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~~zw ~ ... El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tu- cumán,sancionan con fuerza .~e LEY: ., Artículo 19.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiaci6n el inmueble de propiedad de Eugenia Nougués de Paz, o de quñ.cn resul te ser su legítimo pr-op í.o t ar-í.o , ubicado en·la ciudad de Tucumán, en la intersecci6n de las· calles José de Sán Martín y Laprida, ángulo noreste, padr6n 3927, circunscripci6n 1, secci6n 2, manzana 53, parcela 1, que mide quince metros con ·sesenta centímetros sobre 'éaÍle Laprida por treinta y seis metros con treinta y cinco cen- tímetros sobre calle José de San Martín, dentro de los si- guientes linderos: al norte, Eulogio Torres; al sur, calle José de San n1ar,tín;al este, Mercedes Torrens de Carbonell hoy José Carbonell Torrens, y al oeste, calle Laprida.- Art. 2g.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en donaci6n a la Confederación General del Trabajo el inmue- ble a que se refiere el artículo anterior, con destino a la construcci6n de la sede propia de la Dele G aci6n Regional Tucumán~- Art. 3g 0- Autorízase asimismo al Poder E j ecutivo a con- 'tribuir con la can~idad de dos millones de pesos para la cons tr-ucc t ón da'la sede a que se refiere el ar-t fcu Lo ante- rior. Esta contribución se hará efectiva mediante entregas

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El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tu-cumán,sancionan con fuerza .~e

L E Y :.,

Artículo 19.- Declárase de utilidad pública y sujeto aexpropiaci6n el inmueble de propiedad de Eugenia Nouguésde Paz, o de quñ.cn resul te ser su legítimo pr-op í.ot ar-í.o ,

ubicado en·la ciudad de Tucumán, en la intersecci6n de las·calles José de Sán Martín y Laprida, ángulo noreste, padr6n3927, circunscripci6n 1, secci6n 2, manzana 53, parcela 1,que mide quince metros con ·sesenta centímetros sobre 'éaÍleLaprida por treinta y seis metros con treinta y cinco cen-tímetros sobre calle José de San Martín, dentro de los si-guientes linderos: al norte, Eulogio Torres; al sur, calleJosé de San n1ar,tín;al este, Mercedes Torrens de Carbonellhoy José Carbonell Torrens, y al oeste, calle Laprida.-

Art. 2g.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir endonaci6n a la Confederación General del Trabajo el inmue-ble a que se refiere el artículo anterior, con destino ala construcci6n de la sede propia de la DeleGaci6n RegionalTucumán~-

Art. 3g 0- Autorízase asimismo al Poder E j ecuti vo a con-'tribuir con la can~idad de dos millones de pesos para lacons tr-ucc t ón da' la sede a que se refiere el ar-tfcu Lo ante-rior. Esta contribución se hará efectiva mediante entregas

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parciales, previa certificación de trabajos rcalizados.-Arto 4g.- El gasto gae demande 01 cLlffiplimientode la

presente ley se Lrnpu't ar á a la "Ou.cn ua Integral - Plan Quin-queriaL 1953/57 - Oap í tu'Lo III - Título 91t,,-

Art~ 5go- La donación dcl inmucble qacdará sin efcctosi d.entro de los dos años, contados desde la fecha de pro-IDalgaci6n de la,presente ley, no se hubieran iniciado lasobras para qaese lo destina.-

Art. 6g.- ComQníqaese.-Dada en la Sala de'Sesiones de la H. L~gislat~xa, a caatro

días del mos d¿ diciembre del año mil novecientos cincQonta

t W]A N CEBALLOSl?r~;s¡clentede la Cámara

de Diputados '

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JUAN CARLOS ROMAI'!O

REGISTRADA BAJO EL· N° 2.634

/I/Miguel de Tucumán, diciembre 10 de 19540-Téngase por ·Ley de ~a P~~vincia, éúmp la se,

comuníquese, publ!quese en el 'Boletín Oficial y pase a sus efectoal Registro Oficial de Leyes.

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