Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    N° T° F° Rosario,

    AUTOS Y VISTOS:

    En el proceso N° 7/15 seguido a ARIEL MAXIMO

    CANTERO Y Otros s/Asociación ilícita, de trámite por ante el u!gado en lo "enal de

    #entencia N° $ de Rosario, complementando los %allos condenatorios oportunamente

    dictados en los "rocedimientos A&re'iados (ue sigue en relación a los penadosintegrado por Tri&unal "luripersonal)

      Y CONSIDERANDO:

    1*+ Pretensión fiscal: os Fiscales -on!alo Fernande!

    .uss 0arlos 0o'ani de estos Tri&unales "ro'inciales de #anta Fe +distrito udicial N°

    2 Rosario+ presentan las circunstancias %ácticas (ue 3a&ilitan al decomiso de los

    &ienes secuestrados para (ue el Tri&unal pueda disponer de 4stos acorde a su %acultad

     urisdiccional*

    Re%ieren (ue en %ec3a 1 de 6ctu&re del 215, mediante

    los Fallos N° 2$2 al 272 inclusi'e, se condenó mediante "roceso A&re'iado a los

    coimputados "atricia 0elestina 0ontreras, #usana Estela Alegre, -isela 0arolina

    Eli!a&et 8ilc3es, Angel 9anuel Antonio 8illa, 0ristián :ernán .ustos, uan 9arcelo

    9aciel, uan ;omingo Argentino Ramire!, uciano Rodrigo Ramos, 9ariano :ernán

    Rui!, 9iguel Angel 8ilc3es Nor&erto Aleandro -on!ale! respecti'amente por el

    3ec3o de ser considerados penalmente responsa&les de participar como miem&ros e

    integrantes de una Asociación ilícita con%orme lo esta&lece el artículo 21 primer 

    párra%o del 0ódigo "enal) am4n de otras conductas ilícitas por los cuales algunos

    tam&i4n %ueron condenados*

    #e

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    %ormalmente a nom&re de un tercero aeno al proceso, no o&stante ello sí mantiene

    una estrec3a 'inculación con la organi!ación criminal in'estigada* a simple

    circunstancia de (ue ninguno de sus miem&ros %igure como titular registral responde al

    3ec3o de (uerer e'itar ser despoados del mismo) (ue es la propia característica de la

    agrupación +ser ilícita+ la (ue o&liga al ocultamiento e interposición de terceros,

    di%icultando el decomiso solicitado a tra'4s de 'ariadas 3asta compleas manio&ras

    transacciones comerciales, económicas %inancieras de modo tal de poder seguir dis%rutando, de 3ec3o, los &ienes productos del delito* Agrega la %iscalía (ue los

    miem&ros de la asociación ilícita no están interesados en el dominio de los &ienes

    %rutos ilícitos @no de&e ol'idarse el desprecio (ue tienen por el derec3o los 'alores

    (ue 4ste tutela sino en su uso, goce /o posesión*

    "or eso +siguen a%irmando+ es central al castigo de la

    asociación ilícita soca'ar las &ases materiales (ue le dan 'ida sustento* a cuestión

    económica (ue englo&a esta organi!ación criminal no puede ser soslaada, a (ue el

    pro'ec3o o la ganancia (ue o&tiene la Asociación constituen los cimientos so&re los

    (ue se %unda, mantiene perdura la propia agrupación*

    ;icen (ue reconociendo las economías en negro (ue esta

    &anda empleó generó, la e'idencia pro&atoria re(uerida para demostrar su eBistencia

    @ no una de sus consecuencias o e%ectos la Al!ada, en su Resolución N° 151 del 2$

    de 9ao de 21C, a%irmó (ue al ser la ilegitimidad la esencia de la asociación, la misma

    no podía pro&arse por medios documentales, registrales o a%ines +los (ue compondrían

    la llamada prue&a directa+, sino (ue de&íamos 'alernos de medios indirectos,indiciarios /o in%erenciales (ue puedan resta&lecer re'elar lo oculto) agregan (ue

    muc3os de los &ienes secuestrados o a los cuales se les 3an tra&ado medidas

    cautelares reales, no se encuentran registrados a nom&re de ninguno de los

    condenados) lo (ue o&edece a la simple ra!ón de disimular el incremento patrimonial

    de la &anda +a sea mediante la utili!ación de testa%erros @en supuestos de

    propiedades autos o &ien al no completar el trámite de registración ante los

    respecti'os Registros @cuando nos encontramos %rente a autos motos+*

    Due mu pocos 'e3ículos secuestrados se encuentran

    inscriptos a nom&re de alguna de las personas (ue son indicadas como miem&ros o

     e%es de la organi!ación) sin em&argo, al momento de sus respecti'os secuestros por 

    medio de allanamientos procedimientos reali!ados por el u!gado de ?nstrucción (ue

    pre'ino en la causa, luego de 'alorar e'idencia recolectada (ue %uera agregada en

    legaos indi'iduales reser'ados en el u!gado +los mismos eran poseídos por los

    miem&ros de la Asociación* En cuanto a los titulares registrales, muc3os están a

    2

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    nom&re de %amiliares o personas mu cercanas so&re los cuales no 3an podido

    %ormali!arse la imputación necesaria (ue los acredite como participantes de la

    agrupación*

    0oncluen (ue es importante destacar, entonces, como

    indicios generales los siguientes @a los &ienes esta&an &ao el uso, goce, tenencia o

    posesión de los miem&ros de la asociación ilícita) @& esta&an tam&i4n &ao el uso,

    goce, tenencia, posesión o dominio de terceras personas eBtremadamente cercanas a

    los miem&ros de la asociación) @c se o&tu'ieron en &ase a los allanamientos dirigidos

    a desarticular las acti'idades de la &anda en %unción de la e'idencia acumulada en el

    eBpediente (ue sir'ió de &ase para las condenas arri&adas) @d los titulares

    registrales amás solicitaron la de'olución de los &ienes secuestrados* Está claro (ue

    dic3as de'oluciones no se pidieron por(ue, sencillamente, no eran los due

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    c a de%ensa de 0ontreras, Rui!, .ustos -on!ale!

    sostiene (ue la %iscalía 3ace la presentación de manera unilateral) (ue el Tri&unal solo

    puede anali!ar decidir so&re los &ines (ue 3a&ían sido eBpresados en el proceso

    a&re'iado a (ue los otros no integraron el acuerdo) (ue la %iscalía perdió la posi&ilidad

    de pro&ar de (uien es cada &ien al acordar el proceso a&re'iado 3aciendo de laguna

    manera un desistimiento so&re los &ienes (ue podrían pertenecer a los condenados)

    (ue los &ines no son de sus clientes por lo (ue no le corresponde opinar si lotendrían (ue 3acer los titulares*

    d as de%ensas de Ariel 9aBimo 0antero @3, uan

    ;omingo Ramire! uan Ramire! 3acen una presentación en %unción del traslado

    corrido, 3aciendo 3incapi4 en (ue el tema del decomiso de &ienes a %ue tratado al

    entregarse algunos &ienes en los procesos a&re'iados) luego el distinguido

    representante opina so&re la teoría de los decomisos menciona el proecto de le

    (ue la pro'incia trata de impulsar, para luego mencionar, de%ender contradecir el

    pedido %iscal so&re el decomiso de un 'e3ículo @"eugeot 2$ dominio ::8+715 un

    inmue&le con edi%icación sito en calle Regimiento 11 N° 2=5 de esta ciudad, (ue se

    encuentran inscriptos a nom&re de 0laudio Ariel 0antero (uien se encuentra %allecido*

    En realidad se tomará en cuenta la opinión de los

    representantes legales dada sus traectorias aptitudes en relación al derec3o

    procesal penal) más en las cuestiones en (ue no se comparte su parecer se

    resol'erá con%orme a la del Tri&unal) en relación a los dos &ienes mencionados, si

    &ien el primero de ellos no cuenta con poder para representar a los 3erederos del%allecido 0laudio Ariel 0antero, igualmente se tratarán esos pedidos de decomisos

    como contrapartida tam&i4n se anali!aran las de%ensas eBpuestas por (uienes lo

    de%endieran en 'ida por tratarse de una circunstancia especial*

    ;esde a (ue no puede acogerse de ninguna manera las

    apreciaciones (ue 3acen so&re &ienes de terceros en los (ue los a&ogados no

    representan ni como de%ensores ni como patrocinantes por lo (ue en esos casos sus

    mani%estaciones/peticiones resultan improcedentes*

    =*+ Anlisis !e la sit"ación:

    En los %allos condenatorios productos de "rocesos A&re'iados dispuestos en la

    presente causa se determinó (ue “...Atento lo estipulado en el punto 7) del Acuerdo

    General arribado entre la Fiscalía, las Defensas y los imputados en el presente

     proceso, pospóngase el análisis y la decisión del destino de los efectos secuestrados

    4

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    inmuebles, muebles registrables y no registrables !ue se "an puesto a disposición de

    este #ribunal) para su oportunidad$ 

    No ca&en dudas (ue el decomiso de&e dictarse unto o

    luego de una sentencia condenatoria por su carácter de accesorio al principal*

    El 3ec3o (ue no se 3aa dispuesto el decomiso en las

    sentencias mencionadas en los procesos a&re'iados no eBiste pro&lema en (ue sedisponga con posterioridad siempre cuando sea dentro de un pla!o ra!ona&le*

    En este caso las mismas sentencias de procesos

    a&re'iados dieron pautas para (ue se analice se disponga @por acuerdo de parte o en

    %orma contro'ersial la %orma en (ue de&e resol'erse ese tema) aun(ue no es el caso

    de autos, igualmente el "ro% ;Galessio dice “%"abi&ndose omitido e'presamente la

    disposición del decomiso en la sentencia condenatoria, a!uel debe ser dictado dentro

    de un tiempo ra(onable ra(onabilidad !ue estaría dada, en todo caso, por el pla(o

     pre*isto para el dictado de la aclaratoria. +l fundamento de ello radica en !ue,

    "abiendo pasado un tiempo más !ue prudencial por eemplo seis meses) no puede

    supeditarse a la *oluntad del tribunal%H @0ód, "enal 0omentado * ;Galessio "arte

    -eneral, pag* 1=7*

    C*+ En esa inteligencia, se recopiló documental para

    %ormar incidentes relacionados +en este caso+ @&ienes mue&les registra&les e

    inmue&les (ue se encuentran secuestrados en el proceso con medidas cautelares de

    distinto tipo @secuestro, pro3i&ición de inno'ar, in3i&iciones (ue la %iscalía solicitó sudecomiso como se puede ad'ertir en los escritos presentados oportunamente*

    Es decir, de ninguna manera pereció la etapa o la %acultad

    de anali!ar resol'er la cuestión de los decomisos por(ue no est4 en el mismo

    pronunciamiento condenatorio @en la misma pie!a procesal) a (ue este Tri&unal se

    ocupó se preocupó de %ormar un IcontradictorioH con la petición de parte @%iscal el

    traslado a los representantes de los condenados, imputados terceros titulares

    registrales* Asi (uedó estipulado en el #"nto $% &te' ()* !el Ac"er!o +eneral !e los

    Procesos A)re,ia!os  (ue indicó “... b) se sustancien los respecti*os incidentes

    contradictorios ...$ 

    6&'iamente (ue ello surge una carga para la persona

    llamada a comparecer su inasistencia o su %alta de inter4s solo puede perudicar sus

    propios intereses, más no o&struir el %allo so&re los &ienes*

    5

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    5*+ El decomiso procede contra el Iproducto de la

    acti'idad delicti'aH al considerar el art* 2= del 0* "enal (ue comprende Ilas cosas o

    ganancias (ue son el producto o el pro'ec3o del delitoH* "or lo tanto, a&arca a las

    cosas (ue son deri'adas de la conducta delicti'a con'ertido o trans%ormado, al

    me!clado con otros &ienes al ingreso del producto o de su trans%ormación, si nos

    atenemos a la conceptuali!ación de la 0on'ención de la 6NJ* Anali!ando la anterior 

    redacción (ue utili!a&a el concepto de Ie%ectosH, (ue Ison cual(uier mercancía @legal oilegal en cuanto a su tenencia circulación o&tenida mediante el inusto, sea (ue se

    encuentre en el mismo estado o en otro di%erente @como 'alor de uso o de cam&io, o

    sea, (ue la mercancía se con'ierta en dinero u otro 'alor, o (ue con el dinero se

    ad(uiera mercancía u otro 'alor, o se trate de los e%ectos pro'enientes de un delito sin

    distinguir (ue sean los e%ectos inmediatos o mediatos del ilícitoH*

    Nos estamos re%iriendo al producto del delito como cosa u

    o&eto o&tenido por el 3ec3o puni&le, denominados clásicamente como los Kproducta

    scelerisG* El t4rmino e%ectos aludido en la redacción del art* 2= del 0ódigo "enal

    comprende al &ien o&eto del delito la %inalidad del decomiso es e'itar (ue el autor del

    delito se &ene%icie con los e%ectos pro'enientes de su o&rar ilícito -reus /anual de

    Derec"o 0enal pag. 123)4$, “/aría 5ulia Alsogaray$, #ribunal 6ral en lo -riminal 

    Federal ro. 8, 92:1:;

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     udicial de la compensación (ue se esta&leciera) así, el art* 17 de la 0*N* dispone (ue

    la con%iscación (ueda &orrada para siempre del 0ódigo "enal argentino*

    ;e ese modo, el decomiso como sanción penal (uedó

    limitado en el caso (ue nos ocupa+ a los Ie%ectosH del delito, t4rmino (ue %ue

    interpretado restricti'amente con algunas sal'edades como affaroniHAlagiaHloIar 

    en “Derec"o 0enal, 0arte General$, +diar, ;da. +dición, ?uenos Aires, ;

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    a --0, en el precedente “Alsogaray H sostu'o (ue I

    respecto del delito de corrupción, puede considerarse (ue el decomiso cumple una

    %unción reparatoria del da&lico, considerándose el comiso como una

    consecuencia accesoria de la condena* I#in em&argo, las tendencias actualmente

    dominantes en la luc3a contra delitos tales como el narcotrá%ico, el crimen organi!ado,

    los delitos cometidos por Asociaciones ?lícitas, incorporan nue'as sanciones dirigidas3acia el patrimonio del delincuente, en donde el decomiso constitue uno de los

    instrumentos más importantes* ;e&emos 3acer notar a(uí, (ue la política criminal más

    e(uitati'a e%ica! de los países en materia de recuperación de acti'os pro'enientes de

    conductas ilícitas, se orienta a3ora, no solamente 3acia acciones independientes o

    paralelas a la acción penal centrada en la condena, sino a eercitarlas en un ám&ito

    ci'il o administrati'o* "or otra parte, los re(uisitos para decretar el decomiso en

    numerosos países son menos eBigentes (ue para la condena penal, en otros es

    resultado de acciones independientes o paralelas al proceso penalH* apreocupación (ue su&ace a esta nue'a tendencia %ue la (ue guió, entre otros asuntos,

    la sanción de la 0on'ención de las Naciones Jnidas contra la 0orrupción @rati%icada

    por nuestro país, e N° 2$*7, del /$/$* El artículo ? esta&lece como una de sus

    %inalidades, promo'er, %acilitar apoar la cooperación internacional la asistencia

    t4cnica en la pre'ención la luc3a contra la corrupción, incluida la recuperación de

    acti'os*

    a re%orma introducida por la e de Otica ">&lica N°

    25*1MM en el conteBto del 0ódigo "enal más allá de las disposiciones a eBistentes

    en lees especiales+ implica una nue'a %orma de decomiso, sin peruicio de

    mantenerse su modalidad tradicional* "or una parte, pre'ió especí%icamente (ue la

    medida podía alcan!ar, más allá de los instrumentos o&etos del delito, Iel producto o

    pro'ec3oH deri'ado de 4ste @art* 2= del 0*"** "or la otra, se introduo en %orma

    contemporánea un nue'o supuesto al art* 2 del 0*"*, relati'o a los asuntos (ue puede

    a&arcar la sentencia de condena, la cual podrá ordenar +además de la indemni!ación

    del da

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    delito, en cuanto sea posi&le, disponiendo a ese %in las restituciones demás medidas

    necesariasH* El art* = del 0*"*, tam&i4n re%ormado, prescri&e a su 'e! un orden de

    prioridad para cu&rir Itodas las responsa&ilidades pecuniariasH, cuando los &ienes del

    condenado no %uesen su%icientes, entre las (ue inclue, en el inciso =, el decomiso del

    producto o el pro'ec3o del delito*

     A tra'4s de la re%orma de la e de Otica ">&lica se 3a

    positi'i!ado, como uno de los %ines de la actuación de la le material en %orma paralela

    a los perseguidos por la aplicación de una pena, la Ireposición al estado anterior a la

    comisión del delito, en cuanto sea posi&leH disponiendo a ese %in las restituciones

    demás medidas necesarias+) la nue'a redacción del art* 2= del 0*"*, en cuanto admite

    el decomiso del pro'ec3o del delito (ue 3u&iese &ene%iciado a los autores del delito o a

    (uienes o&tu'ieron &ienes sin (ue se acredite onerosidad o cuando los autores o

    partícipes 3u&iesen actuado como sus representantes, órganos o mandantes, no se

    re'ela 'iolatoria del derec3o de propiedad , en esta dirección, como una con%iscación

    pro3i&ida por la 0onstitución Nacional @art* 17 0*N** Es (ue su&ace a esta

    modi%icación la misma premisa so&re la (ue se apoa&a la redacción original del art* 2=

    del 0ódigo "enal (ue consiste en (ue la ad(uisición del derec"o de propiedad sólo

     puede responder a un usto título, mas no a un "ec"o ilícito. Esta concepción no sólo

    se deri'a de los principios generales del derec3o de las disposiciones del 0ódigo

    0i'il sino (ue tam&i4n se 3a positi'i!ado en el ám&ito internacional respecto del

    asunto (ue nos interesa, en el artículo =C de la 0on'ención citada, (ue compromete a

    los Estados parte* "or cierto (ue el decomiso, de&e estar precedido de un de&ido

    proceso ello, más allá de la %inalidad con (ue se acti'e en el caso concreto* En este

    sentido el comiso eBigen un uicio pre'io (ue, entre otras garantías, re(uiere el

    cumplimiento del derec3o a ser oído* P ello %ue lo (ue ocurrió en este espacio

     urisdiccional*

    0a&e sen la re%orma de la le 25*1MM, no 3a

    a&andonado del todo un r4gimen “in personam$  pero, a la 'e!, 3a introducido ciertos

    elementos Iin remH (ue trans%orman al decomiso en una medida 3í&rida* +l r&gimen

    actual conser*a la necesidad de !ue recaiga la condena de los autores o partícipes del 

    delito pero, como contrapartida, reconoce la posibilidad de !ue el decomiso alcance a

     personas no legitimadas pasi*amente en el proceso penal Jpersonas de e'istencia

    9

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    ideal o terceros, en los supuestos pre*istos por los párrafos 9> y 8> del art. ;9 del 

    -.0.H*

    El artículo =1 de la 0on'ención de las Naciones Jnidas

    dispone (ue I0uando ese producto del delito se 3aa trans%ormado o con'ertido parcial

    o totalmente en otros &ienes, 4stos serán o&eto de las medidas aplica&les a dic3o

    producto a tenor del presente artículo* 0uando ese producto del delito se 3aa

    me!clado con &ienes ad(uiridos de %uentes lícitas, esos &ienes serán o&eto de

    decomiso 3asta el 'alor estimado del producto entreme!clado, sin menosca&o de

    cual(uier otra %acultad de em&argo pre'enti'o o incautación* os ingresos u otros

    &ene%icios deri'ados de ese producto del delito, de &ienes en los (ue se 3aa

    trans%ormado o con'ertido dic3o producto o de &ienes con los (ue se 3aa

    entreme!clado ese producto del delito tam&i4n serán o&eto de las medidas pre'istas

    en el presente artículo, de la misma manera en el mismo grado (ue el producto del

    delitoH* AFFA=6B, +ugenio AKAGBA, Aleandro K6LA=, Aleandro, Derec"o

    0enal, ob. cit, p. 89). 

    0omo se adelantó la norma tiene su &ase en el sentido

    4tico (ue de&e tener la misma para impedir (ue el autor del ilícito pueda seguir 

    dis%rutando de lo (ue por 4l o&tu'o, a (ue carecería de sentido imponer la pena

    permitir (ue el delito siga produciendo sus e%ectos* Tam&i4n * FederiQ se inclina por 

    esta solución a (ue los Ke%ectos del delito podrían, de lo contrario, ser trocados

    escapar a la pre'isión legal (ue por otra parte no restringe el signi%icado de la pala&ra

    e%ectos el o&eto ad(uirido por el delincuente con la enaenación de lo ro&ado no deade ser un producido del delitoG -ódigo 0enal, análisis doctrinario y urisprudencial$ 

    0arte General B Eammurabi 27, pag. 92;)$, “/aría 5ulia Alsogaray$, #ribunal 6ral en

    lo -riminal Federal ro. 8, 92:1:;

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    K'ínculo de atri&uciónG de dic3as cosas a la %igura típica la no KaenidadG del titular del

    dominio de ellas con el accionar delicti'o, lo (ue constituirá cuestiones de 3ec3o (ue

    de&erán ser pro&adas su%icientemente en sede udicialH ?MKB# G6NB, =oberto, Key 

    ;1.321O =eformas al decomiso y encubrimiento).

    "rocede el decomiso contra terceros (ue 3an ad(uirido el

    producto de una acti'idad ilícita a título gratuito o camu%lado en una operación

    comercial %icticia* Esto se sustenta en el principio ci'ilista del nemo plus iuris, por el

    cual el ad(uirente no puede ad(uirir un derec3o más eBtenso (ue el tradente) en este

    caso, 4ste >ltimo no poseía legitimidad en su titulo* Ka procedencia de la medida

    contra terceros es admisible constitucionalmente, ya !ue no tiene función puniti*a, de

    lo contrario, afectaría el principio de intrascendencia de la pena.

    0omo se 'erá en los casos en particular, eBisten terceros

    titulares registrales de &ienes mue&les e inmue&les (ue no 3an sido condenados ni se

    encuentra imputados en esta causa) sin em&argo ello no imposi&ilita (ue se prue&e(ue no son compradores de &uena %e, por tanto suetos a decomisos*

    Duienes sostienen (ue el tercero titular registral es

    intoca&le en relación a los &ienes, peca de ingenuo en %unción de las acciones (ue

    desarrollan los grupos organi!ados para cometer delitos) en el tipo penal de Asociación

    ?lícita +a 3a once condenados en la presente causa+ sus autores participes

     ustamente lo (ue no (uieren es demostrar sol'encia (ue no pueden usti%icar con

    ingresos lícitos) sí en cam&io IlimpianH sus ingresos espurios mediante estas

    ad(uisiciones la inter'ención de Itesta%errosH*

    P entonces utili!an %amiliares, allegados amigos para

    (ue con la pantalla de Iterceros compradores de &uena %eH intentan (ue sus &ienes

    (ueden a resguardo de la acción del Estado* "ues &ien, este Tri&unal entiende

    +doctrina urisprudencia maoritaria proectos de le pro'incial tam&i4n+ (ue los

    terceros (ue son allegados, parientes, amigos o relacionados de alguna manera con

    los condenados, (ue además, no pueden usti%icar (ue tengan un patrimonio como

    para sostener esas ad(uisiciones @compro&ados con inscripciones en A%ip) Api,9uncipalidad, .ancos, comerciantes, empleos, titulares de otros &ienes, etc no son de

    ninguna manera de I&uena %eH entonces a3í es donde el Estado de&e inter'enir para

    (ue el delito no &ene%icio ustamente a (uienes lo cometieron*

    Tampoco resulta apropiado sostener (ue por(ue se

    e%ectuó un proceso a&re'iado, el uicio propiamente dic3o no se reali!ó por tanto no

    3u&o oportunidad de contradecir a la %iscalía cuando pide los decomisos) por(ue en

    11

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    ese sentido este Tri&unal %ue mu cuidadoso en primer lugar deó dic3o en a(uellos

    pronunciamientos (ue el tema de los &ienes sería receptado en un nue'o a&re'iado o

    en un incidente contradictorio posterior) esto ultimo %ue lo (ue ocurrió, es decir se

    contrapuso el pedido %iscal a todas cada una de las personas in'olucradas en el

    proceso @condenados, imputados, terceros (uienes tu'ieron la oportunidad de

    contraponer sus pretensiones ser oídos*

    7*+ Deco'iso l"e.o !e sentencia #enal  6tra cuestión a

    considerar tiene (ue 'er con (ue si para decomisar resulta necesario una sentencia

    penal* El art* 2= del 0" no estipula la necesidad de (ue 3aa sentencia penal para (ue

    proceda la medida de decomiso*

     Antes de entrar en el tema en el caso de autos en las

    sentencias condenatorias de los procesos a&re'iados dispuestas oportunamente @en

    %ec3a 1 de 6ctu&re del 215, mediante los Fallos N° 2$2 al 272 inclusi'e, se condenó

    mediante "roceso A&re'iado a los coimputados "atricia 0elestina 0ontreras, #usanaEstela Alegre, -isela 0arolina Eli!a&et 8ilc3es, Angel 9anuel Antonio 8illa, 0ristián

    :ernán .ustos, uan 9arcelo 9aciel, uan ;omingo Argentino Ramire!, uciano

    Rodrigo Ramos, 9ariano :ernán Rui!, 9iguel Angel 8ilc3es Nor&erto Aleandro

    -on!ale! respecti'amente por el 3ec3o de ser considerados penalmente responsa&les

    de participar como miem&ros e integrantes de una Asociación ilícita con%orme lo

    esta&lece el artículo 21 primer párra%o del 0ódigo "enal, se deó en claro (ue I***

     pospóngase el análisis y la decisión del destino de los efectos secuestrados

    inmuebles, muebles registrables y no registrables !ue se "an puesto a disposición deeste #ribunal) para su oportunidad...$ por lo tanto este pronunciamiento debe

    considerarse como un complemento de a!uel.

    :asta antes de la re%orma del art* 2= se 3a&ía

    considerado (ue la regulación sólo esta&lecía (ue se podía proceder con el decomiso

    tras producida la sentencia* A partir del art* 2= nue'o, no ca&en dudas de (ue el

    decomiso de&e decidirse en todos los casos en (ue recaese condena, cual(uiera

    sea la (ue 3aa sido impuesta @pri'ati'a de la li&ertad e%ecti'a o condicional+ multa o

    in3a&ilitación* Toda sentencia de condena está o&ligada a decidir el decomiso de las

    cosas (ue 3aan ser'ido para cometer el 3ec3o, la de las cosas o ganancias (ue

    sean producto o pro'ec3o del delitoH, 0alacio Kae, -arlos, Decomiso y encubrimiento

    atenuado comentario a la ley ;1.321), Ks Key

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    13/86

    castigado por el Estado, resulte un remanente de lucro para el delincuenteH, ?ulit 

    GoPi, =oberto, Key ;1.321O =eformas al decomiso y encubrimiento)

    Jna medida de decomiso de&e ser re(uerida en el

    proceso +como en este caso %ue pedida a tra'4s del 9inisterio "u&lico Fiscal+ %ue

    argumentada 3a sido %undada eBpresamente, con la %inalidad de (ue al momento de

    decidir no se 'ulnere sustancialmente el de&ido proceso pro'o(ue un Iestado de

    sorpresaH al decidirse de o%icio. 0ara ello se trasladó el pedido a las demás partes

    interesadas*

    #in em&argo eBisten otras disposiciones del 0ódigo "enal

    en donde se admite la aplicación de la medida del decomiso antes o sin el dictado de

    una sentencia penal, lo cual, con%irma dogmáticamente (ue puede 3a&er posiciones

    encontradas so&re el re(uisito de condena pre'ia penal* 0a&e citar el art* 7$ &is

    regulador de la Isuspensión de uicio a prue&aH (ue esta&lece el de&er del imputado de

    a&andonar a %a'or del Estado los &ienes (ue presumi&lemente resultaríandecomisados en caso (ue recaera condena* T4ngase en cuenta (ue este instituto de

    la pro&ation, pre'isto en el art 7$ ss*, suspende la acción penal de darse los

    re(uisitos, puede implicar la eBtinción de la misma* ;e modo (ue la le penal, 3a&ilita a

    la aplicación de la medida de decomiso, incluso cuando resulte suspendida

    posteriormente eBtinguida la acción penal* En consecuencia, procede la medida pese a

    no 3a&erse dictado sentencia condenatoria, ni 3a&erse acreditado la autoría del 3ec3o*

    #ólo se eBige cierta presunción de (ue los &ienes serían decomisados, lo (ue se

    re%iere a (ue les resulta aplica&le alguno de los supuestos (ue 3acen procedente lamedida de decomiso* ;e&e tenerse en cuenta (ue en materia del R4gimen "enal de

    Estupe%acientes, se pre'4 la posi&ilidad de decomisar en el proceso udicial sin

    necesidad del dictado de una sentencia penal condenatoria* Al respecto, el art* = de

    la le 2=*7=7 esta&lece (ue Iel ue! dispondrá la destrucción, por la autoridad

    sanitaria nacional, de los estupe%acientes en in%racción o elementos destinados a su

    ela&oración a no ser (ue pertenecieren a un tercero no responsa&le o sal'o (ue

    puedan ser apro'ec3ados por la misma autoridad, deando eBpresa constancia del uso

    a atri&uirles*

    Es decir (ue si &ien eBisten supuestos en donde no

    resulta como re(uisito indispensa&le la necesidad de una sentencia condenatoria,

    @como en los dos eemplos comentados en nuestro caso no e'iste tal contrapunto ya

    !ue se *erifican once fallos condenatorios a los imputados por el delito de Asociación

    Blícita !ue ya se encuentran firmes y con la promesa de decisión del destino de los

    efectos secuestrados para su oportunidad.

    13

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    14/86

    ;e ninguna manera este Tri&unal está aplicando una pena

    @accesoria de una principal como es el decomiso sin sentencia pre'ia) el 3ec3o (ue

    alguno de los &ienes %uera decomisados pertene!can a terceras personas, no impide

    (ue el &ien @o&eto pueda ser Iproducto de la acti'idad ilícita de la organi!aciónH (ue

    integraron los condenados "atricia 0elestina 0ontreras, 0ristian :ernan .ustos,

    9ariano :ernan Rui!, Nor&erto Aleandro -on!ale!, 9iguel Angel Al&erto 8ilc3es,

     Angel Antonio 9anuel 8illa, -isela 0arolina Eli!a&et 8ilc3es, #usana Estela Alegre,uan ;omingo Argentino Ramire!, uan 9arcelo 9aciel uciano Rodrigo Ramos*

    Estas personas 3an sido condenadas por Asociación

    ?lícita por 3a&erse con%ormado para cometer delitos, siendo el grupo esta&le dotada

    de permanencia en el tiempo) los %rutos pecuniarios de esa organi!ación están

    eBpuesto en este proceso de manera clara, a (ue casi ninguno de ellos tenía

    sol'encia como para ad(uirir &ienes inmue&les o mue&les registra&les por(ue así lo

    demuestran los in%ormes de los distintos organismos estatales (ue %ueron consultados)

    esos %rutos con patrimonio ilegal no solo recalaron en Itesta%errosH utili!ados por los

    condenados para ocultar los &ienes a su nom&re, sino (ue, además, %ueron puestos

    tam&i4n a nom&re de personas distintas a los condenados por a%inidad o parentesco*

    "ara ser más concreto los %rutos ilícitos del clan están

    esparcidos en &ienes a nom&re de los condenados, de los pró%ugos de terceras

    personas Itesta%errosH (ue de ninguna manera %ueron acreditados compradores de

    &uena %e* "or ello no necesariamente resulta menester (ue todos los acusados est4n

    condenados para (ue el Estado tome los &ienes @a eBcepción de los pró%ugos, por(ueno son de ninguno en particular sino de todos en ese sentido de los condenados) por 

    ende proceden los decomisos*

    M*+ Nor'ati,a A#lica)le Nuestro país 3a participado en

    di'ersos tratados compromisos internacionales con relación a las acciones

    necesarias (ue los Estados de&en adoptar para lograr la identi%icación de &ienes el

    recupero de acti'os de origen ilícito* Entre ellos se destacan la 0on'ención de las

    Naciones Jnidas contra el Trá%ico ?lícito de Estupe%acientes sustancias "sicotrópicas

    @apro&ada por le 2C*72, la 0on'ención ?nteramericana contra la 0orrupción

    @apro&ada por le 2C*75, la 0on'ención ?nternacional 0ontra la ;elincuencia

    6rgani!ada Transnacional sus protocolos complementarios @apro&ada por le

    25*$=2, la 0on'ención ?nteramericana contra el Terrorismo @apro&ada por le 2$*2=

    la 0on'ención de las Naciones Jnidas contra la 0orrupción @apro&ada por le

    2$*7*

    14

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    15/86

    ?d4ntica actitud %ue asumida a tra'4s de la participación

    directa de la Argentina en distintos %oros internacionales, como el -rupo de los 2 @-+

    2 el -rupo de Acción Financiera so&re el &lan(ueo de capitales @ GAFB:FA#F),

    GAFBMD, entre otros.

    En el ordenamiento urídico interno son numerosas las

    normas (ue regulan la incautación posterior decomiso de los &ienes in'olucrados a

    acti'idades delicti'as durante el proceso penal*

    Pa se 3a a'an!ado en el análisis del art 2= del 0* "enal

    modi%icado en el (ue con o sin sentencia condenatoria pre'ia, se 3a&ilita al decomiso

    del producto del delito en sentido amplio como lo es para nuestro caso el delito de

     Asociación ?lícita*

    EBisten tam&i4n normas (ue esta&lecen la creación de

    registros para &ienes especí%icos, como la le 25*=M (ue crea el Registro Nacional de

     Armas de Fuego materiales controlados, secuestrados o incautadas dispone la

    o&ligación de inscri&ir los datos de las armas demás materiales secuestrados por el

    "oder udicial nacional pro'incial, las distintas %uer!as de seguridad*

    El comiso de las ganancias pro'enientes del delito, sir'e

    para resta&lecer el orden económico, pues como se

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    16/86

    El decomiso en poder de terceros se 'e con%irmado por la

    regulación del art 2= del 0", a (ue se admite (ue la medida proceda contra los

    terceros, (ue no pueden ad(uirir un derec3o más eBtenso (ue el ItradenteH* "or ello la

    medida ad(uiere carácter Iin remH, pudiendo perseguir al &ien, independiente de su

    tenedor +a menos (ue sea de &uena %e+ no siendo aplica&le la limitación del principio

    de intrascendencia de la pena*

    "or otra parte tampoco resulta necesario (ue se decomise

    los mismos o&etos (ue son producto del delito para ello podemos asentarnos en el

    %allo de la 0ámara Nacional de Apelaciones en lo "enal Económico (ue entendió (ue

    “% tanto los instrumentos del delito cuanto “los efectos pro*enientes$ del mismo

     pueden e*entualmente ser sustituidos, recayendo el decomiso en tal caso, sobre los

    elementos !ue lo reempla(an%$ -am 0 +conm, ala BBB, 232, “Flageat, Alberto +,,

    5A, 23;.BBO91, +D1O@nico pro&lema suscitado con el decomiso de &ienesen orden a la comisión de un delito en el (ue se encuentra pro&ado el incremento

    patrimonial de &ienes (ue 3an sido colocados en titulo de terceros es si alguna de esas

    acciones puede constituir una con%iscación*

    ?nduda&lemente (ue si %uera así, la conducta reproc3a&le

    no lle'aría como consecuencia el decomiso sino una inusticia puesto (ue no pueden

    asimilarse los t4rminos mencionados* 0on%iscación decomiso son dos %iguras

     urídicas a%ines, pero con características propias (ue las distinguen* "or la primera,

    de&e entenderse la apropiación 'iolenta por parte de la autoridad, de la totalidad de los

    &ienes de una persona o de una parte signi%icati'a de los mismos, sin título legitimo

    sin contraprestación, pena (ue se encuentra pro3i&ida por nuestra 0onstitución

    Nacional) en tanto (ue la ultima es a(uella (ue se impone a titulo de sanción, por la

    reali!ación de actos contra el tenor de lees pro3i&iti'as (ue se reduce a los &ienes

    (ue guardan relación con la conducta (ue se castiga, o sea, los (ue 3an sido utili!ados

     como en el caso (ue nos ocupa+ como %ruto de actos ilícitos*

     A tal e%ecto se esta&lece una presunción, entendi4ndose(ue pro'iene de la acti'idad delicti'a, el patrimonio de todas cada una de las

    personas condenadas por delitos o de personas interpuestas (ue se prestan con

    conocimiento o sin ello+ cometidos en el seno de la organi!ación o grupo criminal, cuo

    'alor sea desproporcionado con respecto a los ingresos o&tenidos legalmente por cada

    una de dic3as personas*

    16

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    17/86

    0on respecto a la presunción de procedencia ilícita 3a

    (ue dear en claro (ue la incorporación de la presunción legal no a%ecta en sí misma al

    derec3o %undamental a la presunción de inocencia, por cuanto se trata de una

    presunción (ue no incide ni en el n>cleo de la acción delicti'a o&eto del enuiciamiento

    ni en la imputación de dic3a acción a personas determinadas, operando respecto de

    personas condenadas en un proceso penal tramitado con todas las garantías en las

    (ue el imputado /o los terceros denominados Iprestanom&resH 3a podido eercer de&idamente su derec3o a de%enderse de las acusaciones %ormuladasH por lo (ue sus

    consecuencias Ison eBclusi'amente de carácter patrimonial económico, deri'adas en

    todo caso de la acreditación de la comisión de acti'idades ilícitas relacionadas con el

    crimen organi!ado, siendo además suscepti&le de ser ener'ada mediante prue&a en

    contrario (ue acredite o usti%i(ue el origen lícito del patrimonio cuestionado*

    0a&e asimismo tener por reproducidas a(uí, las

    re%erencias e%ectuadas más arri&a con respecto a la posición del Tri&unal Europeo de

    ;erec3os :umanos al Tri&unal 0onstitucional espa

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    18/86

    organi!ación, sin necesidad de tener (ue pro&ar la e%ecti'a participación @en sentido

    t4cnico+penal del poseedor de los mismos en un acto delicti'o concreto* Es decir el

    tercero puede o no ser participe o encu&ridor, a (ue lo >nico (ue se necesita para

    decomisar &ienes en su poder es una relación causa+e%ecto entre los integrantes de la

    organi!ación el tercero, (ue se descarte su &uena %e*

    El decomiso de &ienes de terceros se recoge

    eBpresamente en el art* $ de la ;irecti'a 21C/C2 de Jnión Europea @JE,

    esta&leciendo lo siguiente

    “2. Kos +stados miembros adoptarán las medidas necesarias para posibilitar el 

    decomiso de productos del delito u otros bienes cuyo *alor corresponda a productos

    !ue, directa o indirectamente, "ayan sido transferidos a terceros por un sospec"oso o

    un acusado, o !ue "ayan sido ad!uiridos por terceros de un sospec"oso o un

    acusado, al menos cuando esos terceros tu*ieran o "ubieran debido tener 

    conocimiento de !ue el obeti*o de la transferencia o ad!uisición era e*itar el decomiso, basándose en "ec"os y circunstancias concretas, entre ellas la de !ue la

    transferencia o ad!uisición se "aya reali(ado gratuitamente o a cambio de un importe

    significati*amente inferior al *alor de mercado$.

    Tam&i4n se 3a aclarado la situación de los titulares de los

    &ienes mue&les registra&les (ue 3an sido &ene%iciados con la titularidad del dominio

    estando en estado de matrimonio) en ese sentido la urisprudencia nacional tam&i4n

    a'ala el decomiso como por eemplo en el %allo (ue re!a I*** tampoco puede prosperar 

    el otro aspecto del planteo del recurrente* Esto es, el relati'o a (ue el 'e3ículo

    decomisado constitue un &ien ganancial, la esposa del encartado, completamente

    des'inculada de la comisión del ilícito atri&uido a su marido* En ese sentido, esta #ala

    3a se

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    19/86

    e%ectos deri'ados de la pena impuesta a su maridoH* @Tri&unal #uperior de usticia,

    12/7/27*12 de ulio de 27*

    1*+ Testaferros:

    En el análisis glo&al del pedido %iscal de decomiso de

    o&etos secuestrados a condenados o en ocasión de secuestros relacionados con los

    mismos, aparecen %iguras (ue la doctrina los 3a dado en llamar Itesta%errosH*

    El llamado testa%erro u I3om&re de paaH es a(uel (ue

    Ipresta su nom&re en un IcontratoH o un IregistroH so&re una transacción (ue en

    realidad es de otra personaH) es decir el (ue tiene el dominio real de la cosa, no está

    interesado en aparecer ante terceros como su duen tipo

    delicti'o en particular, sin peruicio de la credi&ilidad de&ilitada de sus apreciaciones)

    dic3a %alta de pro&a&ilidad (ue 3i!o (ue tales personas no llegaron a uicio*

    ;esde una perspecti'a dogmática, no dea de resultar 

    eBtra

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    una conducta antiurídica solo por la circunstancia de (ue dic3o conocimiento no 3aa

    llegado a concretarse en la representación de los elementos del particular tipo delicti'o

    e%ecti'amente reali!ado) es decir eBiste la duda so&re la posi&ilidad de acusar a estas

    personas por ausencia de tipicidad su&eti'a*

    a acti'idad pro&atoria de la eBistencia de testa%erros

    tiene lugar en una 'ariedad de circunstancias (ue se pueden de%inir con%orme el caso

    concreto, pero (ue en general se relacionan con

    • 8ínculo de parentesco estrec3o

    • 8ínculo de amistad*

    • Relación concu&inaria

    • ?mposi&ilidad económica del comprador para ad(uirir el &ien (ue aparece

    'endido a su nom&re*

    • a ignorancia del origen de los %ondos para pagar el precio*

    • a permanencia en la posesión del &ien 'endido a pesar de los contratos o

    inscripciones a nom&re del comprador %icticio*

    • El acto de escrituración no eBistiendo &oleto o pre+contrato*

    • El precio 'il*

    • as circunstancias singulares (ue rodearon al acto*

    as posi&ilidades (ue se dan en estos o&rados so&re el pedido %iscal estatal dedecomisar &ienes mue&les registra&les e inmue&les tiene lugar en %unción a (ue los

    primeros se encuentran secuestrados con medidas cautelares desde la ?nstrucción

    los segundos están sus titulares registrales in3i&idos con medidas de no inno'ar 

    respecto a los inmue&les*

    En 'erdad se dan di%erentes supuestos en lo (ue re%iere a automotores (ue de&en ser 

    'alorados por separado por cuanto eBisten distintas categorías de Titulares Registrales

    a "ersonas titulares registrales (ue 3an sido condenados por sentencia %irme*

    & "ersonas titulares registrales con procesos en trámite*

    c "ersonas titulares registrales en Re&eldía pró%ugos con pedidos de captura*

    d "ersonas titulares registrales ad(uirentes a título oneroso supuesto testa%erro*

    e "ersonas titulares registrales ad(uirentes a título gratuito supuesto testa%erro*

    20

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    % "ersonas titulares registrales terceros citados no comparecidos por su propia

    'oluntad*

    g "ersonas titulares registrales terceros a (uienes se les en'ió c4dula no

    comparecieron por su propia 'oluntad*

    En relación a los primeros a no eBisten dudas (ue pro&ada la 'inculación no eBisten

    incon'enientes para decomisar) en cuanto a los & si los 3u&iera 3a&rá (ue esperar 

    (ue se resuel'a su situación procesal) en relación a los c 3a&rá (ue esperar (ue sean

    capturados o se presenten para (ue eer!an el derec3o a ser oído) por cuanto a los d

    e 3a&rá (ue determinar si 3an sido compradores de &ueno o mala %e si se los

    puede catalogar de Itesta%errosH) %inalmente los % g los mismos 3an sido llamados

    a concurrir en %orma %e3aciente no eercieron el derec3o de ser oídos o 3acer 'aler 

    sus derec3os*

    11*+ Material "tili0a!o #ara fallar: "ara llegar a las

    conclusiones eBpuestas, se tu'o en cuenta a la promesa dada en los %allos de losprocesos a&re'iados con condenas para once de los procesados por el delito de

     Asociación ?lícita oportunamente dictados) & los in%ormes t4cnicos el

    entrecru!amiento indi'idual de personas de la #u&secretaria de ;elitos Económicos

    dependiente del 9inisterio de #eguridad de la "ro'incia de #anta Fe a cargo de la ;ra*

    9argarita Va&al!a en el cual se consideraron legaos indi'iduales de los procesados

    con el detalle de los Registros /u organismos Nacionales) c @#istema de ?denti%icación

    Nacional Tri&utaria #ocial +#?NTP#+, d la Administración Federal de ?ngresos

    ">&licos +AF?"+) e la Administración Nacional de la #eguridad Nacional +AN#E#+, % el?nstituto Nacional de Asociati'ismo Economía #ocial +?NAE#+* g el .anco 0entral de

    la Rep>&lica Argentina +.0RA+, 3 la Jnidad de ?n%ormación Financiera +J?F+, i los

    registros /u organismos "ro'inciales 9unicipales, la Administración "ro'incial de

    ?mpuestos +A"?+, Q el Registro de la "ropiedad ?nmue&le de la "ro'incia de #anta Fe,

    l el Registro ">&lico de 0omercio, ll la 9unicipalidad de Rosario @#ecretaria de

    -o&ierno de #er'icios ">&licos, m entidades pri'adas como a #egunda

    0ooperati'a imitada de #eguros -enerales, 0redisol #R, n entidades %inancieras,

    Taretas de 0r4dito 0olegios pro%esionales*

     A su 'e! %ueron anali!ados los lugares donde %ueron

    incautados los &ienes la posesión de los mismos en esa oportunidad) como así

    tam&i4n las relaciones parentales, de amistas de co+delincuencia entre las personas

    condenadas con el delito atri&uido IAsociación ?lícitaH de ello +en algunos casos+ la

    registración de los &ienes registra&les a nom&re de Itesta%errosH o Iprestanom&resH

    I3om&res de paaH (ue se e'idencian palmariamente para eludir por parte de sus

    21

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    22/86

    'erdaderos propietarios o compradores de la acción de la usticia, como así tam&i4n de

    la acción de los entes administrati'os del "oder Eecuti'o*

    12*+ Pa"tas referenciales: El "oder Eecuti'o presentó

    en la legislatura pro'incial un I"roecto de le de ;ecomisoH (ue puede ser utili!ado

    como doctrina o para utili!ar un t4rmino más concreto podemos denominarlo como

    “pautas referenciales$  para a'alar este decisorio*

    En resumen el material (ue se encuentra rele'ando las

    autoridades eecuti'as permite identi%icar em&argar, in3i&ir tra&ar la posi&ilidad de

    (ue se desprendan de los &ienes las personas (ue se están in'estigando o por 

    in'estigar @como ocurrió con los titulares de los inmue&les de esta causa) la posi&ilidad

    de decomiso sin condena como lo plantea el art* 2= =5 del 0odigo "enal en

    consonancia con el 275 del Nue'o 0ódigo "rocesal "enal de la Nación, siendo esta

    propuesta de legislación pro'incial armónica con la normati'a internacional*

    #ostiene (ue en la in'estigación u!gamiento de la

    delincuencia organi!ada, la identi%icación de los &ienes derec3os patrimoniales

    producto o e%ecto de un delito, resulta cla'e para neutrali!ar el a'ance de las

    organi!aciones criminales*

    1=*+ Entrando en la 'aloración propiamente dic3a del

    pedido %iscal en cuanto al decomiso de los 'e3ículos e inmue&les (ue menciona en sus

    escritos de presentación ampliación, resulta apropiado entonces, en %unción de los

    argumentos antes presentados, anali!ar caso por caso para decidir el destino %inal dedic3os &ienes

    1C*+ /ienes M"e)les:

    1% Ve1&c"lo: C"atriciclo 2o"rtrac3 +1i..eri color ne.ro4

    L".ar !e sec"estro: "e* 0asal =7C de Rosario*

    2ec1a: $*$*1=

    Tit"lar Re.istral: #in registro* No 3a presentación de %actura de compra, ni cesión de

    derec3os*

    Vinc"lación:  Acta de allanamiento de %s* C=M, cuerpo 1M, siendo el lugar en donde

    residen los I9aradonaH, (uienes seg>n los in%ormes agregados al proceso eran

    cercanos a Ramón E!e(uiel I9onc3iH 9ac3uca*

    Es de destacar (ue el día anterior el 0omisario Adrián Forni de las T6E, reci&ió un

    llamado tele%ónico de una persona (ue no se (uiso identi%icar e indicó (ue en el lugar 

    22

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

    23/86

    esta&a el apodado I-uilleH 0antero, lo (ue generó el procedimiento) aclarándose (ue al

    momento de la reali!ación del mismo, se dea constancia en el acta la nota de

    Rastros N° 1M5/1= se pudo esta&lecer (ue se encontraron 3uellas de Ariel 9áBimo

    0antero I-uilleH en el lugar* En este domicilio tam&i4n se secuestraron otros 'e3ículos*

    Esa presencia los moradores 4ndose al mismo momento en (ue llega&an los

    %uncionarios policiales indican (ue e%ecti'amente el dato era certero en cuanto al

    acusado 0antero su relación de cercanía con la Asociación ?lícita los condenados

    en el proceso a&re'iado por ende la tenencia del cuatriciclo (ue se estima proceder 

    al decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: Nadie lo 3a reclamado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    2 Ve1&c"lo: Motocicleta 'arca 5on!a C/R 6 !o'inio 789DA5

    L".ar !e sec"estro: "e* 0asal =7C de Rosario*

    2ec1a: $*$*1=

    Tit"lar Re.istral: Al&erto Ru%ino Alegre*

    Vinc"lación:  Este 'e3ículo %ue secuestrado en los mismos t4rminos de el anterior 

    descripto en el apartado a con los mismos %undamentos*

    "edido de de'olución e%ectuado por :ugo Fernando una denegado por 

    inconsistencias mani%iestas) entre otros por(ue Alegre @el titular registral testimonia

    (ue se la 'endió a angelotti (uien dice (ue la 'endió pero no %ormali!ó la inscripción

    dominial además, (ue cada 'endedor es IamigoH del comprador por &oleto* @'ale

    recordar (ue esta persona una+ tam&i4n re(uirió la de'olución del 8S .ora dominio

    -TVM7 Toota :iluB dominio -SN 57 tam&i4n denegados, (ue son los tres

    'e3ículos secuestrados en dic3o domicilio) estas inconsistencias cercanías con los

    condenados pró%ugos la %alta de patrimonio para tener una pluralidad de 'e3ículos

    por parte de una, indican a las claras (ue la moto resulta un pro'ec3o de las

    acti'idades ilícitas del grupo in'estigado condenado por tanto corresponde a

    decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado en el plenario*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    = Ve1&c"lo: V; /ora 6 !o'inio +T

    23

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    L".ar !e sec"estro: "e* 0asal =7C de Rosario*

    2ec1a: $*$*1=

    Tit"lar Re.istral: 9aria 0ristina 0arri!o uan Antonio .ordato

    Vinc"lación: El lugar del secuestro es el mismo de los 'e3ículos anteriores en la

    propiedad (ue 3a&ita&a el llamado I9aradonaH) el se

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    secuestros) ello la relación de 'inculación entre (uienes mora&an la 'i'ienda el

    grupo organi!ado criminalmente autori!an el decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado en el plenario*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    5 Ve1&c"lo:  Moto 5on!a Torna!o Do'inio $B9+XX4

    L".ar !e sec"estro: Rueda 1MM de Rosario

    2ec1a: C*$*1=

    Tit"lar Re.istral: uan 0arlos Ramire! @padre del condenado @%s* 2C del legao

    "ersonal de ; Ramire!

    Vinc"lación: 6rden de allanamiento N° 125 %ec3a C de unio del 21= @constancias %s*

    CC1 del cuerpo 1M en el domicilio (ue seg>n el in%orme de la #u&secretaria de ;elitos

    Económicos dependiente de la #ecretaría de ;elitos 0ompleos del 9inisterio de

    #eguridad de la "ro'incia de #anta Fe, sería de uan ;omingo Argentino Ramire!

    +persona (ue de los in%ormes agregados al proceso acompa

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    El &ien es parte de los &ienes registra&les de la organi!ación, titulari!ado

    registralmente por Itesta%errosH en este caso el padre del condenado+ por lo tanto

    corresponde a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    $ Ve1&c"lo:  Motocicleta 5on!a C/X Tister 79> cc Do'inio = +IN

    L".ar !e sec"estro: Rueda 1MM de Rosario

    2ec1a: C*$*1=

    Tit"lar Re.istral: ;iego Andr4s #errano

    Vinc"lación: 6rden de allanamiento N° 125 %ec3a C de unio del 21= @constancias %s*

    CC1 del cuerpo 1M en el domicilio (ue seg>n el in%orme de la #u&secretaria de ;elitos

    Económicos dependiente de la #ecretaría de ;elitos 0ompleos del 9inisterio de

    #eguridad de la "ro'incia de #anta Fe, sería de uan ;omingo Argentino Ramire!

    +persona (ue de los in%ormes agregados al proceso acompanico %acultado para re(uerir la restitución de

    las dos opciones para ello no toma ninguna a decir a (uien se la 'endió @no sa&e)

    & no le interesa la moto) esta lo rese

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    7 Ve1&c"lo: Motocicleta Ya'a1a I/R 79 cc Do'inio $>>+/L

    L".ar !e sec"estro: Rueda 1MM de Rosario

    2ec1a: C*$*1=

    Tit"lar Re.istral: Al&a -raciela 0a&ral

    Vinc"lación: En posesión de Ramire! a (ue %ue secuestrada en su domicilio sindocumentación alguna ni elementos de uicio (ue permitan %undamentar tal tenencia

    (ue no sea la ilícita en orden a las características del tipo penal seleccionado para los

    condenados*

    El testimonio de la titular registral 0a&ral re%iere (ue e%ectuó la 'enta a una persona de

    (ui4n no recuerda datos)

    En el legao se ad'ierte (ue la denuncia de 'enta e%ectuada por la titular eBpresa (ue le

    %ue 'endida a RoBana Eli!a&et 9aciel (uien es la esposa de uan ;omingo Ramire!*

    Es decir %ue comprada por la muer del condenado) ello demuestra la 'inculación

    directa del &ien de uno de los integrantes de la organi!ación criminal por tanto %orma

    parte de la empresa patrimonial ilícita correspondiendo a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    M Ve1&c"lo: A"to'ó,il 2or! 2oc"s Do'inio FRL>=7

    L".ar !e sec"estro: Rueda 1MM de Rosario

    2ec1a: C*$*1=

    Tit"lar Re.istral: "a&lo Andres Fernande!

    Vinc"lación: Automó'il (ue tam&i4n %uera secuestrado en el marco del allanamiento

    en calle Rueda donde se secuestraran las motocicletas indicadas precedentemente

    remiti4ndonos a ello*

    #e acreditó (ue el titular registral es "a&lo Andr4s Fernande!) el in%orme de dominio

    indica (ue en %ec3a $*12*12 3a una denuncia de 'enta 3acia 9aBimiliano Rodrigo

    -on!ale! ;e -aetano, (uien no 3a comparecido nunca a este Tri&unal*

    ;ado (ue eBiste dic3a denuncia de 'enta %ormal ante el Registro del Automotor no

    resulta necesario darle participación al titular registral*

    27

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    El lugar del secuestro @ám&ito de Ramire! 9aciel) la %alta de documentación del

    rodado incautado) la %alta de re(uerimiento de'olutorio %undamentan la a%irmación

    inicial de producto del ilícito deri'an en su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    Ve1&c"lo: Motocicleta Gaasa3i Nin-a >>> cc 6 !o'inio 9$BEP/4

    L".ar !e sec"estro:  en la 'ía p>&lica más precisamente en la 'ereda del taller 

    mecánico ITeo 9otosH

    2ec1a: C*$*1=

    Tit"lar Re.istral: Jriel Var!a

    Vinc"lación: Esta motocicleta aparece en una %otogra%ía (ue se secuestra en el marco

    del allanamiento (ue se reali!ara en el domicilio de calle Rueda 1MM +domicilio de

    uan ;omingo Argentino Ramire!+ donde se lo 'e al imputado so&re la misma* Duien

    esta&a en el taller de motos @Teodoro XriaQudin mani%estó (ue la moto era de uan

    ;omingo Argentino Ramire!, a pesar (ue el titular sea una persona de nom&re Jriel

    Var!a*

    El tallerista declaró como testigo dentro de la causa (ue se tramitara por ante el

    u!gado en lo "enal de ?nstrucción N° C de Rosario caratulada IRamire!, uan

    ;omingo Argentino ot s/E'asión ot*H EBpte N° C2/1C, inter'iniendo la Fiscalía N° 7,donde el #r XriaQudin eBpresó (ue se presentó una persona (ue dio ser la muer de

    Ramire! (ue necesita&a dinero para su marido (ue 4l @por el declarante le de&ía

    plata por la motocicleta (ue le 3a&ían secuestrado en clara alusión a este &irodado*

    Ra'ire0 no tiene 'e3ículos registrados a su nom&re) siendo (ue para o&tener el carnet

    de conducir dio como domicilio uno de 8illa -o&ernador -al'e!) además el 'e3ículo

    (ue "tili0ó #ara sacar el carnet  f"e esta 'oto  en %ec3a 15*=*1=) no estando

    inscripto ni en A%ip ni en el Api*

    Elementos de cargo su%icientes como para sostener (ue el &ien registra&le %ue

    ad(uirido poseído con los %rutos de la organi!ación de la cual no eBisten dudas

    por(ue a 3a condenados por Asociación ?lícita+ corresponde a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

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    1 Ve1&c"lo: Motocicleta +"errero !o'inio >>7+PS4

    L".ar !e sec"estro: 0a

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     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW 

    12 Ve1&c"lo: Motocicleta 5on!a Da@ Do'inio 9=CHG

    L".ar !e sec"estro: 0amero 1 de los &ienes solicitados para decomiso*

    a titular registral Rosalía 9irta -odo %ue citada en dos domicilios @uno (ue se

    desprende del RN"A otro del "adrón Electoral en am&os lugares la persona no %ue

    3allada, mani%estando 'ecinos (ue desconocen a la citada* No 3a denuncia de 'enta*

    Tiene todas las características de una 'enta sin inscripción el 3ec3o de 3allarse en

    los dominios de la condenada sin documentación alguna, permiten sostener (ue la

    acti'idad ilícita +a compro&ada con las condenas dictadas+ %ue origen de la ad(uisición

    por tanto corresponde a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    1= Ve1&c"lo: A"to'otor 2or! 2iesta Ginetic Do'inio F;U7

    L".ar !e sec"estro: 0a

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    dependiente de la #ecretaría de ;elitos 0ompleos del 9inisterio de #eguridad,

    conclue (ue dada la in%ormación reca&ada no podría usti%icar la ad(uisición de dic3o

    'e3ículo al no contar con ingresos registrados* ;ic3o in%orme detecta inconsistencias

    económicas de la in%ormación recolectada sin poder usti%icar la compra del 'e3ículo a

    (ue no tiene acti'idad económica ni relación de dependencia* Nótese (ue a la %ec3a de

    la titularidad tenía 22 a

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    de los 0antero más precisamente la condenada 0ontreras+) si a ello aunamos (ue a

    Ramire! no le interesa el rodado) 'a de suo (ue procede el decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    15 Ve1&c"lo C"atriciclo TRe@ B

    L".ar !e sec"estro: 9elian $=$ . de esta ciudad*

    2ec1a: 1**1=

    Tit"lar Re.istral: No se inscri&e*

    Vinc"lación: El mismo %ue secuestrado en el domicilio de calle 9elian $=$ de esta

    ciudad, domicilio (ue con%orme se desprende del Análisis ?ndi'idual "atrimonial

    presentado por la #u&secretaria de ;elitos Económicos, dependiente de la #ecretaría

    de ;elitos 0ompleos del 9inisterio de #eguridad, del egao ?ndi'idual reser'ado en

    #ecretaría, era el domicilio denunciado por Ramón E!e(uiel 9ac3uca I9onc3iH en su

    inscripción de AF?")

    En el mismo domicilio se secuestraron discos ;8; con %ilmaciones %otogra%ías de la

    %amilia 0anteros @Ramón 9ac3uca, 0laudio 0antero, 9ariano #alomon, 9ariano Rui!,

    0ontreras 0elestina, etc ) una tareta de cr4dito del .anco 9acro a nom&re de

    9ac3uca*

    El 3ec3o (ue el cuatriciclo incautado no tenia %actura de compra, ni cesión de derec3os

    a persona alguna) (ue no esta&a inscripto en el Registro en el ru&ro correspondiente)

    si tomamos en cuenta las circunstancias (ue rodearon al secuestro) resultan rele'antes

    para sostener (ue el mismo 3a sido ad(uirido con %ondos de la Asociación delictual

    por esa ra!ón procede su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    1$ Ve1&c"lo: Motocicleta +"errero Da? +T $>cc 6 !o'inio >95+S

    L".ar !e sec"estro: 0a

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    Vinc"lación: a misma 3a sido secuestrada en el marco del diligenciamiento de la

    orden de allanamiento N° M @%s* 11$2 en %ec3a =1 de mao del 21= en el domicilio de

    0a

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    1M Ve1&c"lo Motocicleta 5on!a M/ >> cc Do'inio 98AGP

    L".ar !e sec"estro: 0a8 !o'inio 55V$9

    L".ar !e sec"estro: 0a

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    Fleitas otros s/:omicidioH en el (ue se procedió a la incautación del mismo rodado

    %ue de'uelto con asentimiento %iscal* En a(uella oportunidad tampoco le resultY >til a la

    usticia Federal a (ue se le solicitó in%ormes por todos los 'e3ículos incautados

    contestando (ue no procedía el inter4s eBcepcional*

    "or tanto en este caso puntual no #roce!e el !eco'iso, de&iendo restituirse al titular 

    registral (uien de&erá acompa

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    0antero indican (ue el mismo se trata de un Itesta%erroH o Iprestanom&reH ad(uirido por 

    el grupo delictual con %ondos ilícitos por ende procede su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: Fue pedido en su momento por 9edina rec3a!ado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    21 Ve1&c"lo: Motocicleta 5on!a XR 79 !o'inio 795SC

    L".ar !e sec"estro: 0a

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    #e dea constancia (ue si &ien el titular registral (ue %igura desde a&ril de 2 es idia

    9arta Rita "accela, eBiste +seg>n el in%orme de dominio+ una pro3i&ición de circular 

    desde enero de 212, por posi&le denuncia de 'enta a nom&re de #andra 9a&el

    .arrios* "accella %ue citada no concurrió a este Tri&unal*

    a posesión de este &ien registra&le sin documentación (ue lo acredite) la %alta de

    inter4s del titular registral "accella) las circunstancias (ue rodearon a este

    allanamiento con pluralidad de automotores motocicletas sostienen un origen ilícito

    de patrimonio para ad(uirir la moto, por tanto procede su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    2= Ve1&c"lo: A"to'ó,il Pe".eot 7>8 Do'inio 5CABB7

    L".ar !e sec"estro: En calle Prigoen al 1 de Ru%ino @"cia #ta Fe

    2ec1a: 25*$*1C

    Tit"lar Re.istral: orena 9riam 8erdun

    Vinc"lación: Automó'il secuestrado en la 'ía p>&lica en aparente estado de a&andono

    en calle ?rigoen al 1 de la localidad de Ru%ino en %ec3a 25 de unio de 21C @'* %s*

    17*=2M se secuestro en el interior del mismo armas de %uego*

    a titular 8erdum era la eB parea de 0laudio 0antero alias IpáaroH) 3a&ía solicitado la

    "ro&ation del Análisis ?ndi'idual "atrimonial (ue lle'ara a ca&o la #u&secretaría de

    ;elitos Económicos dependiente de la #ecretaría de ;elitos 0ompleos agregado en la

    causa, permita a'alar (ue el mismo %ue ad(uirido con la ganancia de las acti'idades

    ilegales de la asociación, pretendiendo luego &lan(uear sus ingresos, a (ue no posee

    inmue&les propios su acti'idad anoticiada en el A%ip es el Transporte culti'o de

    cereales registrada con una factura apócrifa* EBiste una denuncia de 'enta a %a'or de

    Fla'ia 6rti!*

    Esta persona 6rti! tiene 'inculación con la %amilia 0antero esa circunstancia seeBplica, entre otros elementos, con el allanamiento N° 1C de "asco 11M de

    -ranadero .aigorria @propiedad de Ariel 0antero alias Iguille en donde se secuestra

    un pasae a nom&re de Fla'ia 6rti! 9aBimiliano Elio 9igue! 9artine!*

    a titularidad en su momento de orena 8erdum @conuge de 0antero) el desinter4s

    de 6rti! para recuperar el &ien) la relación de %amiliaridad o amistad (ue surge de la

    documentación a nom&re de la titular en la 'i'ienda de Ariel 0antero) son elementos de

    37

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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     uicio su%icientes como para acreditar el origen de los %ondos con (ue se ad(uirió el

    'e3ículo (ue se tenía en posesión por tanto procede su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    2C Ve1&c"lo: A"to'ó,il 5on!a Ci,ic Do'inio COT

    L".ar !e sec"estro: 6ro&lica @'* %s* 1=*5C en

    ocasión de la detención de orge Emanuel 03amorro imputado en los presentes+,

     usto en el momento en (ue el mismo a&ría la puerta del rodado de re%erencia*

    os in%ormes de dominio reca&ados el titular registral del auto sería #e&astián Arauo

    .a!án +a (uien se le en'ió c4dula de noti%icación para (ue compare!ca a estar a

    derec3o+ con una pro3i&ición de circular desde el 2M de mao del 21= lo (ue

    indicaría una posi&le denuncia de 'enta a -a&riel Eduardo "ollo+)

    lamado a declarar 0ollo dice (ue los datos de la denuncia de 'enta son suos,  pero

    no recuerda "aber ad!uirido dic"o automotor ) (ue se dedica a la compra 'enta de

    autos le llama la atención por(ue los autos (ue salen de su agencia salen

    trans%eridos este auto es un modelo 'ieo no suele tra&aar con este tipo de

    'e3ículos) de todos modos no le pertenece el auto y no *a a solicitar la de*olución)

    "or otro lado orge Emanuel 03amorro tenía en su poder las lla'es del mismo en su

    interior se secuestró una tareta 'erde a nom&re del titular, (uien es persona

    desconocida al ser llamado al domicilio &rindado en el Registro de "ropiedad del

     Automotor*

    a tenencia del rodado en poder a uno de los acusados @03amorro de %ormar parte de

    la asociación en la (ue a 3a once condenados) el desinter4s del titular registral (uien

    era el >nico (ue podía pedir la de'olución) el desconocimiento del se

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    su poder indican a las claras (ue estamos en presencia de Iproducto del delitoH

    procede su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    25 Ve1&c"lo: A"to'ó,il C1e,rolet Corsa Do'inio /SX$

    L".ar !e sec"estro: 9elian o 0olectora de Rosario

    2ec1a: =*2*1C

    Tit"lar Re.istral: Nilda 0atalina 8anelle

    Vinc"lación: El mismo %ue secuestrado en la 'ía p>&lica en calle 9elian 0olectora

    de 0ircun'alación de esta ciudad de Rosario, en %ec3a = de %e&rero del 21C @seg>n

    constancias de %s* 15*=7 por personal policial, corro&orados sus guarismos surge el

     pedido de secuestro por parte del u!gado de ?nstrucción N° C de Rosario de %ec3a

    1=**1= por(ue encontraron documental de dic3o 'e3ículo en el allanamiento N° M

    (ue es uno de los domicilios de la %amilia 0anteros, en el marco de la presente causa*

    #e 3i!o presente en el lugar la condenada "atricia 0elestina 0ontreras mani%estando

    (ue el 'e3ículo era de su propiedad desde 3ace un a

  • 8/18/2019 Fallo - Decomiso bienes de Los Monos

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    una muestra aca&ada de la compra con patrimonio ilícito de la asociación

    corresponde a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    2$ Ve1&c"lo: A"to'ó,il /M; 9 Do'inio +EU$87

    L".ar !e sec"estro: Entre Rios 2$$ de esta ciudad* @taller c3apería

    2ec1a: 1**1=

    Tit"lar Re.istral: Emma Rosa 9oa e&anti

    Vinc"lación: Este automó'il %ue secuestrado en 'irtud de un procedimiento reali!ado

    el 1 de septiem&re del 21= en el taller de Ariel Fernando .ortolotto @'* %s* $5, en

    donde se encontra&a desde principios del an surge de las constancias del

    procedimiento*

    #e en'ió o%icio le a la "cia de 0órdo&a para citar a la titular registral o reci&irle

    testimonio en el domicilio denunciado ante el Registro 'i'e otra persona @iendo

    (uien dio (ue no conoce a la re(uerida en todo el 0ountr*

    El auto es secuestrado en un taller (ue le pertenece a .ortolotto cuo socio es 6mar 

     Al%redo .rite! cuando llegó la policía 4ste >ltimo mani%estó (ue el auto lo deo un tal

    #e&astian Traico en los registros del taller no eBisten constancias de recepción del

    'e3ículo*

     A %s* $71 del cuerpo C1 del eBpediente declara Ro&erto 0a'alli (uien dice (ue era el

    due

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    surge claro (ue el mismo %ue ad(uirido por parte del grupo con patrimonio ilícito

    sueto a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    27 Ve1&c"lo: A"to'ó,il Pe".eot >$ Do'inio FIO$$8

    L".ar !e sec"estro: 9osconi al =M de esta ciudad*

    2ec1a: 7*1*1=

    Tit"lar Re.istral: Analia aura 9artin

    Vinc"lación: El automó'il es secuestrado en la 'ía p>&lica en calle 9osconi =M @'*

    %s* 1*=5= a (ue conta&a con pedido de secuestro del u!gado en lo "enal de

    ?nstrucción N° C*

    0omo dice la %iscalía se de&e tener en cuenta (ue al momento de la incautación del

    rodado la policía a tenía en su poder las lla'es del mismo (ue 3a&ía sido secuestrada

    con anterioridad en %ec3a 7*1*1= en un procedimiento en donde se detiene a Angel

    9anuel Antonio 8illa @imputado de la causa (uien 3ace entrega de las lla'es de este

    'e3ículo lo (ue generó el positi'o secuestro*

    lamada a declarar a la se

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    Vinc"lación: Es secuestrado por el -rupo de 6peraciones Especiales @-6E en %ec3a

    =1 de mao de 21= en el domicilio de calle 0a

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    2 Ve1&c"lo: Lanc1a ti#o Trac3er 87> !e Astillero (Altos Marine* N !e

    i!entificación AAB$=9=>77>7BJ Motor 'o!elo Ya'a1a > 5P >AETOLJ N

    !e 'otor 8B>B$789

    L".ar !e sec"estro: .aada Jri&uru 0ircun'alación de esta ciudad*

    2ec1a: 12*12*1=

    Vinc"lación: anc3a (ue %uera secuestrada en 'irtud del diligenciamiento de la orden

    de allanamiento N° 2CM lle'ada adelante por las T6E @%s* 1=*CMC en %ec3a 12 de

    diciem&re del 21= en la .aada Jri&uru 0ircun'alación*

    a 'inculación de la misma con la %amilia 0antero se o&tiene con%orme el testimonio de

    :ugo ;ante Estrella @(uien tenía el cuidado de la misma eBpresó (ue esa lanc3a la

    (ue seguidamente se indicará+ era de propiedad de los 0antero (ue 3acía

    aproBimadamente seis meses (ue no 'enían a 'er ni a pagar la cuota de estadía) el

    (ue 'enía era un se

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    as argumentaciones en relación a esta lanc3a son las mismas (ue el ítem precedente

    por tanto no (ueda más (ue agregar (ue la misma de&e ser decomisada*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    =1 Ve1&c"lo: Fets3i 'arca Ya'a1a 2X Do'inio Rosa >7B

    L".ar !e sec"estro: "e* .lanco al $1 de Rosario*

    2ec1a: 1$*7*1=

    Tit"lar Re.istral: seg>n "re%ectura Na'al Argentina es -usta'o 9artine!*

    Vinc"lación: 9oto de agua (ue %uera secuestrada en el marco de un procedimiento

    lle'ado a ca&o en %ec3a 1$ de ulio del 21= en la coc3era de calle "e .lanco a la

    altura del $1 @'* %s* 725 sgtes*

    a misma puede o&ser'arse a %s* 722 del principal de Ariel 0laudio 0antero* Esta

    moto de agua %ue secuestrada acoplada detrás de un rodado "eugeot =7 patente

    -XJ+1$ la 'inculación con la Asociación criminal surge por las %otogra%ías 3alladas

    sacadas de una computadora secuestrada en un allanamiento de ?nstrucción N° 7 en el

    domicilio de 0laudio Ariel 0anteros, en las (ue se los 'e a 'arios de los integrantes de

    la misma so&re dic3o 'e3ículo*

    El titular para "re%ectura Na'al Argentina es de la ciudad de "araná @"cia Entre Rios a

    (uien se le en'ió c4dula de noti%icación para (ue compare!ca a estar a derec3o, sin

    (ue el mismo 3aa comparecido*

    El 3ec3o (ue la misma 3aa estado enganc3ada a otro 'e3ículo) (ue se 3aan

    encontrado %otos de la misma en el domicilio de 0antero) la %alta de inter4s en la

    de'olución por (uien podría pretenderlo por(ue está asentado como titular ante "NA

    3acen presumir (ue era utili!ado por el grupo por tanto pro'ec3o de la asociación

    delictual, sueto a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitada*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    =2 Ve1&c"lo: A"to'ó,il V; /ora Do'inio LG5B9

    L".ar !e sec"estro: "e 0asal =$7 de esta ciudad*

    2ec1a: =*2*1C

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    2ec1a: 12*$*1C

    Tit"lar Re.istral: .ar&ara oana 8erdun @3ermana de orena 8erdun eB parea de

    0laudio 0antero*

    Vinc"lación: El automó'il es secuestrado en la 'ía p>&lica en las intersecciones de

    calle .attle 6rdo

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    #i &ien %igura como titular -uiliana Araceli Ramos eBiste seg>n in%ormes de dominio

    una pro3i&ición de circular desde el 2 de enero del 21=, lo (ue implicaría una

    denuncia de 'enta*

    a titular registral Ramos declaro el 12*11*15 dio (ue la *endió "ace unos aPos a un

    "ombre sin recordar más datos  en la denuncia de 'enta %igura Aguirre 8ictor*

    a moto la tenía en su poder uno de los acusados de la asociación sin (ue tu'ieradocumentación (ue lo a'ale) la relación de cercanía de (uienes a 3an sido

    condenados en el proceso a&re'iado) la %alta de memoria de la titular registral so&re el

    comprador @>nica 3a&ilitada para pedir la de'olución) puede estimarse sin maor 

    es%uer!o (ue surge una relación o 'inculación (ue 3ace presumir con certe!a

    ra!ona&le (ue %ue ad(uirida con patrimonio ilegal por los miem&ros de la &anda

    algunos condenados+ por tanto pro'ec3o del delito) sueta a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitada*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    =5 Ve1&c"lo: A"to'ó,il V; /ora Do'inio IOT==7

    L".ar !e sec"estro: 9armol 2M de esta ciudad

    2ec1a: 1=*$*1=

    Tit"lar Re.istral: -uillermo Raul Nieto

    Vinc"lación: Rodado secuestrado en el marco del diligenciamiento de una orden de

    allanamiento en el domicilio de calle 9ármol al 2M en %ec3a 1= de unio del 21=,

    donde se secuestró un arma de %uego un ;N? de Facundo 9u

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    =$ Ve1&c"lo: A"to'ó,il Pe".eot >$ CC Do'inio +GU8

    L".ar !e sec"estro: "e* .lanco al $1 de Rosario*

    2ec1a: 1$*7*1=

    Tit"lar Re.istral: 0arolina \imena -alucci

    Vinc"lación: Automó'il secuestrado en el marco de un procedimiento lle'ado a ca&oen %ec3a 1$ de ulio del 21= en la coc3era de calle "e .lanco a la altura del $1 @'*

    %s* M5*

    a titular registral del rodado es 0arolina \imena -alucci, con domicilio en 0apital

    Federal 3a&ría eBpedido una denuncia de 'enta en la persona de 9ariano :ernán Rui!

    @condenado+) como así tam&i4n (ue las constancias del eBpediente @%s* C=1 se

    o&ser'a una %oto del automó'il en una !ona de plaa de un sitio costero, unto con

    Ramón E!e(uiel 9ac3uca I9onc3iH 9ariano #alomón am&os pró%ugos+, lo (ue

    denota la posesión %áctica del auto por parte de personas íntimamente ligadas a los

    condenados por los (ue eBisten pedidos de captura como e%es o miem&ros de la

    organi!ación unto al (ue sería la persona (ue como &ien dice la %iscalía+ por medio

    de la compra 'enta de automó'iles, intenta darle legitimidad a los ingresos (ue

    o&tiene la asociación por sus conductas acti'idades ilícitas*

    El estrec3o 'inculo de 9ariano Rui! con los otros condenados acusados) la posesión

    del rodado a pesar (ue se encontra&a a nom&re de otra persona sugiriendo mantener 

    oculta la registración) el desinter4s en pedir la de'olución de la >nica 3a&ilitada-alucci) la mani%iesta acción de Rui! en su relación con la %amilia 0antero) dean a

    las claras (ue el &ien %ue ad(uirido mediante lo (ue la doctrina llama Iproducto del

    delitoH en este caso de la Asociación ?lícita, por ende corresponde su decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    =7 Ve1&c"lo: Motocicleta 5on!a ESD Titn 6 !o'inio B8IEP

    L".ar !e sec"estro: #an 9artin $ de Rosario*

    2ec1a: C*12*1=

    Tit"lar Re.istral: ;ario Fernando Figueroa

    Vinc"lación: 9otocicleta secuestrada en %ec3a C de diciem&re del 21= en 'irtud del

    diligenciamiento de la orden de allanamiento N° 2C$ @%s* 1C*2MC*

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    En el lugar se incautaron tel4%onos celulares, proectiles además de este 'e3ículo) en

    ese acto procesal se esta&leció (ue ocasionalmente pernocta&a 9áBimo Ariel 0antero

    @padre) ese %ue el %undamento del allanamiento*

    El titular a pesar de reci&ir la citación 3asta el presente no compareció*

    El desinter4s del titular registral en recuperar el &ien (ue no acude al llamado del

    Tri&unal) las sospec3as compro&adas (ue el lugar del 3alla!go de la moto era conocidopor 3a&itualidad de uso de los condenados acusados, indican (ue la moto %ue

    ad(uirida con lo producido con el accionar ilegal de&e ser decomisado*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    =M Ve1&c"lo: A"to'ó,il /M; 7> D Do'inio ICR$

    L".ar !e sec"estro: En la 'ía p>&lica en la "cia de Neu(u4n*

    2ec1a: 15*2*1C

    Tit"lar Re.istral: 1] Ariel 9áBimo I-uilleH 0antero ] Aldo 9arcelo #osa

    Vinc"lación: Este automó'il %ue secuestrado en la "ro'incia de Neu(u4n en %ec3a 15

    de %e&rero del 21C @'* acta de %s* 1C*C75 se encontra&a al 'olante del mismo

    0laudio Ru&4n Alí (uien se dedica&a a la compra'enta de autos usados+, siendo esta

    misma persona (uien pidió la de'olución pero no le %ue entregado por carecer de la

    documentación @'er a este respecto el incidente de de'olución*

    0a&e destacar (ue del automó'il un 1] está a nom&re de Ariel 9áBimo 0antero alias

    I-uilleH el restante ] %igura como titular registral Aldo 9arcelo #osa*

    ;el in%orme de Análisis ?ndi'idual "atrimonial de la #u&secretaría de ;elitos

    Económicos dependiente de la #ecretaría de ;elitos 0ompleos del 9inisterio de

    #eguridad, se ad'ierte la ineBistencia de elementos (ue permitan presuponer (ue Ariel

    9áBimo 0antero tendría ingresos lícitos como para ad(uirir dic3o &ien (ue presenta un

    alto costo de compra*

    #osa concurrió al Tri&unal dio (ue %ue propietario de dic3o auto con el ] de su

    titularidad el resto de 0antero, (ue le pidió a este >ltimo un pr4stamo por ello lo

    participo de su inscripción* Due se dedica&a a la compra'enta de autos entre otras

    cosas* Due 3acía negocios con la %amilia 0antero (ue lo compró de nue'o en Natalio

     Automotores* Due no tiene documental* Due se lo 'endió de nue'o a Natalio

     Automotores) (ue el auto no le pertenece !ue no se opone a los decomisos*

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     Ali 3i!o tratati'as por la compra del 'e3ículo seg>n surge de su declaración,

    mencionando a una persona de apellido #antos (uien a su 'e! lo 3a&ría comprado en

    el pro'incia de 0órdo&a) todo ello sin (ue se 3iciera la inscripción de la 'enta en el

    registro) 3ec3o notorio irregular llamati'o si se tiene en cuenta (ue el declarante dice

    ser IgestorH*

     A todas luces aparece #osa como Itesta%erroH en este caso con%eso a (ue 4l mismo

    dice (ue 0antero le prestó el dinero para la compra del 'e3ículo) ello la posesión del

    rodado indican (ue el patrimonio con el (ue se ad(uirió nunca pudo pro'enir de otra

    acti'idad (ue no sea la ilícita por tanto sueto a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: Ali solicitó la de'olución %ue rec3a!ado en instrucción* En el

    plenario no 3a pedido de restitución*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    = Ve1&c"lo: Motocicleta Ya'a1a XT< Do'inio =+UT

    L".ar !e sec"estro: Roma al $ &is de Rosario*

    2ec1a: 1C*1*1C

    Tit"lar Re.istral: Aldo 9arcelo #osa

    Vinc"lación: 9otocicleta secuestrada en %ec3a 1C de enero del 21C, en ocasión de la

    detención de uan ;omingo Argentino Ramíre! @'* %s* 1C*1=C imputado a

    condenado en autos en %ec3a 1 de octu&re del corriente mediante proceso a&re'iadocondena (ue a se encuentra %irme+, secuestrada por la ;i'isión udiciales*

    El titular registral Aldo 9arcelo #osa es el mismo (ue lo relaciona al .9S indicado

    &ao el n>mero =M+, sumado a la circunstancia en (ue se produo su secuestro en el

    domicilio de Ramire!, permite a'alar (ue la moto %ue ad(uirida mediante el producto de

    las acti'idades ilegales de la organi!ación, como tam&i4n dice la %iscalía)

    #osa %ue citado 'arias 'eces sin (ue 3aa concurrido a este Tri&unal) por lo (ue

    entonces puede sostenerse (ue #osa nue'amente arri&a al proceso como Itesta%erroH el &ien de&e ser sueto a decomiso*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    C Ve1&c"lo A"to'ó,il 'arca Citroen C Do'inio FX;B$

    L".ar !e sec"estro: 0oc3era de calle 9onte'ideo C757 de Rosario

    50

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    2ec1a: 1 de mar!o de 21C

    Tit"lar Re.istral: Ramón Al%onso

    Vinc"lación:  #ecuestrado mediante un acta de procedimiento de la #ección

    #ustracción Automotores en %ec3a 1 de 9ar!o del 21C @%s* 1$*$=M en 'irtud de un

    llamado tele%ónico en el (ue se in%orma (ue en una coc3era de calle 9onte'ideo al

    C757 de Rosario, 3a&rían deado el auto de re%erencia 3ace casi un mes atrás no lo3a&ían ido a &uscar*

    Ramón Al%onso (uien detenta la calidad de Titular Registral es el padrastro de RoBana

    9aciel, (uien es parea de uan ;omingo Argentino Ramire! imputado a

    condenado en autos+*

    a circunstancia en (ue se procede al secuestro, en donde se entre'istó al encargado

    del lugar (uien mani%estó (ue el auto %ue deado por una persona (ue dio llamarse

    0arolina #oler, deando un n>mero de tel4%ono un domicilio pero (ue nunca más lo'ino a retirar* Alfonso fue citado por este #ribunal y nunca concurrió.

    0uando se secuestra este 'e3ículo 3a&ía un certi%icado de co&ertura a nom&re de

    RoBana E* 9aciel una póli!a de seguros a nom&re de uan Argentino Ramire!*

    @Resulta apropiado recordar (ue en el allanamiento de la 'i'ienda de Ramire! se

    encontró documentación relacionada con este 'e3ículo (ue origino el pedido de

    secuestro*

    El 'ínculo de parentesco Ramón Al%onso +Titular Registral+ con el condenado Ramire!@padrastro de su esposa) la imposi&ilidad económica de 4ste para la ad(uisición de

    dic3o 'e3ículo) los dic3os del encargado de la coc3era (uien no tiene idea de los datos

    de (uien deó el rodado) la %alta de inter4s de Al%onso en concurrir a este Tri&unal)

    o%recen un panorama pro&atorio con nota&les inconsistencias (ue indica a las claras

    (ue el rodado %ue ad(uirido con %ondos de la agrupación delictual por tanto el mismo

    de&e ser decomisado*

    Pe!i!o !e !e,ol"ción: No %ue solicitado*

     WWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWWW

    C1 Ve1&c"lo: A"to'ó,il C1e,rolet CorsaCo')o Do'inio CI+88>

    L".ar !e sec"estro: a 8inc3a =C=$ de Rosario*

    2ec1a: 1*7*1=

    Tit"lar Re.istral: -raciela Ester Acera ose Al&erto 0astelluccio

    51

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    Vinc"lación: El automó'il %ue secuestrado en la 'ía p>&lica en calle a 8inc3a =C=$ de

    Rosario en %ec3a 1 de ulio del 21=, lugar a donde %ue encontrado luego de una

    persecución (ue se esta&a generando con%orme el acta de procedimiento del

    0omando Radioel4ctrico de %s* C1M=+ a (ue en el interior del mismo se encontra&a

     Zngel 9anuel Antonio 8illa (uien luego %uera detenido el 7/1/1= (ue actualmente

    se encuentra condenado por esta causa+*

     A pesar de 3a&erse pedido la de'olución del mismo, las condiciones de su secuestro

    las distintas circunstancias eBistentes en el incidente de de'olución permiten a%irmar 

    (ue no eBiste posi&ilidad alguna de una decisión a%irmati'a*

    EBiste una denuncia de 'enta en %ec3a 21*7*11 mencionándose como compradora a

    0laudia Alea