Venta de Combustibles Ilegales FINALLL

46
e [Año] Meysi Gabriela [Nombre de la compañía] [Fecha] U

Transcript of Venta de Combustibles Ilegales FINALLL

U

Efectos del contrabando de gasolina ilegal en GuatemalaMacroeconoma 1

e

Universidad De San Carlos De GuatemalaCentro Universitario De Occidente Divisin De Ciencias EconmicasCarrera: EconomaCurso: Macroeconoma ISexto Semestre

EFECTOS DEL CONTRABANDO DE GASOLINA ILEGAL EN GUATEMALA

IntegrantesQuijivix Morales Meysi Gabriela 200518252Velsquez Ovalle Ana Lucia 201131536

Quetzaltenango octubre 2013

Introduccin

El ingreso de mercancas a los distintos pases del mundo aplicando elprocesodel despacho aduanero, trae como beneficios para los distintos gobiernos el tener uncontrolsobre las mercancas obteniendo mayoresingresos, porconceptodearancelesytributoslos cuales se dan nicamente en el pasconsumidorde las mercancas.

Sin embargo, todos los beneficios que pueden obtenerse a nivel mundial por concepto delcomercioexterior se ven hasta cierto punto frustrados por lo que afecta al mundo desde antes de la poca colonial denominado actualmente comocontrabando, que no es ms que la internacin ilegal de mercancas al territorio aduanero de determinado pas, y que a su vez trae como consecuencia la omisin del pago de tributos, denominada defraudacin aduanera.

Captulo IDiseo de Investigacin

I.1 Nombre: Efectos del contrabando de gasolina ilegal en Guatemala I.2 Antecedentes:En Guatemala ha existido el contrabando desde aos atrs, uno de los referencias por las cuales aumento este fenmeno delictivo, es con la llegada de la tormenta Stan, esta tormenta afecto a los propietarios de gasolineras en los diferentes departamentos, aunado a esto el colapso de las carreteras, los productos bsicos tardaron en llegar a sus destinos, incluyendo a estos productos las pipas de gasolina, al observar esta escases los pilotos se abastecieron de gasolinas mexicanas, ubicadas en la lnea fronteriza de Guatemala, los contrabandistas se dieron cuenta de lo fcil que era el traslado de gasolina por la frontera y empezaron realizar el contrabando de gasolina. Los contrabandistas se dieron cuenta de lo fcil que era el traslado de gasolina por la frontera y empezaron a venderla ms barata que la que se distribuye en Guatemala y sin necesidad de pagar impuestos. La red organizada de contrabandistas de combustibles, segn la Gremial de Energa e Hidrocarburos (GH), evade al fisco el pago de ms de Q 150 millones al ao.

Investigaciones de la GH han determinado que el costo por galn de combustible ilegal, ya sea gasolina sper regular, es de Q 10, lo que le deja un margen de Q 8 de ganancia a quien venda el producto de contrabando. El precio de mercado de la gasolina es aproximadamente Q 20 el galn super y Q 18 el de la gasolina regular. El contrabando de combustible se incrementa cuando sube el valor del combustible. Seal que en 2008 las ventas cayeron un 12 por ciento por esta razn.

I.3 Planteamiento del problema:El problema de la venta ilegal de combustible no solo es fiscal. A todas luces, cada vez ms personas encuentran una fuente de ingresos en esta actividad ilegal, menospreciando el riesgo que supone almacenar gasolina o diesel en sus casas de habitacin o negocios. En la carretera Interamericana son nios quienes despachan el combustible contrabandeado, quienes corren graves peligros, incluyendo la inhalacin prolongada de vapores txicos, quemaduras o la muerte por el riesgo de incendio o explosin.

En el aspecto fiscal, el impuesto que registra las cadas ms agudas es el de distribucin de petrleo crudo y combustibles derivados del petrleo (19.3% menos que el ao anterior), cuya determinacin no depende de las variaciones de precio, ya que es un importe fijo por volumen (galn de combustible). Sin duda, la propagacin sin control de la venta ilcita de combustible de contrabando explica en gran parte la cada tan aguda en la recaudacin de este impuesto.

En la lnea fronteriza del departamento de Huehuetenango, las autoridades han detectado que existen ms de 60 puntos ciegos donde ingresan los combustibles de contrabando; sin embargo las autoridades de la Comisara 43, aseguran que en la institucin no tienen suficiente personal para contrarrestar el problema.

Los comerciantes se quejan que en el trayecto entre el municipio de La Democracia y Huehuetenango existen ms de 200 puestos de venta de gasolina ilegal y aunque la Polica vigila constantemente la ruta, no realiza ningn tipo de operativo. Debido a los problemas fiscales que genera el contrabando en la presente investigacin se busca resolver las siguientes interrogantes:

1. Qu efectos macroeconmicos provoca el contrabando de combustible en Guatemala?2. A cunto haciende la evasin de impuestos producto del contrabando de combustible en Guatemala?3. A cunto hacienden las prdidas al Gremial de Energa e Hidrocarburos?4. En cuanto se reducir el dficit fiscal al evitar el contrabando de combustibles?5. Cules son las razones que obligan a los guatemaltecos a consumir combustible de contrabando?

I.4 Justificacin:En un plan fiscal serio y efectivo el contrabando s es un problema que debe resolverse con prioridad. Debe combatirse como un crimen que atenta contra la justicia tributaria y la competitividad de los contribuyentes honestos. Es obligacin del Estado combatirlos con voluntad, decisin y de forma integral, en ese sentido es urgente contar con una poltica nacional. El fenmeno se est incrementando, ya que en aos pasados el comercio ilegal rondaba los $1,265.8 millones.

El Informe de la Direccin General de Hidrocarburos del Ministerio de Energa y Minas, dado a conocer en Quetzaltenango, concluye que las gasolinas y disel vendidos ilegalmente en algunas arterias de aquel departamento, ingresados al pas de contrabando, contienen mezcla de solventes, que daan partes vitales de los vehculos que repercuten en la economa de los propietarios de vehculos que compran estos combustibles.

Para resolver los problemas fiscales bastara el combate efectivo al contrabando, debe combatirse el contrabando paralelamente al fortalecimiento de la tributacin directa.

Varios estudios que han realizado anlisis de gasolinas y diesel, detectaron los siguientes problemas: El galn no contiene la cantidad indicada. Al comprador le entregan gasolina regular por superior. La gasolina regular tiene mezcla de agua, provocando problemas de arranque, daos en el filtro, carburados y/o sistema de inyeccin. El octanaje de la gasolina superior no es el adecuado, ya que provoca cascabeleo de los motores. La gasolina regular tiene mezclas de solventes, lo que puede provocar el paro del vehculo debido al dao en los sistemas de inyeccin de combustible. La reparacin de las partes vitales daadas por las gasolinas y diesel que no tienen la calidad adecuada, es mayor al ahorro que el que se da por compra de combustibles de contrabando. El contrabando de combustibles afecta la economa, y es catalogado como delito. Pone en riesgo la salud y vida de nios que se involucran en la venta de combustible.

I.5 Objetivos:I.5.1 General: Determinar los efectos macroeconmicos provocados por el contrabando de combustible en Guatemala.

I.5.2 Especficos: Cuantificar la evasin de impuestos producto del contrabando de combustible en Guatemala.

Determinar las prdidas al Gremial de Energa e Hidrocarburos.

Determinar cual el porcentaje que se reducir el dficit fiscal si se evitara evitar el contrabando de combustibles.

Identificar las razones que obligan a los guatemaltecos a consumir combustible de contrabando.

I.6 Hiptesis: Mediante un control adecuado al contrabando y una campaa de sensibilizacin de los problemas que con lleva la utilizacin de combustible de contrabando, se aumentara la recaudacin de impuestos y se reducir el dficit fiscal.

I.7 Ficha MetodolgicaTIPO DE INVESTIGACIN No Experimental

SUB -TIPO Longitudinal

CLASE Exploratorios, Descriptivos.

MTODO GENERAL Constructivista, Estructuralista

MTODO PARTICULAR Deductivo, Estadstico, Sinttico

ESTRUCTURA Titulo, Plan De Investigacin, Anlisis Bibliogrfico, Recopilacin De Informacin, Anlisis De Informacin, Informe Final

RECURSOS MATERIALES Presupuesto

RECURSOS HUMANOS Integrantes Del Grupo

I.8 Delimitacin: I.8.1 Temporal:La investigacin se realizara durante los meses de Julio al mes de Octubre del ao 2013.

I.8.2 Espacial:La delimitacin espacial de la investigacin, comprender las cabeceras departamentales de Quetzaltenango, Huehuetenango y San Marcos. Se seleccionaron estas cabeceras departamentales ya que estos departamentos son los que concentran el contrabando de combustible.

I.8.3 Terica:La presente investigacin es del tipo descriptiva, ya que se realizara una descripcin del fenmeno estudiado. Al mismo tiempo la investigacin es del tipo estadstico-econmico, esto debido a que se realizara un anlisis estadstico y econmico de los problemas que genera el contrabando de combustibles.

I.9 Unidades de anlisis:Las unidades de anlisis de la presente investigacin se encuentran conformada de la siguiente manera: Gasolineras de las cabeceras departamentales Autoridades fiscales de los departamentos Consumidores de combustible

I.10 MetodologaI.10.1 Mtodo:El mtodo que se utilizara para la presente investigacin ser el mtodo deductivo, debido a que se est partiendo de algo general que es el contrabando hasta llegar a lo particular que es el efecto macroeconmico que genera el contrabando.

I.10.2 Tcnicas: Observacin directa: Esta tcnica se utilizara principalmente para poder comprender de una mejor manera la problemtica que se desarrollara en la presente investigacin.

Investigacin documental: Esta tcnica se utilizara para determinar si existen documentos similares o relacionados con la problemtica a investigar, a fin de no duplicar esfuerzos en cuanto al trabajo acadmico; as como, para obtener aportes y otros puntos de vista de otros investigadores sobre la temtica citada. Adems con esta tcnica se podr afianzar los conceptos que se utilizarn durante toda la investigacin.

Entrevista: Ya habiendo establecido problema, se entrevistara a las personas relacionadas con la problemtica.

Muestra: Debido a que no se cuentan con los recursos econmicos ni con el tiempo para poder realizar un censo, se tomo la decisin de realizar un muestreo dentro de los consumidores y las gasolineras.

I.11 Marco terico preliminar:I.11.1 Evasin fiscal:El impuesto es la contribucin que se exige a todo habitante de un pas, que rene las caractersticas de sujeto pasivo con el objeto de que el Estado pueda sostener sus gastos y as coadyuvar al logro de sus fines.

Consecuentemente, debera existir suficiente conciencia entre los contribuyentes para pagar sus impuestos en tiempo y en apego la ley, sin embargo la falta de esa conciencia y de otros factores, han inducido al contribuyente a evadir.

Desde el origen de los tributos, el contribuyente siempre se ha resistido al pago de sus obligaciones tributarias, se ha venido incrementando con mayor nfasis en los ltimos aos, es sabido por toda la poblacin que el dinero que el Estado recauda es mal invertido en gran proporcin.

I.11.1.1 Definiciones de Evasin:Es el incumplimiento total o parcial por parte de los contribuyentes en la declaracin y pago de sus obligaciones tributarias, como el acto de no declarar y pagar un impuesto en contradiccin con la ley, mediante la reduccin ilegal de los gravmenes por medio de maniobras engaosas.Segn Manuel Ossorio: sta consiste en cualquier acto o maniobra destinada a incumplir ilcitamente con las obligaciones impuestas por las leyes tributarias.[footnoteRef:1] [1: Diccionario de Ciencia Jurdicas Polticas y Sociales, Buenos Aires, Editorial Heliasta 2001, pag. 408.]

Segn el Diccionario de la Real Academia Espaola: es el subterfugio para evadir una dificultad. Accin y efecto de evadir de un lugar. Evasin: evitar un dao o peligro inminente; eludir con arte o astucia una dificultad prevista. Fugarse, escaparse.[footnoteRef:2] [2: Diccionario de la Real Academia Espaola, Volumen I, Espaa, 1992.]

Segn Paulo de Barros Carvalho en su obra de Derecho Tributario, publicada en Argentina en el ao 2004, la evasin es toda eliminacin o disminucin de un monto tributario producida dentro del mbito de un pas por parte de quienes estn jurdicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales.[footnoteRef:3] [3: De Barros Carvalho, Paulo Derecho Tributario Editorial baco, Argentina 2,004, Pg. 47 20 Ibid., p. 48.]

Segn Emilio Margin Manautou en su obra titulada Introduccin al Estudio del Derecho Tributario Mexicano, la evasin consiste en que el causante trata de evadir parcial o totalmente el pago de los impuestos mediante engao o aprovechamiento de errores de la administracin pblica.[footnoteRef:4] [4: Margain Manautou, Emilio, Introduccin al Estudio del Derecho Tributario Mexicano, Mxico, Editorial Universitaria Potosina, 1977 Pg., 105]

Segn La Comisin de Seguimiento del Pacto Fiscal la evasin fiscal es la accin de evitar, con arte o astucia, el pago de los impuestos total o parcialmente. Se puede dar una evasin absoluta, en la cual el que debera ser contribuyente escapa al pago del impuesto, y una evasin relativa, en la que el que debera soportar la carga tributaria la evade y sta recae sobre un tercero que paga el impuesto del otro ms el suyo propio.[footnoteRef:5] [5: Comisin de Seguimiento del Pacto Fiscal, Pacto Fiscal se centra en frenar la elusin, Siglo Veintiuno, Guatemala, 11 de abril 2007, Nmero: 6143, Pg. 3. s/a.]

Es indispensable tener clara la diferencia entre evasin tributaria y fraude tributario, aunque algunas veces la ley tenga por evasin conductas fraudulentas, toda evasin fiscal es violatoria de disposiciones legales, o mejor dicho antijurdica. Una de las principales diferencias, como se puede inferir del ordenamiento jurdico, es la regulacin a que son sujetas dichas figuras en tanto la defraudacin tributaria se rige por el Cdigo Penal. La contradiccin entre la conducta con la norma tributaria convierte a esa conducta en ilcita con prescindencia de que el derecho privado no le atribuya consecuencias jurdicas.

EVASINDEFRAUDACIN

1. Contribuyentes que no hacen declaraciones juradas o dejan de declarar.1. Quien utilice mercancas, objeto o productos beneficiados por exenciones o franquicias, para fines distintos de los establecidos en la ley que conceda la exencin o franquicia, sin haber cubierto los impuestos que seran aplicables a las mercancas, objetos o productos beneficiados.

2. No declaracin de impuestos, se encuentran en todas las actividades econmicas y en todos los tramos de ingresos. Se encuentran fuera del sistema tributario2. Quien comercialice clandestinamente mercancas evadiendo el control fiscal o el pago de tributos.

3. Contribuyentes que no declaran correctamente, es una forma de evasin comnmente utilizada por los contribuyentes.3. Quien utilice en forma indebida, destruya o adultere sellos, timbres, precintos y otros medios de control tributario

En la mayora de pases, la evasin tributaria aparece tipificada como un verdadero delito fiscal, el contrabando, la defraudacin fiscal, que corresponde al acto realizado con intencin dolosa y que incluye a la evasin fiscal. Cosa que no sucede en Guatemala ya que la defraudacin, la evasin, la elusin y la simulacin constituyen figuras diferentes que encuadran en supuestos jurdicos diferentes.

I.11.2 Evasin fiscal en Guatemala:Durante muchos aos el tema de la evasin fiscal dentro de la iniciativa privada ha sido un tab, y poco se conoce en torno a los mecanismos que emplean las empresas evasoras, as como el proceso de identificacin y persecucin de las mismas. Sin embargo, como tiende a suceder con situaciones de tan alto impacto, la administracin tributaria tambin tiene dos lados, y en este caso suelen ser el argumento de defensa del sector empresarial, los criterios arbitrarios que emplea el equipo de turno instalada en la Superintendencia de Administracin Tributaria (SAT) para llevar a cabo la persecucin de los evasores

La Fiscal Contra Delitos Econmicos del Ministerio Publico y la Intendente de Asuntos Jurdicos de las Superintendencia de Administracin Tributaria, coinciden en que Guatemala posee una cultura de evasin, ambas instituciones coordinan esfuerzos para la persecucin penal de quienes evaden al fisco.

La evasin fiscal se da cuando las personas o contribuyentes realizan reduccin ilegal de los gravmenes por medio de maniobras engaosas. Los contrabandistas, quienes tributan pero no lo hacen en su debida forma, aquellos que abusan de figuras tales como la deduccin y rentas exentas, as como quienes integran la economa informal, son todos evasores fiscales.

La apropiacin indebida de recursos y la resistencia a la accin fiscalizadora tambin son consideradas por nuestra legislacin como delitos fiscales. A partir del ao 2005 el Estado inici desde la Fiscala contra Delitos Econmicos del MP, y desde la Intendencia de Asuntos Jurdicos de la SAT, el trabajo coordinado para perseguir a estos infractores, sin embargo el sistema de justicia del pas sigue presentando serias deficiencias en la persecucin penal en materia fiscal.

El vicepresidente Dr. Rafael Espada, inform pblicamente a los principales evasores, a principios del 2010, cuando el Departamento de Estado de EE.UU. le entreg un informe de la empresa Global Financial Integrity, la cual compar los registros de ambos pases y evidenci una evasin de ms de US $4,200 millones de dlares; ninguno de stos ha sido investigado.

El Vicepresidente de la repblica determina 12 casos de alto impacto, se encuentran clasificados de la siguiente manera: 7 son por defraudacin tributaria, 4 por contrabando aduanero, y 1 por concusin (apropiacin de gravmenes en nombre de la SAT).

Figuran en estos casos empresas que han gozado hasta la fecha de incentivos fiscales, debido a la importancia de sus productos para la economa nacional, tales como pollo, caf, cardamomo y combustibles; y que a pesar de ello han montado grandes redes de evasin que al tomar los 12 casos en conjunto, han defraudado al Estado por ms de Q.857 Millones, cantidad que al tomar en cuenta las multas acumuladas asciende a Q.1,602 Millones.

I.12 Cronograma de investigacin: ActividadJulioAgostoSeptiembreOctubre

1234123412341234

Seleccin del Tema a investigar

Planteamiento del problema

Elaboracin Justificacin

Elaboracin de Objetivos

Construccin de Marco Terico

Elaboracin de Hiptesis

Delimitacin de Unidades de anlisis

Elaboracin de instrumentos de investigacin

Aplicacin de instrumentos de investigacin

Tabulacin de datos

Discusin y anlisis de datos

Elaboracin de Informe Final

Presentacin de resultados

I.13 Presupuesto de investigacin:ActividadInsumosCosto UnitarioCosto Total

Elaboracin de diseo de investigacinAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 30.00

Servicio de InternetQ 3.00Q 15.00

PapeleraQ 35.00Q 35.00

ImpresionesQ 1.00Q 60.00

Mano de obraQ 40.00Q 600.00

Elaboracin de boletaAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 15.00

Servicio de InternetQ 3.00Q 6.00

FotocopiasQ 0.25Q 25.00

ImpresionesQ 1.00Q 5.00

Mano de obraQ 40.00Q 200.00

Aplicacin de boletaMano de obraQ 40.00Q 600.00

Elaboracin de entrevistasAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 9.00

Servicio de InternetQ 3.00Q 9.00

FotocopiasQ 0.25Q 5.00

ImpresionesQ 1.00Q 5.00

Mano de obraQ 40.00Q 120.00

Realizacin de entrevistasMano de obraQ 40.00Q 600.00

Realizacin de investigacin documentalAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 30.00

Servicio de InternetQ 3.00Q 15.00

FotocopiasQ 0.25Q 10.00

ImpresionesQ 1.00Q 10.00

Mano de obraQ 40.00Q 600.00

Tabulacin de resultadosAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 45.00

Mano de obraQ 40.00Q 600.00

Interpretacin de resultadosAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 45.00

Mano de obraQ 40.00Q 600.00

Redaccin de informe finalAlquiler de equipo de computoQ 3.00Q 45.00

Mano de obraQ 40.00Q 600.00

Presentacin de informe finalImpresionesQ 1.00Q 200.00

Mano de obraQ 40.00Q 600.00

Total de la InvestigacinQ 5,739.00

Captulo IIEl contrabando

II. El contrabando en Guatemala:Para Mascareas, el Contrabando proviene del bajo latn, Contra-bannum, en la cual la palabra Ban, en el antiguo derecho pblico significaba la orden notificada o promulgada oficialmente, por lo tanto lo que vaya en contra de esta orden o bando, ser contrabando. Cabanellas, dice que significa lo hecho contra un bando o pregn pblico.

Mientras que Carlos Anabaln Ramrez, indica que es el hecho de introducir o extraer del territorio nacional mercancas, eludiendo el pago de los derechos, impuestos, tasas y dems gravmenes, que pudieran corresponderle o el ejercicio de la potestad que sobre ella tiene la aduana, con arreglo a las ordenanzas o reglamentos.

Gonzalo Fernndez de Len, define al contrabando como: El fraude cometido en detrimento del Estado eludiendo las leyes fiscales que gravan la exportacin, importacin, trfico de mercancas sujetas al pago de los impuestos aduaneros.[footnoteRef:6] [6: Morales-Gil Girn, Benjamn Isaac, Ob. Cit; pg.181]

II.1 Tipos de infracciones de contrabando aduaneroEn el contrabando aduanero encontramos tres tipos de infracciones: Infraccin real. Infraccin formal. Infracciones de contrabando Strictu Sensu.

II.1.1 La infraccin realsta es la tpica infraccin de contrabando que se caracteriza, por la importacin y exportacin de mercaderas sin el debido pago de los impuestos en las aduanas. Sus requisitos esenciales son:

a) Importacin y exportacin de mercancas:sta debe de ser plenamente probada por la Administracin Tributaria, debe de ser una conducta comprobada casi, pero no siempre, en el momento de su realizacin. Es el supuesto del descubrimiento del contrabando y el momento en que este se efectu.

b) Importacin y exportacin clandestina:Esto equivale a decir la no presentacin de las mercancas, es la ocultacin o al menos el intento de ocultarlo, la conexin de este requisito, plantea el problema de la importacin clandestina.

La solucin a este problema de la importacin o exportacin por el recinto aduanero de las infracciones de contrabando, se encuentra en la vigente ley, al considerar que existen cuando de las circunstancias del hecho, se aprecia la intencin de querer realizar el contrabando.

c) Falta de presentacin al despacho de las oficinas de aduanas:Esto tiene relacin con la importacin y exportacin de mercaderas en forma clandestina, obliga a considerar, hasta que momento se puede pensar en soluciones casusticas, pues no se podr dar el mismo trato a las expediciones comerciales que las que acompaan a los viajeros. Aunque en realidad el trato debe de ser paritario porque esta posible discriminacin que en el terreno practico puede tener una justificacin impuesta por los hechos y la dificultad de prueba no la tiene en el orden de principios generales, por lo que parece obligado el que se produzca una unificacin normativa. Este requisito, por otro lado, confirma el anteriormente expuesto en orden a la necesidad de que la importacin o exportacin se realice fuera del recinto aduanero.

II.1.2 Infraccin formal:Esta infraccin se origina por la dificultad de constatar en el momento en que se realiza el contrabando, se caracteriza por ser comprobado con posterioridad a la entrada de las mercancas. Conforma a la Ley de Defraudacin y Contrabando Aduanero, est infraccin formal solo puede referirse a la importacin quedando fuera a la salida de mercancas. La infraccin formal se deduce de la falta de prueba por el tenedor de su legitima importacin o ilcita.

Otra de las caractersticas de esta infraccin en que hace referencia a la tenencia o circulacin de mercancas en el territorio nacional, no ilcito en si, como tales actos, sino cuando se producen vulnerando los requisitos legales o reglamentarios especialmente establecidos para acreditar su ilcita importacin. Est vulneracin es lo que sirve para afirmar y justificar la presuncin de importacin clandestina.

Como presuncin legal no admite prueba en contrario, y aunque est afirmacin puede parecer excesiva, est en armona con la jurisprudencia que se ha venidoproduciendo al respecto, y en realidad es consecuencia de ella, pues en los anteriores textos de la Ley de Contrabando y Defraudacin Aduanero no aparece recogida de una forma tan explicita.II.1.3 Infraccin de contrabando strictu sensusta comprende la clsica infraccin de contrabando cuya caracterstica es larealizada de operaciones de manipulacin, fabricacin y comercio en Artculosestancados y prohibidos, los requisitos de esta infraccin son:

Artculos estancados o prohibidos; Realizacin ilegal con tales productos.

Por lo anteriormente expuesto el distinguido tratadista Benito Tiuna Fernndez, defina al Contrabando como: Delito aduanero que consiste en pasar clandestinamente, por cualquier medio, mercancas por la frontera aduanera, sustrayndolas del control aduanero.[footnoteRef:7] [7: Morales-Gil Girn, Benjamn Isaac, Ob. Cit; pg.184]

II.2 Anlisis tcnico jurdico del delito de contrabando aduanero:El delito de contrabando aduanero, lo encontramos regulado en la Ley contra laDefraudacin y Contrabando Aduanero, el cual regula en su Artculo Tres, Del contrabando aduanero. Constituye contrabando en el ramo aduanero, la introduccin o extraccin clandestina al y del pas, de mercancas de cualquier clase, origen o procedencia, evadiendo la intervencin de las autoridades aduaneras, aunque ello no cause perjuicio fiscal. Tambin constituye la introduccin o extraccin del territorio aduanero nacional, de mercanca cuya importancia o exportacin est legalmente prohibida o limitada.

El Artculo Cuatro, del mismo cuerpo legal, establece: De los casos especiales de contrabando aduanero. Son casos especiales de contrabando en el ramo aduanero: El ingreso o salida de mercancas por lugares no habilitados; el internamiento ilegal de mercancas procedentes del extranjero, se realiza, se consuma con el solo hecho de burlar los controles aduaneros, otra forma en que se puede incurrir en la comisin del ilcito aduanero, es cuando se extraen mercancas de los recintos fiscales o fiscalizados sin que les hayan sido entregadas legalmente por las autoridades respectivas, sin que se hayan pagado los impuestos de importacin que le corresponde por el derecho de nacionalizarse y estar sujeto su almacenaje ulteriormente.

La sustraccin, disposicin o consumo de mercancas almacenadas en los depsitos de aduana, sean estos pblicos o privados, o en recintos habilitados al efecto, antes del pago de los derechos de importacin correspondiente. Al igual que consumiendo, utilizando, disponiendo de las mercancas trasladadas legalmente para su reconocimiento fsico fuera de los recintos aduaneros sin el pago previo de los tributos, son algunos de los cuantos elementos de naturaleza doctrinaria y que la mayora de legislaciones toma para si, para que dentro de un marco de ley, es decir la sancin, formacin y aprobacin del Cdigo Penal, se identifique como el delito de contrabando aduanero.

El embarque, desembarque o trasbordo de mercancas sin cumplir con los trmites aduaneros correspondientes. Evidentemente se puede constatar que el ilcito se consume en el momento que las personas premeditadamente no quieren cumplir con las obligaciones tributarias aduaneras, como es el pago de los impuestos aduaneros, abstrayndose de conocer los recintos aduaneros para cumplir con la determinacin de la obligacin; entendindose como tramites entonces: la no declaracin de la pliza de importacin para que no nazca el hecho generador, consecuentemente la determinacin del de la obligacin tributaria; se manifiesta el dolo directo de la persona de querer dejar de pagar los impuesto.

La internacin o extraccin clandestina de mercancas, ocultndolas en doble fondos en otras mercancas, en el cuerpo o en el equipaje de las personas o bien usando cualquier otro medio que tenga por objeto evadir el control aduanero. Este supuesto de hecho es propio del tipo que contempla los elementos suficientes para configurar el delito de contrabando aduanero; en si, es un tipo bsico que configura la tipicidad como elemento con figurativo del delito, por lo cual es de aceptacin en las legislaciones modernas que frenan este flagelo de la corrupcin.

La interaccin de mercanca, procedentes de zonas de territorio nacional que disfrutan de regmenes fiscales exoneratorios o en cualquier forma privilegiada, a otros lugares del pas donde no existen tales beneficios sin haberse cumplido los trmites aduaneros correspondientes.

El Artculo Cinco, establece: De la introduccin de mercancas de contrabando, se presume que han introducido mercancas de contrabando: Quien las venda directamente o indirectamente al pblico, en establecimientos comerciales o domicilios particulares y no pueda acreditar su importacin legtima. El que conduzca a bordo de un vehculo en trnsito aduanero sin estar manifestadas o cuya propiedad no conste en los documentos oficiales.La persona que se dedica a la prestacin de servicios de transporte si en sus bodegas existen algunas no originarias del pas sin estar amparadas por los documentos de importacin, internacin o trnsito respectivo. El conductor de un vehculo cuyo interior no se encuentren las mercancas en transito que debiera contener.

La introduccin o extraccin clandestina o fraudulenta de mercadera configura un delito especial: el contrabando, penado con severas sanciones. Tambin se tipificaba como ilcito penal la declaracin aduanera falsa de mercaderas. Se prevean penas de comiso y multas.

II.3 Elementos del delito de contrabando aduanero:Consideraremos como elementos o presupuestos bsicos para la configuracindel delito de contrabando aduanero:

Al territorio aduanero; Las mercancas; Las importaciones y exportaciones.

II.3.1 Al territorio aduanero:Es el mbito espacial comprendido dentro de las fronteras, la cual se caracteriza por la existencia normativa dictada para regular los movimientos de las mercancas, es decir, lo relativo a la extraccin y la introduccin de mercaderas con relacin a ese mbito. Las mercaderas que atraviesan las fronteras aduaneras estn sujeta a la aplicacin de rgimen de restricciones directas o indirectas a la entrada y salida de las mismas.

Entre las restricciones directas podemos mencionar, las distintas clases de prohibiciones absolutas y relativas, econmicas y no econmicas. Y las restricciones directas podemos sealar a los tributos que gravan la importacin y exportacin de las mercaderas.

En este sentido podemos decir que el territorio aduanero, est constituido por el mbito espacial en el cual rige un determinado sistema de restricciones directas y aplicables a la entrada y salida de la mercadera. Asimismo podemos manifestar que el territorio aduanero, es el mbito delimitado por las fronteras aduaneras dentro del cual resulta la aplicacin de un sistema aduanero con prohibiciones en la introduccin y extraccin de las mercaderas.

El territorio aduanero constituye un mbito espacial de naturaleza arancelaria, que se manifiesta en el derecho aduanero y que cuenta con las normas de naturaleza estrictamente arancelarias y con normas no arancelarias tales como los requerimientos de control, aplicando el tipo impositivo que le correspondan.

II.3.2 Las mercancas:Para el derecho aduanero, la expresin mercadera, designa un elemento esencial, ya que constituye el objeto de trfico internacional cuyo ingreso o egreso a travs de las fronteras aduaneras da lugar a las operaciones de importacin y exportacin, las cuales deben de ser controladas por las aduanas.

II.3.3 Importaciones y las exportaciones:Las mercancas se ponen en movimiento, cuando entran y salen de los territorios aduaneros. Este fenmeno de movimiento es esencial para el derecho aduanero, por ser el hecho generador de los tributos, de la entrada y salida de la mercadera de un territorio aduanero; lo cual pone de manifiesto que el hecho de la introduccin de la mercadera a un territorio aduanero as como el hecho de su salida, tiene una singular relevancia para el derecho penal aduanero.

En este sentido decimos que Importacin: es la accin de introducir en un territorio aduanero una mercadera cualquiera. Y la exportacin, es la accin de hacer salir del territorio aduanero una mercadera cualquiera.

Captulo IIIEvasin y elusin Fiscal

III.1 Definicin de evasin fiscal:Es el incumplimiento total o parcial por parte de los contribuyentes en la declaracin y pago de sus obligaciones tributarias, como el acto de no declarar y pagar un impuesto en contradiccin con la ley, mediante la reduccin ilegal de los gravmenes por medio de maniobras engaosas.

III.2 Clases de evasin:La Evasin fiscal se puede llevar a cabo de dos maneras y son: Evasin con fondo legal y Evasin ilegal.

Evasin Con fondo legal: Esto se da cuando el contribuyente, queriendo reducir el impuesto a pagar, en el caso del impuesto sobre la renta, crea costos y gastos que en la realidad no existen o que no participaron en el proceso productivo, pero que estn debidamente documentados, y por lo tanto respaldados fiscalmente para su deduccin, y evitar as la evasin; resultando como consecuencia de ello una disminucin en el impuesto a pagar. La Evasin con fondo legal tambin se da en la reduccin o no pago del impuesto aprovechando pasajes obscuros o redacciones imprecisas de las leyes que se prestan a varios criterios y con respaldo de ellos se interpretan y aplican las mismas a su conveniencia.

Evasin ilegal: Es cuando el contribuyente, algunas veces por desconocimiento de la ley, y otras por mala o equivocada interpretacin de las misma, declara algunos gastos que a su criterio son deducibles, pero que interpretando correctamente la ley no lo son, y por ende tienden a disminuir el impuesto a pagar, aunque en estos casos involuntariamente; pero tambin existen casos en que en forma premeditada contabilizan operaciones sin el respaldo de soporte legal correspondiente. En otras palabras la evasin ilegal voluntaria se da cuando para disminucin al pago de impuesto o evitar su pago por parte del contribuyente y por ende son actos que violan las normas legales, cometiendo as un fraude en contra del Estado.

III.3 Causas de la Evasin Fiscal:Una de las principales causas de la evasin es la ausencia de una verdadera conciencia tributaria individual y colectiva, motivada por la imagen que la comunidad tiene del Estado y la percepcin frente a la imparcialidad en sus gastos e inversiones, al no tener conocimiento de los programas de gobierno y las polticas de redistribucin del ingreso. Por tal razn hay quienes consideran que no deben contribuir al erario pblico, porque sus aportes no generan obras y porque nadie les asegura que no despilfarren lo que aportan al Estado. La existencia de corrupcin puede viciar una poltica eficaz, los posibles evasores, en oportunidades, son capaces de sobornar funcionarios pblicos.

La evasin tributaria puede ser del orden social, estructural, normativo, administrativo, tambin estn aquellas de naturaleza tcnica como los vacos en las leyes, la falta de claridad y las dudas en su interpretacin y aplicacin.

De naturaleza poltica: como los factores de poltica econmica y financiera, que intervienen en la modificacin del equilibrio y la distribucin de la carga fiscal, y pueden constituir estmulos negativos en el comportamiento del contribuyente. Accidentales: como aquellos elementos excepcionales, naturales, polticos y sociales que se resuelven en una alteracin de las condiciones contributivas o en un cambio en las actividades de los sujetos pasivos de la imposicin frente a las obligaciones fiscales.

De naturaleza econmica: aquella en la que se considera el peso de la carga tributaria con respecto de las posibilidades contributivas reales de los sujetos impositivos.

De naturaleza Psicolgica: constituida por un conjunto de tendencias individuales del sujeto a reaccionar de distinta manera ante la obligacin de contribuir a los gastos del gobierno, incluyendo inconvenientes como la relacin de confianza entre la administracin y los contribuyentes, los sistemas de distribucin de la carga fiscal, la productividad calificacin de los gastos pblicos.

Otras causas de evasin fiscal son: la falta de una educacin basada en la tica y la moral, la insolidaridad con el Estado que necesita recursos y la idiosincrasia del pueblo cuando piensa que las normas han sido hechas para violarlas o incumplirlas, la desconfianza en cuanto al manejo de los recursos por parte del Estado y el no considerar que se recibe una adecuada prestacin de servicios. El contar con un sistema tributario poco transparente y flexible entendindose, ste ltimo, como la adecuacin de la administracin tributaria a los continuos cambios socioeconmicos y de poltica tributaria.

III.3.1 Evasin Fiscal es originada por las causas siguientes: Por desconocimiento de la ley; Por la ignorancia sobre los fines de los impuestos; Por falta de contraprestacin a cambio de las cantidades de dinero que se paga en concepto de impuestos, apareciendo ante el Estado como donativos a ttulo gratuito hechos al Estado; Falta de educacin e informacin hacia los contribuyentes; es decir de conciencia social en una nacin; Calificacin como injusta en cobro del impuesto de que se trate; Fiscalizacin deficiente; Defensa del patrimonio por parte del contribuyente; Cuando por la mala aplicacin de las impuestos por parte del Estado, y al no existir transparencia en los gastos e inversin, el contribuyente piensa que pagar el impuesto no es ms que contribuir a la corrupcin por parte de los funcionarios deshonestos; Por la mala interpretacin de la ley.III.4 Formas de evasin fiscal:En el siguiente orden se definen las formas ms comunes de evasin: Contribuyentes que no hacen declaraciones juradas o dejan de declarar, esta es una de las formas ms comunes de evasin. No declaracin de impuestos, se encuentran en todas las actividades econmicas y en todos los tramos de ingresos. Muchas personas que no presentan declaracin se mantienen durante la mayor parte de su vida fuera del sistema tributario, mientras que otros dejan repentinamente de declarar despus de haber cumplido durante muchos aos. Contribuyentes que no declaran correctamente, es una forma de evasin comnmente utilizadas por los contribuyentes. La presentacin de informaciones inexactas en la declaracin por los contribuyentes, dando por resultado la incorrecta determinacin del impuesto.

III.5 Caractersticas de la Evasin:La evasin tributaria o fiscal reviste caractersticas especiales, detectables nicamente por aquellos que conocen o tienen relacin con los procedimientos de tributacin, dentro de las ms destacadas estn:

Hay evasin tributaria no solo cuando, como consecuencia de la conducta evasiva, se logr evitar totalmente el pago del tributo, sino tambin cuando se paga un monto parcial al debido.

La evasin fiscal siempre va a referirse a las leyes de un pas, cuyas normas tributarias se transgreden.

Solo los contribuyentes que estn jurdicamente obligados a pagar los tributos a la administracin tributaria, pueden producir actos de evasin del pago de los tributos.

No hay evasin fiscal por parte de aquellos que soportan el peso econmico del tributo, sin que realmente tengan la obligacin jurdica de hacerlo efectivo. Por ejemplo: el obligado por deuda ajena, el responsable por representacin. Al respecto la norma dice: Es responsable la persona que tiene carcter de contribuyente, debe por disposiciones de la ley, cumplir las obligaciones tributarias a este. Artculo 25 primer prrafo del cdigo tributario.

III.6 Efectos de la Evasin FiscalUn efecto, es la reduccin de los ingresos tributarios, ante lo cual los gobiernos tienden a elevar la carga tributaria o crear nuevos gravmenes como medida de ajuste del dficit fiscal. Otro efecto es la competencia desleal entre el evasor y el agente econmico que cumple con todas sus obligaciones, de ah que los altos montos de evasin desprestigian la accin del ente fiscalizador aumentando sus costos y reduciendo la disposicin de los contribuyentes a declarar correctamente.

La evasin a su vez motiva al irrespeto hacia las autoridades impositivas por parte de los contribuyentes al ser incapaces de detectarlos, generando en la ciudadana desconfianza en la efectividad de las instituciones del Estado. La evasin hace que la carga impositiva se distribuya entre quienes cumplen las obligaciones tributarias, traducindose en ventaja para los evasores quienes son los que finalmente se benefician.

Asimismo la evasin se manifiesta en la desigualdad que se produce en la distribucin de la carga tributaria, al reducirse la cantidad de contribuyentes, lo cual determina que sta adems de gravar a un nmero pequeo de personas, se distribuya de manera distinta y ms costosa. Quienes realizan actividades econmicas cancelando todos los impuestos, se hallan en situacin adversa frente a quienes evaden.

La desigualdad contributiva no siempre incide en los precios pero puede influir indirectamente modificando las condiciones y la capacidad productiva de las empresas, al reducir sus posibilidades econmicas. El comportamiento ilegal que no es sancionado, se constituye en elemento psicolgico que va en contraposicin con la moral, influyendo negativamente en el cumplimiento de las obligaciones impositivas de quienes las consideran como un deber social.

Hay quienes ven en la evasin uno de los medios menos complejos para obtener fciles ganancias y estn convencidos que eludiendo las obligaciones tributarias no perjudican a nadie ni constituyen accin denigrante. El evasor procura justificarse frente a las acciones que realiza al margen de la ley. El exceso y desorden de las disposiciones de carcter fiscal, son motivo de confusin e incertidumbre estimulando a los contribuyentes a evadir. La evasin provoca prdidas al fisco por el monto de tributos evadidos y por los recursos que se invierten para hacer los respectivos seguimientos, aumentando la presin fiscal por parte del legislador, perjudicando a los contribuyentes que cumplen cabalmente con sus obligaciones tributarias.

III.7 Elusion fiscal:III.7.1 Definicin:Es evitar o retrasar el pago de determinados impuestos, utilizando para ello mecanismos y estrategias legales. Cuando los legisladores redactan una ley, tratan de hacerlo con la mxima precisin posible. A pesar de eso, no es infrecuente que se produzcan ambigedades en los textos legales, que dan lugar a diferentes interpretaciones. La ley puede entrar en conflicto con otras normas ya existentes o pueden surgir situaciones nuevas que no estaban previstas ni reguladas. Esto ltimo es lo que se conoce como un vaco legal.

La elusin fiscal no es un delito, pero es fcil comprender que no es vista con agrado por las autoridades tributarias. Al fin y al cabo por culpa de ella stas pueden llegar a perder una parte importante de su recaudacin.

Las principales actuaciones estn dirigidas a eliminar posibles vacos legales que favorezcan la elusin. Esto se consigue bien modificando la ley original o complementndola con reglamentos de carcter administrativo, estas medidas son generalmente muy criticadas por la comunidad econmica y financiera. Es as porque en el afn de poner freno a la elusin fiscal, muchas veces se daan intereses comerciales y se atenta contra la libertad de inversin y la libre circulacin de capitales.

III.7.2 Diferencia con la evasin tributaria:No se viola la letra de la ley de modo que no se produce infraccin alguna. El uso de tcnicas legales para no pagar impuestos no es jurdicamente reprochable, aun cuando moralmente pudieren ser reprochables en vista de que los actos que tienden a evadir impuestos no se emplean buscando fin econmico alguno mas que la disminucin o desaparicin de la obligacin tributaria.

La elusin tributaria es una consecuencia del principio de legalidad del tributo, ya que como el impuesto debe venir establecido por la ley, entonces no puede cobrarse un impuesto si la ley no lo ha establecido, lo que abre el flanco para aprovechar los puntos dbiles que la ley ha dejado.

III.7.3 Mecanismos de elusin tributaria:Algunas posibles tcnicas de elusin tributaria son las siguientes: Darle a una situacin jurdica determinada el estatus de otra distinta, aprovechando alguna clase de conceptualizacin defectuosa, para aplicarle una ley tributaria ms benigna. Ampararse en una exencin tributaria que por defectuosa tcnica legislativa, no haba sido prevista para el caso particular en cuestin. Incluir bienes en categoras cuya enumeracin no est contemplada por la ley tributaria, y por tanto su inclusin dentro del hecho tributario es dudosa, para eximirlos de impuestos.

III.7.4 Fiscalizacin de la elusin tributariaA diferencia de la evasin tributaria, que por su carcter infraccional y delictiva puede perseguirse mediante una adecuada fiscalizacin, la persecucin de la elusin tributaria es enormemente difcil, ya que en el fondo se trata de situaciones enmarcadas dentro de la misma ley. La manera de perseguir estas situaciones son bsicamente dos:

Interpretacin por va administrativa: En casos de aplicacin dudosa de la ley tributaria, los servicios encargados de la recaudacin del impuesto pueden emitir decretos y reglamentos de carcter administrativo, que por va de interpretacin incluyan o excluyan deliberadamente ciertas situaciones, para de esa manera tapar los resquicios dejados por la ley.

Modificaciones legales: Es el propio legislador el que toma a su cargo evitar que se produzcan estas situaciones, estableciendo nuevas leyes que tiendan a corregir estas situaciones.

Bibliografa

Comisin de Seguimiento del Pacto Fiscal, Pacto Fiscal se centra en frenar la elusin, Siglo Veintiuno, Guatemala, 11 de abril 2007, Nmero: 6143, Pg. 3. s/a.

Diccionario de Ciencia Jurdicas Polticas y Sociales, Buenos Aires, Editorial Heliasta 2001, pag. 408.

Diccionario de la Real Academia Espaola, Volumen I, Espaa, 1992.

De Barros Carvalho, Paulo Derecho Tributario Editorial baco, Argentina 2,004, Pg. 47 20 Ibid., p. 48.

Margain Manautou, Emilio, Introduccin al Estudio del Derecho Tributario Mexicano, Mxico, Editorial Universitaria Potosina, 1977 Pg., 105

Morales-Gil Girn, Benjamn Isaac, Ob. Cit; pg.181

Universidad de San Carlos de GuatemalaCentro Universitario de OccidenteDivisin de Ciencias EconmicasCarrera: Economia Boleta_____________

Efectos del contrabando de gasolina ilegal en GuatemalaSomos un grupo de estudiantes de la carrera de economa y estamos recabando informacin sobre el Efectos del contrabando de gasolina ilegal en Guatemala, consideramos que usted tiene importante informacin, por tal razn le solicitamos se sirva contestar la presente boleta. La informacin ser utilizada estrictamente con fines acadmicos.

1. Ha comprado alguna vez combustible ilegal? Si________ No______ Si Contine No pase a la pregunta No. 6

2. Con que frecuencia compra combustible ilegal?Diario____ Una vez a la semana_____ Rara vez_____

3. Cuntos galones compra de combustible ilegal?1-3 ____ 4-6_____ Mas de 6_____

4. Por qu razones compra combustible ilegal?____________________________________________________________________________________________________________________

5. Ha tenido algn problema en su automvil por usar combustible ilegal?Si____ No____Cual_________________________________________________________________________________________________________________

6. Considera que las ventas de combustible ilegal le provoca problemas a la economa de Guatemala?Si____ No____Cual_________________________________________________________________________________________________________________