Resultados acerca de las medidas provisionales y decomiso ... · Resultados acerca de las medidas...

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Resultados acerca de las medidas provisionales y decomisoAdministración de Biernes

Esteban Fullin

Secretario Ejecutivo Adjunto

Creado en 1989Desarrollo y promoción de políticas ALA/CFTFija las 40 Recomendaciones33 países miembrosEvaluaciones mutuasGrupos regionales

LEGALTipificación del delito de Lavado de Activos de acuerdo a estándares internacionales

Autonomía del delitoAutolavadoPersonas físicas o jurídicasSanciones proporcionadas, eficaces y disuasivas.Delitos precedentes: Todos, lista, umbral o combinación

LEGAL

Tipificar el Financiamiento del Terrorismo

Implementar las medidas necesarias en materia de medidas cautelares y decomiso.

Marco jurídico adecuado para fomentar la Cooperación Jurídica Internacional

EVALUADORESExperiencia y conocimiento

Mínimo 4 evaluadores, Distintas nacionalidadesPosibilidad de expertos adicionales / observadores

Perfil de los evaluadoresLegal - Juez, fiscal o representante del Ministerio de JusticiaFinancieros - Expertos en regulación del Ministerio de Economía o del Banco Central o autoridad reguladora o U.I.FOperativo - de los servicios garantes de aplicación de ley,aduanas, policía o U.I.F

Grados de Cumplimiento:Cumplido: plenamente cumplida con todos los criterios esencialesMayoritariamente cumplido: solo pequeñas deficiencias; gran mayoría están cumplidosParcialmente cumplido: algunas medidas de fondo y cumple con algunos de los criterios esencialesNo cumplido: graves deficiencias; gran mayoría de los criterios esenciales están sin cumplir

Grados de Cumplimiento (Cont.)No basta el cumplimiento formal. Es necesario que las medidas estén (a) en vigor; (b) completamente implementadas; y (c)

eficaces Implementación e eficacia se deben incorporar en los grados de cumplimiento (puede disminuir o aumentarlo) Evaluar implementación: criterio por criterioEvaluar eficacia: recomendación por recomendaciónsi es adecuado con respecto a la amenazaImportante describir las razones por el grado.

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La facultad de rastrear activos:

Apunta a identificar y rastrear bienes sujetos a un decomiso posterior;Supone la existencia de la facultad de embarga/incautar y congelar los activos identificados y rastreados (generalmente una vez entablada una causa); yEs utilizada habitualmente por la policía y en algunos casos por la UIF, si la ley lo dispone.

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El objetivo es impedir que las personas actúen en perjuicio de la capacidad del estado de decomisar bienesEmbargo (las autoridades toman posesión del bien) frente al congelamiento (la parte que detenta el bien retiene su posesión)Tanto en el caso del congelamiento como de la incautación,

El propietario conserva el título.No es posible realizar operaciones sobre el

bien sin el consentimiento del estado o la autoridad competente.

Medidas ex parte

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El acto de privar en forma permanente a una persona de un bien de su propiedad, por orden de una autoridad o tribunal competente, mediante el cual se transfiere la titularidad y el control al estado o a una autoridad competente.El decomiso debería poder darse en todos los casos de lavado de dinero y de delitos determinantes y en los casos de financiación del terrorismo.Los evaluadores deben reconocer los diferentes tipos de decomiso:

PenalPenal con inversión de la carga de la pruebaCivil

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El producto debería someterse a procedimientos de decomiso aun cuando esté en manos de terceros a fin de impedir toda compraventa, transferencia o enajenación del bien sujeto a decomisoEn particular, los evaluadores deberían examinar las cargas y presunciones que forman parte del sistema jurídico en esta materia.

¿Qué se considera una operación de buena fe?¿Cuándo puede el tercero de buena fe impugnar un decomiso de sus bienes haciendo valer como defensa que es un titular inocente?

Por ejemplo, las autoridades deberían poder atacar la propiedad de terceros cuando se trata de una donación o la contraprestación es inadecuada

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Determinan si los mecanismos son eficientes:1. Velocidad de utilización de las disposiciones

sobre congelamiento e incautación;2. Facilidad para utilizar el proceso;3. Frecuencia de su utilización;4. Carga de la prueba;6. Si los jueces imponen estándares más

elevados de los exigidos legalmente.7. Posibilidad de congelar o incautar un bien de

valor equivalente

Ø Medidas de congelamiento derivadas de las aplicaciones de las Resoluciones de Naciones UnidasØ Sistema efectivo y oportuno de

congelamientoØ Sistemas de descongelamiento

Ø Medidas de embargo y decomiso relacionadas con el FT

Administración de Bienes (no cubierto 40recs)

Asignación de BienesUtilización de BienesVenta anticipada

Recuperación de BienesÉnfasis en la cooperación internacionalÉnfasis en la recuperaciónNo establece reglamentación especifica.

Gran desarrollo normativa y experiencia en la aplicación en solo algunos paísesSistemas mas comunes

Creación de organismo especificoAsignación a organismo de drogasAdministrador general, juez.

Dependen de la experiencia en causas ALA/CFT

Falta de implantación de un sistema acorde a las Resoluciones de Naciones Unidas en materia de congelamientoFalta de tipificación del FT acorde a estándares internacionales.Imposibilidad de decomisar bienes por valor correspondienteImposibilidad de compartir bienesProblemas en los registros.Falta de estadísticas

Falta de una “cultura del decomiso”Falta de reconocimiento de una “economía criminal” objeto de indagaciónFalta de identificación de los grupos criminales con un perfil empresarialFalta de práctica en el desarrollo de investigaciones patrimoniales

II Encuentro de Jueces y Fiscales de GAFISUD y FranciaLa investigación de forma simultánea y desde el inicio las actividades por delitos graves con el fin de identificar su estructura económico-patrimonialreforzar la colaboración entre las autoridades encargadas de la investigación y los distintos registros de titularidad de bienes, para agilizar el trámite de las peticiones

Instrucción a las fuerzas de seguridad para el impulso de investigación patrimonial paralela desde el inicio de las actuacionesInstrucción general por la Procuración General o Titular de las Fiscalías a los fiscales de instrucción en igual sentidoModificación de la cultura judicial en pos de una investigación patrimonial completa en aquellos casos en que se investigue a organizaciones delictivas.

Sigue el ejemplo de CARINCon apoyo de CICAD/ ONU