10.ª SESIÓN (Matinal) MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2014 ...

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1187 SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2013 - TOMO II - Diario de los Debates 10. a SESIÓN (MATINAL) 14-5-2014 - Diario de los Debates 10.ª SESIÓN (Matinal) MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2014 PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JOSÉ LEÓN LUNA GÁLVEZ, LUIS IBERICO NÚÑEZ Y FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA SUMARIO Se pasa lista.— Se abre la sesión.— Se aprueba en primera votación, con las modificaciones introducidas en el curso del debate, el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural, en virtud del cual se declara de interés nacional y necesidad pública la investigación, restauración, conservación y puesta en valor del complejo Arqueológico Sóndor, en el distrito de Pacucha, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac.— En sustitución del texto propuesto en el dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, materia de debate, se aprueba en primera votación la fórmula presentada por el presidente de dicho órgano le- gislativo, por el que se declara de necesidad y utilidad públi- ca la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; y a continuación se acuerda exonerar al indicado texto de segunda votación.— En sustitución del proyecto de ley enviado con carácter de urgencia por el Poder Ejecutivo, se aprueba en primera vota- ción el texto objeto de debate, propuesto en el dictamen de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, sobre la Ley de Demarcación y Organización Territorial de la provincia de Chupaca en el departamento de Junín; y a continuación se

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10.ª SESIÓN

(Matinal)

MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2014

PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES JOSÉ LEÓN LUNA GÁLVEZ,

LUIS IBERICO NÚÑEZ

Y

FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA

SUMARIOSe pasa lista.— Se abre la sesión.— Se aprueba en primera votación, con las modificaciones introducidas en el curso del debate, el texto sustitutorio contenido en el dictamen de la Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural, en virtud del cual se declara de interés nacional y necesidad pública la investigación, restauración, conservación y puesta en valor del complejo Arqueológico Sóndor, en el distrito de Pacucha, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac.— En sustitución del texto propuesto en el dictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, materia de debate, se aprueba en primera votación la fórmula presentada por el presidente de dicho órgano le-gislativo, por el que se declara de necesidad y utilidad públi-ca la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; y a continuación se acuerda exonerar al indicado texto de segunda votación.— En sustitución del proyecto de ley enviado con carácter de urgencia por el Poder Ejecutivo, se aprueba en primera vota-ción el texto objeto de debate, propuesto en el dictamen de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, sobre la Ley de Demarcación y Organización Territorial de la provincia de Chupaca en el departamento de Junín; y a continuación se

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—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la consulta, se aprueba en primera votación, por 63 votos a favor, nin-guno en contra y una abstención, el texto sustitutorio del proyecto de Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la investigación, restauración, conservación y puesta en valor del Complejo Arqueológico Sóndor, ubicado en el distrito de Pacucha, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Ha sido aprobado.

Se deja constancia del voto a favor de los congre-sistas Teves Quispe, Angulo Álvarez, Julca Jara, Romero Rodríguez y Tejada Galindo.

El proyecto ha sido aprobado en primera vota-ción.2

“Primera votación del texto sustitutorio del Proyecto 2457

Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Núñez, Acuña Peralta, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Apaza Condori, Apaza Or-dóñez, Bardález Cochagne, Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Castagnino Lema, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, Delgado Zegarra, Eguren Neuenschwander, Falconí Picardo, Gran-dez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chu-quichaico, Huayama Neira, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis Del Alcázar, López Córdova, Medina Ortiz, Merino De Lama, Molina Martínez, Mon-terola Abregú, Mora Zevallos, Neyra Olaychea, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Reátegui Flores, Reynaga Soto, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Rodríguez Zavaleta, Rosas Huaranga, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Simon Mu-naro, Spadaro Philipps, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Yovera Flores e Yrupailla Montes.

Señor congresista que se abstuvo: Belaunde Moreyra.”

En sustitución del texto propuesto en el dic-tamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, materia de debate, se aprueba en primera votación la nueva fórmula presen-tada por el presidente de dicho órgano legis-lativo, por el que se declara de necesidad y utilidad pública la conservación, restaura-ción, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco; y a continuación se acuerda exo-nerar al indicado texto de segunda votación

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— El siguiente punto.

El RELATOR da lectura:

Dictamen por unanimidad de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, con una fórmula sustituto-ria del Proyecto de Ley 2341/2012-CR, por la que se propone declarar de necesidad y utilidad pú-blica la protección, conservación, restauración, mantenimiento y puesta en valor de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, reconocida por la Unesco en junio de 2010.*

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Se va a iniciar la sustentación del dic-tamen por unanimidad de la Comisión de Pueblos Andinos recaído en el Proyecto de Ley 2341, por el que se propone declarar de necesidad y utilidad pública la protección, conservación, restauración, mantenimiento y puesta en valor de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, reco-nocida por la Unesco en junio de 2010.

Con fecha 7 de mayo de 2014, la Junta de Porta-voces acordó la ampliación de agenda.

Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, congresista Valqui Matos, hasta por diez minutos.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Presidente: Solicito permiso para utilizar el écran.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Lo tiene, congresista.

2 No se inserta el texto aprobado por encontrarse pendiente de segunda votación.* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Señor Presidente: El dictamen ha recaído en el Proyecto de Ley 2341, y propone declarar de necesidad y utilidad pública la conservación, restauración, mante-nimiento y mejores condiciones para

el desarrollo sostenible de la reserva de biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha.

Este proyecto de ley ha sido presentado por el Grupo Parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa de quien les habla; y hemos recibido opiniones del Ministerio del Ambiente, de la Presidencia del Consejo de Ministros, como de los ministerios que ustedes pueden observar en la diapositiva, y tam-bién del exministro del Ambiente, Antonio Brack, de la Municipalidad Provincial de Oxapampa y de la Mancomunidad de Oxapampa. (Cuadro 1.)

Se realizaron dos mesas de trabajo para convalidar el texto sustitutorio del dictamen, y en ellas parti-ciparon funcionarios del Ministerio del Ambiente, del Sernap y asesores de nuestra comisión.

Estas mesas de trabajo se realizaron en la sede institucional del Ministerio del Ambiente el 10 de enero y el 14 de febrero de 2014.

En las sesiones participativas, que se realizaron el 17 de enero y el 20 de febrero en Oxapampa y en el distrito de Huancabamba, con la finalidad de validar el dictamen, participaron congresistas de la República, alcaldes y funcionarios de los distritos de Oxapampa, funcionarios del Gobierno Regional de Pasco, funcionarios del Ministerio del Ambiente y del Ministerio de Cultura, del Sernanp y asesores de la Comisión de Pueblos

Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, líderes y hermanos de las comunidades nativas Asháninka y Yánesha.

Las reserva de biósferas: Son áreas representati-vas de ambientes terrestres o acuáticos creadas para promover una relación equilibrada entre los seres humanos y la naturaleza, contribuyendo a satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las necesidades de las generaciones futuras.

Esto implicaría propuestas y aplicación de nuevas modalidades de gestión ambiental y aspiran a ser modelos para el ordenamiento territorial.

Entre sus principales funciones tenemos: Fomentar el desarrollo económico, cultural y social a nivel local, manteniendo los recursos naturales para que pue-dan seguir siendo aprovechados por generaciones; conservación de la diversidad de paisajes, ecosiste-mas, especies y genes; contribución al conocimiento dando apoyo a la educación, capacitación, investiga-ción científica y el intercambio de información entre pobladores, técnicos e investigadores.

Este espacio fue reconocido por la Unesco como reserva de biósfera por decisión del Consejo In-ternacional de Coordinación del Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB), reunido en París el 2 de junio del año 2010.

El certificado que figura a continuación da cuenta de tan importante reconocimiento. (Ver cuadro 2.)

Esta reserva está sometida a una intensa presión ejercida por las actividades de deforestación, lo que merma su diversidad biológica.

Cuadro 1

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La Unesco destacó el hecho de que el sitio está habitado por pueblos indígenas, como los yánesha y los asháninka, lo que contribuye a la preserva-ción de los conocimientos ancestrales sobre la gestión de los recursos naturales.

Esta nueva reserva de biósfera se convierte en un laboratorio de estudio de la naturaleza, pues posee mil variedades de orquídeas y más de diez mil variedades de plantas, 50 de ellas endémicas.

El Perú posee ahora cuatro reservas de biósfera: Huascarán, Manu, biósfera Noroeste y la de Oxapampa Ashánika-Yánesha.

Esta reserva se ubica en Pasco y ocupa un territo-rio de un millón 800 mil hectáreas que comprende al Parque Nacional Yanachaga-Chemillén, las Re-servas Comunales de Yánesha y El Sira, así como el bosque de protección San Matías-San Carlos.

¿Qué propone el dictamen? Declarar de necesidad y utilidad pública la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa Asháninka-Yánesha, reconocida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) el 2 de junio de 2010; y reconocer al Comité de Coordinación de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha como un ins-trumento de gestión sostenida y participativa, el cual estará integrado por representantes del Gobierno Regional de Pasco y de las municipa-lidades de Oxapampa, Chontabamba, Huanca-bamba, Constitución, Palcazú, Pozuzo, Puerto Bermúdez y Villa Rica; así como del Sernanp, la Asociación de Nacionalidades Asháninkas del

Pichis (ANAP), la Federación de Comunidades Nativas Yánesha (Feconaya), la Unión de Na-cionalidades Asháninkas y Yáneshas (UNAY) y otras entidades o instituciones que acuerde el Comité de Coordinación.

Las entidades e instituciones mencionadas acre-ditan a su representante titular y a un alterno, quien reemplaza al primero en caso de ausencia, ante el Comité de Coordinación.

El Comité de Coordinación define su organización, elige a su presidente, su tiempo de permanencia en el cargo y su forma de elección.

Cuenta con una secretaría técnica, a cargo de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, quien reporta sus acciones al Comité Nacional del Programa sobre el Hombre y la Biósfera para la consolidación de la información que se remita a la Unesco.

El Comité de Coordinación elaborará el plan de acción para la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de la Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en el marco de la Estrategia de Sevilla.

El plazo para que el Comité de Coordinación ela-bore el plan de acción es de 180 días calendario.

Elaboración y ejecución del plan de acción:

El Poder Ejecutivo, a través de sus órganos com-petentes, es el que brindará asistencia técnica al Comité de Coordinación para la elaboración del plan de acción.

Cuadro 2

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El Gobierno Regional de Pasco aprobará el plan de acción de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, el cual será ejecutado de acuerdo a las competencias y disponibilidad presupuestal de las entidades involucradas.

El dictamen ha incorporado en una disposición final que el plan de acción, así como las medidas complementarias a la presente ley, que impliquen afectación directa a los derechos colectivos de los pueblos indígenas deben cumplir con el procedi-miento de consulta previa establecido en la Ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas, reconocido en el Convenio 169 de la OIT y su reglamento, el Decreto Supremo 001-2012-MC.

Este artículo se ha consignado a sugerencia de las organizaciones indígenas y del Ministerio de Cultura.

Por lo expuesto, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología, de conformidad con el literal b) del artículo 70.° del Reglamento del Congreso de la República, re-comienda la aprobación del Proyecto de Ley 2341, con el texto sustitutorio que se ha distribuido.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Concluida esta sustentación, se da inicio al debate.

Tiene la palabra el congresista Urquizo Maggia.

El señor URQUIZO MAGGIA (NGP).— Presidente: Saludo este dictamen recaído en la iniciativa del congresista Valqui, de carácter de-clarativo sobre la reserva de biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la región Pasco.

Esta iniciativa va más allá, porque constituye un comité de coordinación en que se determinan responsabilidades en el ámbito del Gobierno Re-gional de Pasco y de las municipalidades, tanto provinciales como distritales, y se incorpora en ella a las organizaciones comunales.

Hay opiniones un poco contrarias de la Presi-dencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas. Sin embargo, debe to-marse en cuenta que es un proyecto declarativo; y hay una opinión favorable del Ministerio del Ambiente, que incluso ha planteado un comité de coordinación.

Bajo ese criterio, en la conformación del mismo considero importante que el Ministerio del Am-biente esté presente en dicho comité de coordina-ción; porque no basta la presencia del Sernanp, que, de acuerdo a la precedencia, está casi en la mitad de la estructura.

Es necesario que el Ministerio del Ambiente se incorpore. El Estado es unitario y descentralizado y tienen que participar los tres niveles de gobierno, conforme se encuentran en la estructura y en la composición del comité de coordinación los niveles regional y local.

En todo caso, si el criterio es que el Servicio Nacional de Áreas Protegidas represente al Ministerio del Ambiente, en todo caso debería estar ubicado en primer lugar, antes del gobierno regional, por representar al gobierno nacional. Pero sería muy prudente que este organismo des-centralizado represente más bien al Ministerio del Ambiente.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Puede continuar, congresista.

El señor URQUIZO MAGGIA (NGP).— O sería prudente que quien ejerza la representa-ción del Poder Ejecutivo sea el Ministerio del Ambiente y no el organismo descentralizado, por una cuestión de precedencia, por una cuestión no solo protocolar sino de involucramiento del ente rector de la política ambiental que es el Ministerio del Ambiente.

Además, en la misma norma se hace referencia al Convenio 169 de la OIT, a la consulta previa; o sea, se respeta una serie de procedimientos cuya ausencia podría haber observado el Ministerio de Cultura. Entonces, la observación solamente se centraría en la necesidad de que en la estructura del comité de coordinación, que se va a encargar de la elaboración del plan de acción, se ubique al Ministerio del Ambiente.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la palabra el congresista Be-launde Moreyra.

El señor BELAUNDE MOREY RA (SN).— Señor Presidente: Este proyecto que ahora se somete al Pleno, a mí personalmente me llena de inquietud, comenzando por el propio concepto de reserva de biósfera, que no está incorporado, hasta donde yo sé, en la copiosísima legislación ambiental.

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En un libro que yo he escrito, la relación de la legislación ambiental ocupa tres páginas y media, y vamos a agregar una más a esta confusa y algo distorsionada legislación.

Las áreas naturales protegidas es el concepto funda-mental en torno a la legislación ambiental; y la Ley 26834, Ley de áreas naturales protegidas, y la Ley 28611, Ley General del Ambiente, señalan que hay dos categorías fundamentales de áreas naturales protegidas: las de uso indirecto y las de uso directo.

Las de uso indirecto son las llamadas reservas nacionales, parques nacionales y santuarios his-tóricos con sus respectivas zonas de amortigua-miento. En estas áreas está totalmente prohibida la explotación de los recursos naturales, sean mineros, hidrocarburos, forestales, para citar solo los más importantes.

En las áreas naturales protegidas de uso directo cabe una explotación restringida y atenuada.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Continúe, congresista.

El señor BELAUNDE MOREY-RA (SN).— Pero ¿qué concepto es este de reserva de biósfera? Debo decir que yo rindo mi homenaje a la comunidad nativa asháninka o asha-ninka —no sé exactamente cómo se pronuncia—, que en algún momento

fue hostilizada y masacrada por esa infame secta conocida cono Sendero Luminoso, que se apropió de una frase del Amauta Mariátegui, para darle un contenido sanguinario y miserable a lo que decían.

Pues bien, de acuerdo a una información que tengo aquí, las reservas de biósferas son áreas re-presentativas de ambientes terrestres o acuáticos creadas para promover una relación equilibrada entre los seres humanos y la naturaleza.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Continúe, congresista.

El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— Re-servas de biósferas es una designación otorgada por la Unesco que significa que el área natural protegida es reconocida internacionalmente por su innovación y demostración de desarrollo sos-tenible y ordenamiento territorial.

Las reservas de biósfera se organizan en redes temáticas y asociaciones que favorecen el inter-cambio de conocimientos, la investigación, el seguimiento, la educación, la formación y la toma de decisiones participativas.

Todo esto suena maravilloso; pero, ¿en qué forma esto se conjuga con las áreas naturales protegidas? Yo me hago la siguiente pregunta: ¿en esta reserva de biósfera será posible en forma restringida o no restringida la explotación de recursos naturales?

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Continúe, congresista.

El señor BELAUNDE MOREYRA (SN).— ¿Tendremos un área más del territorio nacional prohibida para la explotación de recursos natura-les pero que en la práctica sigue abierta porque ahí vendrá minería ilegal, tala ilegal, pero no podrá haber actividades legales? Esa es una interrogante que este proyecto de ley no resuelve. No en vano tiene opinión desfavorable de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía y Finanzas.

Nos vamos a llenar de reservas donde no va a ser posible la explotación legal, formal, con todas las garantías; pero sí va a ser posible la explotación ilegal, si por casualidad por ahí hay oro o hay árboles, que evidentemente los hay.

En mi opinión, este es el tipo de legislación que el Perú no merece, a menos que se aclaren las interrogantes que acabo de formular.

Y digo esto como un homenaje a la comunidad asháninka, que también merece la ayuda del Estado peruano, pero no me parece que con esta legislación.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Habiendo concluido el rol de oradores, tiene la palabra el presidente de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, congresista Valqui Matos.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Presidente, vamos a incorporar las modificaciones su-geridas por el congresista Urquizo, eliminando la referencia al Servicio Nacional de Áreas Naturales Pro-tegidas (Sernanp), e incluyendo el Ministerio del Ambiente.

Por otro lado, el título de la ley diría: ‘Ley que declara de necesidad y utilidad pública la conser-vación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Re-serva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha en la Región Pasco, provincia de Oxapampa; y el

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artículo 1, Objeto de la ley: ‘Declárase de necesidad y utilidad pública la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, reconocida en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco’.

Con estas correcciones que se han hecho por parte de los colegas, pido que se someta al voto este proyecto de ley.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Congresista, le está pidiendo una interrupción el congresista Belaunde Moreyra.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Presi-dente, concedo la interrupción.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la interrupción, congresista Belaunde Moreyra.

El señor BELAUNDE MOREY-RA (SN).— Muchas gracias, con-gresista Valqui.

Desgraciadamente, el congresista Valqui no ha contestado mis in-terrogantes. ¿Cuál es la situación

de la explotación de recursos naturales? ¿Qué efecto va a tener esta ley en la formulación de petitorios mineros, en la formulación de licen-cias o concesiones forestales y en los contratos de explotación petrolera, si hubiere allí alguna posibilidad petrolera? No las contesta. Y esta, entonces, es una ley a ciegas,; es una ley que solo va a complicar aún más la crítica situación de desaceleración económica que está experimen-tando el Perú. Eso es algo muy crítico que quizá debería tomarse en cuenta.

Yo quisiera que el congresista Valqui tomara un tiempo para absolver esas interrogantes. Porque la legislación no tiene por qué aprobarse con esta premura.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Gracias, congresista.

Concluya, congresista Valqui.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Colega, con este proyec-to no se va a afectar completamente a la reserva de biósfera Asháninka-Yánesha en la provincia de Oxapam-pa; al contrario, este proyecto se ha elaborado con diferentes mesas de

trabajo donde ha participado el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Cultura, y también diferentes instituciones.

Este tipo de proyectos también se debe poner en ejecución en la región Áncash donde existe una reserva de biósfera.

Por eso, Presidente, solicito que se someta al voto.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Concluido el debate, agradeceré a los señores congresistas registrar su asistencia para proceder a votar.

—Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Se solicita al presidente de la Comisión que remita a la Mesa las modificaciones hechas al texto para su correspondiente lectura.

Se va a dar lectura al nuevo texto presentado por el presidente de la Comisión.

El RELATOR da lectura:

Texto sustitutorio presentado el 14 de mayo de 2014, a las 10 con 42

Ley que declara de necesidad y utilidad pública la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departa-mento de Pasco

Artículo 1. Objeto de la Ley

Declárese de necesidad y utilidad pública la con-servación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Re-serva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, reconocida por la Organización de las Na-ciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) el 2 de junio de 2010.

Artículo 2. Reconocimiento y conformación del comité de coordinación

2.1 Reconócese el comité de coordinación de la Re-serva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, como uno de gestión sostenida y participativa, el cual está integrado por un representante de las entidades e instituciones siguientes:

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a) El Ministerio del Ambiente.

b) El Gobierno Regional de Pasco.

c) La Municipalidad Provincial de Oxapampa.

d) La Municipalidad Distrital de Constitución.

e) La Municipalidad Distrital de Chontabamba.

f) La Municipalidad Distrital de Huancabamba.

g) La Municipalidad Distrital de Palcazú.

h) La Municipalidad Distrital de Pozuzo.

i) La Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez.

j) La Municipalidad Distrital de Villa Rica.

k) La Asociación de Nacionalidades Ashánincas del Pichis (ANAP).

l) La Federación de Comunidades Nativas Yánes-ha (FECONAYA).

m) La Unión de Nacionalidades Ashánincas y Yánesha (UNAY).

n) Las cámaras de turismo de la provincia de Oxapampa.

o) Las organizaciones de productores agroindus-triales de la provincia de Oxapampa.

p) Otras entidades o instituciones que acuerde el comité de coordinación.

2.2 Las entidades e instituciones mencionadas acreditan a su representante titular y a un al-terno, quien reemplaza al primero en caso de ausencia, ante el comité de coordinación.

2.3 El comité de coordinación define su orga-nización, elige a su presidente, su tiempo de permanencia en el cargo y su forma de elección. Cuenta con una secretaría técnica, a cargo de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, que reporta sus acciones al Comité Nacional del Programa sobre el Hombre y la Biósfera para la consolidación de la información que se remita a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

Artículo 3. Elaboración del plan de acción

3.1 El comité de coordinación, a través de su equipo técnico, elabora el plan de acción para

la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en el marco de la Estrategia de Sevilla, en el plazo máximo de ciento ochenta días calendario, contado a partir de la publicación de la presente ley.

3.2 El Poder Ejecutivo, a través de sus órganos competentes, brinda asistencia técnica al comité de coordinación para la elaboración del referido plan de acción.

Artículo 4. Aprobación y ejecución del plan de acción

4.1 El Gobierno Regional de Pasco, con la previa conformidad del comité de coordinación, aprueba el plan de acción para la conservación, restaura-ción, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, el cual es ejecuta-do de acuerdo con las competencias y disponibilidad presupuestal de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

4.2 El plan de acción se articula con otros instru-mentos de gestión de desarrollo de la provincia de Oxapampa.

Disposiciones complementarias finales

Primera. Consulta previa

El plan de acción, así como las medidas com-plementarias a la presente ley que impliquen afectación directa a los derechos colectivos de los pueblos indígenas deben cumplir con el procedi-miento de consulta previa establecido en la Ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y su reglamento, el Decreto Supremo 001-2012-MC.

Segunda. Declaración de necesidad y utilidad pública

Declárase de necesidad y utilidad pública la zoni-ficación ecológica y económica del departamento de Pasco, en especial del ámbito de la Reserva de Biósfera de Oxapampa-Asháninka-Yánesha.

Congresista Néstor Valqui Matos.— Presidente de la Comisión de Pueblos Andinos.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión, congresista Valqui Matos.

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El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Presi-dente, estamos eliminando también la segunda disposición complementaria final para evitar que sea observada por el Poder Ejecutivo.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Se elimina entonces la segunda dis-posición transitoria final.

Han registrado su asistencia 69 congresistas.

Al voto.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la consulta, se aprueba, en primera votación, por 63 votos a favor, uno en contra y cuatro abstenciones, el nuevo texto sustitutorio que declara de necesidad y utilidad pública la conservación, restaura-ción, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departamen-to de Pasco.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Ha sido aprobado en primera votación.

Se deja constancia del voto a favor de los con-gresistas Julca Jara y Eguren Neuenschwander.

—El texto aprobado es el siguiente:

“EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA LA CONSERVACIÓN, RESTAURACIÓN, MANTENIMIENTO Y MEJORES CONDICIONES PARA EL DESA-RROLLO SOSTENIBLE DE LA RESERVA DE BIÓSFERA OXAPAMPA-ASHÁNINKA-YÁNESHA, EN LA PROVINCIA DE OXA-

PAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO

Artículo 1. Objeto de la Ley

Declárase de necesidad y utilidad pública la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departa-mento de Pasco, reconocida por la Organización

de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) el 2 de junio de 2010.

Artículo 2. Reconocimiento y conformación del comité de coordinación

2.1 Reconócese el comité de coordinación de la Re-serva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, como uno de gestión sostenida y participativa, el cual está integrado por un representante de las entidades e instituciones siguientes:

a) El Ministerio del Ambiente.

b) El Gobierno Regional de Pasco.

c) La Municipalidad Provincial de Oxapampa.

d) La Municipalidad Distrital de Constitución.

e) La Municipalidad Distrital de Chontabamba.

f) La Municipalidad Distrital de Huancabamba.

g) La Municipalidad Distrital de Palcazú.

h) La Municipalidad Distrital de Pozuzo.

i) La Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez.

j) La Municipalidad Distrital de Villa Rica.

k) La Asociación de Nacionalidades Asháninkas del Pichis (ANAP).

l) La Federación de Comunidades Nativas Yánes-ha (FECONAYA).

m) La Unión de Nacionalidades Asháninkas y Yá-nesha (UNAY).

n) Las cámaras de turismo de la provincia de Oxapampa.

o) Las organizaciones de productores agroindus-triales de la provincia de Oxapampa.

p) Otras entidades o instituciones que acuerde el comité de coordinación.

1.2 Las entidades e instituciones mencionadas acreditan a su representante titular y a un alter-no, quien reemplaza al primero en caso de ausen-cia, ante el comité de coordinación.

1.3 El comité de coordinación define su organiza-ción, elige a su presidente, su tiempo de perma-nencia en el cargo y su forma de elección. Cuenta

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con una secretaría técnica, a cargo de la Muni-cipalidad Provincial de Oxapampa, que reporta sus acciones al Comité Nacional del Programa sobre el Hombre y la Biósfera para la consolida-ción de la información que se remita a la Orga-nización de las Naciones Unidas para la Educa-ción, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Artículo 3. Elaboración del plan de acción

1.1 El comité de coordinación, a través de su equi-po técnico, elabora el plan de acción para la con-servación, restauración, mantenimiento y mejo-res condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, en el marco de la Estrategia de Sevi-lla, en el plazo máximo de ciento ochenta días calendario, contado a partir de la publicación de la presente Ley.

1.2 El Poder Ejecutivo, a través de sus órganos competentes, brinda asistencia técnica al comi-té de coordinación para la elaboración del refe-rido plan de acción.

Artículo 4. Aprobación y ejecución del plan de acción

1.1 El Gobierno Regional de Pasco, con la previa conformidad del comité de coordinación, aprueba el plan de acción para la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el de-sarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxa-pampa-Asháninka-Yánesha, el cual es ejecutado de acuerdo con las competencias y disponibilidad pre-supuestal de las entidades involucradas, sin deman-dar recursos adicionales al tesoro público.

1.2 El plan de acción se articula con otros ins-trumentos de gestión de desarrollo de la provin-cia de Oxapampa.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Consulta previa

El plan de acción, así como las medidas comple-mentarias a la presente Ley que impliquen afec-tación directa a los derechos colectivos de los pueblos indígenas deben cumplir con el procedi-miento de consulta previa establecido en la Ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y su reglamento, el Decreto Supremo 001-2012-MC.

Comuníquese, etc.”

“Primera votación del nuevo texto susti-tutorio del Proyecto 2341

Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Núñez, Acuña Peralta, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Angulo Álvarez, Apaza Condori, Apaza Ordóñez, Benítez Rivas, Bruce Montes de Oca, Capuñay Quispe, Cárdenas Ce-rrón, Castagnino Lema, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coari Mamani, Con-dori Cusi, Condori Jahuira, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, Delgado Zegarra, Falconí Picardo, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis Del Alcázar, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Merino De Lama, Molina Martínez, Mora Zevallos, Neyra Olaychea, Núñez de Acuña, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Reátegui Flores, Reggiardo Barreto, Reynaga Soto, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Rosas Huaranga, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Spadaro Philipps, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valle Ramí-rez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Yovera Flores e Yrupailla Montes.

Señor congresista que votó en contra: Be-launde Moreyra.

Señores congresistas que se abstuvieron: Bedoya de Vivanco, Carrillo Cavero, Oseda Soto y Romero Rodríguez.”

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la palabra el presidente de la Comisión.

El señor VALQUI MATOS (GPFP).— Señor Presidente, como el día 10 de junio se celebra un ani-versario más de la declaración de la Reserva de Biósfera Oxapampa-Asháninka-Yánesha, solicito a usted que el proyecto de ley aprobado sea exonerado de segunda votación.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Con la misma asistencia, se va a consultar la exoneración de segunda votación.

Al voto.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

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—Efectuada la consulta, se acuerda, por 60 votos a favor, uno en contra y cinco abs-tenciones, exonerar de segunda votación el texto sustitutorio del proyecto de Ley que declara de necesidad y utilidad pública la conservación, restauración, mantenimiento y mejores condiciones para el desarrollo sostenible de la Reserva de Biósfera Oxa-pampa-Asháninka-Yánesha, en la provincia de Oxapampa, departamento de Pasco.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Ha sido acordado.

Se deja constancia del voto a favor de los congre-sistas Rondón Fudinaga, Simon Munaro, Eguren Neuenschwander, Julca Jara, Pérez Tello de Rodríguez y Espinoza Cruz.

Ha sido exonerado de segunda votación el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2341.

“Votación de la exoneración de segunda votación del nuevo texto sustitutorio del

Proyecto 2341

Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Núñez, Acuña Peralta, Alcorta Suero, An-drade Carmona, Angulo Álvarez, Apaza Condori, Bruce Montes de Oca, Capuñay Quispe, Cárde-nas Cerrón, Castagnino Lema, Ccama Layme, Chávez Cossío, Chihuán Ramos, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Cordero Jon Tay, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, Delgado Zegarra, Falconí Picardo, Grandez Saldaña, Guevara Amasifuen, Huaire Chuquichaico, Hurtado Zamudio, Inga Vásquez, Kobashigawa Kobashigawa, Lay Sun, Lewis Del Alcázar, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Merino De Lama, Molina Martínez, Mora Zevallos, Neyra Olaychea, Núñez de Acuña, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Pérez del Solar Cuculiza, Reátegui Flores, Reggiardo Barreto, Reynaga Soto, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Rosas Huaranga, Salgado Rubianes, Schaefer Cuculiza, Spadaro Philipps, Tejada Galindo, Teves Quispe, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Valqui Matos, Velásquez Quesquén, Wong Pujada, Yovera Flores e Yrupailla Montes.

Señor congresista que votó en contra: Be-launde Moreyra.

Señores congresistas que se abstuvieron: Bedoya de Vivanco, Benítez Rivas, Carrillo Ca-vero, Oseda Soto y Romero Rodríguez.”

En sustitución del proyecto de ley envia-do con carácter de urgencia por el Poder Ejecutivo, se aprueba en primera votación el texto objeto de debate, propuesto en el dictamen de la Comisión de Descentraliza-ción, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, sobre la Ley de Demarcación y Organización Territorial de la provincia de Chupaca en el departamento de Junín; y a continuación se acuerda exonerar de segunda votación

a dicha fórmula

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— El siguiente punto.

El RELATOR da lectura:

Dictamen en mayoría de la Comisión de Des-centralización, Regionalización, Gobiernos Lo-cales y Modernización de la Gestión del Estado, con un texto sustitutorio del Proyecto de Ley 2723/2013-PE, en virtud del cual se propone la Ley de Demarcación y Organización Territorial de la provincia de Chupaca en el departamento de Junín.*

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Se va a iniciar la sustentación del dictamen en mayoría de la Comisión de Descen-tralización, recaído en el Proyecto de Ley 2723, enviado por el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia, por el que se propone la Ley de Demar-cación y Organización Territorial de la provincia de Chupaca en el departamento de Junín

Tiene la palabra el presidente de la Comisión de Descentralización, congresista Rimarachín Cabrera, hasta por diez minutos.

El señor RIMARACHÍN CA-BRERA (AP-FA).— Presidente: El proyecto de Ley 2723, presentado por el Poder Ejecutivo, conforme a la normativa vigente, propone la demarcación y organización territo-rial de la provincia de Chupaca en el departamento de Junín.

De la exposición de motivos y los documentos alcanzados, se pueden reseñar los siguientes an-tecedentes relevantes: primero, mediante la Ley 26428 se creó la provincia de Chupaca, conformada por los distritos de Tres de Diciembre, Ahuac, Huáchac, San Juan de Yscos, Huamancaca Chico, Yanacancha, San Juan de Jarpa y Chongos Bajo. En dicha ley se hace una descripción de límites

* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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Resaltado