ACTA - DECIMOSEXTA REUNION ORDINARIA DEL COMITE ANDINO DE...

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SG/CAATEL/XVI/ACTA/Rev. 1 26 de agosto de 2006 3.24.56 DECIMOSEXTA REUNION ORDINARIA DEL COMITE ANDINO DE AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES (CAATEL) 24 y 25 de Agosto de 2006 Lima – Perú ACTA DECIMOSEXTA REUNION ORDINARIA DEL COMITE ANDINO DE AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES (CAATEL)

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SG/CAATEL/XVI/ACTA/Rev. 1 26 de agosto de 2006

3.24.56 DECIMOSEXTA REUNION ORDINARIA DEL COMITE ANDINO DE AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES (CAATEL) 24 y 25 de Agosto de 2006 Lima – Perú

ACTA

DECIMOSEXTA REUNION ORDINARIA DEL COMITE

ANDINO DE AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES

(CAATEL)

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ACTA

DE LA XVI REUNION ORDINARIA DEL COMITE ANDINO DE AUTORIDADES DE

TELECOMUNICACIONES (CAATEL)

La XVI Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), se celebró en la sede de la Secretaría General de la Comunidad Andina, los días 24 y 25 de Agosto de 2006, con la participación de las Administraciones de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, y funcionarios de la Secretaría General de la Comunidad Andina.

La lista de participantes de la XVI Reunión, consta como ANEXO I de la presente Acta.

I

INAUGURACION

La reunión se inició con el saludo y palabras de bienvenida por parte del Secretario General de la Comunidad Andina Dr. Alfredo Fuentes, quien destacó la importancia de las nuevas tecnologías. Asimismo, describió la situación actual de la Comunidad Andina y el proceso de recuperación tras la salida de Venezuela que denunció el Acuerdo de Cartagena el 22 de abril pasado; resaltando que posteriormente se firmó un Memorando de Entendimiento Internacional, lo que implicará el mantenimiento de la Zona de Libre Comercio con Venezuela; recíprocamente, Venezuela se comprometió a mantener su mercado abierto. En cuanto a los avances con los demás bloques, manifestó su satisfacción por el acercamiento con la Unión Europea. De la misma manera resaltó la consolidación en la región andina de los temas de liberalización del comercio, personas, servicios y Telecomunicaciones. El Secretario General, resaltó el rol jugado por las autoridades andinas de telecomunicaciones en la elaboración de marcos normativos armonizados, como la Decisión 638 para la protección del usuario de telecomunicaciones en la región andina; así como de dos resoluciones del CAATEL, una para impulsar tarifas telefónicas transfronterizas y otra para la elaboración de una estrategia integral para combatir las amenazas a la seguridad cibernética. Señaló además, que la Agenda de XVI Reunión tiene tres puntos básicos a tratar: la preservación y explotación definitiva del Recurso Orbita Espectro de los países andinos; el Proyecto de Decisión sobre Acceso y uso compartido de Infraestructura; y lo relacionado con la realización del Foro Andino sobre la Sociedad de la Información a realizarse en septiembre próximo. Para finalizar, agradeció a la presidencia saliente del CAATEL, y deseó el mayor de los éxitos a la presidencia entrante.

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La Viceministra de Comunicaciones de Perú, Dra. Cayetana Aljovín, saludó a las autoridades participantes en esta XVI Reunión del CAATEL, ofreciendo el apoyo de la administración peruana al logro de los objetivos en ejecución, finalizó su intervención deseando los mejores éxitos al nuevo Presidente del CAATEL, Ing. Roque Roy Mendez Soleto, Viceministro de Telecomunicaciones de Bolivia. Acto seguido, el presidente entrante del CAATEL, Viceministro de Telecomunicaciones del Ministerio de Servicios y Obras Públicas de Bolivia, Ing. Roque Méndez Soleto, agradeció al Presidente Saliente Dr. Alvin Lezama por su esmerada labor en el periodo 2005 -2006, así como a las demás delegaciones presentes y reafirmó su compromiso de continuar con la Integración Regional y de mejorar la Calidad de Vida de su población. Resaltó también el rol de las Telecomunicaciones como factor fundamental para la Sociedad de la Información y la necesidad de abarcar a los sectores marginados priorizando la Equidad y la Inclusión. El Presidente del CAATEL, subrayó la necesidad de encontrar alternativas para preservar el Recurso Órbita Espectro de la Comunidad Andina y hacer realidad el anhelo de contar con un satélite comunitario. Manifestó también, la necesidad de darle continuidad a los proyectos en los que el CAATEL viene trabajando, como la estrategia andina para incorporarse a la sociedad de la información, priorizando la reducción de la brecha digital urbano-rural.

II AGENDA

Los delegados participantes acordaron desarrollar la siguiente agenda durante la Reunión:

1. Informe de Gestión de la Presidencia ejercida por Venezuela.

2. Proyecto Satelital Andino “Simón Bolívar” y la explotación definitiva de Recurso Orbita Espectro (ROE) 67° 0.

a) Informe sobre el estado de situación. b) Propuesta de alternativas para la preservación y explotación del ROE

Andino. 3. Propuesta de Decisión “Normas que Regulan el Acceso y Uso Compartido de

Infraestructuras Físicas o Bienes de Uso Público necesarios para la Prestación de Servicios de Telecomunicaciones”.

4. Actividades realizadas y Foro Andino sobre la Sociedad de la Información. 5. Foro Andino sobre Ciberseguridad. 6. Presentación del Plan de Trabajo 2006-2007. 7. Varios. 8. Aprobación del Acta.

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III DESARROLLO DE LA REUNIÓN

1.- Informe de Gestión de la Presidencia ejercida por Venezuela Debido a la ausencia de la delegación venezolana, la Secretaría General de la Comunidad Andina dio lectura al informe final enviado por este país, el mismo que se adjunta en el Anexo II de la presente Acta. Algunos delegados dejaron constancia de que dicho informe no contenía el estado de coordinación actual del Sistema Satelital Andino Simón Bolívar que estuvo a cargo de la administración venezolana. 2.- Proyecto Satelital Andino “Simón Bolívar” y la explotación definitiva de Recurso

Orbita Espectro (ROE) 67° 0.

a) Informe sobre el estado de situación.

La Secretaría General presentó una Ayuda Memoria sobre el tema, la misma que figura en el Anexo III de la presente Acta.

b) Propuesta de alternativas para la preservación y explotación del ROE Andino.

Tomando en cuenta que en fecha 22 de abril de 2006, la República Bolivariana de Venezuela denunció el Acuerdo de Cartagena y por tanto ya no ejercería la coordinación del recurso órbita espectro de los Países Miembros ante la UIT, las autoridades de Telecomunicaciones de los Países Miembros reunidas en el seno del CAATEL, determinaron nombrar, conforme lo dispuesto en el artículo 17 de la Decisión 395 a la administración de Colombia, para que en nombre y representación de ellas, realice las acciones y procedimientos establecidos en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, destinados a obtener la inscripción y registro de las asignaciones de frecuencias y las posiciones orbitales asociadas y, consecuentemente, asuma los procesos de coordinación necesarios para la preservación del Recurso Orbita Espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina. En tal sentido, las autoridades del CAATEL plasmaron la referida determinación en la Resolución CAATEL XVI-OR 74, que figura en el Anexo IV de la presente Acta. Constitución de un Grupo de Trabajo a través de la Resolución CAATEL XVI-OR-75, que figura en el Anexo V, que tiene el mandato de realizar los estudios y preparar los documentos necesarios que sirvan de soporte a las acciones orientadas a preservar los derechos andinos del recurso órbita espectro en la posición 67º Oeste. Asimismo, se determinó formar un grupo de trabajo que analice y presente, al cabo de esta reunión, las alternativas sobre este tema, cuyo informe figura en el Anexo VI. Sobre la base a dicho informe, CAATEL aprobó un proyecto de Decisión en sustitución de la Decisión 395 y aprobó la Resolución CAATEL XVI-OR-76 para solicitar a la Comisión de la Comunidad Andina la aprobación de dicho proyecto, que figura en el mismo Anexo VI.

3.- Propuesta de Decisión “Normas que Regulan el Acceso y Uso Compartido de

Infraestructuras Físicas o Bienes de Uso Público necesarios para la Prestación de Servicios de Telecomunicaciones”. La administración del Perú, presentó el Proyecto de Decisión “Normas que Regulan el Acceso y Uso Compartido de Infraestructuras Físicas o Bienes de Uso Público necesarios para la Prestación de Servicios de Telecomunicaciones”, conformándose un grupo de

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trabajo para revisar esta propuesta, la cual fue presentada en sesión plenaria acordándose que los Países Miembros revisarán detalladamente dicha propuesta y que a más tardar en el plazo de 30 días remitirán sus comentarios a la Secretaría General, el texto de dicha Propuesta de Decisión figura en el Anexo VII.

4.- Actividades realizadas y Foro Andino sobre la Sociedad de la Información.

La administración del Ecuador presentó un informe con el Plan de Trabajo Andino sobre Sociedad de la Información y el programa preliminar del Foro sobre la Sociedad de la Información, los mismos que figuran en el Anexo VIII. Las administraciones participantes efectuaron diversos comentarios y recomendaron ampliar en el programa el tiempo asignado a la Mesa Redonda sobre Estrategia Andina para la Sociedad de la Información.

5.- Foro Andino sobre Ciberseguridad.

La administración del Perú hizo referencia a la Resolución XXI-EX-73, sobre Adopción de una Estrategia Andina para combatir las amenazas a la Seguridad Cibernética y sobre el Plan de Trabajo adoptado en la XXI Reunión Extraordinaria del CAATEL. Informó que con la colaboración de la Secretaría General de la CAN se estaba efectuando el relevamiento de las acciones convenidas por los Países Miembros de la CAN en la lucha contra los ciberdelitos. También informó sobre las actividades realizadas en el Perú para proponer medidas contra el uso delictivo de las tecnologías de la información y comunicación. Informó que en el marco de dicha comisión se realizaron los siguientes eventos:

1. Taller sobre ciberdelitos y ciberseguridad para los países andinos, patrocinado por la Organización de Estados Americanos.

2. Taller Nacional para la elaboración de leyes y regulaciones para prevenir el uso delictivo de las tecnologías de la información y comunicación, realizado conjuntamente con la Fuerza de Tarea de ciberseguridad de APEC.

3. Taller Andino sobre ciberseguridad, organizado con la colaboración de la UIT, y ASETA.

Manifestó que una vez que se concluya la encuesta en elaboración y se obtenga un diagnóstico sobre la situación de este tema en la región recomendó la realización de un seminario andino sobre ciberseguridad con la participación de las administraciones de telecomunicaciones, Poder Judicial, Policía Nacional, proveedores de servicios de Internet, y empresas de los países andinos vinculados con este tema. Las administraciones de Bolivia y Perú, manifestaron su interés de acoger dicho seminario.

6.- Presentación del Plan de Trabajo 2006-2007. La presidencia del CAATEL, a cargo de la Administración de Bolivia, presentó el Plan de Trabajo 2006-2007, que figura en el Anexo IX.

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ANEXO I

LISTA DE PARTICIPANTES BOLIVIA ING. ROQUE ROY MENDEZ SOLETO Viceministro de Telecomunicaciones Ministerio de Servicios y Obras Públicas Teléfono: (591 2) 2119999 ext. 502 Fax: (591 2) 2124379 e-mail: [email protected] PEDRO SOLARES CALDERON Director General de Telecomunicaciones Ministerio de Servicios y Obras Públicas Teléfono: (591 2) 2115737 Fax: (591 2) 2115701 e-mail: [email protected] MARCO PEREDO BRYCHCY Asesor del Ministro Ministerio de Servicios y Obras Públicas Teléfono: (591 2) 2119999 Fax: (591 2) 2124379 e-mail: [email protected] COLOMBIA GERMAN GONZALEZ REYES Viceministro de Comunicaciones Ministerio de Comunicaciones Teléfono : (571) 3442210 Fax : (571) 3443439 e-mail : [email protected] FELIX CASTRO ROJAS Comisionado Comisión de Regulación de Telecomunicaciones Teléfono : (57-1) 3442206 Fax : (57-1) 3443445 Email : [email protected] JOAQUIN RESTREPO MEJIA Asesor Ministra, Asuntos Internacionales Ministerio de Comunicaciones Teléfono : (57-1) 3443460 Fax : (57-1) 3443445 Email: [email protected] ECUADOR JUAN CARLOS SOLINES Presidente Consejo Nacional de Telecomunicaciones Teléfono: (593 2) 2225614 Fax: (593 2) 2595119 e-mail: [email protected]

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JOSE VIVANCO ARIAS Asesor de la Presidencia Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) Teléfono : (593 2) 2947800 ext. 1214 Fax : (593 2) 2505119 e-mail: [email protected] PAOLA COSIOS Pro-Secretaria Consejo Nacional de Telecomunicaciones ( CONATEL) Teléfono : (593 2) 2947800 ext. 1108 Fax : (593 2) 2505119 e-mail: [email protected] JOSE MIGUEL VASCONEZ RIBADENEIRA Consejero Embajada de Ecuador Telf: 2124161 – 2124171 e-mail: [email protected] PERU DRA. CAYETANA ALJOVIN Viceministra de Comunicaciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones Teléfono : (51-1) 3157800 Fax : (51-1) 3157618 CARLOS ROMERO SANJINÉS Asesor en Asuntos Internacionales Viceministerio de Comunicaciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones Teléfono : (51-1) 3157612 Fax : (51-1) 3157707 e-mail : [email protected] CARLOS VALDEZ VELASQUEZ-LOPEZ Jefe de la Secretaría de Comunicaciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones Teléfono : (51-1) 3157800 Fax : (51-1) e-mail: : [email protected] MIRIAM CASTAÑEDA MOYA Asesora Legal Secretaría de Comunicaciones Viceministerio de Comunicaciones Ministerio de Transportes y Comunicaciones Teléfono : (51-1) 3157800 Fax : (51-1) e-mail: : [email protected]

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EUGENIA DE JESUS MARIÑO CABELLO Asesora Legal Ministerio de Transportes y Comunicaciones Telf: : (51 1) 3156793 Fax: : (51 1) 3157707 e-mail: : [email protected] SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA DR. ALFREDO FUENTES Secretario General (E) Telf: (511) 411 1400 Fax: (511) 2213329 ING. JOSE RIBERO Coordinador Telf: (511) 411 1400 Fax: (511) 2213329 e-mail: [email protected] Eco. ANA MARIA CARDENAS Gerente Telf: (511) 411 1400 Fax: (511) 2213329 e-mail: [email protected] Dr. CARLOS ADRIAZOLA Asesoría Jurídica Telf: (511) 4111400 Fax: (511) 2213329 e-mail: [email protected] Dra. MARIA CLARA GURIERREZ Asesoría Jurídica Telf.: (511) 4111400 Fax: (511) 2213329 e-mail: [email protected]

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ANEXO II

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COMUNIDAD ANDINA

COMITÉ ANDINO DE AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES

CAATEL

INFORME DE GESTIÓN DE LA SECRETARIA PRO TEMPORE

DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES CONATEL

23 de AGOSTO 2005 – 21 de ABRIL 2006

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INFORME DE GESTIÓN PRESIDENCIA PRO TÉMPORE DEL CAATEL

AGOSTO 2005- ABRIL 2006 CONATEL -VENEZUELA

Los días 22 y 23 de agosto de 2005 se celebró la XV Reunión Ordinaria del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones -CAATEL, en la sede de la Secretaría General de la Comunidad Andina, en la ciudad de Lima, Perú, durante la cual la Comisión Nacional de Telecomunicaciones-CONATEL en nombre de la –República Bolivariana de Venezuela asumió la presidencia Pro Témpore del CAATEL, presentando un Plan de Trabajo para el período agosto 2005- 2006, cerrando su gestión el 22 de abril de 2006, dado que Venezuela presenta su denuncia del Acuerdo de Cartagena. El Plan de Trabajo contempló la consulta y evaluación conjunta de los trabajos o acciones a desarrollar por los Países Miembros, en los temas que llevan respectivamente, con el fin de impulsar y promover las iniciativas que permitieran avanzar en beneficio de la Comunidad, redimensionar algunas de ellas o adoptar nuevas propuestas, y en ese sentido se acordó desarrollar acciones en cada uno de los grupos existentes, así como en los nuevos que surgieron de las propuestas consensuadas en la reunión por los cinco Países Miembros para ese entonces, resultando lo que más adelante se detalla. En el año 2005 y 2006 se efectuaron varias reuniones donde se buscó adelantar los procesos de consulta y toma de decisiones respecto a los temas acordados en el Plan de Trabajo, y en relación a ello se celebraron los siguientes encuentros:

1.- Primera Reunión de Expertos Gubernamentales en Telecomunicaciones Esta reunión fue realizada los días 15 y 16 de septiembre de 2005, en la cual participaron funcionarios de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y la Secretaria General de la CAN. Los temas que formaron parte de la agenda y a los cuales se les acordó Planes de Trabajo y Cronograma de Actividades fueron:

Armonización de requisitos y procedimientos para el otorgamiento de títulos habilitantes.

Compartición de Infraestructura para los servicios de telecomunicaciones en la Subregión.

Régimen de Protección al usuario. 2.- XXI Reunión Extraordinaria del CAATEL,

Se llevó a cabo los días 9 al 10 de Febrero de 2006, en la Secretaría General de la Comunidad Andina. El objeto de la misma fue efectuar una revisión en el avance de los temas acordados en el Plan de Trabajo 2005-2006, entre ellos la concreción de unos Proyectos de Reglamentos en materia de Protección de Usuarios, Compartición de Infraestructura, así como unos borradores de Resolución en materia de Ciberseguridad, Televisión Digital, Tarifas Fronterizas. En cuanto a la revisión y aprobación del Reglamento del Régimen de Protección al Usuario, se logró en consenso una propuesta con los comentarios de las delegaciones y las observaciones de la Secretaria

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General, elaborando una propuesta de Decisión sobre Lineamientos de Protección al Usuario, aprobada y la cual sería elevada a la Comisión de la Comunidad Andina a petición del CAATEL por la Secretaria General. La propuesta de Reglamento de Acceso y Uso de Infraestructuras físicas para los Servicios de Telecomunicaciones en la Subregión, presentada por la delegación de Perú, como coordinador del tema, se tomó para definir criterios comunes y consolidar conceptos sobre uso de bienes públicos e infraestructuras y el ámbito de aplicación de la norma, dado que las delegaciones ya contaban con el documento y habían realizado sus revisiones a nivel interno, lo que facilitó el trabajo del grupo que se conformó, quienes presentaron una propuesta consolidada y se estableció considerar el texto para su aprobación a través de una videoconferencia. Respecto al tema de Tarifas fronterizas, se aprobó la Resolución XXI- EX- 71 , propuesta por Perú. En cuanto al tema de Televisión Digital, a cargo de la Administración de Venezuela, se aprobó la Resolución XXI - EX -72. En el tema de Ciberseguridad, se aprobó la Resolución XXI – EX – 73 “ Lineamientos para la Elaboración de una Estrategia Integral Andina para Combatir las Amenazas a la Seguridad Cibernética”

3.- Primera Teleconferencia del CAATEL

Con miras a avanzar en puntos pendientes de la XXI Reunión Extraordinaria del CAATEL, el día martes 11 de abril de 2006 se realizó una reunión del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones, CAATEL, bajo la modalidad de teleconferencia, contando con la participación de las autoridades de Bolivia, Ecuador, Perú y Venezuela, representantes de la Sociedad Civil de Bolivia y de Perú, y de funcionarios de la Secretaría General, para tratar los siguientes temas:

1. Revisión de la Propuesta de Decisión "Normas que Regulan el Acceso y uso Compartido de Infraestructura de uso Público necesarias para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones".

2. Establecimiento de los Lineamientos para la elaboración de una

Agenda Andina sobre Ciberseguridad.

3. Coordinación para la participación de la CAN en el IV Foro Ministerial UE-ALC sobre Sociedad de la Información.

Avances durante la gestión de la Presidencia Pro Témpore:

Durante la gestión de la Presidencia Pro Témpore, se logró tener grandes avances, gracias a la buena disposición de cada una de las Administraciones responsables de los temas y de la gestión conjunta que se pudo desarrollar desde los inicios, al definir unas líneas de trabajo armónicas con las posibilidades

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e intereses de los Países Miembros, y producto de ello se haya aprobado el Plan de Trabajo agosto 2005- abril 2006; en tal sentido se presenta a continuación el seguimiento a cada uno de los temas planteados en el Plan:

Compartición de la Infraestructura para los servicios de Telecomunicaciones en la Subregión, En la XXI Reunión Extraordinaria efectuada en febrero se consolidó un proyecto, el cual fue revisado en la Primera Teleconferencia del CAATEL.

Armonización de los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de títulos habilitantes y definiciones comunes de los Servicios de Telecomunicaciones. Perú como responsable del tema envió cuadro comparativo sobre las regulaciones para su actualización, así como presentó un plan de trabajo, el cual fue revisado en la XXI Reunión Extraordinaria y luego de las observaciones aprobado.

Tarifas Fronterizas, Perú, realizó las solicitud de información así como la actualización, para los Países Miembros que ya la habían suministrado y presentó un cuadro comparativo con los acuerdos y prácticas que se vienen implementando en algunas zonas fronterizas de los cinco Países Miembros en materia de esquemas tarifarios especiales.

Así mismo, se aprobó la Resolución XXI – EX - 71 en relación a este tema, dada la situación especial en las poblaciones fronterizas se recomendó continuar promoviendo la adopción de esquemas tarifarios que se encuentren por debajo del valor de la tarifa de larga distancia internacional, práctica ya existente entre empresas de países tales como Venezuela – Colombia, Colombia – Perú, Colombia – Ecuador, Ecuador – Perú y Perú –Bolivia, iniciativas estás que contribuyen al desarrollo de dichas zonas.

Régimen de Protección al Usuario, la Administración colombiana hizo entrega de un Proyecto de Resolución, el cual fue revisado previamente por las Administraciones y presentados los comentarios en la XXI Reunión Extraordinaria y de conformidad con las observaciones planteadas por la Consultoría Jurídica de la Secretaria General se aprobó el proyecto de Decisión “Lineamientos para la Protección al Usuario de Telecomunicaciones de la Comunidad Andina”, el cual fue presentado por la Secretaria General a la Comisión de la CAN para su respectiva aprobación y promulgación.

Televisión Digital, se aprobó la RESOLUCIÓN CAATEL XXI – EX – 72,

donde se incentiva el intercambio de información, experiencias y prácticas con el objeto de facilitar las evaluaciones al momento de implementar y desarrollar la Televisión Digital Terrenal en cada País Miembro de la CAN.

Servicios sobre Protocolo IP, Venezuela para dar cumplimiento con el

Plan de Trabajo propuesto, elaboró un Cuestionario el cual circuló a los países a fin de recabar información que le permitiera elaborar un informe preliminar, que luego de ser presentado a los restantes Países Miembros, le permitiera desarrollar un programa de trabajo para cada uno de los temas a ser abordados tales como: Administración de la numeración IP en los países de la Subregión, Estímulo y promoción de aplicación y contenido local,

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Estímulo y promoción de las empresas de servicios relacionados con Internet y Desarrollo de políticas contra la pornografía infantil en Internet. Se elaboró un informe preliminar, el cual se dio a conocer en la pasada XXI Reunión Extraordinaria, pero por no contar con la respuesta de una de las Administraciones, se sometería a posterior revisión, al igual el programa de trabajo, sin embargo dado que para la fecha de 21 de abril de 2006 no se contaba con la respuesta de la administración faltante, no se pudo incluir la misma; por tanto se presenta como contribución el informe dado a conocer en la XXI Reunión Extraordinaria del CAATEL.

Sociedad de la Información, la Administración Ecuatoriana, con el fin de Coordinar los trabajos a nivel Andino para la Prepcom 3, hacia la CMSI Túnez, realizó dos reuniones, bajo la modalidad de vídeo conferencia, en fechas 22 de septiembre y 10 de noviembre de 2005. Así mismo, Ecuador con el fin de actualizar el estado de avance de las Agendas o Planes Nacionales de los Países Miembros en la Sociedad de la Información y el Conocimiento, transmitió un formulario. En cuanto al Foro Andino sobre la Sociedad de la Información, Ecuador presentó un Programa de Trabajo, para la consideración de las Administraciones, definiendo como sede Ecuador, en fecha a definirse en coordinación con la Secretaria General, previa consulta a los restantes Países Miembros, y en ese sentido la fecha propuesta del 10, 11 y 12 de julio del 2006, fue postergada. La Presidencia Pro Tempore del CAATEL, en esta materia realizó las gestiones pertinentes ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones(UIT) para que se cuente con la asistencia de Especialistas en el tema con carácter de panelistas, y dado que Venezuela ya no forma parte de la Comunidad Andina, se informó al Administrador de Área para América del Sur de la UIT, el estatus actual, así como que se comunicara con las autoridades competentes en Ecuador y la Secretaria General de la CAN, para que los actuales Países Miembros de la CAN continúen contando con este apoyo. Igualmente se determinó que únicamente las Autoridades de los Países Miembros tienen competencias para acreditar y garantizar los principios de multisectorialidad y representatividad de cada uno de ellos.

Por su parte la Secretaria General coordinó las labores de asesoría que desempeño el Sr. Manuel José Cárdenas para la elaboración de un informe final sobre la Estrategia Andina sobre la Sociedad de la Información y del Conocimiento, el cual conforme a lo acordado en la XXI Reunión Extraordinaria del CAATEL podrá servir como insumo a los trabajos que se adelantan por parte del CONATEL Ecuador en materia de Sociedad de la Información.

Intercambio de experiencias regulatorias y mejores prácticas, Perú presentó un resumen con sus normas aprobadas durante el período 2005-2006. Se acordó intercambiar información de normativas para encontrar soluciones comunes, y en ese sentido se solicitó que cada País Miembro

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designara una persona contacto para que a través de la e-CAN se pueda ingresar la actualización de normativas. Asimismo, la Administración Colombiana de manera conjunta con Perú, presentará una propuesta de resolución sobre esta materia.

Políticas Ambientales en Telecomunicaciones, la Administración

Peruana sometió a consideración de los Países Miembros un Plan de Trabajo, así como solicitó actualizar en lo que a cada país corresponda el informe de avance sobre Políticas Ambientales de Telecomunicaciones presentado. Venezuela, por su parte propuso que se realice un estudio comparativo de las normativas existentes en la materia, con base a la información recogida en el CD Aspectos Técnicos y Regulatorios relativos a los efectos de las emisiones electromagnéticas no ionizantes, en el CCP II-CITEL.

Armonización del uso del Espectro Radioeléctrico, Venezuela presentó

un informe sobre los trabajos que se vienen adelantando en el marco de la CITEL y de la UIT en esta materia. De igual forma, presentó un cuestionario sobre Bandas Atribuibles a Sistemas de Acceso de Banda Ancha (IEEE 802.16), el cual fue revisado en la XXI Reunión Extraordinaria, con el fin de conocer el avance de esta tecnóloga y su tendencia y así estudiar la posibilidad de establecer de manera conjunta principios generales sobre la armonización de bandas de frecuencia, en especial las que puedan permitir e impulsar el desarrollo de las tecnologías de acceso de banda ancha en la subregión. Conforme a la respuesta de algunas administraciones se elaboró un cuadro comparativo inicial previo al informe que se debería presentar al tener la información de todos los Países Miembros, el cual permitiría conocer el estatus actual de los sistemas de acceso de banda ancha utilizando el estándar IEEE 802.16, el avance y la tendencia de esta tecnología. Así mismo, el trabajo que debía desarrollar el grupo de Armonización conjuntamente con el de Prevención y Atención de Desastres Naturales para evaluar posibilidades de armonizar las distintas bandas de uso gubernamental y de atención de emergencias con la intención de buscar mecanismos que permitan eventualmente el interfuncionamiento de sistemas o la movilización de equipos de radiocomunicaciones para asistir a un País Miembro en caso de una catástrofe o un desastre natural, fue adelantado por la Administración de Venezuela responsable de los dos grupos, al elaborar un cuestionario el cual iba a ser enviado a los Países Miembros para su llenado, sin embargo no se envío en vista del cese de gestiones dada la salida de Venezuela de la CAN.

NUEVOS TEMAS:

Coordinación con Comité Andino de Prevención y Atención de Desastres(CAPRADE), el apoyo en materia de telecomunicaciones, en caso de desastres, tomando en cuenta el Convenio de Tampere.

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La Administración de Venezuela, como coordinador del tema, elaboró un informe donde se hace mención a las iniciativas que se vienen realizando a nivel internacional y sobre el Plan Estratégico a nivel Andino sobre prevención y atención de desastres. De igual forma la Secretaria General como contribución, dio a conocer lo que se viene trabajando en forma conjunta con la Unión Europea sobre el Proyecto Andino de Prevención de Desastres- PREDECAN a través del Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres- CAPRADE. En tal sentido, Venezuela entró en contacto con las Autoridades competentes del CAPRADE y solicitó participar en el I Taller Nacional Intersectorial de Comités en materia de Prevención y Atención de Desastres, realizado el 23 de febrero de 2006, en Caracas, Venezuela. Dando continuidad al trabajo conjunto que se deseaba lograr, se participó en la VII Reunión del Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres, realizada los días 20 y 21 de abril de 2006, en Puerto Ordaz – Venezuela; donde se efectuó una presentación a cargo del Ing. Alvin Lezama en su carácter de Presidente Pro Témpore del CAATEL, dando a conocer a las autoridades de los Países Miembros asistentes y a los Organismos Cooperantes, que trabajos se llevaban a cabo en el CAATEL, las posibilidades de cooperación entre los Comités, el importante papel que juegan las telecomunicaciones en materia de Prevención y Atención de Desastres, y en tal sentido se nos hizo entrega del Reglamento del CAPRADE, el Plan Operativo 2005-2006, Informe Final del III Encuentro de Educación y Comunicación y la Propuesta sobre el Sistema de Monitoreo orientado hacia impactos del Plan Estratégico Andino para la Prevención y Atención de Desastres.

Revisión del Plan Estratégico de Desarrollo Andino de las

Telecomunicaciones, se solicitó a las administraciones actualizar su perfil en materia de telecomunicaciones, recibiendo respuesta de un solo país, así mismo se realizó una revisión del avance en los objetivos de largo, mediano y corto plazo del Plan Estratégico de Desarrollo Andino de las Telecomunicaciones 2001-2006, el cual fue presentado en la XXI Reunión Extraordinaria, así mismo se propuso y decidió trabajar en un plan de un lapso menor de tiempo dos(2) años y por ende basado en objetivos de corto y mediano plazo; lo que representaría una reformulación del mismo. Dado lo anterior, la Presidencia Pro Tempore hizo la petición previa a la UIT y contar con el apoyo del mismo para la contratación de un Asesor que trabajara de manera conjunta con Venezuela en la reformulación del Plan, sobre líneas estratégicas concretas que fortalezcan el desarrollo de la Subregión en áreas prioritarias conforme a las realidades y necesidades de los Países Miembros, solicitud que fue aceptada y para lo cual se adelantaron todas las gestiones conjuntamente con la UIT, resultando seleccionado el Ingeniero José Ricardo Melo Downey, sin embargo dada la salida de Venezuela de la CAN no se dio continuidad a la gestiones, más sin embargo se pidió a la UIT entrar en contacto con la Secretaria General de la CAN.

Las telecomunicaciones en el espacio de la Comunidad Sudamericana de Naciones, Colombia como responsable del tema presentó un informe donde se

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hace mención a las decisiones de las Cumbres de Presidentes y las Declaraciones de los Ministros de Relaciones Exteriores, y da un resumen de los estudios que al respecto ha realizado la Iniciativa de integración de la Infraestructura Regional en América del Sur (IIRSA). Y propuso un Plan de Trabajo. De igual forma hizo entrega del Plan de Acción Tecnologías de Información y Comunicación al servicio de la competitividad y de la integración sudamericana, preparado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) para la IIRSA.

Ciberseguridad, Perú la administración responsable presentó un plan de

trabajo, asimismo junto con la Delegación de Colombia se trabajó la Resolución de Ciberseguridad “Lineamientos para la Elaboración de una Estrategia Andina para combatir las Amenazas de la Seguridad Cibernética” – RESOLUCIÓN CAATEL XXI – EX – 73, y como parte de los compromisos asumidos por parte de la Secretaria General de la CAN en la Primera Reunión de Trabajo, ésta hizo llegar un formulario donde se identificara las autoridades vinculadas con el tema de Ciberseguridad en cada uno de los Países Miembros. Venezuela por su parte, presentó una contribución al facilitar un Reporte del II Simposio sobre Ciberseguridad, realizado en Moscú – Federación Rusa en el 2005; un informe acerca del Simposio del UIT-T sobre Ciberseguridad, celebrado en Florianópolis –Brasil en el 2004; así como un resumen sobre la normativa existente en Venezuela en materia de Ciberseguridad.

Sistema Satelital Simón Bolívar Se informó a la Secretaria General de la Comunidad Andina en noviembre de 2005 así como a los Países Miembros, de la Comunicación 11SG(SPR)/0.3545/05 recibida de la Oficina de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones- UIT, donde se notifica la suspensión de las asignaciones de frecuencia a SIMÓN BOLÍVAR 2 y tal período de suspensión expirará el 18 de septiembre de 2007. Así mismo, Venezuela en su carácter de autoridad notificante ha realizado los correspondientes procesos de actualización, registro y envío de información de las posiciones orbitales, de las Redes Simón Bolívar 2 y Simón Bolívar 2A. En cuanto a la Coordinación del Arco 60º - 70º, se han realizado durante el primer trimestre del año 2006 las últimas revisiones a los acuerdos con la Administración de Brasil para su pronta firma. De igual forma para dar cumplimiento con el artículo 11.44 del Reglamento de Radiocomunicaciones y Resolución 49, se envió la información asociada a la Red Simón Bolívar 2A. En diciembre de 2005 se recibió una comunicación del Consejo Nacional de Telecomunicaciones – CONATEL Ecuador (Oficio 495 CONATEL-2005) donde se solicitaba información sobre el estado de protección del recurso órbita espectro de los Países Miembros en la posición orbital 67,0º Oeste, y al cual se le dio respuesta con Oficio CONATEL GGI Nº 000553. En cuanto a la situación del mandato otorgado por la Decisión 605 y lo acordado en la Segunda Reunión del Grupo Ad Hoc, Ecuador en el mes de septiembre de 2005 manifestó interés en reactivar las conversaciones en torno al tema satelital y el pasado noviembre del 2005 hizo llegar a la Secretaria General de la CAN una Propuesta de

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Modificación de la Decisión 395, así como una Propuesta de los Términos y Condiciones de la Autorización Comunitaria a la Empresa Multinacional Andina(EMA)que se encargará del Establecimiento, Operación y Explotación al igual que la Preservación definitiva del Recurso Orbita-Espectro en la Posición orbital 67º Oeste. Ecuador presentó en la XXI Reunión Extraordinaria del CAATEL una Declaración sobre el desarrollo del Sistema Satelital Simón Bolívar. Así mismo, en fechas posteriores Ecuador y Perú emitieron comunicaciones en torno a reactivar el tema Satelital mediante Reunión de la Comisión Ampliada con Ministros de Relaciones Exteriores y Autoridades de Telecomunicaciones, las cuales a continuación se reflejan:

Perú- Oficio Nº 202-2006-MTC/03 del Viceministro de Comunicaciones Dr. Juan Pacheco Romaní de fecha 04-04-2006.

Ecuador-Oficio Nº 06 1195- DM Representante Plenipotenciario del Ecuador en la Comisión de la CAN- Ing. Jorge Illingworth Guerrero- Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad, de fecha 05-05-2006.

Perú-Oficio Nº 498-2006-MTC/01 Ministro de Transporte y Comunicaciones José Javier Ortiz Rivera, de fecha 29-05-2006.

Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN) y la Comunidad Andina (CAN) Facsímil (SAE-CSA) Nº 42 Ministro Consejero Carlos Vallejo Martel Director General de la CSN y de la CAN, de fecha 07-06-2006.

Anexos

Documentos anexados por Venezuela a su informe

Plan de Trabajo (2005-2006). Informe reunión de Expertos Gubernamentales en Telecomunicaciones,

SG/REG.TEL/INFORME, 27 de septiembre de 2005. Acta Vigésima Primera Reunión Extraordinaria del Comité andino de Autoridades de

Telecomunicaciones CAATEL, SG/CAATEL/XXI-E/ACTA, 9 y 10 de febrero de 2006. Ayuda Memoria, fonoconferencia realizada el martes 11 de abril de 2006. Reglamento Interno del Comité Andino para la Prevención de Desastres

(CAPRADE). CAPRADE, Plan Operativo 2005-2006. Encuesta Servicios sobre Protocolo IP.

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ANEXO III

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AYUDA MEMORIA

SISTEMA SATELITAL ANDINO SIMÓN BOLIVAR La Decisión 605 (02-03-2005), estableció:

a) Autorizar a la República Bolivariana de Venezuela a colocar en la Posición Orbital 67ºO, a nombre de la Comunidad Andina, un satélite temporal (Gap-Filler), hasta tanto una Empresa Multinacional Andina (EMA) autorizada por la Comisión de la Comunidad Andina se encargue del establecimiento, operación y explotación al igual que la preservación definitiva del Recurso Orbita Espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina en la indicada Posición Orbital. A tal efecto, la República Bolivariana de Venezuela deberá colocar el satélite temporal en los términos y plazos establecidos en el marco de las normas de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

b) Conformar un Grupo Ad – Hoc, integrado por representantes de los Países Miembros y de la Secretaría General, con el propósito de definir, dentro de un plazo de 60 días, los términos de creación, composición del capital social y operación de la mencionada Empresa, así como los términos y condiciones de la autorización comunitaria.

En cumplimiento de lo establecido en la Decisión 6051:

a) Venezuela inició la relocalización del Gap-filler de la posición 118°O a la Posición 67°O a partir del 23 de marzo, a una velocidad de desplazamiento de 0.75° por día, lo que implicará que estará colocado en la Posición 67° aproximadamente el 30 de octubre de 2005. Los gastos para esta relocalización del Gap-filler ascienden a un valor de US$ 2’100,000. Dicho monto, según información proporcionada por Venezuela, ya habría sido cancelado a los dueños del Gap – Filler.

b) El Grupo Ad-Hoc se reunió en dos oportunidades:

Primera Reunión: 17 y 18 de marzo de 2005; Segunda Reunión: 7 y 8 de abril de 2005.

1. En la primera reunión:

Se acordó partir de la elaboración de unos criterios para determinar los términos de creación, composición del capital social, operación, y condiciones de la autorización comunitaria de la nueva Empresa Multinacional Andina (EMA).

Se elaboró un cronograma de trabajo.

2. En la segunda Reunión: El único punto de la Agenda que se abordó y sin una conclusión fue el de

la revisión de la Decisión 395. Este punto fue tratado con base en un documento propuesto por la delegación de Colombia.

La revisión del documento se inició con el examen de las disposiciones transitorias, y no se avanzó más allá de las referidas disposiciones

1 Relativa a la Preservación del Recurso Orbita Espectro de los Países Miembros asociado a la Posición Orbital 67° O.

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transitorias, porque no se pudo llegar a un acuerdo sobre la posibilidad de vetar y revocar automáticamente la autorización comunitaria (propuesta Colombia). Al respecto, Venezuela presentó observaciones, manifestando que bajo tales condiciones el proyecto del Satélite se hacía inviable.

Luego de las deliberaciones, Venezuela y Colombia manifestaron la imposibilidad de continuar con los puntos de agenda pendientes, hasta tanto no se resuelvan por la Comisión de la Comunidad Andina Ampliada con Ministros del Sector de Telecomunicaciones, con la participación de los Ministerios de Relaciones Exteriores.

c) Posteriormente, esta Secretaría General ha recibido comunicaciones de

Ecuador, y Perú solicitando que se realice las acciones necesarias para lograr el desarrollo definitivo del Proyecto Satelital “Simón Bolívar”y la explotación definitiva del Recurso Órbita Espectro 67 ○O, y que este tema sea resuelto en una reunión de la Comisión Ampliada.

d) La Comisión en su Noventa y Tres Sesión Ordinaria, celebrada el pasado 19 de

julio, determinó convocar a una reunión de la Comisión Ampliada con Ministros de Comunicaciones para finales de agosto del año en curso, sujeto a la confirmación por parte de las delegaciones y de la realización de reuniones técnicas.

e) El día 07 de agosto mediante fax circular la Secretaría General ha procedido a

convocar a la XVI Reunión Ordinaria del CAATEL, en la que está previsto tratar el tema del Sistema Satelital Andino Simón Bolívar.

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ANEXO IV

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Resolución CAATEL XVI-OR 74

El Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones, CAATEL, reunido en la ciudad de Lima, en ocasión de su XVI Reunión Ordinaria, CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 17 de la Decisión 395, las autoridades nacionales competentes de los Países Miembros designarán a una de ellas como Administración Representante para que, en nombre de las autoridades y en coordinación con ellas, realice las acciones y procedimientos establecidos en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, destinados a obtener la inscripción y registro de las asignaciones de frecuencias y las posiciones orbitales asociadas y, consecuentemente, asuma los procesos de coordinación necesarios para la preservación del recurso orbita espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina;

Que, las funciones a las que se refiere el artículo 17 de la Decisión 395 venían siendo ejercidas por la Administración de la República Bolivariana de Venezuela; Que, la República Bolivariana de Venezuela puso en conocimiento de la Comisión de la Comunidad Andina, el 22 de abril de 2006, su decisión de denunciar el Acuerdo de Cartagena, según lo previsto en el artículo 135 de dicho Acuerdo; Que el artículo 135 del Acuerdo de Cartagena determina que la denuncia del Acuerdo de Cartagena da lugar a que cesen, desde ese momento para el país denunciante, “… los derechos y obligaciones derivados de su condición de Miembro, con excepción de las ventajas recibidas y otorgadas de conformidad con el Programa de Liberación de la Subregión, las cuales permanecerán en vigencia por un plazo de cinco años a partir de la denuncia”; Que, a la luz de lo anterior y a efectos de continuar con los procesos de coordinación con la UIT y preservar el recursos orbita espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina, se hace necesario designar, como Representante ante la UIT, a una de las administraciones de los Países Miembros; Que, para tales efectos, de acuerdo con el punto 2, literal b, del Acta de la XVI Reunión Ordinaria del CAATEL, las autoridades nacionales de Telecomunicaciones de los Países Miembros que componen el CAATEL, acordaron designar como Autoridad Representante ante la UIT a la administración de Colombia;

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RESUELVE:

1. Tomar nota de la denuncia del Acuerdo de Cartagena realizada por la República Bolivariana de Venezuela y agradecer a su administración de telecomunicaciones por la gestión realizada y, consecuentemente dar aplicación al artículo 17 de la Decisión 395, conforme lo acordado por las autoridades de telecomunicaciones en la reunión de fecha 24 y 25 de agosto de 2006.;

2. Reconocer, de conformidad con lo acordado por las autoridades

nacionales de telecomunicaciones de los Países Miembros del CAATEL y de acuerdo con el artículo 17 de la Decisión 395, a la administración de Colombia, como Administración Representante.

3. Para efectos de adelantar los procedimientos previstos en el

Reglamento de Radiocomunicaciones y demás gestiones necesarias para la preservación del recurso órbita espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina, para lo cual realizará de manera especial las siguientes actividades:

a) Recabar de la administración de la República Bolivariana de

Venezuela la información actualizada sobre las gestiones realizadas, durante el periodo en que fue Administración Representante.

b) Coordinar los trabajos encaminados a la preservación y futura

explotación del Recurso Orbita Espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina ante la UIT y ante otras administraciones, según corresponda.

c) Presentar a las demás administraciones un primer informe el 25 de

septiembre de 2006, y después de esta fecha informes mensuales, sobre los avances, gestiones y resultados de las actividades desarrolladas en el marco de la designación conferida.

4. Encomendar a las demás administraciones proporcionar a la

administración de Colombia la colaboración para el ejercicio de sus tareas.

5. Requerir a la Secretaría General de la Comunidad Andina:

a) Que brinde apoyo logístico a la administración de Colombia, en las

tareas inherentes a las responsabilidades encomendadas en el marco de la presente Resolución.

b) Que notifique a la UIT sobre la designación de la administración de

Colombia como nueva administración notificante, en sustitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Es dada en Lima, Perú, a los 25 días del mes de agosto de 2006.

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ANEXO V

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RESOLUCIÓN CAATEL XVI-OR-75

Las Autoridades Andinas de Comunicaciones reunidas en CAATEL dentro del contexto de la Reunión XVI Ordinaria

CONSIDERANDO:

1. La necesidad de adelantar con carácter urgente, acciones orientadas a preservar los derechos andinos del recurso órbita-espectro en la posición 67° Oeste;

2. Que dichas acciones requieren un trabajo conjunto y mancomunado de las

administraciones de la Comunidad Andina de Naciones;

DECIDE:

Artículo 1- Constituir un Grupo de Trabajo para que realice los estudios y prepare los documentos necesarios, que sirvan de soporte a las acciones orientadas a preservar los derechos andinos del recurso órbita-espectro en la posición 67° Oeste. Artículo 2- El Grupo de Trabajo estará conformado por las siguientes personas: Bolivia: Sr. Pedro Solares Colombia: Sr. Joaquín Restrepo Ecuador: Sr. Germán Celleri Perú: Sr. Claudio Palomares Secretaria General: Sr. José Ribero Parágrafo: Se designa como coordinador del Grupo de Trabajo al Sr. Joaquín Restrepo, delegado de Colombia. Artículo 3- Los estudios y documentos que genere este Grupo de Trabajo serán puestos a disposición de la Secretaria General y de las administraciones, para sus recomendaciones finales. Artículo 4- Las acciones a ser desarrolladas por este Grupo de Trabajo son las siguientes:

a. Un documento sobre el estado del proyecto y su importancia para los países andinos para ser presentadas a la Junta Internacional de Reglamento de Radiocomunicaciones, con el fin de solicitar el apoyo del organismo para la ampliación de los plazos para la instalación del

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satélite, con fundamento en la Resolución 80 de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, CMR.

b. Una propuesta para ser presentada a la Conferencia Mundial de

Radiocomunicaciones de 2007, pidiendo la ampliación de los plazos para la instalación del satélite, con fundamento en los principios establecidos en el artículo 44 de la Constitución de la UIT que establece el acceso equitativo a la Órbita Geoestacionaria por parte de todos los países o grupos de países, teniendo principalmente en cuenta las necesidades de los países en desarrollo, y los antecedentes de casos similares.

c. Un Proyecto de Propuesta Común de América a la CMR-07 para ser

presentada ante la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones, con el fin de que la ampliación de los plazos cuente con el apoyo de los países de la región.

d. Un documento de análisis sobre la factibilidad y conveniencia de

llevar el tema al conocimiento de la Conferencia de Plenipotenciarios de la UIT del 2006.

e. Todos los estudios y documentos que de forma alternativa este

Grupo de Trabajo considere de utilidad y pertinencia para contribuir a alcanzar los fines descritos anteriormente.

Artículo 5- Los estudios solicitados y los documentos de soporte deberán ser entregados a las Administraciones y a la Secretaria General antes del 24 de Septiembre del 2006.

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ANEXO VI

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Informe del Grupo de Trabajo Sistema Satelital Andino

El grupo de trabajo planteó posiciones respecto de cómo llevar adelante el proyecto del Sistema Satelital Andino:

1. Conformación de una Empresa Multinacional Andina (EMA), para lo cual se convocaría a inversionistas nacionales.

2. Convocar a un proceso de licitación pública. 3. Paralelamente, realizar las gestiones necesarias para lograr que se amplíe el

plazo otorgado por la UIT para tener el satélite, el mismo que expira el 18 de septiembre de 2007.

Debido a que una administración informó sobre la falta de interés por parte de posibles inversionistas nacionales que pudieran hacer frente a la convocatoria para la conformación de una EMA, lo que haría innecesaria a ésta administración adelantar la consulta y por ende se retrasaría el proyecto hasta poner en peligro su ejecución. Tomando en cuenta además la experiencia anterior en que la EMA encargada de la administración del Sistema Satelital Andino Simón Bolívar no cumplió con las expectativas esperadas durante un plazo de 5 años, el grupo de trabajo concluyó que la única opción viable dentro del poco tiempo disponible para llevar adelante el proyecto es adelantar un proceso de convocatoria pública internacional, razón por la cual decidió recomendar esta opción al CAATEL.

Para llevar adelante el proceso de licitación pública, el grupo de trabajo consideró necesario la modificación de la Decisión 395, mediante una nueva Decisión. Al respecto, el grupo elaboró una propuesta de Decisión que se anexa al presente informe.

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Resolución CAATEL-XVI-OR-76

El Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones, CAATEL, reunido en la ciudad de Lima, en ocasión de su XVI Reunión Ordinaria, CONSIDERANDO: Que para preservar el recurso órbita espectro de los Países Miembros de la Comunidad Andina en la posición orbital 67 º O, en las circunstancias actuales es necesario adecuar el marco regulatorio existente; Que dicho marco deberá tener en cuenta que la UIT ha informado que el plazo para ubicar un satélite en esta posición vence el 18 de septiembre de 2007; Que en tales circunstancias de tiempo sólo empresas satelitales que cuenten con amplia experiencia y recursos económicos podrán ejecutar un proyecto de esta magnitud y complejidad; Que las autoridades del CAATEL examinaron distintas formas de llevar a cabo el proceso, identificando como mejor opción para las administraciones la convocatoria a un proceso internacional de selección objetivo y competitivo; RESUELVE: Aprobar el proyecto de marco regulatorio, anexo a esta Resolución, y solicitar a la Secretaría General de la Comunidad Andina lo someta, en el menor plazo posible, a la consideración de la Comisión de la Comunidad Andina para su aprobación.

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XXX Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión XXX de agosto de 2006 Lima - Perú

DECISION XXX

Marco Regulatorio para la Utilización Comercial del Recurso Orbita-Espectro de los Países Miembros

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA VISTOS: El Artículo 3, literal f), en la parte correspondiente a los programas y acciones de cooperación económica y social y el Capítulo XI del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 292, y 395 de la Comisión de la Comunidad Andina; CONSIDERANDO: El derecho soberano de los Países Miembros de reglamentar y normar los servicios de telecomunicaciones, con el fin de alcanzar los objetivos de las respectivas políticas nacionales del sector; Que es compromiso de los Países Miembros promover y facilitar las actividades comerciales de los sistemas satelitales andinos; La necesidad de facilitar la participación creciente de los Países Miembros en el comercio internacional de servicios de telecomunicaciones; La importancia de asegurar la debida explotación comercial del recurso órbita-espectro de los países miembros, como un factor esencial para profundizar y fortalecer la integración económica y la cohesión sociocultural de los Países Miembros del Grupo Andino; así como el fortalecimiento de las comunicaciones con el resto de países; La Resolución CAATEL-XVI-OR-75 del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), que recomienda a la Comisión de la Comunidad Andina la derogación de la Decisión 395; La Oficina de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, UIT, ha notificado a los Países Miembros, mediante nota 11SG(SPR)/0.3545/05, la suspensión de las asignaciones de frecuencias a la red de satélites Simón Bolívar 2, período de suspensión que expirará el 18 de Septiembre de 2.007 La imperiosa necesidad de preservar el recurso órbita-espectro de los Países Miembros, en la posición 67° Oeste, dentro de los plazos notificados por la UIT, en aplicación del Reglamento de Radiocomunicaciones;

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Que los mecanismos utilizados para la explotación comercial del recurso órbita-espectro de los países miembros, dentro del marco de la Decisión 395, no dieron los resultados esperados, haciéndose necesario implementar nuevos mecanismos que aseguren la debida explotación y preservación de dicho recurso; DECIDE: Aprobar el presente marco regulatorio para la utilización comercial del recurso órbita espectro de los Países Miembros.

Capítulo I

Definiciones

Artículo 1.- Para los efectos de la presente Decisión, se entiende por: Autoridades nacionales competentes, las administraciones de telecomunicaciones de los Países Miembros. Autorización comunitaria, derecho de uso que se otorga a la empresa autorizada sobre una parte específica del recurso órbita-espectro de los Países Miembros. Empresa autorizada, aquélla que haya recibido la autorización para utilizar comercialmente el recurso órbita-espectro de los Países Miembros, así como establecer, operar y explotar sistemas satelitales andinos, en la forma prevista en la presente Decisión, y los términos y condiciones establecidos para cada autorización. Recurso órbita-espectro, el recurso natural constituido por la órbita de los satélites geoestacionarios u otras órbitas de satélites, y el espectro de frecuencias radioeléctricas atribuido o adjudicado a los servicios de radiocomunicaciones por satélite por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Recurso órbita-espectro de los Países Miembros, recurso órbita-espectro para el cual los Países Miembros en conjunto lleven a cabo los procedimientos estipulados en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, destinados a obtener el reconocimiento internacional del recurso órbita-espectro. Segmento espacial, la capacidad de comunicación en uno o varios satélites de telecomunicaciones, las instalaciones y equipos de seguimiento, telemetría, telemando, control, comprobación y demás conexos necesarios para el funcionamiento de dichos satélites, correspondientes a las estaciones de control y monitoreo. Segmento terreno, todas las instalaciones terrenas necesarias para la prestación de los servicios de telecomunicaciones por satélite. Sistema Satelital Andino, segmento espacial bajo el control o propiedad de empresas autorizadas, conforme a esta Decisión, que utiliza una asignación específica del recurso órbita-espectro de los Países Miembros.

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Capítulo II

Objetivos y principios generales

Artículo 2.- El objetivo de la presente Decisión es establecer el marco general que regula la explotación comercial del recurso órbita-espectro de los Países Miembros, así como los procedimientos para otorgar las autorizaciones comunitarias, Artículo 3.- Los principios generales que se aplican a la presente Decisión son los siguientes: a) Principio de equidad.- Los Países Miembros tienen iguales derechos sobre el recurso órbita-espectro de los Países Miembros, así como sobre los aspectos relacionados con el establecimiento, operación y explotación de sistemas satelitales. b) Principio de reciprocidad.- Los Países Miembros estudiarán fórmulas que permitan establecer el principio de reciprocidad con terceros países, para los beneficios que se deriven de la utilización comercial del recurso órbita-espectro de los Países Miembros con el establecimiento, operación y explotación de sistemas satelitales. c) Principio de trato nacional.- En lo relativo a la utilización comercial del recurso órbita-espectro de los Países Miembros con el establecimiento, operación y explotación de sistemas satelitales andinos, los Países Miembros concederán a las empresas autorizadas un trato no menos favorable que el que concedan a sus empresas nacionales, en materia de impuestos, tasas, gravámenes y demás regulaciones internas. d) Principio de no discriminación.- Las empresas autorizadas ofrecerán su capacidad satelital a todos los operadores autorizados, sean de los Países Miembros o de terceros países, con carácter universal, sin discriminación y sobre la base de criterios comerciales. Dichas empresas gozarán, en cada uno de los Países Miembros, de condiciones no menos favorables que las establecidas o por establecerse para los demás proveedores del segmento espacial.

Capítulo III

Autorización comunitaria para la utilización comercial del recurso órbita-espectro de los Países Miembros con el establecimiento, operación y

explotación de sistemas satelitales andinos Artículo 4.- La autorización comunitaria otorga los siguientes derechos:

a) Utilizar el recurso órbita-espectro de los Países Miembros, asignado a la empresa autorizada; y,

b) Comercializar el sistema satelital andino, en todo el ámbito de la Subregión.

Artículo 5.- La Comisión de la Comunidad Andina otorgará la autorización comunitaria correspondiente cuando así lo considere mediante Decisión, a propuesta de la Secretaría General y visto el informe del CAATEL.

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La Decisión de la Comisión que contenga la autorización comunitaria, constituirá título legal suficiente a favor de la empresa autorizada para disfrute de los derechos establecidos en el artículo anterior, conforme a los derechos y obligaciones establecidos en el respectivo contrato para el uso y explotación del recurso órbita espectro. Artículo 6.- Para el otorgamiento de la autorización comunitaria se seguirá el procedimiento siguiente:

a) La Secretaría General realizará un proceso internacional de selección objetiva y participativa, con el apoyo del CAATEL.

b) La Secretaría General, previo informe favorable del CAATEL, elevará una

recomendación a la Comisión de la Comunidad Andina para el otorgamiento de la autorización comunitaria correspondiente a la empresa seleccionada.

c) La Decisión que otorgue la autorización comunitaria, instruirá al Secretario

General la suscripción del respectivo contrato.

d) El proceso de selección convocará a Operadores Internacionales de Sistemas Satelitales, debidamente reconocidos, y que cumplan, con los requisitos establecidos para cada caso.

Artículo 7.- La autorización comunitaria será otorgada por veinte (20) años, pudiendo ser renovada por periodos iguales y sucesivos a Propuesta de la Secretaría General de la Comunidad Andina, presentada previo informe favorable del CAATEL. Lo anterior sujeto al cumplimiento de las disposiciones del Reglamento de Radiocomunicaciones.

Capítulo IV Comercialización del segmento espacial y del segmento terreno

Artículo 8.- El segmento espacial podrá ser comercializado sin restricciones en todo el territorio de la Subregión Andina, sin otro requisito que el haber recibido la autorización comunitaria correspondiente. Para ello, los Países Miembros permitirán la comercialización en sus territorios del respectivo segmento espacial, la cual se hará con los usuarios debidamente autorizados. La operación y explotación del segmento espacial deberá cumplir con las disposiciones pertinentes de la UIT. Artículo 9.- Las empresas autorizadas requerirán de la obtención de un título habilitante del País Miembro donde deseen establecer, soportados en el segmento terreno de dicho País, de conformidad con su respectiva legislación nacional. Artículo 10.- Las contraprestaciones para los Países Miembros por las autorizaciones para la explotación del recurso órbita-espectro de la Comunidad Andina, serán establecidas para cada caso particular.

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Artículo 11: En la operación y explotación del segmento espacial se tendrá en cuenta que en aplicación de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la Constitución de la UIT, los Estados Miembros se reservan el derecho a interrumpir, de acuerdo a su legislación nacional, las telecomunicaciones que puedan parecer peligrosas para la seguridad del Estado o contrarias a sus leyes, al orden público o a las buenas costumbres, así como a suspender los servicios de telecomunicaciones, bien en su totalidad o solamente para ciertas relaciones y para determinadas clases de correspondencia. Tales eventos deberán ser comunicados a los Países Miembros y a la Empresa, a través de la Secretaría General. La Empresa se obliga a adelantar acciones tendientes a eliminar las causas que hayan generado dichas circunstancias y la Secretaría General se obliga a realizar la investigación que corresponda a fin de dar aplicación a lo dispuesto en el presente Artículo.

Capítulo V

Relaciones con Organismos Internacionales de Telecomunicaciones

Artículo 12.- Las autoridades nacionales competentes de los Países Miembros designarán a una de ellas como Administración Representante para que, en nombre del grupo de autoridades y en coordinación con las empresas autorizadas, realice las acciones y procedimientos estipulados en el Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT, destinados a obtener la inscripción y registro de las asignaciones de frecuencias y las características orbitales asociadas y, consecuentemente, el reconocimiento internacional de la utilización del recurso órbita-espectro asignado.

Capítulo VI

Infracciones y sanciones

Artículo 13.- Constituirán infracciones al presente Marco Regulatorio, el incumplimiento, por parte de la empresa autorizada, de cualesquiera obligaciones establecidas en las Decisiones de autorización y en los contratos suscritos por el Secretario General. El incumplimiento de las obligaciones que generan las contraprestación será considerada como infracción grave.

Capítulo VII

Disposiciones Transitorias Primera: Se encarga a la Secretaría General de la Comunidad Andina, con el apoyo del CAATEL, realizar a la brevedad posible el proceso de selección objetivo y competitivo de un Operador Satelital Internacional, para la explotación de la Posición Orbital 67° Oeste.

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Segunda: La Secretaría General, con el apoyo del CAATEL, elaborará los pliegos de condiciones del proceso de selección, tomando en cuenta los siguientes requisitos que deberán cumplir los postulantes:

a) Ser Operador de Servicios Fijos por Satélite, FSS. b) Poseer una experiencia de operación de al menos 3 satélites para servicios fijos

por satélite, FSS. La experiencia requerida puede ser cumplida de forma directa o indirecta, a través de la sociedad que posea la mayoría accionaria del proponente.

c) Poseer actualmente al menos un satélite Operativo, explotado directamente por

el oferente.

d) Comprometerse a adelantar todas las acciones necesarias para preservar los derechos de los países de la CAN, sobre el recurso órbita-espectro asociado a la posición 67° Oeste, asumiendo los costos asociados a estas acciones, así como los eventuales costos que estén pendientes a la fecha de adjudicación, y los inherentes al proceso de selección, los cuales les serán previamente precisados. Estas acciones pueden incluir la colocación de un Gap Filler, o el traslado de un satélite Operativo, previos los procesos de coordinación que se requieran.

e) La contraprestación que deberán ofrecer los oferentes a los Países Miembros,

por el otorgamiento de la autorización comunitaria de la explotación del recurso órbita-espectro en la posición 67° Oeste, será en capacidad satelital, en los términos y condiciones fijados en los pliegos de condiciones del proceso de selección.

DEROGATORIAS Unica: Deróguese la Decisión 395 y toda otra disposición que se opongan a la presente. Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los XXX días del mes de agosto de dos mil seis.

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ANEXO VII

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PROYECTO DE DECISIÓN

“NORMAS QUE REGULAN EL ACCESO Y USO COMPARTIDO DE INFRAESTRUCTURAS FISICAS Y/O BIENES DE USO PÙBLICO NECESARIOS PARA LA PRESTACIÓN DE

SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES” LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA VISTOS.- Los literales b) e i) del artículo 3 y los artículos 104,105 y 106 del Capitulo XIII del Acuerdo de Cartagena;

CONSIDERANDO: Que el artículo 104 del Acuerdo de Cartagena señala que: “Los Países Miembros desarrollarán una acción conjunta para lograr un mejor aprovechamiento del espacio físico, fortalecer la infraestructura y los servicios necesarios para el avance del proceso de integración económica de la Subregión. Esta acción se ejercerá principalmente en los campos de la energía, los transportes y las comunicaciones y comprenderá las medidas necesarias a fin de facilitar el tráfico fronterizo entre los Países Miembros”. Que en la XVI Reunión Extraordinaria del CAATEL, realizada en enero de 2003, las Autoridades del CAATEL acordaron realizar una evaluación de los temas: acceso y uso a infraestructuras físicas para servicios de telecomunicaciones y acceso a bienes de uso público y derechos de vía, y su enmarcación en una normativa comunitaria; Que un importante paso para fomentar la competencia en los mercados locales de las telecomunicaciones, es proporcionar alternativas a los operadores para asegurarse que tengan acceso razonable y no discriminatorio a las infraestructuras establecidas, así como a la parte subterránea y aérea de las vías, puentes, ejidos, andenes y otros bienes de uso público; Que se hace necesario crear los mecanismos regulatorios que materialicen el aprovechamiento de infraestructuras existentes de manera que se promueva la adopción de nuevas tecnologías y la introducción de nuevos servicios; Que para reducir las barreras de ingreso a los mercados de telecomunicaciones y hacer eficiente el uso de infraestructuras existentes, es necesario fijar parámetros comunitarios para promocionar la competencia y calidad de los servicios de telecomunicaciones; DECIDE: Aprobar las siguientes Normas que regulan el acceso y uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público necesarios para la prestación de servicios de telecomunicaciones.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1.- La presente Decisión se aplica a todas las medidas de los Países Miembros que afecten el acceso y uso a infraestructuras físicas y/o bienes de uso público, por parte de los operadores de servicios de telecomunicaciones de los Países Miembros, independientemente de quien esté a cargo de ellos..

ARTICULO 2.- Para la aplicación de la presente Decisión se entiende por:

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1. Bienes de uso público: Son aquellos bienes destinados al uso y disfrute colectivos, cuya titularidad recae en el Estado (entendiéndose como titulares a entidades u organismos gubernamentales de cualquier orden, sea nacional, regional o local) y que puede ser administrada o concesionada a particulares, tales como calles, caminos, ejidos, puentes, andenes, senderos, autopistas y demás susceptibles de ser aprovechados por los operadores de servicios de telecomunicaciones para efectos de la prestación del servicio, con plena observancia de las normas de seguridad nacional, ambientales y urbanísticas.

2. Infraestructura física relacionada con el servicio de telecomunicaciones: Todo

poste, pozo, ducto, poliducto, conducto, cámara, torre y todos aquellos elementos que defina la autoridad nacional competente de cada País Miembro, que se encuentren relacionados directamente con la prestación del servicio de telecomunicaciones.

3. Infraestructura física relacionada con otros servicios: [PER: Es aquella

infraestructura asociada a un servicio [que involucra]] [COL: que afecta a la prestación de un servicio público,] tales como ductos y postes, corredores férreos, gasoductos, poliductos, líneas de transmisión eléctrica y demás infraestructura susceptible de ser aprovechada por los operadores de servicios de telecomunicaciones para efectos de la prestación del servicio, con plena observancia de las normas de seguridad nacional, los reglamentos ambientales y urbanísticos y de seguridad industrial que resulten aplicables.

4. Permiso de acceso y uso compartido: Título habilitante que el Estado otorga a los

operadores de servicios de telecomunicaciones a que se refiere el artículo 4º de la presente Decisión, a fin de que puedan tener acceso y compartir los bienes de uso público e infraestructura física, cuya titularidad y administración recaiga en el Estado.

5. Acuerdo de acceso y uso compartido: Acuerdo suscrito entre un particular, ya sea

titular, administrador o concesionario de bienes e infraestructura definidos en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo y el operador solicitante, para permitir el acceso y uso compartido de dichos bienes e infraestructuras.

ARTICULO 3.- Los Países Miembros se comprometen a permitir el acceso y uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público definidos en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 2 de la presente Decisión, para la efectiva prestación de servicios de telecomunicaciones. ARTICULO 4.- Los operadores de servicios de telecomunicaciones legalmente habilitados, que pongan sus servicios a disposición de terceros a cambio de una contraprestación, podrán beneficiarse del acceso y uso compartido de las infraestructuras físicas y/o bienes de uso público establecidos en el Artículo 2 de la presente Decisión, en la medida en que ello sea necesario para la prestación efectiva del servicio. ARTICULO 5.- Además de sujetarse al Marco General de los Principios y Normas para la Liberalización del Comercio de Servicios de la Comunidad Andina, los aspectos técnicos, económicos y legales del acceso y uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público se regirán por los principios de equidad, igualdad, transparencia, no discriminación, continuidad del servicio, disponibilidad de infraestructura y calidad del servicio. ARTICULO 6.- Sólo se establecerán limitaciones generales para el acceso y uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público, por razones de capacidad, viabilidad técnica, seguridad u otra que la autoridad competente de cada País Miembro motivadamente declare. En todo caso, el uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público no deberá afectar el uso de éstos por parte de su titular, administrador o concesionario, o causarle algún daño a sus instalaciones o afectar la continuidad y calidad del servicio que preste.

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Las limitaciones generales señaladas en el presente artículo no podrán ser aplicadas de manera desproporcionada en relación con el objetivo que persigan, no tendrán fines proteccionistas a favor de servicios o prestadores de servicios nacionales, ni se aplicarán de forma tal que constituyan un obstáculo innecesario al comercio subregional de servicios. Dichas limitaciones tampoco serán aplicadas como medio de discriminación en contra de servicios o prestadores de servicios en la Comunidad Andina, en relación con el trato otorgado a otros Países Miembros o no de la Comunidad Andina.

CAPITULO II DISPOSICIONES RELACIONADAS CON EL ACCESO Y USO COMPARTIDO DE

INFRAESTRUCTURAS FISICAS Y/O BIENES DE USO PÚBLICO ARTÍCULO 7.- En ningún caso, para la expedición de permisos de acceso y uso, definidos en el numeral 4 del artículo 2 de la presente Decisión, los Países Miembros podrán establecer condiciones discriminatorias o más gravosas a nuevos operadores que las exigidas a los ya establecidos. ARTÍCULO 8.- En aplicación de los principios establecidos, ningún particular podrá ofrecer al operador solicitante a que se refiere el artículo 4 de la presente Decisión, condiciones menos ventajosas para el acceso y uso compartido de bienes de uso público e infraestructuras, que las ofrecidas a sus filiales o a otros operadores o a filiales de éstos, salvo las excepciones motivadamente establecidas por la autoridad competente del País Miembro. ARTICULO 9.- El titular, administrador autorizado o concesionario de las infraestructuras físicas,y/o bienes de uso público tiene derecho a recibir una contraprestación razonable correspondiente por su uso, con base en la normativa nacional de cada País Miembro y la metodología definida por su autoridad competente. En el caso de bienes de uso público e infraestructuras físicas de titularidad y administración por parte del Estado, éste decidirá si hay contraprestación por el uso de los mismos, de acuerdo con la normativa nacional aplicable. ARTICULO 10.- El titular, administrador autorizado o concesionario de las infraestructuras físicas o bienes de uso público objeto de uso compartido, tiene la posibilidad de establecer periodos de permanencia mínima, no superiores a 3 años. Si las partes consienten en ello, podrán acordar un término superior como período de permanencia mínima. ARTICULO 11.- El titular, administrador autorizado o concesionario de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público, podrá exigir pólizas o garantías que aseguren los daños en que pueda incurrir el operador solicitante por la utilización de dicha infraestructura y/o bienes. Igualmente, podrá exigir el cumplimiento por parte del operador solicitante, de las normas técnicas y de seguridad a que haya lugar, las cuales no podrán ser más estrictas que las que exige a otros operadores. ARTICULO 12.- En ningún evento, los permisos y/o acuerdos de acceso y uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público definidos en los numerales 4 y 5 del artículo 2 de la presente Decisión, podrán incluir términos de exclusividad que limiten la prestación de servicios soportados sobre dicha infraestructura y/o bienes o que prohíban la construcción o instalación de redes. ARTICULO 13.- Los gastos derivados de las labores de mantenimiento preventivo y correctivo, así como de cualquier otro tipo de actividad de mejora que recaiga sobre las infraestructuras físicas y/o bienes de uso público en uso compartido, serán asumidos por el titular, administrador autorizado o concesionario de éstos, según sea el caso, quien, adicionalmente, deberá coordinar con los operadores que comparten el uso, el inicio y ejecución de las obras, con el fin de que tomen las medidas tendientes a asegurar que no se afecte la prestación de su servicio.

- 40 -

ARTICULO 14.- El uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público materia de la presente Decisión, deberá ser objeto del acuerdo técnico y comercial, entre el titular, administrador autorizado o concesionario y el operador solicitante de la compartición. Cuando no logren un acuerdo, la autoridad competente del País Miembro, a solicitud de parte, podrá determinar las condiciones y la metodología de cálculo de las contraprestaciones que sean aplicables, al uso compartido de dichas infraestructuras y/o bienes de uso público. Asimismo, la autoridad competente podrá requerir de los operadores una oferta básica en la que se especifiquen las condiciones mínimas en las cuales se permitirá el uso compartido de infraestructuras, en aras de promover la competencia,. ARTICULO 15.- Los titulares, administradores autorizados o concesionarios de las infraestructuras físicas y/o bienes de uso público compartidos, previa autorización de la autoridad competente, podrán retirar cualquier elemento que no cuente con el permiso o acuerdo previo entre las partes para su utilización. Ninguna controversia o incumplimiento entre los titulares, administradores autorizados o concesionarios de las infraestructuras físicas y/o bienes de uso público compartidos y los operadores usuarios de las mismas, dará lugar al retiro de las redes instaladas en dichos bienes o infraestructuras, salvo que la autoridad competente del País Miembro así lo autorice, mediante la adopción de medidas necesarias para minimizar el impacto en los usuarios de los servicios respectivos.

CAPITULO III COMPROMISOS

ARTICULO 16.- Los Países Miembros se comprometen a aplicar los principios de celeridad y economía en el procedimiento administrativo para el otorgamiento de permisos y en los acuerdos para el acceso a infraestructuras físicas y/o bienes de uso público necesarios para la efectiva prestación de los servicios materia de la presente Decisión. ARTICULO 17.- Los Países Miembros de la Comunidad Andina propenderán a la armonización de los requisitos, procedimientos y normas relativas al acceso y uso compartido de infraestructuras físicas y/o bienes de uso público teniendo en cuenta lo previsto en la presente Decisión.

CAPITULO IV DISPOSICION FINAL

ARTICULO 18.- La presente Decisión entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

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ANEXO VIII

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XVI REUNIÓN ORDINARIA DEL CAATEL, LIMA 25 Y 26 DE AGOSTO DE 2006

INFORME DE ECUADOR

Plan de Trabajo sobre Sociedad de la Información período 2005- 2007

En el plan general de trabajo del CAATEL para el período 2005-2007 consta el siguiente: PLAN DE TRABAJO ANDINO PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN:

Coordinación de los trabajos a nivel Andino para la Prepcom 3, hacia la

CMSI Túnez.

- Remitir las opiniones de los Países Miembros hasta 2 de septiembre de 2005

Actualizar el estado de avance de las Agendas o Planes Nacionales de los

Países Miembros en la Sociedad de la Información y el Conocimiento.

- Ecuador hará llegar un pedido de información requerida a los Países Miembros, hasta el 15 de octubre.

Actualización del Plan de Acción de Bogotá, hasta el 2007.

- Tentativamente diciembre de 2005.

Foro Andino sobre la Sociedad de la Información.

- Presentación de un Programa de Trabajo, para la consideración de

las Administraciones, 1ro. de octubre de 2005.

- Fecha del Foro, primer trimestre del 2006.

Identificación de mecanismos para aplicar el principio de multisectorialidad y de representatividad (del sector privado, academia, sociedad civil, y otros organismos gubernamentales) en el CAATEL.

- Diciembre de 2005.

Para el cumplimiento de este programa recibí amplio apoyo de los Países Miembros y de la Secretaría General , por lo que tengo el agrado de informar que se han cumplido todas las actividades programadas, excepto la realización del Foro, el que por decisión del CAATEL no fue posible realizarlo en abril del 2006, en virtud del pedido de aplazamiento de las autoridades con el objeto de realizar los foros nacionales y aplicar con criterio soberano el principio de multisectorialidad y representatividad.

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Una vez que se coordinó con la Secretaría General y con el acuerdo de los Países Miembros, el Foro Andino sobre la Sociedad de la Información se realizará en Quito el 25 y 26 de agosto de 2006. Con fecha 15 de agosto de 2006 se convocó a las Autoridades miembros del CAATEL y se invitó a la Administración de Chile para que participen junto a las delegaciones nacionales en el Foro Andino. En la convocatoria se incluyó el temario y programa tentativos, los que se adjunta al presente informe. El auspicio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones consiste en la participación de un conferencista y el otorgamiento de al menos 2 becas que las asignará a la Administración de Bolivia, en cumplimiento de las políticas del sector de Desarrollo de la UIT. La información detallada sobre el evento está en la página institucional www.conatel.gov.ec Dr. JUAN CARLOS SOLINES MORENO Presidente del CONATEL

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ANEXO 1

Consejo Nacional de Telecomunicaciones

ECUADOR

UNION INTERNACIONAL

DE TELECOMUNICA-

CIONES

FORO ANDINO SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Quito, Ecuador; 25-26 de Septiembre de 2006

TEMARIO GENERAL:

1. Evaluación del cumplimiento de los acuerdos formulados en la segunda fase de la Cumbre Mundial para la Sociedad de la Información.

2. Organización de los programas y proyectos para la Sociedad de la Información en los Países Andinos

a) Informe por país sobre la actualización de las Agendas o planes

nacionales; b) Estrategias y plan de acción comunitario.

3. Acuerdo sobre la estructura y redacción del Plan Estratégico para la construcción

de la Sociedad de la Información de la Comunidad Andina.

- 45 -

Consejo Nacional de Telecomunicaciones

ECUADOR

UNION INTERNACIONAL

DE TELECOMUNICA-

CIONES

PROGRAMA PRELIMINAR

AGENDA DÍA 1

Hora Actividad Conferencista 8:00 a 9:00

(30min) Registro de Participantes. Reunión de Jefes de Delegaciones para establecer:

- Autoridades del foro. - Aprobación de la Agenda. - Designación de la comisión de

redacción.

9:00 a 9:30 (30min)

Ceremonia de Inauguración.

9:30 a 10:30

(1 hora)

Presentación de la UIT: Resultados de la Cumbre Mundial para la Sociedad de la Información.

UIT

10:30 a 11:00

(30 minutos) Receso

11:00 a 12:30

(1 hora 30 min)

• Informe de Avance en los Temas de la Sociedad de la Información en los Países Andinos

• Avance del Plan Regional de e-lac 2007

Dr. Juan Carlos Solines Moreno Presidente del CONATEL ECUADOR

12:30 A 13:30

(1 hora)

Informe nacional sobre la actualización de las Agendas o planes: Bolivia.

Bolivia

13:30 a 15:00

(1 hora 30m)

Almuerzo

15:00 a 16:00

(1 hora)

Informe nacional sobre la actualización de las Agendas o planes: Colombia.

Colombia

16:00 a 17:00

(1 hora)

Informe nacional sobre la actualización de las Agendas o planes: Ecuador

Ecuador

17:00 a 17:30

(30 min) Receso

17:30 a 18:30

(1hora)

Informe nacional sobre la actualización de las Agendas o planes: Perú.

Perú

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AGENDA DÍA 2 Hora Actividad Responsable

9:00 a 10:00 (1hora)

Informe nacional sobre la actualización de las Agendas o planes: Venezuela.

Venezuela

10:00 a 11:00

(1 hora)

Presentación sobre el desarrollo de la Sociedad de la Información en Chile y su estructura de coordinación

Chile

11:00 a 11:30

(30min) Receso

11:30 a 13:00

Presentación de la Propuesta de Estrategia Andina sobre la Sociedad de la Información

13:00 a 15:00 (2h)

Almuerzo

15:00 a 16:00

(1hora)

- Mesa Redonda sobre la Estrategia Andina para la Sociedad de la Información.

Participantes: Delegados de los países.

16:00 a 16:30

(30min) Receso

16:30 a 18:30

(2 horas)

Organización de la estructura y redacción del Plan Estratégico para la construcción de la Sociedad de la Información de la Comunidad Andina.

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Consejo Nacional de Telecomunicaciones

ECUADOR

UNION INTERNACIONAL

DE TELECOMUNICA-

CIONES

GUIA DE PRESENTACIONES

Con la finalidad de lograr un formato de presentaciones uniforme de los países, que faciliten la discusión y el análisis en un contexto subregional, nos permitimos sugerir que las presentaciones no excedan los 45 minutos y aborden los siguientes puntos esenciales:

1. Estructura(s) Nacional (es) de Coordinación para el Desarrollo de la

Sociedad de la Información

2. Formatos y espacios de participación Multisectorial

3. Principales barreras identificadas y soluciones.

4. Proyectos y Programas relevantes.

5. Visión nacional sobre los objetivos Regionales.

- 48 -

ANEXO 2 FORO ANDINO SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION

Quito, Ecuador – 25 y 26 de septiembre de 2006

Consejo Nacional de Telecomunicaciones

ECUADOR

UNION INTERNACIONAL

DE TELECOMUNICA-

CIONES

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN

1.

País

____________________________________________________________________

__________________________________ 2.

Sr. / Sra.

____________________________________

____________ (Nombre)

_______________________________

_____________ (Apellido)

3. Nombre de la Administración Miembro:

________________________________________________

________________________

4. Título:

____________________________________________________________________

___________________________________ 5.

Participa como:

Jefe de Delegación

Alterno

Delegado

Miembro Asociado: Observador: Otro:

6. Compañía

u Organización:

_________________________________________________________________

___________________________________

7.

Título:

____________________________________________________________________

__________________________________

- 49 -

8.

Dirección Oficial:

_____________________________________________________________

_____________________________

9. Tel.:

_______________ Fax:

_______________

E-mail:

________________________

10. Hotel o dirección en la ciudad:

Firma:

Fecha:

Sírvase devolver debidamente completado al CONATEL, con copia a la Oficina de Área de la UIT en Santiago, por E-mail o Fax, antes del 7 de Septiembre de 2006 a:

E-mail CONATEL: E-mail UIT:

[email protected] [email protected]

Fax CONATEL: Fax UIT:

+593 2 2231591 +56 2 632 6154

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ANEXO IX

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XVI REUNIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ ANDINO DE AUTORIDADES DE TELECOMUNICACIONES

(CAATEL)

Lima, 24-25 de agosto de 2006

PLAN DE TRABAJO 2006-2007 INTRODUCCIÓN En el marco de los objetivos del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones – CAATEL, el trabajo a desarrollar durante el presente periodo que le corresponde presidir a la Administración de la República de Bolivia, se enfocará en dar continuidad a las actividades que se encuentran en curso, y en dedicar esfuerzos a la generación de nuevas iniciativas para promover la integración y desarrollo del sector de las telecomunicaciones a nivel comunitario, a promover el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) y propender a la armonización de políticas y marcos normativos comunes. Consistentes con el mandato social de nuestros pueblos, buscaremos dar énfasis a las actividades que propendan al desarrollo de las telecomunicaciones para los sectores que actualmente no cuentan con cobertura y que enfrentan desigualdades de acceso a los servicios en cada uno de nuestros países. Al presentar este Plan de Trabajo, considero necesario formular un merecido reconocimiento a todas las administraciones de la comunidad, por los avances logrados, haciendo particular mención a los siguientes trabajos que fueron concluidos:

a) Régimen de protección al usuario, a cargo de la Administración de Colombia, aprobada por la Decisión 638.

b) Compartición de Infraestructura para los servicios de telecomunicaciones en la Subregión, a cargo de la Administración de Perú, que culmina en un proyecto de Decisión.

c) Televisión Digital, a cargo de la Administración de Venezuela, que motivó la Resolución XXI-EX-72 de CAATEL.

Asimismo, en coordinación con los representantes de los países miembros, se ha visto por conveniente realizar los siguientes ajustes a los trabajos en curso:

a) Armonización de requisitos y procedimientos para el otorgamiento de títulos habilitantes, a cargo de la Administración de Perú, se unifica a la actividad de Intercambio de experiencias regulatorias y mejores prácticas, que continuará bajo coordinación de la Administración de Perú.

b) Políticas ambientales, a cargo de la Administración de Perú, se discontinua en razón a que todas las administraciones tiene sus normas sobre el tema.

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c) Armonización del uso del Espectro Radioeléctrico, a cargo de la Administración de Venezuela, es retomado por la Administración de Perú bajo el tema de Utilización del espectro para servicios de radiodifusión en zonas de frontera.

En este contexto, en la gestión que iniciamos llevaremos adelante las siguientes actividades:

ACTIVIDADES EN CURSO

1. Intercambio de experiencias regulatorias y mejores prácticas.

País responsable: Perú Acciones a realizar: Seminario en fecha a ser definida por la Administración de Perú en un plazo de 30 días.

2. Tarifas fronterizas.

País responsable: Perú Acciones a realizar: Continuar con la implementación de la Resolución XXI-EX–71 de CAATEL.

3. Apoyo en materia de telecomunicaciones, en caso de desastres.

País responsable: Bolivia Acciones a realizar: Presentación de un plan para continuar con la actividad, en un plazo de 30 días.

4. Las telecomunicaciones en el espacio de la Comunidad Sudamericana de

Naciones.

País responsable: Colombia Acciones a realizar: Continuar la ejecución del Plan de Trabajo presentado.

5. Sociedad de la Información.

País responsable: Ecuador Acciones a realizar: Foro sobre Sociedad de la Información a celebrarse en septiembre de 2006 en Ecuador. Actualización del Plan de Bogotá Preparación de la Estrategia Andina para la Sociedad de la Información.

6. Servicios sobre Protocolo IP y convergencia de los servicios.

País responsable: Colombia Acciones a realizar: Elaboración del mandato del grupo y presentación de un Plan de Trabajo en un plazo de 30 días (orientado a un marco regulatorio).

7. Revisión del Plan Estratégico de Desarrollo Andino de las Telecomunicaciones.

País responsable: Bolivia Acciones a realizar: Presentación de un plan para continuar con la actividad, en un plazo de 30 días, considerando las gestiones avanzadas ante la UIT para la contratación de un consultor.

8. Ciberseguridad.

País responsable: Perú

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Acciones a realizar: Reunión a realizarse en Bolivia o Perú, con fecha y temario a coordinar entre ambas Administraciones. Concluir con la encuesta e identificación de autoridades. Circulación de información al respecto a las administraciones.

9. Televisión Digital

País responsable: Colombia Acciones a realizar: Presentación de un Plan de Trabajo en un plazo de 30 días.

NUEVAS ACTIVIDADES

10. Utilización del espectro para servicios de radiodifusión en zonas de frontera

País responsable: Perú Acciones a realizar: Presentación de una propuesta de Decisión para próxima reunión de CAATEL.

11. Normas comunes para promover el acceso universal

País responsable: Perú Acciones a realizar: Presentación de una propuesta de Decisión para próxima reunión de CAATEL.

12. Normas comunes para la inclusión digital (discapacitados)

País responsable: Perú Acciones a realizar: Presentación de una propuesta de Decisión para próxima reunión de CAATEL.

13. Mejores prácticas en desarrollo de contenidos educativos, de salud y de apoyo a

la productividad

País responsable: Bolivia Acciones a realizar: Seminario a realizarse en fecha a definir en el plazo de 30 días.

14. Banda Ancha

País responsable: Ecuador Acciones a realizar: Evento a realizarse en fecha a definir en el plazo de 30 días.

* * * *