La Motivación de los actos administrativos

24
CONCEPTO MOTIVACIÓN Artículo 6.- Motivación del acto administrativo 6.1 La motivación deberá ser expresa, mediante una relación concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso específico, y la exposición de las razones jurídicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto adoptado. 4.4 Cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podrá ser empleada firma mecánica o integrarse en un solo documento bajo una misma motivación,

description

2015

Transcript of La Motivación de los actos administrativos

Presentacin de PowerPoint

Concepto MotivacinArtculo 6.- Motivacin del acto administrativo6.1 La motivacin deber ser expresa, mediante una relacin concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso especfico, y la exposicin de las razones jurdicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto adoptado.4.4 Cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podr ser empleada firma mecnica o integrarse en un solo documento bajo una misma motivacin, siempre que se individualice a los administrados sobre los que recae los efectos del acto. Para todos los efectos subsiguientes, los actos administrativos sern considerados como actos diferentes. Concepto Motivacin3.2. Objeto o contenido.- Los actos administrativos deben expresar su respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequvocamente sus efectos jurdicos. Su contenido se ajustar a lo dispuesto en el ordenamiento jurdico, debiendo ser lcito, preciso, posible fsica y jurdicamente, y comprender las cuestiones surgidas de la motivacin. Funciones esenciales de la motivacin- La satisfaccin psicolgica de la opinin pblica; - Hace posible un control ms completo sobre el iter voluntatis del agente, - Evita actuaciones no meditadas por la Administracin

Otras funciones de la Motivacin- Da al administrado conocimiento de las razones - Facilita la comprensin: A otros rganos administrativos A otros interesados, -Facilitar interpretacin y aplicacin del acto, Artculo 3.- La enumeracin de los derechos establecidos en este captulo no excluye los dems que la Constitucin garantiza, ni otros de naturaleza anloga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberana del pueblo, del Estado democrtico de derecho y de la forma republicana de gobierno. Artculo 139.- Son principios y derechos de la funcin jurisdiccional:3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdiccin predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada porrganos jurisdiccionales de excepcin ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominacin. Artculo 6.- Motivacin del acto administrativo6.2 Puede motivarse mediante la declaracin de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictmenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicin de que se les identifique de modo certero, y que por esta situacin constituyan parte integrante del respectivo acto.6.3 No son admisibles como motivacin, la exposicin de frmulas generales o vacas de fundamentacin para el caso concreto o aquellas frmulas que por su oscuridad, vaguedad, contradiccin o insuficiencia no resulten especficamente esclarecedoras para la motivacin del acto.6.4 No precisan motivacin los siguientes actos:6.4.1 Las decisiones de mero trmite que impulsan el procedimiento.6.4.2 Cuando la autoridad estima procedente lo pedido por el administrado y el acto administrativo no perjudica derechos de terceros.6.4.3 Cuando la autoridad produce gran cantidad de actos administrativos sustancialmente iguales, bastando la motivacin nica. Actos necesitados de motivacin

- Actos definitivos - De trmite cualificado: de voluntad, de juicio, conocimiento o deseo: siempre que sean restrictivos de derechos o intereses legtimos. - Los que la LPAG exige, de forma explcita:Delegacin y avocacin de competencias (70); Votos singulares de rganos colegiados (97.3 y 100.2); Inicio de oficio de un procedimiento administrativo (104.1); Rechazo de denuncias (105.3); Adopcin de medidas cautelares intraprocedimentales (146.1) Resolucin sancionadora (artculo 235.5 LPAG). Diversa trascendencia de la motivacinExhaustiva- Actos restrictivos de derechos o intereses legtimos, (2.24 CP)Habilitacin legalRazones: derechos de defensa, tutela judicialActos contrarios al precedente administrativo (VI) Actos contrarios a los informes o dictmenesPrincipio de igualdadPrincipio de confianza legtima- Actos discrecionalesJustificar oportunidad de actuacinDiversa trascendencia de la motivacinExhaustiva- Actos que comportan el ejercicio de una funcin cuasijurisdiccional Resolucin de procedimientos de revisin de oficio (artculo 202 LPAG), Recursos administrativos (artculo 217 LPAG), Procedimientos trilaterales (artculos 219 y ss. LPAG)Obligacin constitucional de motivacin de las resoluciones judiciales reconocida en el artculo 139.5 CPExcepcinResolucin de conflictos de competencias interorgnicos (o conflictos de atribuciones), (artculo 86.2 LPAG)Diversa trascendencia de la motivacin

Alusin a la normativa aplicable

- actos reglados Actos meramente aplicativos

Contenido del acto predeterminado por la Ley. Diversa trascendencia de la motivacinFacultativa- Actos de administracin interna- Actuaciones estimatorias de solicitudes de los particulares, Si no se afectan derechos o intereses de terceros, (artculo 6.4.2 LPAG)- Pero debera exigirse la correspondiente motivacinDifcil que un acto estimatorio no afecte a los intereses de terceros- Innecesariedad de motivar los actos estimatorios Pareciera que la finalidad de la motivacin es nicamente evitar la indefensin del interesado, Principios constitucionales, Justificacin de la actividad administrativa, Principio de publicidadPrincipio de responsabilidad Interdiccin de la arbitrariedad de los poderes pblicos. Discrecionalidad y arbitrariedad. es necesaria la motivacin en los actos discrecionales? en qu medida?

Primera posturaLa ausencia de motivacin equivales a arbitrariedad- Se reconoce la necesaria existencia de la discrecionalidad- Premisa: el principio de interdiccin de la arbitrariedad- En ambos actuacin es libre- Discrecional: decisin fundamentada- Arbitraria: carece de fundamento- La motivacin: si no hay motivacin el nico apoyo ser la sola voluntad de quien la adopta. - Motivacin: tcnica para evitar que la discrecionalidad derive en arbitrariedad.Discrecionalidad y arbitrariedad. Primera postura

Dos criterios- La necesaria motivacin de los actos administrativos- La justificacin documental de la decisin adoptada de la que la motivacin es un resumen

No reduce la discrecionalidad: ampla la posibilidad de control mediante el criterio de razonabilidad

Discrecionalidad y arbitrariedad. Segunda postura

La ausencia de motivacin es insuficiente para calificar un acto como arbitrario - La motivacin: es explicitacin de los motivos que subyacen en una decisin- Permite conocer el proceso lgico que ha llevado a la Administracin a la adopcin de una determinada decisin- Pero no es constitutiva de los motivos de la decisin administrativa- Los motivos, se deducen del expediente, son algo distinto de la motivacin.

Conclusin

- La ausencia de motivacin debilita la presuncin de veracidad de los actos administrativos y puede ser un sntoma de la adopcin de decisiones irrazonables o al margen del Derecho

- Por eso, el acto arbitrario ser aqul en el que falta la motivacin formal y no pueden descubrirse las razones de la adopcin de la decisin.

- Diferencia entre motivo, requisito sustantivo, y motivacin, requisito formal

Motivacin: control

- En el caso de ausencia de motivacin, le bastar a la Administracin deducir del expediente las razones constitutivas de la resolucin - La diferencia entre discrecionalidad y arbitrariedad no en motivacin sino en la ausencia o no de motivos en la decisin adoptada.

- Valoracin de la suficiencia: - caso por caso- naturaleza de la potestad- contenido de la norma jurdica habilitanteMotivacin y colegialidad: el problema de la motivacin de los acuerdos de rganos colegiados

- Saber si la motivacin es necesaria y, si lo es, el alcance de sta.

- La LPAG slo exige la motivacin expresa de los votos singulares o de los votos contrarios a la decisin mayoritaria (97.3 y 100.2)

Motivacin y colegialidad: el problema de la motivacin de los acuerdos de rganos colegiados

Son aplicables a stos el principio general de motivacin universal de los actos administrativos

102.1 LPAG el acuerdo expresa claramente el sentido de la decisin adoptada y su fundamento

- Acto se adoptan verbalmente, pero su motivacin se expresar en el acta.Motivacin y colegialidad: el problema de la motivacin de los acuerdos de rganos colegiados

Problemas: - Voto secreto- Decisiones sin deliberacin previa- Decisiones en las que cada uno de los titulares mantienen motivos distintos

La motivacin no contendr todos los motivos: tener en cuenta los informes y dictmenes del expediente administrativoContenido de la motivacinArtculo 6 6.1. La motivacin deber ser expresa, mediante una relacin concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso especfico, y la exposicin de las razones jurdicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto adoptado6.3 No son admisibles como motivacin, la exposicin de frmulas generales o vacas de fundamentacin para el caso concreto o aquellas frmulas que por su oscuridad, vaguedad, contradiccin o insuficiencia no resulten especficamente esclarecedoras para la motivacin del acto Contenido de la motivacin

- Regla: motivacin textual- Requisito esencial en derechos fundamentales- Motivacin in aliumde: extratextual (6.2): Puede motivarse mediante la declaracin de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictmenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicin de que se les identifique de modo certero, y que por esta situacin constituyan parte integrante del respectivo actoProblema: desconocimiento de informesNecesidad de poner a disposicin del interesado: Constituyen parte integrante del respectivo acto LPAG. Efectos ausencia o insuficiencia motivacin

- La motivacin (elemento formal y de contenido): requisito de validez de los actos administrativos (3.4)

- Los actos administrativos que carezcan de motivacin, o que incorporen una motivacin insuficiente sern invlidos(6.3 y 10).

- La ausencia o insuficiencia de motivacin puede ser subsanable directamente por la Administracin autora del acto. LPAG10.2 son vicios que causan la nulidad de pleno derecho, el defecto o la omisin de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservacin del acto a que se refiere el artculo 14. 14: 1. Cuando el vicio del acto administrativo () no sea transcendente, prevalece la conservacin del acto, procedindose a su enmienda por la propia autoridad emisora14.2. son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes () 14.2.1 El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivacin14.2.2 El acto emitido con una motivacin insuficiente o parcial.Efectos

- Sensu contrario: ausencia absoluta de motivacin es un vicio trascendente no susceptible de convalidacin- Al ser requisito formal acarrear solamente la nulidad de actuaciones- 13.3: quien declara la nulidad, dispone la conservacin de aquellas actuaciones o trmites cuyo contenido hubiere permanecido igual de no haberse incurrido en el vicio- Excepcin: derechos fundamentales (actos sancionadores)- La ausencia de motivacin puede acarrear la responsabilidad disciplinaria (239.4)