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COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE OBRA PÚBLICA Bases Versión Final de Licitación Pública Nacional Número: 18578019-503-12 Numero Interno: 2008347 BASES VERSION FINAL DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL(PRESENCIAL) No. 18578019-503-12 PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: “SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR DE FLUXERÍA DEL CAMBIADOR E-301-C DE LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS”. BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO A PRECIO FIJO. En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3° y 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54, 55 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 55, 56, 57, 58 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., con teléfono 01-921-21-1-40- 00 extensiones 30-757, 34-758 y correos electrónicos: [email protected] ; [email protected] ; y [email protected] ; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación que establece las bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Nacional No. 18578019-503-11, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 430-40000-S-1020585, que tiene Página 1

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COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOSSUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES

JEFATURA DE OBRA PÚBLICABases Versión Final de Licitación Pública Nacional Número: 18578019-503-12

Numero Interno: 2008347

BASES VERSION FINAL DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL(PRESENCIAL)

No. 18578019-503-12

PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:

“SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR DE FLUXERÍA DEL CAMBIADOR E-301-C DE LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO

PETROQUÍMICO MORELOS”.

BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO A PRECIO FIJO. En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3° y 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 3°, 4°, 5°, 51, 53, 54, 55 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 55, 56, 57, 58 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., con teléfono 01-921-21-1-40-00 extensiones 30-757, 34-758 y correos electrónicos: [email protected]; [email protected]; y [email protected] ; en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación que establece las bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Nacional No. 18578019-503-11, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 430-40000-S-1020585, que tiene por objeto el: SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR DE FLUXERÍA DEL CAMBIADOR E-301-C DE LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS (en adelante “Los Servicios”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de _17_ Documentos.

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Numero Interno: 2008347

CRONOGRAMA

ACTO FECHA Y HORA LUGAR

FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DOF Y EN EL PORTAL DE

PEMEX PETROQUIMICA22-MAYO-2012

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, PORTAL DE PEMEX PETROQUIMICA

(www.ptq.pemex.com) Y OFICINAS DE LA JEFATURA DE OBRA PUBLICA EN EL

INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

VISITA(S) A INSTALACIONES 29-MAYO-2012 A LAS 10:00 HORAS

EN LA SALA DE JUNTAS DE LA JEFATURA DE OBRA PÚBLICA, QUE SE

LOCALIZA EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO

MORELOS, A UN COSTADO DE LA PORTADA PRINCIPAL, (FRENTE AL

SERVICIO MÉDICO), UBICADA EN EL EJIDO PAJARITOS S/N, CP 96400,

ALLENDE, COATZACOALCOS, VERACRUZ, TELÉFONO (01-921) (21) 1-

40-00 EXTENSIONES 30-757, 30-758.

JUNTA(S) DE ACLARACIÓN(ES) A LA

CONVOCATORIA

01-JUNIO-2012 A LAS 09:00 HORAS

FECHA LÍMITE PARA LA OBTENCIÓN DE BASES DE

LICITACIÓN01-JUNIO-2012

FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y

APERTURA DE PROPUESTAS

11-JUNIO-2012 A LAS 09:00 HORAS

PLAZOS PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS

PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O PARA

QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS

DAC´S

12-JUNIO-2012AL

14- JUNIO-2012

FECHA DEL ACTO DE NOTIFICACION DE FALLO

15-JUNIO-2012 A LAS 10:00 HORAS

FECHA PROGRAMADA PARA LA SUSCRIPCION DEL

CONTRATO

22-JUNIO-2012 A LAS 15:00 HORAS

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS: Los licitantes que ingresen al Complejo Petroquímico Morelos de Pemex Petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, salud y Protección Ambiental que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX Petroquímica. Sin el cumplimiento de lo anterior, no les será permitido el acceso a las instalaciones.

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Numero Interno: 2008347

RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO01 Requerimientos Técnicos.02 Modelo Administrativo.03 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes

entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta. 03-A Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes

entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. NO APLICA 04 Formato para acreditar la nacionalidad, y personalidad jurídica del

licitante05 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los

Servicios.06 Formato de propuesta Técnica.

06-A Formato de propuesta Económica.07 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.

08

Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(es) adjudicado(s) para:A).- Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos.B).- Los defectos y vicios ocultos de los Servicios y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

09 Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario.

10 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. NO APLICA

11 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

12 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.NO APLICA

13 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Servicios NO APLICA14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.15 Modelo-Guía del Contrato.

16 Causas de Desechamiento.

17 Niveles de inspección de los Servicios.18 Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial y Protección Ambiental.19 Formato del Documento “Compromisos con la Transparencia”.20 Formato de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de

“Otros Ingresos”.PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA LICITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES DE LICITACIÓN, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS.

PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR DE FLUXERÍA DEL CAMBIADOR E-301-C DE LA PLANTA POLIETIELNO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

No.Partida

Cantidad Unidadde

MedidaDescripción

1 1.0 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALOR.

LIMPIEZA INTERIOR A 2,491 FLUXES DE 1 in DE DIÁMETRO X 16.764 m DE LONGITUD, DEL CAMBIADOR DE CALOR E-301-C DE LA PLANTA DE POLIETILENO SWING.

1.- ESPECIFICACIÓN TÉCNICA

LIMPIEZA EN INTERIOR DE FLUXES DE 1 in DE DIÁMETRO CALIBRE 16 BWG POR 16.764 m DE LONGITUD, PARA RETIRAR TAPONAMIENTOS E INCRUSTACIONES DE POLÍMERO EN LAS PAREDES INTERNAS DE LOS FLUXES, EN ALTURA DE 0.00 m HASTA 5.00 m DE ALTURA EN CAMBIADOR DE CALOR E-301-C.

2.- ALCANCES:

2.1.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LIMPIEZA INTERIOR DE FLUXES DEL CAMBIADOR E-301-C, UTILIZANDO SISTEMA DE LANZAS RÍGIDAS ROTATORIAS, AGUA MEDIANTE A ULTRA ALTA PRESIÓN CON DOS MÁQUINAS HIDROLAVADORAS COMO MÍNIMO DE CAPACIDAD 40,000 psi Y 300 HP CADA UNA COMO MÍNIMO Y QUE ACOPLADAS PUEDAN ALCANZAR UN FLUJO DE 26 GPM COMO MÍNIMO, Ó BIEN UNA MÁQUINA HIDROLAVADORA DE 600 HP Y CAPACIDAD DE PRESIÓN DE 40,000 psi COMO MÍNIMO, Y QUE ALCANCE UN FLUJO DE 26 GPM COMO MÍNIMO, CON LAS TOBERAS ROTATORIAS Y ACCESORIOS CORREPONDIENTES PARA OPERAR A LA PRESIÓN Y FLUJO REQUERIDO, Y ASI EFECTUAR LA DEBIDA LIMPIEZA DEL PRESENTE SERVICIO.

2.2.- LOS SIGUIENTES ALCANCES SON ENUNCIATIVOS MÁS NO LIMITATIVOS, QUE EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR COM MÍNIMO EN SU PROPUESTA PARA LA COMPLETA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y APLICAN A LO INDICADO EN EL NUMERAL 2.1.

2.2.1.- EL PROVEEDOR, DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA INTERIOR DE TODOS Y CADA UNO DE LOS FLUXES QUE INTEGRAN AL CAMBIADOR DE CALOR E-301-C.

2.2.2.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR LA LIMPIEZA DEL CABEZAL FRONTAL Y DEL CABEZAL POSTERIOR DEL EQUIPO E-301-C.

2.2.3.- EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR EL SECADO INTERIOR DE LOS FLUXES MEDIANTE AIRE Ó NITRÓGENO A PRESIÓN.

2.2.4.- EL REPRESENTANTE POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, REALIZARÁ LA INSPECCIÓN FÍSICA DE LA LIMPIEZA INTERNA DE LOS FLUXES QUE INTEGRAN AL CAMBIADOR DE CALOR CON INSTRUMENTO ELECTRÓNICO DE INSPECCIÓN VISUAL (VIDEOSCOPIO Ó FIBROSCOPIO Ó BOROSCOPIO) DEL PROVEEDOR, Y DE REQUERIR NUEVAMENTE SU LIMPIEZA, ÉSTA SERÁ SOLICITADA POR EL REPRESENTANTE SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

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2.2.5.- EL PROVEEDOR DEBE COLOCAR PROTECCIÓN PERIMETRAL CON LONAS EN LA PARTE POSTERIOR DEL EQUIPO, PARA EVITAR CUALQUIER DAÑO AL PERSONAL, ASÍ COMO SALPICADURAS AL EQUIPO PERIFÉRICO. SI EL PROVEEDOR DAÑA Ó ENSUCIA EQUIPO PERIFÉRICO AL EQUIPO QUE ESTÉ LIMPIANDO, DEBE REALIZAR LA REPARACIÓN O LIMPIEZA SIN COSTO ALGUNO PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

2.2.6.- EL PROVEEDOR DEBERÁ DEJAR LIMPIA EL ÁREA DE TRABAJO AL TÉRMINO DE LA JORNADA DE TRABAJO.

2.2.7.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS ENTREGARÁ EL EQUIPO TOTALMENTE AISLADO Y PURGADO Y CON LOS CABEZALES FRONTAL Y POSTERIOR DESMONTADOS EN LA PLANTA DE POLIETILENO SWING.

2.2.8.- ES RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS TRAMITAR LOS PERMISOS DE TRABAJO RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA AL CAMBIADOR DE CALOR E-301- C.

2.2.9.- TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR QUE INGRESE A LAS INSTALACIONES DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS DEBE UTILIZAR: ZAPATOS DE SEGURIDAD CON CASQUILLO, OVEROL DE ALGODÓN Y CASCO DE PLASTICO COLOR ANARANJADO, MASCARILLA PARA VAPORES INORGÁNICOS, TAPONES DE PROTECCIÓN AUDITIVA, GOGLES Y/O LENTES CONTRA-IMPACTO, GUANTES DE CARNAZA, IDENTIFICACIÓN PERSONAL VISIBLE.

2.2.10.- ES RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE ACUERDO A LO QUE SE ESTIPULE EN LOS PERMISOS DE TRABAJO RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES DE LIMPIEZA DEL CAMBIADOR DE CALOR.

2.2.11.- DADO QUE EL PRESENTE SERVICIO ES ABIERTO, EL SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS COMUNICARÁ AL PROVEEDOR A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO, LA FECHA DE INICIO PARA EJECUCIÓN DEL PRESENTE SERVICIO, CON 9 (NUEVE) DÍAS NATURALES PREVIOS A DICHA FECHA DE INICIO, CONSIDERANDO ESTE TIEMPO PARA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS NECESARIOS, PARA REALIZAR EL PRESENTE SERVICIO EN LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. SI EL PROVEEDOR INCUMPLE ESTE TIEMPO (DE NUEVE DÍAS NATURALES) SERÁ ACREEDOR A LAS PENAS CONVENCIONALES PACTADAS EN EL CONTRATO POR CADA DÍA DE ATRASO. EL PROVEEDOR DEBE REALIZAR CADA SERVICIO SOLICITADO MEDIANTE ORDEN DE SERVICIO, DURANTE LOS 5 (CINCO) DÍAS NATURALES, A PARTIR DE LA ENTREGA DEL EQUIPO MEDIANTE ORDEN DE SERVICIO POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL CONTRATO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. PARA FINES ILUSTRATIVOS, SE ANEXA COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE PROGRAMA ESTIMADO DE PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO, (01 HOJA).

2.2.12.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LABORAR EN DOS TURNOS, DE 08:00 HORAS A 20:00 HORAS Y DE 20:00 HORAS A 08:00 HORAS. POR LO QUE DEBE CONSIDERAR COMO MÍNIMO, UN SUPERVISOR DE SEGURIDAD POR CADA TURNO DE TRABAJO.

2.2.13.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR LAS MANGUERAS, ACCESORIOS Y CONEXIONES NECESARIAS PARA REALIZAR LA LIMPIEZA DEL CAMBIADOR DE CALOR E- 301-C. ASÍ COMO TODOS LOS COMBUSTIBLES, REFACCIONES, ACCESORIOS Y HERRRAMIENTAS QUE REQUIERAN SUS EQUIPOS PARA MANTENERLOS EN CONDICIONES CONFIABLES Y SEGURAS DE OPERACIÓN, ASI COMO EL BUEN DESARROLLO DEL PRESENTE SERVICIO DE LIMPIEZA.

EN EL CASO DE QUE EL PROVEEDOR SUSTITUYA LA(S) MÁQUINA(S) HIDROLAVADORA(S) DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, DEBIDO A QUE SE PRESENTASEN FALLAS EN EL (LOS) EQUIPO(S) QUE IMPIDAN SU OPERACIÓN DE MANERA SEGURA, ÉSTA(S) DEBERÁ(N) CUMPLIR CON LAS CARACTERÍSTICAS SOLICITADAS EN EL CONTRATOCORRESPONDIENTE.

2.2.14.- EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DEBE TOMAR PLÁTICAS DE INDUCCIÓN A LA SEGURIDAD CON ANTERIORIDAD AL INICIO DE LOS SERVICIOS, LAS CUALES SON IMPARTIDAS POR PERSONAL TÉCNICO DE LA SUBGERENCIA DE CALIDAD, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.

2.2.15.- EL PROVEEDOR QUEDA OBLIGADO A SUMINISTRAR AGUA POTABLE A SUS TRABAJADORES.

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2.2.16.- EL PROVEEDOR ES RESPONSABLE DE LAS BUENAS CONDICIONES MECÁNICAS DE TODOS Y CADA UNA DE LAS HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS QUE SE UTILICEN EN LA EJECUCIÓN DEL PRESENTE SERVICIO, POR LO QUE EN CUALQUIER MOMENTO EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PUEDE REVISAR EL ESTADO DE LAS MISMAS.

2.2.17.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SE EXIME DE RESPONSABILIDAD ALGUNA, RESPECTO DE PÉRDIDA TOTAL O PARCIAL DE LOS EQUIPOS PROPIEDAD EL PROVEEDOR.

2.2.18.- EL ÁREA RESPONSABLE QUE REALIZARÁ LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, SERÁ PERSONAL TÉCNICO ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

2.2.19.- LA SUPERVISIÓN QUE REALICE EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS A LOS SERVICIOS, NO LIBERA AL PROVEEDOR DEL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL CONTRATO.

2.2.20.- EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS SE EXIME DE RESPONSABILIDAD ALGUNA, RESPECTO DE PÉRDIDA TOTAL O PARCIAL DE LA HERRAMIENTA, MAQUINARIA Ó EQUIPOS PROPIEDAD EL PROVEEDOR.

2.2.21.- EL PROVEEDOR DEBE CONSIDERAR PARA LA PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO, LA INSTALACIÓN DE UN MEDIDOR DE FLUJO DE ACUERDO AL NIVEL DE FLUJO SOLICITADO, EN LA SALIDA DE AGUA DE LA(S) MÁQUINA)S) HIDROLAVADORA(S). POR LO CUAL, EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR AL SUPERVISOR POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, PREVIO AL INICIO DEL PRESENTE SERVICIO, ORIGINAL Ó COPIA SIMPLE LEGIBLE DEL (LOS) CERTIFICADO(S) QUE AVALE(N) LA CALIBRACIÓN DEL (LOS) MEDIDOR(ES) DE FLUJO, VIGENTE DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, DE DICHO(S) MEDIDOR(ES) DE FLUJO, ESTOS CERTIFICADOS DEBEN SER EMITIDOS POR UN ORGANISMO ACREDITADO POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN (EMA) U ORGANISMO DE ACREDITACIÓN INTERNACIONAL QUE TENGA ACUERDOS DE RECONOCIMIENTO MUTUO Y MULTILATERAL, A TRAVÉS DE CONVENIOS.

3.- NORMAS APLICABLES.

A CONTINUACIÓN SE MENCIONA LA SIGUIENTE NORMATIVIDAD APLICABLE, CON LA FINALIDAD DE QUE SEA DE OBSERVANCIA Y CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO, EN LA PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO DE LIMPIEZA.

3.1.- NOM-052-SEMARNAT-2005 QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS, ELPROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN, CLASIFICACIÓN Y LOS LISTADOS DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS. http://www.semarnat.gob.mx/leyesynormas/Normas%20Oficiales%20Mexicanas%20vigentes/ NOM %20052_23_JUN_2006.pdf

3.2.- NRF-024-PEMEX-2009 CINTURONES, ARNESES, LÍNEAS DE SUJECIÓN Y LÍNEAS DE VIDA http://www.pemex.com/files/content/NRF-024-PEMEX-2010.pdf

3.3.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUÍMICA http://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/default.aspx

3.4.- 400-GCSIPA-CR-12 CRITERIO PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS RESIDUOS GENERADOS EN PEMEX PETROQUÍMICA Y CENTROS DE TRABAJO. http://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/default.aspx

3.6.- 400-ACSIPA-PO-12 PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRÍTICO PARA LA COLOCACIÓN DE BARRERAS Y BARRICADAS. http://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/default.aspx

3.7.- 400-ACSIPA-PO-14 PROCEDIMIENTO OPERATIVO CRÍTICO DE TRABAJOS EN ALTURA. http://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/default.aspx

4.- REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL LICITANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIÓN.

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NO APLICA

5.- REQUISITOS QUE DEBE ENTREGAR EL LICITANTE DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA QUE SON OBJETO DE EVALUACIÓN Y QUE SERVIRÁN PARA ACEPTAR O DESECHAR SU PROPUESTA.

5.1.- EL LICITANTE DEBE ENTREGAR COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE AL MENOS UN CONTRATO Ó FACTURA, RELACIONADO(S) CON LA LIMPIEZA DE CAMBIADOR(ES) DE CALOR, EN EL CUAL LA EMPRESA LICITANTE HAYA EFECTUADO DICHA LIMPIEZA CON MÁQUINAS HIDROLAVADORAS DE 40,000 psi COMO MÍNIMO, Y QUE LOS HAYA EJECUTADO DENTRO DE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS CON ALGUNA EMPRESA PÚBLICA O PRIVADA (LA FECHA DEBE ESTAR COMPRENDIDA ENTRE EL AÑO 2008 Y EL AÑO 2012). EN DICHA(S) COPIAS DE CONTRATO(S) Ó FACTURA(S), DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE VERIFICARÁ QUE DESCRIBA O INDIQUE COMO MÍNIMO, LO SIGUIENTE:

a) NOMBRE DE LA EMPRESA,b) DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS, LO CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON LO SOLICITADO,c) CAPACIDAD DE PRESIÓN DE LAS MÁQUINAS HIDROLAVADORAS UTILIZADAS PARA REALIZAR LA LIMPIEZA AL (LOS) CAMBIADOR(ES) DE CALOR, LO CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON LO SOLICITADO,d) FECHA DE CONTRATO Ó FACTURA, DICHA FECHA DEBE ESTAR COMPRENDIDA ENTRE EL AÑO 2008 Y EL AÑO 2012, SOLICITADO.

5.2.- EL LICITANTE DEBE INDICAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, LAS ESPECIFICACIONES Y ALCANCES QUE PROPONE COMO PARTE DE DICHA PROPUESTA, LAS CUALES DEBEN SER CONGRUENTES CON LO SOLICITADO EN EL DOCUMENTO 01 DE LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE.

5.3.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL Ó COPIA LEGIBLE DE CURRÍCULUM DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, POR LO QUE DEBE ACREDITAR QUE LA(S) PERSONA(S) HA(N) RECIBIDO CURSOS DE CAPACITACIÓN O ADIESTRAMIENTO RELACIONADOS CON SEGURIDAD INDUSTRIAL, Y LA FORMA DE ACREDITARLO SERÁ MEDIANTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIA(S) OTORGADA POR ALGUNO DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PEMEX (EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA), Ó BIEN POR UNA INSTITUCIÓN, ORGANISMO Ó PERSONA FÍSICA QUE CUENTE CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.

NOTA:

CON RESPECTO AL CURRÍCULUM VITAE LEGIBLE DEL PERSONAL, SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE LO SIGUIENTE:

- EL NOMBRE Y FIRMA DEL PERSONAL QUE ESTARÁ A CARGO DE LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE DE LA CONSTANCIA DE HABILIDADES LABORALES PRESENTADA

- RELACIÓN DE EXPERIENCIA LABORAL AFINES A LA SUPERVISIÓN EN SEGURIDAD INDUSTRIAL.

PARA EL CASO DE QUE PRESENTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIA(S), EMITIDA POR INSTITUCIÓN, ORGANISMO Ó PERSONA FÍSICA QUE CUENTE CON REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE:

- REGISTRO ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

- NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBIÓ EL ADIESTRAMIENTO Ó CAPACITACIÓN, EL CUAL EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE INDICADO EN EL CURRICULUM VITAE.

- EL TEMA, EL CUAL DEBE SER RELACIONADO A SEGURIDAD INDUSTRIAL. PARA EL CASO DE QUE PRESENTE COPIA LEGIBLE DE CONSTANCIA(S), EMITIDA POR ALGUNO DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PEMEX (EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA) SE VERIFICARÁ QUE INDIQUE:- NOMBRE DE LA PERSONA QUE RECIBIÓ EL ADIESTRAMIENTO Ó CAPACITACIÓN, EL CUAL EL CUAL DEBE SER CONGRUENTE CON EL NOMBRE INDICADO EN EL CURRICULUM VITAE.

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- EL TEMA, EL CUAL DEBE SER RELACIONADO A SEGURIDAD INDUSTRIAL

- EL NOMBRE DEL ORGANISMO SUBSIDIARIOS DE PEMEX (EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA, REFINACIÓN Ó PETROQUÍMICA) QUE LO EXTIENDE.

- NOMBRE, FIRMA Y CARGO DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO QUE LO EXTIENDE.

5.4.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, ORIGINAL Ó COPIA DE CARTA FIRMADA Y EN PAPEL MEMBRETADO DE SU EMPRESA, MANIFESTANDO QUE EN CASO DE RESULTAR GANADOR, SE COMPROMETE A PRESENTAR EL (LOS) CERTIFICADO(S) QUE AVALE(N) LA CALIBRACIÓN DEL (LOS) MEDIDOR(ES) DE FLUJO, VIGENTES DURANTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, EMITIDOS POR UN LABORATORIO DE CALIBRACIÓN ACREDITADO POR LA ENTIDAD MEXICANA DE ACREDITACIÓN U ORGANISMO DE ACREDITACIÓN INTERNACIONAL QUE TENGA ACUERDOS DE RECONOCIMIENTO MUTUO O ACUERDOS DE RECONOCIMIENTO MULTILATERAL, A TRAVÉS DE CONVENIOS.

5.5.- EL LICITANTE DEBE INTEGRAR DENTRO DE SU PROPUESTA TÉCNICA, LA RELACIÓN INDICADA EN LOS NUMERALES DEL 7.1 AL 7.4 (RELACIONADOS CON MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO), MANIFESTANDO SI SON DE SU PROPIEDAD O ARRENDADAS. LA CUAL EN CASO DE SER ARRENDADA(S) DEBE ENTREGAR DICHA RELACIÓN SOLICITADA, ACOMPAÑADA DE ORIGINAL O COPIA SIMPLE LEGIBLE DE CARTA COMPROMISO DE DISPONIBILIDAD DE MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA EMITIDA POR EL ARRENDADOR A FAVOR DEL LICITANTE, DEBIDAMENTE FIRMADAS.

6.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO.

EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, SUMINISTRA:

6.1.- AGUA PARA REALIZAR LA LIMPIEZA OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO

6.2.- VAPOR PARA REALIZAR LA LIMPIEZA OBJETO DEL PRESENTE SERVICIO (EN CASODE SER REQUERIDO)

6.3.- AIRE Ó NITRÓGENO PARA LA OPERACIÓN DE SUS HERRAMIENTAS Y/O SECADOINTERIOR DE LOS FLUXES.

6.4.- ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LA OPERACIÓN DE LAS MÁQUINAS HIDROLAVADORAS Y/O PARA ALUMBRADO.

6.5.- SECCIONES DE ANDAMIOS TUBULARES QUE DEBEN CONTAR CON: PLATAFORMAS METÁLICAS ANTIDERRAPANTES, CONTRAVENTEOS, ESCALERA, RODAPIÉ EN LAPRIMERA SECCIÓN, BARANDAL EN LOS COSTADOS, PLACAS, BASES, TRAVESAÑOS CON CANDADO.

6.6.- ALUMBRADO TIPO REFLECTOR A PRUEBA DE EXPLOSIÓN.

7.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES MÍNIMO QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO Y/O ARRENDAMIENTO, EN CONDICIONES CONFIABLES Y SEGURAS PARA EFECTUAR LA LIMPIEZA DEL PRESENTE SERVICIO:

7.1.- DOS MÁQUINAS HIDROLAVADORAS COMO MÍNIMO, CADA UNA CON 300 HP Y CAPACIDAD DE PRESIÓN DE 40,000 psi COMO MÍNIMO, Y QUE ACOPLADAS AMBAS MÁQUINAS, ALCANCEN UN FLUJO DE 26 GPM COMO MÍNIMO, Ó BIEN UNA MÁQUINA HIDROLAVADORA DE 600 HP Y CAPACIDAD DE PRESIÓN DE 40,000 psi COMO MÍNIMO, Y QUE ALCANCE UN FLUJO DE 26 GPM COMO MÍNIMO, INCLUYENDO LOS MANGUERAS Y ACCESORIOS CORRESPONDIENTES PARA MEDIR Y OPERAR A LA PRESIÓN Y FLUJO REQUERIDO, Y ASI EFECTUAR LA DEBIDA LIMPIEZA DEL PRESENTE SERVICIO.

7.2.- UN SISTEMA DE MULTI-LANZAS RÍGIDAS ROTATORIAS, CON TOBERAS ROTATORIAS, PARA OPERAR A LA PRESIÓN REQUERIDA Y EFECTUAR LA DEBIDA LIMPIEZA DEL PRESENTE SERVICIO, INCLUYENDO MANGUERAS DE ALTA PRESIÓN PARA AIRE Ó NITROGENO

7.3.- UN COMPRESOR PORTATIL DE 375 CPM COMO MÍNIMO

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7.4.- UN INSTRUMENTO ELECTRÓNICO DE INSPECCIÓN VISUAL (VIDEOSCOPIO Ó BOROSCOPIO O FIBROSCOPIO) CON MONITOR DE VIDEO Y SONDA ÓPTICA.

8.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. POR LA TOTALIDAD DE LA PARTIDA.

EN LA MODALIDAD DE CONTRATO ABIERTO CON UN MONTO MÍNIMO A EJERCER CORRESPONDIENTE AL 40% Y UN MONTO MÁXIMO CORRESPONDIENTE AL 100%.

9.- PLAZO(S) MÁXIMO(S) PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:

DE ACUERDO AL PROGRAMA DE PRESTACIÓN DEL PRESENTE SERVICIO INDICADO EN EL NUMERAL 2.2.11, EL PLAZO MÁXIMO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POR CADA ORDEN DE SERVICIO, SERÁ DE 05 (CINCO) DÍAS NATURALES. DICHO PLAZO EMPEZARÁ A CONTAR A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS LA ORDEN DE SERVICIO A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO Y/O ENTREGA PERSONAL. EL PLAZO DE DISPONIBILIDAD DE LOS EQUIPOS PREVIO AL INICIO DE LA EJECUCIÓN DE CADA SERVICIO, SERÁ DE 9 (NUEVE) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA COMUNICACIÓN RECIBIDA A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO DE PARTE SUPERVISOR DEL CONTRATO POR PARTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS. CONSIDERANDO ESTE TIEMPO PARA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LOS EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS NECESARIOS, PARA REALIZAR EL PRESENTE SERVICIO EN LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ESTE PLAZO SE HARÁ ACREEDOR A LAS PENAS CONVENCIONALES CORRESPONDIENTES. UNA VEZ PRESTADO EL SERVICIO EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EXPEDIRÁ EL COMPROBANTE DE ACEPTACIÓN CORRESPONDIENTE.

10.- NIVEL DE INSPECCIÓN SOLICITADO: EL NIVEL DE SUPERVISIÓN QUE APLICARÁ SERÁ EL NIVEL V EN SUS NUMERALES 1, 2, 3, 4 Y 6.

11.-PENAS CONVENCIONALES.

RESPECTO DE CADA ORDEN, LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR EL ATRASO EN EL INICIO DE LOS TRABAJOS Ó EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, SE CALCULARÁN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL PLAZO PACTADO PARA EL INICIO O EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS MISMOS Y SERÁN DETERMINADAS SOBRE EL VALOR DE LOS SERVICIOS PENDIENTES DE EJECUTAR A RAZÓN DE 20% (VEINTE POR CIENTO) DEL MONTO DE LA ORDEN DE QUE SE TRATE, POR CADA DÍA CALENDARIO DE ATRASO. FORMA DE PAGO: A 20 DÍAS NATURALES.

12. SUBCONTRATACIÓN.

SE PERMITE LA SUBCONTRATACIÓN DEL 100% DEL EQUIPO Y HERRAMIENTA INDICADA EN LOS SUBNUMERALES 7.1 AL 7.4, (RELACIONADOS CON MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARÁ EL PROVEEDOR PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO).

13. CONDICIONES DE PRECIO. PRECIO FIJO.

14. CANTIDAD Y/O PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO QUE PODRÁ REQUERIRSE EN CADA ORDEN DE SURTIMIENTO O SERVICIO. LA CANTIDAD MÁXIMA Y MÍNIMA QUE SE EXPEDIRÁ POR ORDEN DE SERVICIO SERÁ DE UN SERVICIO.

15.- VISITA AL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REQUIERE SE PROGRAME LA VISITA EN LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EN LA CUAL SE REALIZARÁ DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ATENDERÁ LA VISITA AL LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SERÁ EL ING. WILLIAMS TARACENA GALVEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE LA PLANTA POLIETILENO SWING, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

16.-JUNTA DE ACLARACIONES:

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EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS REQUIERE SE PROGRAME JUNTA DE ACLARACIONES. EL ÁREA QUE ATENDERÁ LA JUNTA DE ACLARACIONES, SERÁ LA SUPERINTENDENCIA DE PLANEACIÓN DE MANTENIMIENTO Y EL ING. WILLIAMS TARACENA GALVEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE LA PLANTA POLIETILENO SWING, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

17.- NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARÁ SU CUMPLIMIENTO.

EL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARÁ EL CONTRATO Y VIGILARÁ SU CUMPLIMIENTO SERÁ EL ING. WILLIAMS TARACENA GALVEZ, O QUIEN OCUPE EL CARGO DE SUPERVISOR DE LA ESPECIALIDAD DE MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE LA PLANTA POLIETILENO SWING, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO.

18.- OBJETO/MOTIVO DEL SERVICIO O ARRENDAMIENTO.

MANTENER LA CONTINUIDAD OPERATIVA Y DE FORMA CONFIABLE AL CAMBIADOR E- 301-C DE LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

19.- ANTICIPOS. NO APLICA.

20.- CRITERIO DE EVALUACIÓN.

DEBIDO A QUE LA PRESENTE SOLICITUD NO CONLLEVA EL USO DE CARACTERÍSTICAS DE ALTA ESPECIALIDAD TÉCNICA O DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, NO SE REQUIERE UTILIZAR EL CRITERIO DE EVALUACIÓN POR PUNTOS Y PORCENTAJES. POR LO TANTO EL CRITERIO DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁ EN LA PRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO ES BINARIO.

21.- GRADO DE CONTENIDO NACIONAL: 100 % MANO DE OBRA.

22.- CANTIDAD MÍNIMA Y MÁXIMA.

LA CANTIDAD MAXIMA Y MINIMA A EJERCER DEL IMPORTE TOTAL ESTIMADO DE ACUERDO AL PRECIO OBTENIDO EN LA INVESTIGACIÓN DE MERCADO PARA ELABORACION DE LA PRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO:

CANTIDAD MINIMA: 1 SERVICIOCANTIDAD MAXIMA: 2 SERVICIOS

23.- LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTOS.

EL LUGAR EN DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS ES EN LA PLANTA POLIETILENOSWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS.

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PROGRAMA ILUSTRATIVO ESTIMADO DE PRESTACION DEL SERVICIO

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DOCUMENTO 02MODELO ADMINISTRATIVO

I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

1.1 Para consulta.

1.2 Obtención y Pago de Bases.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Licitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. NO APLICA

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios de instalación de los Servicios.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

3.3 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA.

3.4 Modificaciones a la Convocatoria y Bases de Licitación.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo

del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de

comunicación electrónica. NO APLICA.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuesta.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4. Acto de presentación y apertura de propuesta.

4.4.1. Métodos de evaluación.

4.4.2. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5. Negociación de precios. NO APLICA.

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. NO APLICA.

4.7. 5 Criterios de adjudicación.

5.1. Abastecimiento simultáneo. NO APLICA.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

7. Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.

8. Causas de desechamiento de propuesta.

9. Fallo.

10. Inconformidades.

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11. Firma del Contrato.

12. Aspectos contractuales básicos.

12.1 Contrato Abierto.

12.1.1 Vigencia.

12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato.

12.1.3 Ordenes de Servicio.

12.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Servicios.

12.3. Inspección de los Servicios.

12.4 Garantías

12.5. Anticipo. NO APLICA.

12.6. Condiciones y forma de pago.

12.6.1 Ajuste de Remuneraciones. NO APLICA.

12.7. Facturación.

12.8. Penalizaciones.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

12.10. Información Reservada y Confidencial.

12.11. Seguros.

12.12. Fuentes de Financiamiento. NO APLICA.

12.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

13. Compromisos con la Transparencia.

14. Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas

y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica

15. Solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitación

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1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.

La publicación de las Bases de la Licitación Pública se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica www.ptq.pemex.com asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta:

A. En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la Jefatura de Obra Pública, localizada en en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, a un costado de la entrada principal, en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver.

B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com.

La fecha límite para la obtención de bases de licitación será el día: 01 de junio de 2012.

1.2 Obtención y Pago de Bases: Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas. Los licitantes no podrán condicionar en forma alguna las proposiciones.

Para adquirir las bases de Licitación los interesados podrán presentarse previo pago de las mismas en la Jefatura de Obra Pública, ubicada frente al servicio médico, por la portada principal, en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en el Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., los días hábiles; con el siguiente horario: 8:30 a 14:30 horas, utilizando cualquiera de las opciones de pago siguientes:

a) A través del sistema de pago en banco, mediante depósito en firme ó transferencia electrónica en BBVA Bancomer en la cuenta: 0152025868 con clabe: 012180001520258689 a nombre de Pemex Petroquímica Morelos.

b) En el domicilio de la convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:30 horas en días hábiles, en la Caja Local de la Jefatura de Tesorería, ubicada en el Edificio Técnico Administrativo, localizado en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., y tiene un costo de $1,200.00 (mil doscientos pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. El pago solo podrá hacerse mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de Pemex Petroquímica, expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana.

Para lo cual deberán presentar un escrito libre, en el que expresen su interés en participar en el procedimiento, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante. La Convocante les extenderá un formato de pago (3 originales), para que se realice el pago de las bases en la Jefatura de Tesorería, ubicada en lado externo, del Edificio Técnico Administrativo, localizado en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver., debiendo devolver un acuse de recibo debidamente sellado, a la Jefatura de Obra Pública, en la dirección referida en el segundo párrafo de este inciso.

Se sugiere, utilizar la opción a), a través del sistema de pago en banco, mediante depósito en firme ó transferencia electrónica.La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: 01-junio-2012.

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Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: 01-junio-2012.

Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente a las bases para participar en los eventos junta de aclaraciones y acto de presentación y apertura de propuestas. Las bases de licitación estarán disponibles en la página de Internet de la convocante, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

Pemex Petroquímica hará entrega de las bases de licitación en medio electrónico, por lo que el interesado deberá presentar CD o USB.

2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Licitación.No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S.

3. Eventos previos a la presentación de propuesta.

3.1 Visitas a los sitios donde se prestaran los Servicios.

La visita al sitio donde se prestaran los Servicios se llevará a cabo el día 29 de mayo del 2012 a las 10:00 horas en: la Sala de Juntas de la Jefatura de Obra Pública del complejo Petroquímico Morelos, la cual únicamente tendrá por objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los Servicios a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico, misma que será coordinada por el Ingeniero Williams Taracena Gálvez, adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

Reglas para la visita a los sitios donde se prestaran los Servicios:

Las personas que pretendan participar en la visita a los sitios donde se prestaran Servicios, preferentemente entregarán un escrito libre al coordinador de la visita, en el que expresen su interés en participar en la visita, por si o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los siguientes datos:

Número de la licitación. Objeto de la licitación. Nombre de la persona física o Moral. Nombre y firma del Representante.

En caso de haber dudas o cuestionamientos de carácter técnico por los interesados, deberán solicitar por escrito su aclaración en el acto de junta de aclaraciones conforme a lo indicado en el segundo y tercer párrafos del numeral 3.2 de estas Bases de Licitación.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben cumplir los contratistas y/o proveedores dentro de las instalaciones de PEMEX PETROQUÍMICA, para lo cual deberán utilizar invariablemente: camisa de manga larga y pantalón, ambos

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de algodón en color naranja, casco protector con barbiquejo, zapatos tipo industrial, gafas de seguridad y protectores auditivos, sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.

La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 01 de junio del 2012 a las 09:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Obra Pública del complejo Petroquímico Morelos.

Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de licitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en la siguientes direcciones [email protected]; y [email protected]; y [email protected]; o entregarlas personalmente en Jefatura de Obra Pública (frente al servicio médico), en el domicilio de la convocante, ubicado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Después de la fecha y hora indicada no se recibirán preguntas o solicitudes de aclaración.

Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo entregar copia simple del recibo correspondiente.

Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica.

3.3 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA.

3.4 Modificaciones a la Convocatoria y bases de Licitación:

Pemex Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones.

El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales.

Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta.

La publicación de la(s) junta(s) de aclaraciones se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica www.ptq.pemex.com

Pemex Petroquímica entregará una versión final de las bases de licitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, el día hábil siguiente de la última

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junta de aclaraciones; o bien, en dicha junta se les informara la fecha en que se entregarán y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com.

Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de licitación, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al domicilio de la convocante.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación:

A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Debiendo Acreditar la nacionalidad y personalidad jurídica, mediante: EL DOCUMENTO 04, en original en papel membretado de su empresa bajo protesta de decir verdad y firmado por el representante legal que firma la propuesta.

En el caso de presentar una propuesta conjunta, se deberá entregar la información que acredite la nacionalidad y personalidad jurídica de cada una de las personas físicas y/o morales que integran el consorcio.

Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.

B) Elaborar y entregar la propuesta, la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, así como en los documentos 04,05 06, 06A y 07.

Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante.

Número de licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las propuestas foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta de acuerdo al Documento 03. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01.

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Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación.

En el Documento 06 se deberán describir los Servicios propuestos para cada una de las partidas y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo Servicios o que no indique la marca de las refacciones o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en moneda nacional conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con los incisos a), b), c) y e) del artículo 24 de las DAC´S. Observando los términos establecidos a continuación:

a) En la propuesta se indicará la forma en que pretendan organizarse las personas que la presenten, pero no será necesario constituir una persona jurídica distinta de dichas personas;

b) La propuesta establecerá las actividades a que se obliga cada una de las personas participantes conforme al convenio que al efecto celebren y que adjunten a la misma; asimismo, deberá señalar a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

c) Se exige que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

e) Se requiere la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

F.1) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

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b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante Pemex Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

f) En la propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

F.2) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al numeral 4 inciso A), de estas Bases de Licitación.

F.3) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.4) Presentar el escrito a que se hace referencia en el numeral 4 inciso C) de estas Bases de Licitación, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.5) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, calidad, defectos y vicios ocultos de los Servicios, la cual deberá otorgarse conforme al numeral 12.4 de estas Bases.

F.6) La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del numeral 11 de estas bases, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato, debiendo contener como mínimo lo indicado en el Documento 11.

F.7) La experiencia en la prestación de los Servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 inciso K), de estas Bases.

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F.8) La capacidad técnica se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta.

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente entregar el Documento 03, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuestas.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento 03-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. -NO APLICA-

I) No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

J) El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS” que se incluye como documento 05, la información de la integración nacional de la mano de obra utilizada en la prestación de los servicios que oferte, expresada en porcentaje, así como en su caso, la marca de los bienes que utilice como refaccionamiento. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

K) Contar con experiencia en la prestación de los Servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el numeral 5.1 del Documento 01.

L) Contar con la capacidad técnica necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el Documento 01.

M) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los Servicios que se oferten en la presente licitación, deberá ser mínimo para mano de obra 100%.

N) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de ejecución de los servicios. NO APLICA.

O) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector Rango de número de trabajadores

Rango de monto de ventas

anuales (mdp)Tope máximo combinado*

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Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.

El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas.

La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta, el licitante ganador deberá entregar previo a la firma del contrato dicho manifiesto.

P) Los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Servicios, que el licitante proponga deberán ser nuevos.

Q) Los Servicios que integran las presentes Bases de Licitación podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01.

Con la exclusiva finalidad de permitirle la posibilidad de cumplir íntegramente con sus obligaciones contractuales, sin que dicha subcontratación implique una cesión de derechos u obligaciones en términos del artículo 57 inciso “u” y 64 de las DAC´S.

La forma o en su caso el porcentaje que podrá subcontratar será el siguiente: Lo indicado en el numeral 12 del DOCUMENTO 01.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA.

4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuesta.

Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 03.

4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

A) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos

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licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas.

B) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

C) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente.

D) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

E) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuesta, por causas ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas. NO APLICA.

F) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuesta, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de publicaciones, ubicado en la Jefatura de Obra Pública (frente al servicio médico), en el domicilio de la convocante, localizado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

4.4 Acto de presentación y apertura de propuesta.

El acto de presentación y apertura de propuesta se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 07 de junio del 2012 a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Obra Pública (frente al servicio médico), ubicada en el domicilio de la convocante, localizado en, Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, en Coatzacoalcos, Ver., en el interior del Complejo Petroquímico Morelos.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán los documentos 04 y 06-A, las que para estos efectos constarán documentalmente.

4.4.1 Métodos de evaluación.

A. Los métodos de evaluación que se emplearan en las presentes bases de licitación serán: Página 22

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Técnico: Binario.Económico: Binario. Bajo los siguientes criterios: Cumple o No Cumple.

B. Los requisitos técnicos y legales que serán evaluados son los solicitados en el numeral 4 incisos: A, B, C, D, F y con el DOCUMENTO 06.

C. Se evaluarán técnicamente todas las propuestas, verificando que los Servicios cumplan con lo solicitado en el DOCUMENTO 01, y en su caso, que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a las Bases de Licitación.

D. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del numeral 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.

E. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica serán: las indicadas en el numeral 5 del DOCUMENTO 1.

Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: las indicadas en el numeral 5 del DOCUMENTO 1.

F. La evaluación se hará por totalidad del servicio; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas Bases de Licitación de algún concepto o aspecto, la propuesta será desechada.

G. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.

La suma de importes de todos los conceptos del servicio, la propuesta económica deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el numeral 4 inciso E y con el Documento 06-A.

H. Se verificarán los precios que cotice el licitante conforme al método de evaluación económico indicado en el numeral 4.4.1 inciso A.

Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente licitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña;

II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos;

III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a

este apartado serán considerados precios convenientes.

En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones, en tal caso la proposición será desechada.

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Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera:a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor;b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, yc) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores centrales y el resultado será la mediana;

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma licitación, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera:a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación pública que se aceptaron técnicamente;b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, yc) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el 10 por ciento. Cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de las DAC´S, las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrán ser aclaradas o subsanadas, si así lo determina PEMEX PETROQUIMICA durante la etapa de evaluación. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de PEMEX PETROQUIMICA, no será motivo para desechar sus propuestas. PEMEX PETROQUIMICA de acuerdo al cronograma de estas bases, estableció el plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso, se subsane la omisión que corresponda. Para tal efecto PEMEX PETROQUIMICA solicitará las aclaraciones por escrito y las respuestas de los Licitantes también serán por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas.

En ningún caso se solicitarán que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

4.4.2 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuesta, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.

En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un

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boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren.

4.5 Negociación de Precios. NO APLICA.

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. NO APLICA.

5. Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

lI. La adjudicación del Contrato será por: LA TOTALIDAD DE LOS SERVICIOS.

6. Casos en que se declarará desierta la licitación.

La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los siguientes casos:

I. No se presenten propuestas;II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados;III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, IV. Las propuestas económicas no resulten convenientes.

7. Cancelación de la licitación, totalidad de las partidas.

La Convocante, podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, por cualquier causa, conforme al artículo 37 de las DAC’S.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 18 de junio del 2012 a las 14:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Obra Pública, ubicada a un costado del servicio médico, por la Portada principal, en el Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, Coatzacoalcos, Ver.

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10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del LIC. LUIS GUILLERMO PINEDA BERNAL, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO.

11. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 29 del mes de junio del año 2012, y en defecto de tales previsiones, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Jefatura de Obra Pública, junto al servicio médico, por la Portada Principal, del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, CP 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., y en el horario comprendido de las 08:00 a las 15:00 horas.

El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A), como el manifiesto bajo protesta de decir verdad indicando la estratificación a la cual pertenece de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 inciso O), de las presentes bases de licitación.

- Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $ 300,000.00 M. N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente:

El licitante ganador se obliga a presentar documento expedido por el S.A.T. en el que se emita opinión en sentido positivo sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales en términos de la regla I.2.1.16 y II.2.1.11 para efectos del Art. 32-D del C.F.F. Lo anterior, derivado de la publicación en el D.O.F. el pasado 28 de diciembre de 2011, de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2012.

Para dar cumplimiento a lo antes citado, deberá considerar lo siguiente:

Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscalesI.2.1.16.   Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del CFF, cuando la

Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, deberán exigir de los

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contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.

               Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.11.

En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.

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Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de 15 días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.

                Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.

                CFF 32-D, 65, 66-A, 141, RMF 2012 I.2.16.1., II.2.1.9., II.2.1.11.Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

II.2.1.11.   Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:

I.          Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción "Mi Portal", con la CIECF.II.         Una vez elegida la opción de la del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá

imprimir el acuse de respuesta.a)    La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el

contribuyente solicitante:1.    Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el

CFF y su Reglamento, que la clave del RFC este activa y el domicilio localizado.2.    Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la

presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior, así como las declaraciones informativas de IEPS a que se refieren las reglas II.6.2.2., II.6.2.11., II.6.2.13., II.6.2.15., II.6.2.16., II.6.2.17., II.6.2.18., II.6.2.19., II.6.2.21. y II.6.2.22.

3.    No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.

4.    Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.16.1.

5.    En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.

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b)   Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:

1.    Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.2.    Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.3.    Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se

encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.       Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas

con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.

       Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente.

       La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en la fracción I que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.

       Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.

      CFF 65, 66-A, 141, RMF 2012 I.2.16.1., II.6.2.2., II.6.2.11., II.6.2.13., II.6.2.15., II.6.2.16., II.6.2.17., II.6.2.18., II.6.2.19., II.6.2.21., II.6.2.22.

Para el caso de que el contrato se adjudique a una propuesta conjunta, se aplicará lo siguiente:

a) Deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEMEX PETROQUIMICA. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

b) Formarán parte integrante del contrato el o los instrumentos legales suscritos entre las personas que presentaron la propuesta conjunta para establecer las actividades a que se obliga cada una de ellas; el acuerdo que designa a aquélla que actuará como líder en la ejecución del contrato; los mecanismos que regulen el control del Consorcio y la resolución de controversias entre los participantes; así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, y

c) La persona moral que hubiere sido designada como líder durante la ejecución del contrato deberá ser miembro del Consorcio; asumir la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con la Convocante. En su caso, el contrato estipulará las condiciones para cambiar al líder previa autorización de la Convocante.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 fracción I de la Ley y el

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contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S.

En caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del consorcio se negara a firmar el contrato se procederá en términos del artículo 52 de las DAC´S, salvo que el consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en un plazo de 01 día hábil posterior a la notificación del fallo, en este caso entregara toda la documentación del nuevo miembro para acreditar las capacidades técnicas, financieras y demás requeridas para el adecuado cumplimiento del contrato, la cual estará sujeta a su revisión y en su caso autorización de PEMEX PETROQUÍMICA. De no autorizarla, se considerara que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.

12. Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 15 se incluye el modelo de contrato.

12.1.1 La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

12.1.2 Cantidades del Contrato: Las cantidades a ejercer son las indicadas en el documento 06-A.

12.1.3 Ordenes de Servicio.

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de servicio” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato.

La ORDEN que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro del plazo de ejecución del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato.

12.2. Plazo, lugar, anticipo y forma de pago.

A) El plazo máximo de prestación de los servicios es de 05 días naturales a partir de que el Proveedor reciba la orden de servicio y de acuerdo al programa (ilustrativo) incluido en el DOCUMENTO 01.

B) Lugar de prestación de los servicios será en: la Planta de Polietileno Swing del complejo Petroquímico Morelos.

C) Para esta Licitación Pemex-Petroquímica NO otorgara anticipo.

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D) Los pagos que se deriven por la prestación de los (Servicios o Arrendamientos) objeto de esta licitación, se realizaran a máximo (20) (veinte) días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a los términos establecidos en estas bases y en el contrato.

12.3 Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato

El nivel de supervisión que aplicará será nivel V numerales 1, 2, 3, 4, y 6 de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área responsable que realizará la Administración y Supervisión de la ejecución será: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, la supervisión estará a cargo del: Ingeniero Williams Taracena Gálvez y se llevará a cabo en la Planta de Polietileno Swing del Complejo Petroquímico Morelos, de conformidad con el Documento 01.

El Proveedor acepta que el Supervisor de PEMEX PETROQUÍMICA vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el Proveedor.

La supervisión que realice PEMEX PETROQUÍMICA a los Servicios, no libera al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el Contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los Servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de ésta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los Servicios, ni libera al Proveedor de las obligaciones que contrae en el Contrato.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en estas bases, pudiendo solicitar a PEMEX PETROQUÍMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los Servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los Servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos.

El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta licitación.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados.

12.4 Garantías.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

De acuerdo al Documento 15 Modelo de Contrato, el PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PETROQUIMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

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Póliza de fianza que se constituirá por el 20 % (VEINTE por ciento) del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a la vigencia del contrato y hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de Pemex Petroquímica en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por Pemex Petroquímica , otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a “PETROQUIMICA”, dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 20 % (VEINTE por ciento) del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a doce meses a partir de la fecha de recepción de los trabajos siempre que durante ese período no haya surgido una responsabilidad a cargo del Proveedor, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de “PETROQUIMICA”.

12.5. Anticipo. NO APLICA-.

Para la realización de los Servicios objeto de esta licitación PEMEX PETROQUÍMICA NO otorgará anticipo.

12.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los servicios concluidos y aceptados a los (20) días naturales máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el certificado de aceptación de los servicios, fecha de la aceptación, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos, en la Ventanilla Única de Finanzas de Pemex-Petroquímica, ubicada en la Planta Baja, lado externo del Edificio Técnico Administrativo, del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., y en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 12:00 horas. De conformidad con las disposiciones normativas en materia de pago en PEMEX-PETROQUÍMICA, cuando la fecha de vencimiento sea día hábil bancario en la plaza de pago se aplicara el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO:Domingo Día hábil posterior.Sábado Día hábil anterior.Lunes a Jueves Día hábil posterior.Viernes Día Hábil anterior.

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

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Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República Mexicana, se harán en pesos mexicanos y al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día en que se realice el pago.

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.b) Que los Servicios y hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA.c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única de Finanzas, ubicada en la Planta Baja, lado externo del Edificio Técnico Administrativo, del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., en el horario de 8:30 horas a 12:00 horas., y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de

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Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html.

12.6.1. Ajuste de remuneraciones. NO APLICA.

12.7. Facturación.

El Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en: la Ventanilla Única de Finanzas, ubicada en la Planta Baja lado externo del Edificio Técnico Administrativo, del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., en el Horario de 8:30 horas a 12:00 horas. Debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Servicios en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de (20) días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan los Servicios faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

12.8. Penalizaciones

NOTA: de conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR.

Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como:

I.- Atraso en el inicio de los Servicios; II.- Atraso en la ejecución de los servicios;

Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los Servicios, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones correspondientes.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del importe de la garantía de cumplimiento.

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El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga

celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

12.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

b) No entregue los Servicios de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

d) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

f) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

h) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

i) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

j) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;

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k) Si no da a PEMEX PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los Servicios;

l) Si no entrega a PEMEX PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUIMICA, en un plazo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de que PEMEX PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, una vez que le haya comunicado al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de rescisión, PEMEX PETROQUIMICA precautoriamente, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que las partes se otorguen el finiquito correspondiente; así mismo procederá a suspender la ejecución de los trabajos y a tomar inmediata posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas. Para tales efectos el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, levantará un acta circunstanciada del estado en que se encuentre la instalación y/o puesta en marcha, la cual servirá de base para el finiquito del Contrato. El levantamiento del acta circunstanciada deberá realizarse invariablemente ante la presencia de fedatario público.

Cuando proceda

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;

c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los Servicios.

12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.Página 36

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Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11.

12.11 SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

12.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. NO APLICA.

12.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de (05) (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

13. Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los

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licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al DOCUMENTO 19.

El servidor público de PEMEX PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como DOCUMENTO 14 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

14. Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica

El licitante deberá apegarse a lo establecido en el documento 400-ACSIPA-RE-01 “Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica”, que se integra a estas bases de licitación denominado DOCUMENTO 18.

15. Solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitación

Los Licitantes que deseen solicitar facturas por concepto de pago de bases de licitación “Comprobantes Fiscales Digitales” (CFDI), deberán llenar el formato debidamente requisitado de solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de compra de bases de licitación, que se anexa como Documento 20 a las bases de licitación (SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES e instructivo de llenado), debiendo proporcionar los datos en este formato

Deberán enviar el formato y documentos requeridos el mismo día que se realice el pago (no se aceptan solicitudes con fechas de días anteriores o posteriores).

Los formatos de solicitud se recibirán de la siguiente forma:

a.- por correo electrónico a las direcciones [email protected]; [email protected] y/o [email protected]; debiendo ser en día hábil en horario de 8:30 a 13:00 horas.

b.- En el domicilio de la convocante en días hábiles, en horario de 8:30 a 13:00 horas

Nota: Las personas físicas o morales que requieran comprobante fiscal deberán estar registradas en el catalogo de clientes de Pemex Petroquímica, en caso contrario deberán solicitar su alta con 24 horas de anticipación al pago de las bases de licitación.

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DOCUMENTO 03

FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTA

No. DOCUMENTOPUNTOS DEL

DOCTO. 02 DE LAS BASES

NOMBRE DEL ARCHIVO ENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NODocumentación que deberá presentarse dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante

1 Copia de comprobante de pago de Bases de Licitación. 1.2

2 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, mediante la cual acredite la nacionalidad y personalidad jurídica (DOCUMENTO 04).

4 INCISO A) DOCUMENTO 04

3 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S. (Documento 07).

4 INCISO C) DOCUMENTO 07

4 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante. (Documento 11)

4, F.6) DOCUMENTO 11

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.5 Formato para la constancia de recepción de documentos que los

licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta (Documento 03).

4 INCISO G) DOCUMENTO 03

6 Formato del documento “Compromisos con la Transparencia” (Documento 19)

13 DOCUMENTO 19

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición.7 De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas

conjuntas.4 INCISO F) CONVENIO

8 Formato de propuesta técnica (Documento 06) 4 INCISO D) DOCUMENTO 069 Formato de propuesta económica (Documento 06-A) 4 INCISO E) DOCUMENTO 06-A

10 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los Servicios (Documento 05)

4 INCISO J) DOCUMENTO 05

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante.

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DOCUMENTO 04

FORMATO PARA ACREDITAR LA NACIONALIDAD, Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE

(Lugar y Fecha)PEMEX PETROQUIMICAC.P. JORGE VÍCTOR MEDINA JAVIERSUPTTE. DE RECURSOS MATERIALESP R E S E N T E.

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente Licitación, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

DEL LICITANTE:

NacionalidadClave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional:Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

DEL APODERADO O REPRESENTANTE:

Nombre: Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

(Firma autógrafa original)_

Notas:1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,

preferentemente, en el orden indicado.2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas,

principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.3.- El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de

los documentos indicados.

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DOCUMENTO 05

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS.

__________de __________ de ______________

PEMEX-PETROQUÍMICAC.P. JORGE VÍCTOR MEDINA JAVIER SUPTTE. DE RECURSOS MATERIALESP R E S E N T E

Licitación Pública Nacional No. ______(indicar numero de licitación)______

Descripción de los trabajos a realizar

Cantidad (hrs) Costo

Mano de obra total (horas hombre totales (Y))Mano de obra nacional (horas hombre (X))Porcentaje de participación nacional en servicios (PPNS)

PPNS=(X/Y)*100Y=Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio.X=Costo de la mano de obra nacional (horas hombre) utilizada en la prestación del servicio

Para los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:

Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC´S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es) que propone.

No. de partida

Descripcion % Integracio

n Nacional

(0 a 100%)

Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o

comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06

FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

No.Partida

Cantidad Unidadde

MedidaDescripción

1 01 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESIÓN A CAMBIADORES DE CALOR

LIMPIEZA INTERIOR A 2,491 FLUXES DE 1 in DE DIÁMETRO X 16.764 m DE LONGITUD, DEL CAMBIADOR DE CALOR E-301-C DE LA LANTA DE POELIETIELNO SWING.

Describir los servicios propuestos para la partida, indicando la marca y modelo o Nombre del Fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso, mencionar las normas con las que cumplen los Servicios que propone.

ANEXAR A ESTE DOCUMENTO TODOS LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL NUMERAL 5 DEL DOCUMENTO 01. (SALVO AQUELLOS QUE SE PRESENTEN EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIÓN)

LO ANTERIOR DEBE ESTAR DE ACUERDO A LAS BASES TÉCNICAS INDICADAS EN EL DOCUMENTO 01.

1.- LUGAR DE ENTREGA EN LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS

2.-PLAZO DE ENTREGA 05 DIAS NATURALES A PARTIR DE QUE EL PROVEEDOR RECIBA LA ORDEN DE SERVICIO, DE ACUERDO AL PROGRAMA ILUSTRATIVO INCLUIDO EN EL DOCUMENTO 01.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el DOCUMENTO 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Servicios o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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DOCUMENTO 06-AFORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

No.Partida

CantidadDe

referencia

Unidadde

MedidaDescripción Genérica de los Servicios

Precio Unitario sin I.V.A.

($)

Importe sin I.V.A.

($)Moneda

1 02 SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA CON AGUA A ALTA PRESION A CAMBIADORES DE CALOR.

LIMPIEZA INTERIOR A 2,491 FLUXES DE 1 in DE DIÁMETRO X 16.764 m DE LONGITUD, DEL CAMBIADOR DE CLAOR E-301-C DE LA PLANTA DE POLIETILENO.

MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA:

Condiciones Económicas:

1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA 60 DIAS mínimo.2.- LUGAR DE EJECUCION SERVICIOS: EN LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL

COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS3.- PLAZO DE EJECUCION DE LOS SERVICIOS: 05 DIAS NATURALES A PARTIR DE QUE EL

PROVEEDOR RECIBA LA ORDEN DE SERVICIO, DE ACUERDO AL PROGRAMA ILUSTRATIVO INCLUIDO EN EL DOCUMENTO 01.

4.- CONDICION DE PRECIO FIJO ( X ) VARIABLE ( )

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: ____________________FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARACTER PRODUCTIVO DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICAC.P. JORGE VÍCTOR MEDINA JAVIERSUPTTE. DE RECURSOS MATERIALESP R E S E N T E

EN CASO DE SER PERSONA MORAL:

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FISICA Y SEA QUIEN SUSCRIBA ESTE DOCUMENTO :

(Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53

fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De

Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades

Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

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EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE PARTICIPE A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE :

(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el

mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra

en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos

Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de

Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter

Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DELAPODERADO LEGAL)

NOTA:

EL PRESENTE FORMATO SE ADECUARÁ DE ACUERDO A LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE .

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DOCUMENTO 08

MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARA(N) EL(LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA:

A).- GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS.

TEXTO 1. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICOPARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS.NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA)(NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX,ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DEPROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOSPARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DELAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DEFECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE______________________ Y NUESTRO FIADO(S).EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTOASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRAY MONEDA).ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDASEN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODASY CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DENUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARATAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDERESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DELCONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZASPRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS,ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20%DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁLOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTAFIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DECONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DELCONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTOMODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTOORIGINALMENTE GARANTIZADO.EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓNDE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUESUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONESEN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOSMODIFICATORIOS.ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTALEJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONESDERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN,INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES,QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIROBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERACONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR

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CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADAEN EL CONTRATO GARANTIZADO.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOSPROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONESDE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUEPROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGOEXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. ELBENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LARECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DENOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SUINCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRAPRIMERO.LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZAQUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUESE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS..B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACIONE) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓNE) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓNF) IMPORTE RECLAMADO.ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONEA LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOSRELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LACUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL OPARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DEFIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓNDE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL ALOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.A INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓNPAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LAINDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS ENQUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LAOBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOSREALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁPROPORCIONALMENTE.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORMEA LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS,EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LALEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALESCONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARAPROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO ALBENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJOLSO TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓNPOR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONESDE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DEPROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL,SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LASUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN ELJUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIALO TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA

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INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIODEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZOMÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓNFAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOSPROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SEINTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SEPRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA PORAUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMOEXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DELCRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACEEXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGOCIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN ELCONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓNEN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGAVALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADODEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁNAUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DELA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA PORINCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUEOCURRA PRIMERO.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORASIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LACANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LACONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONESFIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTESDATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADOCON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LAFIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DELBENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO;DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DELA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS,NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAOBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBARLO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SERSUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

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B).- GARATIZAR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS SERIVICOS Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASI COMO CULAQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

TEXTO 2. ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICOPARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LACALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA )(NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX,ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODASLAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARAGARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE ELNOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LASOBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DESUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE ______________________________________ YNUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOSOCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIEROTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES OLA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDOPARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDADCON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOSDEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOSPRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERAINCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DELCONTRATO, POR UN PERIODO DE 12 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENESO SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS YVICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEANREPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOSGASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES OREPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO.EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIORAL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POREL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓNDE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUESUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONESEN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOSMODIFICATORIOS.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DEEJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LAEFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DEINDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTEDE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINODE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SECOMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALESQUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LASCORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LACALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUEHUBIERA INCURRIDO.EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UNPLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTAINSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA

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QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUESE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO,QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓNDE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DELOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA ALOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SUCUANTIFICACIÓN.D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS YVICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIEROTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO.E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOSBIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRARESPONSABILIDAD.ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONEA LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOSRELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LACUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL OPARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DEFIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓNDE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL ALOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORMEA LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS,EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LALEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALESCONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARAPROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO ALBENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJOLOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓNPOR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONESDE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DEPROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL,SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LASUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN ELJUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIALO TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LAINSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIODEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZOMÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓNFAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOSPROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SEINTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SEPRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA PORAUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁNAUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LARECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDADDE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD

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EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DELVENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIOOTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y ELBENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/OREPOSICIONES NECESARIAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORAÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LACANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONESFIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTESDATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADOCON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LAFIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DELBENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO;DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DELA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS,NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAOBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBARLO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIORAL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09

MODELO DE CARTA DE CREDITO STANDBY CONFIRMADA QUE DEBERA(N) PRESENTAR EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE

BENEFICIARIO.

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DOCUMENTO 11

(MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE)

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUÍMICA.C.P. JORGE VÍCTOR MEDINA JAVIERSUPTTE. DE RECURSOS MATERIALESP R E S E N T E

Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos.

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante,

mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega

con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

_______________________

[NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

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DOCUMENTO 14NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.

Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.

La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.

Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores

comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de

dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o los (Servicios o Arrendamientos) a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o los (Servicios o Arrendamientos).

Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.

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El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.

Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en los (Servicios o Arrendamientos) o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

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Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 15

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX PETROQUÍMICA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PETROQUÍMICA, REPRESENTADO POR C.P. JORGE VICTOR MEDINA JAVIER, EN SU CARÁCTER DE APODERADO GENERAL, Y POR LA OTRA _____________________, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE __________________________ (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

1. PETROQUÍMICA declara a través de su apoderado que:

1.1 Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos.

1.2 Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. 141,536, de fecha 08 de agosto de 2008, otorgada ante la fe del Notario Público No. 116 de la Ciudad de México, Distrito Federal Licenciado Ignacio R. Morales Lechuga, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante PPQ-DG-SO-GM-0800-2012 de fecha 08 de Mayo 2012.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante Licitación Pública Nacional No. 18578019-503-12, con fundamento en los artículos 54 Primer párrafo y 55 fracción I de la Ley de

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Petróleos Mexicanos, 50 fracción I y 53 fracción I de su Reglamento, 23, 57 y demás relativos a los contratos establecidos en la Sección a) de la Parte VII de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96400, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México, y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es RFC: PPE920716TS5.

2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:

2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO:NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.

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Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

2.4 Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PETROQUÍMICA (la) “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”), con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.”

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que PETROQUÍMICA le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

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2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATOCelebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

DEFINICIONES

Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación:

“Proyecto Sustantivo”: Contrato con Terceros

“Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

PETROQUÍMICA encomienda y el PROVEEDOR se obliga a prestar de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos, el servicio consistente en: “SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR DE FLUXERÍA DEL CAMBIADOR E-301-C DE LA PLANTA POLIETILENO SWING DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS”, (en adelante los “servicios”).

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.

SEGUNDA.- VIGENCIA

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La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.

TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato, en 10 (Diez) días naturales a partir del día 02 de julio de 2012 y a concluirlos a mas tardar el día 31 de diciembre de 2013 conforme a las Ordenes de Servicio que emita PETROQUÍMICA, de acuerdo a las condiciones descritas en el Anexo “B”, mismo que forma parte integrante de este contrato.

Cuando la Orden de Servicios sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha Orden de Servicio, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de prestación del servicio. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la Orden de Servicio, el plazo de prestación del servicio empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PETROQUÍMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PETROQUÍMICA.

El plazo de ejecución de los servicios es de 5 (Cinco) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la Orden de Servicio por parte del PROVEEDOR.

PETROQUÍMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) prestarse los servicios objeto de este contrato.

No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a PETROQUÍMICA.

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizará en: la planta de Polietileno Swing, del Complejo Petroquímico Morelos, los que se realizaran en turnos de 8:00 horas a 20:00 Horas y de 20:00 Horas a 8:00 Horas, incluyendo sábados, domingos y días festivos. Conforme a las condiciones descritas en el Anexo “B”, mismo que forma parte integrante de este contrato.

3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por PETROQUÍMICA, o iii) por cualquier acto u omisión de PETROQUÍMICA o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.

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Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.

CUARTA.- REMUNERACIÓN

4.1 Monto

El presupuesto máximo que PETROQUÍMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que PETROQUÍMICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

La cantidad mínima de servicios es 1 (un) Servicio y la máxima será: 2 (dos) Servicios.

Queda expresamente convenido que PETROQUÍMICA no se obliga a agotar el presupuesto mínimo establecido en este contrato.

El precio unitario de los servicios se especifica por partida en el Anexo “A” de este contrato.

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable(s) de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

El PROVEEDOR presentará sus facturas abarcando periodos mensuales, de conformidad con lo establecido en el Anexo “B”.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida de los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios. Las facturas deberán presentarse dentro de los 20 (Veinte) días naturales siguientes a la fecha de corte.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de PETROQUÍMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo, en original y 2 (dos) copias, para proceder en los términos que se establecen en este contrato, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de 7

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(siete) días naturales posteriores a la recepción de los servicios en los términos de este contrato.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo de ejecución.

4.3 Condiciones y Forma de Pago

PETROQUÍMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los servicios prestados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (Veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la prestación de los servicios.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PETROQUÍMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PETROQUÍMICA a través de la ventanilla única ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo del Complejo Petroquímico Morelos, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 10 (Diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PETROQUÍMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto

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pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (Tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PETROQUÍMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PETROQUÍMICA.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PETROQUÍMICA. PETROQUÍMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PETROQUÍMICA.

QUINTA.- PENALIZACIONES

Las partes en el presente contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la ejecución de los servicios, PETROQUÍMICA le aplicará penas convencionales en los siguientes supuestos:

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS

Las partes convienen expresamente que respecto de cada orden las penas convencionales a las que el proveedor se haga acreedor por el atraso en el inicio de los trabajos, serán determinadas sobre el valor total de la orden de los servicios a razón del 20 % del monto de la orden de que se trate por cada día calendario de atraso en el inicio de los mismos.

Las partes convienen expresamente que en caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por PETROQUÍMICA, o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el PROVEEDOR deberá pagar a PETROQUÍMICA, como pena convencional por cada día

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natural de atraso de los Servicios, una cantidad equivalente al 20 % (veinte por ciento) del monto total de los Servicios pendientes de ejecutar.

La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

El monto de las penas convencionales no podrá exceder el monto del contrato.

El PROVEEDOR acepta, que PETROQUÍMICA aplique las penas convencionales a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga

celebrado con PETROQUÍMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el contenido nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del Anexo “GCN”, de este contrato. Dicho porcentaje deberá ser mantenido no obstante las subcontrataciones que realice.

PETROQUÍMICA podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del contenido nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los servicios objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penas Convencionales, del presente contrato y, asimismo, será causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

SÉPTIMA.- CESIÓN

El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PETROQUÍMICA, con la intervención del área jurídica.

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El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PETROQUÍMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PETROQUÍMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

NOVENA.- GARANTÍAS

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que deberá constituirse por el 20 % (veinte por ciento) del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el 20 % (veinte por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUÍMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

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B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUÍMICA.

F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5. La rescisión del contrato y su notificación.6. Copia del finiquito7. Cuantificación del importe reclamado.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en la Jefatura de Obra Pública ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos en el horario de: 9:00 a 15:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “C”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

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El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el 20 % (veinte por ciento) del importe total de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a DOCE MESES a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante PETROQUÍMICA para responder por la calidad de los servicios, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PETROQUÍMICA.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUÍMICA.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su

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ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUÍMICA.

F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que

reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de la mala calidad de los servicios y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado de la mala calidad de los servicios.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en la Jefatura de Obra Pública ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos en el horario de: 9:00 a 15:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo “C”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la póliza de fianza, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

DÉCIMA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, yc. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores.

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II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”, y, b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.

Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

El PROVEEDOR deberá entregar a PETROQUÍMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

10.1 Conceptos o Volúmenes de Servicios no Previstos en el contrato.

Si durante la ejecución de los servicios, PETROQUÍMICA requiere de la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de ejecutarlos, éste sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la autorización por escrito o mediante anotación en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Tratándose de volúmenes de servicios no previstos en el contrato, éstos se pagarán a los precios unitarios pactados originalmente en este contrato.

Tratándose de los conceptos no previstos en el catálogo de conceptos, sus precios unitarios deberán ser conciliados y autorizados previamente a su pago.

El PROVEEDOR, una vez ejecutados los servicios, podrá elaborar sus facturas y presentarlas a PETROQUÍMICA en la siguiente facturación de conformidad con la cláusula de pago.

En caso de que la ejecución de conceptos o volúmenes de servicios no previstos en el contrato y sus anexos modifiquen el objeto, monto o plazo del mismo, las partes celebrarán un convenio en los términos de esta cláusula.

DÉCIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS

PETROQUÍMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato.

El PROVEEDOR acepta que el representante del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato de PETROQUÍMICA vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la

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aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

La supervisión de los servicios que realice PETROQUÍMICA no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para prestar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PETROQUÍMICA, quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones justificadas, PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato se aplicará el siguiente procedimiento de Supervisión, de acuerdo a lo indicado en el Anexo “B”, se aplicará el Nivel de Supervisión V, en sus numerales 1, 2, 3, 4 y 6, del Procedimiento Institucional para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su Caso y Empresas Filiales, Clave: PA-800-70600-01, Revisión: 01, de acuerdo a lo indicado en el Anexo “B”

Al término de la supervisión, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato.

DÉCIMA SEGUNDA.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

PETROQUÍMICA recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la aceptación de los servicios en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PETROQUÍMICA. Una vez recibidos y aceptados los servicios, PETROQUÍMICA, entregará al PROVEEDOR el Comprobante de Aceptación de los Servicios, emitido por el Representante del Complejo Petroquímico Morelos.

La recepción de los servicios se hará en: la Planta Polietileno Swing del Complejo Petroquímico Morelos, lo que se realizara en turnos de 8:00 horas a 20:00 Horas y de 20:00 Horas a 8:00 Horas, incluyendo sábados, domingos y días festivos. Conforme a las condiciones descritas en el Anexo “B” , mismo que forma parte integrante de este contrato.

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En caso de que la fecha de conclusión de los servicios coincida con un día inhábil, la recepción de éstos se correrá al siguiente día hábil, sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales.

DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR

Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas.

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) Cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR; (ii) o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula correspondiente.

La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.

En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”.

En caso de terminación anticipada de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

14.1 Rescisión administrativa

PETROQUÍMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;

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b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;

c) No ejecute los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;

l) Si no da a PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión de los servicios;

m) Si no entrega a PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUÍMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PETROQUÍMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

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En caso de que PETROQUÍMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PETROQUÍMICA, en un plazo de 10 (diez) días hábiles, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación y, en su caso, los bienes, que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PETROQUÍMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los servicios ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (Veinte) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PETROQUÍMICA.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PETROQUÍMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

La determinación de PETROQUÍMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.

En caso de que PETROQUÍMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PETROQUÍMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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14.3 Rescisión por causas imputables a PETROQUÍMICA

El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUÍMICA se actualice alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se presten los servicios objeto de este contrato, cuando así corresponda; o

c) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo.

DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato,

con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y

V. Cuando así lo determine PETROQUÍMICA

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PETROQUÍMICA, el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

DÉCIMA SEXTA.- SUSPENSIÓNPágina 80

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PETROQUÍMICA tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PETROQUÍMICA, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando PETROQUÍMICA determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes, debiendo únicamente suscribir una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión y la fecha de reinicio, sin modificar el plazo de ejecución establecido en el contrato. El PROVEEDOR, a partir de la reanudación del contrato, podrá solicitar el pago de los conceptos señalados en el Anexo “GNR”.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PETROQUÍMICA; por lo que en estos casos PETROQUÍMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y prestar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales,

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asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUÍMICA para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PETROQUÍMICA por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

En caso de ser una empresa ubicada en la estratificación de: Micro, Pequeña o Mediana, el PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.

DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUÍMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PETROQUÍMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

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DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los servicios materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PETROQUÍMICA en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUÍMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PETROQUÍMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PETROQUÍMICA.

Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PETROQUÍMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.

VIGÉSIMA PRIMERA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

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Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a PETROQUÍMICA:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos a un costado de la Gasolinera, en Ejido Pajaritos S/N. C. P. 96400, Villa Allende, Coatzacoalcos, Ver., con su titular Ing. Fortino Ulloa López, Superintendente Interino, al teléfono (01) 921 21 1 40 00, ext. 30 744, 30-745 y correo electrónico [email protected]; o con el Ing. Williams Taracena Galvez, Supervisor del contrato al teléfono (01) 921 21 1 40 00, extensión 34 366, e-mail: [email protected] de la Planta Polietileno Swing, Adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

Comunicaciones al PROVEEDOR:

Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral 2.4 del apartado de declaraciones de este contrato.

Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral 2.4 del apartado de declaraciones de este contrato.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

VIGÉSIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

PETROQUÍMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el Supervisor del Complejo Petroquímico Morelos dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PETROQUÍMICA.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del

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contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes

VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN

El PROVEEDOR, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de PETROQUÍMICA.

EL PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato no ofrecerá, prometerá o dará por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno ya sea federal, estatal o municipal, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.

En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, PETROQUÍMICA podrá optar por la rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO.

Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATOPágina 85

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Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.

VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen.

Anexo “A” “Tarifa y Catálogo de Conceptos”Anexo “B” “Descripción y Alcance del Contrato”Anexo “C” “Texto de las Garantias” Anexo “D” “Programa del Servicio”Anexo “GCN” “Grado de Contenido Nacional”Anexo “GNR” Gastos No Recuperables

Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo.

Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.

El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello.

El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.

TRIGÉSIMA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los 1 (un) día hábil siguiente de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.

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El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula.

Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 1 (un) día hábil contado a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 1 (un) día hábil para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo.

Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original.

El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de 1 (un) día hábil siguiente a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Supervisión y Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:

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a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 01 (un) día hábil para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 2 (dos) días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.

Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes de la celebración de la primera reunión.

Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PETROQUÍMICA.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.

TRIGÉSIMA TERCERA.- FINIQUITO

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Concluidos los servicios, PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 30 (treinta) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

Si procede, PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

TRIGÉSIMA CUARTA.- ÓRDENES DE SERVICIO

PETROQUÍMICA solicitará la prestación de los servicios objeto de este contrato a través de “órdenes de servicio” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), en términos de lo establecido en el Anexo “B” del presente Contrato, mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento o en el Cuarto de Control de la Planta Polietileno Swing del Complejo Petroquímico Morelos o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

TRIGÉSIMA QUINTA.- SUBCONTRATACIÓN

Se permite la subcontratación del 100 % (cien por ciento) del equipo y herramienta indicada en los subnumerales 7.1 y al 7.4 establecidos en el anexo B que forma parte del presente contrato, relacionados con; maquinaria, equipo, herramientas y materiales que suministrará el proveedor para la realización del servicio:

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7.1.- Dos máquinas hidrolavadoras como mínimo, cada una con 300 HP y capacidad de presión de 40,000 PSI como mínimo, y que acopladas ambas máquinas, alcancen un flujo de 26 GPM como mínimo, ó bien una máquina hidrolavadora de 600 HP y capacidad de presión de 40,000 PSI como mínimo, y que alcance un flujo de 26 GPM como mínimo, incluyendo los mangueras y accesorios correspondientes para medir y operar a la presión y flujo requerido, y así efectuar la debida limpieza del presente servicio.

7.2.- Un sistema de multi-lanzas rígidas rotatorias, con toberas rotatorias, para operar a la presión requerida y efectuar la debida limpieza del presente servicio, incluyendo mangueras de alta presión para aire ó nitrógeno

7.3.- Un compresor portátil de 375 CPM como mínimo

7.4.- Un instrumento electrónico de inspección visual (videoscopio ó boroscopio o fibroscopio) con monitor de video y sonda óptica.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo “GCN”.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.

No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de PETROQUÍMICA. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUÍMICA de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución de los servicios relacionados con el contrato.

TRIGÉSIMA SEXTA.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a PETROQUÍMICA están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad a que se hace referencia en el anexo “B” del presente contrato.

TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO

Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en los anexos del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PETROQUÍMICA que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

TRIGÉSIMA OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD

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El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PETROQUÍMICA, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PETROQUÍMICA. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PETROQUÍMICA. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PETROQUÍMICA para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los servicios, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de 10 (Diez) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

TRIGÉSIMA NOVENA.- OTRAS ESTIPULACIONES

Cuando los Servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de PETROQUÍMICA, el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.

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REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA DIRECCION JURIDICA

________________________________

POR PETROQUÍMICA_______________________________

POR EL PROVEEDOR_________________________________

DOCUMENTO 16

CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes:

1. No presentar la documentación indicada en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación.

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2. No acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con la documentación indicada en el numeral 4 inciso A), de estas bases de licitación.

3. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el numeral 4 inciso B), de estas bases de licitación.

4. Si no cumple con cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de licitación.

5. Si incurre en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone. Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo refaccionamiento o equipo. Que no indique marca o nombre del fabricante. Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención”

6. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta.

7. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases de licitación.

8. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el numeral 4 inciso C), de estas bases de licitación.

9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes que no se establezcan en estas bases, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 inciso Q), de estas bases de licitación.

10. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, numeral 4 inciso F.2).

11. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas.

12. Cualquier violación a la Ley y su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

13. El NO señalar dentro de su propuesta, que los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Servicios que propone y entregará son nuevos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 inciso P) de esta bases de licitación.

14. Que proponga un plazo para la realización de los servicios mayor al plazo establecido en el numeral 12.2 de las presentes bases de licitación.

15. En el caso de las propuestas enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no presentadas la propuesta y la demás documentación requerida en estas bases de licitación, cuando el archivo en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. NO APLICA.

16. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la propuesta, solicitados en estas bases de licitación, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de licitación.

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17. No presentar los documentos 04, 05, 06, 06-A y 07 debidamente requisitados.

18. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación que afecte directamente la solvencia de su propuesta.

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DOCUMENTO 17

NIVELES DE SUPERVISION DE LOS SERVICIOS

Supervisión de los Servicios de acuerdo al Procedimiento Institucional Para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, CLAVE: PA-800-70600-01

Se establece el siguiente nivel:

Nivel V

Aplica a los arrendamientos o servicios terminados que se supervisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final.

El cumplimiento de las especificaciones establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes:

1) Las especificaciones contractuales.2) El cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos y especificaciones.3) La ejecución del arrendamiento o servicio.4) Las pruebas y/o evaluaciones finales.6) La documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 18400-ACSIPA-FO-12 Rev. 03

Reglamento.

Identificación 400-ACSIPA-RE-01 Área emisora Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental

Revisión 01 Fecha de revisión: 19 de Junio del 2006

Nombre del documento: Reglamento de Seguridad, Salud y Protección Ambiental, que deben cumplir los Contratistas y/o Proveedores dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

Elabora Revisa Autoriza

Ing. Hugo Martiradoni Aguiñaga Ing. Guillermo García Reynaga Ing. Mario H. González Petrikowsky

1.- OBJETIVO.

Establecer las disposiciones generales de Seguridad, Salud y Protección Ambiental (SSPA), que deberán ser observadas por el personal de las Empresas Contratistas, Sub-contratistas y Terceros que presten servicios en las instalaciones de Pemex Petroquímica,

2.- PROPÓSITO.

La Seguridad Industrial, Salud y la Protección al Medio Ambiente, es compromiso de funcionarios y empleados de Pemex Petroquímica, buscando la eliminación de accidentes, enfermedades laborales y de todo aquello que afecte nuestro proceso productivo y medio ambiente, comprendiendo y respetando la Política de Petróleos Mexicanos la cual se menciona a continuación:

“Ser una empresa eficiente y competitiva que se distinga por el esfuerzo y compromiso de sus trabajadores con la Seguridad, Salud y Protección Ambiental, bajo los siguientes Principios: La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son valores con igual prioridad que la producción, el

transporte, las ventas, la calidad y los costos.

Todos los incidentes y lesiones se pueden prevenir.

La Seguridad, Salud y Protección Ambiental son responsabilidad de todos y condición de empleo.

En PEMEX nos comprometemos a continuar la protección y el mejoramiento del medio ambiente en beneficio de la comunidad.

Los trabajadores estamos convencidos de que la Seguridad, Salud y Protección Ambiental son en beneficio propio y nos motivan a participar en este esfuerzo”.

Por lo que esta Política se hace extensiva a las compañías contratistas y/o proveedores, generando el presente Reglamento diseñado para que todo personal de Compañía Contratista que realice actividades para cualquier instalación de Pemex Petroquímica, cumpla con la normatividad en materia de Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

3.- ALCANCE

Este Reglamento se refiere a:

3.1. Las responsabilidades y obligaciones de los contratistas que proporcionan servicios de mantenimiento, reparación, construcción, desmantelamiento, modificación u otros trabajos, en las instalaciones de Pemex Petroquímica.

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3.2. Los requerimientos mínimos de seguridad industrial que debe cumplir el personal contratista en el desarrollo de sus actividades, mecanismos de control correspondientes y las responsabilidades que debe asumir.

3.3. Así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus compañeros de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, accidentes con daño a la propiedad, al medio ambiente y/o a terceras personas.

3.4. Este Reglamento formará parte integrante de las Bases Técnicas de todos los Contratos de Pemex Petroquímica con Empresas Contratistas, Subcontratistas y Terceros, como también formará parte de cualquier Contrato de Servicios y Obras.

3.5. Este reglamento es de aplicación general y obligatoria para todas las Compañías Contratistas o personas que mediante contratos de obras públicas o de servicios efectúen trabajos de: instalación, ampliación, adecuación, remodelación, restauración, modificación, demolición, adaptación, conservación, mantenimiento, rehabilitación, reacondicionamiento, construcción, y todos aquellos de naturaleza análoga, en cualquier instalación de Pemex Petroquímica.

4.- REFERENCIA NORMATIVA.

Estas normas, principios y procedimientos son complementarios de las disposiciones sobre Seguridad e Higiene Industrial y Medio Ambiente que se establecen en la Legislación vigente y que el Contratista declara conocer, cumplir y hacer cumplir. A continuación se listan las Normativas Legales más importantes, la cual no excluye otra legislación aplicable y las modificaciones posteriores

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A, Fracciones XIII y XXXI.

Ley Federal del Trabajo, (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de Abril de 1970, Ultima modificación 17 de Enero de2006) Artículo 132, Capítulo III BIS, Artículo 153-F.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento.

Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de Enero de 1997), Capítulo Segundo, “Obligaciones de los Patrones” Artículo 17 Fracción VII, Capítulo Tercero “Obligaciones de los Trabajadores” Fracción IV, Capítulo V “Capacitación” Artículo 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141.

Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.-Actualizado al 28-1I-03 y sus normas.

Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, 08/05/2006

Contrato Colectivo de Trabajo, PEMEX-STPRM 2005-2007.

Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

Norma NO.03.0.03 “Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos” Abril, 1987.

Acuerdo por el que se fijan Criterios Generales y se establecen los formatos correspondientes para la realización de Trámites Administrativos en Materia de Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores, (Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Abril de 1997).

5. ACTUALIZACIÓN.

Las sugerencias para la revisión de este Reglamento, deben ser enviadas a la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, quien debe programar y realizar la

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actualización de acuerdo a la procedencia de las mismas y en su caso, este Reglamento debe revisarse y actualizarse por lo menos cada cinco años, o antes si las sugerencias de cambios o recomendaciones lo ameritan.

Las propuestas y sugerencias deben dirigirse por escrito a:

Subgerencia de Seguridad Industrial

Corporativo de Pemex Petroquímica.

Jacarandas no. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel B-2, Edificio Sede de Pemex Petroquímica, Coatzacoalcos, Ver, México.

Teléfono Directo: (01-921)-2-11-14-09, Conmutador: (01-921)-2-11-11-00, extensión 20-309.

6.- DEFINICIONES.

Para los fines del presente Reglamento se establecen las siguientes definiciones:

6.1. Accidente personal: Es cualquier lesión o enfermedad profesional sufrida por una persona, la cual resulta de y en el curso del trabajo, o en tránsito de ésta a casa o viceversa.

6.2. Accidente industrial: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones y/o de la industria causándoles averías graves, acompañado o no de daño al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.3 Análisis de Seguridad de Trabajos: Es la aplicación de controles Administrativos a los trabajos de mantenimiento en las áreas de proceso, no proceso y talleres, de manera que los riesgos del trabajo y los asociados con el mismo sean Identificados, minimizados y controlados para que las Lesiones e Incidentes puedan ser eliminados, enfocados a: la Planeación, Programación y Ejecución de los trabajos

6.4. Áreas de riesgo: Los lugares donde se puedan suscitar los eventos siguientes:

6.4.1. Existan de modo continuo o periódico concentraciones de gases, líquidos y sólidos de materiales peligrosos.

6.4.2. Se procesen, manejen o usen materiales peligrosos.

6.4.3. Exista la presencia de materiales combustibles o inflamables gaseosos, líquidos o sólidos que ofrezcan posibilidad de incendio y/o explosión.

6.4.4. Instalación y/o equipo que opere a altas presiones y/o temperaturas.

6.4.5. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación.

6.4.6. Instalación y/o equipo en que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.4.7. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 10 metros de altura.

6.4.8. Instalación y/o equipo que se encuentre a más de 5 metros de altura de una plataforma o excavaciones de más de 1.20 metros de profundidad, drenajes, túneles y pozos en general.

6.4.9. Instalación y/o equipo que opere con alta tensión.

6.4.10. Instalación y/o equipo que genere ruido, radiaciones ionizantes y/o radiación térmica.

6.4.11. Interior de recipientes o equipos (espacios confinados).

6.5. CCSIPA: Coordinación de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Morelos y el CP Cangrejera.

6.6. Contratista y/o proveedor: La persona que celebra contratos de Obras Públicas o de Servicios Relacionados con las Mismas, así como de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, incluyendo al personal empleado.

6.7. Centro de Trabajo: Instalación industrial de Pemex Petroquímica.

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6.8. Derrame: Es toda liberación de materiales en el aire, suelo y agua de desechos industriales y otras materias.

6.9. Encargado en Seguridad Radiológica: Es la persona designada por el contratista como responsable de la ejecución de los trabajos radiológicos. Deberá estar acreditado como Perito en Seguridad Radiológica por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, en los términos del Título Séptimo Capítulo III, “Del permisionario, encargado de seguridad radiológica y personal ocupacionalmente expuesto”, del Reglamento General de Seguridad Radiológica.

6.10. Equipo generador de flama o chispa: Es aquél que en forma ocasional o continua, directa o indirectamente produce flamas o chispas o emite calor con energía suficiente para provocar la ignición de gases o vapores derivados de líquidos y sólidos inflamables o combustibles.

6.11. Incidente: Evento inesperado que altera el funcionamiento normal de las instalaciones, acompañado o no de daños a las instalaciones, al medio ambiente o a las personas en su integridad física.

6.12. Pemex Petroquímica: Organismo Subsidiario de Petróleos Mexicanos,

6.13. Permiso para ejecución de trabajo con riesgo: Formato a través del cual, el jefe de operación de la instalación y el Ingeniero de Seguridad, otorgan de manera conjunta, la autorización correspondiente para que se realice el trabajo, condicionado a que se cumpla con las medidas preventivas establecidas en el propio formato.

6.14. Residuo peligroso: Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas o infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente.

6.15. Reglamento General de Seguridad Radiológica: Corresponde al Reglamento General de Seguridad Radiológica emitido por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988.

6.16 Superintendencia de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental: en el CP Pajaritos, el CP Cosoleacaque, el CP Escolín, el CP Independencia y el CP Tula.

6.17. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

6.18. Superintendente de Construcción: Persona física representante del Contratista ante Pemex Petroquímica.

6.19. Trabajo con riesgo: Es aquél que se realiza en un área de riesgo o cerca de ella, con equipo que produce calor, flama o chispa con energía suficiente para provocar la ignición de gases, vapores o líquidos inflamables; así como aquellos trabajos que por su naturaleza o por las condiciones del área de trabajo y sus alrededores y/o naturaleza de las substancias manejadas, generan una condición de peligro para quienes los efectúen.

6.20. Residente de Obra y/o supervisor de los servicios: Servidor Público designado por Pemex Petroquímica, para supervisar la correcta ejecución de los trabajos, inspeccionar servicios o bienes contratados o adquiridos y quien fungirá como su representante ante el contratista ó proveedor.

6.21. Supervisor de Seguridad: Persona asignada por el contratista y/o proveedor para llevar a cabo las funciones de supervisión de los aspectos de seguridad, salud y protección ambiental en los trabajos que se efectúen al amparo de un contrato.

6.22. Usuario: Personal quien solicita y hace uso de los servicios, obras o productos adquiridos y/o amparados en los contratos.

7. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES.

7.1. DEL CONTRATISTAS Y/O PROVEEDOR.7.1.1.- DEL ACCESO Y TRANSITO EN LAS INSTALACIONES.7.1.1.a. El acceso al personal de la Compañía Contratista a las instalaciones, deberá ser a través

de las entradas oficiales o por los lugares señalados por los centros de trabajo, para que los Departamentos de Seguridad Física mantengan un estricto control.

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7.1.1.b. Los contratistas y/o proveedores antes de iniciar los trabajos objeto de cada contrato, deberá registrar a su personal en las oficinas de la Coordinación de Auditoría de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de cada centro de trabajo o a quien este último designe.

7.1.1.c. Este registro tiene entre otros objetivos, el que al personal de la Compañía Contratista y/o proveedor se le incluya en los planes de emergencia y/o evacuación, instruyéndolos con los lineamientos específicos a seguir.

7.1.1.d. Los contratistas y/o proveedores deben proporcionar a su personal, el pase que el centro de trabajo proporcione, para que pueda accesar a las instalaciones y exhibirlo cuando así se lo solicite.

7.1.1.e. Los contratistas y/o proveedores deben cumplir con el horario de labores que previamente al inicio de la obra o servicio se haya estipulado en el centro de trabajo.

7.1.1.f. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores que vayan a laborar, deberán cumplir con los puntos que a continuación se mencionan, para tener acceso a los centros de trabajo:

Exhibir en la puerta oficial de Vigilancia que se le indique, la(s) credencial(es) de su personal, que contendrán el nombre, firmas del trabajador y del Representante de la Compañía, No. de afiliación al I.M.S.S., y fotografía del trabajador de frente, así como nombre y R.F.C. de la compañía a la cual pertenece, vigencia y número del contrato, el área o lugar donde deba trabajar y nombre del Supervisor de Seguridad, en su caso.

Los contratistas y/o proveedores que terminen su relación contractual y laboral con cualquiera de sus trabajadores lo deberán notificar de manera simultánea a dicha terminación y por escrito al Departamento de Seguridad Física, de lo contrario serán responsables de lo que dicho trabajador realice en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filial.

Portar su equipo básico de protección personal desde el acceso al centro de trabajo, ropa de trabajo de algodón consistente en: pantalón, camisa de algodón u overol (color naranja) de manga larga, guantes de carnaza, zapatos de seguridad, casco (color naranja) protección ocular con lentes de seguridad, gogles y tapones auditivos, en el entendido de que la ropa y casco deberán ser color naranja, para su identificación, además la ropa deberá estar razonablemente ajustada al cuello, puños y parte baja de los pantalones, de tal forma que no se tengan partes colgantes.

Como excepción, para los operadores de autotanques ajenos a los Organismos Subsidiarios de Pemex, que deberán vestir ropa del tipo overol en color azul marino, confeccionado en algodón 100 %, portar casco de seguridad fabricado con polipropileno de color azul marino, calzar zapatos de seguridad y usar gogles contra salpicaduras químicas, y en su caso contar con guantes adecuados al tipo de producto que maneja.

7.1.2. DE LOS VEHÍCULOS.7.1.2.a. Los contratistas y/o proveedores que manejen vehículos en el interior de las instalaciones

deberán contar con licencias de manejo vigentes y utilizar en todo momento el cinturón de seguridad, asimismo deberán respetar la velocidad permitida (de acuerdo a los señalamientos) y todos los avisos de tránsito ubicados en el interior del centro de trabajo. El Contratista se obliga a tramitar ante el departamento de Seguridad Física, el pase de acceso para el vehículo y que deberá portar en lugar visible, el cual se expedirá siempre y cuando el mismo cuente con póliza de seguro emitida por compañía legalmente constituida y se encuentre en buenas condiciones de seguridad (frenos, llantas, sistema eléctrico y escape, matachispas, etc. previa inspección de las áreas de seguridad (CCSIPA o SCSIPA)

7.1.2.b. Así mismo, no es permitido estacionar vehículos en sitios donde obstruyan hidrantes o equipo contra-incendio y salidas de emergencia.

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7.1.2.c. Será responsabilidad única y exclusivamente del contratista y/o proveedor la utilización de equipos y accesorios de maniobra (grúas, winches, diferenciales, estrobos, eslingas, montacargas, etc.) en buen estado y condiciones seguras de trabajo.

7.1.2.d. En el caso de la operación de grúas, el contratista debe de contar con personal entrenado, certificado de competencia laboral, certificado de salud satisfactorio, tener un mínimo de tres años de experiencia en la operación y maniobras, debe de contar con sus procedimientos escritos para tránsito, preparación del equipo, preparación de la carga, cálculos de la maniobra, de comunicación, de emergencia, listas de verificación, certificación de la grúa etc., todo movimiento que realice la grúa debe contar con una supervisión continua, los procedimiento deben ser aprobados por el Residente de Obra con visto bueno de CCSIPA o SCSIPA y Mantenimiento, estos están facultados para impedir el uso de este equipo en caso de que detecte que no reúne las condiciones de operación y seguridad requeridos. De lo anterior descrito se hace extensivo en lo que corresponda para tractocamiones, plataformas, plataforma baja, montacargas, autotanques, equipos presión vacío, motoconformadoras, tractores, trascabos, etc.

7.1.2.e. En el caso de que el contratista y/o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo o maniobra, debe solicitarlo con toda oportunidad al personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, para que tome las medidas pertinentes.

7.1.2.f. Los trabajadores no deberán transportarse en los sistemas y equipos destinados al traslado de materiales en general, materiales o sustancias químicas peligrosas, con excepción de aquellos que cuenten con las condiciones adecuadas de seguridad , higiene y ergonomía, así como cuando lo requiera la actividad específica.

Los vehículos de carga para transportes o equipos deben ser exclusivamente los designados para tales fines. Y se entenderá por vehículos de carga para materiales y equipo los: Camiones de redilas, remolques con plataforma, camiones-plataformas y remolques (o tráiler) con caja cerrada o de redilas y cama plana, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

Los camiones que se usen para el transporte de trabajadores deben estar dotados de asientos adecuados, así como de protección lateral y cabina, que de protección en caso de mal tiempo o accidentes de tránsito. Y en el caso de la actividad específica, deberán contar con cinturones de seguridad y extintor de incendios.

7.1.2.g. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna de la compañía, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

7.1.2.h. Manifestar en el formato que le proporcione el departamento de Seguridad Física de el total de equipo y herramientas que introduzcan a las instalaciones del centro de trabajo, de lo contrario no podrán retirar a su salida el equipo y herramientas que no estuviesen manifestados en dicho documento hasta en tanto no comprueben su propiedad.

7.1.2.i. Las lámparas a prueba de explosión de los contratistas deben registrarlas en el Departamento de Vigilancia desde su ingreso y presentarlas numeradas para su revisión, prueba y control por parte del personal de mantenimiento eléctrico del centro de trabajo.

7.1.3. DE LA CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL DE LAS COMPAÑÍAS CONTRATISTAS. 7.1.3.a. El encargado responsable de la realización de los trabajos y del supervisor de seguridad de la

compañía contratista y/o proveedor deben comprobar a satisfacción de las Coordinaciones de Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, que cuenta con los conocimientos y experiencia suficiente sobre seguridad industrial y protección ambiental, debiendo capacitar y/o entrenar al personal de la Compañía, sobre las recomendaciones de seguridad que deben ser observadas.

7.1.3.b. La Compañía Contratista debe establecer y mantener procedimientos efectivos para asegurar la competencia en cada función y nivel del personal que realiza las funciones, mediante

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programas de capacitación en materia de seguridad industrial, salud y protección ambiental, debe comprender los siguientes puntos como ejemplo, los cuales no son limitativos:

Trabajos con riesgo, básicamente en trabajos de corte y soldadura (en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan productos inflamables), radiografiado, transporte de sustancias químicas, trabajos de altura, etc.

Programa de capacitación al personal en sus respectivas categorías, que incluya pláticas y prácticas de contra-incendio, pláticas de seguridad, primeros auxilios, uso del equipo de protección personal, manejo y disposición de residuos, rutas de evacuación, etc.

Para los efectos de la disposición anterior, el contratista debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el cual se debe anotar cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador, con las fechas en las que se dieron dichos eventos así como las evaluaciones de los mismos.

El contratista y su personal deben asistir cuando sea convocado a presentaciones, pláticas y prácticas de seguridad, que organicen Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, se reservan el derecho de impedir la ejecución de los trabajos, al personal de la Compañía Contratista que no acuda a esta convocatoria, de la instrucción a que se refiere el párrafo anterior, en la inteligencia de que cualquier suspensión de los trabajos contratados, quedará bajo la responsabilidad del propio Contratista.

El programa de capacitación que debe implementar el contratista a su personal debe de abarcar los siguientes temas, antes del iniciar las actividades propias del contrato:

Inducción en materia de SSPA para trabajadores de nuevo ingreso.

Comunicación de riesgos.

Primeros auxilios.

Combate de incendios.

Protección contra caídas.

Permiso de Trabajo.

Protección respiratoria.

Uso de equipo de protección personal.

Trabajos en altura.

Trabajos en espacios confinados.

Riesgos y peligros de sustancias tóxicas.

Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

Excavaciones, trincheras, ademes, barricadas, etc.

Plan de respuesta a emergencias.

Reglamento de tránsito vehicular.

Residuos Peligrosos.

Pemex Petroquímica a través de la CCSIPA de los Centros de Trabajo, se reserva el derecho de realizar en el inicio y en cualquier tiempo, una evaluación de conocimientos de los puntos anteriores al personal contratista, así como verificar las evidencias documentales de la capacitación.

7.1.3.c. Los operadores de grúas y/o montacargas de la Compañía Contratista que ejecuten trabajos en los términos de este Reglamento, deberán tener su licencia vigente expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

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7.1.3.d. Los operarios de la Compañía Contratista que ejecuten labores de soldadura, deben estar calificados de acuerdo con lo que especifica, la última edición del manual de la Sociedad Americana de Soldadura (A.W.S.) D.1.1. ó ASME Sección IX y presentar la documentación que los acredite.

7.1.4. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS AL MEDIO AMBIENTE.7.1.4.a. El contratista y/o proveedor debe vigilar que sus trabajadores, los subcontratistas e incluso sus

proveedores, no dañen el medio ambiente, respetando las normas que regulan las actividades, aplicando medidas que reduzcan la generación de residuos y sus impactos contaminantes sobre el ambiente, a las personas y los bienes. En especial, se debe cuidar que no se produzcan problemas de contaminación por generación de residuos peligrosos y/o emisiones al aire, agua, suelo y también por contaminación visual y acústica.

7.1.4.b. Protección de la flora y fauna. Flora: El contratista y/o proveedor y su personal no podrán, sin autorización previa de

parte del área administradora del contrato, del supervisor o la autoridad pertinente, cubrir o cortar ninguna especie vegetal. Tampoco podrá utilizarlas como combustible, particularmente aquellas reconocidas como raras o protegidas.

Fauna: Respecto de la fauna, estará expresamente prohibida la caza de cualquier especie dentro de los límites de los establecimientos y lugares donde se efectúen actividades industriales de Pemex Petroquímica, como también en terrenos de derecho de paso, servidumbre, privados y fiscales que Pemex Petroquímica atribuya legalmente a cualquier título. También estará expresamente prohibido capturar, molestar o maltratar a los animales. Se exigirá un respeto irrestricto de las temporadas de veda y las demás condiciones establecidas en la legislación con respecto a la pesca.

7.1.4.c. Protección del medio ambiente. Aire: Los equipos de de combustión interna (Diesel y Gasolina), deberán contar con

verificación vehicular. Cualquier infracción en este sentido dará lugar a que Pemex Petroquímica no permita la utilización de dichos equipos, o maquinarias. En los terrenos donde se lleva cabo algún trabajo o proyecto, no se permitirá quemas de neumáticos, aceites usados u otros lubricantes, solventes o productos que puedan liberar gases tóxicos.

Agua: Además de lo que estipula la legislación vigente, será causal de suspensión al contrato el vaciado de materiales o residuos peligrosos a los drenajes, cauces naturales o artificiales o a otras obras hidráulicas de conducción o acopio de aguas existentes, sean de aguas superficiales o subterráneas, tales como: tanques, pozos, lagunas, fosas, drenes, cauces secos, etc.

Se consideran materias nocivas, entre otras, las siguientes: Jabones y detergentes, materiales peligrosos, combustibles, lubricantes, solventes, aceites quemados, basuras domésticas y residuos sólidos industriales, aguas no tratadas en plantas o sin un sistema autorizado de evacuación a base de fosa séptica y pozo o drenes absorbentes, productos de movimiento de tierras y demoliciones, cualquier otra sustancia nociva.

En la ejecución de los trabajos en terreno abierto, el Contratista y/o proveedor deberá mantener inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente, canalizando las aguas interceptadas por las obras provisorias y por sus instalaciones hacia los cursos originales, sin perjuicio de las autorizaciones administrativas que procedieren, de modo de evitar la formación de nuevos cauces y minimizar o controlar las erosiones asociadas.

Durante la ejecución de los trabajos está estrictamente prohibido a la Compañía Contratista y/o proveedor arrojar a los drenajes, materiales no biodegradables como los que se señalan a continuación: Cualquier tipo de plástico, incluyendo ropa sintética, trapos, vidrio, metales, botellas, loza, equipaje y materiales de recubrimiento, pinturas, solventes,

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así como todos aquellos materiales a que se refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suelo: Los residuos de desechos o escombros provenientes de las actividades, así como los materiales del escarpes el excedentes de y de movimientos de la tierra, recolectados deberán de ser transportados por el contratista y/o proveedor en sitios autorizados para la disposición -- y asignados por la Autoridad correspondiente y bajo las condiciones que ésta señale, de acuerdo un los procedimientos y normas existentes para tales efectos.

En el caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor genere residuos peligrosos, deberá de manejarlos y almacenarlos de acuerdo a lo previsto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como a su Reglamento en la Materia y demás normas oficiales mexicanas. . En caso de que la Compañía Contratista y/o proveedor derrame accidentalmente materiales peligrosos, estará obligada a reportarlo al centro de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de las Auditorías de Seguridad Industrial y Protección Ambiental mediante el formato correspondiente.

7.1.5. DEL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL.7.1.5.a. Sin excepción, durante la ejecución de los trabajos, el personal Contratista y/o proveedor debe

utilizar el equipo de protección personal adecuado a la realización de sus actividades, en caso de que los trabajos tenga que ejecutarse dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica. Únicamente se le permitirá el acceso si lleva puesto el equipo de protección personal, que de manera enunciativa más no limitativa se indica a continuación:

Ropa de trabajo de algodón de color naranja, con el logotipo de la Compañía Contratista, casco de seguridad con barbiquejo, botas con suela antiderrapante con casquillo metálico de protección, protección auditiva, ocular y manos.

Además deberá utilizar durante el desarrollo de sus labores, el equipo de protección adecuado al riesgo al que se está expuesto, tal como: Guantes, protección ocular (lentes, gogles, o pantalla facial), equipo de protección respiratoria, cinturón de seguridad, equipo para soldador, (guantes, careta, polainas y peto), etc.

7.1.5.b. En el supuesto que algún (os) trabajador (es) de la Compañía Contratista, y/o proveedor esté (n) ejecutando algún trabajo y no cumpliese (n) con esta disposición se les impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente.

7.1.5.c. El contratista ó y/o proveedor es responsable de proporcionar y vigilar el uso por parte de su personal, de la ropa, calzado y del equipo de protección personal adecuados y en óptimas condiciones, de acuerdo a la normatividad vigente, para llevar a cabo las diferentes labores dentro de las instalaciones.

7.1.5.d. El contratista y/o proveedor es responsable de que su personal utilice correctamente el equipo de protección respiratorio necesario en espacios confinados (acceso a recipientes, en registros de drenaje, tanques de almacenamiento, etc.).

7.1.5.e. El contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus adecuadas condiciones de armado o construcción, así como supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad y cables de vida requeridos para asegurar su integridad física. No se permitirá el uso de madera en la instalación de andamios.

7.1.6. DE LAS INSTALACIONES DEL CONTRATISTA O PRESTADOR DE SERVICIO.7.1.6.a. El área asignada por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica para la instalación

provisional de bodegas para resguardo del material, herramientas y/o equipo que requiere la Compañía Contratista y/o proveedor, según el caso y las condiciones particulares del lugar, debe estar cercada e identificada; así mismo colocar servicios sanitarios para su personal (letrinas móviles), extintores contra fuego y mantenerse limpia y ordenada.

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7.1.6.b. El contratista y/o proveedor debe contar con un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, en el caso de que el contratista empleé a mas de 150 trabajadores deberá contar con una ambulancia y un médico o paramédico de base.

7.1.6.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe suministrar agua potable a sus trabajadores y contenedores para basura.

7.1.7. DEL PERMISO DE TRABAJO CON RIESGO.

7.1.7.a. El personal ejecutor y supervisor de la Compañía Contratista y/o proveedor que intervendrá directamente en la ejecución de trabajos con riesgo de cualquier naturaleza, deberá contar con la capacitación específica en trabajos con riesgo. Sus conocimientos y experiencias deberán estar evaluados y documentados por instructores certificados. El supervisor de la Contratista y/o proveedor será el responsable de la seguridad y deberá estar en coordinación con el Supervisor de Seguridad del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y este último tendrá la facultad de realizar auditorías.

7.1.7.b. El Contratista y/o proveedor debe observar las recomendaciones de seguridad que se establezcan en los permisos de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con el procedimiento y reglamento respectivos, de los siguientes permisos:

Trabajo potencialmente No peligroso: Es aquel trabajo no operacional que por su naturaleza no representa un riesgo, al personal, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son barrer, toma de lecturas en los mantenimientos predictivos, rotulación de letreros a nivel de piso, etc.

Trabajo Potencialmente Peligroso: Son aquellos trabajos no operacionales que por su naturaleza representan un riesgo al trabajador, a las instalaciones, al ambiente y/o al entorno, ejemplos de estos trabajos son: entrada a espacios confinados, trabajos con posibilidad de fuga, trabajos con energía eléctrica, trabajo con fuego abierto, trabajos con vehículos de combustión interna, trabajos en altura, trabajos de excavación y trabajos con fuente radiactiva, etc.

Trabajos con Fuego Abierto: Son aquellos que al ejecutarse generan una fuente de ignición capaz de provocar incendio de vapores de hidrocarburos, de materiales combustibles, detonación o explosión.

Trabajos en Espacios Confinados: Son aquellos que se realizan en lugares parcialmente cerrados en los que además pueda existir una atmósfera contaminada y/o deficiente de oxigeno, y/o temperaturas extremas.

Trabajos con posibilidad de fuga de producto: Son trabajos con apertura (ruptura de hermeticidad) de líneas, recipientes, equipos dinámicos de proceso, envases/embalaje que contienen o hayan contenido sustancias tóxicas, corrosivas/reactivas/explosivas y/o que durante la apertura de las mismas, exista la posibilidad de fuga de éstas y trabajos en los que exista la posibilidad de contaminación del ambiente o en los que pueda haber temperaturas extremas. Nota: Para trabajos de instalación o retiro de juntas o tapas ciegas en líneas, equipos y accesorios conectados a los sistemas de desfogue donde descarguen más de 2 plantas, además se utilizará el Procedimiento GSIPA-SI-0901 vigente.

Trabajos en Altura: Son aquellos trabajos que se ejecutan a diferentes niveles por arriba del nivel de piso terminado (dos metros) y que por las condiciones del lugar y la falta de plataformas y/o escaleras propias del equipo o instalaciones y/o trabajos que por las condiciones en que se realiza aunado a la altura, exista el riesgo de caída del (os) ejecutor (es).

Trabajos con Energía Eléctrica: Son aquellos trabajos que se ejecutan en equipos o accesorios que generen u operen con energía eléctrica, y/o que se realizan con las

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mismas instalaciones eléctricas, estando o no energizados al momento de efectuarse éstos.

Trabajos con vehículos de combustión interna: Son aquellos trabajos que requieren la entrada, salida y/o maniobra de una máquina de combustión interna en áreas de proceso, almacenamiento u otras, en donde se requiera una labor de prevención al entrar al área, durante la actividad, y al salir de ésta.

Trabajos de Excavación: Son aquellos trabajos que se llevan a cabo en el interior o en el perímetro del centro de trabajo, con posibilidad de afectaciones a instalaciones subterráneas o superficiales.

Trabajos con Fuente Radiactiva: Son aquellos trabajos que se ejecutan con o alrededor de fuentes generadoras o emisoras de radiaciones ionizantes, fijas o móviles. Estos trabajos así como el ingreso y permanencia de los trabajadores en el área de riesgo será controlada por el encargado se seguridad radiológica del centro de Trabajo.

AST: Como complemento elemental a los permisos anteriores es necesario contar con los conocimientos mas amplio sobre los riesgos de trabajos que se planean ejecutar, y esto consiste en realizar un análisis de riesgos del trabajo sobre las tareas que ejecutaran las personas. Los factores que se deben considerar para asignar una prioridad para Análisis de Seguridad de un Trabajo, incluye:

Frecuencia y gravedad de accidentes: trabajos donde los accidentes ocurren frecuentemente o no muy frecuente pero que resultan en lesiones incapacitantes.

Potencial para lesiones o enfermedades graves: las consecuencias de un accidente, condiciones peligrosas, o exposición a sustancias nocivas son potencialmente grave.

Trabajos recientemente establecidos: debido a la falta de experiencia de nuestros trabajos los riesgos puede que no sean evidentes o anticipados.

Trabajos modificados: se pueden formar nuevos riesgos con los cambios en los procedimientos de trabajo

Trabajos desarrollados con poca frecuencia: los trabajadores pueden estar en riesgo mayor cuando realizan trabajos que no son rutinarios, un AST brinda un medio eficaz de revisar los riesgos.

7.1.8. DE LA INTERVENCIÓN EN LOS EQUIPOS O INSTALACIONES.

7.1.8.a. Cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, debe ser aprobada previamente por el personal responsable de la instalación.

7.1.8.b. Está estrictamente prohibido accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de los Centros de Trabajo, sin autorización previa del personal responsable del área en el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.8.c Está prohibido efectuar maniobras reteniéndose o apoyándose en tuberías, soportes, válvulas o equipos.

7.1.8.d. Todo trabajo que se efectúe en el sistema de drenajes debe contar con la autorización respectiva, previas pruebas que sean necesarias a juicio del encargado de la instalación.

7.1.8.e. Las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, u otros servicios, deben aprobarse previamente por el grupo técnico del sector o planta del centro de trabajo de Pemex Petroquímica si esta estipulado en el contrato

7.1.8.f. Cualquier excavación que tenga que realizarse por la compañía, debe ser previamente autorizada por el personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica y debe contar con los ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas, así como el uso de líneas de vida y con señalizaciones adecuadas para evitar accidentes al personal.

7.1.9. DE LA PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO.Página 106

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7.1.9.a. El Contratista y/o proveedor debe conocer el área donde va a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos y sistemas de protección contra incendio existentes en la misma, así como los de seguridad.

7.1.9.b. En los trabajos que requieran de protección contra incendio, el Contratista y/o proveedor, previo acuerdo con el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe contar con el personal y equipo contra incendio portátil propios para proporcionar dicha protección.

7.1.9.c. Está prohibido que el Contratista y/o proveedor haga uso de la red de agua de contra incendio, para servicios diferentes a los autorizados por el centro de trabajo de Pemex Petroquímica.

7.1.10. DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS.

7.1.10.a. Todo trabajo en el cual se requiera intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), debe contar con la autorización previa del personal encargado de la instalación, para tomar las acciones pertinentes y evitar algún incidente.

7.1.10.b. Los cables de energía eléctrica que utilice el Contratista y/o proveedor, deben estar en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas industriales se utilizarán cables y conexiones a prueba de explosión.

7.1.10.c. La conexión a tierra de equipos de soldar, debe realizarse a un pozo de tierras y no debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

7.1.10.d. El Contratista y/o proveedor le queda prohibido el violar la integridad de los sistemas eléctricos, y el uso de conexiones eléctricas provisionales y este deberá de cumplir con la clasificación de las áreas eléctricas de acuerdo a la especificada en el diseño y a las normas correspondientes.

7.1.11. DE LA SUSPENSIÓN DE TRABAJOS.

7.1.11.a. En el caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, el Contratista y/o proveedor, debe suspender los trabajos y seguir las instrucciones del personal del centro de trabajo de Pemex Petroquímica encargado de la instalación, por lo que debe conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de emergencia.

7.1.11.b. El Contratista y/o proveedor, debe suspender sus actividades cuando por razones de seguridad, el personal encargado de la instalación industrial así lo solicite, asentando en la bitácora de obra lo conducente.

7.1.12. DEL TRANSPORTE Y MANEJO DE CILINDROS DE GASES COMPRIMIDOS.

7.1.12.a. Los cilindros de oxígeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo deben permanecer en el interior de tanques y/o recipientes, y deben estar siempre en posición vertical, soportados y asegurados adecuadamente para evitar que se caigan, así como manejados con el cuidado según lo indican las propias recomendaciones del proveedor o fabricante, esto se hace extensivo al uso de otros gases comprimidos utilizados o suministrados por el Contratista y/o proveedor.

7.1.13. DE LOS SERVICIOS DE RAYOS X (RADIOGRAFIADO).

7.1.13.a. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de tomar, revelar e interpretar radiografías de uniones soldadas, así como reportar resultados de la inspección, deberá tener y presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado en inspección no destructiva de acuerdo a la práctica recomendada SNT-TC-IA de la Sociedad Americana de Pruebas no Destructivas (ASNT).

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7.1.13.b. El personal técnico del Contratista y/o proveedor encargado de efectuar las inspecciones ultrasónicas deberá presentar la documentación que lo acredite como técnico calificado de acuerdo al SNT-TC-IA de la ASNT.

7.1.13.c. Los certificados mencionados anteriormente, tiene una vigencia de tres años, por lo que el personal con las categorías mencionadas, deberán revalidarlos al vencimiento del período.

7.1.13.d. Cuando el Contratista y/o proveedor realice servicios de radiografiado con rayos X, el área será previamente delimitada, acordonada y marcada con letreros que indiquen: “¡PELIGRO! Altos niveles de radiación”.

7.1.14. DE LOS ACCIDENTES E INCIDENTES DE TRABAJO.

7.1.14.a. Al lesionarse uno o más trabajador (es), el Contratista y/o proveedor debe trasladarlo (s) al centro de atención designado por ésta.

7.1.14.b. El Contratista y/o proveedor se obliga a reportar a Pemex Petroquímica, por conducto de las CCSIPA o SCSIPA y del Supervisor del centro de trabajo, dentro de los primeros cinco días de cada mes, sus estadísticas de accidentes relacionados con los trabajos, incluyendo los acontecidos en las instalaciones de Pemex Petroquímica y los sucedidos en tránsito; dicho reporte deberá realizarse mediante el llenado del anexo 1 (GS-1) del documento y se acompañará de las estadísticas relacionadas tales como:

Indice de frecuencia (I.F.):

IF= NUM. DE ACCIDENTES CON PERDIDA DE TIEMPO X 1´000,000 HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de gravedad (I.G.):

IG= NUM. DE DIAS PERDIDOS POR ACCIDENTE X 1´000,000 HORAS HOMBRE LABORADAS.

Indice de fatalidad (FAR):

FAR=NUM. DE FATALIDADES X 10´000,000 HORAS HOMBRE LABORADAS.

Número de Trabajadores: Horas hombre de exposición al riesgo: Días calendario sin accidentes: Número de trabajadores lesionados con días perdidos.

7.1.14.c. Sin perjuicio de lo anterior, el Contratista y/o proveedor está obligada a realizar el reporte del accidente en el mismo día en que ocurra, llenando para tal efecto el anexo número 2

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adjunto. En caso que el Contratista y/o proveedor permanezca contratada menor tiempo a un mes, deberá reportar sus estadísticas del período que haya durado el contrato.

7.1.14.d. El Contratista y/o proveedor deberá asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al del centro de trabajo de Pemex Petroquímica, cuando éstos se motiven a consecuencia de los trabajos que directamente realiza la compañía.

7.1.14.e. Al ocurrir algún incidente imputable el Contratista y/o proveedor, ésta obligada a notificarlo inmediatamente al Supervisor de la empresa; así mismo deberá participar en el Análisis Técnico del mismo y cumplir o acatar las medidas correctivas y preventivas que se determinen con ello.

7.1.15. DEL RESPONSABLE DE SEGURIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA Y/O PROVEEDOR.

7.1.15.a. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para cumplir los requisitos referentes a la seguridad industrial dispuestos es este manual y aquellos que determine el centro de trabajo de Pemex Petroquímica y/o los encargados del área de trabajo.

7.1.15.b. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada el Contratista y/o proveedor.

7.1.15.c. Realizar los trabajos de acuerdo a las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

7.1.16. DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES.7.1.16.a. El contratista y/o proveedor debe instruir a su personal, acerca del contenido y

cumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en este Reglamento.

7.1.16.b. La Compañía Contratista y/o proveedor, debe contar en el sitio, con un Supervisor de seguridad, salud y protección ambiental como mínimo, por cada 50 trabajadores, que se responsabilice de SSPA y la conducta del personal de la Compañía dentro de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

7.1.16.c. La Compañía Contratista y/o proveedor debe observar las disposiciones de seguridad, orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones en lugar de trabajo. Por ello, se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que la recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminada la obra ó servicio, hasta en tanto la Compañía Contratista y/o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la Compañía Contratista y/o proveedor en el cumplimiento de esta disposición, correrá por su cuenta.

7.1.16.d. En el supuesto de que la Compañía Contratista y/o proveedor se negara a hacer la limpieza del área, el centro de trabajo de Pemex Petroquímica, por su conducto o mediante la contratación de terceros, llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la Compañía Contratista y/o proveedor el pago de los mismos, ya sea que se cubran directamente por éste, o mediante el descuento en el pago de sus facturas, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.

7.1.16.e. El contratista y/o proveedor debe informar al personal de Pemex Petroquímica, cuando observe condiciones anómalas dentro del área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, etc.)

7.1.16.f. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con todas las disposiciones legales aplicables (Federales, Estatales y Municipales), en materia de protección ambiental y seguridad industrial.

7.1.16.g. La Compañía Contratista y/o proveedor debe cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo de Pemex Petroquímica especifique para la prevención y control de riesgos.

7.1.17. DE LOS PROCEDIMIENTOS.Página 109

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7.1.17.a. La Compañía Contratista durante la ejecución de los trabajos, deberá acatar todos los procedimientos aplicables de acuerdo a la naturaleza y objeto del contrato, debiendo de ponerlos al alcance de sus trabajadores, especialmente aquellas actividades que generen un riesgo potencial como las que se describen de manera enunciativa, más no limitativa en los puntos siguientes:

7.1.17.b. Procedimiento para entrar a espacios confinados (recipientes que hayan contenido hidrocarburos).

7.1.17.c. Procedimiento para realizar trabajos de altura, excavaciones, eléctricos, plantas, civil, instrumentos, mecánico, etc.

7.1.17.d. Procedimiento para realizar trabajos de reparación de líneas de proceso. Procedimiento para realizar trabajos de soldadura o Hot Tapping sobre equipos que contienen productos inflamables.

7.1.17.e. Procedimiento para realizar trabajos de reparación y limpieza de recipientes atmosféricos y/o presurizados, etc.

7.1.17.f. Procedimiento para realizar maniobras con grúas.

7.1.17.g. PPQ revisará los procedimientos y/o protocolos de pruebas finales entre los que se encuentran: Procedimientos específicos de pruebas, Protocolos de Pruebas de Equipos (Separadores, motores, compresores, turbinas, bombas, generadores de energía eléctrica, recuperadores, detectores gas, fuego y humos, reguladores de presión, transmisores de presión, rociadores, relevadores, tableros de carga, tableros de mando y control local, extinguidores de CO2 etc.), Protocolos de Pruebas de Sistemas eléctricos, Protocolos de Pruebas de Sistemas electrónicos y de control, Protocolos de Pruebas de Sistemas estructurales, Protocolos de Pruebas de Sistemas en su conjunto: sistemas de emergencia, sistemas de separación, sistemas de detección y extinción de incendio, sistemas de medición, sistemas de proceso, etc.

7.1.17.h. Cada procedimiento deberá incluir la información necesaria para organizar, definir la participación y responsabilidades del personal, definir la secuencia, los parámetros a medir, la duración y los resultados esperados de las pruebas.

7.1.17.i.Corresponde al residente de obra y/o supervisor de los servicios vigilar que se cumplan las disposiciones del presente reglamento y de comunicar al Contratista, a través del Superintendente de Construcción de las disposiciones específicas de seguridad mencionadas en el párrafo anterior y las especificadas en el presente Reglamento, así como de gestionar lo correspondiente en caso de incumplimiento por parte del Contratista o del personal bajo su responsabilidad.

7.2. DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROQUIMICA7.2.1. DEL PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DEL ÁREA DE TRABAJO (Grupo Técnico).

7.2.1.a. Elaborar y analizar el o los permisos de trabajo correspondientes con los encargados del área involucrada, cuando el contrato de obra lo requiera.

7.2.1.b. Personal de mantenimiento, operación y seguridad industrial, debe participar en la supervisión de los trabajos del Contratista en el ámbito de su competencia, de tal manera que aseguren que dichas labores se efectúen en un ámbito de seguridad, orden y limpieza.

7.2.1.c. Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que los trabajos se desarrollen sin contratiempo por la Compañía.

7.2.1.d. El personal técnico de CCSIPA o SCSIPA, tiene la responsabilidad de efectuar inspecciones no planeadas durante la ejecución de los trabajos, a fin de detectar actos y condiciones inseguras, así como de riesgos no previstos en las disposiciones antes mencionadas y notificará el resultado de las inspecciones al Residente de Obra y/o al Superintendente de Construcción, para que tomen acciones correctivas / preventivas.

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7.2.1.e. Participar en la investigación de las causas de los incidentes o accidentes de trabajo, en los que esté involucrada la Compañía Contratista.

7.2.2. DE LAS BASES DE LA LICITACION Y OBRA.7.2.2.a. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y

obra que se elaboran en la entidad, se debe de incluir este Reglamento.

7.2.2.b. En los modelos de bases para licitaciones o concursos para adjudicar contratos de servicio y obra que se elaboran en la entidad, se deben de incluir los procedimientos de seguridad, salud y protección ambiental, específica y especial; independientemente de las disposiciones generales de SSPA, contenidas en este Reglamento.

7.2. 3. DE LOS DAÑOS A LAS INSTALACIONES DE PEMEX PETROQUIMICA7.2.3.a. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica no son responsables de daños por incendio,

robo o fenómenos naturales que ocurran en las instalaciones o equipos de la Compañía, pero si por las afectaciones a Contratistas como consecuencia directa de sus operaciones.

7.2.3.b. Todo daño a las instalaciones imputable a los contratistas y/o proveedores será reparado inmediatamente por ellas mismas, sin cargo Pemex Petroquímica.

7.2.3.c. Cualquier trabajador de Pemex Petroquímica que tenga conocimiento de que los trabajadores de los contratistas y/o proveedores estén ejecutando labores riesgosas sin tomar en cuenta las medidas de seguridad necesarias, podrá ponerlo en conocimiento de su superior inmediato o de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo, mediante la intervención del Residente de Obra hasta que se adopten las medidas necesarias de seguridad, higiene y protección ambiental adecuadas, siendo el contratistas y/o proveedores responsable del retraso que con ello se genere, de conformidad en lo estipulado en el contrato del que se deriven dichos trabajos.

7.2.4. DE LOS ACCESOS A LOS CENTROS DE TRABAJO DE PEMEX PETROUIMICA7.2.4.a. Para el control de acceso a las instalaciones, la autoridad máxima de Seguridad Física del

centro de trabajo de Pemex Petroquímica, debe expedir pases firmados para cada uno de los trabajadores del Contratista, con vigencia establecida, especificando claramente el área o lugar donde debe laborar.

8. DISPOSICIONES GENERALES.8.1. Para los trabajos a desarrollar, en la solicitud de pedido o de servicio, así como en el “ANEXO B” del

contrato de obra, deberá incluirse un anexo en el cual se especifique que el contratista y/o proveedor se compromete a presentar una constancia sobre la capacitación de su personal en materia de seguridad industrial, salud y protección al medio ambiente certificada o autorizado por la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) u otra Organización de prestigio, certificada para poder otorgar capacitación en la materia.

8.2. Los contratistas y/o proveedores están obligados a capacitar, instruir y orientar a sus trabajadores sobre la manera más segura de ejecutar su trabajo y éstos de atender de manera obligatoria dichas indicaciones o recomendaciones.

8.3. Los contratistas y/o proveedores y sus trabajadores deberán ejecutar sus labores de acuerdo a las normas que para la realización del trabajo contratado estén establecidas, y están obligados a acatar las instrucciones de seguridad, que se les indiquen en los permisos de trabajo correspondientes, de acuerdo al procedimiento 400-1100-ACSIPA-2400 vigente, emitido por la Auditoria de Calidad, Seguridad Industrial y Protección Ambiental de Pemex Petroquímica, así como de las Instrucciones Operativas Generales del Sistema de Administración Ambiental que apliquen.

8.4. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo que se dicten con la intervención de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, al igual que las medidas preventivas de seguridad, higiene y de protección al ambiente, que acuerden las autoridades competentes y las que indique Pemex Petroquímica, para protección personal de los trabajadores, instalaciones y ambiental.

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8.5. Los contratistas y/o proveedores podrán contar con sistemas de gestión funcionando: de Calidad, Seguridad y Protección Ambiental bajo las normas o estándares que les apliquen. Y podrán demostrar que estos sistemas de gestión han sido implantados, lo que permite asegurar la calidad, seguridad y protección ambiental del servicio.

8.6. Los contratistas y/o proveedores serán responsables de que sus trabajadores utilicen el tipo de ropa y el equipo de seguridad adecuado, conforme se especifica en el numeral 7.1.5 de este reglamento, y según la obra de que se trate, además deberán proporcionarles a éstos los que a juicio del personal de CCSIPA o SCSIPA se requieran, esto último deberá estar especificado en el correspondiente permiso de trabajo.

8.7. Los contratistas y/o proveedores, deberán contar y llevar un programa de seguridad e higiene por escrito, durante el tiempo que dure el contrato o servicio, apegado a los programas de la instalación donde prestan dichos servicios o se lleva a cabo el contrato.

8.8. Los contratistas y/o proveedores deberán realizar previo al inicio de la obra o servicio y de la autorización de los permisos de trabajo peligrosos, un reconocimiento del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, con el objeto de conocer e identificar la ubicación de los sistemas y equipos de protección, contra incendio y seguridad, así como los riesgos potenciales existentes en la misma, para ello contarán con la asesoría del responsable del área.

8.9. Son obligatorias para los contratistas y/o proveedores todas las disposiciones preventivas de riesgos de trabajo contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos vigente.

8.10. Las áreas donde se efectúen trabajos con riesgos, los contratistas y/o proveedores como mínimo deben ser acordonadas con cinta de barricada de 3.5” de ancho, fabricadas con polietileno de color amarillo, rojo o naranja de gran visibilidad, para impedir el paso a personas ajenas al área de trabajo y demás letreros alusivos a la seguridad necesarios.

8.11. Los contratistas y/o proveedores que se encuentren realizando labores en las instalaciones de Pemex Petroquímica, deberán identificarse cuando se le solicite ante cualquier trabajador técnico o supervisor de seguridad física de Pemex Petroquímica, exhibiendo para ello en todo momento su respectiva credencial y/o el pase de acceso personal.

8.12. Para los contratistas y/o proveedores, que ejecuten trabajos para Pemex Petroquímica y durante el tiempo que permanezcan en ésta, queda estrictamente prohibido lo siguiente:

a) El uso de ropa especificada para trabajadores de Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios o Filiales.

b) No usar el equipo de protección personal ni adoptar las medidas preventivas de seguridad indicadas.

c) Dañar o alterar los avisos de seguridad o la propaganda alusiva fijada en las instalaciones de Pemex Petroquímica o Filiales

d) Fumar y encender fósforos dentro de las instalaciones, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición.

e) Presentarse en las instalaciones en estado de embriaguez, con aliento alcohólico, bajo el influjo de drogas, enervantes y en general cualquier sustancia que altere los sentidos, Introducir o ingerir bebidas embriagantes, así como consumir narcóticos o drogas enervantes en el interior de las instalaciones de Pemex Petroquímica.

f) Portar armas de cualquier clase, se exceptúan los objetos punzantes y punzo cortantes que formen parte de las herramientas o útiles de trabajo.

g) Realizar bromas, fechorías, jugar y cualquier acto que altere el orden en el interior de las instalaciones.

h) Arrojarse herramientas o material para que lo reciba en el aire algún compañero.

i) Realizar trabajos sobre barriles o tambores de cualquier clase.

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j) Pasar carretillas de mano, materiales, diablos, etc. sobre mangueras con aire comprimido o con agua de contraincendio, conductores o cables eléctricos o tuberías de gas o aire de alta presión, así como pisarlos o dejar caer objeto alguno sobre ellos, que impidan su adecuado funcionamiento.

k) Sujetar garruchas o diferenciales, de las estructuras de los techos para levantar o suspender maquinaria o piezas pesadas, si no están diseñadas para ello. Así como retenerse o apoyarse en soportes, tuberías, válvulas o cualquier clase de instrumento o equipo de las instalaciones, para efectuar maniobras.

l) Pasar por debajo de los autotanques, carrostanques o plataformas de ferrocarril, así como subirse y viajar en ellos si no son personal de la tripulación.

m) El uso de parrillas eléctricas, extensiones y cualquier dispositivo o aparato eléctrico que no sea a prueba de explosión.

n) Hacer fogatas o cualquier tipo de fuego en las proximidades de tanques de almacenamiento y/o equipos de líneas de proceso, salvo en los casos requeridos y previo trámite del permiso correspondiente.

o) Operar y manipular los hidrantes y monitores de la red de agua de Contraincendio para otro uso que no sea su fin.

p) Distraer a los demás trabajadores de sus ocupaciones.

q) Leer impresos durante las horas de labor.

r) Hacer inscripciones o dibujos en muebles o inmuebles de la compañía o de sus compañeros.

s) Ensuciar intencionalmente o por descuido o negligencia, los lugares donde prestan sus servicios, los baños, vestidores y demás locales de servicio.

t) Hacer propaganda de cualquier clase, vender o rifar mercancías dentro de las horas de labor.

u) Entrar o permanecer dentro de las instalaciones a horas que no les corresponde.

v) Escuchar radio en el lugar de trabajo.

w) Bañarse durante las horas de trabajo.

x) Ocupar el tiempo en cosas ajenas al trabajo.

y) Tomar alimentos fuera del lugar asignado y a la hora destinada para este fin.

z) Usar los sanitarios más tiempo del que normalmente se requiere.

aa) Efectuar operaciones de usura, apuestas o colectas durante las horas de servicio.

bb) Causar desorden dentro y a las puertas Pemex Petroquímica

cc) Mentir a sus superiores.

dd) Desobedecer las órdenes que reciban de sus superiores, aunque a juicio del trabajador sean equivocadas, salvo el caso que dichas órdenes contravengan Las Normas Básicas y los Procedimientos de Seguridad.

ee) Transportar en los estribos y parte exterior de los vehículos a trabajadores.

ff) Estacionar vehículos fuera de las áreas autorizadas, así como obstaculizar el libre acceso a los extinguidores, equipo contraincendio y equipo de protección personal; bloquear maquinaria, materiales, salidas de emergencia y vías normales para el acceso del personal o el tránsito de vehículos.

gg) Utilizar vehículos que tengan los cristales de color oscuro o reflejantes.

hh) El uso de cámaras fotográficas ó vídeo, dentro de los Centros de Trabajo de Pemex Petroquímica sin la autorización expresa del Residente de Obra y/o Supervisor del centro de trabajo.

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ii) Acceso de contratistas y/o proveedores, a las áreas industriales y de almacenamiento en operación, sólo podrán accesar con autorización expresa del personal encargado de los sitios.

jj) Todos aquellos actos u omisiones que a su juicio determine CCSIPA, en cada uno de los trabajos a realizar.

kk) Suspender el trabajo durante las horas del mismo, sin causa justificada.

ll) Abuso de confianza.

mm) Hacer mal trabajo, actuando con dolo.

nn) Provocar a riña o reñir dentro de los recintos de la Compañía.

oo) El deterioro intencional de propiedades de la Compañía, de compañeros o de tercera persona.

pp) Dormir dentro de las jornadas de trabajo.

qq) Perjuicio doloso a los compañeros en sus obras de labor, maquinaria, herramienta y útiles.

rr) No cumplir con los Procedimientos de Seguridad de Pemex Petroquímica.

ss) Robar materiales, útiles, herramientas, equipo, etc. propiedad de la compañía, vestuario y efectos personales, etc., propiedad de sus compañeros de trabajo o de terceras personas.

tt) Negarse el trabajador de manera manifiesta a adoptar las medidas preventivas de seguridad, a usar equipos de seguridad o a seguir los procedimientos indicados en general, para evitar accidentes o enfermedades.

uu) Operar o usar maquinaria o equipo que no le corresponde para sus labores o del que no haya recibido instrucciones acerca de su uso.

vv) Comunicar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación, de los cuales tenga conocimiento por razón del trabajo que desempeña.

8.13. En caso de incumplimiento a cualquiera de los artículos mencionados en el presente Reglamento, se procederá a la cancelación del pase y/o credencial de acceso a los trabajadores que hayan cometido la violación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.- DISCIPLINA.9.1 Al encontrar a algún trabajador de la Compañía Contratista ejecutando actividades incumpliendo o

violando las reglas de seguridad industrial, protección ambiental y/o higiene establecidas, se le impedirá seguir laborando, levantándose el reporte correspondiente y amonestación, otorgándosele a la Compañía un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad y la exposición al riesgo que tenga su personal, para su corrección sin perjuicio de las sanciones en que incurra, de conformidad con los programas de trabajo.

9.2. Si algún trabajador de la Compañía Contratista es amonestado dos veces por la misma falta incumpliendo o violando las reglas de SSPA establecidas, se hará acreedor a no permitirle el acceso a la instalación, sin perjuicio de las sanciones y penas que en forma específica se convengan en el contrato respectivo.

9.1 Pemex Petroquímica, comunicará verbal y/o por escrito a la Contratista, las indisciplinas en que incurran sus trabajadores, a manera de que ésta proceda a corregir las anomalías en un plazo máximo de 8 horas, dependiendo de la actividad.

10. AUDITORIAS10.1. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica se reservan el derecho de auditar el cumplimiento a lo

estipulado en el presente reglamento, a través de las CCSIPA o SCSIPA, sin perjuicio de que los supervisores de dicha rama como representantes de Pemex Petroquímica hagan lo propio en el cumplimiento de su función, quedando facultados para suspender cualquier trabajo con riesgo que no se ejecute de conformidad con el presente documento.

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10.2. Los centros de trabajo de Pemex Petroquímica, a través de los encargados en las instalaciones y/o equipos, tienen la facultad de prohibir el paso a sus instalaciones, a cualquier trabajador de la Compañía Contratista que carezca del equipo de protección personal mencionando en este reglamento, sin que esto represente un motivo de incumplimiento imputable a Pemex Petroquímica por el retraso de los trabajos, motivo de cada contrato.

10.3. Durante la realización de una auditoria por parte de Pemex Petroquímica, la Compañía Contratista brindará todas la facilidades y proporcionará la información que requiera el Auditor a efecto de que éste revise el cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento, en el entendido de que cuando se detecte alguna anomalía, levantará un acta administrativa y pormenorizada en la que se describirá minuciosamente el incumplimiento. En dicha Acta, la Compañía Contratista asentará lo que en su derecho convenga, debiendo ser firmada por ambas partes y dos testigos. Si la Compañía se negara a firmar, se asentará este hecho. La falta de firma por parte de la Contratista, no invalidará este documento.

ANEXO 1RESUMEN ESTADISTICO MENSUAL SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO (GS-1)

a) Compañía

b) Dirección y teléfono

c) Informe correspondiente al mes del 200

d) Total mensual de accidentes de trabajo con pérdida de tiempo

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e) Total mensual de accidentes de tránsito con pérdida de tiempo

f) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

g) Total mensual de casos pagados con incapacidad parcial permanente y total permanente

h) Total mensual de casos pagados de muerte por accidente

i) Total mensual de días perdidos por incapacidad

j) Total mensual de días indemnizados por incapacidad parcial permanente y total permanente

k) Importe total mensual de salarios y prestaciones pagados por incapacidad

l) Importe total mensual de gastos por servicios médicos proporcionado a los trabajadores accidentados

m) Importe total mensual de las indemnizaciones pagadas por riesgos de trabajo

n) Total mensual de horas hombre laboradas

o) En la ciudad de a de del 200

p) Nombre, firma y cargo.

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ANEXO 2REPORTE DE ACCIDENTES PERSONALES Y/O INDUSTRIALES DE COMPAÑIAS CONTRATISTAS

a) Lugar Fecha

b) Nombre N°. De identificación

c) Clasificación o categoría Edad

d) Nombre de la Compañía

e) Tiempo que tiene laborando en la Compañía

f) Relato del accidente

g) Se autorizó y supervisó el trabajo con riesgo SI NO

h) En caso afirmativo, nombre del Supervisor que autorizó el trabajo con riesgo:

A) Operativo:

B) Construcción y/o Mantenimiento:

C) S.I.P.A.:

i) Lugar donde ocurrió el accidente:

j) Daños a la instalación de Pemex Petroquímica

k) Lesiones al trabajador

l) Lugar donde se atendió al trabajador

m) Nombre del médico que atendió

n) Institución o servicio médico

o) Nombre del personal de Pemex Petroquímica (SIPA) que tuvo conocimiento del accidente

p) Cuantificación de daños

q) Fecha de reporte a S.I.P.A.

r) Representante de la Compañía:

Nombre: Cargo:

Forma de distribución:

ORIGINAL .-CCSIPA o SCSIPA

COPIA.-OPERATIVO

COPIA.-CONSTRUCCION Y/O MANTENIMIENTO.

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DOCUMENTO 19

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA

1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON

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LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

6.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN ________ A ____ DE ____ 20 _____.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la EmpresaPOR EL LICITANTE

___________________________________Nombre y Cargo.

DOCUMENTO 20

FORMATO DE SOLICITUD DE EMISION DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIÓN.

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PEMEX PETROQUIMICASUBDIRECCION DE ADMINISTRACION Y

FINANZASGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

SUPERINTENDENCIA DE ALMACENES

No. de solicitud: _________________Fecha: _________________________

Área Solicitante: __________________Centro de Trabajo: ________________Tipo de Documento: FACTURA NOTA DE DEBITO NOTA DE CREDITO

CLIENTE: ________________________________________________________________________

R.F.C.: ________________________________________________________________________

DOMICILIO FISCAL:

CALLE Y NUMERO: ___________________________________________________________________

COLONIA: __________________________________________________________________________

LOCALIDAD Y MUNICIPIO: _____________________________________________________________

ESTADO Y CODIGO POSTAL: ____________________________________________________________

SERVICIO O CONCEPTO: _______________________________________________________________ _______________________________________________________________

CANTIDAD: _____________ UNIDAD DE MEDIDA ____________

PRECIO UNITARIO: _____________ TIPO MONEDA: ___________

IMPORTE SIN IVA: _____________ IMPORTE DEL IVA: ___________

IMPORTE DE RETENCION IVA: ____________ IMPORTE TOTAL: ___________

TIPO DE PAGO: ____________ CUENTA BANCARIA: ___________

CON IVA SIN IVA:

IVA RETENIDO

FECHA DE VENCIMIENTO: ____________

Motivo del ajuste y observaciones

Elaboró Autorizó

____________26______________ ____________27__________________

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GUÍA DE LLENADO DE SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES

1

Deberá ponerse el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003.

15El Precio Unitario del bien o servicio en enteros con 2 decimales. Ejemplo: $597.39

2

La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 15-04-2012.

16Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso.

3Unidad Administrativa de la que se recibe el requerimiento para la elaboración del documento. Ejemplo: Superintendencia de Recursos Materiales.

17Deberá anotar el importe total por el que se elaborará el documento SIN IVA.

4Centro de Trabajo en que expide la solicitud. Ejemplo: Complejo Petroquímico Morelos

18Deberá anotar el total de IVA que debe contener la factura.

5Deberá especificar el tipo de documento que solicita se elabore. Ejemplo: Factura, Nota de Débito o Nota de Crédito.

19Deberá anotar el total de la retención del IVA que debe contener la factura.

6Nombre completo del cliente o proveedor al se entregará el comprobante fiscal que se elaborará. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPO VÉRTICE, S.A. DE C.V.

20Deberá anotar el total de la operación que debe contener la factura.

7Registro Federal de Contribuyentes del cliente completo. Ejemplo: CGV060808GH0.

21Deberá anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito y/o servicio): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT

8Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03.

22Deberá anotar los 4 últimos numéros de la cuenta o de la tarjeta con la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT

9Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar.

23Si el documento tiene IVA deberá poner en el recuadro que dice CON IVA 16, en caso contrario pondrá en el recuadro de SIN IVA 0, o en su caso IVA RETENIDO 16.

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10Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos.

24La fecha de Vencimiento deberá ser la misma fecha de elaboración de la factura (crédito= 0 días)

11Estado y Código Postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529.

25Deberá de contener las observaciones, número de documento, solicitudes o antecedentes que originan el documento.

12Servicio o Concepto por el que se elabora el documento fiscal. Ejemplo: Venta de Bases de la Licitación 18578020-001-12, Desechos, Sanciones y deberá indicar la descripción del servicio.

26Deberá de contener nombre y firma del usuario que solicita la generación del documento.

13Se deberá indicar el Número de Piezas, Metros Cuadrados, Metros Cúbicos, Servicios, etc., que se está facturando.

27 Deberá de contener nombre y firma del jefe del departamento o superintendencia que solicita la generación de la factura.

14Unidad de Medida con la que se cuantifica el bien o servicio. Ejemplo: Pieza, Metros Cuadrados, Metros Cúbicos, Servicio, etc.

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