CADUCIDAD COMPARENDOS 201507244

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@) MINTRANSPORTE NIT.899.999.055.4 ./ ENTIDAD <Á•• a::;, ~C9~~~~~~009 i CERTIFICADA ¡ S~O'''OOBee3A-. SG-eO' ••OOS •••• 3 H Para contestar cite:. Radicado MT No.: 20154000245641 III~IIIIIIIIIIIIIIIIII[IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII[IIIIIIIIIIIII~ 22-07-2015 Bogotá, D.e. 22-07-2015 Señores: GOBERNACIONES, ALCALDIAS, ORGANISMOS DE TRANSITO, SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE YAUTORIDADES DE TRÁNSITO Asunto: Caducidad y Prescripción Ordenes de Comparendo de Tránsito En atención a las recientes inquietudes manifestadas ante este Dirección, en relación con la aplicación de los fenómenos jurídicos de la Caducidad y la Prescripción por parle de los organismos y autoridades de tránsito, lo mismo que sobre Acuerdos de Pago, se hace necesario precisar: La Caducidad Esta prerrogativa que favorece al ciudadano, ha sido definida como la extinción del derecho de la acción por el transcurso del tiempo, cuando la administración o no opera o lo hace fuera de tiempo. Es de anotar que el legislador dispuso un término concreto para que se inicien las acciones correspondientes, vencido el cual, las outoridades competentes no podrán hacerlo. La Corte Constitucional en sentencia de constitucionalidad C-401 de 2010, siendo ponente el Magistrado Gabriel Eduardo Mendaza Martelo, ha descrito este aparte como: CADUClDAD-Conceplo/CADUClDAD-Fundamenla La caducidad es una institución jurídico procesal a través de la cua¿ el legislador/ en uso de su potestad de configuración normativa/ limita en el tiempo el derecho que tiene toda persona de acceder a lajurisdicción con el fin de obtener pronta y cumplida justicia/ y su fundamento se halla en la necesidad que tiene el conglomerado social 7...) de obtener seguridad jurídica/ para evitar la paralización del tráficojurídico. Así las cosas, la caducidad apera cuanda se presentan dos elementos: i) el paso del tiempa y ii) que na se hayan realizado los actos propios a cargo de la administración para determinar si hoy lugar o la imposición de una sanción. Esta prerrogativa esta instituida para proteger el interés público y nunca para salvaguardar intereses particulare.s, con ello se establece una carla pisa al accionar del Estado cuando ha dejado posar el tiempo y no ha iniciado las acciones correspondientes, por 10que de haberse dado los\presupuestos establecidos por la ley, lo Entidad deberá oficiosamente decretarla, sin periuicio de los acdones disciplinarios a que , haya lugar. Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Telefonos: (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596 http://www.mlntransporte.gov.co- E-mai!: [email protected]@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 Código Postal 111321

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SentildeoresGOBERNACIONES ALCALDIAS ORGANISMOS DE TRANSITO SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS YTRANSPORTE YAUTORIDADES DE TRAacuteNSITO

Asunto Caducidad y Prescripcioacuten Ordenes de Comparendo de Traacutensito

En atencioacuten a las recientes inquietudes manifestadas ante este Direccioacuten en relacioacuten con la aplicacioacuten delos fenoacutemenos juriacutedicos de la Caducidad y la Prescripcioacuten por parle de los organismos y autoridades detraacutensito lo mismo que sobre Acuerdos de Pago se hace necesario precisar

La Caducidad

Esta prerrogativa que favorece al ciudadano ha sido definida como la extincioacuten del derecho de la accioacutenpor el transcurso del tiempo cuando la administracioacuten o no opera o lo hace fuera de tiempo Es deanotar que el legislador dispuso un teacutermino concreto para que se inicien las acciones correspondientesvencido el cual las outoridades competentes no podraacuten hacerlo

La Corte Constitucional en sentencia de constitucionalidad C-401 de 2010 siendo ponente el MagistradoGabriel Eduardo Mendaza Martelo ha descrito este aparte como

CADUClDAD-ConceploCADUClDAD-Fundamenla

La caducidad es una institucioacuten juriacutedico procesal a traveacutes de la cuaiquest el legislador enuso de su potestad de configuracioacuten normativa limita en el tiempo el derecho quetiene toda persona de acceder a la jurisdiccioacuten con el fin de obtener pronta y cumplidajusticia y su fundamento se halla en la necesidad que tiene el conglomerado social7) de obtener seguridad juriacutedica para evitar la paralizacioacuten del traacutefico juriacutedico

Asiacute las cosas la caducidad apera cuanda se presentan dos elementos i) el paso del tiempa y ii) que nase hayan realizado los actos propios a cargo de la administracioacuten para determinar si hoy lugar o laimposicioacuten de una sancioacuten

Esta prerrogativa esta instituida para proteger el intereacutes puacuteblico y nunca para salvaguardar interesesparticulares con ello se establece una carla pisa al accionar del Estado cuando ha dejado posar el tiempoy no ha iniciado las acciones correspondientes por 10que de haberse dado lospresupuestos establecidospor la ley lo Entidad deberaacute oficiosamente decretarla sin periuicio de los acdones disciplinarios a quehaya lugar

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la figura de lo caducidad en materia de traacutensito se encuentra contemplada en el Coacutedigo Nacional deTraacutensito Terrestre el cual preveacute

ARTiacuteCULO 161 CADUCIDAD la acci6n a contravencioacuten de las normas de troacutensitacaduca a los seis (6) meses~ contados a patiir de 0 ocurrencia de los hechos que dieronorigen a ella v se interrumpe con la celebraci6n efectiva de la audiencia El nocumplimiento por parle del funcionario con este teacutermino seraacute causal de mala conducla(Negrilla y subraya fuera de texto)

La caducidad entonces se interrumpe con la celebracioacuten efectivo de la audiencia ahora bien para efectosde determinar que se debe entender por celebracioacuten efectivo de lo audiencia se debe tener en cuento loprevisto por la ley 769 de 2002 modificoda por la ley 1383 de 2010 y lo que refiere la ley 1437 de2011 sobre los tiempos para resolver los recursos

Arlculo 134 Jurisdiccioacuten y competencia Los organismos de traacutensito conoceraacuten de lasfaltas ocurridas dentro del territorio de su jurisdiccioacuten asiacute las inspecciones de traacutensitoo quienes hagan sus veces en uacutenica instancia de las infracciones sancionadas conmultas de hasta veinte f20J salarios y en primera il73tancia de las infraccionessancionadas con mullas superiores a veinte 120J salarios mfnimos diarios legalesvigentes o las sancionadas con suspensi6n o cancelaci6n de la licencia para conducirsiendo la segunda instancia su superior jeraacuterquico

Paraacutegrafo los dantildeos y perjuicios de mayor y menor cuantiacutea soacutelo pueden ser conocidospor los jueces civiles de acuerdo a su competencia

Este aparte normativo busco establecer y garantizar que el ciudadano cuando ha cometido una falto alreacutegimen de traacutensito cuente con un debido proceso y derecho de defensa para lo cual puede ejercer losrecursos de ley si no estaacute de acuerdo con la decisioacuten de la autoridad de traacutensito En este sentido espreciso sentildealar que cuando ha comparecido el presunto infractor ante dicha autoridad y buscacontrovertir lo descrito en la orden de comparendo se deberaacute dar aplicacioacuten a lo dispuesto en el artiacuteculo136 de la ley 769 de 2002

Artiacuteculo 136 Reduccioacuten de la Multa Una vez surtida la orden de comparendo si elinculpado acepta la comisioacuten de la infraccioacuten podraacute sin necesidad de olra aduacioacutenadministrativa cancelar el cincuenta por ciento (50) del valor de la multa dentro delos cinco diacuteas siguientes a la orden de comparendo igualmente o podraacute cancelar elsetenta y cinco (75) del valor de la multa si paga dentro de los veinte diacuteas siguientesa la orden de comparendo en estos casos deberaacute asistir obligatoriamente a un cursosobre normas de traacutensito en el Centro Integral de Atencioacuten donde se cancelaraacute un25 y el excedente se pagaraacute al organismo de traacutensito Si aceptada la infraccioacuten estano se paga en las oportunidades antes indicadas el inculpado deberaacute cancelar el(100) del valor de la multa maacutes sus correspondientes intereses moratorios

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22-07-2015Si el inculpado rechaza la comisioacuten de 0 infraccioacuten el inculpado deberaacute comparecerante el funcionario en audiencia puacuteblica para que este decrete las pruebas conducentesque le sean solicitadas y las de oficio que considere uacutehles Si el contraventornocompareciere sin justa causa comprobada dentro de los cinco 51 diacuteas haacutebilessiguientes la autoridad de traacutensito despueacutes de 30 dfas de ocurrida la presuntoinfracci6n seguiraacute el proceSOr entendieacutendose que queda vinculado al mismofallaacutendose en audiencia puacuteblica v notificaacutendose en estradosEn 0 misma audiencia si fuere posible se practicaraacuten las pruebas v se sancionaraacute oabsolveraacute al inculpado Si fuere declarado contravento~ se le impondraacute el cien porciento (700) del valor de la multa prevista en el coacutedigo

Los organismos de traacutensito de manera gratuita podraacuten celebrar acuerdos para elrecaudo de las multas y podraacuten establecer convenios con los bancos para este fin Elpago de la multa y la comparecencia podraacute efeduarse en cualquier lugar del pafs(Negrilla y subraya fuera de texto)

Cuando el ciudadano objeto de la imposicioacuten de una orden de comparendo acude ante la autoridadpara impugnar lo descrito en dicho documento cuenta con las garantiacuteas del debido proceso y enaudiencia si fuere posibfe aportara-pruebas y frente a lo decisioacuten puede hacer uso de los recursos dereposicioacuten y apelacioacuten los cuales o su vez podraacuten decidirse en audiencia o en caso de lo apelacioacuten serdecidido por el superior para que resuelva si es exonerado o declarado contraventor en los teacuterminosestablecidas en el artiacuteculo 142 de la Ley 769 de 2002

ARTiacuteCULO 742 RECURSOS Contra las providencias gue se dicten dentro del procesoprocederaacuten los recursos de reposicioacuten v apelacioacutenEl recurso de reposicioacuten procede contra los autos ante el mismo funcionario y deberaacuteinterponerse y sustentarse en la propia audiencia en la que se pronuncieEl recurso de apelacioacuten procede soacutelo contra las resoluciones que pongan fin a laprimera instancia y deberaacute interponerse oralmente y sustentarse en la audiencia enque se profieraTodaprovidencia queda en firme cuando vencido el teacutermino de su eiecutoria no se hainterpuesto recurso alguno o eacuteste ha sido negado (Negrilla y subraya fuera de texto)

A su turno sentildeala la Ley 1437 de 2011 o nuevo Coacutedigo de Pracedimiento Administrativo y de loContenciosa Administrativo -CPACA

Artfculo 52 Caducidad de la facultad sancionatoria Salvo lo dispuesto en leyesespeciales la facultad que tienen las autoridades para imponer sanciones caduca alos tres (3) antildeos de ocurrido el hecho la conduda u omisioacuten qUeacute pudiere ocasionarlasteacutermino dentro del cual el ado administrativo que impone la sancioacuten debe haber sidoexpedido y notificado Dicho ado soncionatorio es diferente de los odas que resuelvenlos recursos los cuales deberaacuten ser decididos so pena de peacuterdida de competencia enun teacutermino de un o antildeo contado a partir de su debida y oportuna interposicioacuten Si losrecursos no se deciden en el teacutermino fiiexclodo en esta disposicioacuten se entenderaacuten fallados

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teletonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596htlpllwwwmintransportegovco- E-mail mintransminlransportegovco-quejasyreclamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central lunes a Viernes de 830 am - 430 pm liacutenea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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a favor del recurrene sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial y disciplinariacuteaque fal abstencioacuten genere para el funcionario encargado de resolver

Cuando se frate de un hecho o conduda continuada este teacutermino se contaraacute desde eldiacutea siguiente a aquel en que cesoacute 0 infraccioacuten yo 0 eiecucioacuten

La sancioacuten decretada por oda administrativo prescribiraacute al cabo de cinco (5) antildeoscontados o partir de la fecha de la eiecufaria (Negrillo y subrayo fuero de texto)

De acuerdo con lo anterior si pasado este tiempo y no realizada la audiencia en los seis (6) meses y noadelantado el procedimiento para resolver si exonera o impone sancioacuten se entiende que caduca lafacultad de los entidades

Ahora bien en los eventos en los cuales la autoridad de traacutensito competente celebre efectivamente laaudiencia entendiendo por tal aquella en la cual comparece el presunto contraventor se decrete o sesolicite la praacutectica de pruebas conducentes se praacutectica pruebas se decide sobre la existencia o no deresponsabilidad en la comisioacuten de lo conducta se notifico en estrados lo decisioacuten se interponen o no losrecursos que procedan y en el caso de interposicioacuten se sustentan en la mismo audiencia se deberaacuteentender que la caducidad en los procesos de uacutenica instancia quedo interrumpida con la interposicioacutensustentacioacuten y resolucioacuten del recurso en la audiencia y en los procesos en los cuales proceda la dobleinstancia se deberoacute entender que la caducidad queda interrumpida con la interposicioacuten y sustentacioacutendel recurso ante la autoridad competente la cual cuenta con un antildeo para resolverlo lo cual nos indicaque se cuenta con este periacuteodo de tiempo para dejar en firme el proceso contravencional

En caso que se hayo configurado la caducidad la administracioacuten podraacute declarar la mismo de oficio o apeticioacuten de parte

la Prescripcioacuten

la prescripcioacuten es una institucioacuten juriacutedica de regulacioacuten legal en virtud de la cual se adquieren oextinguen derechos por haberse agotado el teacutermino fijado por la Ley

Al igual que poro lo caducidad para el tema de lo prescripcioacuten en lo sentencia C-401 de 2010 conponencia del Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo lo Corte ConsMucional lo ha descrito asiacute

La prescripcioacuten es un instituto juddico liberado~ en virtud del cual por el transcurso deltiempo se extngue la accioacuten o cesa el derecho del Estado a imponer una sancioacuten yocurre cuando quienes tienen a su cargo el ejercicio de la accioacuten penal dejan vencerel plaza sentildealado por el Legislador para el efedo sin haber adelantado las gestionesnecesadas tendientes a determinar la responsabildad del nfrador de la ley penal loque mplica que la autoridad judicial competente perde la potestad de seguir unainvestigacioacuten en contra de la persona beneficiada con la prescdpcioacuten y su fundamentose encuentra en el principio de la seguridad iuddica Laprescripcioacuten de la accioacuten penaltiene una doble connotacioacuten por un lado obra a favor del procesado quien se

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22-07-2015beneficia de la garantiacutea constitucional que le asiste a lodo ciudadano para que se ledefina su situacioacutenjuriacutedicapues no puede quedar sujeto perennemente a laimputacioacuten que se ha proferido en su contro y por ofro implica para el Esado unasancioacuten frenle a su inactividad

Esta definicioacuten nos lleva o considerar que cuando la administracioacuten no ha realizado los actividadespropias de su competencia esto es adelantar un proceso agotar todas las etapas del mismo y decidir defondo con la respectiva ejecutorio y notificacioacuten perderaacute dicha prerrogativa y cesa su facultadsoncionatorio Esta figuro se da por el vencimiento del teacutermino y puede ser alegada paacuter el interesado odecretarse de oficia de acuerdo can el artiacuteculo 8 de la Ley 1066 de 2006

El fenoacutemeno de la prescripcioacuten opera en materia de traacutensito cuando la administracioacuten representada porlos organismos de traacutensito deja vencer el plazo sentildealado por el legislador sin haber iniciado el procesocoactivo el cual se entiende surtido cuando se dieta el mandamiento de pago de una resolucioacutendebidamente ejecutoriada

A la vez el artiacuteculo 206 del Decreto 019 de 2012 faculta a las autoridades de traacutensito de la jurisdiccioacutendonde se cometioacute el hecho generador de sanciones por violacioacuten o los normas de traacutensito poro adelantarel procedimiento respectivo y hacer efectivo el cobro de la sancioacuten invistieacutendolas de jurisdiccioacuten coactivoSentildeala igualmente esta disposicioacuten que el teacutermino de prescripcioacuten es de tres (3) antildeosiexcl contados a partirde la ocurrencia del hecha

ARTiacuteCULO 206 CUMPLIMIENTOEl artiacuteculo 759 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artiacuteculo 26 de la Ley 7383de 2070 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 759 Cumpliacutemiento La ejecuciacuteoacuten de las sanciacuteones que se iacutempongan porviacuteolaciacuteoacuten de las normas de traacutensito estaraacute a cargo de las autoridades de traacutensiacuteto de lajurisdiacutecciacuteoacuten donde se cometioacute el hecho quienes estaraacuten iacutenvestiacutedas de jurisdicciacuteoacutencoadiva para el cobro cuando ello fuere necesariacuteo

las sanciones impuestos por infracciones a las normas de traacutensito prescribiraacuten en tres(3 antildeos contados a partiacuter de (a ocurrencia del hecho la prescripcioacuten deberoacute serdeclarada de oficio y se iacutenterrumpiraacute con la notificaciacuteoacuten del mandamiacuteenfo de pago Laauforidad de traacutensiacuteto no podraacute iniciacutear el cobro coadiacutevo de sanciacuteones respedo de lascuales se encuentren confiacutegurados los supuesfos necesarios para declarar suprescriacutepciacuteoacuten

Las auforiacuteclades de traacutensiacutefo deberaacuten establecer puacuteblicamente a maacutes fardar en el mesde enero de cada antildeo planes y programas destinados al cobro de diacutechas sanciacuteones ydentro de este miacutesmo periacuteodo rendiacuteraacuten cuentas puacuteblicas sobre la ejecuciacuteoacuten de losmIsmos

(Negrilla y subraya fuera de texto)

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En ese orden de ideas la prescripcioacuten en materia de traacutensito se presenta cuando la administracioacuten noinicia el proceso de jurisdiccioacuten coactiva dentro de los tres (3) antildeos contados a partir de la ocurrencia delhecho (1) el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mondamienta de pago (2)

Acuerdos de Pago

Por expresa disposicioacuten del artiacuteculo 5deg de la Ley 1066 de 2006 (3) las normas que regulo n elprocedimiento de cobro coactivo que deben adelantar las autoridades puacuteblicas investidas de jurisdiccioacutencoactiva es el regulodo en el Estatuto Tributario -Decreto 624 de 1989 En este sentido dispone la Ley1066 de 2006

Arfiacutecuo50 Facultad de cobro coadivo y procedimiento para las entidades puacuteblicasLas entidades puacuteblicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio delas actividades y funciones adminisrahvas o la prestacioacuten de servicios del Estadocolombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales puacuteblicosdel nivel nacional territorialincluidos los oacuterganos autoacutenomos y entidades con reacutegimenespecial otorgado por la Constitucioacuten Poliacutetica tienen iurisdiccioacuten coactiva para hacerefectivas las obligaciones eximoles a su favor ybull para estos efectos deberaacuten seguir elprocedimiento descrito en el Estotuto Tributario

La norma Ibidem que modifica el Estatuto Tributario consagro la oficiosidad de la prescripcioacuten en losprocedimientos de cobro de obligaciones a favor del Estado al sentildealar

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el inciso 2deg del artiacuteculo 817 del Estatuto Tributaria el cualqueda asiacute lila competencia para decretar la prescripcioacuten de la accioacuten de cobro seraacutede los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respecvosy seraacute decretada de oficio o a peticioacuten de parle~

()

Artiacuteculo 17 lo establecido en los artiacuteculos 8deg y 9deg de lo presente ley paro lo OIAN seaplicaraacute tambieacuten a los procesos administrativos de cobro que adelanten ofrasentidades puacuteblicas Para estos efedos es competente para decretar la prescripcioacuten deoficio el jefe de la respectiva entidod~

1 Ejecutorio del acto administrativo sancionolorio

2 H Consejo de Estado Sentencio Exp 11001000000010030213101 Octubre 13 de 2006 Salo de lo Contencioso Administrativo Secci6n QuinlaMg Ponenle Dariacutea Quintildeonez Pinillo

3 Por la cual se dictan normas poro la normalizacioacuten de la cartera puacuteblico y se dictan otras disposiciones

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Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

Cordialmente

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la figura de lo caducidad en materia de traacutensito se encuentra contemplada en el Coacutedigo Nacional deTraacutensito Terrestre el cual preveacute

ARTiacuteCULO 161 CADUCIDAD la acci6n a contravencioacuten de las normas de troacutensitacaduca a los seis (6) meses~ contados a patiir de 0 ocurrencia de los hechos que dieronorigen a ella v se interrumpe con la celebraci6n efectiva de la audiencia El nocumplimiento por parle del funcionario con este teacutermino seraacute causal de mala conducla(Negrilla y subraya fuera de texto)

La caducidad entonces se interrumpe con la celebracioacuten efectivo de la audiencia ahora bien para efectosde determinar que se debe entender por celebracioacuten efectivo de lo audiencia se debe tener en cuento loprevisto por la ley 769 de 2002 modificoda por la ley 1383 de 2010 y lo que refiere la ley 1437 de2011 sobre los tiempos para resolver los recursos

Arlculo 134 Jurisdiccioacuten y competencia Los organismos de traacutensito conoceraacuten de lasfaltas ocurridas dentro del territorio de su jurisdiccioacuten asiacute las inspecciones de traacutensitoo quienes hagan sus veces en uacutenica instancia de las infracciones sancionadas conmultas de hasta veinte f20J salarios y en primera il73tancia de las infraccionessancionadas con mullas superiores a veinte 120J salarios mfnimos diarios legalesvigentes o las sancionadas con suspensi6n o cancelaci6n de la licencia para conducirsiendo la segunda instancia su superior jeraacuterquico

Paraacutegrafo los dantildeos y perjuicios de mayor y menor cuantiacutea soacutelo pueden ser conocidospor los jueces civiles de acuerdo a su competencia

Este aparte normativo busco establecer y garantizar que el ciudadano cuando ha cometido una falto alreacutegimen de traacutensito cuente con un debido proceso y derecho de defensa para lo cual puede ejercer losrecursos de ley si no estaacute de acuerdo con la decisioacuten de la autoridad de traacutensito En este sentido espreciso sentildealar que cuando ha comparecido el presunto infractor ante dicha autoridad y buscacontrovertir lo descrito en la orden de comparendo se deberaacute dar aplicacioacuten a lo dispuesto en el artiacuteculo136 de la ley 769 de 2002

Artiacuteculo 136 Reduccioacuten de la Multa Una vez surtida la orden de comparendo si elinculpado acepta la comisioacuten de la infraccioacuten podraacute sin necesidad de olra aduacioacutenadministrativa cancelar el cincuenta por ciento (50) del valor de la multa dentro delos cinco diacuteas siguientes a la orden de comparendo igualmente o podraacute cancelar elsetenta y cinco (75) del valor de la multa si paga dentro de los veinte diacuteas siguientesa la orden de comparendo en estos casos deberaacute asistir obligatoriamente a un cursosobre normas de traacutensito en el Centro Integral de Atencioacuten donde se cancelaraacute un25 y el excedente se pagaraacute al organismo de traacutensito Si aceptada la infraccioacuten estano se paga en las oportunidades antes indicadas el inculpado deberaacute cancelar el(100) del valor de la multa maacutes sus correspondientes intereses moratorios

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Para contestar citeRadicadaMT No 20154000245641IWrnlm~lrnrnlrnll~I~~

22-07-2015Si el inculpado rechaza la comisioacuten de 0 infraccioacuten el inculpado deberaacute comparecerante el funcionario en audiencia puacuteblica para que este decrete las pruebas conducentesque le sean solicitadas y las de oficio que considere uacutehles Si el contraventornocompareciere sin justa causa comprobada dentro de los cinco 51 diacuteas haacutebilessiguientes la autoridad de traacutensito despueacutes de 30 dfas de ocurrida la presuntoinfracci6n seguiraacute el proceSOr entendieacutendose que queda vinculado al mismofallaacutendose en audiencia puacuteblica v notificaacutendose en estradosEn 0 misma audiencia si fuere posible se practicaraacuten las pruebas v se sancionaraacute oabsolveraacute al inculpado Si fuere declarado contravento~ se le impondraacute el cien porciento (700) del valor de la multa prevista en el coacutedigo

Los organismos de traacutensito de manera gratuita podraacuten celebrar acuerdos para elrecaudo de las multas y podraacuten establecer convenios con los bancos para este fin Elpago de la multa y la comparecencia podraacute efeduarse en cualquier lugar del pafs(Negrilla y subraya fuera de texto)

Cuando el ciudadano objeto de la imposicioacuten de una orden de comparendo acude ante la autoridadpara impugnar lo descrito en dicho documento cuenta con las garantiacuteas del debido proceso y enaudiencia si fuere posibfe aportara-pruebas y frente a lo decisioacuten puede hacer uso de los recursos dereposicioacuten y apelacioacuten los cuales o su vez podraacuten decidirse en audiencia o en caso de lo apelacioacuten serdecidido por el superior para que resuelva si es exonerado o declarado contraventor en los teacuterminosestablecidas en el artiacuteculo 142 de la Ley 769 de 2002

ARTiacuteCULO 742 RECURSOS Contra las providencias gue se dicten dentro del procesoprocederaacuten los recursos de reposicioacuten v apelacioacutenEl recurso de reposicioacuten procede contra los autos ante el mismo funcionario y deberaacuteinterponerse y sustentarse en la propia audiencia en la que se pronuncieEl recurso de apelacioacuten procede soacutelo contra las resoluciones que pongan fin a laprimera instancia y deberaacute interponerse oralmente y sustentarse en la audiencia enque se profieraTodaprovidencia queda en firme cuando vencido el teacutermino de su eiecutoria no se hainterpuesto recurso alguno o eacuteste ha sido negado (Negrilla y subraya fuera de texto)

A su turno sentildeala la Ley 1437 de 2011 o nuevo Coacutedigo de Pracedimiento Administrativo y de loContenciosa Administrativo -CPACA

Artfculo 52 Caducidad de la facultad sancionatoria Salvo lo dispuesto en leyesespeciales la facultad que tienen las autoridades para imponer sanciones caduca alos tres (3) antildeos de ocurrido el hecho la conduda u omisioacuten qUeacute pudiere ocasionarlasteacutermino dentro del cual el ado administrativo que impone la sancioacuten debe haber sidoexpedido y notificado Dicho ado soncionatorio es diferente de los odas que resuelvenlos recursos los cuales deberaacuten ser decididos so pena de peacuterdida de competencia enun teacutermino de un o antildeo contado a partir de su debida y oportuna interposicioacuten Si losrecursos no se deciden en el teacutermino fiiexclodo en esta disposicioacuten se entenderaacuten fallados

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a favor del recurrene sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial y disciplinariacuteaque fal abstencioacuten genere para el funcionario encargado de resolver

Cuando se frate de un hecho o conduda continuada este teacutermino se contaraacute desde eldiacutea siguiente a aquel en que cesoacute 0 infraccioacuten yo 0 eiecucioacuten

La sancioacuten decretada por oda administrativo prescribiraacute al cabo de cinco (5) antildeoscontados o partir de la fecha de la eiecufaria (Negrillo y subrayo fuero de texto)

De acuerdo con lo anterior si pasado este tiempo y no realizada la audiencia en los seis (6) meses y noadelantado el procedimiento para resolver si exonera o impone sancioacuten se entiende que caduca lafacultad de los entidades

Ahora bien en los eventos en los cuales la autoridad de traacutensito competente celebre efectivamente laaudiencia entendiendo por tal aquella en la cual comparece el presunto contraventor se decrete o sesolicite la praacutectica de pruebas conducentes se praacutectica pruebas se decide sobre la existencia o no deresponsabilidad en la comisioacuten de lo conducta se notifico en estrados lo decisioacuten se interponen o no losrecursos que procedan y en el caso de interposicioacuten se sustentan en la mismo audiencia se deberaacuteentender que la caducidad en los procesos de uacutenica instancia quedo interrumpida con la interposicioacutensustentacioacuten y resolucioacuten del recurso en la audiencia y en los procesos en los cuales proceda la dobleinstancia se deberoacute entender que la caducidad queda interrumpida con la interposicioacuten y sustentacioacutendel recurso ante la autoridad competente la cual cuenta con un antildeo para resolverlo lo cual nos indicaque se cuenta con este periacuteodo de tiempo para dejar en firme el proceso contravencional

En caso que se hayo configurado la caducidad la administracioacuten podraacute declarar la mismo de oficio o apeticioacuten de parte

la Prescripcioacuten

la prescripcioacuten es una institucioacuten juriacutedica de regulacioacuten legal en virtud de la cual se adquieren oextinguen derechos por haberse agotado el teacutermino fijado por la Ley

Al igual que poro lo caducidad para el tema de lo prescripcioacuten en lo sentencia C-401 de 2010 conponencia del Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo lo Corte ConsMucional lo ha descrito asiacute

La prescripcioacuten es un instituto juddico liberado~ en virtud del cual por el transcurso deltiempo se extngue la accioacuten o cesa el derecho del Estado a imponer una sancioacuten yocurre cuando quienes tienen a su cargo el ejercicio de la accioacuten penal dejan vencerel plaza sentildealado por el Legislador para el efedo sin haber adelantado las gestionesnecesadas tendientes a determinar la responsabildad del nfrador de la ley penal loque mplica que la autoridad judicial competente perde la potestad de seguir unainvestigacioacuten en contra de la persona beneficiada con la prescdpcioacuten y su fundamentose encuentra en el principio de la seguridad iuddica Laprescripcioacuten de la accioacuten penaltiene una doble connotacioacuten por un lado obra a favor del procesado quien se

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco-E-mallmintransmintransportegovco-quejasyreclamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central Lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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22-07-2015beneficia de la garantiacutea constitucional que le asiste a lodo ciudadano para que se ledefina su situacioacutenjuriacutedicapues no puede quedar sujeto perennemente a laimputacioacuten que se ha proferido en su contro y por ofro implica para el Esado unasancioacuten frenle a su inactividad

Esta definicioacuten nos lleva o considerar que cuando la administracioacuten no ha realizado los actividadespropias de su competencia esto es adelantar un proceso agotar todas las etapas del mismo y decidir defondo con la respectiva ejecutorio y notificacioacuten perderaacute dicha prerrogativa y cesa su facultadsoncionatorio Esta figuro se da por el vencimiento del teacutermino y puede ser alegada paacuter el interesado odecretarse de oficia de acuerdo can el artiacuteculo 8 de la Ley 1066 de 2006

El fenoacutemeno de la prescripcioacuten opera en materia de traacutensito cuando la administracioacuten representada porlos organismos de traacutensito deja vencer el plazo sentildealado por el legislador sin haber iniciado el procesocoactivo el cual se entiende surtido cuando se dieta el mandamiento de pago de una resolucioacutendebidamente ejecutoriada

A la vez el artiacuteculo 206 del Decreto 019 de 2012 faculta a las autoridades de traacutensito de la jurisdiccioacutendonde se cometioacute el hecho generador de sanciones por violacioacuten o los normas de traacutensito poro adelantarel procedimiento respectivo y hacer efectivo el cobro de la sancioacuten invistieacutendolas de jurisdiccioacuten coactivoSentildeala igualmente esta disposicioacuten que el teacutermino de prescripcioacuten es de tres (3) antildeosiexcl contados a partirde la ocurrencia del hecha

ARTiacuteCULO 206 CUMPLIMIENTOEl artiacuteculo 759 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artiacuteculo 26 de la Ley 7383de 2070 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 759 Cumpliacutemiento La ejecuciacuteoacuten de las sanciacuteones que se iacutempongan porviacuteolaciacuteoacuten de las normas de traacutensito estaraacute a cargo de las autoridades de traacutensiacuteto de lajurisdiacutecciacuteoacuten donde se cometioacute el hecho quienes estaraacuten iacutenvestiacutedas de jurisdicciacuteoacutencoadiva para el cobro cuando ello fuere necesariacuteo

las sanciones impuestos por infracciones a las normas de traacutensito prescribiraacuten en tres(3 antildeos contados a partiacuter de (a ocurrencia del hecho la prescripcioacuten deberoacute serdeclarada de oficio y se iacutenterrumpiraacute con la notificaciacuteoacuten del mandamiacuteenfo de pago Laauforidad de traacutensiacuteto no podraacute iniciacutear el cobro coadiacutevo de sanciacuteones respedo de lascuales se encuentren confiacutegurados los supuesfos necesarios para declarar suprescriacutepciacuteoacuten

Las auforiacuteclades de traacutensiacutefo deberaacuten establecer puacuteblicamente a maacutes fardar en el mesde enero de cada antildeo planes y programas destinados al cobro de diacutechas sanciacuteones ydentro de este miacutesmo periacuteodo rendiacuteraacuten cuentas puacuteblicas sobre la ejecuciacuteoacuten de losmIsmos

(Negrilla y subraya fuera de texto)

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En ese orden de ideas la prescripcioacuten en materia de traacutensito se presenta cuando la administracioacuten noinicia el proceso de jurisdiccioacuten coactiva dentro de los tres (3) antildeos contados a partir de la ocurrencia delhecho (1) el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mondamienta de pago (2)

Acuerdos de Pago

Por expresa disposicioacuten del artiacuteculo 5deg de la Ley 1066 de 2006 (3) las normas que regulo n elprocedimiento de cobro coactivo que deben adelantar las autoridades puacuteblicas investidas de jurisdiccioacutencoactiva es el regulodo en el Estatuto Tributario -Decreto 624 de 1989 En este sentido dispone la Ley1066 de 2006

Arfiacutecuo50 Facultad de cobro coadivo y procedimiento para las entidades puacuteblicasLas entidades puacuteblicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio delas actividades y funciones adminisrahvas o la prestacioacuten de servicios del Estadocolombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales puacuteblicosdel nivel nacional territorialincluidos los oacuterganos autoacutenomos y entidades con reacutegimenespecial otorgado por la Constitucioacuten Poliacutetica tienen iurisdiccioacuten coactiva para hacerefectivas las obligaciones eximoles a su favor ybull para estos efectos deberaacuten seguir elprocedimiento descrito en el Estotuto Tributario

La norma Ibidem que modifica el Estatuto Tributario consagro la oficiosidad de la prescripcioacuten en losprocedimientos de cobro de obligaciones a favor del Estado al sentildealar

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el inciso 2deg del artiacuteculo 817 del Estatuto Tributaria el cualqueda asiacute lila competencia para decretar la prescripcioacuten de la accioacuten de cobro seraacutede los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respecvosy seraacute decretada de oficio o a peticioacuten de parle~

()

Artiacuteculo 17 lo establecido en los artiacuteculos 8deg y 9deg de lo presente ley paro lo OIAN seaplicaraacute tambieacuten a los procesos administrativos de cobro que adelanten ofrasentidades puacuteblicas Para estos efedos es competente para decretar la prescripcioacuten deoficio el jefe de la respectiva entidod~

1 Ejecutorio del acto administrativo sancionolorio

2 H Consejo de Estado Sentencio Exp 11001000000010030213101 Octubre 13 de 2006 Salo de lo Contencioso Administrativo Secci6n QuinlaMg Ponenle Dariacutea Quintildeonez Pinillo

3 Por la cual se dictan normas poro la normalizacioacuten de la cartera puacuteblico y se dictan otras disposiciones

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- Email mintransmintransportegovco - quejasyrecJamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

Cordialmente

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Page 3: CADUCIDAD COMPARENDOS 201507244

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Para contestar citeRadicadaMT No 20154000245641IWrnlm~lrnrnlrnll~I~~

22-07-2015Si el inculpado rechaza la comisioacuten de 0 infraccioacuten el inculpado deberaacute comparecerante el funcionario en audiencia puacuteblica para que este decrete las pruebas conducentesque le sean solicitadas y las de oficio que considere uacutehles Si el contraventornocompareciere sin justa causa comprobada dentro de los cinco 51 diacuteas haacutebilessiguientes la autoridad de traacutensito despueacutes de 30 dfas de ocurrida la presuntoinfracci6n seguiraacute el proceSOr entendieacutendose que queda vinculado al mismofallaacutendose en audiencia puacuteblica v notificaacutendose en estradosEn 0 misma audiencia si fuere posible se practicaraacuten las pruebas v se sancionaraacute oabsolveraacute al inculpado Si fuere declarado contravento~ se le impondraacute el cien porciento (700) del valor de la multa prevista en el coacutedigo

Los organismos de traacutensito de manera gratuita podraacuten celebrar acuerdos para elrecaudo de las multas y podraacuten establecer convenios con los bancos para este fin Elpago de la multa y la comparecencia podraacute efeduarse en cualquier lugar del pafs(Negrilla y subraya fuera de texto)

Cuando el ciudadano objeto de la imposicioacuten de una orden de comparendo acude ante la autoridadpara impugnar lo descrito en dicho documento cuenta con las garantiacuteas del debido proceso y enaudiencia si fuere posibfe aportara-pruebas y frente a lo decisioacuten puede hacer uso de los recursos dereposicioacuten y apelacioacuten los cuales o su vez podraacuten decidirse en audiencia o en caso de lo apelacioacuten serdecidido por el superior para que resuelva si es exonerado o declarado contraventor en los teacuterminosestablecidas en el artiacuteculo 142 de la Ley 769 de 2002

ARTiacuteCULO 742 RECURSOS Contra las providencias gue se dicten dentro del procesoprocederaacuten los recursos de reposicioacuten v apelacioacutenEl recurso de reposicioacuten procede contra los autos ante el mismo funcionario y deberaacuteinterponerse y sustentarse en la propia audiencia en la que se pronuncieEl recurso de apelacioacuten procede soacutelo contra las resoluciones que pongan fin a laprimera instancia y deberaacute interponerse oralmente y sustentarse en la audiencia enque se profieraTodaprovidencia queda en firme cuando vencido el teacutermino de su eiecutoria no se hainterpuesto recurso alguno o eacuteste ha sido negado (Negrilla y subraya fuera de texto)

A su turno sentildeala la Ley 1437 de 2011 o nuevo Coacutedigo de Pracedimiento Administrativo y de loContenciosa Administrativo -CPACA

Artfculo 52 Caducidad de la facultad sancionatoria Salvo lo dispuesto en leyesespeciales la facultad que tienen las autoridades para imponer sanciones caduca alos tres (3) antildeos de ocurrido el hecho la conduda u omisioacuten qUeacute pudiere ocasionarlasteacutermino dentro del cual el ado administrativo que impone la sancioacuten debe haber sidoexpedido y notificado Dicho ado soncionatorio es diferente de los odas que resuelvenlos recursos los cuales deberaacuten ser decididos so pena de peacuterdida de competencia enun teacutermino de un o antildeo contado a partir de su debida y oportuna interposicioacuten Si losrecursos no se deciden en el teacutermino fiiexclodo en esta disposicioacuten se entenderaacuten fallados

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a favor del recurrene sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial y disciplinariacuteaque fal abstencioacuten genere para el funcionario encargado de resolver

Cuando se frate de un hecho o conduda continuada este teacutermino se contaraacute desde eldiacutea siguiente a aquel en que cesoacute 0 infraccioacuten yo 0 eiecucioacuten

La sancioacuten decretada por oda administrativo prescribiraacute al cabo de cinco (5) antildeoscontados o partir de la fecha de la eiecufaria (Negrillo y subrayo fuero de texto)

De acuerdo con lo anterior si pasado este tiempo y no realizada la audiencia en los seis (6) meses y noadelantado el procedimiento para resolver si exonera o impone sancioacuten se entiende que caduca lafacultad de los entidades

Ahora bien en los eventos en los cuales la autoridad de traacutensito competente celebre efectivamente laaudiencia entendiendo por tal aquella en la cual comparece el presunto contraventor se decrete o sesolicite la praacutectica de pruebas conducentes se praacutectica pruebas se decide sobre la existencia o no deresponsabilidad en la comisioacuten de lo conducta se notifico en estrados lo decisioacuten se interponen o no losrecursos que procedan y en el caso de interposicioacuten se sustentan en la mismo audiencia se deberaacuteentender que la caducidad en los procesos de uacutenica instancia quedo interrumpida con la interposicioacutensustentacioacuten y resolucioacuten del recurso en la audiencia y en los procesos en los cuales proceda la dobleinstancia se deberoacute entender que la caducidad queda interrumpida con la interposicioacuten y sustentacioacutendel recurso ante la autoridad competente la cual cuenta con un antildeo para resolverlo lo cual nos indicaque se cuenta con este periacuteodo de tiempo para dejar en firme el proceso contravencional

En caso que se hayo configurado la caducidad la administracioacuten podraacute declarar la mismo de oficio o apeticioacuten de parte

la Prescripcioacuten

la prescripcioacuten es una institucioacuten juriacutedica de regulacioacuten legal en virtud de la cual se adquieren oextinguen derechos por haberse agotado el teacutermino fijado por la Ley

Al igual que poro lo caducidad para el tema de lo prescripcioacuten en lo sentencia C-401 de 2010 conponencia del Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo lo Corte ConsMucional lo ha descrito asiacute

La prescripcioacuten es un instituto juddico liberado~ en virtud del cual por el transcurso deltiempo se extngue la accioacuten o cesa el derecho del Estado a imponer una sancioacuten yocurre cuando quienes tienen a su cargo el ejercicio de la accioacuten penal dejan vencerel plaza sentildealado por el Legislador para el efedo sin haber adelantado las gestionesnecesadas tendientes a determinar la responsabildad del nfrador de la ley penal loque mplica que la autoridad judicial competente perde la potestad de seguir unainvestigacioacuten en contra de la persona beneficiada con la prescdpcioacuten y su fundamentose encuentra en el principio de la seguridad iuddica Laprescripcioacuten de la accioacuten penaltiene una doble connotacioacuten por un lado obra a favor del procesado quien se

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22-07-2015beneficia de la garantiacutea constitucional que le asiste a lodo ciudadano para que se ledefina su situacioacutenjuriacutedicapues no puede quedar sujeto perennemente a laimputacioacuten que se ha proferido en su contro y por ofro implica para el Esado unasancioacuten frenle a su inactividad

Esta definicioacuten nos lleva o considerar que cuando la administracioacuten no ha realizado los actividadespropias de su competencia esto es adelantar un proceso agotar todas las etapas del mismo y decidir defondo con la respectiva ejecutorio y notificacioacuten perderaacute dicha prerrogativa y cesa su facultadsoncionatorio Esta figuro se da por el vencimiento del teacutermino y puede ser alegada paacuter el interesado odecretarse de oficia de acuerdo can el artiacuteculo 8 de la Ley 1066 de 2006

El fenoacutemeno de la prescripcioacuten opera en materia de traacutensito cuando la administracioacuten representada porlos organismos de traacutensito deja vencer el plazo sentildealado por el legislador sin haber iniciado el procesocoactivo el cual se entiende surtido cuando se dieta el mandamiento de pago de una resolucioacutendebidamente ejecutoriada

A la vez el artiacuteculo 206 del Decreto 019 de 2012 faculta a las autoridades de traacutensito de la jurisdiccioacutendonde se cometioacute el hecho generador de sanciones por violacioacuten o los normas de traacutensito poro adelantarel procedimiento respectivo y hacer efectivo el cobro de la sancioacuten invistieacutendolas de jurisdiccioacuten coactivoSentildeala igualmente esta disposicioacuten que el teacutermino de prescripcioacuten es de tres (3) antildeosiexcl contados a partirde la ocurrencia del hecha

ARTiacuteCULO 206 CUMPLIMIENTOEl artiacuteculo 759 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artiacuteculo 26 de la Ley 7383de 2070 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 759 Cumpliacutemiento La ejecuciacuteoacuten de las sanciacuteones que se iacutempongan porviacuteolaciacuteoacuten de las normas de traacutensito estaraacute a cargo de las autoridades de traacutensiacuteto de lajurisdiacutecciacuteoacuten donde se cometioacute el hecho quienes estaraacuten iacutenvestiacutedas de jurisdicciacuteoacutencoadiva para el cobro cuando ello fuere necesariacuteo

las sanciones impuestos por infracciones a las normas de traacutensito prescribiraacuten en tres(3 antildeos contados a partiacuter de (a ocurrencia del hecho la prescripcioacuten deberoacute serdeclarada de oficio y se iacutenterrumpiraacute con la notificaciacuteoacuten del mandamiacuteenfo de pago Laauforidad de traacutensiacuteto no podraacute iniciacutear el cobro coadiacutevo de sanciacuteones respedo de lascuales se encuentren confiacutegurados los supuesfos necesarios para declarar suprescriacutepciacuteoacuten

Las auforiacuteclades de traacutensiacutefo deberaacuten establecer puacuteblicamente a maacutes fardar en el mesde enero de cada antildeo planes y programas destinados al cobro de diacutechas sanciacuteones ydentro de este miacutesmo periacuteodo rendiacuteraacuten cuentas puacuteblicas sobre la ejecuciacuteoacuten de losmIsmos

(Negrilla y subraya fuera de texto)

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httptwwwmintransportegovco- E-mail mintransmintransportegovco - quejasyreclamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central Lunes a Viernes de 830 am - 430 pm liacutenea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

MINTRANSPORTE

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Para contestar citeRadicado MT No 20154000245641

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En ese orden de ideas la prescripcioacuten en materia de traacutensito se presenta cuando la administracioacuten noinicia el proceso de jurisdiccioacuten coactiva dentro de los tres (3) antildeos contados a partir de la ocurrencia delhecho (1) el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mondamienta de pago (2)

Acuerdos de Pago

Por expresa disposicioacuten del artiacuteculo 5deg de la Ley 1066 de 2006 (3) las normas que regulo n elprocedimiento de cobro coactivo que deben adelantar las autoridades puacuteblicas investidas de jurisdiccioacutencoactiva es el regulodo en el Estatuto Tributario -Decreto 624 de 1989 En este sentido dispone la Ley1066 de 2006

Arfiacutecuo50 Facultad de cobro coadivo y procedimiento para las entidades puacuteblicasLas entidades puacuteblicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio delas actividades y funciones adminisrahvas o la prestacioacuten de servicios del Estadocolombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales puacuteblicosdel nivel nacional territorialincluidos los oacuterganos autoacutenomos y entidades con reacutegimenespecial otorgado por la Constitucioacuten Poliacutetica tienen iurisdiccioacuten coactiva para hacerefectivas las obligaciones eximoles a su favor ybull para estos efectos deberaacuten seguir elprocedimiento descrito en el Estotuto Tributario

La norma Ibidem que modifica el Estatuto Tributario consagro la oficiosidad de la prescripcioacuten en losprocedimientos de cobro de obligaciones a favor del Estado al sentildealar

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el inciso 2deg del artiacuteculo 817 del Estatuto Tributaria el cualqueda asiacute lila competencia para decretar la prescripcioacuten de la accioacuten de cobro seraacutede los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respecvosy seraacute decretada de oficio o a peticioacuten de parle~

()

Artiacuteculo 17 lo establecido en los artiacuteculos 8deg y 9deg de lo presente ley paro lo OIAN seaplicaraacute tambieacuten a los procesos administrativos de cobro que adelanten ofrasentidades puacuteblicas Para estos efedos es competente para decretar la prescripcioacuten deoficio el jefe de la respectiva entidod~

1 Ejecutorio del acto administrativo sancionolorio

2 H Consejo de Estado Sentencio Exp 11001000000010030213101 Octubre 13 de 2006 Salo de lo Contencioso Administrativo Secci6n QuinlaMg Ponenle Dariacutea Quintildeonez Pinillo

3 Por la cual se dictan normas poro la normalizacioacuten de la cartera puacuteblico y se dictan otras disposiciones

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- Email mintransmintransportegovco - quejasyrecJamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

Cordialmente

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- E-mail mintransmintransportegovoo - quejasyreclamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central Lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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a favor del recurrene sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial y disciplinariacuteaque fal abstencioacuten genere para el funcionario encargado de resolver

Cuando se frate de un hecho o conduda continuada este teacutermino se contaraacute desde eldiacutea siguiente a aquel en que cesoacute 0 infraccioacuten yo 0 eiecucioacuten

La sancioacuten decretada por oda administrativo prescribiraacute al cabo de cinco (5) antildeoscontados o partir de la fecha de la eiecufaria (Negrillo y subrayo fuero de texto)

De acuerdo con lo anterior si pasado este tiempo y no realizada la audiencia en los seis (6) meses y noadelantado el procedimiento para resolver si exonera o impone sancioacuten se entiende que caduca lafacultad de los entidades

Ahora bien en los eventos en los cuales la autoridad de traacutensito competente celebre efectivamente laaudiencia entendiendo por tal aquella en la cual comparece el presunto contraventor se decrete o sesolicite la praacutectica de pruebas conducentes se praacutectica pruebas se decide sobre la existencia o no deresponsabilidad en la comisioacuten de lo conducta se notifico en estrados lo decisioacuten se interponen o no losrecursos que procedan y en el caso de interposicioacuten se sustentan en la mismo audiencia se deberaacuteentender que la caducidad en los procesos de uacutenica instancia quedo interrumpida con la interposicioacutensustentacioacuten y resolucioacuten del recurso en la audiencia y en los procesos en los cuales proceda la dobleinstancia se deberoacute entender que la caducidad queda interrumpida con la interposicioacuten y sustentacioacutendel recurso ante la autoridad competente la cual cuenta con un antildeo para resolverlo lo cual nos indicaque se cuenta con este periacuteodo de tiempo para dejar en firme el proceso contravencional

En caso que se hayo configurado la caducidad la administracioacuten podraacute declarar la mismo de oficio o apeticioacuten de parte

la Prescripcioacuten

la prescripcioacuten es una institucioacuten juriacutedica de regulacioacuten legal en virtud de la cual se adquieren oextinguen derechos por haberse agotado el teacutermino fijado por la Ley

Al igual que poro lo caducidad para el tema de lo prescripcioacuten en lo sentencia C-401 de 2010 conponencia del Magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo lo Corte ConsMucional lo ha descrito asiacute

La prescripcioacuten es un instituto juddico liberado~ en virtud del cual por el transcurso deltiempo se extngue la accioacuten o cesa el derecho del Estado a imponer una sancioacuten yocurre cuando quienes tienen a su cargo el ejercicio de la accioacuten penal dejan vencerel plaza sentildealado por el Legislador para el efedo sin haber adelantado las gestionesnecesadas tendientes a determinar la responsabildad del nfrador de la ley penal loque mplica que la autoridad judicial competente perde la potestad de seguir unainvestigacioacuten en contra de la persona beneficiada con la prescdpcioacuten y su fundamentose encuentra en el principio de la seguridad iuddica Laprescripcioacuten de la accioacuten penaltiene una doble connotacioacuten por un lado obra a favor del procesado quien se

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22-07-2015beneficia de la garantiacutea constitucional que le asiste a lodo ciudadano para que se ledefina su situacioacutenjuriacutedicapues no puede quedar sujeto perennemente a laimputacioacuten que se ha proferido en su contro y por ofro implica para el Esado unasancioacuten frenle a su inactividad

Esta definicioacuten nos lleva o considerar que cuando la administracioacuten no ha realizado los actividadespropias de su competencia esto es adelantar un proceso agotar todas las etapas del mismo y decidir defondo con la respectiva ejecutorio y notificacioacuten perderaacute dicha prerrogativa y cesa su facultadsoncionatorio Esta figuro se da por el vencimiento del teacutermino y puede ser alegada paacuter el interesado odecretarse de oficia de acuerdo can el artiacuteculo 8 de la Ley 1066 de 2006

El fenoacutemeno de la prescripcioacuten opera en materia de traacutensito cuando la administracioacuten representada porlos organismos de traacutensito deja vencer el plazo sentildealado por el legislador sin haber iniciado el procesocoactivo el cual se entiende surtido cuando se dieta el mandamiento de pago de una resolucioacutendebidamente ejecutoriada

A la vez el artiacuteculo 206 del Decreto 019 de 2012 faculta a las autoridades de traacutensito de la jurisdiccioacutendonde se cometioacute el hecho generador de sanciones por violacioacuten o los normas de traacutensito poro adelantarel procedimiento respectivo y hacer efectivo el cobro de la sancioacuten invistieacutendolas de jurisdiccioacuten coactivoSentildeala igualmente esta disposicioacuten que el teacutermino de prescripcioacuten es de tres (3) antildeosiexcl contados a partirde la ocurrencia del hecha

ARTiacuteCULO 206 CUMPLIMIENTOEl artiacuteculo 759 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artiacuteculo 26 de la Ley 7383de 2070 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 759 Cumpliacutemiento La ejecuciacuteoacuten de las sanciacuteones que se iacutempongan porviacuteolaciacuteoacuten de las normas de traacutensito estaraacute a cargo de las autoridades de traacutensiacuteto de lajurisdiacutecciacuteoacuten donde se cometioacute el hecho quienes estaraacuten iacutenvestiacutedas de jurisdicciacuteoacutencoadiva para el cobro cuando ello fuere necesariacuteo

las sanciones impuestos por infracciones a las normas de traacutensito prescribiraacuten en tres(3 antildeos contados a partiacuter de (a ocurrencia del hecho la prescripcioacuten deberoacute serdeclarada de oficio y se iacutenterrumpiraacute con la notificaciacuteoacuten del mandamiacuteenfo de pago Laauforidad de traacutensiacuteto no podraacute iniciacutear el cobro coadiacutevo de sanciacuteones respedo de lascuales se encuentren confiacutegurados los supuesfos necesarios para declarar suprescriacutepciacuteoacuten

Las auforiacuteclades de traacutensiacutefo deberaacuten establecer puacuteblicamente a maacutes fardar en el mesde enero de cada antildeo planes y programas destinados al cobro de diacutechas sanciacuteones ydentro de este miacutesmo periacuteodo rendiacuteraacuten cuentas puacuteblicas sobre la ejecuciacuteoacuten de losmIsmos

(Negrilla y subraya fuera de texto)

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En ese orden de ideas la prescripcioacuten en materia de traacutensito se presenta cuando la administracioacuten noinicia el proceso de jurisdiccioacuten coactiva dentro de los tres (3) antildeos contados a partir de la ocurrencia delhecho (1) el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mondamienta de pago (2)

Acuerdos de Pago

Por expresa disposicioacuten del artiacuteculo 5deg de la Ley 1066 de 2006 (3) las normas que regulo n elprocedimiento de cobro coactivo que deben adelantar las autoridades puacuteblicas investidas de jurisdiccioacutencoactiva es el regulodo en el Estatuto Tributario -Decreto 624 de 1989 En este sentido dispone la Ley1066 de 2006

Arfiacutecuo50 Facultad de cobro coadivo y procedimiento para las entidades puacuteblicasLas entidades puacuteblicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio delas actividades y funciones adminisrahvas o la prestacioacuten de servicios del Estadocolombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales puacuteblicosdel nivel nacional territorialincluidos los oacuterganos autoacutenomos y entidades con reacutegimenespecial otorgado por la Constitucioacuten Poliacutetica tienen iurisdiccioacuten coactiva para hacerefectivas las obligaciones eximoles a su favor ybull para estos efectos deberaacuten seguir elprocedimiento descrito en el Estotuto Tributario

La norma Ibidem que modifica el Estatuto Tributario consagro la oficiosidad de la prescripcioacuten en losprocedimientos de cobro de obligaciones a favor del Estado al sentildealar

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el inciso 2deg del artiacuteculo 817 del Estatuto Tributaria el cualqueda asiacute lila competencia para decretar la prescripcioacuten de la accioacuten de cobro seraacutede los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respecvosy seraacute decretada de oficio o a peticioacuten de parle~

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Artiacuteculo 17 lo establecido en los artiacuteculos 8deg y 9deg de lo presente ley paro lo OIAN seaplicaraacute tambieacuten a los procesos administrativos de cobro que adelanten ofrasentidades puacuteblicas Para estos efedos es competente para decretar la prescripcioacuten deoficio el jefe de la respectiva entidod~

1 Ejecutorio del acto administrativo sancionolorio

2 H Consejo de Estado Sentencio Exp 11001000000010030213101 Octubre 13 de 2006 Salo de lo Contencioso Administrativo Secci6n QuinlaMg Ponenle Dariacutea Quintildeonez Pinillo

3 Por la cual se dictan normas poro la normalizacioacuten de la cartera puacuteblico y se dictan otras disposiciones

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Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

Cordialmente

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Page 5: CADUCIDAD COMPARENDOS 201507244

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Esta definicioacuten nos lleva o considerar que cuando la administracioacuten no ha realizado los actividadespropias de su competencia esto es adelantar un proceso agotar todas las etapas del mismo y decidir defondo con la respectiva ejecutorio y notificacioacuten perderaacute dicha prerrogativa y cesa su facultadsoncionatorio Esta figuro se da por el vencimiento del teacutermino y puede ser alegada paacuter el interesado odecretarse de oficia de acuerdo can el artiacuteculo 8 de la Ley 1066 de 2006

El fenoacutemeno de la prescripcioacuten opera en materia de traacutensito cuando la administracioacuten representada porlos organismos de traacutensito deja vencer el plazo sentildealado por el legislador sin haber iniciado el procesocoactivo el cual se entiende surtido cuando se dieta el mandamiento de pago de una resolucioacutendebidamente ejecutoriada

A la vez el artiacuteculo 206 del Decreto 019 de 2012 faculta a las autoridades de traacutensito de la jurisdiccioacutendonde se cometioacute el hecho generador de sanciones por violacioacuten o los normas de traacutensito poro adelantarel procedimiento respectivo y hacer efectivo el cobro de la sancioacuten invistieacutendolas de jurisdiccioacuten coactivoSentildeala igualmente esta disposicioacuten que el teacutermino de prescripcioacuten es de tres (3) antildeosiexcl contados a partirde la ocurrencia del hecha

ARTiacuteCULO 206 CUMPLIMIENTOEl artiacuteculo 759 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artiacuteculo 26 de la Ley 7383de 2070 quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 759 Cumpliacutemiento La ejecuciacuteoacuten de las sanciacuteones que se iacutempongan porviacuteolaciacuteoacuten de las normas de traacutensito estaraacute a cargo de las autoridades de traacutensiacuteto de lajurisdiacutecciacuteoacuten donde se cometioacute el hecho quienes estaraacuten iacutenvestiacutedas de jurisdicciacuteoacutencoadiva para el cobro cuando ello fuere necesariacuteo

las sanciones impuestos por infracciones a las normas de traacutensito prescribiraacuten en tres(3 antildeos contados a partiacuter de (a ocurrencia del hecho la prescripcioacuten deberoacute serdeclarada de oficio y se iacutenterrumpiraacute con la notificaciacuteoacuten del mandamiacuteenfo de pago Laauforidad de traacutensiacuteto no podraacute iniciacutear el cobro coadiacutevo de sanciacuteones respedo de lascuales se encuentren confiacutegurados los supuesfos necesarios para declarar suprescriacutepciacuteoacuten

Las auforiacuteclades de traacutensiacutefo deberaacuten establecer puacuteblicamente a maacutes fardar en el mesde enero de cada antildeo planes y programas destinados al cobro de diacutechas sanciacuteones ydentro de este miacutesmo periacuteodo rendiacuteraacuten cuentas puacuteblicas sobre la ejecuciacuteoacuten de losmIsmos

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En ese orden de ideas la prescripcioacuten en materia de traacutensito se presenta cuando la administracioacuten noinicia el proceso de jurisdiccioacuten coactiva dentro de los tres (3) antildeos contados a partir de la ocurrencia delhecho (1) el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mondamienta de pago (2)

Acuerdos de Pago

Por expresa disposicioacuten del artiacuteculo 5deg de la Ley 1066 de 2006 (3) las normas que regulo n elprocedimiento de cobro coactivo que deben adelantar las autoridades puacuteblicas investidas de jurisdiccioacutencoactiva es el regulodo en el Estatuto Tributario -Decreto 624 de 1989 En este sentido dispone la Ley1066 de 2006

Arfiacutecuo50 Facultad de cobro coadivo y procedimiento para las entidades puacuteblicasLas entidades puacuteblicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio delas actividades y funciones adminisrahvas o la prestacioacuten de servicios del Estadocolombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales puacuteblicosdel nivel nacional territorialincluidos los oacuterganos autoacutenomos y entidades con reacutegimenespecial otorgado por la Constitucioacuten Poliacutetica tienen iurisdiccioacuten coactiva para hacerefectivas las obligaciones eximoles a su favor ybull para estos efectos deberaacuten seguir elprocedimiento descrito en el Estotuto Tributario

La norma Ibidem que modifica el Estatuto Tributario consagro la oficiosidad de la prescripcioacuten en losprocedimientos de cobro de obligaciones a favor del Estado al sentildealar

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el inciso 2deg del artiacuteculo 817 del Estatuto Tributaria el cualqueda asiacute lila competencia para decretar la prescripcioacuten de la accioacuten de cobro seraacutede los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respecvosy seraacute decretada de oficio o a peticioacuten de parle~

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Artiacuteculo 17 lo establecido en los artiacuteculos 8deg y 9deg de lo presente ley paro lo OIAN seaplicaraacute tambieacuten a los procesos administrativos de cobro que adelanten ofrasentidades puacuteblicas Para estos efedos es competente para decretar la prescripcioacuten deoficio el jefe de la respectiva entidod~

1 Ejecutorio del acto administrativo sancionolorio

2 H Consejo de Estado Sentencio Exp 11001000000010030213101 Octubre 13 de 2006 Salo de lo Contencioso Administrativo Secci6n QuinlaMg Ponenle Dariacutea Quintildeonez Pinillo

3 Por la cual se dictan normas poro la normalizacioacuten de la cartera puacuteblico y se dictan otras disposiciones

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- Email mintransmintransportegovco - quejasyrecJamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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CERTIFICADA -~~~es3A--

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) MINTRANSPORTENI[8999990554

Para contestar citeRadicado MT No 20154000245641

IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII~ 1111111111111111111111111111111111111111111111111111122-07-2015

Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

Cordialmente

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- E-mail mintransmintransportegovoo - quejasyreclamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central Lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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MINTRANSPORTE

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Para contestar citeRadicado MT No 20154000245641

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En ese orden de ideas la prescripcioacuten en materia de traacutensito se presenta cuando la administracioacuten noinicia el proceso de jurisdiccioacuten coactiva dentro de los tres (3) antildeos contados a partir de la ocurrencia delhecho (1) el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mondamienta de pago (2)

Acuerdos de Pago

Por expresa disposicioacuten del artiacuteculo 5deg de la Ley 1066 de 2006 (3) las normas que regulo n elprocedimiento de cobro coactivo que deben adelantar las autoridades puacuteblicas investidas de jurisdiccioacutencoactiva es el regulodo en el Estatuto Tributario -Decreto 624 de 1989 En este sentido dispone la Ley1066 de 2006

Arfiacutecuo50 Facultad de cobro coadivo y procedimiento para las entidades puacuteblicasLas entidades puacuteblicas que de manera permanente tengan a su cargo el ejercicio delas actividades y funciones adminisrahvas o la prestacioacuten de servicios del Estadocolombiano y que en virtud de estas tengan que recaudar rentas o caudales puacuteblicosdel nivel nacional territorialincluidos los oacuterganos autoacutenomos y entidades con reacutegimenespecial otorgado por la Constitucioacuten Poliacutetica tienen iurisdiccioacuten coactiva para hacerefectivas las obligaciones eximoles a su favor ybull para estos efectos deberaacuten seguir elprocedimiento descrito en el Estotuto Tributario

La norma Ibidem que modifica el Estatuto Tributario consagro la oficiosidad de la prescripcioacuten en losprocedimientos de cobro de obligaciones a favor del Estado al sentildealar

Artiacuteculo 8 Modifiacutequese el inciso 2deg del artiacuteculo 817 del Estatuto Tributaria el cualqueda asiacute lila competencia para decretar la prescripcioacuten de la accioacuten de cobro seraacutede los Administradores de Impuestos o de Impuestos y Aduanas Nacionales respecvosy seraacute decretada de oficio o a peticioacuten de parle~

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Artiacuteculo 17 lo establecido en los artiacuteculos 8deg y 9deg de lo presente ley paro lo OIAN seaplicaraacute tambieacuten a los procesos administrativos de cobro que adelanten ofrasentidades puacuteblicas Para estos efedos es competente para decretar la prescripcioacuten deoficio el jefe de la respectiva entidod~

1 Ejecutorio del acto administrativo sancionolorio

2 H Consejo de Estado Sentencio Exp 11001000000010030213101 Octubre 13 de 2006 Salo de lo Contencioso Administrativo Secci6n QuinlaMg Ponenle Dariacutea Quintildeonez Pinillo

3 Por la cual se dictan normas poro la normalizacioacuten de la cartera puacuteblico y se dictan otras disposiciones

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- Email mintransmintransportegovco - quejasyrecJamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

Cordialmente

Avenida Eldorado CAN Bogotaacute Colombia Teleacutefonos (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596httpwwwmintransportegovco- E-mail mintransmintransportegovoo - quejasyreclamosmintransportegovcoAtencioacuten al Ciudadano Sede Central Lunes a Viernes de 830 am - 430 pm linea Gratuita Nacional 18000112042Coacutedigo Postal 111321

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Ahora bien la misma Ley 1066 de 2006 ha dispuesto como una obligacioacuten o las entidades de ordennacional o territorial condiciones especiales para recaudar alguacuten tipo de ingreso incluyendo el deber defacilitar el pago de las deudas con acuerdos de pago esto al disponer

ARTiacuteCULO 20 OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES PUacuteBLICAS QUE TENGANCARTERA A SU FAVOR Cada una de las entidades puacuteblicas que de manerapermanente tengan a su cargo el ejercicio de las adividades y funciones administrativaso la prestacioacuten de servicios del Estado y que dentro de estas tengan que recaudarrentos O caudales puacuteblicos del niyel nacional o territorialdeberaacuten

1 Establecer mediante normafiacutevidad de caraacuteder general por parte de la maacuteximaautoridad o representante legal de la entidad puacuteblica el Reglamento Interno delRecaudo de Carlera con sujecioacuten a lo dispuesto en la presente ley el cual deberaacuteincluir las condiacutedones relativas a la celebracioacuten de acuerdos de pago

Asiacute los cosos es deber de las autoridades de traacutensito de todo el Paiacutes pronunciarse sobre la declaratoriade los fenoacutemenos de Caducidad la cual opera a peticioacuten de parte o ser declarada de oficio en cuantoo la Prescripcioacuten esta es decretado de oficio lo que no obsta paro que sea solicitada por la parte quesiendo deudora tiene fundamentos para considerar le sea aplicable esta figura

Aunado a lo anterior todo organismo o autoridad de traacutensito a nivel nacional debe expedir normasgenerales para normalizar su cartera en donde quede explicito que los ciudadanos que tengan deudosderivadas de sanciones a las normas de traacutensito tienen la opcioacuten de atender esta obligacioacuten mediantela suscripcioacuten de un acuerdo de pago

Finalmente es preciso tener en cuenta que con la expedicioacuten de la presente Circular cesan los efedosde la circular del antildeo 2011 dispuesto mediante documento MT 20111300068811 referente a losmismos temas objeto del presente pronunciamiento

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