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SOMOS DISTINTOS PERO IGUALES ESCUELA BÁSICA PEDRO DE VALDIVI

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SOMOS DISTINTOS PERO IGUALES.

SOMOS DISTINTOS PERO IGUALES

ESCUELA

BÁSICA PEDRO

DE VALDIVI

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PLAN DE INCLUSION EDUCATIVA

I. OBJETIVOS

1.1 OBJETIVO GENERALContribuir en la mejora educativa sensibilizando al equipo docente, asistentes

de la educación y la comunidad educativa sobre la diversidad de necesidades

que pueden presentar los estudiantes y la importancia de crear y llevar a cabo

las actividades necesarias que permitan la participación de todos y cada uno de

ellos.

1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Entregar apoyo pedagógico, psicológico y social a los estudiantes que

integran la Comunidad Educativa.

2. Desarrollar y llevar a cabo planes de adecuación curricular individual

acordes a la necesidad de cada estudiante.

3. Aplicar estrategias que permitan desarrollar, estimular y potenciar las

habilidades que presentan descendidas los estudiantes con necesidades

educativas especiales.

4. Aplicar en forma periódica evaluaciones de proceso que permitan conocer

el proceso escolar de los estudiantes.

5. Motivar y contribuir al entorno sociocultural fortaleciendo la relación familia –

escuela para potenciar el proceso integral de los alumnos.

II. JUSTIFICACIONLa importancia de la problemática educativa sobre la desigualdad y el valor que

mantiene la familia como esencia de la educación, se hace nítida en nuestra

comunidad pedagógica en un contexto sociocultural pobre al lado de un

proceso que pretende entregar las herramientas que basadas en pilares

inexistentes busca formar y socializar a las personas que ingresan desde sus

primeros años, desde allí la necesidad de integrar a nuestra misión un

programa que permita el refuerzo, orientación y apoyo de dicho proceso, un

programa que busca promover el éxito escolar en la educación básica,

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ESCUELA

BÁSICA PEDRO

DE VALDIVI

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desarrollando estrategias organizativas y la gestión de recursos e

implementación de medidas de accesibilidad universal destinadas al éxito

escolar, incorporándolo en las acciones que se contemplan en nuestro

proyecto.

«El proceso de integración de un individuo a su sociedad se llama

socialización. Comprende la adaptación del individuo a los compañeros; la

obtención de una posición en relación con ellos establece su condición y el

papel que ha de desempeñar en la vida de la comunidad» (Herskovitzs)

Enfocándose no tan solo en la entrega de contenidos, sino también en la

entrega de habilidades que les permitan a los estudiantes integrarse en todos

los procesos de carácter cultural, social, académico, deportivo y recreativo.

Apoyándose en la procura que muestra el ministerio de educación sobre una

educación más incluyente e integradora que atienda la diversidad en todos sus

ámbitos, es decir, factores como los geográficos, étnicos, culturales,

económicos y lógicamente la discapacidad.

Para llevar a cabo este programa se debe contar con el apoyo del equipo

multidisciplinario, adecuaciones, estrategias, recursos, apoyo didáctico,

infraestructura, autonomía pedagógica y organizativa que faciliten la inclusión

de los estudiantes al proceso de enseñanza aprendizaje y su formación

integral.

1.1. VINCULACION CON EL PME Gestión pedagógica:

- Vinculando los OA con los aportes de las redes externas

- Trabajando colaborativamente

- Articulación Nivel de Transición -1°Básico

Liderazgo:

Evaluando los planes del E.E para desarrollar una Educación de

calidad e Inclusiva

- Evaluación del P.M.E

- Continuar con lazos inclusivos

Convivencia Escolar:

- Fortaleciendo la sana convivencia

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Gestión de recursos:

- Laboratorio de ciencias en mi escuela

I. MARCO CONCEPTUALLa inclusión está marcada en Chile desde los años 60, origen que propone

atención a los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales

en los establecimientos de nuestro país, y que busca dar cobertura a todos los

niños (as) y jóvenes que se encuentran en edad escolar, sobre todo a aquellos

con características especiales para que logren insertarse a las “escuelas

regulares”. Acorde a esto es que una década más tarde se crea la modalidad

de educación especial en Chile, un espacio educativo que se desarrolla de

forma análoga al común donde se entrega apoyo específico a los estudiantes

con discapacidades y con necesidades educativas especiales que dificultan el

logro de los aprendizajes esperados.

Desde la necesidad surgen decretos que indican lineamientos que se deben

instalar en los establecimientos que aceptan la desafiante tarea de desarrollar

los programas de Integración Escolar, lineamientos que actúan como unas

estrategias del sistema educativo desde donde se puedan obtener recursos

humanos y materiales que logren dar respuestas acordes a los niños y niñas

con necesidades educativas especiales ya sea por discapacidad o trastornos

específicos del lenguaje en la Educación regular.

Integración se apoya desde las políticas educativas que permiten incluir a los

niños y niñas con necesidades especiales a las escuelas regulares aceptando

el desafío que implica el trabajar con ellos, para esto se diseñan estrategias

educativas y políticas que promueven las condiciones que facilitan dicho

proceso. Además de la política nacional de educación especial que se

preocupa de los aspectos curriculares, el financiamiento y la participación de

sus actores.

Para el cumplimiento de dichos lineamientos, decretos y políticas educativas

del ministerio de educación se organiza, flexibiliza y adecua el currículo, el plan

de estudio y los procesos evaluativos. Teniendo como principal fortaleza

afrontar los diferentes retos que representa cada estudiante, de forma que se

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sientan parte de la familia educativa y se logre borrar las barreras de todo tipo

que un niño, niña o joven pueda presentar.

El presente plan se distribuye en objetivos, justificación, marco conceptual,

marco legal, diagnóstico, metas, indicadores, actividades, responsables,

recursos, seguimiento y evaluación; enmarcados en los lineamientos,

propuestas, estrategias contempladas en el PME y en general en el Proyecto

Educativo Institucional.

Entablando acuerdos respecto a la conceptualización sobre diversidad,

diferencia, inclusion, integración, discapacidad.

3.1 DIVERSIDAD

Se considera este término como una cualidad variada, proviene del latín

diversitas y refiere una distinción, infinidad, disparidad o multiplicidad entre

personas, animales o cosas.

Se puede definir en diversos contextos, de los cuales se consideran:

1-. La diversidad cultural o diversidad de culturas refleja la multiplicidad, la

convivencia y la interacción de las diferentes culturas coexistentes, a nivel

mundial y en determinadas áreas, y atiende al grado de variación y riqueza

cultural de estas con el objetivo de unir y no de diferenciar.

2-. La diversidad étnica es la unión de diferentes pueblos en una misma

sociedad, y que cada uno posee sus propias costumbres, lenguaje, piel,

religiones, fiestas tradicionales, vestimenta, comida.

3-. La diversidad lingüística se refiere a la existencia de una multiplicidad de

lenguas dentro de un espacio geográfico. Es decir, es la diversidad lingüística

quien demuestra la existencia de diferentes lenguas dentro de una misma

comunidad y que comparten el mismo espacio geográfico.

4-. La diversidad funcional es un fenómeno, característica o hecho de todos los

individuos de la sociedad por igual o de un determinado grupo social, para

referirse que cada uno de ellos tiene unas determinadas capacidades. 

La diversidad del alumnado es una consecuencia directa de la historia familiar, cultural

y social vivida con anterioridad, y, más concretamente, de las oportunidades que se

van presentando a lo largo de la vida. El origen social y cultural es el responsable de

fracasos escolares y de los déficits socioculturales y está en la base de la diversidad

sociocultural (Rodríguez Cancio).

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3.2 DIFERENCIA

La diferencia es una cualidad, característica o circunstancia que hace que una

persona o cosa sea diferente de otra.

Cada persona tiene su propia forma de ser y de aprender que está ligada a las

herramientas que les han sido entregadas y adoptadas desde los primeros

años de vida.

Si bien es cierto la búsqueda de entregar un mismo contenido se multiplica, la

diferencia está en el intento de destacar las características propias de cada

persona que se desarrolla de forma diferente al resto, enseñar utilizando

diferentes recursos que se adapten para potenciar las habilidades sin

entorpecer las capacidades de cada uno.

3.3 INCLUSION

El Ministerio de Educación propone la inclusion como un termino potente que

permitirá a las instituciones educativas entregar las condiciones para que niños

jovenes y adultos reciban una Educacion de calidad, garantizar la educación

como un derecho y otorgarle a las familias la decisión de escoger el proyecto

educativo que mas les guste.

Comprometerse con una nueva forma de ver la educación, velar por la esencia

de que cada niño tiene un algo especial, que lo hace diferente del resto, y es

por este motivo que no es él quien se debe integrar a un todo, sino que es ese

todo el que debe ser flexible y velar por los intereses y necesidades de cada

ser que forme parte de él.

Inclusión como un trabajo que involucre a toda la comunidad, donde el trabajo

de adaptación más fuerte, debe recaer en los profesionales a cargo, ya que son

ellos quienes tienen que ser capaces de adaptar los currículum y planes

educativos.

La inclusión significa acoger a todos los ciudadanos con los brazos abiertos, en las escuelas y comunidades. Este nuevo término permite que hablemos de incluir a los niños en la sociedad, de que sean las escuelas quienes se adapten a ellos, donde lo niños no sean segregados ni etiquetados. (Stainback, 1999)La inclusión busca que la escuela, en conjunto con la familia y la comunidad,

influya de manera positiva en la adaptación del niño en la sociedad, puesto que

el tipo de relaciones que se establezcan en estos entornos inmediatos influirán

en sus futuras relaciones sociales. De esta manera los niños, desde pequeños,

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se sentirán parte de su medio, adaptados, integrados y por sobre todo

incluidos. No serán niños etiquetados y apuntados por ser diferentes, sino que

comprenderemos que tienen algo especial, así como todos los demás.

3.4 DISCAPACIDADLa discapacidad o incapacidad proviene de la palabra disabled (termino en inglés) que significa “dis” <<falta de >>, “able” <<poder hacer>> por lo cual se puede definir como aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad.

Las discapacidades dentro de ese marco, las clasifica en:

1. Sensoriales, como la sordera, hipoacusia, ceguera, baja visión y sordo ceguera, entre otras.

2. Motoras o físicas, como, la parálisis cerebral, alteraciones de origen óseo articular, distrofia muscular, lesiones medulares, distonias musculares, entre otras.

3. Cognitivas, como, síndrome de Down, asperger, autismo.4. Mentales, como el retraso mental, también llamado discapacidad intelectual que

puede ser leve, moderado, severo y profundo; los trastornos de hiperactividad con déficit de atención (THDA), entre otros.

5. Trastornos o problemas de aprendizaje, como la disgrafía o dificultades en la escritura, dislexia o dificultades para leer, discalculia o dificultades en la comprensión de conceptos, aplicaciones y procedimientos matemáticos y en la relación de lo concreto y lo abstracto.

3.5 NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALESTodo ser humano es propietario de diversas necesidades, dentro de estas en

los años de escolarización se encuentran las necesidades educativas que se

hacen generales dentro de un grupo de alumnado, sin embargo, se enmarcan

las necesidades específicas que presentan algunos alumnos que precisan de

ayudas y recursos adicionales para poder llevar a cabo el proceso de desarrollo

y aprendizaje, estos pueden ser humanos materiales o pedagógicos, y se

identifican como Necesidades Educativas Especiales.

Las necesidades educativas especiales deben ser tratadas de acuerdo a las

instrucciones que establezca el ministerio de educación considerando el

carácter de estas, los resultados de las evaluaciones aplicadas y el equipo de

profesionales que debe participar en los diversos procedimientos.

Se debe considerar la diversidad de un currículo que logre abarcar las

diferencias y necesidades de los estudiantes, a través de las decisiones de un

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equipo para la creación de métodos y estrategias de enseñanza acordes a

estas. Incluyendo recursos humanos, didácticos, infraestructura, familia y

equipo interdisciplinario que facilite el proceso de enseñanza aprendizaje.

Las necesidades educativas especiales pueden clasificarse en dos tipos:

1-. Necesidades Educativas Especiales de carácter permanente: aquellas

barreras para aprender y participar que determinados estudiantes

experimentan durante toda su escolaridad como consecuencia de una

discapacidad diagnosticada por un profesional competente y que demandan al

sistema educacional la provisión de apoyos y recursos extraordinarios para

asegurar el aprendizaje escolar.

2-. Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorio: aquellas no

permanentes que requieren los alumnos en algún momento de su vida escolar

a consecuencia de un trastorno o discapacidad diagnosticada por un

profesional competente y que necesitan de ayudas o apoyos extraordinarios

para acceder o progresar en el currículo por un determinado periodo de su

escolarización.

3.6 ADECUACIONES CURRICULARES

Lo que busca el programa de integración es adecuar las situaciones que

presenten problemas dentro del aula de clases. Con el propósito de facilitar el

acceso al currículo tomando en cuenta la diversidad de los estudiantes, atender

las diferencias individuales y problemas de aprendizaje y potenciar la

planificación y el actuar docente.

Una adaptación curricular es un tipo de estrategia educativa, generalmente

dirigida a alumnos con necesidades educativas especiales, que consiste en

la adecuación del currículum de un determinado nivel educativo, con el objetivo

de hacer que determinados objetivos o contenidos sean más accesibles a un

alumno o bien eliminar aquellos elementos del currículum que les sea imposible

alcanzar debido a las dificultades que presente. Se trata de tener en cuenta las

características individuales del alumno a la hora de planificar la metodología,

los contenidos y, sobre todo, la evaluación.

Tomando en cuenta si se modifican o no los elementos básicos del currículo

podemos encontrar dos tipos de adecuaciones:

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1-. Adaptación curricular no significativa: es aquella en la que no se modifican

los elementos básicos del currículo, pero en cambio sí se modifican o adaptan

la metodología, la organización, el ambiente, también puede modificar

ligeramente los contenidos, pero sin existir un desfase curricular de más de dos

cursos.

2-. Adaptación curricular significativa: son aquellas en las que sí se modifican

los elementos básicos del currículo debido a que las características que

presenta el alumno en relación con el ámbito escolar provocan que no sea

capaz de alcanzar los objetivos propuestos para el curso en el que se

encuentra y que son denominadas necesidades específicas de apoyo

educativo.

IV. MARCO JURÍDICOEn Chile, la Constitución Política de 1980 si bien no hace una mención expresa

a la educación especial, establece que el derecho a la educación es para todas

las personas sin distinción. Así entonces, el inciso final del Artículo 1° señala

que “…es deber del Estado resguardar y promover la integración armónica de

todos los sectores de la nación y asegurar el derecho de las personas a

participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional”, y, por otra parte,

el Artículo 19 N° 10 que se refiere al Derecho a la Educación de todas las

personas, establece que corresponde al Estado otorgar especial protección al

ejercicio de éste derecho.

Por otra parte, Chile ha suscrito Convenciones Internacionales sobre la

materia, tales como la Convención de los Derechos del Niño y la Convención

Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación

contra las Personas con Discapacidad.

Respecto a la Convención de los Derechos del Niño, promulgada mediante

Decreto N° 830 de 1990, el artículo 28 de ésta señala que los Estados Partes

reconocen el derecho del niño a la educación en condiciones de igualdad,

además en el artículo 23 se establece que los niños y niñas con discapacidad

deben disfrutar de una vida plena y decente, en condiciones que aseguren su

dignidad y faciliten su participación activa en la comunidad.

Por su parte, la Convención sobre los derechos de las personas con

discapacidad y su protocolo facultativo, promulgada mediante Decreto N° 201

de 2008, en su artículo 24 reconoce el derecho de las personas con

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discapacidad a la educación y con miras a hacer efectivo este derecho,

establece que los Estados Partes asegurarán un sistema de educación

inclusivo en todos los niveles.

El objetivo es desarrollar plenamente el potencial humano, el sentido de la

dignidad y la autoestima y hacer posible que las personas con discapacidad

participen de manera efectiva en una sociedad libre.

Los Estados Partes que suscriben el Convenio deben asegurar que las

personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de

educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas con

discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y

obligatoria, ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad.

Asimismo, los Estados Partes se asegurarán de hacer ajustes razonables en

función de las necesidades individuales y de que se presten los apoyos

necesarios a las personas con discapacidad, en el marco del Sistema General

de Educación, para facilitar su formación efectiva.

De igual manera, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para

facilitar:

• El aprendizaje del Braille, la escritura alternativa, otros modos, medios y

formatos de comunicación aumentativos o alternativos y habilidades de

orientación y de movilidad, así como la tutoría y el apoyo entre pares.

• El aprendizaje de la lengua de señas y la promoción de la identidad lingüística

de las personas sordas.

• La Educación de las personas, y en particular los niños y las niñas ciegos,

sordos o sordo ciego se imparta en los lenguajes y los modos y medios de

comunicación más apropiados para cada persona y en entornos que permitan

alcanzar su máximo desarrollo académico y social.

Para contribuir a hacer efectivo este derecho, los Estados Partes adoptarán las

medidas pertinentes para emplear a maestros, incluidos maestros con

discapacidad, que estén cualificados en lengua de señas o Braille y para formar

a profesionales y personal que trabajen en todos los niveles educativos. Por

último, los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad

tengan acceso general a la educación superior, la formación profesional, la

educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación

y en igualdad de condiciones con las demás.

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Teniendo como referencia entonces, la Constitución Política y los Tratados

Internacionales señalados, a continuación, se indican las leyes y reglamentos

vigentes, cuyo fin principal es hacer efectivo el derecho a la igualdad de

oportunidades, a la participación y a la no discriminación de todos los niños y

jóvenes en nuestro país:

1-. Ley N° 20.370, de 2009, General de Educación, cuyo texto refundido es el

DFL N° 2 de 2 de julio de 2010: Establece principios inclusivos y la modalidad

de Educación Especial.

a. Principios inclusivos en la LGE y libertad de enseñanza:

El Artículo 3º de la LGE establece los principios de la educación, donde

algunos de ellos podrían considerarse claramente como principios inclusivos.

Por ejemplo, los principios de universalidad y Educación permanente,

integración, interculturalidad y equidad del sistema educativo. De acuerdo con

ellos, la educación debe estar al alcance de todas las personas a lo largo de

toda la vida. Al mismo tiempo, la educación debe propender a asegurar que

todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus condiciones y

circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de

aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley.

El principio de equidad, en particular, resalta que el sistema Educativo

propenderá a asegurar que todos los estudiantes tengan las mismas

oportunidades de recibir una educación de calidad, con especial atención en

aquellas personas o grupos que requieran apoyo especial.

Por otra parte, desde la perspectiva del derecho constitucional a la libertad de

enseñanza, algunos de los principios inspiradores del sistema escolar abren un

espacio de voluntariedad a proyectos educativos de carácter inclusivo.

En particular, el principio de autonomía, según el cual, el sistema escolar se

basa en el respeto y fomento de la autonomía de los establecimientos

educativos.

El artículo 3º LGE en comento dice: “Esto significa respetar la definición y

desarrollo de proyectos educativos propios, pero en un marco legal que protege

la equidad y la calidad.” En esta misma línea, otro de los principios, la

diversidad, especifica que el sistema escolar debe promover y respetar la

diversidad de procesos y proyectos educativos institucionales, así como la

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diversidad cultural, religiosa y social de las poblaciones que son atendidas por

él.

En consecuencia, Chile establece un conjunto de principios que definen un

Sistema Escolar Inclusivo; pero en virtud del principio de autonomía

institucional, los procesos educativos inclusivos son una opción de los

Establecimientos Educacionales. Éstos, en virtud del principio de libertad de

enseñanza, pueden optar o no por ofrecer educación especial o proyectos

educativos de integración.

El artículo 22º de la LGE reconoce la Educación Especial (también llamada

Diferencial) como una de las modalidades de la Educación regular (junto con la

Educación de Adultos u otras que se creen conforme al artículo 35º de la

misma Ley).

En el artículo 23º, la LGE insiste en que la modalidad de educación especial y,

en particular, los proyectos de integración escolar son opciones para los

Establecimientos educacionales que imparten educación regular.

Dice así: “la educación especial y los proyectos de integración escolar contarán

con orientaciones (del Ministerio de Educación) para construir adecuaciones

curriculares para las escuelas especiales y aquéllas que deseen desarrollar

proyectos de integración” Chile, por lo tanto, configuraría un sistema escolar

que reconoce el derecho a la integración educativa de los niños, niñas y

jóvenes con discapacidad y garantiza subvenciones escolares específicas para

financiar ofertas de educación especial y de proyectos de integración. Sin

embargo, la distribución de las oportunidades educativas para asegurar dicho

derecho no sería obligatoria ni universal. Quedaría sujeta a la voluntad de los

oferentes de los servicios educativos.

Define la Educación Especial como la modalidad del sistema educativo que

desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles, tanto en los

establecimientos de educación regular como especial, proveyendo un conjunto

de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados y

ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan

presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su

escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad específica de

aprendizaje.

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Además, el artículo 23º establece que se entenderá que un alumno presenta

necesidades educativas especiales cuando precisa ayudas y recursos

adicionales, ya sean humanos, materiales o pedagógicos, para conducir su

proceso de desarrollo y aprendizaje, y contribuir al logro de los fines de la

educación. De acuerdo con lo señalado en este artículo, el objetivo de las

modalidades educativas es ofrecer opciones organizativas y curriculares de la

educación regular para satisfacer necesidades específicas de aprendizaje,

personales o contextuales, con el propósito final de garantizar la igualdad en el

derecho a la educación. Se efectuarán adecuaciones curriculares para

necesidades educacionales específicas, tales como las que se creen en el

marco de la interculturalidad, de las escuelas cárceles y de las aulas

hospitalarias, entre otras. Tanto las bases curriculares como los criterios u

orientaciones para construir adecuaciones curriculares deberán contar con la

aprobación del Consejo Nacional de Educación, de acuerdo al procedimiento

establecido en el artículo 53º.

Asimismo, el artículo 31º de la ley en comento, establece que el Ministerio de

Educación deberá reemplazar el marco curricular actual y crear las bases

curriculares de la educación regular y de cada una de las modalidades

educativas reconocidas o creadas.

Para ello, podrá proponer al Consejo Nacional de Educación, adecuaciones a

las bases curriculares para aquellas poblaciones que, por características

contextuales, lo requieran, en particular, la población con características de

interculturalidad.

El Ministerio de Educación debe elaborar planes y programas de estudio para

que los establecimientos educacionales cuenten con instrumentos para el

desarrollo sistemático de las bases curriculares y el logro de los objetivos

generales de cada nivel. Estos planes deberán ser aprobados por el Consejo

Nacional de Educación (artículo 31º). Sin embargo, la LGE consagra la libertad

de los establecimientos para desarrollar planes y programas propios, que

consideren adecuados para cumplir con los objetivos generales definidos en las

bases curriculares y los objetivos que consideren propios.

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V. ADMINISTRACION DEL PLAN

Para cumplir con los objetivos planteados en el plan de apoyo a la inclusión del establecimiento se concluye que:1-. La Unidad Técnica Pedagógica se encargará de coordinar la formulación, ejecución y evaluación del plan de inclusión, apoyándose en esta función con los integrantes del PIE.2-. Se debe potenciar la relación Familia – escuela como pilar fundamental para cumplir con los objetivos propuestos en el programa de integración educativo. 3-. Sellar acuerdos comunes tomando el consentimiento de toda la comunidad educativa, en los casos que sea necesario.4-. Formular adecuaciones a las bases curriculares, en común acuerdo tomando en consideración las fortalezas y necesidades del estudiante.

5.1 CRITERIOS ORGANIZATIVOS

Para la formulación del plan de atención a estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales, se debe considerar:

1. Protocolo para autorización e ingreso de los estudiantes al programa de integración escolar.

2. Decisión del diagnóstico considerando el proceso evaluativo realizado por el equipo multidisciplinario.

3. Propuestas y elaboración del plan curricular adecuado a las necesidades del estudiante.

4. Selección de estrategias y recursos acordes a las necesidades educativas especiales de los estudiantes.

5. Evaluación progresiva durante el proceso escolar.6. Apoyo complementario para la familia y los docentes comprometidos con el

proceso del estudiante.

5.2 PROTOCOLO PARA EL REGISTRO Y ATENCIÓN A ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.1. Si el motivo de la evaluación es por petición del apoderado o familia en el

momento de la matrícula: Quien matricule deberá registrar dicha información y la darlo a

conocer a Unidad Técnica o PIE. Recepcionar la documentación pertinente en caso de que el alumno

haya sido participe de PIE en otro establecimiento, o traiga un diagnostico emitido por un profesional particular.

2. Si el motivo de la evaluación es por petición del docente a cargo del nivel (escuela), basándose en la observación durante un periodo del proceso escolar:

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El docente deberá informar sobre dicha situación, indicando el nombre del estudiante y la presunta discapacidad necesidad educativa a la Unidad Técnica Pedagógica o PIE.

3. La Unidad Técnica o PIE:

Deberá invitar a los padres al establecimiento para realizar una reunión, en la cual se debe informar al apoderado sobre el programa de integración los objetivos y beneficios de este:

1-. Si es el apoderado quien ha realizado la petición de que su hijo (a) ingrese al PIE explicar en qué consiste el programa y solicitar la autorización correspondiente para comenzar el proceso evaluativo.

2-. Si la petición proviene de la escuela, explicar la situación al apoderado y bajo su aprobación requerir la autorización correspondiente.

3-. En ambos casos si se autoriza el proceso realizar respectiva anamnesis para adquirir conocimientos de hitos importantes del desarrollo del alumno que puedan beneficiar o entorpecer el proceso educativo.

Dar inicio al proceso de evaluación para definir o corroborar un diagnostico que le permita al estudiante ingresar al PIE.

Dar a conocer el diagnóstico y las sugerencias de trabajo tanto a familia como escuela.

Realizar trabajo colaborativo con docentes para definir la metodología de trabajo con el estudiante dentro o fuera del aula, según este lo requiera, además de realizar las adecuaciones pertinentes al currículo.

Observar y evaluar en forma progresiva al estudiante, comentando las situaciones específicas con el docente a cargo de ser necesario.

Realizar reuniones periódicas para mantener informada a la familia y entregar estrategias de trabajo en el hogar que permitan ayudar y conocer el proceso que está llevando a cabo su pupilo.

Evaluar a finales de cada periodo escolar y tomar decisiones con equipo interdisciplinario sobre el proceso y continuidad del estudiante en el Programa de Integración Escolar.

Entrega de estado de avances y altas según sea el caso tanto al establecimiento como a la familia.

VI. RECURSOS

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Humanos:

Unidad Técnica Pedagógica Docentes especialistas PIE Directivos Alumnos tutores Docentes Familia.

Materiales:

Concretos:

Rincón lectorTelevisorVideosPizarra Letras magnéticasDeportivosComputadorImpresoraLaminasCuentos seleccionadosGO.TAInternet, entre otros.

Fungibles:

Guías Lápiz:

o Coloro Grafitoo Escriptoo Marcadoreso Crayones

Block de dibujo Cuadernos personales Temperas Plastilina Lana, entre otros.

Profesora encargada de Plan de Inclusión en E.E: Andrea González Cortés.

SOMOS DISTINTOS PERO IGUALES

Page 17: escuelaquilitapia.clescuelaquilitapia.cl/.../2016/07/PLAN-DE-INCLUSION-E… · Web viewESCUELA BÁSICA PEDRO DE VALDIVIA SOMOS DISTINTOS PERO IGUALES. PLAN DE INCLUSION EDUCATIVA

Para constancia, conocimiento y aprobación por el Sostenedor y Departamento Provincial de Educación de Limarí; firman:

__________________________ ___________________________ MARIA CECILIA CARVAJAL CORTÉS RENÉ FERNANDO CARVAJAL BUGUEÑO DIRECTORA JEFE DE UTP

___________________________________ ____________________________NELLY HORTENCIA VALDIVIA MORENO LUZ ELIANA PLAZA PEREIRA Representante Presidente PROFESORES CENTRO DE PADRES

_____________________________ BRAULIO BUGUEÑO TORRRES Presidente CENTRO DE ALUMNOS.

SOMOS DISTINTOS PERO IGUALES