Actos administrativos

10
Instituto Universitario Tecnológico Antonio José de Sucre Escuela de Relaciones Industriales Extensión Barquisimeto Autora.: Leydig R. Colmenares T. Asignatura: Administración y Estatutos de la Función Pública Julio - 2016

Transcript of Actos administrativos

Instituto Universitario Tecnológico

Antonio José de Sucre

Escuela de Relaciones Industriales

Extensión Barquisimeto

Autora.: Leydig R. Colmenares T.

Asignatura: Administración y Estatutos de la Función Pública

Julio - 2016

DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS (CONCEPTO)

Artículo 7. Se entiende por acto administrativo, a los fines de esta ley, toda

declaración de carácter general o particular emitida de acuerdo con las formalidades y

requisitos establecidos en la ley, por los órganos de la administración pública.

Los actos administrativos normativos, se han convertido en parte

esencial de la Administración Pública, su importancia radica en que su

contenido, se convierte en materia fundamental del ordenamiento jurídico

establecido, en virtud de que son instrumentos que modifican, crean o

extinguen situaciones jurídicas, contenidas en las leyes que regulan, sin

necesidad de alterar su naturaleza y objetivo fundamental, convirtiéndose

en una salida jurídica en aquellos casos donde se presentan vacíos legales

u omisiones legislativas, haciendo factible y oportuno, la satisfacción de

necesidades de la sociedad.

ACTOS ADMINISTRATIVOS

Art. 7 LOPA

REQUISITOS DE

FONDO.

REQUISITOS DE

FORMA. CLASIFICACION

SEGÚN SUS

EFECTOS ART. 72,

73 LOPA.

ORDEN DE

APLICACIÓN.

ART 15,16,17

LOPA

EJECUCION.

ART. 79, 80 LOPA.

REQUISITOS DE FONDO

COMPETENCIA:

Dictado por el órgano

competente.

Expresa en

atribuciones

en cuanto materia,

territorio y grado

Art.19 LOPA.

FUNDAMENTO JURIDICO:

• Respetar el principio de

retroactividad. Art. 11 LOPA

OBJETO:

Debe ser posible

y licito.

Art.. 19 LOPA

REQUISITOS DE FORMA. Art 18 LOPA.

Nombre del Ministerio u

organismo a que pertenece

el órgano que emite el

acto

Nombre del órgano

que emite el acto

Lugar y fecha donde el

acto es dictado

Nombre de la persona u

órgano a quien va

dirigido

Expresión sucinta de

los hechos, de las

razones que hubieren

sido alegadas y de los

fundamentos legales

pertinentes

La decisión

respectiva, si fuere

el caso

Nombre del funcionario o

funcionarios que los

suscriben, con indicación

de la titularidad con que

actúen, e indicación

expresa, en caso de actuar

por delegación, del número

y fecha del acto de

delegación que confirió la

competencia.

El sello de la oficina.

1) Voluntad Unilateral; al tratarse de un acto de poder, por ejemplo, la expropiación, o

clausura de un negocio.

2) Bilateral; Acuerdo de dos voluntades, por ejemplo, el contrato administrativo.

3) La voluntad debe originar de un Órgano administrativo competente.

4) Legalidad, fundamentación y motivación como base constitucional.

5) Su finalidad debe ser crear, modificar, transmitir o extinguir derechos y obligaciones .

6) Satisfacción de intereses generales . Ya que en la acción administrativa su interés radica

en el bien de la colectividad.

7) Ejecutivo; En caso de no cumplirse por el sujeto pasivo voluntariamente , las

autoridades pueden exigir el cumplimiento de forma coactiva.

8) Declarativos; no entrañan ejecución , por ejemplo, licencia de manejo.

9) Situación de derecho.

10) Concreta o particular y General, pero se pueden presentar ambas en una misma situación

como ejemplo la concesión de servicios públicos.

ACTO ADMINISTRATIVO

ADMINISTRACIÓN

ÓRGANO

COMPETENCIA

IINVESTIDURA

ACTO

AMINISTRATIVO

COMPETENTE SUJETO

ASPECTOS

SUBJETIVOS

TITULARIDA ORGANO

PÚBLICO INTEGRADO

CONSTITUCIÓN

LEYES

REGLAMENTOS

ACTO ADMINISTRATIVO

El Acto Administrativo es una

manifestación de la voluntad de la

autoridad administrativa

competente, fundada y motivada

con una finalidad especifica de

crear, modificar, transmitir o

extinguir derechos y obligaciones ,

para la satisfacción de interés

general , pudiendo ser ejecutivo o

declarativo.