emisor y Avisador podrá realizarse utilizando medios de tele transmisión.

9. Cuando el Banco Avisador recibe información incompleta puede comunicar al beneficiario a título informativo y sin responsabilidad.

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10. Los bancos examinaran los documentos de la C/C con “un cuidado razonableun cuidado razonable”.

11. Cuando el Banco Emisor autoriza a otro banco a pagar contra la presentación de documentos y éste cumpla con una aparente conformidad, el Banco Emisor tendrá que reembolsar a este último.

12. Los bancos no asumen responsabilidad por los errores en interpretación de los términos técnicos.

10. Los bancos examinaran los documentos de la C/C con “un cuidado razonableun cuidado razonable”.

11. Cuando el Banco Emisor autoriza a otro banco a pagar contra la presentación de documentos y éste cumpla con una aparente conformidad, el Banco Emisor tendrá que reembolsar a este último.

12. Los bancos no asumen responsabilidad por los errores en interpretación de los términos técnicos.

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13. Los bancos no asumen responsabilidad si los mandatos que ellos dan a otros bancos para cumplir con las ordenes del ordenante no se cumplen.

14. Los bancos aceptarán como documentos originales, los documentos emitidos por sistemas de reprografía, automatizados o computarizados o por copia mediante papel carbón siempre que estén marcados como originales y estén firmados.

13. Los bancos no asumen responsabilidad si los mandatos que ellos dan a otros bancos para cumplir con las ordenes del ordenante no se cumplen.

14. Los bancos aceptarán como documentos originales, los documentos emitidos por sistemas de reprografía, automatizados o computarizados o por copia mediante papel carbón siempre que estén marcados como originales y estén firmados.

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¿Costos de renovación?,Yo no pago¿Costos de renovación?,Yo no pago El importador peruano compró tintes para teñir telas

para su próxima campaña de verano 2002. Nuevos modelos y colores. Los términos del contrato compra venta disponen que el M asuma los costos de la C/C.

La C/C venció y el exportador no había cumplido con la presentación de los documentos de embarque a su banco, por lo que consecuentemente, el importador no podía disponer de sus insumos.

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El banco del M que canalizaba la importación preguntó si renovaba la C/C.– ¿Quién asume los costos de la renovación de la C/C?

Comentario El contrato C-V debió prever cualquier problema

en la entrega, como por ejemplo una multa. Sino, el asunto se negocia, el M exigirá que los

costos sean asumidos por el X. El Banco del M, le solicitará el pago al M

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Más vale prevenir que lamentarMás vale prevenir que lamentar En el contrato C-V se especificaba una fuerte

multa por día de demora en la entrega de la mercancía. (Ya aprendimos)

El asunto fue que la empresa canadiense se fusionó, motivo por el cual en el proceso se descuidó la presentación oportuna de los documentos de embarque.

Los nuevos encargados no querían asumir la multa y pasaron los días.

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ComentarioComentario

En el contrato C-V internacional se había previsto pedir una carta garantía de un banco local. Sino pagaban la multa, se realizaba la carta fianza.

El otro asunto fue el mecanismo utilizado para pagar la multa.

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¿Documento de conformidad?¿Documento de conformidad?

Se compró una maquinaria muy sofisticada para el pulido de monedas de Suiza, el contrato preveía que venga un especialista para instalarla, ponerla en marcha y entrenar a los operarios, sobre la cual el M otorgaba un documento de conformidad necesario para el reembolso del vendedor.

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FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTODEL COMERCIO EXTERIORDEL COMERCIO EXTERIOR

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Consideraciones previasConsideraciones previas

Monto Moneda Plazo Comisiones Garantías Tasa de interés

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GarantíasGarantíasPersonales y RealesPersonales y Reales

Garantías Personales – Cuando una tercera persona extraña a la obligación

contraída por el deudor se compromete a dar cumplimiento de dicha obligación en el caso en que, llegada la fecha de vencimiento, no lo haga el obligado principal.

Clases: Avales y Fianzas

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Garantías RealesGarantías Reales

Es cuando el deudor o una tercera persona que intervenga en su favor, compromete un elemento determinado de su patrimonio para garantizar el cumplimiento de una obligación contraída

Ejemplos: – Bienes muebles (contrato de prenda)– Bienes inmuebles (escritura pública)

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Tasas de InterésTasas de Interés Tasa de interés activa Tasa de interés pasiva Tasa de interés moratoria - legal Tasa de interés efectiva Tasa de interés real Tasa de interés interbancaria Tasa de interés internacional

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LIBOR - PrimeLIBOR - Prime

LIBOR– Es la tasa que se cobra en las operaciones de crédito

interbancario en el mercado de Londres.– London Interbank Offered Rate

Prime Rate– Es la tasa de interés que se cobra al mejor cliente en el

mercado de los Estados Unidos

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Pre - embarque– Facilidad crediticia que se otorga antes de que se

realice la exportación. Estos créditos se cancelan al momento de cancelación de la mercadería exportada

Post - embarque– Facilidad crediticia que se otorga contra los

documentos de exportación y fluctúan entre el 70% y el 100% del valor de la exportación

FinanciamientoFinanciamiento

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Fuentes de FinanciamientoFuentes de Financiamiento

Líneas de Crédito de Fomento

Líneas de Crédito Externas

Líneas de Crédito Locales

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Líneas de crédito de FomentoLíneas de crédito de Fomento

PROMICRO– Para la pequeña empresa

PROPEM CAF– Para la mediana empresa

MULTISECTORIAL– Para la gran empresa

FIMEX– Para el comercio exterior

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Líneas de Crédito de FomentoLíneas de Crédito de Fomento

LINEA Plazo Tasa Gracia

Mínimo Máximo Cobertura

PROMICO 3 A 7 años L + 4,25 + C 2 000 20 000 6 - 24 meses

PROPEM 3 A 7 años L + 4,25 + C 2 000 140 000 7 - 24 meses

MULTISECT 3 A 7 años L + 3,25 + C 100 000 5 000 000 70 % Cobertura

FIMEX 1 año no 100 000 Sin límite X = 85%, M = 100%

Capital financiado

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Líneas de Crédito del ExteriorLíneas de Crédito del Exterior

CAF FLAR BLADEX

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Líneas de Crédito ExternasLíneas de Crédito Externas

Monto Tasa Plazo

mínimo Pre Post

CAF 10 000 L + 2,75% 180 75% 90%FLAR 100 000 L + 1,5 % 180 100% 100%

BLADEX 100 000 P + 1,5% 180 85% 90%

Cobertura

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Líneas de Crédito LocalesLíneas de Crédito Locales

Modalidades– Advance Account– Descuento de documentos de exportación

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Advance AccountAdvance Account

Son créditos de corto plazo (menores a un año) con recursos de bancos del exterior y avalados por bancos locales por la cual cobran una comisión.

Son cancelados con los fondos que genera la operación financiada.

Financian exportaciones en sus modalidades de pre y post embarque.

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ForfaitingForfaiting

Operación a través de la cual el exportador vende a un especialista denominado Forfaiter (Fortaiting Bank) instrumentos por cobrar a cambio de recibir su pago por adelantado, de esta forma no asume los costos ni riesgos de la cobranza.– Exportador: vende instrumentos de pago (pagarés)– Forfaiter: Compra y cobra al importador

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Flujo del Flujo del ForfaitingForfaiting

Exportador Forfaiter

Importador

Vende instrumentopor cobrar

C/C

Paga importe de la C/C

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CCR-ALADICCR-ALADI

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CCR-ALADICCR-ALADI

Es un mecanismo de pago a través del cual se cursa y compensa durante periodos de 4 meses los pagos internacionales derivados de operaciones comerciales entre personas residentes en los países de la ALADI, de modo que al final de cada cuatrimestre sólo se transfiere el saldo de cada país con el resto.

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Países miembros de la ALADIPaíses miembros de la ALADI

Argentina Bolivia Brasil Colombia Chile Ecuador

México Rep.Dominicana Perú Paraguay Uruguay Venezuela

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Garantías que ofreceGarantías que ofrece

Reembolso Convertibilidad Transferibilidad

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BeneficiosBeneficios

Disminución de las transferencias monetarias Garantías plenas de pago al exportador Facilidad crediticia al importador Reduce costos Relaciona a bancos de la región

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Flujo en el CCR-ALADIFlujo en el CCR-ALADI

M

Banco M Banco X

X

BCR M BCR X

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Fin de la conferenciaFin de la conferencia