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43 febrero 2013 SUMARIO EN PORTADA EN PORTADA FLASHES DE NOTICIAS ACTUALIDAD LABORAL Lucha contra el Empleo Irregular y el Fraude a la Seguridad Social ACTUALIDAD FISCAL Información Relativa a la Declaración Informativa Mod. 720 CALENDARIO CONTRIBUYENTE LEGISLACIÓN DEL MES EL RINCON DEL EM- PRENDEDOR NUEVAS OBLIGACIONES E mpieza este mes de Febrero el plazo para la presentación de la declaración de bienes en el extranjero, cuya explicación detallada se incluye en el apartado fiscal de esta newsleer. Dada las consecuencias extremadamente graves en caso de no declarar adecuadamente esos datos, les reiteramos la importancia de consultar con esta Asesoría en caso de verse afectado. Aparte de las obligaciones marcadas por la Administración Tributaria, hay otras que deben marcar el futuro de nuestras empresas: la principal es hacer autocríca de lo realizado por cada uno en los úlmos empos, dejando de lado las crícas a terceros de la propia situación. Es evidente que muchos de los actores de la políca y economía general no han estado a la altura de las circunstancias en los úlmos empos, pero no es menos cierto que la resignación o la falta de acción no solucionan los problemas. Si tras analizar la propia situación se toman decisiones en la línea de abrir nuevos mercados, buscar alianzas con terceros o modificar el producto o servicios a los empos actuales, al menos se podrá decir que se ha intentado. Desde nuestro Despacho quedamos a su disposición por si podemos darle nuestro consejo en temas económicos dada nuestra experiencia al lado de los clientes, no únicamente en temas técnicos laborales o tributarios, sino conocedores de su empresa desde un punto de vista más objevo.

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Boletín AGL - Febrero 2013

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nº43febrero

2013SUMARIO

EN PORTADA

EN PORTADA

FLASHES DENOTICIAS

ACTUALIDADLABORAL

Lucha contra elEmpleo Irregular

y el Fraude a laSeguridad Social

ACTUALIDADFISCAL

Información Relativaa la Declaración

Informativa Mod. 720

CALENDARIOCONTRIBUYENTE

LEGISLACIÓNDEL MES

EL RINCON DEL EM-PRENDEDOR

NUEVAS OBLIGACIONES

Empieza este mes de Febrero el plazo para la presentación de ladeclaración de bienes en el extranjero, cuya explicacióndetallada se incluye en el apartado fiscal de esta newsletter.Dada las consecuencias extremadamente graves en caso de nodeclarar adecuadamente esos datos, les reiteramos laimportancia de consultar con esta Asesoría en caso de verse

afectado.

Aparte de las obligaciones marcadas por la Administración Tributaria, hayotras que deben marcar el futuro de nuestras empresas: la principal eshacer autocrítica de lo realizado por cada uno en los últimos tiempos,dejando de lado las críticas a terceros de la propia situación. Es evidenteque muchos de los actores de la política y economía general no han estadoa la altura de las circunstancias en los últimos tiempos, pero no es menoscierto que la resignación o la falta de acción no solucionan los problemas.Si tras analizar la propia situación se toman decisiones en la línea de abrirnuevos mercados, buscar alianzas con terceros o modificar el producto oservicios a los tiempos actuales, al menos se podrá decir que se haintentado.

Desde nuestro Despacho quedamos a su disposición por si podemos darlenuestro consejo en temas económicos dada nuestra experiencia al lado delos clientes, no únicamente en temas técnicos laborales o tributarios, sinoconocedores de su empresa desde un punto de vista más objetivo.

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Los autónomos que desarrollen simultáneamente el trabajo porcuenta propia con el trabajo por cuenta ajena en régimen depluriactividad, teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las

correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en autónomos,por una cuantía igual o superior a 11.633.68€ para 2013 (11.079,45 para 2012), podránsolicitar, dentro de los cuatro primeros meses del año siguiente, la devolución del 50 por 100del exceso en que sus cotizaciones superen la mencionada cuantía, con el tope del 50 por 100de las cuotas ingresadas en Autónomos, en razón de su cotización por las contingenciascomunes de cobertura obligatoria.

Durante este mes de febrero debe presentarse la declaraciónde operaciones con terceros superiores a 3.000 euros (modelo347), con desglose trimestral de los importes. Como novedad para 2012, los sujetos

pasivos que presenten el modelo 340 mensual por estar acogidos al Régimen de devoluciónmensual, no deben presentar el modelo 347.

Ha sido publicado el formulario 720 que obliga a loscontribuyentes con bienes y rentas en el extranjero superioresa 50.000 euros a presentar una declaración informativa. El

trámite puede realizarse hasta 30 de abril. La declaración debe hacerse obligatoriamente através de internet. La medida afecta a personas físicas y empresas, que deberán informar sobrelas cuentas en entidades financieras, inmuebles y acciones que tengan en el extranjerosiempre y cuando “el valor de cada tipo de bien” supere los 50.000 euros. El formulario nosupone pagar más impuestos, ya que se trata de una declaración informativa. Sin embargo,tiene importantes consecuencias económicas. Ahora, con el cambio normativo incluido en lanueva ley contra el fraude fiscal que se aprobó el pasado octubre, el contribuyente deberáinformar de esos bienes y, en caso contrario, el capital total evadido será objeto deregularización y sanción, con independencia de que el supuesto fraude o delito fiscal ya estéprescrito. P.e. si un contribuyente mantiene dos millones de euros en una cuenta suiza, nopresenta la declaración informativa y Hacienda le descubre, deberá tributar por todo supatrimonio al marginal del IRPF. Además, sobre la cuota resultante se impondrá un sanción dehasta el 150% y el contribuyente descubierto deberá abonar los intereses de demora. Enmuchos casos, Hacienda aclara que la cuota defraudada superará los 120.000 euros y, por lotanto, el fraude fiscal se convertirá en delito fiscal.

flashes de noticias

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El Gobierno creará la figura del 'emprendedor de responsabilidadlimitada' y fomentará la segunda oportunidad para losemprendedores como medidas para impulsar el autoempleo y la

iniciativa empresarial, en el marco del Plan de Emprendedores en el que actualmenteestá trabajando y que, previsiblemente, se pondrá en marcha durante el primer trimestre delaño. También se pretende dar un impulso a la financiación propia y ajena de losemprendedores a través de "inversores individuales en emprendimiento, capital riesgoprofesional, impulso a la creación de un Mercado Alternativo de Renta Fija, Iniciativa ICO-AXISo reforma FTPYMES", entre otras ideas; así como agilizar los procedimientos necesarios parapoder poner en marcha una actividad. Facilitar el acceso a una autorización de trabajo porcuenta propia a personas que han venido a España a completar su formación o son titulares deuna autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, y que desean emprender unaactividad económica en nuestro país figura entre las propuestas.

La Agencia Tributaria trasladará a las comunidades autónomaslas bases tributarias de los contribuyentes que se han acogido ala amnistía fiscal para que puedan liquidar los impuestos de Sucesiones y

Patrimonio, según adelantó el ministro de Hacienda en el Congreso.

flashes de noticias

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LUCHA CONTRA EL EMPLEO IRREGULARY EL FRAUDE A LA SEGURIDAD SOCIAL

La Ley 13/2012, de 26 de diciembre, de lucha contra el empleo irregular y el fraude a laSeguridad Social, modifica varias leyes laborales y también el Código Penal. Muybrevemente vamos a dar unas pinceladas de las modificaciones más destacadas en losdistintas normativas:

A. Código Penal: Las nuevas penas máximas para el fraude a la Seguridad Social pasan decinco a seis años, y se amplía la prescripción de cinco a diez años en los supuestos más gra-ves.

B. Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS): se endurecen las penas endiversos temas:

- Disfrutar indebidamente de reducciones en las cotizaciones de accidentes de trabajoy enfermedad profesional.

- La falta de alta y cotización por los salarios de tramitación y por las vacacionesdevengadas y no disfrutadas se considera infracción grave.

- Dar ocupación a los trabajadores con suspensión de contrato u obligar a lostrabajadores con jornada reducida a trabajar a jornada completa se considerara faltamuy grave.

La sanción será mayor cuanto mayor sea el número de trabajadores afectado.

C. Estatuto de los Trabajadores: se extiende de uno a tres años el plazo para exigir la res-ponsabilidad solidaria del empresario principal por incumplimiento de las obligaciones deSeguridad Social en los supuestos de subcontratación.

D. Ley General de la Seguridad Social:

- La reducción automática del 50% de las sanciones cuando se ingresen las cuotas deSeguridad Social no pagadas en forma y plazo sólo se aplicará cuando la cuantía de laliquidación supere la sanción propuesta inicialmente para evitar que compense máspagar la sanción que cumplir con la legalidad.

actualidad laboral

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- Se considera falta muy grave no ingresar en el plazo y formas reglamentarios, lascuotas correspondiente a la Seguridad Social, no habiendo presentado losdocumentos de cotización ni utilizado lo sistemas de presentación por mediosinformáticos, electrónicos o telemáticos.

- Retener indebidamente, no ingresándola dentro de plazo, la parte correspondientea la cuota que se ha descontado a los trabajadores o cuando se han efectuadodescuentos superiores a los legalmente establecido.

E. Otras novedades:

- Los empresarios que incurran en determinados supuestos perderán las ayudas y bo-nificaciones de forma automática siempre que haya una resolución sancionadora o unasentencia judicial firme.

- Además de ser sancionadas, las empresas que cometan infracciones muy graves pordiscriminación directa o indirecta por razón de sexo y que no elaboren o apliquen elpreceptivo Plan de Igualdad o contravengan la resolución de la Autoridad Laboral per-derán las ayudas, bonificaciones o beneficios que tuvieran de forma automática.

- Será sancionable el incumplimiento en materia de integración laboral de personascon discapacidad de la obligación de reserva de puesto de trabajo para personas condiscapacidad o de la aplicación de sus medidas alternativas de carácter excepcional.

- Se incluye el procedimiento de notificación electrónica a través del Tablón de Edictosen los casos que la administración no pueda contactar al interesado.

- Se incluyen nuevas exenciones a la eliminación de las bonificaciones al empleo, porlo que habrá bonificaciones en las contratación de personas con discapacidad, empre-sas de inserción o enclaves laborales, entre otros.

Los objetivos de esta Ley vienen claramente definidos en su preámbulo:

1. Profunda modernización de la legislación laboral al servicio de la creación de empleoque apueste por una mayor estabilidad y flexibilidad interna de las empresas.

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2. Necesaria sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social y el aseguramiento y mantenimiento de las prestaciones por desempleo como pilares de nuestro Estado de Bienestar.

3. Opción por una inmigración legal, ordenada, responsable y vinculada al empleo.

4. La consecución de una mayor eficacia y eficiencia en la gestión pública y hacer más ymejores políticas laborales y de empleo, sociales y migratorios con unos presupuestos másausteros.

Sólo el transcurso del tiempo le dará o no la razón a este planteamiento. Entretanto, debere-mos seguir luchando por tirar adelante, en la esperanza de que tienen que venir tiempos me-jores …

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INFORMACION RELATIVAA LA DECLARACIÓN INFORMATIVA MODELO 720

El 31 de enero se publicó en el B.O.E. la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la quese aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situadosen el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, y se determinan el lugar, forma, plazo y elprocedimiento para su presentación.

La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestariay de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en laprevención y lucha contra el fraude introduce a través de la nueva disposición adicionaldecimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, una nueva obligaciónespecífica de información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero.

La presentación de dicha declaración se podrá realizar entre el 1 de febrero de 2013 y el 30 deabril de 2013. A continuación pasamos a detallar los aspectos más significativos del modelo720.

Los obligados tributarios (las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, losestablecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y lasentidades a que se refiere el artículo 35.4 de la LGT – herencias yacentes, comunidades debienes y demás…) deberán suministrar a la Administración tributaria, salvo en determinadossupuestos o exoneraciones, la siguiente información:

a) Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que sedediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en lasque figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.

b) Información sobre valores o derechos representativos de la participación en el capital oen los fondos propios de cualquier tipo de entidad jurídica, sobre valores representativosde la cesión a terceros de capitales propios, sobre valores aportados para su gestión oadministración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y «trusts» o masaspatrimoniales que, no obstante carecer de personalidad jurídica puedan actuar en eltráfico económico, y sobre las acciones y participaciones en el capital social o fondopatrimonial de instituciones de inversión colectiva, de los que sean titulares y seencuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida oinvalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que seanbeneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles oinmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.

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c) Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de sutitularidad situados en el extranjero.

Estas obligaciones se extenderán a quienes tengan la consideración de titulares reales deacuerdo con el art.4.2 de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de lafinanciación del terrorismo.

La normativa establece un régimen de infracciones y sanciones, con multas pecuniarias,relacionados con el incumplimiento de estas obligaciones de información. Por ejemplo, lasanción mínima por la falta de presentación del modelo respecto a una sola de las tresobligaciones de información sería de 10.000 €.

Además, establece una sanción pecuniaria proporcional del 150% de la cuota resultante deregularizar ganancias patrimoniales no justificadas, que traigan causa en los incumplimientosrelativos a la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

A partir del ejercicio 2013 (presentación en 2014) el plazo será desde el 1 de enero y hasta el31 de marzo.

Para cualquier duda o aclaración pueden contactar con nuestro despacho.

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HASTA EL 20 MODELOSRENTA Y SOCIEDADESRetenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premiosy determinadas imputaciones de renta, ganancias de transmisiones o reembolsos de accionesy participaciones de las instituciones de inversión colectiva o de aprovechamientos forestalesde vecinos en montes públicos, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.Enero 2012Grandes EmpresasModelos.............................................................................................111,115,117,123,124,

126,128IVAEnero 2012. Régimen General. Autoliquidación................................ 303Enero 2012. Grupo de entidades....................................................... 322Enero 2012. Declaración de operaciones incluidasen los libros registro del IVA y del IGIC. delo IGIC.............................. 340Enero 2012. Declaración recapitulativa de operacionesintracomunitarias................................................................................349

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROSEnero 2012..........................................................................................430

HASTA EL 28 MODELOS

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADESEntidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción, para el cál-culo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del periodo de los tres,nueve u once meses de cada año natural.......................................... 036

Si el periodo impositivo no coincide con el año natural la opción/renuncia a la opción, seejercerá en los primeros dos meses de cada ejercicio o entre el inicio del ejercicio y el fin delplazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses.

DECLARACIÓN ANUAL DE CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICADeclaración anual 2012.....................................................................159

DECLARACIÓN INFORMATIVA DE ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTASAño 2012............................................................................................184

DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROSAño 2012............................................................................................347

HASTA EL 28Ingreso de cuotas de la Seguridad Social

calendario contribuyente

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B.O.E 27 31/01/2013

Información tributaria.- Orden HAP/72/2013, de 30 de enero,por la que se aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechossituados en el extranjero, a que se refiere la disposición adicional decimoctava de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y se determinan el lugar, forma,plazo y el procedimiento para su presentación

B.O.E 31 05/02/2013

Seguridad Social. Medidas económicas y sociales.- Resolución de 30 de enero de2013,del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo deconvalidación del Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestióny protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidasde carácter económico y social

Inversiones extranjeras.- Resolución de 24 de enero de 2013,de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se modifican los mo-delos de declaración D-5A, D-5B y D-6 que sustituyen a los modelos anteriores

legislación del mes

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El Rincon del Emprendedor

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Álvaro Chamorro, “Chamosan”, es el joven artista y emprendedor,del cual, les ampliamos esta entrevista.

Miembro también de Penique Productions. Penique Productions es uncolectivo de artistas de diferentes disciplinas que realiza instalacionestemporales.

Los proyectos consisten en la creación de hinchables de color queocupan por completo espacios erigidos por terceros, dotándoles de unanueva identidad.

Penique se mueve por Barcelona/Rio de Janeiro/Londres

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